Kitabı oku: «Ancestrales hechizos de amor»
Primera edición, julio de 2011
Director de la colección: Alejandro Zenker
Cuidado editorial: Elizabeth González
Coordinadora de producción: Beatriz Hernández
Formación digital: Isabel Vázquez
Portada: Fernando Mejía
© 20011, Solar, Servicios Editoriales, S.A., de C.V.
Calle 2 número 21, San Pedro de los Pinos.
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ISBN: 978-607-7640-77-6

Índice
“Hechicería y adulterio en la Villa de Santiago del Saltillo, 1665”
Ancestrales hechizos de amor
Estudio de las actas
Bibliografía
“Hechicería y adulterio en la Villa de Santiago del Saltillo, 1665”
Documentos originales del proceso inquisitorial Archivo General de la Nación Grupo documental: Inquisición Volumen 513, Expediente 35, Fojas 509-520
Paleografía de Armín Gómez Barrios
• Las palabras se trasladaron con su ortografía original, y entre paréntesis se desataron las abreviaturas para facilitar la lectura.
• La reiterada palabra “dicha” o “dicho” se anota sin abreviar.
• La puntuación y la acentuación se anotaron según el original.
(Primer documento. Foja 1)
H 1
Geronima de Sotomayor a Fran(cisc)a de la Zerda
En la Villa de Santiago del Saltillo en veinte y dos días del mes de henero de mil y seis (cientos) y sesenta y cinco años por la tarde ante el s(eñor) B(achille)r Juan de Villarreal, cura beneficiado por su Mag(esta)d Vicario y Juez eclesiastico en ella y su Juris(diccio)n, comisario de la Sa(nta) Cruçada, (com)parecio siendo llamada Geronima de Sotomayor, de la edad de quarenta y dos años poco mas o menos, vecina de dicha Villa, viuda de Juan de Voz Mediano, vecino que fue de dicha Villa, y juro en forma que dira verdad
Y preg(unta)da si save o presume la causa porque ha sido llamada dixo que no la save ni la presume
Y preg(unta)da si save o ha oído decir que alguna persona aya dicho, o, hecho cosa alguna que sea o, parezca contra n(uest)ra S(ant)a Fee catholica, lei evangelica, que predica y enseña la santa madre iglesia Catholica Romana, o, contra el recto, o, libre exercicio del S(ant)o Officio
Dixo que no lo save, ni ha oído cosa alguna de las que se le preguntan
Preg(unta)da si save o, ha oído decir, que alguna persona aya tenido en su poder algunos huesos de difunctos, moliendolos, para usar dellos para algún mal efecto
Dixo que lo que save para descargo de su conciencia, que deve de hacer 1 (un) haño poco mas o menos, que Mariana de la Fuente, muger de Pedro Maldonado, vecinos desta dicha Villa, de cinquenta y cinco años de edad poco mas, o menos, saviendo la susodicha que pasava mala vida con su marido Juan de Voz Mediano por la amistad que tenía ilícita, con una muger soltera vezina de dicha Villa, llamada Francisca de la Zerda, mestiça le aconsejo la dicha Mariana de la Fuente, que cogiesse unos huesos de difunctos y los moliesse y los expolvorase, sobre la ropa del dicho su marido, que con eso dejaría la amistad de la dicha muger; pero que para que se siguiese buen efecto, y consiguiesse lo que pretendía, no havía de traer consigo reliquias ningunas
(Foja 2)
de Santos, ni havía de reçar, ni invocar el nombre de Jesus ni el de María, s(eño)ra n(uest)ra, y que si viese que se le aparecía alguna bíbora y se le enredase en el cuerpo, no llamase a Dios, ni se espantase aunque viesse un perro grande y prieto, sino que le hablasse, y que haviendo la dicha Ger(oni)ma de Sotom(ayor) enviado a un hijo suio a la parrochia desta Villa por los dichos huesos de difunctos, haviendoselos traido, los cogio y molio, y espolvoreo sobre la ropa del dicho su marido y parte dellos guardo en su cassa y haviendo visto que no hacian efecto el haver usado de los dichos huesos, sino que proseguía el dicho su marido en el amancebam(iento) q(ue) tenía con la dicha Fran(cis)ca de la Zerda, no uso mas dello, y m(an)do decir algunas missas Y que en otra ocass(ion) estando refieriendo la mala vida que pasava con su marido por el dicho amancevam(iento) a Cathalina de San Mig(uel), muger soltera, vecina de dicha Villa de edad de más de cinquenta años; y a Magdalena de San Miguel mestiça soltera hija de la dicha Cathalina de San Miguel de edad de mas de quarenta años, le aconsejaron las susodichas, que tomasse una flor grande, que no save como se llama, y la tubiesse en las manos, y dixese sin Dios ni santa María Y que si la tenía por espacio de una hora, no tendría su marido mas vida, y si las tenía mas tiempo, se le alargaría mas tiempo de vida como quisiesse Y que nunca quiso hacerlo Y que las susodichas, le dixeron, que le havían visto a la dicha Fran(cis)ca de la Zerda, lavarse las partes bajas, estando con su costumbre y menstruo, Y que guardo aquella agua para darsela a beber al dicho su marido, para q(ue) la quisiesse raspandose las uñas de los pies y de las manos para darselas en la dicha agua Y que las susodichas Cathalina de San Miguel, y Magdalena de San Miguel su hija, le aconsejaron que fuesse a una cassa
(Foja 3)
donde hubiesse muchos días, que no se hubiesse barrido, Y que en los rincones se criavan unos gusanillos pequeños, y los cogiesse Y con unos zacatillos, que ellas le darían, lo moliesen y se lo pusiessen al dicho su marido en la pretina de los calçones, que con eso olvidaría a la dicha muger y que ella nunca lo quisso hacer = Y que en otra ocass(io)n estando con la dicha Mariana de la Fuente, le refirio a la dicha lo que le havían contado y referido que le havían visto hacer a la dicha Fran(cis)ca de la Zerda, para que la quisiesse el dicho su marido, a lo qual le respondio la dicha Mariana de la Fuente, para eso ay contra, que es lavarse las partes bajas, y las sovaqueras y darle a beber aquella agua, Y que nunca lo quisso hacer Y esta es la ver(dad) para el juram(ento) que tiene efecto Y siendole leído, dijo que estava bien escripto, Y que no lo dice por odio, prometio el secreto, Y por no saver escribir lo firmo por ella el dicho s(eñor) Comisario = B(achille)r Juan de Villarreal Passo ante mi --- Ju(an) Martínez de Salaçar Notario = Ratificacion En la Villa de Santiago del Saltillo, en siete días del mes de febrero, de mil y seis (cientos) y sesenta y cinco años, ante el s(eñor) Br (bachiller) Juan de Villarreal, Comissario del s(anto) offi(cio) de esta dicha Villa parecio siendo llamada Geronima de Sotom(ayor), vecina de dicha Villa, viuda de Juan de Voz mediano de edad de cuarenta y dos años, poco mas, o, menos, de la qual estando pressentes honestas y religiosas personas como la del R(everen)do P(adr)e F(ray) Antonio de Ulibarri, Predicador Guardian y ministro de doctrina del pueblo de la Nueva Tlaxcala, territorio desta dicha Villa, y el P(adr)e Predicador Fray Antonio Caldera de la orden de San Fran(cisc)o, que tienen jurado el secreto, fue recivido juram(ento) en forma, y prometio de decir verdad Pre(gunta)da si se acuerda haver depuesto ante algun Juez contra persona
(Foja 4)
alguna sobre cosas tocantes a la fee
Dixo que se acuerda, haver dicho su dicho ante el s(eñor) Comissario deesta Villa el B(achille)r Juan de Villarreal contra Mariana de la Fuente, vecina de dicha Villa, en cosas q(ue) la susodicha le aconsejo que hiciesse contra n(uest)ra S(ant)a fee catolica, ley evangelica, que predica y enseña n(uest)ra S(ant)a madre iglessia catolica Romana, lo qual tiene declarado en sudicho y refirio en sustancias y contra Cathalina de San Mig(el) y Magdalena de San Miguel mestiças Vecinas de dicha Villa = Y que de nuevo declara, haverse hallado (en) pres(encia) de María de Voz mediano y Sotom(ayor) su hija quando la s(uso)dichas Cathalina y Magdalena de San Miguel le aconsejaron lo que tiene declarado en su dicho y demas en presencia de las dichas su hija truxeron las susodichas unos polvos, que dixeron queeran hechos de unos gusanillos y de una hierva llamada calavacilla, mezclados con unos zacatillos bermejos y se los dieron, los que le tomo en su mano la dicha su hija Y no quiso usar dellos sino que los quemo, Y dixeron las susodichas que dichos polvos eran, para que no pudiera el dicho su marido Juan de Voz mediano tener exceso con ninguna mujer
Y assímismo de nuevo declara, que hallandose press(en)te la dicha su hija, le dixeron las dichas Catalina y Magdalena de San Miguel, que vieron que Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiça, sobrina de las susodichas, se rasgo en aiunas, las uñas de las manos y pies, y cogió la ultima sangre del menstruo, mezclada con una hierva llamada puyumabe, para darsela a beber al dicho Juan de Voz Mediano su marido, Y que las susodichas, se la aiudaron a darsela en chocolate, y dixeron q(ue) lo havían hecho para que quisiesse a la dicha Francisca de la Zerda y San Miguel el dicho su marido, Y pidio se le leyesse su dicho, Y le fue luego leído de verbo ad verbum contenido arriba Y siendole
(Foja 5)
Y siendole leído, Y haviendo la dicha Gerónima de Sotom(ayor) oídolo, dijo que aquello era su dicho, y ella lo havía dicho según se le havía leído, y estava bien escripto y asentado, Y que era la Verd(ad) Y en ello se afirmaba y afirmo, ratificava y ratifico, Y si neces(a)rio era lo decía de nuevo contra las susodichas no por odio, sino por descargo de se conciencia, encargosele el secreto en forma, prometiolo, y no firmo por no saber, firmolo por la dicha el dicho Comisario, y lo firmaron los dichos religiosos = B(achille)r Juan de Villarreal = R(everendo) Antonio de Ulibarri = Fr(ay) Antonio Caldera = Passo ante mí Ju(an) Martínez de Salaçar
No(ta)rio = …. = Vida = nova…
Concuerda con su original que queda en la camara del secreto de esta Inquiss(ició)n en el proceso de fee, q(ue) en el se sigue contra Gerónima de Sotom(ayor), de donde lo saque Y a que me remito Y lo firme en dicha Camara y secreto del S(anto) Oficio de la Inquisición de la Ciudad de Mex(ico), en veinte y siete días del mes de Junio de mil y seis (cientos) sesenta y siete años.
D(ON) PEDRO DE ARRIETA (nota)rio
(Segundo documento. Foja 1)
H 2
M(arí)a de Voz Mediano y Sotom(ayor) a Fran(cisc)a de la Zerda
En la Villa de Santiago del Saltillo en ocho días del mes de febrero de mil y seis (cientos) y sesenta y cinco años por la mañana ante el s(eñor) B(achille)r Juan de Villareal comisario del S(anto) Officio desta dicha Villa, Cura Beneficiado por su Maj(esta)d, Vicario y juez eclesiastico en ella y su jurisdiccion, Comisario de la S(anta) Cruçada, (com)parecio, siendo llamada, Y juro en forma que dira verdad María de Voz Mediano y Sotom(ayor), Vecina de dicha Villa, doncella hija de Juan de Voz mediano, ya defuncto y de Gerónima de Sotom(ayor) Vecina desta dicha Villa, de edad de treinta años, poco mas, o, menos
Y preg(unta)da si save o, presume la causa porq(ue) ha sido llamada
Dixo que no la save ni la presume
Y preguntada si save o, ha oido decir, que alguna persona aya dicho, o, hecho cosa alguna, que sea, o, parezca contra nuestra S(ant)a fee catholica, lei evangelica, que predica la S(ant)a Iglessia Catholica Romana, o, contra el recto, o, libre excercicio del S(anto) Off(ici)o
Dixo que no lo save, ni ha oído cosa alguna de las que se le preguntan
Preg(unta)da si save, o, ha oído decir, que alguna persona, o, personas ayan usado de algunos hechiços de hierbas, o, otras cosas, para algun mal efecto
Dixo, que lo que save para descargo de su conciencia, que deve de hacer un año poco mas, o, menos, que vinieron a un arroyo que esta cerca de su casa de la susodicha Cathalina de San Miguel mestiça, soltera, vecina de dicha Villa de mas de cinquenta años, y Magdalena de San Miguel soltera hija de la susodicha de edad de mas de quarenta años, a donde estava Gerónima de Sotom(ayor) su madre Y le trugeron las susodichas unos polvos, y dixeron los havían hecho de unos gusanillos, y la hierva, llamada Calavacilla
(Foja 2)
Y de unas zacatillos bermejos, y que eran y servían para ligar y que savían la mala vida que le dava Juan de Voz mediano a la dicha Gerónima de Sotom(ayor) su madre, por el amancebamiento que tenía con Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiça,y que tomasen los dichos polvos, Y se los pusiesen en la pretina de los calçones del dicho Juan de Voz mediano su padre Y no podría tener excesso con ninguna muger, Y tomandolos la dicha Gerónima de Sotom(ayor) su madre, los trujo a su cassa Y los cogio la dicha declarante y los arrojo en la lumbre Yen esta ocass(io)n les oio decir a las susodichas Cathalina y Magdalena de San Miguel, le havían visto a Francisca de la Zerda, dar en chocolate el agua con que se havía lavado las partes bajas, haviendose raído las uñas de las manos y pies, haviendo cogido la sangre ultima, y menstruo de su costumbre y dandoselo a beber al dicho Juan de voz Mediano, padre de la susodicha, Y que ellas la ayudaron a dar el dicho chocolate con las cosas referidas, para q(ue) quisiese a la dicha Fran(cis)ca de la Zerda, el dicho Juan de Voz Mediano
Y que esta es la ver(dad) para el juram(en)to que tiene d(ic)ho
Y siendole leído, dijo que estava bien escripto, Y q(ue) no lo dice por odio, prometio el secreto, Y por no saver escribir, lo firmo por ella el dicho Comisario = B(achille)r Juan de Villareal = Paso ante mí Juan Martínez de Salaçar not(a)rio
Ratificaz(io)n
En la Villa de Santiago del Saltillo en ocho días del mes de febrero de mil y seis (cientos) sesenta y cinco años por la tarde ante el s(eñor) B(achille)r Juan de Villareal Comisario del s(an)to Offic(io) desta dicha Villa, (com)parecio siendo llamada María de Voz mediano y Sotom(ayor) doncella, hija de
(Foja 3)
Juan de Voz Mediano, ya difuncto, y de Geronima de Sotom(ayor) vecina de esta dicha Villa de edad de treinta años, poco mas, o, menos de la qual estando press(en)tes honestas y religiosas personas como la del R(everen)do P(adr)e Fr(ay) Antonio de Ulibarri, Predicador, Guardian y ministro de doctrina del pueblo de San Estevan de la Nueva Tlaxcala, territorio de esta dicha Villa, y el P(adr)e Predicador, F(ray) Antonio Caldera de la orden de San Fran(cis)co, que tienen jurado el secreto, fue recivido juram(ent)o en forma y prometio de decir ver(da)d
Y pret(unta)da si se acuerda haver depuesto ante algun Juez contra persona alguna, sobre cosas tocantes a la fee
Dixo que se acuerda haver dicho su dicho ante el s(eñor) Comisario desta Villa el B(achille)r Juan de Villareal contra Cathalina de San Mig(uel) y Magdalena de San Miguel mestiça, hija de la susodicha en cosas que las susodichas le aconsejaron a su madre Geronima de Sotom(ayor) que hiciesse contra nues(tra) S(ant)a fee catholica, lei evangelica, que predica y enseña n(uest)ra santa madre iglessia catholica Romana; lo qual tiene declarado en su dicho de la oja antecedente Y refirio en sustancia todo lo en él contenido, Y pidio se le leyesse su dicho, Y le fue luego leído de verbo ad verbum, Y siendole leído, y haviendo la dicha María de Voz Medíano y Sotom(ayor) oídolo, dixo, que aquello era su dicho, y ella lo havía dicho, según se le havía leído
Y estava bien escripto y asentado, y que era la verd(ad) y en ello se afirmava y afirmo, ratificava y ratifico Y si necesario era lo decía de nuevo contra las susodichas, no por odio, sino por descargo de su conciencia, encargosele el secreto en forma, prometio Y no firmo por no saver firmolo por la dicha el dicho Comisario, y lo firmaron
(Foja 4)
los dichos religiosos = B(achille)r Juan de Villareal = Fr(ay) Antonio de Ulibarri = Fr(ay) Antonio Caldera = Passo ante mí Juan Martínez de Salaçar Notarío
Concuerda con su original que queda en la Camara del secreto de este S(anto) Officio en el processo de fee que en el se sigue, contra Gerónima de Sotom(ayor), de donde lo saque Y a que me remito Y lo fíme en dicha camara y secreto del S(anto) Officio de la Inquisicion de la Ciudad de Mex(ic)o en veinte y siete dias del mes de Junio de mil y seis (cientos) y sesenta y siete años
D(ON) PEDRO DE ARRIETA (nota)rio
(Respuesta de la Inquisión capitalina)
Para la buena administraz(ion) de justicia conviene que ______ que Reziva esta con los autos que se le remiten contra Fran(cis)ca de la Cerda y San Miguel mestiza soltera vezina del saltillo con todo recato, secreto y diligencia Ynquiera para siempre la vida y costumbres, fama y opinion de la dicha Fran(cis)ca de la Cerda y San Miguel, Y en razón de lo testificado sobre Gerónima de San Miguel y Maria de Vozmediano su hija, examinara Ante el notario deste santo officio debajo de juram(en)to y comodo secreto, las perssonas que sin passion, odio, ni temor puedan dezir la verdad y sin que por dicho examen pueda perjudicarsse a la caussa y secreto della, Haziendo dichos examenes en papel aparte, de cada uno de dichos testigos. Para que se fie dellos se hagan las ratificaz(io)nes pasados tres dias conforme a Statuto del Sancto Officio y con su parezer, sentir, fee, y credito de los testigos que examinare, Como de la ______ de la dicha Fran(cis)ca de la Cerda y San Miguel se Remitira a ____________ del Santo Off(icio) con perssona de toda confianza que le dexe Rezibo y lo lleve de haver sido entregado en el, adbirtiendo que al final destos Autos (h)a de actuar todo lo que tocare a la dicha Fran(cis)ca de la Cerda y San Miguel que para todo ello Y lo anexo se entiende le damos poder y comission en bastante forma, ______ inq(uisi)dor de Mexico En Julio 3 de 1667 a(ños)
Asiste solo el S(eño)r JUAN DE ORTEGA MONTAÑEZ
Inquisidor
Por M(andato) Del S(anto) Off(icio)
(firma ilegible)
Al B(achille)r J(UAN) DE VILLARREAL
cura beneficiado
comiss(ario) del S(an)to Of(ici)o
de la V(ill)a del Saltillo
(Continuación del segundo documento.
Parte inferior de la Foja 4)
En la Villa de Santiago del Saltillo en diez y ocho d(ías) del mes de mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho años por la mañana ante el s(eñor) B(achille)r Juan de Villarreal Cura Beneficiado de su maj(estad) Comisario de los Tribunales del Sancto Of(ici)o y Cruzada (com)parecio siendo llamado Matheo de Yriguren vecino de esta dicha Villa de edad de cinquenta años poco mas o menos y juro en forma q(ue) dira verdad
Y preguntado si sabe, o presume la causa porq(ue) a sido llamado
Dixo que no lo sabe, ni la presume
Y pregunt(a)do si sabe o a oydo decir q(ue) alguna pers(on)a aya d(icho) o hecho cosa alg(un)a o sea o parezca contra n(uest)ra S(ant)a fee católica, Ley evangelica q(ue) predica y enseña la S(anta) M(adre)
(Foja 5)
Yglessia Cathólica Romana, contra el recto o libre exercicio del Santo Off(ici)o
Dixo que no lo sabe, ni a oydo cosa alg(un)a de las q(ue) se le preguntan
preguntado si sabe o a oydo decir a alg(un)a pers(on)a aya tenido en su poder algunos huessos de diffunctos moliendolos para ussar de ellos p(ar)a algun mal effecto, o, de alg(un)as hierbas, o vevedisos con mal fin
Dixo q(ue) no lo sabe
Preguntado si sabe, o, a oydo decir a alguna persona q(ue) aya hechado la sangre del menstruo dentro de alguna vevida, o raspandose las uñas de los pies hechando dichas raspaduras en comida, o vevida
Dixo q(ue) no lo sabe
Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Cerda y San Miguel mestiza soltera y que si la tiene por muger de bu(en)a vida y costumbres costumbres fama y oppinión
Dixo si conosce y sabe que es hija de Ysabel de la Cerda mestiza vecina de esta dicha Villa, y de Phelipe de San Miguel mestizo ya diffunto y q(ue) ha veynte años poco mas, o, menos q(ue) la conosce y siempre la a tenido por mug(er) de bu(en)a vida y costumbres y q(ue) esta es la verdad para el juram(ent)o q(ue) tiene dicho y siendole leyda dixo q(ue) estaba bien scripto y q(ue) no le dice por odio p(ro)metio el secreto y lo firmo con el dicho Comiss(ario)
(firmas)
JHOAN DE VILLA(RREAL)
MATHEO DE IRIGOYEN
Passo ante mi
CLEM(ENTE) M(ARTÍNEZ) RICO
(Tercer documento. Foja 1)
En la Villa de Santiago del Saltillo en v(ein)te dias del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho años ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal), comiss(ario) del S(an)to Off(icio) de esta dicha Villa (com)parescio siendo llamado
Matheo de Iriguñen vez(ino) de dicha Villa de Edad de cinquenta a(ños) poco mas o menos del qual estando pres(en)te la honesta y Religiosa pers(ona) como la del R(everen)do P(adre) Fr(ay) Antonio de Vlibarri Ministro de Doctrina de la nueva Tlascala territorio desta villa y del orden de San Fran(cis)co tiene jurado el secreto fue recibido juram(en)to en forma y prometio decir verdad
Pregunt(ado) si se acuerda haver depuesto ante algun Juez contra pers(ona) alguna sobre cosas tocantes a la fee
Dixo que se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Comiss(ario) desta Villa el B(achiller) Ju(an) de V(illarreal) en una causa q(ue) se le sig(ue) contra Fran(cis)ca de la Zerda mestiza vez(ina) de dicha villa, y refir(io) en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, y le fue luego leydo de verbo ad verb(um) y contenido en la plana antescedente y siendole leyda y haviendo el dicho Matheo de Yrigoyen oydolo dixo que aquello era su dicho, y el lo avia dicho según se le avia leydo y estava bien scripto y assentado, y q(ue) era la verdad, y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico, y si necess(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele El Secreto en forma y (pro)metiolo Y lo firmo con el dicho S(eñor) Comiss(ario) y lo frimo
(Foja 2)
El dicho P(adr)e Predicador Fray Antonio de Vlibarri
(firmas)
B(achiller) JHOAN DE VILLA(RREAL)
MATHEO DE IRIGOYEN
Fray ANTONIO DE VLIBARRI
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Cuarto documento. Foja 1)
En la villa de Santiago del Saltillo en v(ein)te y cinco dias del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) en la mañana ante el s(eñor) B(achiller) Ju(an) de V(illarreal) Cura Beneff(icia)do por su Mag(estad), Commis(ario) de los tribunales del santo Off(ici)o y Cruzada (com)parescio siendo llamado Andres Farias dijo: Juan de Farias vez(ino) y Labrador de esta dicha villa de Edad de setenta años poco mas, o menos Y Juro en forma (que) dira v(erdad)
Preguntado si sabe o, pressume la causa porq(ue) ha sido llamado
Dixo q(ue) no lo sabe, ni la presume
Y preguntado si sabe o, a oydo decir q(ue) alg(una) pers(on)a alguna aya dicho, o, hecho cosa alg(un)a q(ue) sea, o, parezca contra n(uest)ra s(ant)a fee Catholica ley evangelica q(ue) predica y enseña la S(an)ta Yglesia Catholica Romana, o, contra el recto, o libre exercicio del S(an)to Off(ici)o
Dixo q(ue) no lo sabe
Preguntado si sabe, o a oydo decir a alg(una) p(erson)a q(ue) aya hechado la sangre del menstruo dentro de alg(un)a vevida o Raspandose las uñas de los pies hechando las raspaduras en comida o vevida
Dixo que no lo sabe
Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Zerda mestiça soltera Y si la tiene por mug(er) de b(uen)a vida y costumbres forma y oppinion.
Dixo q(ue) si conosce y sabe que es hija de Ysabel de la Zerda mestiza vez(in)a desta dicha v(ill)a y de Phelipe de San Miguel ya diffuncto y que (h)a diez y ocho, o veinte a(ños) poco más, o menos q(ue) Conosce a la dicha y oyo decir q(ue) estuvo muchos a(ños) en mala amistad con un hombre casado y q(ue) de lo demas q(ue) se le a preguntado de la susodicha no sabe ni a oydo decir cosa alguna y esta es la verdad en el juram(en)to q(ue) tiene dicho Y siendole leydo dixo q(ue) estava bien escripto Y que no lo dice por odio y (pro)metio el secreto Y lo firmo con el dicho s(eñor) Commisario entre r(everendo)s de la Yglesia
JHOAN DE VILLAREAL
JUAN DE FARÍAS
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Foja 2)
En la V(illa) de Santiago de Saltillo en v(ein)te y nueve d(ias) del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños), ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Commi(sario) del sancto Off(icio) desta dicha V(ill)a (com)parecio siendo llamado Juan de Farias vez(ino) de dicha v(ill)a de edad de setenta años poco mas o menos, del qual estando pres(en)te la honesta y religiosa p(ersona) como la de R(everen)do P(adre) Pred(icad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri Ministro de doctr(in)a de la N(uev)a Tlascala territ(ori)o de esta dicha Villa del orden de San Fran(cis)co q(ue) tiene jurado el secreto, fue recibido juram(en)to en forma y prometio decir verdad
Preguntado si se acuerda haver deppuesto ante algun juez contra p(ersona) alguna sobre sosas tocantes a la fee
Dixo q(ue) Se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Commi(sario) de esta V(ill)a el B(achille)r Juan de V(illarreal) en una causa q(ue) se sigue contra Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiza vez(in)a de dicha V(ill)a y refirio en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, y le fue luego leydo de verbo ad verbum cont(eni)do en la plana antescedente, y siendole leydo y haviendo el dicho Juan de Farrias oydolo Dixo q(ue)aquello era su dicho, y el lo havia dicho segun se le avia leydo Y estava bien scripto, y assent(a)do y que era la v(erda)d y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico y si neces(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele el Secreto en forma prometiolo y lo firmo con el dicho S(eñor) Commisario y lo firmo el dicho P(adre) Predic(ad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri
JHOAN DE VILLAREAL Fray ANTONIO DE VLIBARRI
JUAN DE FARÍAS
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Quinto documento. Foja 1)
En la Villa de Santiago de Saltillo en v(ein)te y cinco d(ias) del mes de Mayo de mill y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) por la mañana ante el S(eñor) B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Cura Beneff(icia)do por su Mag(esta)d, Commi(sario) de los tribunales del S(an)to Off(icio) y Cruzada (com)Parescio siendo llamado Pedro Florez mestizo vez(ino) de dicha Villa de edad de cuarenta y ocho a(ños) poco mas o menos y juro en forma q(ue) dira verdad
Y preguntado si sabe, o presume la causa porq(ue) a sido llamado
Dixo q(ue) no la sabe, ni la presume
Y preguntado si sabe, o, a oydo decir q(ue) alguna p(erson)a aya dicho, o hecho cosa alg(un)a q(ue) sea o parezca contraria a (la) S(ant)a fee Catholica Ley evangelica q(ue) predica y enseña la s(an)ta Yglessia Católica Romana, o contra el recto, o libre excercicio de s(an)to Off(ici)o
Dixo q(ue) no lo sabe ni a oydo cosa alguna de las q(ue) se le preguntan
Preguntado si sabe, o a oydo decir q(ue) alguna pers(on)a aya tenido en su poder algunos huesos de diffuntos, moliendolos para ussar de ellos para algun mal effecto
Dixo q(ue) lo que sabe para descargo de su consciencia q(ue) debe de haver seis meses poco mas o menos q(ue) le conto Andres Martin español residente en esta Villa vez(ino) de la puebla de los Angeles cassado en dicha ciudad q(ue) tiene offi(ci)o de harriero q(ue) usso para mal fin de algunos huessos de difuncto poniendolos en la cabecera de una mug(er)cassada por haverle assegurado una persona q(ue) la alcansaria Cayendo en peccado con ella y q(ue) haviendolo hecho reconoscio el engaño y q(ue) no se avia (con)seguido el effecto q(ue) por este mal medio avia pretendido y q(ue) assi le avia engañado la pers(on)a que se lo avia aconsejado y no la nombro. Y affirmo sabe este dicho declarante q(ue) el dicho Andres Martin hizo lo que tiene referido Por haverselo oydo contar a Antonia negra esclava de la dicha V(illa) llamada
(Foja 2)
Antonia de edad de veinte a(ños) poco mas o menos, y la dicha su ama se llama Doña Cathalina de la Cerda vez(ina) de dicha Villa mug(er) de Fran(cis)co de Treviño
Preguntado si sabe o a oydo decir a alguna pers(on)a q(ue) otra aya hechado la sangre d(el) menstruo dentro de alguna vevida o labadose las partes vaxas o sobaqueras hechando el agua en otras vevidas conq(ue) se avia labado, o raspandose las uñas de los pies hechando las raspaduras en comida o vevida, o ussando de dichas cosas para poder ligar a alguna persona
Dixo q(ue) lo que sabe para descargo de su conciencia q(ue) debe de haver un año poco mas o menos q(ue) le conto el Cap(ita)n Don Agustin de Chaverri siendo Protector de la frontera del pu(eblo) de San estevan de Tlascala del distrito desta dicha Villa y al presente exerce off(icio) de la R(eal) Justicia en el R(eal) y minas de San Gregorio de Mazapil q(ue) dista de esta dicha Villa veynte leguas poco mas o menos que estaba ligado y tenia mucha sospecha de haverle hecho ese mal Doña Phelipa Cerrano española vez(in)a de esta dicha villa de edad de treynta y ocho a(ño)s poco mas o menos, mug(er) de Alfonso Faxardo vez(ino) de dicha villa y que no sabe otra cosa de lo q(ue) le ha sido preguntado
Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Cerda mestiza soltera y que si la tiene por mug(er) de bu(en)a vida y costumbres fama y opinión
Dixo q(ue) conosce a la dicha Fran(cis)ca de la Cerda y sabe q(ue) es hija de Ysabel de la Cerda mestiza vez(in)a desta dicha V(ill)a, y de Phelipe de San Miguel mestizo ya diffuncto y que avra diez y nueve años poco mas o menos q(ue) la conosce y siempre la a tenido por mug(er) de buenas costumbres y esta es la v(erdad) p(ara) el juram(ento) q(ue) tiene dicho y siendole leydo dixo q(ue) estaba bien escripto y q(ue) no lo dice por odio prometio el secreto y no firmo por no saber escribir firmolo por él el dicho S(eñor) Comm(isario)
JHOAN DE VILLAREAL
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Foja 3)
En la V(ill)a de Santiago del Saltillo en treynta d(ias) del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Commi(sario) del S(an)to Off(icio) desta dicha V(ill)a (com)parescio siendo llamado P(edr)o Flores mestizo vez(ino) de dicha V(ill)a de edad de quarenta y ocho a(ños) poco mas o menos del qual estando pres(en)te la honesta y Religiosa pers(on)a como la del R(everen)do P(adre) Pred(icad)or fr(ay) Ant(oni)o de Vlibarri Ministro de doct(rin)a de la N(uev)a Tlascala territ(orio) de esta dicha Villa del orden de San Fran(cis)co q(ue) tiene jurado el secreto fue recibido juram(ento) en forma y prometio decir verdad
Preguntado si se acuerda haver deppuesto ante algun juez contra p(erson)a alguna sobre cosas tocantes a la fee
Dixo q(ue) se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Commis(ario) de esta V(ill)a el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) en una causa q(ue) se sigue contra Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiza vez(in)a de dicha V(ill)a y refirio en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, Y le fue luego leydo de verbo ad verbum cont(eni)do en la plana antecedente Y siendole leydo y haviendolo el dicho P(edr)o Florez oydolo dixo q(ue) aquello era su dicho y el lo havia dicho segun se le avia leydo y estaba bien scripto y assentado y que era la v(erda)d, y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico y si necess(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele el secreto en forma prometido y lo firmo con el dicho Comm(isario) y lo firmo el dicho P(adr)e fr(ay) Ant(onio) de Vlibarri
B. JHOAN DE VILLAREAL Fray ANTONIO DE VLIBARRI
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
(Documento final)
| ______ de actas de | que este informe y autos |
| mil y seis (cientos) sesenta | con el resultado se |
| y ocho estando en audi(encia) | entreguen al Inqui(sidor) |
| de la mañana el S(eñor) | ______ |
| Inquisidor Joan de Ortega |
Señor
En las causas contenidas en este pliego que remitti a V(uestra) S(eñorí)a en la ciudad de Zacatecas en el mes de septiembre del año pasado en ocación que yba a la Ciudad de Guadalaxara a la opposicion del Curato de la Cathedral de dicha ciudad por cuya causa y de lo dilatado del camino me fue precisso gastor algun tiempo y assi me he dilatado en poner en ex(ecuci)on quanto antes lo (que) V(uestra) S(eñorí)a me ordena Digo que Francisca de la Zerda mestiza vecina de esta Villa es una muger humilde y muy pobre fue publico que por haver muchos años que estaba amancebada con Manuel de Vozmediana le quito la vida su mug(er) Geronima de Sotomayor vez(in)a que fue de dicha Villa que se huyo una noche de la carcel estando pressa por el dicho delicto y (h)oy assiste en el R(eal) y minas del Mazapil que dista desta Villa veynte leguas Y su hija llamada Maria de Vozmediana y Sotom(ayor) assiste________ en la ciudad de Guadalaxara y se casso
(Foja 2)
Con un vez(ino) della en la ocasión que estuve en dicha Ciudad y oy las amonestaz(io)nes en la Cathedral de dicha Ciudad para el effecto de dicho matrimonio y no se tiene mal concepto de la dicha Francisca de la Zerda y San Miguel en el obrar sino que en lo exterior paresce muger de bu(en)as costumbres y mi sentir es este y siempre quedo desseoso en acertar a servir a V(uestra) S(eñorí)a en lo que me ordenare ________ como todos desseamos Saltillo junio 10 de 1668 a(ños)
B. L. M. de V(uestra) S(eñorí)a q(ue) se
reconose por su humilde capellan y servidor
JHOAN DE VILLAREAL
Passo ante mi
CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO
Ancestrales hechizos de amor
PIEZA
Original de
Armín Gómez Barrios
Personajes inspirados en personas reales, cuyo testimonio fue consignado en actas inquisitoriales fechadas en la villa de Santiago del Saltillo, de enero de 1665 a junio de 1668 y resguardadas en el Archivo General de la Nación.
LUGAR:
Cocina y patio posterior de la familia Voz Mediano y Sotomayor.
Villa de Santiago del Saltillo, Nueva Vizcaya, virreinato de la Nueva España.
ÉPOCA:
Siglo XVII
Primer acto: 23 y 24 de junio de 1665.
Segundo acto: una semana después.
PERSONAJES:
JUAN DE VOZ MEDIANO
Labrador, vecino de la villa de Santiago del Saltillo, 50 años.
GERÓNIMA DE SOTOMAYOR
Su esposa, 42 años.
MARÍA DE VOZ MEDIANO Y SOTOMAYOR
Su hija, 27 años.
FRANCISCA DE LA CERDA
Criada de origen tlaxcalteca, 25 años.
BACHILLER JUAN DE VILLARREAL
Cura beneficiado de su majestad de la villa de Santiago del Saltillo.
Vicario y juez eclesiástico, comisario de la Santa Cruzada, 60 años.
LICENCIADO JUAN MARTÍNEZ DE SALAZAR
Presbítero, notario del secreto, 48 años.
MATEO DE IRIGUREN
Labrador, vecino de la villa de Santiago del Saltillo, 45 años.
JUAN DE FARÍAS
Labrador, vecino de la villa de Santiago del Saltillo, 70 años.
PEDRO FLORES
Comerciante, vecino de la villa de Santiago del Saltillo, 48 años.
CATALINA DE SAN MIGUEL
Curandera, vecina del pueblo de San Esteban de la Nueva Tlaxcala, 60 años.
FRAY ANTONIO DE ULIBARRI
Franciscano, procurador y capitán del convento de San Esteban de la Nueva Tlaxcala, 40 años.
ROSA TEZONTLE
Mujer de origen tlaxcalteca, 35 años.
Un cofrade encapuchado.
Un guardia con arcabuz

Mapa de Saltillo donde aparece el cementerio, en el costado sur de la parroquia de Santiago (1715). Tomado de Dávila, 1.
Primer acto
Escena 1
Madrugada oscura. Cocina y patio posterior de la familia Voz Mediano y Sotomayor. En la cocina se ve, al fondo, una estufa de leña y un estante donde hay un metate, jarros y cazuelas de barro. Al frente está una mesa de madera, cubierta con mantel blanco y cuatro sillas. Tras unos arcos de sillar, bajando un par de escalones, está el patio, donde hay una noria rodeada de árboles y arbustos. Entra María empapada y temblando de frío; deposita un envoltorio sobre la mesa. Mientras se da calor con los brazos, comienza a reír histérica.
MARÍA: (En voz alta.) ¡Lagartijas rostizadas, sapos encantados, chupamirtos perfumados, pichones sancochados, tlacuaches triturados! ¡Ninguno de esos remedios mágicos fue tan grandioso como éste! ¡Oh, poder de la noche, henchidme!
GERÓNIMA: (Entrando.) ¡Asilénciate, María! ¡Vas a despertar a tu padre!
MARÍA: ¡Deje que le cuente, amá! ¡Todo el recorrido estuvo lleno de señales milagrosas! A la ida, se me atravesaron dos tarántulas. Cuando me agaché a excavar, apareció una familia de escarabajos negros. ¡Y cuando encontré y saqué aquello, se oyó el canto de un búho!
GERÓNIMA: Pero ¿no te vio nadie, criatura del Señor?
MARÍA: Pues más o menos… Ya con el encargo terminado, me levanté y oí una voz que me dijo: “Ése ya está pagando sus culpas en el infierno”.
GERÓNIMA: ¡Jesucristo vencedor!, pero ¿quién era?
MARÍA: (Entusiasmada.) ¡Ay, madre, ni se preocupe! No se le veía la cara y tenía el aliento helado. ¡De seguro era un espectro!
GERÓNIMA: ¡Auxiliadora de los mortales! ¡Líbrenos Dios! (Se persigna.)
MARÍA: ¡Que no, madre, que no invoque a Dios! Se va a echar a perder todo.
GERÓNIMA: Óyeme, suata, esto no es cosa del diablo, ¿eh? Que no te oigan blasfemar los curas de la parroquia de Santiago.
MARÍA: Acuérdese que Mariana de la Fuente recomendó que, para que el remedio tuviera buen efecto, no habíamos de traer encima reliquia nenguna…
GERÓNIMA: ¡Por eso te arrancaste los escapularios!
MARÍA: Tampoco podemos rezar ni invocar el nombre de Jesús ni el de María.
GERÓNIMA: ¡Señora nuestra!
MARÍA: ¡Chitón! Dijo que si una víbora se nos enredaba en el cuerpo, no invocáramos al cielo, ¡ni nos espantáramos de ver a un perro grande y prieto!
GERÓNIMA: Bueno, ¡basta ya, María! Ni me acuerdes de esos consejos, que no me gustaron. (Hipócrita.) Esto lo estoy haciendo por pura necesidad, yo soy una mujer muy devota.
MARÍA: ¡Devota de las supersticiones, será! (Delirante.) Ay, amá, ahora sí me voy a lograr casar.
GERÓNIMA: (Dudosa.) Bueno, hija, no comas ansias.
MARÍA: ¿Qué no? ¡Si ya voy a cumplir treinta años!
GERÓNIMA: Todavía tienes esperanzas con Mateo, el labrador.
MARÍA: ¡Ese macilento! No se le arranca ni media palabra.
GERÓNIMA: Me voy a preparar el remedio; tu padre está por levantarse. (Se aproxima al envoltorio y comienza a desenredarlo.)
MARÍA: ¡Águila con la peste! ¡Ni se imagina el hedor!
GERÓNIMA: Ay, qué remilgosa eres. Huele peor la porqueriza de allá abajo. ¡Oh, no!
Aparecen los huesos de una esquelética mano humana. Ambas mujeres se tapan la nariz, tosen e intentan vomitar. Gerónima está aterrada; María, feliz.
GERÓNIMA: ¡Qué asquerosidad!
MARÍA: ¡Qué maravilla!
GERÓNIMA: ¡En esto acaban los cristianos!
MARÍA: ¡Y peor aún los judíos!
GERÓNIMA: ¡Lengua larga! ¡Algún día nos traerás problemas por chismosa! Mejor cállate y prende unos cirios consagrados, rápido.
MARÍA: (Riéndose.) El bachiller ni se imagina a dónde vienen a dar sus veladoras benditas.
Mientras María enciende las velas, Gerónima extrae un molcajete, rompe una falange a la mano (cuyo crujido estremece a ambas) y se pone a molerla. Cada una recita sus propios ensalmos.
GERÓNIMA: ¡Santa Marta, virgen que en el monte entraste, las fieras bravas espantaste y con tus cintas las amarraste! ¡Favorece este amarre que pongo bajo tu protección!
MARÍA: (Sacando una estampa.) ¡Vuelto al revés san Antonio, facilita el matrimonio! ¡Con los pies en la cabeza, un marido me endereza!
Gerónima termina de moler los huesos y toma un puñado del polvo. María extiende la mano creyendo que su madre le entregará el polvo pero, en vez de eso, Gerónima levanta un envoltorio de ropa, extrae unos calzones largos de manta y sobre ellos esparce el polvo de los huesos, con lo que produce una polvareda blanca.
MARÍA: ¡Óigame! ¡Estos calzones son de mi apá!
GERÓNIMA: ¡Baja la voz!, que Juan ya se despertó. (Sigue espolvoreando.)
MARÍA: Pero ¿qué hace amá? (Enojada.) ¡Me engañó! ¡Me dijo que la mano del ahorcado era un hechizo para ayudarme a conseguir marido! ¡Pero era a vuesía a quien le hacía falta!
GERÓNIMA: No te enfurruñes, María: la situación de Juan es terrible.
MARÍA: ¡Pues hubiese sido vuecencia la que se enlodara al escarbar entre las tumbas, ya que el remedio es para vuestro esposo!
GERÓNIMA: ¡Es que está amancebado con otra mujer!
MARÍA: ¡Qué nueva! Mi padre siempre se anda refocilando por ahí.
GERÓNIMA: ¡En esta ocasión es distinto! ¡Está ofuscado por una manceba libre del pueblo de San Esteban! ¡Lo han embrujado, hija mía! ¡Nos urge rescatarlo!
MARÍA: ¿Y para eso le espolvoreó en los calzones los huesos quebrados de la mano de un muerto?
GERÓNIMA: Es para enfriarle las ansias. El polvo del muerto le calará en sus partes y le impedirá darle cuerda a la mujer. ¡Así, ella perderá el interés en Juan y lo liberará!
MARÍA: Se va a dar cuenta: huele horrible.
GERÓNIMA: Pues búscame en el patio unas hojas de hierbabuena para disimularlo.
MARÍA: ¡Ocupará toda la hortaliza!
GERÓNIMA: ¡Obedéceme! Mientras, voy a alzar todo esto, que ya comenzó a clarear.
Gerónima coloca el resto de la mano del muerto dentro de una cazuela de barro, la tapa con un paño y, sin saber dónde esconderla, la pone debajo de la mesa. Se oye el canto de un gallo. Oscuro
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