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Tratamiento de las quejas y reclamaciones de clientes de servicios financieros. ADGN0210 Carlos Alberto Torres Gómez

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Tratamiento de las quejas y reclamaciones de clientes de servicios financieros. ADGN0210

© Carlos Alberto Torres Gómez

1ª Edición

© IC Editorial, 2016

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su contenido está protegido por la Ley vigente que establece penas de prisión y/o multas a quienes intencionadamente reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica.

ISBN: 978-84-9198-224-1

Nota de la editorial: IC Editorial pertenece a Innovación y Cualificación S. L.

Presentación del manual

El Certificado de Profesionalidad es el instrumento de acreditación, en el ámbito de la Administración laboral, de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales adquiridas a través de procesos formativos o del proceso de reconocimiento de la experiencia laboral y de vías no formales de formación.

El elemento mínimo acreditable es la Unidad de Competencia. La suma de las acreditaciones de las unidades de competencia conforma la acreditación de la competencia general.

Una Unidad de Competencia se define como una agrupación de tareas productivas específica que realiza el profesional. Las diferentes unidades de competencia de un certificado de profesionalidad conforman la Competencia General, definiendo el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de una actividad profesional determinada.

Cada Unidad de Competencia lleva asociado un Módulo Formativo, donde se describe la formación necesaria para adquirir esa Unidad de Competencia, pudiendo dividirse en Unidades Formativas.

El presente manual desarrolla la Unidad Formativa UF0530: Tratamiento de las quejas y reclamaciones de clientes de servicios financieros,

perteneciente al Módulo Formativo MF0991_3: Atención y tramitación de sugerencias, consultas, quejas y reclamaciones de clientes de servicios financieros,

asociado a la unidad de competencia UC0991_3: Atender y tramitar sugerencias, consultas en materia de transparencia y protección, quejas y reclamaciones del cliente de servicios financieros,

del Certificado de Profesionalidad Mediación de seguros y reaseguros privados y actividades auxiliares.

Índice

Portada

Título

Copyright

Presentación del manual

Capítulo 1 Servicios de atención al cliente en las entidades del sector financiero

1. Introducción

2. Dependencia funcional en la empresa

3. Funciones fundamentales desarrolladas en la atención al cliente

4. Resolución de situaciones conflictivas originadas como consecuencia de la atención al cliente

5. Procedimiento de recogida de las quejas y reclamaciones

6. Tramitación y gestión

7. Métodos más usuales para la resolución de reclamaciones

8. Resumen

Ejercicios de repaso y autoevaluación

Capítulo 2 Procesos de calidad de servicio en relación a las entidades del sector financiero

1. Introducción

2. Imagen e indicadores de calidad

3. Incidencias/anomalías en la gestión de la calidad

4. Procedimientos de control del servicio

5. Evaluación y control del servicio

6. Resumen

Ejercicios de repaso y autoevaluación

Glosario

Bibliografía

Capítulo 1

Servicios de atención al cliente en las entidades del sector financiero

1. Introducción

Durante los últimos años, el aumento de la complejidad característica de los productos financieros ha generado ciertos recelos por parte de los clientes hacia las entidades de crédito. Este hecho ha provocado que el marco legal de protección del cliente bancario haya adquirido una gran relevancia no solo a la hora de evitar la desprotección de los clientes con menos acceso a la información, sino también como elemento de garantía de un sector que depende, en gran medida, de la confianza que dichos clientes depositan en él.

En este sentido, mediante la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, sobre Medidas de Reforma del Sistema Financiero, con el objetivo de organizar y promover los sistemas de protección de los clientes de servicios financieros, se obliga a las entidades financieras a atender y resolver las quejas y reclamaciones que los usuarios de los citados servicios puedan presentar, para lo cual deberán contar con un Departamento o Servicio de Atención al Cliente.

Asimismo, la Orden del Ministerio de Economía 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de entidades financieras, impone a todas estas la obligación de aprobar un reglamento que contenga las directrices para la defensa del cliente.

Así, puede hablarse, en la actualidad, de una realidad que ha llevado a la concienciación por parte de las entidades de este sector de cuidar al máximo las relaciones con sus clientes.

2. Dependencia funcional en la empresa

El concepto de dependencia funcional, que está tan extendido en el seno de las actuales empresas, hace referencia directa al proceso por el cual se determina el puesto responsable de coordinación en lo que respecta a las funciones que caracterizan el puesto de trabajo. En este sentido, si la dependencia jerárquica establece claramente lo que hay que hacer dentro de la organización empresarial, la dependencia funcional indica cómo hay que hacerlo.


Nota

La mayoría de las entidades que conforman el sistema financiero español apuestan por relaciones funcionales en materia de asesoramiento o asistencia técnica.

2.1. Organigramas

Al igual que muchas de las empresas de otros sectores, la estructura organizacional de una entidad financiera depende en gran medida de su naturaleza y dimensión, de ahí que sea necesario desarrollar un organigrama que permita fomentar tanto la interacción como el flujo de comunicación y trabajo entre las áreas funcionales que la integran; de esta forma, las entidades de crédito adoptan una organización jerárquica en función de tres factores fundamentales: la naturaleza jurídica, el volumen de negocio y la complejidad estructural.

En otras palabras, entidades de crédito como los bancos, las cajas de ahorros, las cooperativas de crédito y otras entidades comunitarias suelen conformar sus organigramas en función de los elementos que se muestran a continuación.


La Junta General de Accionistas representa el órgano supremo dentro de la organización, esto es, el órgano en el que los accionistas participan y que tiene competencia para deliberar y adoptar acuerdos por mayoría en relación con las materias que tanto la ley como los estatutos reservan a su decisión y aprobación. Por su parte, el Consejo de Administración es designado por la Junta General y tiene la potestad para decidir sobre la política económico-financiera de la entidad.

El presidente de la entidad financiera representa al Consejo ante la Junta General, mientras que los consejeros delegados cuentan con una serie de contenidos asignados en función de las áreas de negocio y de apoyo que presente la entidad. Las áreas de negocio y de apoyo dependen, a su vez, de la segmentación de la clientela, por lo que los departamentos de Recursos Humanos, Inversiones, Asesoría Jurídica, etc., se conformarán según dicha segmentación.

A continuación, cabe destacar el papel que juegan las denominadas direcciones territoriales, de las que dependen las oficinas principales y las sucursales que tengan asignadas. Sirva como ejemplo la reordenación lanzada hace más de un año por el Grupo Santander, que le ha permitido enfocarse por completo en captar nuevos clientes y elevar la vinculación de los actuales, con lo que se ha conseguido acelerar los beneficios y la rentabilidad actual.


Nota

Hoy en día, la segmentación es una de las dinámicas que las entidades quieren llevar a más, junto con la apuesta por la multicanalidad y el desarrollo de la banca rural.

Por último, la red de sucursales constituye el eslabón más bajo de la estructura organizacional de las entidades de crédito y, al mismo tiempo, el más importante, ya que, a través de las sucursales, los clientes entran en contacto con la entidad. Constituyen, además, la imagen de la entidad, de ahí que los esfuerzos para que la primera impresión del cliente sea lo más grata posible resulten importantes.

Estatutos Sociales del Grupo Banco Popular. Junta General Ordinaria de Accionistas 2015

A continuación, se recogen varios de los artículos por los que se rige el Banco Popular en lo que a los órganos de gobierno y competencias de la Junta General de Accionistas se refiere. Ambos textos legales aparecen recogidos en los estatutos sociales del grupo bancario.

Artículo 11. Órganos de gobierno

Los órganos de gobierno del banco son la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración, así como, dentro de las competencias de este, la Comisión Delegada, el o los consejeros delegados y demás comisiones y comités del Consejo de Administración. La Asociación de Directivos del Banco Popular Español participará en la gestión directiva del banco conforme a sus normas estatutarias y a las normas internas del propio banco.

Artículo 12. La Junta General de Accionistas: competencias

1 Los accionistas constituidos en Junta General debidamente convocada decidirán por mayoría en los asuntos propios de la competencia de la Junta General. Todos los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión, quedarán sometidos a los acuerdos de la Junta General.

2 La Junta General se rige por lo dispuesto en los estatutos y en la ley y, complementariamente, por el Reglamento de la Junta General que detallará el régimen de convocatoria, preparación, información, concurrencia, desarrollo y ejercicio en la Junta General de los derechos políticos por los accionistas. El reglamento se aprobará por la Junta General a propuesta del Consejo de Administración.

3 La Junta General tiene competencia para decidir sobre todas las materias que le hayan sido atribuidas legal o estatutariamente.



Actividades

1. Busque información sobre los organigramas que presentan otras entidades bancarias y compárelos con el del Banco Popular, comprobando las similitudes y diferencias que existen entre ellos.

Una vez esbozados los elementos de la organización jerárquica de las entidades de crédito, entendiendo que serán estas las responsables de dicha organización, debe analizarse en profundidad el marco regulatorio y supervisor en materia de adaptación a los nuevos esquemas organizativos de estas entidades.

Mecanismo único de supervisión (MUS)

En primer lugar, debe hacerse referencia al denominado Mecanismo Único de Supervisión (MUS) o sistema europeo de supervisión financiera, compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y por las autoridades nacionales competentes de los países integrantes de la zona euro. Este organismo implica que los bancos centrales de cada país pierdan el control de los bancos que operan en su territorio a favor del Banco Central Europeo.

Dentro de este contexto, el Banco Central Europeo desempeña una serie de funciones correspondientes a la autoridad competente de cada país. Entre ellas, cabe destacar las siguientes:

1 Evaluar todas las notificaciones de adquisición y de venta de participaciones cualificadas en las entidades de crédito.

2 Velar por el cumplimiento de los requisitos que han de supervisar directamente los bancos centrales, que imponen restricciones y condiciones en la comercialización de ciertos productos y en la realización de algunas operaciones (titulización, limitación de grandes exposiciones, liquidez, fondos propios, etc.).

3 Supervisar la implantación de estructuras sólidas de gobierno como procesos de gestión de riesgo o requisitos de idoneidad de las personas responsables de la gestión de las entidades de crédito.

4 Realizar revisiones para supervisar si las entidades de crédito y los fondos de los que disponen funcionan correctamente y cuentan con una cobertura suficientemente adecuada a su nivel de riesgo.

5 Inspeccionar las matrices de entidades financieras establecidas en un estado miembro.

6 Llevar a cabo investigaciones generales cuando sea necesario, con la potestad para requerir a las entidades la presentación de documentos o proceder a la revisión de sus libros y registros.

A la hora de efectuar la supervisión, son diferentes equipos los que se encargan del seguimiento de cada entidad. La mayoría de ellos suelen ser nacionales de cada uno de los países, aunque la tendencia es alcanzar la homogeneización de todos ellos.


Sabía que...

El Consejo de Administración de Unicaja ha aprobado hace poco una modificación parcial de su organigrama para adaptar los esquemas organizativos al nuevo marco de regulación y supervisión de las entidades financieras.

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero

Tras explicar la importancia del mecanismo único de supervisión en relación con el nuevo marco de regulación de la organización jerárquica de las entidades de crédito, es necesario abordar la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero; en concreto, el capítulo V, que establece una serie de medidas protectoras de los clientes de servicios financieros, entre las que cabe destacar la que se describe a continuación.

En relación a las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras, se establece la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus clientes puedan presentar. A tales efectos, las entidades de servicios financieros deberán contar con un Departamento de Atención al Cliente. Asimismo, podrán designar un defensor del cliente, a quien corresponderá atender y resolver los tipos de reclamaciones que determine su reglamento de funcionamiento y que habrá de ser una entidad o experto independiente. Las decisiones del defensor del cliente que sean favorables a la reclamación vincularán a la entidad; de esta forma, la ley habilita al ministro de Economía para que establezca unos requisitos mínimos a respetar por el Departamento o Servicio de Atención al Cliente y el defensor del cliente.

En este sentido, el artículo 31 de la citada ley señala que:

El ministro de Economía establecerá los requisitos a respetar por el Departamento o Servicio de Atención al Cliente y el defensor del cliente, así como el procedimiento a que someta la resolución de las reclamaciones, pudiendo, a tal fin, exigir, en su caso, las adecuadas medidas de separación de sus integrantes de los restantes servicios comerciales u operativos de las entidades, someter a verificación administrativa su reglamento de funcionamiento o cualesquiera otras características del servicio, y exigir la inclusión, en una memoria anual de las entidades, de un resumen con los aspectos más destacables de la actuación del Departamento o Servicio de Atención al Cliente y el defensor del cliente durante el ejercicio que corresponda.


Actividades

2. Reflexione acerca de la importancia de atender eficazmente las quejas y/o reclamaciones que presentan los clientes de los servicios financieros respecto a otros sectores.

La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, señala que las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, entidades aseguradoras, entidades gestoras de fondos de pensiones, las sociedades de correduría de seguros y sucursales de las entidades con domicilio en otro estado deben disponer de un servicio especializado de atención al cliente, cuya finalidad no sea otra que la de atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten sus clientes.

Las entidades que se encuentren dentro del mismo grupo económico podrán disponer de un Área o Departamento de Atención al Cliente común para todo el grupo. Asimismo, las entidades financieras podrán nombrar un defensor del cliente, que tendrá por competencia la atención y resolución de aquellas reclamaciones que se sometan a su decisión, así como promover que se cumpla la normativa en materia de transparencia y protección de la clientela y de las buenas prácticas y usos financieros.

La designación de esta figura podrá efectuarse conjuntamente con otras entidades con objeto de que atienda y resuelva las reclamaciones de los clientes de todas ellas, aunque siempre de acuerdo con lo que disponga su reglamento de funcionamiento.

Respecto a la designación de los titulares del Departamento o Servicio de Atención al Cliente y del defensor del cliente deberán ser personas que cuenten no solo con honorabilidad comercial y profesional, sino también con un grado de conocimiento y experiencia adecuados para el desarrollo de sus funciones. En este sentido, la orden establece que se considerará que existe honorabilidad comercial y profesional en aquellos trabajadores que posean una trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles o cualquier otra que regule la actividad económica y vida de los negocios, así como las buenas prácticas en el ámbito financiero y comercial.

Los titulares de este departamento o servicio deberán ser asignados por el Consejo de Administración u órgano equivalente de la entidad o, en su caso, por la Dirección General de la sucursal. En lo que al defensor del cliente se refiere, su designación podrá ser ratificada a posteriori por la Junta o Asamblea General, siendo comunicada al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros y a la autoridad supervisora correspondiente.


Nota

Las entidades financieras deberán adoptar medidas para separar el Servicio o Departamento de Atención al Cliente de los demás servicios comerciales u operativos con el fin de evitar cualquier posible conflicto de interés.

Por último, cada entidad o grupo deberá aprobar un Reglamento para la Defensa del Cliente, en torno al cual se regulará la actividad del Área o Servicio de Atención al Cliente y, en su caso, del defensor del cliente, así como las relaciones que se establezcan entre ambos. El reglamento será aprobado por el Consejo de Administración u órgano equivalente de cada entidad y deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

1 Duración del mandato y posibilidad de renovación.

2 Causas de incompatibilidad, inelegibilidad y cese.

3 Relación precisa de asuntos cuyo conocimiento se atribuye al defensor del cliente, con indicación expresa de que aquellos que no le correspondan serán competencia del Departamento o Servicio de Atención al Cliente. Si ambas instancias tuvieran atribuido el conocimiento del mismo tipo de reclamación, deberá especificarse si, tras la decisión tomada por el Servicio de Atención al Cliente, el reclamante puede acudir al defensor del cliente como segunda instancia, sin perjuicio del plazo de dos meses para dictar una decisión definitiva para el reclamante.

4 Obligación de todos los departamentos de la entidad de facilitar al Servicio de Atención al Cliente y a la figura del defensor del cliente las informaciones que estos soliciten en relación con el ejercicio de sus funciones.

5 Plazo de presentación de las reclamaciones a contar desde la fecha en la que el cliente tuviera conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación, sin que esta pueda ser inferior a dos años.

6 Concreción de los trámites internos en la entidad o grupo en aplicación de los procedimientos de presentación, tramitación y resolución de las quejas y reclamaciones.

De esta forma, es obligación de las entidades poner a disposición de sus clientes, en todas las oficinas abiertas al público, así como en sus páginas web, la información que aparece a continuación:

1 La existencia de un Departamento de Atención al Cliente y, en su caso, de un defensor del cliente indicando su dirección postal y electrónica.

2 La obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes durante un plazo de dos meses desde su presentación en el Servicio de Atención al Cliente o, en su caso, defensor del cliente.

3 La referencia al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros que corresponda, con especificación de su dirección postal y electrónica, y a la necesidad de agotar la vía del Servicio de Atención al Cliente o del defensor del cliente para poder formular quejas y reclamaciones ante ellos.

4 El Reglamento para la Defensa del Cliente.

5 La recopilación detallada de la normativa aplicable en materia de transparencia y protección del cliente de servicios financieros.


Importante

Si el reclamante no está conforme con el resultado del pronunciamiento, este podrá acudir al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros.

Tras la exposición de las medidas protectoras de clientes de servicios financieros y los requisitos y deberes del Servicio de Atención al Cliente y de la figura del defensor del cliente, a continuación, se recoge una serie de artículos del Reglamento para la Defensa del Cliente de varias entidades financieras.

Reglamento del Defensor del Cliente del Grupo Santander

En primer lugar, se exponen los artículos del Reglamento del Defensor del Cliente del Grupo Santander correspondientes a la regulación y a las competencias de esta figura, así como a los soportes disponibles para presentar las quejas y reclamaciones dirigidas al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.

Artículo 1. Regulación

El presente reglamento regula la figura del defensor del cliente (en adelante, el defensor) de los bancos que figuran en la relación recogida en el anexo y de cualesquiera otros que, con acuerdo unánime de estos, se incorporen a dicha relación (en adelante, los bancos). También podrán incorporarse las sociedades participadas por los bancos y que estos designen expresamente.

Artículo 7. Competencia del defensor

1 Es función del defensor la tutela y protección de los derechos e intereses de los usuarios de servicios financieros de los bancos, derivados de sus relaciones con ellos, así como procurar que tales relaciones se desarrollen en todo momento conforme a los principios de buena fe, equidad y confianza recíproca. En cumplimiento de su función, corresponde al defensor conocer, estudiar y resolver las reclamaciones o quejas que dichos usuarios le planteen respecto a las operaciones o servicios bancarios y financieros, siempre que tales reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros y, en particular, del principio de equidad. También le corresponde conocer, estudiar y resolver las cuestiones que los bancos le sometan acerca de sus relaciones con sus clientes cuando lo consideren oportuno. En ambos supuestos, el defensor podrá intervenir como mediador entre los clientes y los bancos al objeto de llegar a un arreglo amistoso entre ambas partes.

Artículo 9. Iniciación

1 La presentación de las quejas y reclamaciones podrá efectuarse personalmente o mediante representación en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos siempre que estos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos. La utilización de medios informáticos, electrónicos o telemáticos deberá ajustarse a las exigencias previstas en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Reglamento para la Defensa del Cliente de CaixaBank

En este caso, se expone el artículo del Reglamento del Defensor del Cliente de CaixaBank referente a los servicios complementarios de atención de la entidad bancaria con sede en Barcelona.

Artículo 7. Servicios complementarios de atención al cliente

3. La utilización de estos servicios complementarios es potestativa por parte del cliente y no condiciona o limita en modo alguno el acceso a los cauces legales de reclamación, mediante el Servicio de Atención al Cliente y el defensor del cliente u otros que pudiesen corresponder, cuando sea esta la voluntad del cliente. En estos últimos supuestos, el cómputo del plazo de dos meses para acudir, en su caso, a los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores comenzará a contar desde el momento en el que el cliente presente su reclamación ante dichos servicios complementarios, siempre que la misma reúna los requisitos que se establecen en el los artículos 18 y 19 de este reglamento.


Actividades

3. Averigüe qué establece en sus artículos el Reglamento para la Defensa del Cliente de otras entidades financieras.


Aplicación práctica

Como usuario de los servicios financieros, el Sr. Antúnez tiene derecho a presentar quejas y reclamaciones por incumplimiento de su entidad financiera; de hecho, hace más de tres meses hizo una reclamación contra su banco alegando falta de información en la contratación de un producto; sin embargo, a día de hoy, el Sr. Antúnez no ha recibido notificación alguna de la resolución de ese procedimiento.

¿Cuáles son las causas que han podido provocar semejante demora por parte de la entidad?

SOLUCIÓN

Las entidades bancarias tienen obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes en un plazo de dos meses, pero puede producirse cierta demora en caso de que falten datos esenciales en la reclamación; que se trate de un asunto que sea competencia de órganos arbitrales, administrativos o judiciales, o, incluso, que no se refiera a operaciones concretas o no tenga que ver con los intereses y derechos del cliente legalmente reconocido.

En cualquier caso, la entidad debería haber contactado con el Sr. Antúnez para comunicarle lo que realmente estaba ocurriendo con su reclamación.

2.2. Interrelaciones

La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, establece la obligación de que cada entidad o grupo apruebe un reglamento que contenga las directrices para la defensa del cliente, que regule la actividad del Servicio de Atención al Cliente y, en su caso, del defensor del cliente, así como las relaciones entre ambos.

De esta forma, dadas las funciones de defensa de los intereses del cliente frente a las posibles malas prácticas por parte de la entidad, es necesario que tanto el Servicio de Atención al Cliente como la figura del defensor del cliente cuenten con independencia suficiente para poder actuar con eficacia en todo momento sin que las relaciones con los otros departamentos supongan un perjuicio a la hora de tomar decisiones.


Definición

Malas prácticas bancarias

Aquellas actuaciones realizadas por un banco o entidad financiera que llevan a prestar un servicio o gestión no diligente ni respetuosa con los intereses de sus clientes.

Siguiendo con lo anterior, la citada orden establece que las entidades financieras deben aplicar todas las medidas posibles para que el Servicio de Atención al Cliente permanezca separado de los demás departamentos de la organización para garantizar la toma autónoma de decisiones por parte de dicho servicio. Sin perjuicio de ello, las entidades adoptarán las medidas necesarias para lograr que los procedimientos previstos para la transmisión de la información requerida por el Departamento de Atención al Cliente al resto de servicios de la organización se produzcan bajo los principios de rapidez, seguridad, eficacia y coordinación.

Asimismo, las entidades se asegurarán en todo momento de que sus servicios de atención al cliente estén dotados de los recursos humanos, materiales, técnicos y organizativos adecuados para el cumplimiento de sus funciones adoptando las acciones necesarias para que el personal a la cabeza de dichos servicios disponga de un conocimiento adecuado de la normativa respecto a la transparencia y a la protección de los clientes de servicios financieros.

En lo que al defensor del cliente se refiere, la orden determina que este actuará no solo con independencia respecto de la entidad financiera, sino también con total autonomía según los criterios y directrices que deba aplicar en el ejercicio de sus funciones. Por ello, las decisiones que esta figura tome favorables al reclamante no supondrán un obstáculo a la plenitud de la tutela judicial, al recurso a otros mecanismos de solución de conflictos ni a la protección administrativa. No obstante, cabe destacar que esta figura no es obligatoria, sino opcional, salvo para los casos referidos a planes de pensiones individuales, que deben contar permanentemente con la figura de un defensor del partícipe.

Sirva como ejemplo de estas directrices la reproducción parcial del Reglamento para la Defensa del Cliente elaborado por BNP Paribas España, S. A.:

3. Requisitos y deberes del Dpto. de Atención al Cliente (DAC):

2. Estructura organizativa. Las entidades del Grupo BNPP, al formar parte del mismo grupo económico, se adhieren al Departamento de Atención al Cliente de BNP Paribas España, S. A., que será válido para todas las entidades del grupo que se adhieren. Esta función será desarrollada por el Departamento de Cumplimiento Normativo, cuyo director será el responsable del Departamento de Atención al Cliente, quien, tal como prescribe la legislación en vigor, deberá ser encarnado por una persona de reconocido prestigio y honorabilidad empresarial y profesional, y con conocimiento y experiencia adecuados para ejercer sus funciones. Asimismo, se garantizará en todo momento que dicho departamento está dotado de los medios humanos, materiales, técnicos y organizativos adecuados para el cumplimiento de sus funciones. Se han adoptado las medidas necesarias para separar el Departamento de Atención al Cliente de los restantes servicios comerciales u operativos de la organización, de modo que se garantiza que la toma de decisiones se hace con completa independencia y autonomía, y exenta de conflictos de interés. De hecho, el titular de este departamento depende funcionalmente del director de territorial en España, sin ningún vínculo o supeditación a ninguna otra división comercial u operativa.

3. Mandato. El titular del Departamento de Atención al Cliente tendrá un mandato anual, renovable tácitamente cada año. Serán causas de incompatibilidad y cese cualquier hecho que ponga en duda su honorabilidad e imparcialidad a la hora de ejercer su mandato. Sin ser exhaustiva la relación, se enumeran posibles causas de incompatibilidad y cese: una manifiesta falta de ecuanimidad a la hora de resolver las reclamaciones y las quejas; la falta de diligencia al cumplir con lo estipulado en el presente reglamento, siempre que sea por causa o motivo justificado, o haber sido condenado en sentencia firme por delito doloso o cualquier tipo de incapacidad sobrevenida. Para dicha posición solo podrá elegirse una persona con reconocida experiencia en el sector financiero y que haya venido desempeñando funciones relacionadas con la actividad financiera propia de cualquiera de las entidades del grupo.

4. Coordinación con los demás servicios comerciales u operativos. Para asegurar la debida coordinación entre todos los departamentos de las entidades a los cuales presta servicio el Departamento de Atención al Cliente, se subraya el deber de todos los servicios de dichas entidades de facilitar a dicho órgano competente, para las quejas y reclamaciones, las informaciones que este solicite respecto al ejercicio de sus funciones. En el marco de dicha colaboración, estos servicios tendrán la obligación de remitir la información requerida en un plazo máximo de diez días desde la petición cursada por el DAC.

Las relaciones entre el Departamento de Atención al Cliente y los restantes departamentos y servicios de las entidades a las cuales presta servicio deberán ser fluidas y respetar en todo momento los principios de rapidez, seguridad, eficacia y coordinación. Cualquier disfunción en este sentido deberá ser puesta de manifiesto por el titular del Departamento de Atención al Cliente al director territorial y a los respectivos responsables del departamento o servicio afectado.


Actividades

4. Busque información sobre los organigramas de las entidades financieras con sede en España y la interrelación que existe entre su Servicio o Departamento de Atención al Cliente y las otras áreas funcionales de la organización.

3. Funciones fundamentales desarrolladas en la atención al cliente

En líneas generales, puede afirmarse que la atención al cliente en las empresas asume como propios los cometidos de informar, satisfacer las necesidades y fidelizar al cliente; de ahí que, en el proceso de atención al cliente, destaquen las funciones relacionadas con la atención de llamadas y solicitudes de los clientes, así como el seguimiento y el control en busca de su satisfacción y fidelización. Ya no basta con solventar los problemas que surgen entre el cliente y la entidad, pues es necesario que la atención al cliente propiamente dicha sirva como instrumento para incrementar la vinculación de este con la empresa.

3.1. Naturaleza

Desde la perspectiva comercial de las entidades financieras, aspectos como el producto o la imagen de la empresa han quedado relegados a un plano secundario como elementos de diferenciación entre los clientes de servicios financieros, tanto que han llegado a resultar muy similares entre una entidad y otra; de esta forma, el elemento que sirve para diferenciar las empresas de este sector es la calidad del servicio prestado al cliente.

En este sentido, algunos servicios bancarios se caracterizan por el alto contacto y la personalización de su contenido, ya que el cliente no solamente requiere una solución a medida, sino también cierto grado de información, asesoramiento e, incluso, conocimiento de su situación. En otras palabras, el cliente ya no aspira únicamente a cubrir una necesidad o ver resuelto un problema, sino que ahora espera que el proceso de resolución resulte igualmente satisfactorio. Del mismo modo, en servicios bancarios más automatizados como, por ejemplo, el envío del estado de su cuenta bancaria vía e-mail, el cliente espera obtener los beneficios acordados en un principio, además de una mayor seguridad y ausencia de errores.

Por tanto, en el caso de las entidades financieras y debido al carácter intangible característico de sus servicios, la calidad es la que determina las percepciones que tienen los clientes del servicio ofrecido. Es decir, la relación entre los profesionales de la entidad financiera y el propio cliente proporciona un flujo de información constante a la empresa, que la ayuda a adoptar medidas orientadas a implementar la calidad de los servicios que presta con el fin de incrementar el grado de satisfacción y lealtad de los clientes y obtener un aumento de la cuota de mercado y un mejor posicionamiento respecto a la competencia. Así, las entidades financieras capaces de definir, medir y alcanzar el nivel de calidad que exigen sus clientes lograrán una fuerte ventaja competitiva respecto a las restantes entidades del sector.

La calidad que un cliente de servicios financieros espera recibir por parte de una entidad dependerá de las experiencias que este haya tenido anteriormente con ella y de las expectativas o dimensiones clave que utilice para evaluar dicha calidad de servicio.



Nota

La percepción de la calidad que tenga un cliente de un servicio será igual a la diferencia que exista entre sus expectativas y la prestación.

No obstante, para averiguar cuáles son estas expectativas, es preciso conocer previamente el perfil del cliente con el que va a relacionarse la empresa; en este caso, las entidades del sector financiero. Por lo general, la obtención de este perfil puede representar una tarea sencilla en lo que a datos básicos se refiere, pero no en cuanto a otras variables de mayor complejidad. En algunas ocasiones, puede ser interesante saber cómo se percibe la prestación completa del servicio, esto es, desde el primer contacto con el cliente hasta la finalización de la prestación, mientras que en otras es posible que solamente busque valorarse la calidad percibida a lo largo de todos los pasos de prestación del servicio en los que interviene el cliente. En este caso, se harán preguntas relativas a todo el servicio.

Asimismo habrá casos en los que resulte interesante centrarse en un aspecto concreto de la prestación del servicio para poder recoger con mayor nivel de detalle las debilidades que presenta y sus oportunidades de mejora; de esta forma, cuando proceda a elaborarse un cuestionario de opinión, todas las preguntas deberán estar enfocadas a la recolección de las opiniones de los clientes sobre ese aspecto concreto. Por ejemplo, el grado de satisfacción general para operar con una determinada entidad bancaria dada o el grado de satisfacción de atributos en función de la profesionalidad, el trato recibido o la predisposición a ayudar son algunos de los aspectos clave que determinan la naturaleza de la atención al cliente en este tipo de entidades.


Actividades

5. Razone si las entidades del sector financiero deberían promover más el uso de cuestionarios de opinión o entrevistas para lograr mejorar la calidad de los servicios que prestan a sus clientes.

En resumen, los métodos de recogida de información de los clientes como los cuestionarios de opinión, las entrevistas, las reclamaciones o el personal de contacto de la entidad constituyen herramientas básicas para conocer a la clientela y lograr diferenciarse dentro del sector, ofreciendo la calidad que el cliente espera recibir en la prestación del servicio.


Sabía que...

Con el fin de conocer las expectativas e inquietudes de los clientes, el Banco Santander ha realizado más de un millón de encuestas en sus principales mercados.

Parámetros de la calidad en atención al cliente

En virtud de lo que establece la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, “el servicio de atención al cliente es clave para garantizar una buena imagen comercial del empresario y determinante del grado de satisfacción de los consumidores y usuarios. Tan importante como maximizar la calidad técnica de los servicios prestados —tales como la continuidad del servicio, el cumplimiento de ofertas o los niveles de cobertura— es mejorar la relación con el cliente a través de los servicios de atención”. La práctica muestra que muchas de las quejas y reclamaciones formuladas ante los diferentes servicios de consumo no se presentarían si las entidades dispusieran de departamentos de atención al cliente más eficaces.

Por ello, hay que tener en cuenta una serie de parámetros a la hora de medir la calidad de la atención prestada al cliente, como los aspectos físicos, los aspectos personales y la fiabilidad del servicio; de esta forma, aspectos como la extensión de la red de oficinas, la formación técnica del personal o la reputación y credibilidad de la propia entidad constituyen elementos fundamentales en la calidad del servicio prestado.


Sirva como muestra de ello el hecho de que un elevado número de quejas y reclamaciones presentadas ante la Administración de Consumo procede de la reiteración de llamadas a servicios de atención al cliente que han sido atendidas por personal que carece de formación técnica, ofrece información diversa e, incluso, discrepante y no facilita números o claves de identificación.

Estas carencias no solo provocan la insatisfacción de los clientes, sino que, a su vez, desprestigian la imagen comercial de las entidades, con el consecuente perjuicio en el seno del mercado; de ahí que, por medio de esta ley, se haya procedido al establecimiento de dichos parámetros de calidad que, obligatoriamente, deben cumplir los servicios de atención al cliente.

Como consecuencia de ello, el protagonismo del personal que trabaja en las entidades financieras ha cobrado mayor relieve durante los últimos años al ser considerado pieza clave no solo en la satisfacción del cliente que percibe la calidad del servicio prestado, sino también en la rapidez y el trato amable con que lo atienden. Por tanto, es posible concluir que la actuación del personal de la entidad incide en el grado de fidelización del cliente y en el volumen de negocio que realice con ella.


Nota

En el seno de las entidades bancarias o de crédito, los errores suponen una oportunidad para lograr incrementar el grado de fidelización de los clientes.

A continuación, se muestra el formulario de satisfacción al cliente que el Departamento de Calidad del Banco Santander utiliza para canalizar las sugerencias de sus clientes con el fin de fomentar un nivel óptimo en la calidad del servicio.


Formulario de satisfacción del cliente del Banco Santander

3.2. Efectos

Llegados a este punto, hay que volver a incidir en el hecho de que las entidades del sector financiero se enfrentan a un mercado cada vez más competitivo, con competidores a un solo clic de distancia y consumidores que esperan una experiencia superior como clientes. Por tanto, hay que averiguar qué desean los clientes de servicios financieros, cuáles son sus expectativas y, sobre todo, en qué apoyan sus percepciones de calidad; de esta forma, expertos reconocidos como Parasuraman, Zeithaml y Berry desarrollaron (1985) el denominado modelo SERVQUAL, en el cual se recogen las cinco dimensiones en la calidad del servicio financiero o, lo que es lo mismo, los resultados respecto a lo que los clientes esperan del funcionamiento del servicio prestado por la entidad:

1 Los tangibles constituyen la llamada parte visible de la oferta de servicio, aquello que puede ser percibido por los sentidos como, por ejemplo, instalaciones, equipos o apariencia del personal.

2 La fiabilidad implica la realización del servicio acordado con profesionalidad y precisión, pues cualquier error cometido en el desarrollo del servicio conllevará un efecto negativo en la confianza que el cliente mantenga hacia la entidad financiera.

3 La responsabilidad hace referencia al hecho de estar listo para ofrecer el servicio, haciéndole ver al cliente que la incidencia que presenta es considerada importante para la organización.

4 La seguridad se refiere a la competencia, atención y cortesía que prestan los empleados del servicio, las cuales infunden confianza en los clientes; de esta forma, cuando los clientes tratan con un profesional agradable y entendido, sienten la tranquilidad de estar negociando con la entidad adecuada.

5 La empatía es el deseo de entender en cualquier momento las necesidades del cliente y averiguar el modo de satisfacerlas.

Además de las dimensiones referidas, hay que tener en cuenta que, a la hora de adquirir un producto o servicio financiero, el cliente se forja una serie de expectativas en función de lo que escucha de otros clientes, de sus propias necesidades, de experiencias anteriores con productos o servicios similares o de la comunicación externa de los proveedores.

En la siguiente tabla, aparecen recogidos algunos de los factores que pueden utilizarse para medir cada una de las dimensiones referidas a la calidad de los servicios que prestan las entidades financieras.


FactoresDescripción de los indicadores
Fiabilidad- Claridad en la información que se envía a los clientes.- Se facilita la localización y el uso de los cajeros.- Preocupación por la fiabilidad de las operaciones.- Desarrollo adecuado del servicio prestado.- Ausencia de errores durante las operaciones.- Interés por resolver las posibles incidencias.- El comportamiento del personal transmite confianza.- El personal comprende las necesidades del cliente.
Empatía- Medidas de seguridad.- Horarios convenientes para los clientes.- Eliminación de las colas de espera que soportan los clientes.
Capacidad de respuesta- Atención del personal.- Oficinas cercanas al cliente.- El personal realiza las operaciones con rapidez.
Seguridad- Empleados amables.- Empleados siempre dispuestos a ayudar al cliente.- Empleados con los conocimientos necesarios para responder a las preguntas de los clientes.
Elementos tangibles- Oficinas con equipos informáticos modernos.- Información sobre nuevos productos y servicios.- Se gestionan con transparencia las operaciones.- Garantías de que se cumple lo pactado con el cliente.- Se cuida la apariencia de las instalaciones.- Se ofrecen servicios muy tecnificados.

Si tras finalizar la prestación del servicio el cliente ha visto cubiertas sus necesidades, los indicadores reflejarán un alto grado de satisfacción y el cliente reconocerá la calidad del servicio, con lo que se iniciará el proceso de fidelización por parte de la entidad.


Actividades

6. Argumente cuál cree que es la dimensión de la calidad de la que más esperan los clientes de servicios financieros.

Para poner en marcha este proceso de fidelización se hace necesaria, en primer lugar, la búsqueda de información sobre el cliente y el establecimiento de relaciones mediante un proceso de planificación en el que no solamente interviene el reconocimiento del cliente, sino también la orientación de la entidad a las necesidades de este y la búsqueda de una clara diferenciación a través de factores emocionales al margen de la mera transacción comercial.

En este sentido, hasta hace algunos años las entidades centraban sus esfuerzos de fidelización en iniciativas directamente relacionadas con el uso de un producto o servicio en particular; sin embargo, hoy en día las entidades demuestran un interés cada vez mayor por los programas de fidelización a gran escala, esto es, programas que recompensan al cliente por la totalidad de sus relaciones con la entidad. Esta estrategia implica que los bancos puedan reconocer a sus clientes en función del valor total que les aporta el uso de los productos y servicios de la entidad; de esta forma, las entidades del sector pueden recompensar a su clientela por el uso de los servicios bancarios online frente a los que se ofrecen en las oficinas o promover actividades de venta online como prioridad.

La evolución de los clientes y del propio mercado ha dado lugar a un cambio de paradigma en el enfoque comercial y organizativo, donde la multicanalidad se ha convertido en la principal tendencia de las entidades del sector. Se trata de identificar las necesidades de los clientes y ofertarles productos y servicios que les aporten un verdadero valor añadido a través de los diferentes esquemas de atención (sucursal, cajero automático, tarjeta de crédito, call center, internet, etc.), con el fin de darles un mejor servicio y anticiparse a las nuevas demandas.

De esta forma, los programas de fidelización —dirigidos a la creación de vínculos entre los clientes y la empresa— y las promociones —orientadas a incrementar la frecuencia con la que se producen las compras— suponen la utilización de una gran cantidad de datos, cuya finalidad no es otra que ofrecer al cliente una experiencia de calidad en todos y cada uno de los estadios de su ciclo de vida como consumidor de servicios financieros.

A continuación, puede observarse que el objetivo de la fidelización puede alcanzarse por medio de dos grandes grupos de acciones: por un lado, los programas de fidelización (tarjetas, cupones descuento, regalos y creación de clubes de clientes) y, por otro, las promociones orientadas a la fidelización (periódicas, por importe mínimo y captación por medio de suscriptores). De esta manera, la entrega de un regalo como gratificación por la contratación de un producto o servicio financiero, o el envío a través del correo electrónico de una promoción especialmente diseñada para el cliente representan dos de las acciones más comunes entre las entidades de crédito.


Un ejemplo de programa de fidelización es la campaña comercial que el Banco Popular puso en marcha el 15 de octubre del 2015, a través de la cual pretendía aumentar el número de clientes y elevar su vinculación para incrementar su grado de rentabilidad. Con comisiones cero, descuentos y ofertas especiales, el grupo se ha lanzado en busca de la fidelización de sus clientes ofreciendo productos y servicios distintos para cada colectivo en función de su edad y de las necesidades de cada uno.

El programa, que se publicita en la página web de la entidad, ofrece ventajas y exige distintos tipos de condiciones, pero con el patrón común de comisiones cero, rebajas en la compra en múltiples establecimientos y condiciones preferentes en una variedad de espectáculos y actividades de ocio. Asimismo, la entidad requiere que, en caso de tener menos de 50 años, se utilicen los canales digitales.


Acceso a la campaña “Tenemos un plan” a través de la web del Grupo Banco Popular


Actividades

7. Busque información sobre las plataformas de gamificación como vía de aportación de valor al usuario web de servicios financieros y averigüe si alguna entidad del sector financiero ha apostado ya por este tipo de recursos a través de su página web.


Aplicación práctica

Con el fin de fidelizar a buena parte de sus clientes, el Departamento de Marketing de una importante entidad bancaria está planificando el lanzamiento de un producto que permita a los usuarios realizar la mayoría de sus compras en un determinado establecimiento o grupo de tiendas.

Determine cuál de los programas vistos hasta ahora podría ajustarse de manera adecuada a ese objetivo.

SOLUCIÓN

En este caso, el programa de fidelización de clientes que mejor responde a las expectativas de este departamento es la tarjeta de fidelización, ya que a través de ella se dará preferencia a su titular a la hora de adquirir productos especialmente demandados o se le ofrecerá la posibilidad de reservar un producto con antelación, entre otras acciones. Todo ello con el fin de premiar siempre la confianza del cliente en la entidad con importantes descuentos o servicios adicionales canjeables por puntos.

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Türler ve etiketler

Yaş sınırı:
0+
Litres'teki yayın tarihi:
22 ekim 2025
Hacim:
177 s. 46 illüstrasyon
ISBN:
9788491982241
Yayıncı:
Telif hakkı:
Bookwire
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