Kitabı oku: «Visiones interdisciplinarias de la justicia terapéutica en México», sayfa 4

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4. Drogas prohibidas: composición e implicaciones en el ámbito jurídico penal

Para millones de personas las drogas sirven hoy, como las religiones y la alta cultura ayer, para aplacar las dudas y perplejidades sobre la condición humana, la vida, la muerte, el más allá, el sentido o sinsentido de la existencia.

Mario Vargas Llosa.

A. Aspectos preliminares

Al margen de consideraciones socioculturales, de origen, religiosas, sociopolíticas y jurídicas,132 existen una serie de indicios objetivos que establecen, en el mundo científico, el que determinadas sustancias sean consideradas como drogas.133 Dentro de estos se pueden destacar ciertos efectos que algunas de estas sustancias causan en el individuo que las consume.134 Existen una gran cantidad de drogas que pueden causar tales resultados debido a la naturaleza bioquímica y la neurofisiología humana del consumidor.135 Con independencia de lo señalado en el párrafo que precede, y debido a los intereses de la presente investigación, se centrarán los esfuerzos de las hojas siguientes en algunas de las drogas de consumo que afectan el sistema nervioso central (SNC). De manera sintética, la clasificación y/o división de estas se describe a continuación:

Depresores del SNC: sustancias que, por su composición, bloquean el correcto funcionamiento del cerebro generando en el consumidor reacciones que pueden ir desde un proceso de desinhibición hasta el escenario del coma, en un notorio proceso de adormecimiento cerebral progresivo.136

Estimulantes del SNC: sustancias que, por su naturaleza, activan el funcionamiento del cerebro, entre las que destacan:

 Estimulantes mayores: – Anfetaminas– Cocaína

 Estimulantes menores:– Nicotina– Xantinas (cafeína).137

Perturbadoras del SNC: sustancias que, por las características de los ingredientes que la conforman, provocan una alteración en el funcionamiento del cerebro, ocasionando alucinaciones, distorsiones perceptivas.

– Alucinógenos (LSD)

– Derivados del cannabis (haschish, marihuana)

– Inhalantes (acetonas, bencenos)

– Drogas de síntesis (éxtasis)138

Por otro lado, fijando el análisis en el aspecto vinculado a la delimitación conceptual, una precisión lingüística de droga que, desde el ámbito científico, puede considerarse adecuada para las finalidades de la presente obra —y de mayor precisión con relación a las definiciones aportadas por otras ramas y disciplinas de la ciencia— es la que ofrece la psicofarmacología. Dicha materia estudia las drogas psicotrópicas y estupefacientes o narcóticas.139 Tal disciplina ha planteado numerosas clasificaciones sobre drogas tomando como punto de referencia algunas de sus cualidades como son:

 Su estructura química.

 Su valor médico-terapéutico.

 Los efectos que causa en el organismo psicofísico.

De todas las cualidades señaladas, la última es la que se considera más próxima a las preocupaciones y fines de protección de la política criminal y el derecho penal, ya que hace una ordenación de las drogas a partir de sus efectos en la salud física y mental del consumidor. En este orden de ideas, dicha cualidad divide o categoriza las drogas en:

 Estimulantes y anti depresoras140

 Tranquilizantes o sedantes141

 Delirantes142

 Opiáceas143

 Sociales144

No obstante, esta amplitud del concepto drogas afecta a la precisa configuración de los tipos penales que regulan y prohíben su difusión ilícita en nuestro país. Tal circunstancia, genera elementos ambiguos que afectan a la objetividad prevista —y exigida— para la construcción de los tipos penales relacionados a las drogas. Aunado a ello, hay que señalar que también se presentan otros aspectos de excepción a los lineamientos generales previstos en la teoría del delito en la conformación típica de los delitos relacionados a la difusión ilícita de drogas y que han generado una larga, pero no resuelta de manera definitiva, discusión científica, doctrinal y jurisprudencial.145 En otro sentido, fijando la atención en lo relativo al objeto material de los ilícitos vinculados al tráfico de drogas, de manera expresa, en la normativa nacional el art. 193 del Código Penal Federal (CPF) que concentra la denominación de drogas prohibidas al vocablo narcóticos, para referirse a drogas prohibidas, psicotrópicos y estupefacientes de prohibida difusión, se pueden plantear una infinidad de cuestionamientos desde diversas disciplinas. Los conceptos: drogas, psicotrópicos y estupefacientes podrían ser no tan precisos entre sí debido a la pluralidad de valoraciones sociales y disciplinarias a las que pueden ser sometidos.

Ejemplo de lo anterior, es que existen sustancias que sin importar sus cualidades químicas son socialmente aceptadas (medicamentos, ya sean estos eficaces, ineficaces o incluso dañinos) o permitidas por los gobiernos (bebidas alcohólicas, tabaco, café) a las que comúnmente no se les denomina drogas.146 De la misma manera, hay sustancias socialmente rechazadas conocidas drogas prohibidas (su tráfico, en la mayoría de los casos, es sancionado por la norma penal).147

Aunado a lo anterior, si bien es cierto que el concepto jurídico del objeto material en estos delitos narcóticos —o drogas en muchos países— se encuentra establecido en los listados de sustancias naturales y sintéticas que aparecen en los anexos de la normativa internacional en la materia148 y en la legislación local de nuestro país (códigos y leyes),149 no menos cierto es que el avance científico y la constante aparición de nuevas drogas generan, en la práctica judicial, que no siempre se tengan actualizados los listados y, por ende, se deje en estado de indefensión a la sociedad. Pues, en atención a los principios de legalidad y seguridad jurídica,150 no se podría procesar a un individuo que se encuentre traficando con drogas que aún no se encuentren prohibidas.

B. Drogas relevantes para la justicia penal

Ya precisado en el epígrafe que antecede la significación del objeto jurídico en el derecho penal, y en los tipos penales de drogas en particular, se concentra la atención, dentro todo del gran universo que existe de sustancias psicoactivas que afectan al organismo humano y a la comunidad —por las implicaciones materiales, sociales y sanitarias que conllevan—, en aquellas drogas que ha generado —a nivel internacional y nacional— una serie de políticas públicas que tienen como finalidad principal impedir su difusión ilícita en la sociedad. Por tal motivo, y derivado de esta situación, a continuación se analizan las cualidades de algunas de estas drogas de especial importancia para la legislación penal.

a. Mariguana (cannabis sativa)

Dentro de las drogas ilegales, es la más consumida por la población española151 y, al mismo tiempo, la más difundida en el mundo.152 De la planta cannabis sativa emanan tanto la marihuana como el hachís. La primera se consigue moliendo las hojas, las ramas y las flores,153 la segunda es la resina concentrada.154 La manera más común de consumirlas es fumándolas.155 Estas sustancias introducidas en el organismo producen los efectos siguientes:

1 Relajación.

2 Aceleración del ritmo cardiaco.

3 Extraversión.

4 Alteración de la percepción del tiempo.

5 Agudización de los sentidos.

6 Modificación en la forma común de socializar (de hecho, algunos consideran que es una droga que establece su consumo de forma social).

Con relación al listado que precede, es necesario precisar que los efectos pueden cambiar en función de la dosis consumida y de las circunstancias que rodean a su consumo. No obstante, que estas sustancias no provocan dependencia psicológica su uso puede ser peligroso o, por lo menos, generar escenarios de riegos al consumidor y a su entorno, cuando, por ejemplo, se conduce un vehículo o se llevan a cabo algunas funciones bajo sus efectos o en estado crónico de intoxicación.156 Se desconocen con exactitud las consecuencias que a largo plazo puedan tener la marihuana y el hachís, es muy factible que estas sustancias sean perjudiciales para los pulmones de la misma forma que lo es el tabaco.157 Sin embargo, hay que precisar que existe una falta de estudios epidemiológicos convincentes que puedan afirmar en términos cuantitativos las repercusiones que sufre en la salud el individuo que consume de manera habitual cannabis.158 A pesar de que hay quienes aprecian como amenazante el consumo del cannabis argumentando que, en ciertos casos, es la sustancia tóxica que abre el camino a otras drogas ilegales más peligrosas,159 tal afirmación todavía no ha sido corroborada científicamente.160 Otro factor preocupante, es que dentro de las sustancias ilegales que se usan en el país, la cannabis sativa es la que se empieza a consumir a edades más tempranas.161

b. Cocaína

Tras la cannabis sativa, la cocaína es una de las sustancias ilegales más consumida por el sector de la población española vinculado al consumo de drogas.162 El modo de administración más frecuente es como clorhidrato de cocaína, esto es, mediante aspiración nasal —aunque también puede ser fumada y administrada de forma intravenosa—163, con una biodisponibilidad de entre 25 % y 85 %, alcanzándose el pico de máxima concentración plasmática entre los 15 y 30 minutos después de que la droga fue administrada.164 La droga es también consumida en su forma de “crack” o base libre, la biodisponibilidad en este caso varía hasta 57 %, pero con la particularidad de que el pico máximo plasmático se obtiene a los cinco minutos de su suministro al organismo.165 La cocaína es una droga dura del tipo de las euforizantes sin generar una dependencia física.166 En el caso de paralización del consumo no se genera el síndrome de abstinencia, pero sí la crisis de querencia, aparte de que el consumo dilatado de cocaína trae consigo graves riesgos y consecuencias (la dosis diaria puede oscilar de uno a diez gramos). El cocainómano, después de tomar la dosis, experimenta una sensación de euforia, de vigor (si sentía fatiga, ha sido superada), de mayor lucidez intelectual.167 Posterior a la euforia y a las sensaciones positivas, surgen en la persona que la utiliza una serie de efectos negativos como: cansancio, apatía y, por último, angustia.168 También se producen en ella, frecuentes estados alucinatorios con sensaciones táctiles de frío, electricidad, picazón y alteraciones en el sistema nervioso.169 Hay estudios que demuestran que alrededor de los diez años dependiendo de las dosis consumidas, el cocainómano tiene sus facultades absolutamente menoscabadas. Padeciendo, en ciertos periodos, desconcierto mental, agotamiento, desnutrición y perforación del tabique nasal.170 Por otra parte, es significativo resaltar que el nivel económico o la capacidad adquisitiva del usuario, condiciona de forma significativa el consumo de la cocaína. Dentro de un estudio realizado en Madrid a una muestra de estudiantes, se observó que el consumo ocasional se daba con mayor continuidad en los centros educativos estatales, mientras que el consumo diario o frecuente se ceñía más en los centros privados. De la misma forma, el análisis mostró evidencia de que dicho uso está relacionado con un deseo de manifestar un carácter extrovertido, ávido de relación social y sin mayores rasgos patológicos; es decir, un consumo por moda, por estética o por placer. En este estudio se destaca también la existencia de una elevada creación de tolerancia en los consumidores, contrariando, por una parte, a quienes le quitan riesgo al consumo de cocaína,171 y por otra, afirmando que su uso produce habituación rápida.172

c. MDMA o Éxtasis

La MDMA o 3,4-metilendioximetanfetamina, conocida como éxtasis,173 pertenece a las denominadas drogas de diseño.174 Es una droga impar debido a estar relacionada con la mezcalina y las anfetaminas175 cuya forma comercial o de venta en la calle, son los comprimidos y, en menor medida, las cápsulas (píldoras de diversos colores o cápsulas transparentes).176

Este estimulante sintético, asociado con ambientes de discotecas y modas musicales modernas, reproduce los efectos de otras drogas ilegales de amplio consumo.177 A partir de un suministro 75 a 100 mg (o a 1 mg/kg de peso) en el organismo, y después de media hora de su ingesta, se empiezan a sentir los efectos, alcanzando su fase más elevada al transcurrir una hora u hora y media, permaneciendo en ella aproximadamente durante dos horas.178 Dichos efectos consisten en cambios en el estado de ánimo (euforia, felicidad), energía, desinhibición, mayor sensualidad, elevación de la autoestima y mayor agresividad.179 Tales consecuencias del consumo de éxtasis pueden variar en función del contenido real de los comprimidos, las dosis de principio activo que lleven o las sustancias que se encuentren mezcladas. Los usuarios, en su mayoría, describen al éxtasis como una sustancia erótica, estimulante, que facilita la comunicación de emociones.

Por otro lado, sus efectos secundarios adversos son: boca seca, sensación de calor, insomnio, diaforesis, taquicardia, movimientos involuntarios de la mandíbula, escalofríos, espasmo, deseo de orinar, pérdida del sentido de la orientación, temblores, visión borrosa, náuseas, vómitos, movimientos involuntarios de los ojos y dificultad para coordinar los movimientos.180 El consumo de esta droga produce secuelas psicológicas, entre estas, destacan:

 Agobio.

 Pérdidas temporales de memoria.

 Ansiedad.

 Paranoia.

d. Heroína

La heroína es una droga alcaloide181 obtenida a través de complicados procesos de extracción de la morfina y su presentación es en forma de polvo blanco y amargo con propiedades sedantes y narcóticas.182 Es una sustancia depresora del sistema nervioso central cuya acción fundamental es la producción de analgesia. Por sus características estructurales es el estupefaciente que con mayor facilidad crea hábito.183 Se administra por vía intravenosa, fumada o inhalada,184 provocando en el individuo, un estado de placer y euforia, pero conforme mayor es su empleo, superiores son las dosis que necesita el organismo para obtener el mismo estado de bienestar.185 Su retirado uso ocasiona numerosas alteraciones, por lo que aquellos que de ella sufren adicción mantienen su consumo con el interés de evitar los efectos adversos más que de conseguir el estado inicial de euforia. La malnutrición, las complicaciones respiratorias y el descenso de la presión sanguínea, son algunos de los trastornos asociados a la adicción de este tóxico. La heroína es una droga muy potente que origina una dependencia mayor que la del opio o la morfina.186 Por otra parte, aun siendo un rasgo esencial de los efectos de la intoxicación por opiáceos, grupo al que pertenece la heroína, la atenuación de los impulsos agresivos en estadios avanzados, a medida que la sustancia va haciendo sus efectos, puede acelerar el estado anímico del individuo orientándolo hacia la labilidad emocional, la irritabilidad y a un estado de ansiedad que puede favorecer la aparición de comportamientos violentos.187 Además, el consumidor habitual de esta sustancia a los dos años de ingesta empieza a sufrir un cierto deterioro cerebral y depresiones recurrentes, estando con ello predispuesto a un proceso de degradación personal en el que sus intereses vitales se van estrechando —solo coexiste para conseguir la heroína—. Asimismo, si el proceso de efectos adversos se cumple, en su totalidad, puede presentar un imperioso comportamiento egoísta o egocéntrico que obstruye su proceso normal de socialización, razón por la cual es más propenso de incurrir en la realización de conductas delictivas.188

e. Alucinógenos

Entre los alucinógenos, llamados también ampliadores de la conciencia, se encuentran productos hipnóticos, psicodélicos (del griego delos, revelación espiritual), delirógenos y onirónos;189 es decir, todas aquellas sustancias que inducen la percepción subjetiva de un fenómeno irreal, o bien, que son capaces de ocasionar cambios en la conciencia, en la percepción, el ánimo y la conducta.190 Entre ellas se localiza a la psicocibina, mezcalina191 y el LSD-25 (por ser este último de gran consumo será el que se estudiará a mayor profundidad).

El LSD-25 es el alucinógeno de mayor potencia dentro de su especie y, por consecuencia, el que presenta mayores efectos.192 Es una sustancia de síntesis de la dietilamida del ácido lisérgico extraída del cornezuelo del centeno (un hongo que crece sobre el grano del centeno).193 Se muestra en forma de polvo cristalino, blanco e inodoro194 suministrándose al organismo casi siempre por vía oral, en forma de comprimidos, o bien, bañando una solución que lo contenga en un terrón de azúcar o en un trocito de papel secante o de tela. Con menos frecuencia, puede introducirse en el organismo por vía parental, mediante una inyección intramuscular o intravenosa. Cuando se toma por vía oral sus efectos se experimentan entre los 10 y 40 minutos después de su ingesta. En cambio, si se consume por vía parental los efectos demoran sólo diez minutos y en los casos de inyección intramuscular y de inyección intravenosa, se producen de forma inmediata. La duración de los efectos se prolonga de cuatro a diez horas, empleando un tiempo similar para que el organismo regrese a la normalidad.195 Sin embargo, como en los demás tóxicos, estos tiempos pueden variar según la dosis y el organismo de la persona.196El uso de este alucinógeno (LSD-25) provoca efectos físicos y alteraciones psíquicas.197 A diferencia de otras drogas el empleo de LSD-25 es más esporádico.198 De manera frecuente, se asocia con el consumo combinado con otras drogas, por lo que resulta poco probable que existan adictos puros a LSD-25.199 Algunos estudios han demostrado tolerancia cruzada entre LSD-25, mescalina, psilocibina, y psicodélicos (tipo anfetaminas).200 Asimismo, resultados de investigaciones arrojan que el LSD-25 puede producir ruptura cianosómica (semejante a la causada por radiaciones ionizantes) de manera periférica como en testículos y ovarios.201

f. Anfetaminas

Son productos que tienen como objetivo atenuar, mediante prescripción médica, ciertos malestares.202 La anfetaminas pertenece al grupo de los estimulantes,203 un conjunto de sustancias químicas que tienen como rasgo característico un efecto vivificante o incitante sobre el sistema nervioso central (estimulación, celeridad de los procesos creativos o imaginativos y brusquedad en la apreciación sensorial).204

Estas sustancias son ingeridas, –la mayoría de las veces–, en pequeños comprimidos o cápsulas, poco frecuente resulta su consumo a través de una inyección endovenosa. En estos casos, se tritura el tóxico hasta convertirlo en polvo que al punto se diluye en agua en ebullición, destilándose después con una tela o algodón para suministrarse al organismo por medio de una jeringa.205 En relación con los efectos que provoca en el individuo, está más que probado que cuando la persona incurre en un abuso de dichas sustancias, sufre de alteraciones notorias en su comportamiento (irritación, violencia, ímpetu, las más comunes).206 Su consumo durante largo tiempo puede ocasionar hipertensión y aceleraciónde palpitaciones cardiacas, patrones motrices involuntarios y convulsiones musculares. El adicto a estas sustancias sufre de insomnio, malnutrición y de otros trastornos como el tartamudeo, labios ásperos, úlceras de estómago y diarreas. En los casos de suministros de dosis en gran escala, el individuo puede sobrellevar un ataque cardiovascular seguido de un estado de coma que puede ocasionar la muerte. Aunque las anfetaminas en pequeñas dosis no acarrean dependencia física, aun en cantidades moderadas pueden ocasionar dependencia psicológica.207