Kitabı oku: «Ideas en educación III»

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IDEAS EN EDUCACIÓN III

EVOLUCIÓN DE UNA REFORMA

EDICIONES UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE

Vicerrectoría de Comunicaciones y Extensión Cultural

Av. Libertador Bernardo O’Higgins 390, Santiago, Chile

editorialedicionesuc@uc.cl

https://ediciones.uc.cl/

IDEAS EN EDUCACIÓN III.

EVOLUCIÓN DE UNA REFORMA.

Ignacio Sánchez D.

Editor

© Inscripción Nº 2021-A-9057

Derechos reservados

Septiembre 2021

ISBN N° 978-956-14-2880-5

ISBN digital N° 978-956-14-2881-2

Diseño:

Diseño Corporativo

Diagramación digital: ebooks Patagonia

info@ebookspatagonia.com www.ebookspatagonia.com

CIP-Pontificia Universidad Católica de Chile

Ideas en educación III: Evolución de una reforma / Ignacio Sánchez D., editor.

Incluye bibliografías.

1. Educación – Chile.

2. Educación y estado – Chile.

3. Educación – Aspectos sociales – Chile.

I. Sánchez Díaz, Ignacio, editor.


2021 370.983 + DDC23 RDA


ÍNDICE

PRÓLOGO

Ignacio Sánchez D.

PARTE I

AUTONOMÍA Y CALIDAD

CAPÍTULO 1

AUTONOMÍA UNIVERSITARIA Y LIBERTAD ACADÉMICA: PERSPECTIVAS CONTRASTANTES ENTRE AMÉRICA LATINA Y ESTADOS UNIDOS

Andrés Bernasconi

CAPÍTULO 2

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR: DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES EN EL ESCENARIO ACTUAL

Judith Scharager / Bárbara Prieto / Enrique Fernández / Guillermo Marshall

CAPÍTULO 3

EDUCACIÓN SUPERIOR CATÓLICA EN AMÉRICA LATINA

Pedro Pablo Rosso

PARTE II

EDUCACIÓN INICIAL Y ESCOLAR

CAPÍTULO 4

LOS RETOS DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA FRENTE A LA PANDEMIA

Pamela Rodríguez / Claudia Coronata

CAPÍTULO 5

IMPLEMENTACIÓN DE LEYES, CONTRARREFORMA, PENALIZACIÓN DE LA JUVENTUD Y CRISIS SOCIOSANITARIA. UN ANÁLISIS DEL SISTEMA ESCOLAR ENTRE 2018 Y 2021

Ernesto Treviño / Cristóbal Villalobos

CAPÍTULO 6

SISTEMA DE ADMISIÓN ESCOLAR: DIFICULTADES CULTURALES Y POLÍTICAS DE UNA EXITOSA IMPLEMENTACIÓN

Alejandro Carrasco

CAPÍTULO 7

FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESCOLAR

Shirley Redroban / Sergio Urzúa

CAPÍTULO 8

NUEVA EDUCACIÓN PÚBLICA: DESAFÍOS DE IMPLEMENTACIÓN

Verónica Cabezas / Ignacio Irarrázaval / Nicolás Muñoz

CAPÍTULO 9

HACIA UNA TRAYECTORIA PROFESIONAL DOCENTE SOSTENIDA. APORTES DESDE LAS MENTORÍAS REVISITADAS

Lorena Medina / Macarena Salas

CAPÍTULO 10

LOS DESAFÍOS DE LA DIGITALIZACIÓN A LA CALIDAD EN LA EDUCACIÓN ESCOLAR EN CHILE

Magdalena Claro / Patricia Canales

PARTE III

EDUCACIÓN SUPERIOR

CAPÍTULO 11

EDUCACIÓN SUPERIOR, RELEVANCIA ACTUAL Y EVOLUCIÓN DE LA REFORMA

Ignacio Sánchez D.

CAPÍTULO 12

ESTRUCTURA DE TÍTULOS Y GRADOS EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR CHILENA: PROPUESTAS PARA UNA ACTUALIZACIÓN

Andrés Bernasconi / Ximena Catalán / Manuela Mendoza / Agustín Barroilhet / Gonzalo Donoso

CAPÍTULO 13

TRANSICIÓN Y EXPERIENCIA UNIVERSITARIA: DILEMAS Y DESAFÍOS EN LA UC CON FOCO EN LOS ESTUDIANTES PRIMERA GENERACIÓN

Jorge Manzi / María Verónica Santelices

CAPÍTULO 14

EVOLUCIÓN, DESAFÍOS Y DILEMAS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICO-PROFESIONAL (ESTP)

Patricio Donoso / Carlos Díaz

CAPÍTULO 15

FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA: TIEMPO DE REPENSAR

Eddie Escobar / Loreto Massanés / Rodrigo Valdés

CAPÍTULO 16

EL ÁREA PENDIENTE DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR INCLUSIVA EN CHILE: ¿HACIA DÓNDE ORIENTAR LOS PRÓXIMOS PASOS?

Catalina García / Pablo González / Javiera Muñoz

CAPÍTULO 17

COLLEGE UC: AVANCES Y DESAFÍOS A 12 AÑOS DE SU CREACIÓN

Loreto Valenzuela / Lorena Correa

CAPÍTULO 18

ENFOQUE DE COMPRENSIÓN DE LA EXPERIENCIA UNIVERSITARIA: UN MODELO PARA LA ACCIÓN REFLEXIVA DESDE LOS ASUNTOS ESTUDIANTILES UC

Angélica Bustos / Gonzalo Gallardo / Carolina Méndez

CAPÍTULO 19

SUSTENTABILIDAD EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR: EL PILAR PENDIENTE

Ignacio Oliva / Francisco Urquiza / Juan Carlos Muñoz

PARTE IV

FUTURO Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN

CAPÍTULO 20

EL FUTURO DEL TRABAJO Y EL FUTURO DE LA UNIVERSIDAD

Claudio Sapelli / José Miguel Sánchez

CAPÍTULO 21

DESARROLLO Y FINANCIAMIENTO DE LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN

Pedro Bouchon / María Elena Boisier / Álvaro Ossa

CAPÍTULO 22

CÓMO LA EDUCACIÓN ESPECIAL PUEDE MODERAR EL DEBATE EN TORNO A LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN

Ricardo Rosas / Rosario Palacios / Catalina Santa-Cruz / Victoria Espinoza / Elisa Hohlberg

CAPÍTULO 23

INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: PERSPECTIVA LATINOAMERICANA

Lilian Ferrer / Maribel Flórez / Ana María Sepúlveda

CAPÍTULO 24

UNIVERSIDADES, IGUALACIÓN DE OPORTUNIDADES Y POLÍTICA PÚBLICA

Osvaldo Larrañaga

CAPÍTULO 25

LOS MAESTROS DE LA ORALIDAD. LOS EDUCADORES TRADICIONALES EN EL SISTEMA EDUCATIVO INTERCULTURAL

Pedro Mege / Catalina Cox

CAPÍTULO 26

EDUCACIÓN INTERCULTURAL, EL DESAFÍO DE LA REVITALIZACIÓN LINGÜÍSTICA DEL MAPUZUGUN

Gonzalo Valdivieso

CAPÍTULO 27

INTEGRIDAD ACADÉMICA: UN DESAFÍO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Cecilia Arce / Andrea Sáez / Paulina Rodríguez / Fernando Purcell / Gonzalo Pizarro

CAPÍTULO 28

GÉNERO Y EDUCACIÓN SUPERIOR: HISTORICIDAD Y DESAFÍOS EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE

Ana Luisa Muñoz-García / Verónica Undurraga / Silvana Zanlungo

CAPÍTULO 29

DESARROLLO DE LAS ÉTICAS APLICADAS EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR: UN DESAFÍO INTERDISCIPLINAR

Olof Page / Juan Larraín

CAPÍTULO 30

ESTADÍSTICAS DE LA EDUCACIÓN EN CHILE: ¿CÓMO HA EVOLUCIONADO EL SISTEMA EN LOS ÚLTIMOS 30 AÑOS?

Bárbara Prieto

PRÓLOGO

Esta edición del libro “Ideas en Educación III. Evolución de una reforma” encuentra al país en un profundo proceso de análisis constitucional, posterior a una crisis social y en medio de la mayor pandemia sanitaria del último siglo. A pesar de todo esto, en la Universidad Católica nos ha parecido muy necesario continuar con esta serie de libros, que buscan —en la opinión de diversos profesores y profesoras de variadas facultades— actualizar las reformas y cambios a la educación que se han desarrollado en nuestro país, evaluando el efecto, progresos y, en ocasiones, retrocesos en cada uno de ellos. Además, se ha intentado abordar importantes temas que surgen del avance en los diferentes niveles de la educación inicial, secundaria y superior.

Los libros de esta serie “Ideas en Educación”, iniciada hace ya seis años, recalcan que la educación es un proceso vital, de transformación personal, en que los y las estudiantes desarrollan, con la ayuda de sus familias, entorno y comunidad, sus capacidades, con el fin de ponerlas al servicio de la sociedad. Este despliegue les permite entregar un aporte original y único al país. En el reciente proyecto realizado en la plataforma “Tenemos que Hablar de Chile”, donde más de cien mil personas participaron en encuestas y cerca de diez mil en conversaciones respecto del presente y futuro del país, la educación fue sin duda el tema más mencionado y se la definió como una verdadera palanca de transformación social, no solo personal, sino también comunitaria. Así, fue comprendida como un factor clave en la cohesión social, en la construcción de un país más justo y equitativo, en el cual sus habitantes puedan desarrollar en plenitud todas sus cualidades y características. Además, dentro de los principales hallazgos, la diversidad de nuestro país se valoró como una virtud y oportunidad, más que como una desventaja o problema. Una gran tarea para nuestro proceso educativo.

Como se ha descrito, la educación es sin duda el tema que más preocupa a las familias y a la gran mayoría de la ciudadanía. Es el ámbito en el cual hay que poner la mayor atención, y que probablemente será una de las grandes preocupaciones en el proceso constitucional que en la actualidad se está desarrollando en el país. Como es sabido, en la UC participamos de manera continua en la educación a través de la formación en educación de párvulos, inicial, escolar y secundaria a través de un esfuerzo por atraer a las y los mejores estudiantes para poder desarrollar en conjunto su vocación pedagógica. Por otra parte, en la educación superior, nuestra misión universitaria es lograr la excelencia en la creación y transferencia del nuevo conocimiento y en la formación de las personas, inspirados en una concepción católica, siempre orientados al servicio de la sociedad.

Aspiramos de esta manera a construir una universidad de frontera que, a partir de su identidad católica, imagina nuevas realidades, amplía oportunidades y se compromete con la realidad de nuestra sociedad. Desde nuestra fundación —en el año 1888—, buscamos la formación integral de nuestros estudiantes. En palabras de nuestro rector fundador, “formar el corazón de los jóvenes”, junto a la creación de nuevo conocimiento de frontera, y su transferencia a la sociedad, en todas las áreas del saber. Así también, participamos de manera activa en el debate público a través del análisis de los desafíos que plantea la reforma a la educación superior. Por otra parte, de manera permanente, trabajamos por medio del Centro de Políticas Públicas, con el objeto de aportar al debate de los temas más relevantes de la agenda país en el área de la educación. Desde aquí, se apoya de manera significativa al Proyecto Elige Educar —que tiene ya diez años de historia—, el que ha buscado atraer a los y las mejores estudiantes a estudiar pedagogía para desarrollar su vocación al servicio del país. Además, en el ámbito de la educación técnico-profesional, se entrega un significativo aporte a través del excelente trabajo que realiza la Fundación DUOC UC, cuyo liderazgo en calidad es reconocido en todo el país.

Este libro se presenta organizado en diferentes secciones y capítulos que analizan temas y propuestas que evalúan los cambios de los últimos años, en especial respecto de las reformas implementadas en los diferentes niveles educacionales. El trabajo lo ha realizado un grupo de más de setenta colaboradores —docentes, investigadores(as) y profesionales— que pertenecen a diez facultades y a un número importante de vicerrectorías, direcciones y centros de la universidad. Así también, en esta edición contamos con el aporte de académicos de otras universidades y centros de formación profesional y técnica, lo que sin duda ha enriquecido la propuesta. Se incluyen aspectos transversales y elementos más específicos de la educación inicial, escolar y universitaria, junto al desarrollo de las ciencias e investigación. Como en toda universidad en que la libertad académica y la pluralidad se destacan como valores esenciales de la vida universitaria, se plantean y exponen diferentes miradas, dependiendo de propuestas académicas diversas, las que son también complementarias. En este sentido, se ha privilegiado realizar una tarea interdisciplinaria, con diferentes focos y miradas, las que enriquecen estas propuestas. Por lo anterior, el libro no pretende ser una voz oficial de la universidad en cada tema, sino, más bien, entregar un aporte académico para estimular un fructífero debate.

En lo puntual, en el libro se presentan temas generales y específicos del sistema educativo actual. En la primera sección, se aborda la autonomía universitaria, el aseguramiento de la calidad y una descripción global de la educación superior católica en Latinoamérica. En la segunda sección, de educación inicial y escolar, revisamos la educación parvularia; los cambios en la educación escolar de los últimos años; el sistema de admisión; su financiamiento; el proceso de desmunicipalización; el desarrollo profesional docente, y los principales aspectos de la innovación educativa. En la sección de educación superior, evaluamos los cambios e impacto de la reciente reforma; el acceso y retención; la estructura de títulos y grados; su financiamiento, y los desafíos de la educación técnico-profesional. Otros temas descritos son la inclusión; modificaciones curriculares en estudios generales College UC; un modelo de experiencia universitaria; y criterios de sustentabilidad en educación superior. En la sección de temas de futuro y desarrollo de la educación, se ha querido explorar el mundo del trabajo; el desarrollo científico; avances en inclusión y en internacionalización; nuevas políticas públicas de desarrollo; la educación intercultural; aspectos de integridad académica; los avances en temas de género en las universidades, y un novedoso desarrollo interdisciplinar en las éticas aplicadas. El libro finaliza con un necesario resumen de cifras y estadísticas que muestran el crecimiento del sistema de educación superior.

Este libro —que ya va en su tercera edición— se está actualizando con la periodicidad que los cambios exigen, con el fin de incorporar nuevos argumentos y propuestas al debate nacional en un tema prioritario para el desarrollo de nuestro país. Es por esto que se han presentado los capítulos descritos en la actual versión. Agradezco a los autores y autoras por la tarea realizada, la que sin duda les ha significado un gran esfuerzo por consolidar y actualizar el conocimiento acumulado, luego de un arduo y prolongado trabajo académico. Como se ha descrito, esto se ha llevado adelante a pesar de todas las dificultades que hemos tenido en nuestro país en los últimos dos años, lo que hace aún más encomiable el esfuerzo académico que se ha desplegado en la concreción de esta obra.

Quisiera expresar mi gran reconocimiento a la Sra. Andrea Pinochet, Jefa de Gabinete de Rectoría UC, por su dedicado trabajo editorial y en la coordinación de todas las tareas que requirió cada una de las etapas del libro; a la Sra. Soledad Hola, Directora de Diseño, y a la Sra. Angélica Zegers, Directora de Ediciones UC, por su gran compromiso y por haber realizado un gran trabajo profesional para que este libro se pudiera editar este año, en un período tan importante, en que se evalúan los cambios implementados durante los años anteriores. Agradezco de manera especial a mi señora, Salesa, y a mi familia por el apoyo incondicional en todos estos años a cargo de la conducción de la universidad.

Esperamos que este libro y las propuestas que presenta promuevan el diálogo y aporten otras miradas del estado actual y desarrollo de la educación, con el objetivo de poder avanzar en la consolidación de una educación en todos sus niveles, que sea de calidad, equitativa, inclusiva, innovadora y, en especial, sustentable para el futuro de Chile. Este trabajo, sin duda, testimonia el compromiso de nuestra universidad.

Ignacio Sánchez D. Rector Pontificia Universidad Católica de Chile


CAPÍTULO 1

AUTONOMÍA UNIVERSITARIA Y LIBERTAD ACADÉMICA: PERSPECTIVAS CONTRASTANTES ENTRE AMÉRICA LATINA Y ESTADOS UNIDOS1

ANDRÉS BERNASCONI

Director del Centro de Justicia Educacional Facultad de Educación UC

INTRODUCCIÓN

Hace unos 15 años, Álvaro Romo de la Rosa, entonces en la Hispanic Association of Colleges and Universities de Estados Unidos, publicó un artículo comparando las nociones de autonomía y libertad académica corrientes en los Estados Unidos y en el contexto latinoamericano. Señaló que:

“A pesar de los numerosos libros y artículos escritos sobre el tema, sigue habiendo una considerable confusión con respecto al significado mismo de los términos ‘autonomía universitaria’ y ‘libertad académica’ (...). La confusión existe en gran parte debido a la variedad de significados e interpretaciones dadas a estos conceptos. Esta polisemia a menudo está arraigada no solo en las diversas circunstancias históricas y culturales representadas en cada región del mundo con respecto a estos conceptos y su desarrollo, sino, tal vez lo más importante, en las diferentes e incluso opuestas posiciones ideológicas de los autores o académicos que escriben sobre ellos” (Romo de la Rosa, 2007: 275).2

Romo de la Rosa concibe el problema, correctamente, como argumentaré, como uno que emerge de las diferencias históricas en el surgimiento de la noción de libertad académica y autonomía entre los Estados Unidos y América Latina. Sin embargo, no profundiza en esas diferencias, salvo para relatar la relevancia del movimiento de reforma universitaria de Córdoba de 1918 para el concepto actual de autonomía universitaria en América Latina.

Más bien, ve el debate sobre la autonomía en América Latina, a diferencia del de Estados Unidos, marcado por la renuencia de los académicos de las universidades públicas a reconocer a las universidades privadas como verdaderamente autónomas. Hay alguna verdad en esta afirmación, que emana de la poca comprensión que ha habido entre los universitarios de América Latina de las diferencias que, por razones jurídicas, existen entre la autonomía de las universidades públicas y la de las universidades privadas (Bernasconi, 2018). Pero, en mi opinión, Romo de la Rosa falla en identificar las diferencias más importantes, arraigadas en la historia, entre las concepciones de autonomía en América Latina y en Estados Unidos.

Argumentaré aquí que la distinción básica entre los Estados Unidos y América Latina en este tema es el locus de la autonomía, es decir, dónde reside. En los Estados Unidos, la autonomía universitaria es consecuencia de la libertad académica de los profesores. El titular de la libertad académica es el profesor, y la autonomía es, entonces, la proyección de esa libertad en la universidad. La autonomía es la libertad académica de la universidad como comunidad de académicos. En América Latina, por el contrario, la libertad académica se entiende como una consecuencia de la autonomía institucional de la universidad. El titular de la autonomía es la universidad, y la libertad de los académicos deriva de aquella investida en la universidad.

En este capítulo, llevo la investigación de Romo de la Rosa al presente, examinando escritos más recientes sobre libertad académica y autonomía provenientes de la región latinoamericana. Mi intención es mostrar cómo la diferencia central entre la autonomía en los Estados Unidos y en América Latina es dónde reside o a quién se le otorga.

Por razones que se harán evidentes más adelante, la autonomía en el contexto de América Latina no puede escribirse sin referencia al Movimiento de Córdoba de 1918. La fuerza ideológica y simbólica de las propuestas de reforma de Córdoba influye en el discurso latinoamericano sobre la universidad hasta el día de hoy. Dado que Córdoba se entiende generalmente como la cuna de la autonomía en América Latina, es obligatorio iniciar nuestra cuenta con ese evento.

Sin embargo, el movimiento cordobés se ha mitificado hasta un punto en que la narrativa actual al respecto ha perdido mucha relación con lo que realmente sucedió en la Universidad Nacional de Córdoba en 1918. Por lo tanto, es necesaria una reconstrucción de lo que fueron las protestas estudiantiles en Córdoba para poner esta exploración sobre la autonomía en el camino correcto.

Afortunadamente, ese trabajo se hizo en un bien fundamentado pero olvidado artículo de Mark van Aken (1971). ¿Por qué olvidado?: el centenario de la reforma de Córdoba nos trajo un buen número de trabajos académicos sobre el legado de este acontecimiento. Busqué en la base de datos de Scopus artículos recientes sobre la reforma de Córdoba y el movimiento de Córdoba, y encontré que ninguno de los artículos más relevantes cita a Van Aken (Abba y Streck, 2021; Carreño, 2020; Buchbinder, 2018; Donoso y Contreras 2017; Tcach e Iribarne, 2019; Moraga Valle, 2014; Hoyos Vásquez, 2012; Navarro, 2012). La única excepción es el estudio histórico de Natalia Milanesio (2005) sobre la generación que llevó a cabo la reforma, desde una perspectiva de género.

Vale la pena, entonces, recuperar los hechos de Córdoba como ocurrieron, en lugar de recurrir al mito que se configuró en las décadas posteriores. Esto es importante no solo para dejar las cosas claras, sino porque las reformas demandadas en Córdoba no incluyeron la autonomía.

En lo que sigue, primero resumo las conclusiones de Van Aken (1971) para sentar las bases históricas de mi argumento. Luego paso a ilustrar cómo las recientes declaraciones y obras académicas sobre la autonomía provenientes de la región latinoamericana insisten en la noción de que la libertad académica es un subproducto de la autonomía universitaria. Esta perspectiva se contrasta con la de los Estados Unidos, como la entiende el profesorado de ese país y los estudiosos de la libertad académica. Cierro el capítulo presentando una hipótesis de una probable causa explicativa de los itinerarios conceptuales divergentes de ambas comunidades universitarias, y enunciando algunas consecuencias de estas diferentes perspectivas sobre la autonomía.

La ausencia de autonomía en córdoba 1918

El punto principal del trabajo de Van Aken (1971) es demostrar que la mayoría, si no todas, de las demandas de los estudiantes que se sublevaron en la Universidad Nacional de Córdoba en 1918 habían sido articuladas previamente en el Primer Congreso Internacional de Estudiantes Americanos en Montevideo, Uruguay, una década antes.

Las aspiraciones de reforma de los estudiantes cordobeses, como resume Van Aken (1971, p. 460), eran las siguientes:

“(1) Representación de estudiantes, junto con exalumnos y profesores, en los consejos universitarios (...); (2) selección de profesores por concurso público con participación estudiantil; los profesores serían nombrados para períodos limitados, sujetos a revisión (...); (3) eliminación completa de la asistencia obligatoria (...); (4) reforma curricular para incluir nuevos cursos de arte, educación física y ciencias sociales (...); (5) mejora de la calidad de la enseñanza mediante docencia libre, es decir, más de un profesor impartiendo cada curso (...); (6) extensión universitaria y cursos nocturnos para trabajadores (...); (7) bienestar social para los estudiantes (...); y (8) educación universitaria sin aranceles ni tasas (...)”.

En el relato de Van Aken, una comparación entre el programa de reformas surgido del I Congreso Internacional de Estudiantes Americanos de 1908 (y congresos posteriores del mismo tipo, anteriores a 1918) y los objetivos de la reforma cordobesa demuestra que “las ideas del ‘movimiento de Córdoba’ no constituían más que un refinamiento y evolución del programa elaborado en el Congreso de Montevideo” (Van Aken, 1971, p. 460). La única novedad programática fue el punto 8 anterior: matrícula gratuita.

Más al punto de este artículo, nótese que la autonomía no forma parte del programa de Córdoba. Tampoco estuvo presente en su predecesor en Montevideo. El único ítem de la lista que alude a la gobernanza universitaria es el punto 1 anterior, la representación de estudiantes, exalumnos y profesores en los consejos universitarios, posteriormente conocida como cogobierno e introducida invariablemente en las estructuras de gobierno de las universidades públicas en América Latina en las décadas siguientes.

De hecho, tanto no se trataba el “grito de Córdoba” de la autonomía que los estudiantes pidieron al gobierno federal argentino en Buenos Aires que interviniera la Universidad Nacional de Córdoba para resolver el impasse con las autoridades universitarias y los docentes, cosa que el gobierno hizo.

Es más, el movimiento de Córdoba no podría haber sido una lucha por la libertad académica, al menos no la libertad académica de los profesores, ya que se trataba de un movimiento contra el profesorado. Como recuerda Van Aken (1971), a lo largo de las décadas de 1900 y 1910, se fue incubando una inquietud estudiantil en muchas universidades de la región, motivada por las prácticas obsoletas de enseñanza y exámenes del profesorado y la concentración oligárquica de poder entre rectores, decanos y sectores conservadores del profesorado. Los estudiantes demandaban modernizar los planes de estudio, introducir la libertad de elegir cursos y profesores, abolir la asistencia obligatoria, revisar el sistema de exámenes orales de fin de año e instituir una evaluación periódica del rendimiento del profesorado, en lugar de nombramientos de por vida. El acceso a los puestos docentes, argumentaban, debería proporcionarse después de un concurso abierto de postulantes, en lugar de nombramientos directos por parte de profesores o decanos.

Lo que provocó la crisis de 1918 fue la obcecada oposición de la dirección de la universidad a todas las reformas exigidas por los alumnos y el despliegue de actos contundentes de protesta por parte de los estudiantes para romper el estancamiento. Córdoba no fue el primer lugar en que los estudiantes enarbolaron las banderas de un cambio en los anticuados currículos y métodos de enseñanza por parte de profesores no calificados, sino que pasó a la historia por la disposición de los estudiantes a hacer huelga, ocupar edificios universitarios y chocar con la policía para reforzar sus reivindicaciones. Fueron estos métodos los que dieron fama al movimiento cordobés, junto con el sentido de épica de los manifestantes, mucho más que el contenido de sus reivindicaciones.

La insistencia en la participación de los estudiantes en el gobierno universitario era más una cuestión de conveniencia práctica que de principios: solo a través del papel de los estudiantes en el gobierno las reformas tendrían alguna oportunidad de ver la luz. El poder de los profesores tendría que ser reducido para que los vientos de cambio entraran en la universidad.

Córdoba sí desató una ola de iniciativas de reforma en toda la región, lideradas por asociaciones nacionales e internacionales de estudiantes (Abba y Streck, 2021; Buchbinder, 2018). A poco andar, la noción de autonomía universitaria, estrechamente unida a la participación estudiantil en el gobierno universitario, se convirtió en lugar común en el menú de reformas (Donoso Romo, 2020; Tünnerman, 2008). A su vez, los gobiernos concedieron autonomía a las universidades públicas en un proceso que abarcó desde la década de 1920 hasta la década de 1950, en leyes patrocinadas por gobiernos progresistas, o por otros no tan progresistas forzados por el activismo universitario (Tünnerman, 2008).

Torno ahora a la noción de autonomía en el discurso latinoamericano actual sobre la universidad.

Autonomía universitaria: la versión latinoamericana

Con motivo del centenario del movimiento de Córdoba, el Instituto Internacional de Educación Superior para América Latina y el Caribe (IESALC) de la UNESCO convocó a la III Conferencia Regional de Educación Superior (CRES, 2018) en Córdoba, Argentina. CRES 2018 contó con la participación de más de 3.000 actores regionales de la educación superior: académicos, directivos, estudiantes y organizaciones estudiantiles, asociaciones profesionales, sindicatos, organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales (UNESCO IESALC, 2018a, p. 25).

La Declaración final del evento (UNESCO IESALC, 2018b, p. 32) tiene esto que decir sobre el concepto de autonomía:

“La autonomía que se reivindica es la que permite a la universidad ejercer su papel crítico y propositivo frente a la sociedad sin que existan cortapisas y límites impuestos por los gobiernos de turno, creencias religiosas, el mercado o intereses particulares. La defensa de la autonomía universitaria es una responsabilidad ineludible y de gran actualidad en América Latina y el Caribe y es, al mismo tiempo, una defensa del compromiso social de la universidad” (p. 24).

“La educación superior a construir debe ejercer su vocación cultural y ética con la más plena autonomía y libertad, contribuyendo a generar definiciones políticas y prácticas que influyan en los necesarios y anhelados cambios de nuestras comunidades. La educación superior debe ser la institución emblemática de la conciencia crítica de nuestra América Latina y el Caribe” (p. 9).

“Los resultados de los debates y discusiones sobre la autonomía universitaria tienen que impactar en su estatuto legal y desarrollarse en el marco de la Constitución de cada uno de los países de la región.

Los procesos de diseño, formulación y aplicación de las políticas públicas de educación superior deben garantizar la autonomía académica y financiera y, consecuentemente, la sostenibilidad de las instituciones de educación superior” (p. 21).

“La autonomía es una condición imprescindible para que las instituciones ejerzan un papel crítico y propositivo de cara a la sociedad. Esta se asienta en los derechos de acceso a la toma de decisiones, de representación y de plena participación democrática que se expresa en el cogobierno, así como en la transparencia y la rendición de cuentas” (p. 23).

Vale la pena citar la Declaración en profundidad porque representa las concepciones actuales de la comunidad regional de educación superior sobre la autonomía y el papel que desempeña en la misión social de la universidad. Además, es bastante reveladora sobre el punto que estamos haciendo en este artículo: la libertad académica no se ve por ninguna parte. De hecho, la Declaración nunca utiliza el concepto de libertad académica. Solo una vez menciona la libertad de enseñanza como tradición, en este contexto: “Podrá [la educación superior de América Latina y el Caribe] de esta manera contribuir, con responsabilidad y compromiso social, a nuevas propuestas que recreen las tradiciones de autonomía, transformación social, antiautoritarismo, democracia, libertad de cátedra y, fundamentalmente, la incidencia política fundada en el conocimiento y la razón” (p. 23).

Más bien, la libertad se utiliza como sinónimo de autonomía en una de las citas anteriores: “con la más plena autonomía y libertad”.

En su modalidad latinoamericana, la autonomía tiene dos caras: la libertad de y la libertad para. Libertad de intereses y poderes externos: “los gobiernos de turno, creencias religiosas, el mercado o intereses particulares”. Libertad para “ejercer su papel crítico y propositivo de cara a la sociedad”, para contribuir “a generar definiciones políticas y prácticas que influyan en los necesarios y anhelados cambios de nuestras comunidades”, “para ser la institución emblemática de la conciencia crítica de nuestra América Latina y el Caribe”.

El actor aquí es siempre la universidad como un todo, no sus académicos. La autonomía no es el facilitador de la libertad de investigación, de enseñanza o de opinión, sino la distancia que las universidades ponen entre ellas y el gobierno y otras fuerzas sociales para poder ejercer la crítica a las obras de poder en la sociedad. El papel social que se autoasignan las universidades es abiertamente político. Aquí reside el énfasis en la autonomía como libertad corporativa: un papel político alejado del ajetreo diario de la política requiere una cierta independencia respecto de los actores políticos externos, aunque venga de la mano de la politización interna. El conocimiento solo aparece como base para la misión política de la universidad: “la incidencia política fundada en el conocimiento y la razón”. Como reflexionan Lamarra y Coppola (2014, p. 127): “La autonomía ha terminado condensando el significado de la lucha política contra la voluntad del Estado de controlar las universidades política e ideológicamente”.

Si pasamos ahora a la reflexión académica sobre autonomía por parte de autores latinoamericanos, encontramos que la formulación canónica de la autonomía universitaria consiste en tres elementos: académico, administrativo (o normativo) y financiero:

“La autonomía universitaria no puede entenderse sin libertad académica, administrativa y financiera. La libertad académica entraña la facultad de enseñar y aprender, se manifiesta en la búsqueda de la verdad, sin restricción ni coacción. La libertad normativa y administrativa se realiza en el derecho de autodeterminarse mediante sus estatutos y reglamentos, y en la facultad de designar a sus propias autoridades sin intervención ajena. La libertad financiera le permite desarrollarse mediante la organización y la administración de su propio patrimonio” (Serrano Migallón, 2020, pp. 193-194).

Vemos ahora que la libertad académica se considera uno de los aspectos de la autonomía. En otras palabras, el concepto latinoamericano de autonomía no ignora la libertad académica, pero no la ubica como el propósito de la autonomía. La libertad académica deriva de la autonomía, de la misma manera y en la misma posición que las otras libertades de la universidad.

En otra interpretación (Casanova, 2020, p. 76):

“Así, la autonomía se constituye en un elemento que define la compleja relación entre la universidad y el Estado. Se trata de un atributo esencialmente depositado en las universidades, pero que define los márgenes de acción del Estado, así como una serie de beneficios que recaen en las propias universidades, en el Estado y, de manera indefectible, en la sociedad. Se refiere al gobierno de las universidades y a la capacidad de estas para construir y ejecutar las principales decisiones en sus temas sustantivos: la dimensión académica, la dimensión financiera, y la elección de sus académicos y directivos”.

Hay motivos jurídicos para la tensa relación inicial entre el Estado y las universidades de América Latina, bien ejemplificada en la historia de la autonomía en México. Durante los siglos XIX y principios del XX los hombres de Estado no podían concebir que los servicios públicos, como la universidad, fuesen autónomos del control gubernamental. Si las universidades prestaban un servicio público, debían estar bajo la dirección del gobierno. Bajo esta lógica, en 1933 el Congreso Federal mexicano, respondiendo a la presión por la autonomía de la Universidad Nacional de México, retiró su financiamiento a la universidad, cambiando su nombre al de Universidad Autónoma de México, y convirtiéndola en una institución privada (Martínez Rizo, 2020, p. 40). La universidad recuperó su carácter público y recibió autonomía en legislación aprobada en 1945 (Martínez Rizo, 2020, p. 43). Mucho ha cambiado en el derecho administrativo desde la década de 1930. Las entidades públicas con autonomía dentro del Estado son ahora comunes en la administración pública en América Latina.

De hecho, a lo largo del siglo XX, la autonomía de las universidades se introdujo en las constituciones de casi todos los países de América Latina. En mi revisión del tratamiento de la educación superior en constituciones latinoamericanas (Bernasconi, 2007), llegué a la siguiente conclusión (p. 521):

“La autonomía se define generalmente en las constituciones examinadas aquí como la suma de los derechos de autogobierno (incluyendo la selección de autoridades y el derecho a dictar los estatutos y reglamentos de la institución), la libre administración de los recursos de la institución, y la libertad de crear programas de estudio, definir su currículo, otorgar títulos válidos, emprender investigaciones, admitir y enseñar a los estudiantes, y contratar a profesores y personal. En otras palabras, la autonomía tiene implicaciones de gobierno, académicas y administrativas. También se deriva del principio de autonomía la responsabilidad del gobierno para asegurar la sostenibilidad financiera de la universidad”.

No es de extrañar, entonces, que las definiciones académicas de autonomía universitaria en América Latina surjan de su definición constitucional. Los tres elementos de la autonomía: administrativo o normativo, académico y financiero, con igual importancia, son difíciles de ignorar cuando están consagrados en las constituciones.

El influjo de esta concepción de la autonomía es tan potente que a menudo la dimensión académica de la autonomía se presenta como dos características distintas: la libertad individual de los académicos para enseñar y hacer investigación, por un lado, y la libertad institucional para definir programas de estudio y requisitos de entrada y graduación, por otro (Casanova, 2020 p. 78; Ríos, 2016), como si esta última no fuera consecuencia de la primera.

Otra base de la noción latinoamericana de autonomía es etimológica. Autonomía proviene del griego: autós (de sí mismo) y nomos (ley o norma). De aquí la asociación de autonomía con el autogobierno y la prerrogativa de las entidades autónomas para definir su propia normativa (Serrano Migallón, 2020, p. 192).

El modelo “napoleónico” de la universidad, subyacente a la fundación desde mediados del siglo XIX de las universidades nacionales de la región después de la independencia (De Figueiredo-Cowen, 2002), podría ser otra fuente para el concepto que estamos examinando. En palabras de Simon Schwartzman (1993, p. 9):

“Se dice que las universidades latinoamericanas son napoleónicas, lo que significa ser controladas y estrictamente supervisadas por el gobierno central de acuerdo con estándares uniformes y nacionales (...) Estaban destinadas a ser parte del esfuerzo para transformar las antiguas colonias en modernos estados-nación, con élites profesionales entrenadas de acuerdo con los mejores conocimientos técnicos y legales disponibles en ese momento, y educadas en instituciones controladas por el Estado y liberadas del pensamiento religioso tradicional”.

De hecho, el movimiento cordobés fue un esfuerzo un tanto tardío para transformar una universidad nacional que estaba impregnada de escolasticismo, conservadurismo religioso y espíritu oligárquico. La noción napoleónica de una universidad al servicio del Estado y la idea de la autonomía eran difíciles de conciliar. Desde este punto de vista, podemos entender mejor la perplejidad de los gobiernos en la primera parte del siglo XX ante la idea de universidades autónomas, como lo atestigua el caso de la Universidad Nacional de México, ahora Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). El punto que exitosamente argumentaron los reformistas universitarios en la región después de 1918 era que las universidades podían ser al mismo tiempo nacionales y autónomas.

Schwartzman (1993) agrega que un importante legado del modelo napoleónico (a diferencia de las ideas humboldtianas) fue la lenta y tardía recepción en las universidades latinoamericanas de la práctica y el espíritu de la investigación científica. El predominio político de las escuelas profesionales dentro de las universidades —Derecho, Medicina, Ingeniería—, que persiste hasta la fecha, también tiene su base en el modelo de la Universidad Imperial francesa.

Después de haber esbozado en las secciones anteriores el concepto latinoamericano de autonomía universitaria, es posible ahora contrastarlo con la noción estadounidense, anclada en la libertad académica.

Autonomía universitaria en los Estados Unidos

A diferencia de América Latina, donde la autonomía fue obra de asociaciones estudiantiles, líderes universitarios y políticos, en los Estados Unidos la autonomía es consecuencia de la libertad académica definida por la profesión académica. La base de esta noción es la Declaration of Principles on Academic Freedom and Academic Tenure (Declaración de principios sobre libertad académica y permanencia) de la Asociación Americana de Profesores Universitarios (AAUP, por su sigla en inglés), de 1915. La Declaración ha sido ampliamente influyente, tanto por el aval que recibió de la profesión académica como por las organizaciones académicas que han aceptado acatarla. La Declaración fue revisada en 1940 en el Statement of Principles on Academic Freedom and Tenure (Declaración de principios sobre libertad académica y permanencia), formulada conjuntamente por la AAUP y la Association of American Colleges. Ambas declaraciones son el conjunto de lineamientos más influyente sobre libertad académica en los Estados Unidos, su contenido y sus limitaciones.

La redacción de la Declaración de 1915 fue motivada por casos de profesores despedidos por los dueños o fideicomisarios (trustees) de sus universidades, descontentos con las ideas que los profesores estaban enseñando o apoyando públicamente. Lo que estaba en juego era la cuestión de si los profesores, que eran empleados de una organización universitaria, eran libres de decir lo que pensaban o tenían que acatar un código de expresión considerado aceptable por sus empleadores, como cualquier otro empleado (Finkin y Post, 2009, pp. 30-33).

La Declaración enfrentó este problema distinguiendo entre nombramiento y empleo. Los profesores son nombrados por, no empleados de las universidades. El punto clave es que una vez nombrados, las autoridades que los designan “no tienen competencia ni derecho moral a intervenir” en el ejercicio de sus funciones profesionales por parte del académico (Finkin y Post, 2009, p. 33). La Declaración establece que “la responsabilidad del docente universitario es principalmente hacia el público, y hacia el juicio de su propia profesión” y compara la relación entre los profesores y los fideicomisarios con la que existe entre los jueces y el Ejecutivo que los nombra. El Ejecutivo que nombra a un juez no puede ejercer control sobre las decisiones de ese juez, y por la misma razón, el Ejecutivo que lo nombró no puede tenerse por responsable de las decisiones del juez, ni se puede presumir que las comparte. La misma lógica es aplicable a la enseñanza y a las opiniones del profesorado (Finkin y Post, 2009, p. 34).

Pero ¿por qué los profesores deberían tener derecho a este privilegio? Debido a la naturaleza de la universidad como institución, y debido a la experticia profesional de los profesores. La Declaración afirma, como dan cuenta Finkin y Post (2009, p. 35):

“que un objetivo esencial de la universidad es ‘promover la investigación y promover la suma del conocimiento humano’. Lo que constituye verdadero conocimiento no debe ser determinado por las opiniones privadas de los individuos, incluso aquellos individuos que sean dueños de universidades. El conocimiento es el resultado de las prácticas disciplinarias públicas de profesionales expertos. Dado que los profesores son expertos profesionales formados en el dominio de estas prácticas disciplinarias, se les nombra para cumplir con la esencial función universitaria de producir conocimiento. En esta tarea, son responsables ante el público en general y no ante los deseos particulares de los empleadores”.

Por lo tanto, la libertad académica es necesaria para que las universidades cumplan su misión. Incluye la “libertad completa e ilimitada para investigar y publicar sus resultados”, y “la independencia de pensamiento y expresión del docente universitario” (Finkin y Post, 2009, p. 35).

La Declaración considera al profesorado como “expertos profesionales en la producción de conocimiento”. Finkin y Post, de nuevo (2009, p. 37): “Las universidades solo pueden avanzar en la suma de los conocimientos humanos si pueden emplear a personas expertas en sus disciplinas y solo si las universidades liberan a estos expertos para que apliquen libremente los métodos disciplinarios adquiridos en su formación”.

La noción de estándares profesionales es, por lo tanto, clave. La libertad académica debe distinguirse de la libertad de expresión, que carece de estándares.

“La Declaración concibe la libertad académica no como un derecho individual a ser libre de toda limitación, sino como la libertad de ejercer la profesión del académico (scholar) de acuerdo con los estándares de esa profesión. La libertad académica consiste en la libertad de la mente, de la investigación y de expresión necesarias para el correcto cumplimiento de las obligaciones profesionales (...) la Declaración necesaria y explícitamente rechaza la posición de que ‘la libertad académica implica que los docentes individualmente considerados deben estar exentos de toda restricción en cuanto a la materia o forma de sus declaraciones, ya sea dentro o fuera de la Universidad’” (Finkin y Post, 2009, p. 38).

Es por ello que las universidades pueden establecer y hacer cumplir normas de práctica profesional académica, evaluar el desempeño de los académicos y establecer requisitos para la permanencia de ellos en sus puestos. Nada de esto puede ser impugnado como limitaciones a la libertad académica. “La libertad académica, por lo tanto, no protege la autonomía de los profesores para perseguir su propio trabajo individual libre de toda restricción universitaria. En cambio, la libertad académica establece la libertad necesaria para avanzar en el conocimiento, que es la libertad para ejercer la profesión académica”. En suma, “la libertad académica protege el interés de la sociedad de tener un profesorado que pueda cumplir su misión” (Finkin y Post, 2009, p. 39). Por su parte, la libertad de expresión protege el derecho de cualquier individuo a hablar como desee.

Nótese que lo que las universidades reclaman de la sociedad no es la libertad de expresión. La libertad de expresión no es un atributo especial de las universidades o de los académicos. Es un derecho universal, reconocido a todas las personas independientemente de la verdad, mérito o valor intrínseco de sus opiniones. En la academia, por el contrario, no todas las proposiciones tienen igual valor. Se evalúan sobre la base de su conformidad con las normas de práctica profesional de cada comunidad académica.

El privilegio de la autorregulación por parte del profesorado, y la exclusión de regulación externa, se basa en la experticia de los académicos profesionales —ausente en quienes no son expertos— y en el interés de evitar criterios no académicos para la evaluación del trabajo profesional de los académicos.

He tomado la licencia de citar extensamente párrafos del magistral libro de Finkin y Post sobre libertad académica: For the Common Good. Principles of American Academic Freedom (2009), por dos razones. Primero, porque es la explicación más elocuente de la libertad académica en el contexto de los Estados Unidos que he encontrado.3 En segundo lugar, en interés de mis colegas de América Latina, para quienes estas ideas siguen siendo en gran medida desconocidas y, menos aún, debatidas.

También es revelador que la expresión “autonomía universitaria” nunca se use en este libro. La palabra autonomía aparece solo como atributo de la profesión, en la forma de “autonomía profesional” (Finkin y Post, 2009, pp. 151, 155), o para referirse a la “autonomía institucional” de la universidad medieval (Finkin y Post, 2009, pp. 151, 155), o para aludir a la visión de principios del siglo XX de que la autonomía estaba radicada en los fideicomisarios de la universidad.4

De hecho, el concepto de autonomía rara vez se utiliza en la discusión de la libertad académica en Estados Unidos. La noción más comparable es la de libertad académica institucional. Como explican Finkin y Post (2009, pp. 41-42), el valor de las universidades para la sociedad subyace a la libertad académica de la universidad, ya que la autorregulación de la universidad protege a todos los estudiosos dentro de ella. La sociedad otorga a las universidades libertad académica a cambio de conocimiento.

No existe un reconocimiento constitucional de la autonomía universitaria en Estados Unidos. Sin embargo, la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, sobre la libertad de expresión, ha servido de base para el examen judicial de casos que han involucrado la libertad académica. No hay espacio aquí para ahondar en el problema del derecho constitucional y la libertad académica en Estados Unidos. Una buena y concisa revisión del tema se puede encontrar en Post (2015). Pero en una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos, en 1957, el juez Felix Frankfurter identificó “cuatro libertades esenciales de una universidad: determinar por sí misma sobre bases académicas quién puede enseñar, qué se puede enseñar, cómo se enseñará, y quién puede ser admitido a estudiar” (Reichman, 2019, p. 10; y, respecto de otro caso judicial, p. 100).

Esta formulación sucinta es lo más cercano a un reconocimiento constitucional de la autonomía universitaria que se puede encontrar en Estados Unidos. Como tal, resuena con la idea latinoamericana de autonomía académica de las universidades.

En cuanto al fondo de la libertad académica, el Statement of Principles on Academic Freedom and Tenure de 1940 preceptúa:

1. Los profesores tienen derecho a la plena libertad en la investigación y en la publicación de los resultados, con sujeción al adecuado desempeño de sus demás funciones académicas; pero la investigación para el retorno pecuniario debe basarse en un acuerdo con las autoridades de la institución.

2. Los docentes tienen derecho a la libertad de discutir su materia (subject) en el aula, pero deben ser cuidadosos de no introducir en su enseñanza asuntos controvertidos que no tienen relación con su materia. Las limitaciones de la libertad académica debido a objetivos religiosos u otros objetivos de la institución deben indicarse claramente por escrito en el momento del nombramiento.

3. Los profesores universitarios son ciudadanos, miembros de una profesión científica y oficiales (officers) de una institución educativa. Cuando hablan o escriben como ciudadanos, deben estar libres de censura o disciplina institucional, pero su posición especial en la comunidad impone obligaciones especiales. Como académicos y oficiales educativos, deben recordar que el público puede juzgar su profesión y su institución por sus declaraciones. Por lo tanto, en todo momento deben ser precisos, ejercer una adecuada moderación (restraint), mostrar respeto por las opiniones de los demás y hacer todo lo posible para indicar que no están hablando en nombre de la institución.

Pido indulgencia por citar estos principios en toda su extensión. Lo hago para el beneficio de los lectores latinoamericanos, ya que estas nociones, bien conocidas en la academia de Estados Unidos, no son de manejo corriente en las universidades de la región.

La Declaración de 1940 comienza con una frase que resume brillantemente todo lo que he afirmado hasta ahora:

“Las instituciones de educación superior son conducidas para el bien común y no para promover el interés individual del profesor o de la institución en su conjunto. El bien común depende de la libre búsqueda de la verdad y de su libre exposición”.

Volvamos ahora a las visiones contrastantes sobre la autonomía (y ahora, libertad académica) entre los Estados Unidos y América Latina.

Conclusiones a partir de los contrastes entre Estados Unidos y América Latina

La historia del movimiento reformista de Córdoba de 1918, recordada arriba, sugiere lo poco probable que hubiese sido que la autonomía se concibiese desde la perspectiva de la libertad académica de los profesores, como en Estados Unidos. Córdoba fue una rebelión contra el profesorado: sus métodos de enseñanza y examen, sus ideas sobre el currículo, su concentración de poder y su falta de auténtica estatura académica. La participación de los estudiantes en el gobierno de la universidad habría de ser una garantía contra profesores retrógrados.

La autonomía de la universidad en América Latina se desarrolló como un medio para proteger a la universidad como actor social de la intrusión, primero, del Estado y de la Iglesia y, más recientemente, también de los intereses empresariales y de los organismos supranacionales (Ríos, 2016, p. 92). La libertad de la universidad es la noción primordial, que conlleva importantes consecuencias jurídicas, especialmente para las universidades públicas, que buscaron poner distancia del Estado al que otrora pertenecían como agentes de él. Por lo tanto, la autonomía tuvo que ser legislada, primero en los estatutos de las universidades públicas de la primera mitad del siglo XX, y posteriormente en las constituciones, para garantizar contra la regresión del Estado a la doctrina del control sobre la universidad como servicio público. Por el contrario, la libertad de la universidad (rara vez llamada autonomía) es en los Estados Unidos un epifenómeno o efecto emergente de la libertad del profesor.

En breve, la autonomía de la universidad en América Latina fue concebida y desplegada de arriba hacia abajo: desde un arreglo entre el Estado y la universidad hacia una prerrogativa del profesorado. Todo lo opuesto del patrón ascendente que encontramos en los Estados Unidos, donde se pasa desde la autorregulación de los profesores a las normas y políticas universitarias, y luego a decisiones judiciales que defienden la libertad académica.

La proximidad histórica de los acontecimientos desencadenantes es meramente coincidencia: la evolución de la Declaración de 1915, y las secuelas de Córdoba de 1918 tienen muy poco en común. Córdoba no podría haber ocurrido en los Estados Unidos de 1915, de la misma forma que la Declaración no podría haber surgido en la Argentina de 1918, o en cualquier parte de la región, para el caso. Quizás es más fácil ver por qué Córdoba no podría haber ocurrido en los Estados Unidos de 1915: los conflictos entre académicos, o con los estudiantes, o con los directivos, eran resueltos por los fideicomisarios. No había un ministerio federal de educación al que recurrir para que arbitrara y, en todo caso, tampoco había mucha supervisión de la educación superior por parte de los estados.

La Declaración de 1915 no podría haberse originado en la década de 1920 en América Latina, no porque las universidades públicas de América Latina carecieran de consejos o juntas directivas que pudieran resolver conflictos, ni únicamente debido a la disponibilidad de arbitraje.

La razón clave por la que la autonomía universitaria en América Latina no surgió de la libertad académica del profesorado —esta es mi hipótesis— es que, a la sazón, y hasta hace muy poco, no había profesión académica en las universidades latinoamericanas. Los profesores contra los que se rebelaron los estudiantes cordobeses eran sacerdotes, abogados, médicos, ingenieros o agrónomos que enseñaban a tiempo parcial. El fundamento de su prerrogativa de enseñar era su experiencia profesional y el conocimiento de los manuales (o los libros sagrados) a través de los cuales se enseñaban las profesiones. Las bibliotecas eran pobres y anticuadas. Había muy poco de ciencia experimental, incluso en los cursos que la requerían.

Una declaración vigorosa y convincente de las libertades de estudio requiere de estudiosos necesitados de esas libertades y con la capacidad de articularlas. Tales comunidades no existían en parte alguna de América Latina en la época de Córdoba. Ellas comenzaron a aparecer a medida que la reforma se expandía por la región, a un ritmo muy lento, más notablemente desde la década de 1960, en un largo proceso que aún no ha llegado a su culminación (Galaz Fontes, Martínez Stack, Gil Antón, 2020; Marquina, 2020; Bernasconi, 2010; Didou y Remedi, 2008; García de Fanelli, 2008; Balbachevsky, 2007, 2002).

Más allá de los diversos caminos históricos, el contraste entre los Estados Unidos y América Latina en este asunto ayuda a iluminar algunas limitaciones de la noción latinoamericana de autonomía universitaria.

En primer lugar, es mucho más claro aquello de lo que la autonomía está en contra que aquello para lo cual existe. El lenguaje altisonante pero vago de la Declaración CRES 2018 lo subraya. La autonomía universitaria está orientada a “ejercer su papel crítico y propositivo de cara a la sociedad”, para contribuir “a generar definiciones políticas y prácticas que influyan en los necesarios y anhelados cambios de nuestras comunidades”, y “para ser la institución emblemática de la conciencia crítica de nuestra América Latina y el Caribe”. Estos propósitos podrían ser apropiados para muchas otras instituciones sociales: un partido político, un think tank, una fundación filantrópica, un sindicato de la industria, por nombrar algunas. Como el papel social de las universidades de la región no está firmemente anclado en el conocimiento, la universidad como institución sufre de falta de especificidad en su misión y, por lo tanto, de legitimidad. Surge en la refriega política como un grupo de interés más.

Una segunda consecuencia lamentable es que no hay en la academia de América Latina una discusión sustantiva del concepto de libertad académica, sus desafíos y sus limitaciones. La idea latinoamericana de autonomía es como un hoyo negro que absorbe la luz de cualquier reflexión sistemática sobre la libertad académica.

Nada hay en nuestra región que se parezca a la rica deliberación de las decisiones basadas en casos de posible infracción a la libertad académica sometidos al proceso cuasi-judicial del Comité A de la AAUP sobre libertad académica, y la vasta literatura de comentario y crítica que han generado. Nada como los meticulosos análisis de lo que es la libertad de enseñar y sus limitaciones que se encuentran en la literatura sobre libertad académica en Estados Unidos: ¿en qué consiste “introducir en la enseñanza asuntos controvertidos que no tienen relación con la materia”? ¿Tienen algún límite las limitaciones a la libertad académica debido a “objetivos religiosos u otros objetivos de la institución”? Lo mismo con la libertad de expresión extramuros: ¿qué es “ejercer una adecuada moderación, mostrar respeto por las opiniones de los demás y hacer todo lo posible para indicar que no están hablando en nombre de la institución”? ¿Hay manifestaciones de la libertad de expresión de los académicos que puedan ser legítimamente sancionadas por la universidad? ¿Qué se responde a la pregunta: “¿Puedo tuitear eso?”? (Reichman, 2019, pp. 64-104, dedica cuarenta páginas a responder la pregunta).

La búsqueda en Scopus de artículos sobre “libertad académica” y “América Latina” produce apenas seis resultados: dos piezas de 1955 del Premio Nobel de Medicina argentino Bernardo Houssay, el artículo de Romo de la Rosa con el que comencé, un relato autobiográfico de 2002 sobre la experiencia de una académica feminista en Estados Unidos, Rusia y América Latina, otro trabajo de 1982 sobre educación superior, asistencia al desarrollo y regímenes represivos, y el artículo ya citado de Maria de Figueiredo-Cowen (2010) sobre la historia de la autonomía universitaria en Brasil. Esta última es una fuente valiosa sobre el tema, pero avala mi argumento de tratar libertad académica y autonomía como sinónimos.

El concepto de “libertad de cátedra”, que no tiene fácil traducción al inglés, en cuanto comprende no solo la libertad de enseñanza, sino que engloba todas las libertades académicas desde la noción de “cátedra”, parece algo más fértil como vector de investigación sobre libertad académica en el ámbito regional e iberoamericano. En efecto, si se expande la búsqueda en Scopus a “libertad de cátedra”, se obtienen 8 trabajos, todos los cuales abordan aspectos de la libertad académica.

Raúl Madrid, desde Chile, es el autor de cinco de ellos, en una secuencia de publicaciones que tratan de la evolución histórica del concepto de libertad de cátedra en diferentes modelos de universidad desde el medioevo (2013), de la libertad académica en las universidades católicas (Madrid, 2020, 2016) e, interesantemente, de controversias en la discusión de libertad académica en Estados Unidos (Madrid, 2017, 2018). Destaco en estos trabajos de Raúl Madrid que en ninguno recurre a la noción latinoamericana de autonomía universitaria para establecer las bases conceptuales de los argumentos que propone. El concepto fundante, para él, es el de libertad de cátedra. Se ratifica aquí la esterilidad de la versión latinoamericana de la autonomía universitaria para pensar la libertad académica.

Llamativamente, otro trabajo en esta selección, esta vez procedente de Brasil (Slongo Garcia, Pimentel, & Ferreira, 2021), también toma como punto de partida de su exploración la idea de libertad de cátedra, apoyado, en este caso, por el reconocimiento de la libertad de cátedra en la Constitución brasileña. Tampoco en este trabajo la noción de autonomía universitaria presta utilidad alguna.

Finalmente, los artículos restantes conciernen a la libertad de cátedra en el contexto español. En uno de ellos, Rosales y Ponce (2019) exploran los contornos que podría tener la libertad de cátedra de docentes del sistema escolar. En el otro, más en línea con lo tratado en este capítulo, Carlos Prado (2008) explora desde un punto de vista jurídico las tensiones que pueden surgir entre la libertad de cátedra de los profesores universitarios y disposiciones de la autoridad del departamento o de la facultad en materia de contenidos de planes de estudio, métodos de evaluación de los estudiantes, y asignación de cursos, entre otros asuntos de organización de la enseñanza. Si bien este artículo toma como base para el despliegue de su análisis las disposiciones constitucionales y legales de España (como corresponde a una pieza de naturaleza jurídica), y no una concepción material de la libertad académica, el esfuerzo de explorar tensiones y conflictos en la operación práctica del principio de la libertad académica apunta en la dirección correcta.

AGRADECIMIENTOS

El autor agradece el apoyo del Proyecto ANID-CIE160007 para la elaboración de ese trabajo.

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UNESCO-IESALC (2018b). Regional Conference on Higher Education 2018. Declaration of the III Regional Conference on Higher Education. Available at https://www.iesalc.unesco.org/wp-content/uploads/2020/08/Declaracion2018PortFinal.pdf

1 Este capítulo es una traducción y adaptación de Bernasconi, A. (2021) University autonomy and academic freedom: contrasting Latin American and U.S. perspectives. Higher Education Governance and Policy 2(1), en prensa.

2 Los textos originalmente en inglés se presentan en la traducción al castellano hecha por el autor.

3 Otros trabajos encomiables, más recientes, son Reichman (2019) y Bilgrami y Cole (2015).

4 Por cierto, la expresión “autonomía universitaria” tampoco aparece en el libro de Reichman (2019).

CAPÍTULO 2

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR: DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES EN EL ESCENARIO ACTUAL

JUDITH SCHARAGER

Profesora Titular, Facultad de Ciencias Sociales UC

BÁRBARA PRIETO

Directora de Análisis Institucional y Planificación, Prorrectoría UC

ENRIQUE FERNÁNDEZ

Vicerrector de Análisis Institucional, Universidad Central

GUILLERMO MARSHALL

Prorrector UC

INTRODUCCIÓN

En este capítulo revisamos el aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior en Chile en el contexto de la nueva Ley de Educación Superior y lo aprendido en los últimos 15 años, desde que se creara el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Sin duda, este sistema ha tenido un impacto positivo en las Instituciones de Educación Superior (IES), fomentando la autorregulación y promoviendo el aseguramiento de la calidad, particularmente en los programas académicos y en el quehacer institucional. Esto último también dio paso a la formulación de planes estratégicos vinculados con los resultados de las acreditaciones.

Entre las debilidades que se han detectado en estos años, destaca la falta de integración entre el licenciamiento y la acreditación, la pérdida de foco en lo académico y sus resultados, la excesiva burocratización de estos procesos, lo que viene acompañado de una subvaloración de la revisión de pares y de órganos colegiados en el aseguramiento continuo de la calidad, la excesiva atomización de las acreditaciones y el olvido, a ratos, de que lo importante es la autorregulación y la autoevaluación de las IES.

La nueva ley establece una acreditación integral y obligatoria de todas las instituciones de educación superior, lo que es un paso muy importante y necesario respecto de lo que se venía haciendo. En esta nueva acreditación institucional, además, se incluirá la evaluación de una selección de programas de pre y posgrado. Esta medida apunta a realizar una evaluación institucional integradora y a reducir la cantidad de procesos de acreditación que se llevan a cabo actualmente en cada institución. Otro cambio importante es el abandono del ajuste a propósitos declarados por la institución y se establecen nuevos criterios y estándares.

Con la llegada de esta nueva ley se agregan importantes desafíos al sistema. Un aspecto importante es fortalecer la participación de las IES en las definiciones de criterios y estándares de calidad y establecer una comunicación fluida con la CNA. Quizás lo más crucial es realzar la perspectiva académica de los procesos de acreditación y acentuar el rol que debe jugar la CNA, de acompañamiento académico, por sobre el administrativo y supervisor. Por último, un desafío no menor es el diseñar un proceso transparente y balanceado a la hora de elegir los programas a evaluar durante la acreditación institucional.

Junto con lo anterior, las instituciones tienen el deber de instalar un sistema de mejoramiento de calidad integral que aborde todas las dimensiones de su quehacer, con foco en la consistencia y excelencia, en la cultura organizacional y en la responsabilidad pública. Para ello, más que crear órganos centralizados, se debe fortalecer la cultura de revisión por pares nacionales e internacionales y realzar el funcionamiento sistemático de órganos colegiados en cada una de las unidades académicas y administrativas de las IES. El desafío y el paso siguiente es formalizar este sistema, de manera que todas estas instancias sean sincrónicas, integradas, dialogantes y que contribuyan al proyecto institucional.

NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y CAMBIOS EN LA INSTITUCIONALIDAD

a) Marco legal y nueva institucionalidad

El Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior nació oficialmente el año 2006, con la promulgación de la Ley N° 20.1291. Dicha normativa estableció las funciones e instancias que lo compondrían, y creó la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), con el mandato específico de verificar y promover la calidad de las instituciones de educación superior (IES) y de las carreras y programas que ellas ofrecen.

De acuerdo con la ley, la CNA sería la encargada de pronunciarse sobre la acreditación de instituciones y de determinados programas, además de autorizar y supervigilar el funcionamiento de las agencias de acreditación. La coordinación del sistema, por su parte, quedó a cargo de un comité integrado por el entonces Consejo Superior de Educación, la CNA y la División de Educación Superior del Ministerio de Educación.

La ley estableció la acreditación institucional voluntaria, a cargo de la CNA, y la acreditación también voluntaria de programas de pre y posgrado. Esta última sería realizada por agencias acreditadoras privadas y, en caso de que estas no contaran con el área del conocimiento respectiva, por la CNA. Además, definió como obligatoria la acreditación de las carreras de medicina y pedagogías.

Adicionalmente, la Ley 20.129 estableció la creación de un Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (actual Servicio de Información de Educación Superior, SIES), responsable de mantener y proveer información confiable, oportuna y pertinente sobre la educación superior (ES).

La promulgación, en mayo de 2018, de la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior significó importantes cambios en la institucionalidad del área, así como en el aseguramiento de la calidad. La nueva ley creó la Subsecretaría de Educación Superior, reemplazando a la antigua División de Educación Superior. A esta le fue asignada la responsabilidad de elaborar, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas y programas para la educación superior, especialmente en materias destinadas a su desarrollo, promoción, internacionalización y mejoramiento continuo. Otra instancia creada por la misma ley fue la Superintendencia de Educación Superior, cuyo objetivo es fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan a las IES.

En el ámbito del aseguramiento de la calidad se modificó la forma de elección de los integrantes de la CNA y se les definió un extenso conjunto de inhabilidades, a fin de evitar conflictos de interés y otras situaciones complejas, como las ocurridas en su historia reciente. El rol de la CNA fue circunscrito a evaluar, acreditar y promover la calidad de las instituciones. Para estos efectos debe administrar y resolver los procesos de acreditación institucional y de programas, elaborar criterios y estándares de acreditación, y ejecutar y promover acciones para el mejoramiento continuo de la calidad de las IES. Asociado a este último punto, la ley estableció que la CNA está encargada de identificar, promover y difundir entre las instituciones de educación superior buenas prácticas relacionadas con el aseguramiento de la calidad.

De acuerdo con la Ley 21.091, entonces, el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (SINACES) quedó integrado por el Ministerio de Educación, representado por la Subsecretaría de Educación Superior; el Consejo Nacional de Educación, la Comisión Nacional de Acreditación y la Superintendencia de Educación Superior. Esta reconoce, además, que las instituciones de educación superior forman parte del sistema.

b) Modificaciones a la acreditación y definición de criterios y estándares de calidad

La nueva Ley de Educación Superior introdujo cambios específicos en materia de acreditación de instituciones y de programas. En particular, estableció que la acreditación institucional sería integral y obligatoria. En este proceso se deberá incluir la evaluación de una selección de carreras y programas de pre y posgrado impartidos por cada institución, a partir de una muestra intencionada definida por la CNA. Además se extendió la acreditación obligatoria a los programas de doctorado. Dos modificaciones relevantes de mencionar fueron la eliminación de la acreditación voluntaria de carreras (con excepción de medicina y pedagogías, que mantuvieron su carácter obligatorio, y a las que se sumó odontología) y la eliminación de las agencias privadas de acreditación. Todos estos cambios suponen importantes alteraciones en la lógica y funcionamiento del sistema y sus componentes (Bernasconi et al., 2020).

La Ley de Educación Superior de 2018 mandató a la CNA elaborar y establecer los criterios y estándares de calidad para la acreditación institucional y de programas2, previa consulta al Comité Coordinador del SINACES. Este aspecto supone un cambio fundamental en la lógica con que se llevaban a cabo los procesos de acreditación, ya que implicó el abandono de lo que se conocía como la evaluación de “ajuste a propósitos”, cuyo énfasis estaba puesto en la consistencia con que las instituciones desarrollaban la misión que ellas se habían definido.

Esta tarea fue iniciada por la CNA en octubre de 2018 con la conformación de “mesas integradas de trabajo”, en las que participaron 70 personas de diversas instituciones y organismos, y cuya labor fue elaborar una primera propuesta de criterios y estándares de acuerdo con las dimensiones establecidas por la ley. La reflexión llevada a cabo por las “mesas integradas” sirvió como base a la CNA para construir los documentos que fueron sometidos a una primera consulta pública a las instituciones de educación superior, desarrollada entre enero de 2019 y mayo de 2020. En paralelo, en septiembre de 2019 se constituyeron cinco Comités Consultivos de expertos (acreditación institucional de universidades, acreditación de instituciones de formación técnico-profesional, área de la salud, posgrados y carreras de pedagogía), que elaboraron una propuesta de criterios y estándares de acreditación. Las propuestas de la CNA derivadas de este trabajo fueron revisadas y comentadas por los integrantes del SINACES.

A partir de lo anterior, la CNA elaboró una nueva propuesta de criterios y estándares para la acreditación institucional y de programas, la que fue sometida a otra consulta pública, en octubre de 2020. Este proceso incluyó a las IES y sus consorcios, al público en general y a otros organismos. Posteriormente, la CNA convocó a un grupo de expertos para analizar las principales conclusiones de la consulta y definir los lineamientos para ajustar los criterios y estándares. Este grupo asesor entregó sus primeras propuestas en enero de 20213. Actualmente la CNA se encuentra trabajando en las versiones finales de los criterios y estándares, los que debieran ser publicados en julio de 2021, luego de la revisión del Comité de Coordinación del SINACES. De acuerdo con la Ley, estos entrarán en vigencia transcurridos 24 meses desde su aprobación.

AVANCES Y DESAFÍOS DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: LA IMPORTANCIA DEL QUEHACER ACADÉMICO

a) Principales logros del sistema nacional de aseguramiento de la calidad

En sus quince años de existencia, el sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior ha logrado impactar positivamente el funcionamiento de las instituciones, fomentando la instalación en ellas de un conjunto de mecanismos orientados al mejoramiento de su capacidad de autorregulación y de la calidad. Diversos estudios dan cuenta de los avances en la instalación de una cultura de autoevaluación en las IES, mejoras en materia de información, mayor profesionalización en la gestión y mejor disposición a la rendición de cuentas (Dooner et al., 2016; Bernasconi, et al., 2017; Fernández y Ramos, 2020; Scharager et al., 2018; Zapata y Tejeda, 2009).

Un actor clave en este cometido ha sido la CNA, que ha jugado un importante y valioso rol como impulsor de procesos de acreditación. Es justo destacar, además, el esfuerzo del SIES por recolectar y sistematizar información relevante del sistema de educación terciaria, apoyando la toma de decisiones de las instituciones, estudiantes, padres y apoderados, y de la propia política pública.

Los procesos de acreditación han contribuido a lograr avances en la calidad de la enseñanza, en la atención de las necesidades de los estudiantes, en la provisión y uso de los recursos de enseñanza y aprendizaje, y en la gestión institucional general, incluida la mayor disponibilidad de información. Esto ha favorecido la disposición de las IES a someterse a procesos de autoevaluación y evaluación externa, su apertura a la rendición de cuentas y la instalación de una cultura de calidad al interior de las instituciones y del propio sistema de ES.

De igual modo, ya sea directa o indirectamente, la acreditación ha tenido un impacto en los procesos de planificación estratégica de las IES, ha fomentado el desarrollo de capacidades de análisis institucional y una mayor participación de los diferentes estamentos en la gestión y la toma de decisiones, y ha promovido una más estrecha relación con egresados y empleadores. Todo ello se ha traducido en la implementación de diversos mecanismos de aseguramiento de la calidad que trascienden los meros procesos de acreditación.

b) Debilidades del sistema y los procesos de acreditación

Junto con reconocer los avances del sistema de aseguramiento de la calidad y los efectos positivos de los procesos de acreditación en las IES, cabe mencionar que también existen aspectos que han generado importantes tensiones en el sistema y, por lo mismo, debieran corregirse.

En primer lugar, preocupa la ausencia de una visión sistémica y la deficiente coordinación que ha imperado entre los diferentes actores, políticas y procesos asociados al aseguramiento de la calidad y a la educación terciaria en general. Como ejemplos de esta fragmentación se pueden mencionar la evidente falta de integración entre los procesos de licenciamiento y acreditación (CNA, 2015), y entre algunas estrategias de aseguramiento de la calidad y ciertas políticas como la de inclusión o internacionalización (Scharager et al., 2018). En este contexto, la implementación de la nueva Ley de Educación Superior representa una gran oportunidad para resolver estos problemas, fortaleciendo la coordinación entre los distintos integrantes del SINACES y la cooperación y sinergia de las políticas del sector4. Para que esto ocurra es fundamental el rol del Comité de Coordinación del SINACES en asegurar la coherencia de las estrategias y políticas que se implementen en la ES, y se potencie y profundice el diálogo con las instituciones de educación superior (Music, 2020).

En segundo lugar, es posible apreciar que se ha ido desvirtuando el sentido de la acreditación, cuyo principal foco debiera ser el quehacer académico y sus resultados. La subvaloración de los mecanismos de aseguramiento de la calidad intrínsecos al trabajo académico en las universidades es particularmente preocupante (Bernasconi et al., 2020). Hoy los procesos de acreditación han tendido a burocratizarse, centrándose en los aspectos operativos y procedimentales, con un gran desgaste en levantamiento de información y preparación de extensos documentos en los que se pierde la mirada académica, especialmente en la acreditación de programas. Tal como plantean Bernasconi et al. (2020), esto ha relegado a segundo plano prácticas de aseguramiento de la calidad propias de la cultura universitaria, como los principios que orientan la carrera académica, la revisión por pares para la aprobación de proyectos o publicaciones, y la existencia y dinámicas de órganos colegiados para la autorregulación del gobierno institucional, carreras y programas, entre otros. En suma, la pérdida de la perspectiva académica en los procesos de acreditación atenta contra la real búsqueda de la calidad que, de acuerdo a la ley de educación superior, exige a las instituciones “tener en el centro a los estudiantes y sus aprendizajes, así como la generación del conocimiento e innovación”5.

La burocratización de los procesos de acreditación es un fenómeno que se ha observado no solo en Chile, sino también en otros países (Beerkens, 2018; Brown et al., 2017; Fernández y Ramos, 2020; Martínez et al., 2017). El aumento excesivo de las funciones administrativas, la superabundancia de detalles, la rigidez y poca flexibilidad de los procesos repercuten negativamente en el mejoramiento de las instituciones y, en especial, en la innovación del sector. Tal como establecen Brown et al. (2017), la acreditación opera, además, como una barrera de entrada para nuevos enfoques educativos innovadores. Una adecuada flexibilidad del sistema y de los procesos cobra especial importancia en el escenario dinámico en el que se desenvuelven las instituciones. Es necesario, entonces, que el sistema de aseguramiento de la calidad tenga la capacidad de ajustarse a las cambiantes condiciones del entorno y de enfrentar los desafíos que van surgiendo, como la actual pandemia y los cambios sociales, por nombrar algunos ejemplos.

Como consecuencia de todo lo anterior, muchas instituciones han instalado unidades administrativas encargadas de acreditación y han derivado la responsabilidad de los procesos a profesionales expertos en aspectos procedimentales, pero sin la necesaria mirada académica que toda acreditación debiera resguardar. Esta burocratización de los procesos, basada en una lógica formal de rendición de cuentas —que involucra la solicitud de excesiva información y documentación con foco en el detalle—, parece haber convertido a la CNA en un ente regulatorio y fiscalizador, desviándose de su objetivo esencial, que es verificar y promover la calidad de la educación superior. En este sentido, la creación de la Superintendencia de Educación Superior como el organismo fiscalizador del sistema es una gran oportunidad para que la CNA pueda enfocarse exclusivamente en la evaluación y promoción de la calidad, delegando en la instancia mencionada aquellos aspectos asociados a la fiscalización de las instituciones.

Por otra parte, preocupa que el sistema de aseguramiento de la calidad se haya centrado casi exclusivamente en los procesos de acreditación. Esto ha llevado a que, en la práctica, la acreditación sea erróneamente considerada sinónimo de aseguramiento de la calidad, lo que no solo tiene implicancias conceptuales en el empobrecimiento de que debería ser una “filosofía del aseguramiento de la calidad”, sino también serias consecuencias operativas, ya que las instituciones tienden a privilegiar aquellos aspectos que serán evaluados en estos procesos, por sobre el desarrollo de una mirada integral de calidad.

Esto se condice con el hecho de que la CNA ha desplegado con mayor fuerza su función acreditadora, dejando de lado su rol promotor de la calidad. De hecho, la propia Comisión reconoce que ha predominado la garantía pública por sobre el mejoramiento continuo (CNA, 2015).

Para fortalecer el sistema, entonces, es crucial ampliar la mirada, entendiendo que el aseguramiento de la calidad involucra una serie de aspectos y objetivos más allá de la acreditación. Es importante distinguir que esta es principalmente un medio de verificación del cumplimiento de determinados criterios y estándares (según la nueva Ley 21.091) o del proyecto institucional (de acuerdo con la ley de 2006), mientras que el aseguramiento de la calidad se refiere a la capacidad que las instituciones tienen de autorregular y autoevaluar su quehacer, obteniendo resultados acordes a su misión y a lo que el medio espera de ellas. Así, el aseguramiento de la calidad no se limita a contar con una certificación, sino que implica el garantizar que la docencia que se imparte sea de buena calidad y en los estándares esperados en las disciplinas respectivas, que los estudiantes aprendan, que las evaluaciones midan lo que se quiere medir, que se realice investigación de excelencia, que se fomente el bienestar de la comunidad, que se califique y promueva adecuadamente a los académicos. En resumen, que la institución esté permanentemente evaluando y optimizando su quehacer. Esta es la tendencia que se observa en países con sistemas consolidados de aseguramiento de la calidad, como es, entre otros, el caso de Alemania6 (Brown et al., 2017; Ganseuer y Pistor, 2016).

CUADRO 1

LOGROS Y ASPECTOS POR MEJORAR DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ES


Logros / efectos positivos Debilidades / aspectos por mejorar
• Instalación progresiva de una cultura de calidad de la educación. • Mejor disposición de las instituciones de educación superior a someterse a procesos de autoevaluación y evaluación externa (cultura de la evaluación). • Mejor disposición de las IES a la rendición de cuentas (cultura de rendición de cuentas). • Mejora en la provisión y uso de los recursos de enseñanza y aprendizaje. • Fortalecimiento de los requisitos de calificaciones académicas. • Mejora en la disponibilidad, profundidad y oportunidad de la información. • Instauración de múltiples mecanismos de aseguramiento de la calidad al interior de las instituciones (planes estratégicos, seguimiento de egresados, encuestas periódicas, comités curriculares, entre otros). • Fragmentación y ausencia de una visión sistémica. • Pérdida de la mirada académica en las acreditaciones (subvaloración de los mecanismos de aseguramiento de la calidad intrínsecos al trabajo académico). • Burocratización de los procesos de acreditación. • Poca flexibilidad en los procesos y criterios de acreditación. • Rol fiscalizador de la CNA por sobre su rol promotor de calidad. • Acreditación como sinónimo de aseguramiento de la calidad y la necesidad de ampliar la perspectiva de la calidad.

c) Principales desafíos y oportunidades en el marco de la nueva institucionalidad y los cambios en el sistema de acreditación

Gran parte de las falencias mencionadas han sido reconocidas por la CNA y por organismos internacionales, como la OCDE y CINDA, y fueron consideradas en el diagnóstico realizado por el Ejecutivo en el marco de la reforma del SINACES (CNA, 2015 y 2016). La Ley de Educación Superior de 2018 aborda algunos de estos problemas y, como se mencionó, establece una nueva institucionalidad que puede constituirse en una gran oportunidad para fortalecer el sistema, mejorando la coordinación y precisando la definición de roles entre las distintas instancias: Subsecretaría de Educación Superior, Superintendencia de Educación Superior, Consejo Nacional de Educación Superior y Comisión Nacional de Acreditación.

Desde esta perspectiva, particular relevancia tiene el aumento de la coordinación en las solicitudes de información y su integración en un único sistema. Eso evitará la fragmentación que también en este sentido afecta a las instituciones, que deben proveer bases de datos en distintas oportunidades, con diversos formatos y fechas de corte, y distintos niveles de agregación. Esta situación es atentatoria contra el propio aseguramiento interno de la calidad, ya que unidades destinadas a generar análisis internos y del entorno para la toma de decisiones se han comenzado a transformar en instancias de procesamiento y validación de datos para servir una infinidad de solicitudes externas, escasamente integradas.

Otro importante desafío es fortalecer la participación de las IES en el sistema de aseguramiento de la calidad. Las instituciones deben estar en diálogo constante con los organismos que conforman el SINACES y con la CNA en particular. Esto no solo a partir de Comités Consultivos, sino también a través de representantes de las IES, de los encargados de los Sistemas Internos de Calidad, de sus académicos, entre otros. Una comunicación continua podría favorecer la revisión y actualización permanente del sistema de acreditación, abriendo espacios para realizar ajustes y asumir innovaciones que garanticen la pertinencia de los criterios y estándares. Así, por ejemplo, mientras 15 o 20 años atrás resultaba improbable que se incluyeran nociones como equidad, inclusión o la perspectiva de género en este tipo de procesos, hoy es impensable que no ocurra. Los criterios de calidad, entonces, no pueden ser estáticos ni estar disociados de los procesos sociales, pero su actualización requiere de espacios de diálogo formales y permanentes con los diversos actores. Las universidades, los institutos profesionales y los centros de formación técnica deben formar parte activa de esta constante revisión y actualización, como ocurre en los sistemas más desarrollados. A modo de ejemplo, vale la pena destacar lo que ha declarado la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de Reino Unido (QAA) en su nueva estrategia 2020-2025:

“El propósito de QAA es salvaguardar los estándares académicos y garantizar la calidad y la reputación global de la educación superior del Reino Unido. Hacemos esto trabajando con las instituciones que proveen la educación superior, con organismos reguladores y organizaciones de estudiantes, con el objetivo compartido de ayudar a los estudiantes a tener éxito” (QAA, 2020).

Junto con relevar el papel de las IES en el sistema, es crucial reconocer y respetar su diversidad institucional. Este punto es especialmente importante en procesos de acreditación, en los que una aplicación de criterios y estándares únicos no siempre hace justicia a la pluralidad y complejidad de las instituciones. El uso de estándares es, sin duda, necesario para verificar niveles mínimos de desempeño o componentes básicos de una IES, y para uniformar juicios y decisiones de acreditación en base a antecedentes objetivables. En algunos casos, sin embargo, esto se traduce en la aplicación formalista y poco flexible de criterios y procedimientos, que escasamente tienen relación con el objetivo de asegurar la calidad. Una homogeneización y aplicación rígida de criterios de acreditación puede acentuar una tendencia al isomorfismo institucional, esto es, a la adopción por parte de las IES de estructuras organizativas similares, que son consideradas como el “gold standard” o como lo que exigen los estándares de acreditación.

Como ya se mencionó, un gran desafío para el sistema de aseguramiento de la calidad es realzar la perspectiva académica en los procesos de acreditación. Esto implica no solo simplificar los procesos, valorando los aspectos académicos por sobre los formales y procedimentales, sino también ampliar la perspectiva con que se enfrenta esta tarea, reordenando prioridades y adecuando los énfasis que se ponen en las evaluaciones. En esta línea, es vital que la definición de los criterios y estándares en los que está trabajando la CNA considere las experiencias y opiniones de las instituciones, sus diferentes realidades y el juicio de académicos expertos. Al igual que el nivel de la gobernanza del sistema y de la coordinación de la institucionalidad pública, también en este aspecto el nuevo marco legal puede ser una gran oportunidad para reenfocar los procesos de acreditación, orientándolos hacia la evaluación de los aspectos realmente significativos del quehacer académico.

En el fondo, de lo que se trata en el nuevo escenario es de promover las capacidades de autorregulación y mejora de las instituciones, por sobre su capacidad de respuesta a ciertos formalismos definidos normativamente. Pero esto requiere reorientar los propósitos centrales de la acreditación hacia el objetivo de apoyar el fortalecimiento de las instituciones, a través del desarrollo y consolidación de las capacidades propias de autorregulación y autoevaluación de su calidad (Bernasconi et al., 2020). Esto trasciende con mucho la creación de unidades internas de aseguramiento de la calidad, pensadas para responder a las exigencias externas, según establece la nueva ley. Para avanzar en este objetivo es crucial potenciar en la CNA un rol articulador y de acompañamiento de las instituciones. Por un lado, sería valioso para las IES recibir asesoría experta orientada al desarrollo de capacidades para lograr el cumplimiento de los criterios de calidad y que reforzara el mejoramiento del quehacer educativo. Se esperaría entonces, por ejemplo, que esta labor asumiera más bien el carácter de un acompañamiento y supervisión académica, antes que una supervisión administrativa. En lenguaje pedagógico, que fuera una evaluación formativa y no punitiva. Por otro lado, la CNA podría ser una entidad que articulara vínculos y promoviera asociatividad entre instituciones, para compartir aprendizajes, buenas prácticas e incorporar la experiencia internacional sobre aseguramiento de la calidad. De este modo, la CNA estaría cumpliendo la función promotora de la calidad que la ley le encomienda y que las instituciones esperan.

Por último, es necesario referirse brevemente a dos aspectos operativos de la acreditación que están establecidos en la nueva ley y que representan importantes cambios en la lógica de los procesos: los criterios y estándares, y la acreditación institucional integral.

Respecto de lo primero, la formulación adecuada de estos criterios y estándares es un punto crítico para avanzar hacia un aseguramiento de la calidad más robusto. Una incorrecta definición de estos elementos puede llevar a burocratizar aún más los procesos, tornarlos más engorrosos y alejarlos de su propósito. Es esencial, entonces, que los criterios y estándares de calidad sean claros, flexibles, abarcativos y que consideren la diversidad institucional, respetando el proyecto y misión de cada una de ellas. La definición en términos de progresión debe estar correctamente construida, de manera que los niveles efectivamente recojan y transmitan una lógica incremental en el cumplimiento de los criterios. Otras propuestas en esta línea, y que fueron ya planteadas en un documento elaborado por el Centro de Políticas Públicas UC en diciembre de 2020, dicen relación con la necesidad de diferenciar los estándares críticos de acreditación de los requisitos mínimos del licenciamiento y con reducir la lista de criterios para evitar la repetición y sobreponderación de algunas dimensiones. También con que los estándares no debieran expresarse como umbrales cuantitativos, puesto que responden a una lógica de verificación externa y no registran elementos más sustantivos del quehacer académico como parte del proceso de aseguramiento de la calidad (Bernasconi et al., 2020b). En suma, aún persisten múltiples dudas y preocupaciones asociadas a la definición de los criterios y estándares de acreditación; no así respecto de las consecuencias que estos podrían llegar a tener en el quehacer institucional si no se abordan desde una perspectiva como la mencionada y se insiste en el formalismo burocratizador.

En relación con la acreditación institucional integral, esta viene a cambiar fuertemente la lógica de la acreditación hasta ahora conocida. La nueva ley establece un tipo de evaluación que comprenderá la acreditación de la institución y, junto con ella, la revisión de una selección de sus programas y carreras, a partir de una muestra intencionada realizada por la CNA. El principal desafío en este ámbito es cómo lograr una evaluación balanceada, que refleje la solidez e integridad de la calidad institucional y sea verificable en las carreras. Hasta ahora no hay información sobre cómo será implementado este proceso, la logística asociada, los procedimientos, ni la forma en que se seleccionarán las carreras y programas a evaluar. Es imperativo aclarar la lógica de la acreditación integral y explicar cómo la definición de criterios y estándares se conjuga con este proceso, cómo se construirá la muestra intencionada y, por último, qué implicancias tendrá el resultado de esta evaluación particular en el proceso de acreditación integral. De acuerdo con la “Memoria de elaboración y elementos conceptuales de los criterios y estándares para la acreditación” de la CNA, todo el material referente a la acreditación institucional integral será desarrollado después de la definición de los criterios y estándares. Esto genera una fuerte incertidumbre en las IES, particularmente en aquellas que deben someterse al proceso de acreditación institucional en un futuro próximo. Un gran desafío para la CNA es, entonces, aclarar, a la brevedad, la lógica e implementación de este proceso. Urge generar un procedimiento transparente de selección de carreras y programas, que reduzca las suspicacias respecto de posibles sesgos que implica seleccionar una “muestra intencionada”, que precise qué se va a evaluar en estas carreras seleccionadas y cómo ello impactará los resultados de la acreditación integral.

CUADRO 2

DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ES


Desafíos y oportunidades
• Relevar las funciones de evaluación y promoción de la calidad de la CNA, dejando a la Superintendencia el rol regulador y fiscalizador. • Fortalecer la participación de las IES en el sistema de aseguramiento de la calidad. • Reconocer y respetar la diversidad institucional. • Desarrollar una apertura a la flexibilidad y el cambio. • Simplificar los procesos de acreditación, realzando la mirada académica y reduciendo los aspectos burocráticos. • Promover capacidades de autorregulación y mejora. • Formular criterios y estándares suficientemente amplios y flexibles para atender la diversidad institucional y no frenar la innovación. • Aclarar la lógica e implementación de la acreditación integral.

En resumen, la implementación de la nueva Ley de Educación Superior representa una gran oportunidad para fortalecer el sistema nacional de aseguramiento de la calidad, su relación con otros organismos públicos y privados, y para reorientar a la CNA en su rol de promoción de la calidad, bajo una mirada flexible y respetuosa de la diversidad institucional.

EL SISTEMA INTERNO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: ¿PROCEDIMENTACIÓN DE FUNCIONES O PRINCIPIOS DE FUNCIONAMIENTO?

a) Funciones institucionales

La Ley 21.091 establece como una de las dimensiones susceptibles de evaluación el propio sistema interno de aseguramiento de la calidad. Más allá de las contradicciones conceptuales que pueda tener el hecho de transformar el aseguramiento de la calidad en un área en sí misma evaluable, parece relevante analizar las implicancias que esta exigencia normativa puede llegar a tener, dependiendo de la interpretación que se haga de la misma.

Su definición, en el numeral 20 del artículo 81, establece que “el sistema interno de aseguramiento y gestión de la calidad institucional debe abarcar la totalidad de las funciones que la institución desarrolla, así como las sedes que la integran y deberá aplicarse sistemáticamente en todos los niveles y programas de la institución de educación superior”. Esta definición es complementada por aquella que orienta la construcción de criterios y estándares (numeral 15 del mismo artículo), que señala que en la verificación del grado de cumplimiento de los mismos se deberá tener en consideración los “recursos, procesos y resultados”.

Estas definiciones, sin duda, ofrecen un espacio privilegiado para caer en la tentación de intentar procedimentar la totalidad de las funciones desarrolladas. Lo que, en organizaciones complejas como las universidades, puede ser una tarea tan interminable como inconducente.

En este punto se hace necesario, entonces, responder qué se puede entender por la “totalidad de funciones” y cómo se las puede evaluar sin exigir su “total” procedimentación y, como consecuencia, sin atentar contra la diversidad institucional.

Respecto de las funciones, estas se encuentran primeramente definidas para cada tipo de institución de educación superior en el artículo 3º de la Ley 21.091. En el caso específico de las universidades, esta señala que sus propósitos misionales se cumplen a través de “la realización de docencia, investigación, creación artística, innovación y vinculación con el medio”. Dimensiones que son recogidas en el articulado correspondiente como susceptibles de acreditación, agregando la gestión estratégica y recursos institucionales, y la referida al sistema interno de aseguramiento de la calidad, ya mencionada.

Un elemento que se deberá tener a la vista al momento de enfrentar los procesos de acreditación es la misión institucional. De acuerdo con lo establecido en la propia ley (numeral 15 del artículo 81), esta debe ser una referencia principal al evaluar la forma en que las instituciones cumplen con su misión. El resguardo de las misiones particulares se fundamenta también en el principio de diversidad institucional que “inspira” al sistema de educación superior chileno (artículo 2º, letra d). De ese modo, la acreditación deberá usar como referencia evaluativa la definición de misión que la universidad respectiva se haya dado en sus documentos fundacionales (por ejemplo, en el Estatuto) y en los textos programáticos y estratégicos que orientan su quehacer. A partir de esta doble perspectiva será posible asegurar que la evaluación sea comprensiva y, además, se haga cargo de las particularidades con que las instituciones desarrollan las funciones mencionadas.

La definición que la ley hace de las dimensiones evaluables, en los artículos referidos a la acreditación, es más bien general, dejando un amplio margen de flexibilidad para las exigencias que se establezcan. Sirva, a modo de ejemplo, el ámbito de la docencia y resultados del proceso de formación: “Debe considerar las políticas y mecanismos institucionales orientados al desarrollo de una función formativa de calidad, los que se deberán recoger en la formulación del modelo educativo”. Como es posible apreciar, la propia ley salvaguarda un espacio amplio de interpretación, que permite no solo respetar las particularidades de los proyectos institucionales, sino sintonizar de manera genérica los criterios y estándares con los desarrollos del sistema de educación superior.

Esta misma amplitud y, por ende, posibilidad interpretativa, sin embargo, encierra el riesgo de conducir a una conclusión inversa, que desde una perspectiva administrativa y burocratizada ponga el foco más en la segunda parte (recursos, procesos y resultados) que en las opciones de flexibilidad que entrega la norma. La dificultad radica en las pretensiones de objetividad e imparcialidad que la evaluación tenga. Es decir, si se va a operar bajo ese precepto, se va a privilegiar la comparación de métricas o se va a descansar más en el juicio de pares expertos.

El principal riesgo de la primera opción es acrecentar la visión formalista de las acreditaciones, que puede llevar al sistema de aseguramiento interno de la calidad a transformarse en una especie de agencia auditora interna, réplica de la CNA. Es decir, en una instancia escasamente integrada al quehacer institucional, que con la pretensión de realizar evaluaciones objetivas desarrolle una inagotable actividad de procedimentación y formulación de indicadores, acrecentando las exigencias sobre las unidades académicas y el peso financiero de la actividad.

Por las razones anteriores resulta fundamental que la evaluación del sistema interno de aseguramiento de la calidad se aborde de manera flexible, es decir, sin una visión prefigurada de lo que debe ser, sino de los logros que debe alcanzar transversalmente en todas las dimensiones de su quehacer, respetando las características idiosincrásicas de cada institución. No obstante, ello solo será posible si la CNA no elige el camino de la interpretación rígida de la norma, amparada en el argumento de la objetividad cuantitativa, sino que privilegia el juicio bien fundado de pares académicos bien preparados y de reconocida trayectoria.

b) Principios de funcionamiento del sistema interno de aseguramiento de la calidad

En conformidad con lo dicho más arriba, se estima que la evaluación del sistema interno de aseguramiento de la calidad debe centrarse más en la segunda que en la primera parte de la definición de la ley: “Los mecanismos aplicados deberán orientarse al mejoramiento continuo, resguardando el desarrollo integral y armónico del proyecto institucional” (numeral 20, artículo 81). Por lo mismo, se juzga fundamental que, sin desconocer la relevancia de su debida institucionalización normativa y operativa, el sistema interno de aseguramiento de la calidad se funde sobre ciertos principios que aseguren su consonancia con lo que mandata la ley, con la naturaleza propia de la organización universitaria y con el carácter específico de cada proyecto. Desde esa perspectiva, los siguientes tres parecen fundamentales:

Calidad como consistencia y excelencia. El sistema interno de aseguramiento de la calidad debe contribuir a garantizar que el desarrollo institucional sea consistente con los propósitos misionales declarados y a la vez fomentar que las actividades académicas y administrativas se realicen en un estándar del más alto nivel nacional e internacional.

Calidad como cultura organizacional. El sistema interno de aseguramiento de la calidad debe promover entre quienes forman parte de la comunidad académica la responsabilidad por los procesos que llevan a cabo y por los resultados de los mismos. Por esto, se debe centrar en los mecanismos internos de aseguramiento de la calidad, propios de la cultura e historia universitaria.

Calidad como responsabilidad pública. El sistema de aseguramiento de la calidad debe garantizar el sentido público del quehacer institucional, atendiendo a los intereses de todos los actores vinculados a la universidad y alineándose con los requerimientos de rendición de cuentas del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de Educación Superior.

De igual modo, se considera relevante que en la evaluación que se haga del sistema interno de aseguramiento de la calidad, más que centrarse en sus mecanismos y alcances, se privilegie verificar si en su diseño y operación cumple con ciertos propósitos y condiciones propias de esta actividad. Entre ellos se juzgan relevantes los siguientes:

Pertinencia y actualidad. El sistema interno de aseguramiento de la calidad debe descansar sobre mecanismos coherentes con la cultura universitaria y la complejidad académica de la institución respectiva, y estar acordes con los utilizados por instituciones internacionales de excelencia.

Autorregulación y mejora continua. Estos deben garantizar y promover la capacidad autorreflexiva y autoevaluativa de la institución, así como la identificación y corrección de las deficiencias, a través de la formulación, seguimiento y concreción de planes de mejora.

Integración y responsabilidad. Los mecanismos de aseguramiento de la calidad deben estar integrados al quehacer académico y administrativo habitual de la universidad, y tender a responsabilizar a quienes conforman la comunidad de la calidad de este.

Procesos y resultados. Los mecanismos de aseguramiento de la calidad deben enfocarse tanto en la evaluación de los procesos institucionales como en sus resultados.

Regularidad y sistematicidad. Estos deben aplicarse de manera regular y sistemática, a fin de promover una permanente autorreflexión y autoevaluación institucional, en todos las áreas y niveles organizacionales.

Información veraz y oportuna. A fin de garantizar su efectividad, los mecanismos de aseguramiento de la calidad deben descansar sobre la provisión de información veraz y oportuna, que permita una evaluación y juicios verificables de los procesos y sus resultados.

Rendición interna y externa de cuentas. Los mecanismos de aseguramiento de la calidad deben considerar como parte central la rendición regular de cuentas a la comunidad universitaria, a las instancias establecidas por la política pública para tal efecto, y a la sociedad en general.

Autoevaluación y acreditación: Por último, los mecanismos de aseguramiento de la calidad deben representar los intereses institucionales de aseguramiento de la calidad y, a la vez, responder a los procesos regulares de autoevaluación con fines de acreditación, establecidos por la legislación vigente.

En síntesis y como ya se mencionó, sin desconocer ni minimizar la relevancia de la adecuada institucionalización normativa y operativa de un sistema interno de aseguramiento de la calidad, parece relevante insistir en que parece más apropiado que la evaluación de este se enfoque en los principios que lo orientan, los propósitos que persigue y los resultados que logra, más que en su diseño, condiciones de funcionamiento y alcance formal. Sobre todo tratándose de un área que, sin la debida cautela, encierra el riesgo de transformarse en una especie de agencia interna de la calidad, a la cual todos deban tributar.

CONCLUSIONES

Los procesos de acreditación en educación superior tienen ya una larga tradición en Chile. Desde 2006, si se considera su formalización legal (Ley 20.129), o desde 1999, si se toma en cuenta la fase en que se desarrollaron extensas experiencias piloto. Ellos, sin duda, han contribuido de manera decisiva a generar una cultura de la calidad en las instituciones de educación superior nacionales.

En este cometido, la Comisión Nacional de Acreditación (antes CNAP y CONAP), el Consejo Nacional de Educación (antes CSE) y otras instancias públicas han jugado un rol destacado. Lo mismo que muchas instituciones que durante casi dos décadas se sometieron voluntariamente a estos procesos.

Como toda actividad que involucra diversos actores e intereses, con el correr del tiempo se fueron generando ciertas falencias que la Ley 21.091, promulgada en mayo de 2018, intenta corregir.

El nuevo marco normativo, sin embargo, encierra también el riesgo de acrecentar algunas de esas deficiencias, en especial si no se logra integrar debidamente a la configuración de los nuevos procesos la visión de las instituciones de educación superior, privilegiando concepciones más bien administrativas del aseguramiento de la calidad.

Este artículo ha pretendido poner algunas luces de alerta respecto de posibles deficiencias y riesgos que habría que atender, o de tareas en las que aún resta por avanzar.

Algunas de ellas tienen que ver con aspectos más bien operativos del aseguramiento de la calidad, como la simplificación administrativa de los procesos de acreditación o de las solicitudes de información. Otras con la implementación que se haga de las normas vigentes y la flexibilidad con que se aborden las evaluaciones. Esto será decisivo no solo para cautelar las diversas misiones institucionales, sino también para mantener la diversidad institucional del sistema, integrar de manera rápida nuevos valores sociales relevantes y, en especial, no operar como freno o desincentivo a la innovación organizacional y educativa.

También se observan posibilidades de mejorar en el ámbito de la coordinación de las instancias que componen el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad. El más evidente, tal vez, es el ya mencionado referido a la integración y simplificación de las solicitudes de información. Pero también se aprecia una oportunidad para que la CNA pueda potenciar su rol de promoción de la calidad y acompañamiento institucional, delegando la función de auditoría y fiscalización en el órgano que la ley ha previsto para ello: la Superintendencia de Educación Superior.

En otras palabras, lo que se espera de esta nueva etapa es que en ella se recupere un sentido del aseguramiento de la calidad que trascienda los meros procesos de acreditación y, sobre todo, se recobre el sentido profundamente académico que esta actividad debiera tener en las instituciones de educación superior.

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1 Desde el año 1999 existían en Chile dos comisiones asesoras del Ministerio de Educación, cuyas funciones eran, entre otras, desarrollar experiencias piloto de acreditación y preparar un marco legal para estos procesos: la Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado (CNAP) y la Comisión de Evaluación de la Calidad de Programas de Posgrado (CONAP). Estas comisiones venían a complementar el rol del Consejo Nacional de Educación (antes Consejo Superior de Educación) en materia de aseguramiento de la calidad. Este organismo había sido creado en 1990 para supervisar y evaluar a universidades e institutos profesionales a través del proceso de licenciamiento, inicialmente llamado “acreditación”, nombre que fue modificado para distinguirlo del trabajo realizado por la CNAP (CNAP, 2007).

2 La Ley 21.091 estableció que los criterios y estándares de acreditación estarían formulados el 30 de diciembre de 2020, plazo que posteriormente fue ampliado al 2022 de acuerdo con la Ley 21.186 (ley corta). Actualmente, aún se encuentran en proceso de formulación.

3 https://www.cnachile.cl

4 En la Ley 21.091 se establece que una de las funciones del Comité de Coordinación del SINACES es “Promover la coherencia entre los criterios y estándares definidos para los procesos de acreditación, con la normativa que rige el licenciamiento, así como toda otra del sector de educación superior” (Ley 21.091 sobre Educación Superior, Título IV, Artículo 4, Letra e).

5 Ley 21.091 sobre Educación Superior (2008), Título I, Artículo 2, Letra b).

6 https://www.akkreditierungsrat.de/

CAPÍTULO 3

EDUCACIÓN SUPERIOR CATÓLICA EN AMÉRICA LATINA

PEDRO PABLO ROSSO

Rector Emérito

Pontificia Universidad Católica de Chile

INTRODUCCIÓN

La educación superior católica en América Latina tiene una historia que se remonta a los primeros años de dominación española y portuguesa. Por lo tanto, ha sido testigo y, en cierta medida, protagonista de un choque de culturas cuyas consecuencias se prolongan en la marginación de los pueblos originarios y las dificultades de la región para incorporarse a la modernidad y a la era industrial. Manifestaciones de esta realidad son la pobreza de grandes sectores poblacionales, la desigualdad de oportunidades y distribución de bienes, los bajos niveles de escolaridad, una economía basada en la exportación de productos naturales y la utilización no sustentable de esos recursos, el flagelo del narcotráfico y la delincuencia internacional, la debilidad de las instituciones públicas y el caos urbano de las grandes ciudades (PNUD, 2019). Se agrega a lo anterior un contexto de democracias frágiles, regidas por una clase política incompetente, cuando no corrupta.

La cronicidad de estos problemas alimenta un malestar ciudadano que se manifiesta en las oscilaciones políticas que caracterizan los cambios de gobiernos nacionales, con alternancias frecuentes entre opciones cuyos programas de acción tienen escasas congruencias, frecuentes estallidos sociales y migraciones internas y externas. En general, los breves ciclos de mayor prosperidad y progreso material de Latinoamérica han coincidido con un aumento a nivel mundial en el precio de las materias primas y productos semielaborados que exporta. A su vez, esto ha sido causado por una mayor demanda de esos productos, asociada a los lapsos de crecimiento económico de las grandes áreas industrializadas del mundo. Actores principales en ese escenario global son los EE.UU. de Norteamérica, la Unión Europea, Japón y, más recientemente, la República Popular China y Corea del Sur. Algunos de estos países, notablemente los de Europa Occidental, han sido protagonistas del comercio mundial desde la época de la primera revolución industrial (PDP-CEMPLA, 2018).

El éxito económico de los estados antes mencionados radica en la capacidad de generar nuevo conocimiento y transformarlo en valor para la sociedad. Esa es la razón por la cual han sido llamados “economías o sociedades del conocimiento”. Se trata de países con altos niveles de escolaridad, que valoran la capacidad de generar conocimientos como un activo económico fundamental y, consecuentemente, consideran la investigación —en todas las ramas del saber— una actividad nacional prioritaria. Por esta razón, han construido sistemas educativos de alta calidad, en todos sus niveles. En ellos se forma una fuerza laboral instruida, muy productiva, que cuenta entre 7 y 15 investigadores por cada 1.000 puestos de trabajo (OECD, 2018).

A partir de esta visión del papel crucial que tiene el conocimiento en el progreso y prosperidad de las naciones, las universidades se han transformado en uno de los ejes de los planes nacionales de desarrollo (National Research Council, 2012). En este ámbito es paradigmática la “Estrategia de Lisboa”, mediante la cual la Unión Europea, considerando a sus universidades académicamente inferiores a sus pares de los EE.UU., respecto de la generación de conocimientos, se propuso potenciarlas en ese ámbito para transformar a Europa en la economía del conocimiento “más competitiva del mundo” (Comisión de las Comunidades Europeas, 2003).

Esa visión del futuro, que otorga a las universidades un papel protagónico para el desarrollo y la prosperidad económica, no ha sido asumida por Latinoamérica, donde la clase política continúa absorta en la compleja y entrabada “gestión del presente”. Aunque en el discurso público abunda la retórica sobre la importancia de la educación y del cultivo y generación de conocimientos, hasta ahora los gobiernos se han mostrado renuentes a realizar una gran inversión en los sistemas educativos, asegurándoles los recursos necesarios para constituirse en sistemas de una calidad y solvencia académica similares a los que sustentan a las “sociedades del conocimiento”. Lo mismo puede decirse de la inversión que los estados latinoamericanos hacen en el ámbito de la investigación científica, considerablemente baja comparada con la de los países llamados “emergentes” (Bárcena, 2020).

Como parte de la oferta de educación superior privada, las universidades católicas latinoamericanas son actores relevantes en el escenario educativo de la región. La mayoría de ellas han sido creadas durante los últimos cuarenta años, incluyendo varias que todavía están en etapa fundacional. Producto de iniciativas de las conferencias episcopales o de algún obispo unas, de instituciones de vida consagrada otras y de fieles laicos las restantes, además de cumplir con una misión propiamente universitaria, como un hecho inherente a sus identidades católicas, tienen el apasionante y arduo desafío de ser “signo vivo y prometedor de la fecundidad de la inteligencia cristiana en el corazón de cada cultura” (Juan Pablo II, 1990). Esto significa iluminar con los principios de la antropología cristiana y de la Doctrina Social de la Iglesia los caminos conducentes a un auténtico progreso.

Este capítulo describe el pasado y el presente de la educación superior católica en América Latina y el Caribe, enfocándose en las instituciones universitarias y en los desafíos que se vislumbran en el porvenir. Reflejando la falta de estudios publicados en revistas de circulación internacional sobre las universidades católicas de esta región, muchas afirmaciones sobre la situación actual de estas instituciones se basan en observaciones del autor, quien, durante el lapso 2009-2016, en su calidad de presidente de la Organización de Universidades Católicas de América Latina y el Caribe, visitó un número importante de ellas, pudo conversar con sus autoridades y obtener algunos datos relativos a su funcionamiento.

EL TRISTE PASADO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA LATINOAMERICANA

1. La etapa colonial

La presencia de universidades católicas en América Latina tiene dos etapas: la colonial y la republicana. En los dominios españoles, la primera se inicia en el siglo XVI y finaliza a inicios del siglo XIX, cuando las naciones latinoamericanas logran independizarse de la Corona de España. La etapa republicana comienza con la independencia de esos países y dura hasta el momento de la masificación de la educación superior, en la década de los ochenta del siglo pasado. En el caso de Brasil, colonia de Portugal, la historia del sistema universitario, incluyendo a las universidades católicas, solo tiene una etapa republicana, porque las primeras instituciones de educación superior fueron creadas después de la proclamación de la Primera República, suceso que ocurrió en 1889.

La Universidad de Santo Tomás, en la isla La Española, actual República Dominicana, erigida canónicamente mediante la Bula In apostolatus culmine del Papa Paulo III, fechada el 28 de octubre de 1538, tiene el honor de iniciar la fundación de instituciones de educación superior en tierras americanas. Sus fundadores y sostenedores fueron la Orden de Predicadores (Dominicos), que mediante la Bula antes mencionada obtuvieron el reconocimiento de universidad para un Studium generale que habían creado en 1518. Es interesante señalar que la Universidad de Santo Tomás precedió en casi un siglo al Harvard College, la primera institución de estudios superiores fundada en las colonias inglesas de América del Norte (Tünnermann, 1996).

La fundación de universidades en el Nuevo Mundo y, en general, la tarea evangelizadora tuvo como marco jurídico la Bula Universalis Ecclesiae regiminis del Papa Julio II, del 28 de julio de 1508, que concedió a los Reyes de España el Patronato Universal de Indias. Este mandato confiaba a la Corona asuntos como la designación de autoridades eclesiásticas; construcción de conventos, escuelas e iglesias; y la recolección del diezmo (Martínez, 2007). Por lo mismo, las iniciativas eclesiales o estatales en el campo educativo solían ser de tipo “mixto”, entendiendo por ello la concurrencia formal en ese acto de la Iglesia y el Estado. Por esa razón, las principales universidades hispanoamericanas fueron “reales y pontificias”, aunque la real cédula o la bula o brevis papal correspondientes solían ser otorgadas en forma separada, a veces con años de distancia.

Durante la etapa colonial, las autoridades civiles y eclesiásticas crearon más de treinta universidades y varias otras instituciones que otorgaron grados superiores. Se estima que 17 de ellas fueron por iniciativa de una orden religiosa, destacando en este aspecto los jesuitas, dominicos y agustinos (González, 2010). La primera de las universidades creadas por la corona hispana fue la Real Universidad de Lima, mediante Real Provisión y Real Cédula de Carlos I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico, emitida el 12 de mayo de 1551 (Flórez, 2019). Conocida hoy como Universidad Nacional Mayor de San Marcos, es la única institución fundada en ese siglo que ha funcionado ininterrumpidamente.

En líneas generales, las instituciones de educación superior fundadas en los dominios españoles se basaron en el modelo de las universidades de Alcalá de Henares y de Salamanca (Alonso y Casado, 2007; Rodríguez, 2012). La primera, cuyo prestigio radicaba en la enseñanza de la teología, inspiró la organización de los “Colegios Menores”, instituciones que ofrecían un ciclo de formación centrado en la enseñanza de materias como latín, teología y derecho canónico. Estos colegios se limitaban a otorgar el grado de bachiller. El modelo salmantino se usó para organizar las universidades y “Colegios Mayores”; estos ofrecían programas de estudio conducentes a la obtención de grados superiores (licenciatura y doctorado); además, solían dar alojamiento a los estudiantes.

Durante la segunda mitad del siglo XVIII, las ideas de la Ilustración, sumadas a un complejo escenario económico y tensiones sociales, motivaron en España una serie de reformas que buscaban fortalecer el poder real, centralizar la administración pública, incrementar la recaudación de impuestos y asegurar el dominio de la Corona sobre las colonias americanas. Estas estaban siendo amenazadas por la expansión del imperio portugués hacia la Franja Oriental y por los frecuentes ataques de piratas ingleses y franceses, especialmente en la zona del Caribe. Llamadas “reformas borbónicas”, tuvieron como principal impulsor a Carlos III (Tünnermann, 1996).

Las reformas borbónicas repercutieron fuertemente en las colonias americanas. Desde la perspectiva de la educación superior, el hecho más significativo fue la expulsión de los jesuitas, en el año 1766. A inicios de abril de ese año, la Compañía de Jesús tuvo que cerrar sus numerosas casas y abandonar sus escuelas y universidades, varias de las cuales pasaron a depender del Estado. Por otra parte, las universidades restantes fueron intervenidas mediante una serie de medidas que aumentaron el control externo, así como la censura docente, lo que redujo la capacidad de autogobierno y provocó, en muchas instituciones, una pérdida de vitalidad intelectual. A su vez, esto redundó en menor prestigio y relevancia social (Tünnermann, 1991).

Por otra parte, a causa de restricciones económicas, durante el período borbónico las universidades pertenecientes a órdenes religiosas perdieron profesores de prestigio y experimentaron mermas en el número de estudiantes. Hasta el clero diocesano comenzó a preferir a las universidades reales para su formación académica, puesto que eran consideradas de mejor calidad. Por esta causa se vieron obligadas a ir cerrando sus puertas, al punto que, a inicios del siglo XIX, cuando comenzaron los movimientos independentistas latinoamericanos, casi todas ellas habían desaparecido (Tünnermann, 1996).

2. La etapa republicana hasta fines del siglo XIX

El ideario de muchos de los próceres de la independencia latinoamericana estaba fuertemente influido por ideas iluministas y por aquellas emanadas de la Revolución Francesa. En el campo de la educación, les resultaba atractivo el modelo francés de educación pública universal y gratuita, controlada por el Estado. La irradiación de estos principios fue tal que incluso influyeron en acuerdos de las Cortes de Cádiz, que contaban con un contingente significativo de representantes americanos (O’Phelan y Lomné, 2014). Posteriormente, algunos de ellos fueron grandes impulsores del modelo educativo francés en las nuevas repúblicas y promovieron las reformas consiguientes, incluyendo la adopción del “modelo napoleónico”, que aún perdura en las universidades de toda la región (Tünnermann, 1996).

Junto con perder su carácter de “reales”, la gran mayoría de las universidades de las nuevas repúblicas también dejaron de ser “pontificias”. En ellas las corrientes de pensamiento liberal y materialista prontamente multiplicaron sus adeptos, lo que se tradujo en un rápido incremento del número de catedráticos “librepensadores” y anticlericales, muchos de ellos miembros de una floreciente masonería. Paralelamente, en los ateneos fue disminuyendo la presencia de clérigos en cargos docentes y directivos. A consecuencia de estos factores, en el lapso de las tres décadas que siguieron a las proclamaciones de independencia, las universidades regentadas por los estados experimentaron una fuerte secularización. No obstante, dado que no existía separación Iglesia-Estado y la religión oficial era la católica, la mayoría conservó sus facultades de teología por un largo tiempo.

Algo similar aconteció en el ámbito de la actividad política. En pocos años, los partidarios del liberalismo, e incluso algunas corrientes de raíz jacobina, ganaron adherentes y se hicieron políticamente fuertes. Muchos de los tribunos que compartían esas ideologías consideraban que el clero y la religión católica eran un obstáculo para el progreso de los pueblos americanos y, por todos los medios, buscaron disminuir la presencia pública e influencia de la Iglesia Católica en la sociedad. Hacia mediados del siglo XIX este nuevo orden de cosas provocó grandes tensiones políticas. Uno de los temas más debatidos fue la separación de Iglesia y Estado, objetivo al cual la Iglesia se oponía tenazmente. Otro tema que provocó un largo conflicto fue el proyecto liberal de entregar al Estado el derecho a ser el único proveedor de educación escolar y universitaria. Esto habría permitido minimizar, si es que no erradicar, la enseñanza formal de la religión (Tünnermann, 1991; Krebs, 2002).

En ese contexto de permanentes tensiones y rencillas ideológicas, habiendo perdido la Iglesia presencia e influencia en la educación superior, comenzaron a surgir las universidades católicas de la era republicana. La primera de ellas fue la Academia Pontificia de Guadalajara, fundada en 1872, pero forzada a cerrar en 1895; la Universidad Pontificia de Yucatán, creada en 1885, a partir del Seminario de San Ildefonso, extinta poco después; la Universidad Católica de Chile, creada en 1888, que ha funcionado sin interrupciones significativas; y la Universidad Pontificia de México, que abrió sus puertas en 1895 como una continuadora espiritual de la Real y Pontificia Universidad de México, erigida por Cédula del Príncipe Felipe el 21 de septiembre de 1551 y fundada el 25 de enero de 1553 (Fundación Santa María, 1994).

La historia de la Universidad Pontificia de México es un buen ejemplo de las presiones políticas que sufrió la Iglesia y las instituciones de educación vinculadas a ella durante gran parte del siglo XIX e inicios del XX (Universidad Pontificia de México, 2021). Esta universidad comenzó a declinar a partir del año 1810, sufriendo una serie de clausuras y reaperturas condicionadas por las circunstancias políticas del país, pero entró en una fase de franco deterioro después de 1821, año en que México obtuvo su independencia, y, finalmente, dejó de funcionar en 1867. Fue nuevamente erigida por la Santa Sede en 1895. A partir de fines de 1910 tuvo que enfrentar las consecuencias de la revolución, lo que le significó continuas y graves dificultades, hasta que, en 1932, nuevamente tuvo que cerrar sus puertas. Permaneció clausurada hasta 1967, año en que abrió como Instituto Superior de Estudios Eclesiásticos. Mantuvo esa denominación hasta 1982, cuando pudo recuperar el derecho a usar su nombre original de Universidad Pontificia de México.

La principal motivación de la Iglesia para crear universidades católicas fue el deseo de contar con instituciones de estudios superiores que promovieran los valores del cristianismo y sirvieran como ámbitos de encuentro de fe y ciencia. Sus fundadores pensaban que en un ambiente educativo libre de las ideologías que imperaban en las instituciones del Estado, las universidades católicas serían el taller donde se formarían los futuros líderes cristianos.

En Brasil los eventos que culminaron con la declaración de independencia política fueron más graduales e incruentos que los de Hispanoamérica. Se iniciaron en 1808, con el traslado de la familia real portuguesa y su corte a Brasil, huyendo del ejército napoleónico. Este episodio originó la creación del Reino de Brasil, Portugal y Algarve, cuya capital fue Río de Janeiro. En 1821, el rey Juan VI y parte de la familia real regresaron a Portugal, dejando en Brasil, como príncipe regente, al infante Pedro. Un año más tarde, en medio de tensiones provocadas por quienes anhelaban la total independencia, el príncipe Pedro fue coronado Emperador, lo que significó la secesión de Brasil del imperio portugués. Le sucedió en el trono su hijo Pedro II, cuyo reinado terminó en 1889, con un golpe militar que proclamó la creación de un Estado republicano, la llamada República Velha (Gomes, Machado-Taylor y Saraiva, 2018).

La primera institución de educación superior brasileña denominada “universidad” fue la Escuela Universitaria Libre de Manaus, creada en 1909 en la ciudad del mismo nombre y actual capital del Estado de Amazonas. Plagada de problemas económicos y administrativos se vio obligada a cerrar en la década de 1940, pero resurgió, posteriormente, como la Universidad Federal de Amazonas, que continúa vigente. A esa primera fundación siguió aquella de la Universidad Federal de Paraná, en 1912; la Universidad Federal Rural de Río de Janeiro en 1913; y la Universidad Federal de Río de Janeiro, en 1920. La Universidad de São Paulo, que actualmente es la institución brasileña de educación superior más reconocida internacionalmente, fue fundada en 1934. Las universidades católicas brasileñas comenzaron a surgir algunos años más tarde, siendo la primera de ellas la Universidad Católica de Río de Janeiro, fundada en 1941. A esta fundación siguieron aquellas de las universidades católicas de São Paulo, en 1946; Porto Alegre, en 1948; y Campinas, en 1955 (Gomes, Machado-Taylor y Saraiva, 2018).

3. La etapa republicana en el siglo XX

Durante la primera mitad del siglo XX, en la mayoría de los estados latinoamericanos existían leyes que impedían la creación de universidades privadas. No obstante, usando coyunturas políticas favorables o aplicando ciertas excepciones, se produjeron nuevas fundaciones de instituciones católicas, todas las cuales perduran. Entre ellas: la Universidad Católica del Perú (1917), la Universidad Católica de Valparaíso (1925), la Universidad Javeriana (1930), la Universidad Católica Bolivariana (1936), la Universidad Católica del Ecuador (1946), la Universidad Católica del Norte (1956), las universidades católicas de Córdoba (1956) y Buenos Aires (1958), y la Universidad Centroamericana (1960), en Managua, Nicaragua. Varias de las más antiguas han sido honradas por la Sede Apostólica con el título de “Pontificia”.

El ritmo de fundación de universidades católicas se mantuvo relativamente constante hasta fines de la década de los setenta e inicio de los ochenta. A partir de esos años se produjo un verdadero estallido en cuanto a la creación de instituciones de educación superior, incluyendo universidades. Este fenómeno respondió a varios factores, entre los que destacan los siguientes: el reconocimiento por parte de los estados de una gran demanda insatisfecha por estudios superiores y drásticas reformas neoliberales, incluyendo la derogación de normas regulatorias previas, lo que incentivó la creación de universidades privadas con fines de lucro (Rama, 2009). Estas políticas originaron un incremento exponencial en el número de instituciones de educación superior, la “privatización” del sector y un incremento en el número de estudiantes que, hasta hace algunos años, mantuvo un ritmo de crecimiento anual del 10-12 por ciento (OEI, 2019; Brünner y Miranda, 2016).

Actualmente se ignora el número exacto de instituciones de educación superior en América Latina, pero la cifra más citada es la del Ranking Webometrics, que en la actualidad contabiliza un total de 3.958 instituciones, cifra que incluye universidades, institutos politécnicos, fundaciones universitarias, institutos universitarios y facultades. En su conjunto, ellas acogen una población de estudiantes estimada en más de 28 millones.

EL COMPLEJO PRESENTE DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA LATINOAMERICANA

1. Número de universidades

Actualmente, en América Latina y el Caribe existen cerca de 400 instituciones de educación superior católicas o de inspiración católica, pero solamente 142 se denominan universidades. México, con 42 universidades, es el país que concentra el mayor número de ellas, mientras que Puerto Rico, con 3 universidades para una población de 2,8 millones, es el país que muestra las mejores cifras por millón de habitantes (Tabla 1). En lo que a Brasil respecta, el comparativamente bajo número de universidades católicas se debe a que las normas nacionales que regulan a este sector limitan el uso del término “universidad” a las instituciones que cumplen con ciertos requisitos relativos a las actividades de investigación y programas de posgrado. Esto se refleja en el hecho de que la sección de Educación Superior de la Asociación Nacional de Educación Católica (ANEC) de Brasil cuenta con 186 afiliados.

TABLA 1 NÚMERO DE UNIVERSIDADES CATÓLICAS O DE INSPIRACIÓN CATÓLICA, POR PAÍS Y POR MILLÓN DE HABITANTES, EN LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE.


PAÍS N° DE UNIV. CATÓLICAS UNIV. CAT./ 1.000.000 hab.
ARGENTINA 13 0,28
BOLIVIA 1 0,08
BRASIL 16 0,07
CHILE 12 0,63
COLOMBIA 15 0,33
COSTA RICA 2 0,40
ECUADOR 4 0,22
EL SALVADOR 2 0,31
GUATEMALA 2 0,11
HONDURAS 1 0,10
MÉXICO 42 0,33
NICARAGUA 2 0,30
PANAMÁ 1 0,23
PARAGUAY 1 0,14
PERÚ 15 0,45
PUERTO RICO 3 1,07
REP. DOMINICANA 3 0,27
URUGUAY 2 0,58
VENEZUELA 5 0,19

2. Perfiles académicos

2.1. Universidades docentes

En las universidades católicas latinoamericanas predomina el modelo de institución docente, que ofrece principalmente programas de estudio conducentes a los grados de bachiller y licenciado. Algunas de ellas ofrecen programas de magíster, tanto en modalidades presenciales vespertinas y diurnas como online. Según las leyes de los respectivos países, también pueden ofrecer carreras técnicas y otorgar los títulos profesionales pertinentes.

Una alta proporción de estas instituciones cuenta con menos de 10.000 estudiantes y un cuerpo académico de 250 a 350 profesores, la mayoría contratados por menos de 22 horas semanales. El 94 por ciento de los estudiantes cursa programas de estudio en el ámbito de las ciencias sociales, humanidades y artes. Solo un 6 por ciento está matriculado en programas de posgrado, principalmente diplomados y maestrías. Este tipo de distribución de la matrícula estudiantil es parecido al de las universidades estatales y privadas laicas (Zapiola y Llambías, 2006; UNESCO/IESALC, 2006).

Las cifras disponibles, aunque bastante fragmentarias, indican que, en los países latinoamericanos, menos de un 15 por ciento de los docentes universitarios tiene el grado de doctor (Pontificia Universidad Católica del Perú y otros, 2009; CRUCH, 2008). Esto es particularmente acentuado en las universidades privadas, incluyendo las católicas, cuyos cuerpos académicos están integrados, mayoritariamente, por licenciados y profesionales. Aunque este aspecto tampoco se ha estudiado en forma sistemática, los datos disponibles señalan que la proporción de profesores con contratos de jornada parcial fluctúa entre un 50 por ciento, en las instituciones más antiguas, hasta un 90 por ciento, en algunas de las universidades de más reciente creación.

2.2. Universidades de investigación y doctorados

Una proporción muy baja de las universidades católicas latinoamericanas tiene la sustentación económica para contar con núcleos de “investigación de primera línea”, lo que implica tener una proporción significativa de profesores que han obtenido el grado de doctor y están contratados a tiempo completo. En el caso de la investigación en áreas de ciencias naturales, es necesario disponer de laboratorios, con el equipamiento respectivo. A lo anterior se agrega la necesidad de disponer de bibliotecas que pueden ofrecer servicios de búsqueda de información avanzados, lo que implica mantener suscripciones a una gran cantidad de publicaciones especializadas. Todos estos elementos tienen un costo fijo considerable. Por lo mismo, solo una proporción reducida de universidades católicas, en general las más antiguas, han alcanzado un desarrollo académico correspondiente al perfil de lo que se denomina “universidad de investigación y posgrado”.

Actualmente, usando como criterio un número anual de publicaciones científicas indexadas internacionalmente superior a 300, las universidades católicas de la región que tienen un perfil académico acorde con el de una universidad de investigación y doctorado en desarrollo son apenas 8, lo que equivale al 5,75 por ciento del total (Tabla 2).

TABLA 2 UNIVERSIDADES CATÓLICAS LATINOAMERICANAS CON UN PERFIL ACADÉMICO DE “INVESTIGACIÓN Y DOCTORADOS”.


UNIVERSIDAD PUBLICACIONES (2014-2018)
P. UNIV. CATÓLICA DE CHILE 12.866
P. UNIV. CATÓLICA DE RIO DE JANEIRO 4.190
P. UNIV. CATÓLICA DO RIO G. DO SUL 4.016
P. UNIV. CATÓLICA DE VALPARAÍSO 3.313
P. UNIVERSIDAD JAVERIANA 3.166
P. UNIV. CATÓLICA DO PARANÁ 2.362
UNIV. CATÓLICA DEL NORTE (CHILE) 1.908
P. UNIV. CATÓLICA DEL PERÚ 1.717

(Fuente: Ranking Scimago 2020)

3. Gobernanza

En las universidades pontificias latinoamericanas la máxima autoridad es el Papa, aunque, por delegación, en la práctica es el Prefecto de la Congregación para la Educación Católica, organismo de la Curia encargado de la supervisión de los seminarios, las escuelas y las instituciones de educación superior. En el resto de las universidades canónicamente erigidas, la principal autoridad es el obispo titular de la diócesis respectiva, el cual suele ostentar el cargo de Canciller o Gran Canciller. En el caso de universidades fundadas por alguna orden o instituto religioso, la principal autoridad es el Provincial.

Los rectores son las máximas autoridades ejecutivas y tienen responsabilidades de tipo académico y administrativo. La mayoría de las instituciones cuenta también con una o más autoridades colegiadas, denominadas “consejos”. Estos organismos suelen ser de dos tipos: un Consejo Directivo, cuya labor está enfocada en temas de índole administrativa y económica, y un Consejo Académico o Consejo Universitario, dedicado principalmente a temas académicos. Los consejos directivos suelen estar conformados por miembros prominentes de la sociedad nombrados por el Gran Canciller, mientras que los segundos están integrados por decanos, profesores elegidos por sus pares y, con frecuencia, por representantes estudiantiles.

En algunos países de la región, las universidades católicas están legalmente obligadas a tener alguna autoridad colegiada en la que participan académicos, gestores administrativos y estudiantes, todos con derecho a voto. Este “cogobierno”, como se le denomina, es una institución típicamente latinoamericana. Existe desde 1918 y fue instituido por primera vez en Argentina, después de graves disturbios en las universidades estatales que originaron la llamada “Reforma de Córdoba” (Marsiske, 2004). Otros países, como Bolivia, Ecuador y Perú, también aplican el “cogobierno” como política de Estado.

La elección de autoridades en una universidad católica latinoamericana varía considerablemente en los diversos países y dentro del mismo país. En contraste con la tradición de las universidades de los EE.UU., donde comités ad hoc “de búsqueda” entrevistan a candidatos y proponen a los que consideran idóneos a la autoridad que corresponda, en nuestra región los rectores son designados por la autoridad eclesiástica, particularmente cuando se trata de clérigos o de religiosas, o por el Consejo Directivo. Este último es el procedimiento habitual en las instituciones con sostenedores laicos.

En las instituciones pontificias el nombramiento requiere la anuencia de la Santa Sede. También hay universidades en las que los rectores son elegidos mediante la votación de sus pares académicos, con o sin la participación de otros estamentos, según las normas legales que existan. En algunos casos, los claustros eligen una terna de la cual la autoridad máxima que corresponda puede elegir al candidato que considere más apropiado.

La misma variedad de alternativas se observa para la elección de otras autoridades universitarias, como vicerrectores, secretarios generales, decanos o directores de escuelas. En la mayoría de las instituciones, los vicerrectores y los secretarios generales son elegidos directamente por el rector, con quienes conforman un equipo de trabajo, o con la aprobación del Gran Canciller o del Consejo Directivo. Las autoridades de las facultades suelen ser elegidas por sus pares académicos, mediante diversos mecanismos, o por las autoridades a quienes ellos reporten.

4. Financiamiento

La principal fuente de ingresos de las universidades católicas de América Latina es la matrícula que pagan sus estudiantes. En consecuencia, para poder financiarse deben atraer un “número crítico” de postulantes. Una excepción a lo antes descrito ocurre en Chile, donde las universidades católicas y otras universidades privadas (sin fines de lucro) reciben subsidios directos e indirectos del Estado por montos significativos.

Gracias a una buena gestión de recursos, la gran mayoría de las universidades católicas logra cubrir sus costes operacionales y cuenta con una infraestructura adecuada para llevar adelante sus proyectos académicos. Desgraciadamente, la dependencia económica que mantienen con respecto a los ingresos por concepto de matrícula determina algún grado de elitismo social. En general, los estudiantes de las universidades católicas latinoamericanas provienen de escuelas católicas privadas y pertenecen a familias de ingresos superiores a las medias nacionales. Sensibles a esta realidad, todas ellas ofrecen becas y diversos beneficios para facilitar el ingreso de estudiantes pertenecientes a otros estratos socioeconómicos. Aun así, solo pueden hacer una contribución menor a la movilidad social.

EL FUTURO Y LOS DESAFÍOS DE SIEMPRE

A menos de cuatro meses de haber iniciado su largo pontificado, Juan Pablo II realizó la primera visita de un Papa a América Latina. Eso sucedió a inicios del año 1979 y con ello inauguró también su largo y notable ciclo de encuentros con las comunidades universitarias del mundo. En esa oportunidad, se reunió con los estudiantes de las universidades católicas de México, a los que se sumaron, motu proprio, estudiantes del resto de América Latina. El Santo Padre compartió con ellos su visión de la educación universitaria católica, planteando por primera vez algunos de los conceptos que, posteriormente, incorporaría a la Constitución Apostólica Ex corde Ecclesiae.

En primer término, agradeció el trabajo que realizan las universidades católicas, afirmando que son instituciones donde se irradian la cultura y el civismo cristianos, donde se forman las personas en un clima de concepción integral del ser humano, con rigor científico y con una visión cristiana del hombre, de la vida, de la sociedad, de los valores morales y religiosos (Juan Pablo II, 1979).

Esas metas ideales permanecen como los grandes desafíos de las universidades católicas. Son los mismos temas repetidos de modo exhortativo por Benedicto XVI y Francisco, quienes solo se han limitado a acentuar aquellos aspectos que la evolución de las culturas y de las ciencias van planteando como nuevos desafíos. Concretamente, el Papa Francisco sintetiza esas tareas instando a las universidades católicas a preguntarse qué contribución pueden y deben hacer a la salud integral del hombre y a una ecología solidaria (Francisco, 2019).

Las enseñanzas de los sucesores de Pedro, junto con las orientaciones y normas de la Constitución Apostólica Ex corde Ecclesiae, constituyen la “Agenda para el Siglo XXI” de la educación superior católica de América Latina y el Caribe. Transformadas en un plan de acción, implican una atención especial a los aspectos siguientes: 1) fidelidad a la misión; 2) el proyecto educativo; 3) la generación de conocimientos; 4) la proyección social, en clave de servicio; y 5) la internalización y las redes de intercambio.

1) Fidelidad a las misiones universitaria e identitaria

Ex corde Ecclesiae plantea a las universidades católicas la doble tarea de llegar a ser más “universidades” y más “católicas”. “Ser más” como universidad implica sobresalir académicamente en todos los aspectos. Para lograr este objetivo, la experiencia internacional enseña que es necesario hacer confluir armónicamente los factores siguientes: un cuerpo académico dedicado e idóneo; estudiantes con buen rendimiento académico; y disponer de recursos y gestionarlos bien. Además, es indispensable contar con un marco regulatorio adecuado, incluyendo políticas de Estado que orientan y apoyan.

Para la mayoría de las universidades católicas latinoamericanas, limitadas en cuanto a recursos económicos, con cuerpos académicos integrados mayoritariamente por profesores contratados por horas y poco selectivas con respecto al rendimiento esperado de sus estudiantes, proponerse alcanzar un alto nivel académico, reconocido internacionalmente, parece una meta imposible.

Sin embargo, más que metas muy elevadas, lo que se deben proponer es una actitud que vaya más allá de cumplir con los criterios y normas mínimas exigidos por los sistemas nacionales de aseguramiento de la calidad. Esto es: la adopción de una cultura que se propone el mejoramiento continuo de cada proceso institucional, en todo ámbito. Desde esta perspectiva, la calidad se transforma en un imperativo ético. Para las universidades católicas de América Latina, o de cualquier continente, la actitud de buscar el perfeccionamiento continuo debiera ser uno de sus sellos institucionales.

En lo que toca al cuidado de la misión identitaria, Ex corde Ecclesiae define el carácter de “católica” de una institución universitaria con estos criterios: a) una inspiración cristiana por parte no solo de cada miembro, sino también de la comunidad universitaria como tal; b) una reflexión continua a la luz de la fe católica, sobre el creciente tesoro del saber humano, al que trata de acrecentar con sus propias investigaciones; c) la fidelidad al mensaje cristiano tal como es presentado por la Iglesia, y d) el esfuerzo institucional al servicio del pueblo de Dios y de la familia humana en su itinerario hacia aquel objetivo trascendente que da sentido a la vida.

Algunos consideran muy difícil que una institución católica pueda alcanzar los más altos estándares académicos, como para destacarse en el plano internacional, sin debilitar su identidad religiosa. Como prueba de ello se suele citar el proceso de rápida secularización experimentada a inicios del siglo XX por las principales universidades protestantes de los EE.UU., cuando decidieron transformarse en instituciones de “investigación y doctorados”. El caso más citado es el de la Universidad de Harvard, originalmente creada para educar a los ministros protestantes. Su lema era Veritas Christo et Ecclesiae, que prefirió abreviar a su actual Veritas (Marsden, 1994). Otras instituciones que experimentaron el mismo proceso fueron las universidades de Yale, Princeton, Chicago, Stanford, Duke y Boston. Todas ellas abandonaron su identidad protestante en menos de una generación.

Para el mundo universitario católico este aspecto representa un gran desafío. El número de sacerdotes, religiosas y laicos consagrados está declinando y, por lo mismo, la presencia que ellos mantienen en las universidades e institutos superiores comienza a disminuir notoriamente. Por otra parte, la adhesión a la fe católica entre los académicos suele ser proporcionalmente inferior al de la población general, aun en países mayoritariamente católicos y, desde el conocimiento público de los abusos causados por clérigos, la Iglesia ha sufrido deserciones masivas de fieles laicos. En consecuencia, reclutar profesores católicos, plenamente identificados y comprometidos con la misión institucional, se está haciendo cada vez más difícil. Lo mismo ocurre con los estudiantes, muchos de los cuales, carentes de toda motivación religiosa, ingresan a una universidad católica movidos por intereses exclusivamente académicos.

No existe una estrategia probada para preservar la identidad católica de una universidad, pero tal como enseña Benedicto XVI: La identidad católica no depende de las estadísticas. Es una cuestión de convicción (Benedicto XVI, 2008). De acuerdo con estas sabias palabras, la primera condición para que una comunidad universitaria sea verdaderamente “formadora de personas”, capaz de proponer una paideia cristiana, es la de vivir los valores que intenta transmitir. Esto supone un compromiso de fe de sus autoridades y coherencia entre el decir y el actuar de los académicos. Ex corde Ecclesiae propone el ideal de: una comunidad auténticamente humana, animada por el espíritu de Cristo, [] caracterizada por el respeto recíproco, por el diálogo sincero y por la tutela de los derechos de cada uno, [que] ayuda a todos sus miembros a alcanzar su plenitud como personas humanas (N. 21). En actitud realista, la mayoría de las universidades católicas han reemplazado el ideal “animada por el espíritu de Cristo” por el de “animada por valores cristianos”. Estos coinciden con aquellos denominados “valores universales”. Vale decir, los que rigen una sana alteridad en la mayoría de las culturas y religiones.

2) El proyecto educativo

En una universidad católica, los programas de estudio no pueden limitarse a la mera instrucción y capacitación para una praxis profesional. En este sentido, aunque la afirmación pueda sonar paradójica, la adopción “modernista” del modelo universitario francés de educación profesionalizante y la fragmentación epistemológica y física de las universidades que trajo la era republicana representaron una enorme pérdida. Aun reconociendo el ambiente de desinterés por la ciencia que permeaba la universidad colonial, resabio de su escolasticismo originario, en ella existía una concepción unitaria del saber y un ciclo de “formación general” que las universidades católicas deberían esforzarse por recuperar.

Lo dice claramente la Constitución Apostólica Ex corde Ecclesiae y Juan Pablo II, su autor, lo reiteró en numerosas oportunidades. En este sentido resultan muy elocuentes sus palabras dirigidas a las comunidades universitarias de Turín: [La Iglesia y la sociedad] solicitan a la Universidad que sus programas de estudio permitan la formación de personas con una nueva apertura y actitud. No desea solo especialistas encerrados en sus campos específicos del saber, de la cultura, de la ciencia y de la técnica, sino que constructores de humanidad, servidores de la comunidad de hermanos, promotores de la justicia por su orientación a la verdad. En una palabra, hoy, como siempre, son necesarias las personas con cultura y conocimientos, que sepan poner los valores de la conciencia por sobre cualquier otro valor y cultivar la supremacía del ser sobre el parecer. La causa del hombre será servida si la ciencia es aliada de la conciencia (Juan Pablo II, 1988).

En palabras del Santo Padre Francisco, las universidades deben esforzarse para “preparar a las generaciones más jóvenes para que se conviertan no solo en profesionales cualificados en las diversas disciplinas, sino también en protagonistas del bien común, en líderes creativos y responsables de la vida social y civil con una visión correcta del hombre y del mundo” (Francisco, 2019).

3) La generación de conocimientos

Tal como ha sido mencionado en secciones anteriores, las universidades católicas latinoamericanas con un perfil académico de investigación y doctorados son un grupo muy minoritario. En ese sentido, algunas de las grandes universidades estatales de la región han logrado un nivel que parece inalcanzable. No obstante, comparadas con sus pares más prestigiosas a nivel mundial, solamente dos de ellas —la Universidad de São Paulo y la UNAM— destacan por el volumen de publicaciones. Sin embargo, ambas tienen índices de impacto, medido por el número de citas que genera cada publicación, muy inferiores a los de las instituciones líderes. Esto refleja la falta de tradición científica y la pobreza regional en cuanto a la cantidad de investigadores activos. Al respecto, es importante señalar que América Latina es una de las regiones del mundo que menos invierte en ciencia y tecnología. y, pese al tamaño de su población, aporta solo un 5 por ciento del total de publicaciones mundiales (UNESCO, 2020).

No obstante las limitaciones de financiamiento y contexto antes mencionadas, en el ámbito de la educación superior católica, algunas universidades latinoamericanas han logrado una capacidad científica meritoria en relación con sus pares de los EE.UU., Europa y Asia (Tabla 3).

TABLA 3 PUBLICACIONES DE LAS PRINCIPALES UNIVERSIDADES CATÓLICAS LATINOAMERICANAS Y SUS PARES CATÓLICAS DE OTROS CONTINENTES EN 2016-2020.


UNIVERSIDAD PUBLICACIONES (2016-2020) % ARTÍCULOS MUY CITADOS
UC DEL SACRO CUORE 12.903 2,21
UC LOUVAIN 12.301 2,94
P. U.C. DE CHILE 11.890 1,55
GEORGETOWN UNIV. 10.756 2,10
CATH. UN, OF S, KOREA 10.192 0,69
NOTRE DAME UNIV. 10.099 1,49
BOSTON COLLEGE 4.943 1,11
P.U.C. DE VALPARAÍSO 3.386 0,59
P.U.C. DO RIO G. DO SUL 3.184 0,91

(Fuente: Web of Science abril 2021)

La investigación es tan importante para el ambiente intelectual y ethos académico de una institución de educación superior que las universidades católicas deberían hacer un esfuerzo para crecer en esta dimensión. Una estrategia realista podría ser la de enfocarse en las ciencias sociales, cuyos métodos de investigación son considerablemente menos onerosos que los de las ciencias naturales. Incluso pueden encontrar una “agenda” para la investigación en ese ámbito, en lo que Ex corde Ecclesiae propone como los “graves problemas contemporáneos”: la dignidad de la vida humana, la promoción de la justicia para todos, la calidad de vida personal y familiar, la protección de la naturaleza, la búsqueda de la paz y de la estabilidad política, una distribución más equitativa de los recursos del mundo y un nuevo ordenamiento económico y político que sirva mejor a la comunidad humana a nivel nacional e internacional (N. 32). Algunas de las universidades católicas más antiguas de la región han incursionado exitosamente en este campo, desarrollando actividades en el área de la salud, de la familia, de la vivienda social, de las organizaciones comunitarias y de las etnias originarias.

4) Ampliar y profundizar la proyección social

Las universidades católicas de América Latina tienen el gran desafío de ser impulsoras del auténtico progreso de las regiones a las que pertenecen. Todos los países de la región tienen altos porcentajes de su población viviendo en condiciones de pobreza extrema y, al mismo tiempo, ofrecen pocas oportunidades reales de movilidad social. Por lo mismo, la pobreza perdura en las generaciones sucesivas de las mismas familias. En este sentido, las universidades católicas deben hacer suyo el mensaje de Juan Pablo II en la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en Santiago de Chile: ¡los pobres no pueden esperar! (1987).

El Papa Francisco ha insistido en este punto, invitando a las universidades católicas a ser “el lugar donde las soluciones para el progreso civil y cultural de las personas y de la humanidad, caracterizado por la solidaridad, se persigan con constancia y profesionalidad, considerando lo que es contingente sin perder de vista lo que tiene un valor más general. Los problemas, viejos y nuevos, deben ser estudiados en su especificidad e inmediatez, pero siempre desde una perspectiva personal y global. La interdisciplinariedad, la cooperación internacional y el compartir los recursos son elementos importantes para que la universalidad se traduzca en proyectos solidarios y fructuosos en favor del hombre, de todos los hombres y también del contexto en el que crecen y viven” (Francisco, 2019).

Para las universidades católicas de la región asumir ese desafío debe constituirse en una alta prioridad institucional. Las acciones que puedan emprender dependerán, indudablemente, de las posibilidades de cada una. Aquellas cuya actividad académica se concentra principalmente en la docencia de pregrado deberán procurar que sus programas de formación tengan los contenidos y actividades necesarias para despertar una “conciencia social”. Vale decir, que los estudiantes puedan adquirir los conocimientos y valores conducentes a un fuerte compromiso con el bien común y la suerte de los más pobres y marginados. Para este objetivo pueden servir el estudio de la doctrina social, crear cursos en la modalidad “aprender sirviendo”, organizar actividades misioneras y de ayuda solidaria en zonas de pobreza, las visitas a centros de reclusión, hospederías y hogares para ancianos desposeídos. En este ámbito varias universidades católicas de la Región tienen interesantes experiencias para compartir.

Especialmente en la última década, las instituciones de educación superior católicas se han preocupado también de contribuir al desarrollo económico de la región mediante la capacitación de personas, asesorando a la mediana y pequeña empresa, incubando nuevos negocios, y aquellas que tienen fortalezas en la investigación aplicada transfiriendo tecnología a las industrias. En esta línea, están comenzando a surgir los primeros parques científicos tecnológicos creados por universidades católicas.

5) Dinamizar la internacionalización y las redes de apoyo

Para una universidad católica joven, que intenta crecer y desarrollarse académicamente, es muy importante contar con una red de apoyo integrada por universidades católicas de mayor trayectoria. En un espíritu de comunión, ellas pueden aportarles experiencias útiles, oportunidades de perfeccionamiento para el cuerpo académico, la posibilidad de involucrarse en proyectos de investigación multicéntricos, etc. En las últimas décadas, una de las tendencias más positivas en el mundo de la educación superior ha sido precisamente la creación de numerosas redes nacionales e internacionales, cuyo fin es aprovechar fortalezas institucionales complementarias, para así ayudarse mutuamente a progresar.

La mayoría de las universidades católicas de América Latina mantiene algún tipo de vínculos formales con alguna de sus pares internacionales. Una de las alternativas más cercanas es la Organización de Universidades Católicas de América Latina y el Caribe (ODUCAL). A ella pertenecen 106 universidades, lo que la constituye en la red continental con el mayor número de instituciones afiliadas, incluyendo los ateneos de inspiración católica. Fundada el 7 de septiembre de 1953 por nueve universidades, su membresía ha ido creciendo en paralelo con la expansión de la educación superior católica de la región. ODUCAL está afiliada a la Federación Internacional de Universidades Católicas (FIUC) en calidad de Asociación Regional.

Otra red universitaria importante es la Asociación de Universidades Confiadas a la Compañía de Jesús en América Latina (AUSJAL), que cuenta con 15 universidades y otros tantos centros de estudios superiores. Casi todas las universidades de AUSJAL también están afiliadas a la ODUCAL. Además de los jesuitas, otros institutos y congregaciones religiosas de la región que sustentan universidades son los lasallistas, franciscanos, maristas y salesianos. A ellos se suman las universidades cuyos sostenedores son laicos, destacando por su número y calidad aquellas afines a la espiritualidad del Opus Dei.

Pese a la vitalidad de ODUCAL y su creciente oferta de redes especializadas y grupos de estudio, el intercambio académico entre las universidades católicas de la región tiene un gran espacio para seguir creciendo. En general, por su mayor desarrollo académico y pese a las diferencias culturales e idiomáticas, las universidades de los EE.UU. y Europa continúan siendo las alternativas preferidas para los programas de intercambio y movilidad estudiantil.

Esta relativa baja interacción indica que las universidades católicas de esta región son un conjunto, pero no un sistema y, por consiguiente, el proyecto futurista de construir mediante la ODUCAL un “espacio de educación superior católico en América Latina” permanece en su estado embrionario y, en algunos aspectos, inhibido por la carencia de políticas públicas sinérgicas. En efecto, la construcción de un “espacio” de esa naturaleza implicaría: 1) La progresiva adopción de estándares comunes de calidad, aplicables a los programas de pregrado y posgrado; 2) El establecimiento de un sistema de créditos transferibles, para facilitar la movilidad estudiantil; 3) La creación de instancias de apoyo en materias de gestión académica; 4) El establecimiento de redes de investigación y formación de doctores; y 5) La promoción de la movilidad estudiantil y la otorgación de dobles títulos y doble grado.

Todo lo anterior sería desarrollado en el marco de un Convenio multilateral que reconocería la plena autonomía de cada institución, el carácter libre, voluntario y no exclusivo del compromiso y que consideraría la plena compatibilidad de este con las normas reglamentarias, estatutarias y legales que rigen en cada una de las instituciones participantes. Alcanzar las metas descritas demandará un esfuerzo de largo aliento, pero que, de tener éxito, podría reportar enormes beneficios a la causa de la educación superior católica de la región. Esa realidad evoca el proverbio de que una larga marcha siempre se inicia con el primer paso.

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CAPÍTULO 4

LOS RETOS DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA FRENTE A LA PANDEMIA

PAMELA RODRÍGUEZ

Profesora Adjunta, Facultad de Educación UC

CLAUDIA CORONATA

Profesora Asociada, Facultad de Educación UC

“Una crisis nos obliga a volver a plantearnos preguntas y nos exige nuevas o viejas respuestas, pero en cualquier caso juicios directos” (Arendt, 1996).

INTRODUCCIÓN

Hablar hoy de educación en términos generales y específicamente de educación infantil requiere, sin lugar a dudas, un momento de introspección para plantearnos una serie de preguntas que, como señala Hannah Arendt en la cita que preside este capítulo, el actual contexto invita a que sean planteadas; y aun cuando la palabra crisis casi siempre genera una cierta inquietud, la actual pandemia mundial nos interpela a ampliar los habituales horizontes de análisis, activando procesos creativos de pensamiento y búsqueda de nuevas respuestas, más acordes con la situación actual.

De esta manera, el capítulo es una invitación a analizar en retrospectiva los cambios ocurridos en el nivel de educación parvularia en nuestro país, desde la anterior publicación (Adlerstein & Rodríguez, 2018), donde se destaca la consolidación de la institucionalidad, incorporando a las profesionales del área en el sistema de carrera docente, lo cual junto a la actualización de los referentes curriculares han permitido seguir avanzando en el mejoramiento de la calidad en la educación de este nivel educativo.

Sin embargo, acuciados por la pandemia que se desató el 2020 por el covid-19, se decretó el cierre de las instituciones educativas; hubo que desarrollar entonces diversas modalidades de acceso remoto a través de plataformas o de entrega de materiales de trabajo, que en el caso de la educación infantil se torna aún más complejo, especialmente para aquellas familias que desde antes de la crisis se veían confrontadas a una situación de vulnerabilidad (ONU, 2020; Child Trends, 2020). Es así que en una segunda parte de este capítulo describiremos algunas de las estrategias implementadas, al tiempo que analizaremos las recientes evidencias y recomendaciones nacionales e internacionales (Narea, Abufhele, Telis, Alarcón, & Solari, 2021; Shonkoff, Slopen, & Williams, 2021) que revisan las consecuencias tanto en el desarrollo socioemocional como en los aprendizajes (Abufhele & Bravo, 2021), todo lo cual requiere de la activación de programas y redes de apoyo y mayor protección de los niños y las niñas.

Para finalizar, nos plantearemos algunos importantes desafíos en respuesta a este escenario señalando algunas acciones que como universidad estamos desarrollando, de manera de responder al compromiso público que nos caracteriza.

1. Las familias y el confinamiento

La vida cotidiana se ha visto trastocada por un confinamiento que ha durado meses, exigiendo a las familias adecuar los espacios del hogar para el trabajo de algunos o el estudio de otros. Entonces la primera reflexión que emerge es acerca de cómo las familias han salvaguardado el mundo privado, que en algunos casos era un refugio de seguridad, descanso y desconexión de las exigencias del mundo público y el cual fue traspasado por la tecnología, mostrando en algunos casos la fragilidad del espacio hogareño y, en otros, evidenciando las dificultades afectivo-emocionales entre sus integrantes y complejas situaciones económicas y sociales. Esto, independientemente de las consecuencias que el covid-19 tuviera entre los miembros cercanos del entorno familiar.

En el estudio desarrollado por el equipo del Centro de Justicia Educacional (CJE) acerca del cuidado y bienestar de las familias en pandemia, una de las preguntas formuladas tenía que ver con qué era lo más difícil que, como familia, las personas han vivido. En las respuestas aparece con mayor frecuencia la palabra “encierro” denotando un malestar que va más allá de las sabidas consecuencias de adquirir la enfermedad. Al mismo tiempo, el 68,3% ha visto reducidos sus ingresos, y en una muestra de 985 familias encuestadas el 20,5% ha tenido algún miembro del grupo familiar que contrajo o manifestó síntomas que hacen sospechar que tuvo coronavirus. Esto permite vislumbrar algunas de las necesidades de apoyo socioemocional que tanto las familias como los niños y las niñas requerirán durante todo este proceso y, posteriormente, al regresar a la presencialidad laboral y escolar.

En esta misma línea, estudios como el de Yoshikawa et al. (2020) señalan el riesgo para la salud infantil de las precarias condiciones en que viven muchos niños y niñas, por falta de atención primaria en salud, pero fundamentalmente por estar sometidos durante períodos prolongados a ambientes con un alto índice de estresores provocados por las condiciones económicas y de salud socioemocional de las familias, en una etapa fundamental de desarrollo de su arquitectura cerebral y de sus sistemas biológicos (endocrino, cardiovascular, inmune, metabólico) de respuesta al estrés (Shonkoff, Boyce, Levitt, Martínez, Mc Ewen, 2021). Ambos estudios son coincidentes en la necesidad de apoyo a las familias, en especial aquellas que han debido migrar, proporcionándoles ayudas en alimentación y subsidios económicos sostenibles, al mismo tiempo que acompañándolos con estrategias de potenciación de sus habilidades parentales.

La mediación y redes de apoyo hacia las familias deberán orientarse hacia un trabajo conjunto que permita brindar a los niños y niñas pequeños cuidados cariñosos y entornos estimulantes para sus aprendizajes, apoyando sus esfuerzos por explorar y aprender en las diversas áreas de desarrollo del lenguaje y pensamiento matemático, al tiempo que compartiendo el goce y apreciación estética del mundo. Los padres deberían ser orientados, además, en las formas de promover la curiosidad y alentar los procesos de indagación de sus hijos en actividades de la vida cotidiana y en contacto con la naturaleza, así como en la interacción social con otras personas de su familia, en la medida que las condiciones sanitarias lo permitan, de manera de establecer paralelamente redes de apoyo entre las comunidades.

El desarrollo de actividades de juego vinculadas a la crianza (Calmels, 2005) permiten la diversión compartida entre adultos y niños, junto a las actividades de cuidado, y llevan a asimilar de mejor modo la incertidumbre que se ha ido paulatinamente intalando en las vidas de las familias. En palabras de Humberto Maturana (2003), es a través de las interacciones mediadas entre el bebé y el adulto que se instalaría la matriz relacional inicial, otorgando a los seres humanos la capacidad de establecer el fundamento del pensamiento reflexivo en un convivir en la biología de un amar entramado en la corporalidad y el movimiento. Asimismo, es esta condición biológica-existencial primaria la que otorgará a los seres humanos una especial sensibilidad hacia las señales que le da otro, vivenciándose como ser corpóreo a través de contactos visuales, miradas, gestualidad y matices de voz, movimientos y desplazamientos, acompañados o no de lenguaje oral, constituyéndose en un espacio y tiempo relacional y dinámico vivenciado a través del actuar en libertad y del juego espontáneo. Algunos de estos juegos iniciales hacen referencia al sostén, es decir, a actividades que van desde jugar a ser mecido en los brazos y posteriormente en el columpio, jugar a ocultarse detrás de la sabanita o de un árbol y jugar a atrapar, desde el pillarse a los más tradicionales de persecución.

En el caso de los niños que ya han adquirido la marcha espontánea, es importante orientar a las familias para que dediquen espacio y tiempo que les posibilite a los pequeños jugar de manera autónoma desafiándose en sus desempeños motrices, a través del goce por el mantenimiento del equilibrio, así como del salto en pequeñas alturas o en distancias cortas. Estos juegos le permitirán la exploración del espacio y adquirir una mayor autonomía y sentido de agencia. A continuación, sus acciones lo llevarán a involucrarse con el espacio (Aucouturier, 2005; Toro & Sabogal, 2018), en una acción que implicará el despliegue de estrategias de planificación de materiales y tiempos, otorgando una variedad de oportunidades de apropiación temporal y espacial fundamental para el desarrollo del lenguaje matemático.

En definitiva, el jugar permite a los niños y las niñas sentirse seguros, ampliar la creatividad, la exploración y la resolución de tareas. Ello redundará en una mejor adaptación al mundo, desarrollando además la alfabetización temprana (Ralli & Payne, 2016; Skolnick Weisberg, Hirsh-Pasek, Michnick, Audrey Kittredge, & Klahr, 2016) e incrementando el desarrollo de las funciones ejecutivas (Fleer, Walker, White, Veresov, & Duhn, 2020), necesarias para los aprendizajes y la integración en el espacio social y escolar.

Por último y no menos importante, el jugar a representar actividades y personajes en juegos simbólicos permitirá la asimilación del mundo de la vida, en un espacio de reparación y de elaboración en donde no existe el error. De esta manera, es fundamental que los profesionales cuya tarea es el acompañamiento de las familias promuevan la importancia del jugar, valorando el juego como un derecho (Woodhead & Oates, 2013; Grau, Preiss, Strasser, Jadue, Müller, Lorca, 2018) y como factor de protección fundamental de la infancia y necesaria en este período de emergencia sanitaria (Ruiz de Velasco & Abad, 2016; Rupin et al., 2018; Play Scotland, 2020). Al mismo tiempo que será un indicador del estado afectivo-emocional que posibilitará a los padres y cuidadores tomar los resguardos o solicitar los apoyos necesarios frente a situaciones de temor o ansiedad de sus hijos reflejados en las actividades de juego.

2. ¿Quiénes son los niños y niñas de la Educación Parvularia?

El protagonismo de los niños y niñas al explorar y descubrir su medio es parte central en lo que se quiere comunicar en esta reflexión sobre la educación parvularia. Ellos, a partir de su motivación intrínseca por interactuar en el medio natural y sociocultural, van construyendo sistemáticamente el conocimiento del entorno y de sí mismos en forma dinámica y recursiva, como solo ellos y ellas son capaces de hacerlo.

Desde esta perspectiva, debe ponerse especial atención y cuidado en la educación en la primera infancia. Esta cumple un rol clave para resguardar y favorecer el desarrollo armónico y los aprendizajes necesarios para la vida, incluyendo todos los conocimientos, valores y actitudes que promuevan vínculos estables y positivos, sentimientos de autoeficacia y seguridad que permitan a niños y niñas desenvolverse en el mundo, desarrollando al máximo sus potencialidades. La visión de niño y niña y la relevancia de la afectividad para el desarrollo armónico e integral, así como para el logro de aprendizajes significativos, requiere de educadores/as de calidad, con conocimientos profundos y competencias relacionadas con el desarrollo socioafectivo de los párvulos, para poder instalar trayectorias educativas que respondan a los procesos identitarios y de pertenencia en cada uno de ellos y ellas. Según Scagliotti y Palacios (2013), esta capacidad comienza a desarrollarse muy tempranamente, en el seno familiar, a través de relaciones y vínculos que se dan en la intimidad del hogar. Es una dimensión del desarrollo humano que se refiere a un conjunto de emociones, estados de ánimo y sentimientos que permean los actos de las personas, incidiendo en el pensamiento, la conducta y la forma de relacionarse con uno mismo y los demás.

El mundo afectivo se inicia en la etapa embrionaria del ser humano y se desarrolla y fortalece poderosamente en los primeros años de vida. El ser humano nace indefenso y con gran necesidad de ayuda, pero también viene programado para aprender e interesarse por los estímulos sociales que recibe de las diferentes personas con las que se va vinculando afectivamente, construyendo de manera progresiva un concepto de sí mismo e identidad y desarrollando una creciente autonomía. En este contexto y para visualizar la relevancia de la afectividad como un conjunto de emociones que permean los actos de las personas, es importante revisar las siguientes nociones, que enriquecen la comprensión de esta temática: La persona humana es un todo integrado y armónico. “Preparar para vivir” fue uno de los postulados de Rosa y Carolina Agazzi, quienes junto a María Montessori y a John Dewey fueron pioneros en movimientos de renovación pedagógica a fines del siglo XIX, proponiendo una educación para la vida a partir de la formación integral de las personas. En esta visión integral del ser humano, Cabanyes, J., Del Pozo, A., y Polaino, A. (2003) “entienden al hombre y a la mujer como un todo integrado y armónico, que constituye una unidad, y de la que se derivan las conductas que observamos”.

Desde la educación inicial “se concibe la educación emocional o socioemocional como un proceso educativo, permanente y continuo, que apunta a desarrollar las competencias emocionales, teniendo como objetivo capacitar a las niñas y los niños para la vida” (Leonardi, J., 2015, p. 10). Junto con lo anterior nos parece importante detenernos a observar la concepción de niño y niña que poseemos los adultos y aquí, muy especialmente, los adultos educadores. Tonucci (2019) muestra gráficamente dos concepciones de procesos educativos en la infancia, donde se observa claramente la idea que poseen los adultos sobre cómo y cuándo aprenden los niños y niñas.


El autor nos muestra en el gráfico del lado izquierdo el desarrollo del hombre en la primera infancia; considera que el niño empieza con un nivel bajo de conocimiento y capacidades, las cuales crecerán gradual y lentamente en los primeros años y que explotarán en forma paralela a la experiencia escolar de enseñanza básica, lo que antes se conocía como “la edad de la razón”. La línea horizontal representa la edad del niño o niña a partir del nacimiento, y el eje vertical la evolución de su desarrollo. Se considera que hasta ese momento el conocimiento es escaso y simple y que se debe preparar para el porvenir. Se sustenta en la hipótesis de que las cosas importantes son las que vendrán y por eso cada nivel educativo debe “preparar” para el siguiente: la educación infantil prepara para la enseñanza básica, que a su vez prepara para la educación media, la superior y la universidad. Las actividades propuestas son a menudo repetitivas, poco interesantes, descontextualizadas y están dirigidas exclusivamente a adquirir nociones preparatorias de los grandes conocimientos futuros. Pensemos, por ejemplo, en todas las actividades de preescritura o en el aprendizaje de los números sin ponerlos en práctica, desvinculados de la vida cotidiana, sin sentido.

Al mirar, en cambio, el otro gráfico, el autor nos describe muy bien que todo sucede antes y que cada nivel tiene un valor en sí mismo, además de la gran responsabilidad de atesorar las conquistas alcanzadas en el nivel anterior, en lugar de preocuparse por preparar las del siguiente. Por eso lo correcto es invertir más y mejor en los primeros niveles de aprendizaje y en experiencias para la vida. El motor principal de este trabajo desmesurado de crecimiento y desarrollo es el amor que los adultos les profesan y que le otorga el mérito a esta increíble trayectoria de la actividad lúdica propia de este primer período de la vida.

3. Ambientes potenciadores de aprendizajes

En las Bases Curriculares de la Educación Parvularia se señala la importancia que tiene ofrecer a los niños y niñas ambientes de aprendizajes desafiantes, significativos y pertinentes, de manera de relevar la importancia gravitante que tienen las interacciones pedagógicas en un espacio y tiempo determinados (Chile, 2018; Chile, 2019) ampliando y complejizando el desarrollo de los aprendizajes en la primera infancia y consecuentemente con aquello dando visibilidad al rol que cumple la profesional a cargo de la gestión sensible, flexible y activa de los aprendizajes.

En la actualidad, el aprendizaje se plantea desde una perspectiva más amplia, en donde se incorporan el espacio de la sala (Adlerstein, Manns, & González, 2016) y el espacio natural, como potenciadores de la calidad de los aprendizajes. Algunos países han avanzado incorporando en sus currículums actividades de aprendizaje al aire libre como requisito de estándares de calidad (Tonge, Jones, & Okely, 2018) que promueven estilos de vida saludable para los niños y niñas y de manera simultánea para los adultos que participan de la experiencia. Esto hace necesario seguir avanzando desde la formación inicial docente hasta el desarrollo de programas de formación continua que permitan el desarrollo y adquisición de estrategias para un trabajo pedagógico que, tradicionalmente, no ha sido contemplado en la institución escolar.

Confrontados a la emergencia sanitaria actual, el contacto con la naturaleza aparece hoy en día necesario desde una perspectiva de desarrollo sostenible y fundamental para la salud socioemocional de las personas. En este sentido, las familias tienen derecho a ser orientadas en el acompañamiento de la educación ambiental (Chile, 2018) con sus hijos e hijas, además de beneficiarse del contacto con la naturaleza.

Por último, en las actuales condiciones de la educación a distancia, los docentes se han visto forzados a realizar clases de manera remota, utilizando en la mayoría de los casos de modo intuitivo algunas de las herramientas digitales, las cuales se habían instalado en los distintos niveles educativos de forma aún incipiente. En este sentido, a fines de 2019 se realizó un estudio en el Centro de Políticas Públicas en Educación (CEPPE) con encargados TIC de diversas escuelas de la Región Metropolitana (Villalobos, Claro, Bonilla, Pereira, Hewstone, & Díaz, 2020) sugiriendo el desarrollo de una política de capacitación que permita la integración en el ejercicio docente de herramientas tecnológicas para la promoción de ambientes digitales que incluya a todos los niveles educativos y a todas las áreas de enseñanza (Mesa Covid, 2020).

Para las familias y los profesionales de la primera infancia, la pregunta que surge es la misma: ¿cuál es el uso que debe darse a las pantallas en la casa? Más allá del aparato en sí, es necesario plantearse preguntas y acompañamientos a los padres en términos de cómo enseñarles a utilizar la tecnología de forma segura y en cuanto a lo que necesitan saber para guiar a sus hijos en el uso responsable y seguro de la tecnología (UNICEF, 2020), es decir, la tecnología debe tener un propósito y una dirección. En lo que respecta al nivel de educación parvularia, se hace necesario avanzar en la capacitación de educadoras y otros profesionales a cargo de la atención de los niños y niñas, mostrando paralelamente estrategias para el apoyo en el desarrollo y fortalecimiento de habilidades comunicativas, de manera de realizar con los padres un trabajo de orientación que permita la validación de sus habilidades parentales y, por otra parte, que establezca redes de apoyo en las comunidades.

Las familias deben ser informadas, orientadas y apoyadas en este período por toda una serie de profesionales y otros agentes de la comunidad (política pública), y los profesionales debemos entender que parte de nuestra labor consiste en el apoyo de las familias para que acompañen de manera positiva el desarrollo infantil.

No debemos olvidar que la calidad de las interacciones es factor fundamental para el desarrollo infantil. Esto significa que los adultos que acompañamos el desarrollo integral de los niños debemos cultivar una sensibilidad que nos permita interactuar responsivamente con nuestra propia disponibilidad corporal, voz, gestualidad y mirada, para dar una respuesta oportuna a sus necesidades, que básicamente están referidas a comprender el mundo, a expresar una necesidad o malestar y a compartir emociones; esto significa que la pantalla y la tecnología son insuficientes, aunque necesarias, para mantener el contacto con las familias y los niños y las niñas en períodos de distanciamiento.

De esta manera, el escenario de actuaciones se amplía desde la flexibilización de accesos —en la modalidad presencial—, los espacios al aire libre y los ambientes digitales, en un equilibrio que permita el desarrollo en bienestar de los niños y niñas y el cumplimiento de los propósitos educativos del nivel.

Por último, y no menos importante cuando hablamos de ambientes de bienestar, deberíamos contemplar la valoración de la riqueza lingüístico-cultural, natural y espiritual, según los datos obtenidos en el estudio realizado por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas del Ministerio de Educación (Chile, 2018), dando visibilidad a cada una de las culturas que nos constituyen como país. Como señala un estudio realizado en la Novena Región (Lohndorf, Vermeer, Cárcamo, De la Harpe, & Mesman, 2019), aún es necesario seguir avanzando en la educación intercultural, de manera de disminuir prejuicios y disparidad social.

4. Rol mediador del adulto educador

En relación con lo anterior, estamos de acuerdo en que el enfoque de la educación en la primera infancia se basa en la perspectiva de aprendizaje y juego, lo cual ineludiblemente desafía a los educadores a centrarse en los párvulos y, al mismo tiempo, en potenciar el logro de los objetivos de aprendizaje.

El rol de la educadora es igualmente relevante en los procesos de aprendizaje y de juego. Es importante para apoyar, para desafiar y alentar la disposición y el deseo del niño y la niña de continuar el proceso de dar sentido al mundo. Esto significa que el enfoque debe estar en la comunicación e interacción. Ser capaces de integrar el juego y el aprendizaje en los niveles de educación parvularia orientados a objetivos significa ver a los párvulos que aprenden jugando y, al hacerlo, permitir la expresión de su creatividad, las elecciones, las iniciativas, las reflexiones, etc., en ellos. También significa ser consciente de los objetivos de aprendizaje y utilizar cada momento y todas las experiencias para desarrollar su comprensión de diferentes aspectos del mundo circundante (Pramling Samuelsson, 2005).

La educadora mediadora de aprendizajes elige y organiza los contenidos (formas de saber) y los métodos (formas de hacer) más pertinentes para propiciar el desarrollo del pensamiento transformándose, entonces, en una constructora de puentes entre el medio y los niños y niñas, posibilitando la incorporación de una amplia gama de estrategias cognitivas y procesos que derivarán en comportamientos considerados como prerrequisitos para un buen funcionamiento cognitivo y afectivo (Román & Díez, 2008). La educadora mediadora lleva al párvulo a focalizar su atención no solo en el estímulo seleccionado, sino en las relaciones entre este y otros estímulos y hacia la proyección de resultados. El adulto mediador describe, agrupa y organiza el mundo junto a los niños y niñas mediante experiencias pedagógicas y a las cuales ellos responden, generándose un proceso interaccional relevante para el desarrollo cognitivo profundo.

Son varios los autores que describen el rol mediador del educador de párvulos; uno de ellos es Tébar (2007), quien plantea que el docente mediador debe ser pensador, reflexivo y crítico, configurándose como modelo de referencia, capaz de configurar su acción pedagógica a partir de un paradigma sólido y de base científica, inspirado en valores y en una ética sensible a la diversidad. Por otro lado, para Lo Priore y Rubiano (2005), la educadora mediadora es una estratega, una guía y conductora de procesos de aprendizaje, una investigadora que procesa su propia experiencia y una productora de su propia acción educativa, reflejada en la concreción de los roles anteriormente señalados.

Aquí invitamos a la reflexión sobre el tipo de iniciativas educativas para los párvulos, con la convicción de que no da lo mismo el tipo de propuesta formativa. Ya hemos desarrollado, en forma muy simple, aspectos como el paradigma que sostiene un tipo de educación u otra, el que dependerá además de la idea de niño o niña que sustenta nuestras creencias. En este sentido compartimos nuestra necesidad y urgencia de una pedagogía más sostenible para el presente y futuro, una pedagogía que no separe el juego del aprendizaje, sino que se centre en lo importante, en lo que va a marcar la vida de tantos niños y niñas. De esta forma, estaremos en mejor pie para promover una infancia saludable y feliz que constituya la base de nuestra sociedad.

En esta misma línea, reiteramos la necesidad de que el juego sea el eje central de la pedagogía, ya que es una de las actividades inherentes al ser humano. En múltiples ocasiones se declara que es la principal actividad que caracteriza a la infancia, pues supone una manera espontánea y natural de aproximación a la realidad (Lancy, 2014); en definitiva, un modo de socializar e interactuar con la cultura.

Empatizar con la infancia consistirá entonces en tener la capacidad de jugar, pues el juego permite simbolizar o crear realidades, simular la propia vida. El juego es, por excelencia, un elemento imprescindible en el desarrollo infantil y está comprobado que a través de él se estimula la capacidad de explorar, indagar y descubrir en los niños y las niñas; en definitiva, los pequeños aprenden porque juegan. En las últimas décadas se ha robustecido la investigación acerca de la importancia del juego en el desarrollo integral en la infancia (Linaza, 2013).

El juego da la oportunidad de esforzarse, de inventar, de imaginar, de ensayar y dar solución a diversas situaciones problema de la vida. A través de él, los niños y las niñas conocen en profundidad el entorno que los rodea, adoptan ese entorno y aprenden sus valores. Jugar les facilita el respeto a ciertas normas, a coordinar acciones, a confrontar intereses, formando la base de la convivencia, e incluso una iniciación en los valores de una vida democrática (Jover, Prieto y Sánchez-Serrano, 2017).

Por su presencia en distintos escenarios históricos y culturales, se han realizado diversos estudios que evidencian diferencias y similitudes entre las formas de juego infantil de diversas culturas (Whitebread y Basilio, 2013). Las variaciones en las actitudes hacia el juego existentes entre las culturas y las subculturas se explican en función de los valores culturales sobre la infancia, el género y las relaciones con el mundo (Whitebread, Basilio, Kuvalja y Verma, 2012). Pero, con independencia de la cultura en la que crezcan, resulta indudable que todos los niños y niñas se encuentran involucrados en dinámicas lúdicas. Es un patrón universal.

5. La institucionalidad que sostiene la Educación Parvularia actual

El Sistema de Aseguramiento de la Calidad en Educación Parvularia (SAC EP) se fundamenta en los referentes curriculares del nivel. Estos son: las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (BCEP), el Marco para la Buena Enseñanza de la Educación Parvularia (MBE EP) y los Estándares Indicativos de Desempeño de la Educación Parvularia (EID EP).

Las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (Chile, 2018) constituyen el referente que define principalmente qué y para qué deben aprender los párvulos desde los primeros meses de vida hasta el ingreso a la educación básica, según requerimientos formativos que emanan de las características de la infancia temprana, contextualizada en nuestra sociedad actual. Incorporan condiciones y requerimientos sociales y culturales que enmarcan y dan sentido al quehacer educativo en esta etapa. Son premisas indiscutibles de su contenido, el reconocimiento de niñas y niños como sujetos de derecho, junto al derecho de la familia de ser la primera educadora de sus hijos e hijas.

El Marco para la Buena Enseñanza de la Educación Parvularia (Chile, 2019), por su parte, busca orientar las prácticas pedagógicas que debe desarrollar cada educador/a de párvulos, para fortalecer su ejercicio ético profesional y generar las mejores oportunidades de aprendizaje de todos los niños y niñas, desde los primeros meses de vida hasta el ingreso a la educación básica, teniendo como fundamento principal las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (Chile, 2018).

Los Estándares Indicativos de Desempeño de la Educación Parvularia, a su vez, son un conjunto de referentes que constituyen un marco orientador para la evaluación de los procesos de gestión educacional de los establecimientos y sus sostenedores, buscando apoyar y guiar el proceso de mejora continua.

Estos referentes se sustentan en ciertos enfoques esenciales, basados en los principios que releva la educación parvularia y que están directamente relacionados con la calidad. Entre estos, y como elemento imprescindible para hablar de calidad, está el enfoque de derechos de la Infancia, el cual se desprende de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el enfoque de derechos humanos.


Fuente: Elaboración propia.

El Consejo Nacional de Educación (CNED), como institución constituyente del Sistema de Aseguramiento de la Calidad, aprueba los referentes curriculares principales de la Educación Parvularia, en un proceso que ha sido intenso a partir de 2018, creándose y/o actualizándose los siguientes documentos orientadores: Bases Curriculares de la Educación Parvularia, las cuales entraron en vigencia el año 2018; Programas Pedagógicos para Primer y Segundo Nivel de Transición, publicados el año 2019; Marco para la Buena Enseñanza de Educación Parvularia, publicado el año 2019; y los Estándares Indicativos de Desempeño para Establecimientos que Imparten Educación Parvularia y sus Sostenedores, publicados el año 2020.

De esta manera, la educación parvularia se establece con una institucionalidad que sintoniza con la Carrera Docente, que se enmarca en los procesos desarrollados por la Agencia de Calidad para los procesos de seguimiento y evaluación continua de los profesionales a cargo. Paralelamente, existe un resguardo de las condiciones de funcionamiento de los establecimientos que imparten la educación de este nivel, a cargo de la Superintendencia de Educación Parvularia.

Finalmente, la Subsecretaría de Educación Parvularia coordina los procesos de las diferentes entidades, estableciendo alianzas con las universidades y centros de investigación en materias que competen tanto a la investigación como a la política pública de temas referidos a la primera infancia, con un solo propósito: el desarrollo de niños y niñas más saludables y con mejores herramientas para la adaptación a los entornos cambiantes.

6. Algunas estrategias implementadas

Las instituciones que atienden a la primera infancia en nuestro país han desplegado grandes esfuerzos, de manera de mantener el contacto con las familias, sobre todo con aquellas que carecen de acceso a internet, ya sea por no contar con un computador o teléfono inteligente, por problemas de conectividad o por encontrarse en una localidad geográfica de difícil recepción de la señal.

De esta manera, se han realizado actividades educativas presenciales (dependiendo de las condiciones sanitarias del territorio), mixtas con períodos de presencialidad y de educación remota, y presenciales con participación en períodos con horario diferido. La Fundación Integra y la Junta de Jardines Infantiles han utilizado diversos canales de comunicación con las familias, que incluyen envío de material pedagógico, cartillas con orientaciones a las familias y mensajería de wpp.

No obstante, las evaluaciones iniciales realizadas dan cuenta de una situación que se ha tornado sumamente compleja. A nivel nacional, en la encuesta realizada recientemente a niños de la generación 2020, aparecen promedios que van desde los 8,5 puntos y 3,7 de diferencia en el test vocabulario en imágenes peabody (TVIP) comparados con poblaciones infantiles evaluadas en la Encuesta Longitudinal de Primera Infancia (ELPI) (Abufhele & Bravo, 2021). Frente a estos resultados, el investigador Sergio Urzúa (2021) señala que el educar deberá plantearse de manera distinta, con medidas de parte de los docentes que deberán desplegar apoyos extraordinarios a los estudiantes, de manera de compensar la situación, cuyas consecuencias se verán en el mediano y largo plazo.

A nivel internacional, la pobreza ha aumentado y es sabido que los que más sufren las consecuencias son los niños, niñas y jóvenes, ya que los servicios esenciales que aseguran la salud, la educación y la protección de las infancias no están siendo capaces de responder a las necesidades actuales de la población (UNICEF, 2021), aunque la directora ejecutiva de la institución señala que el trabajo conjunto permitirá ir en ayuda de los niños, las niñas y sus familias.

En nuestro país, el estudio realizado por el equipo de investigadoras del Centro de Justicia Educacional, presentado recientemente, da cuenta de un 93,3% de niños que no ha asistido al control de salud infantil, en una muestra de 846 familias de la Región Metropolitana, esto unido a las consecuencias emocionales y afectivas, en donde el 70% de los hogares declara que sus ingresos se han reducido, aunque el aspecto positivo es que declaran que este período les ha permitido estar más tiempo con su hijo/a y verlo crecer (Narea, Abufhele, Telias, Alarcón, & Solari, 2021). Por último, la población con mayores dificultades ha sido la de las mujeres migrantes, quienes al no contar con redes familiares de apoyo, o en algunos casos sin su situación legal en regla, no han podido acceder a los apoyos económicos de los municipios.

7. Próximos desafíos

En primer lugar, debemos reconocer, honesta y humildemente, la complejidad de escribir este capítulo, ya que pareciera que todos los avances realizados en estos dos años no fueron suficientes para afrontar una situación de emergencia sanitaria que nos llevó a cuestionarnos en todos los niveles tanto el sistema escolar como el formativo y profesional, acerca de la factibilidad de mantener un sistema educativo que ha entrado en un proceso de alta dificultad, dados los cambios que desde 2019 estábamos viviendo.

De esta manera, el primer gran desafío fue mantener la conexión y asumir que la tecnología era nuestra única alternativa y es así que, como universidad, hemos seguido otorgando la formación inicial de las educadoras de párvulos que nuestro país necesita. No podemos dejar de hacerlo.

Por una parte, esto ha involucrado capacitar a los docentes en el uso de diversas aplicaciones y software, pero sobre todo en lo que significa la creación de un ambiente digital, que facilite la interacción efectiva con los estudiantes, con desafíos cognitivos que les permitan, en el campo profesional, enfrentar situaciones de alta complejidad.

Asimismo, hemos realizado un acercamiento con las comunidades, tecnología mediante, vinculando a las estudiantes a través del apoyo oportuno y pertinente a los niños, las niñas y sus familias. La metodología de Aprendizaje + Servicio instalada desde hace varios años en nuestro programa de formación ha posibilitado desplegar una estrategia que da cuenta del cuidado de todas las personas.

Además, nuestra labor se ha extendido al apoyo de educadoras en servicio a través de cursos de perfeccionamiento que les permitan contar con herramientas pedagógicas para el trabajo con sus comunidades. En definitiva, hemos trabajado para que nuestra fraternidad se traduzca en acciones de apoyo y cuidado para todos quienes así lo requieran.

Por último, quisiéramos reiterar que las clases virtuales nunca van a reemplazar a las presenciales; se necesita la interacción directa entre pares y/o con los adultos educadores, el vínculo directo con el entorno, el contexto que rodea a los niños, niñas y sus familias. Los afectos y el desarrollo sensorial son esenciales y fundamentales para el desarrollo y aprendizaje de todos los párvulos.

Más aún, en los niveles de transición, hacer tareas con las familias puede resultar muy estresante y frustrante para todos, ya que hay adultos en el núcleo familiar que no tienen la habilidad para enseñar o no disponen de los espacios de tiempo para hacerlo. En este sentido, entonces, cabe preguntarnos, de acuerdo con Urzúa (2021), ¿cómo estamos abordando esta falencia durante la pandemia covid-19 y cómo vamos a retomar los procesos formativos cuando se vuelva a la presencialidad en educación parvularia?

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CAPÍTULO 5

IMPLEMENTACIÓN DE LEYES, CONTRARREFORMA, PENALIZACIÓN DE LA JUVENTUD Y CRISIS SOCIOSANITARIA.

UN ANÁLISIS DEL SISTEMA ESCOLAR

ENTRE 2018 Y 2021

ERNESTO TREVIÑO

Profesor Asociado, Facultad de Educación UC Centro de Justicia Educacional UC

CRISTÓBAL VILLALOBOS

CEPPE UC

INTRODUCCIÓN

Hoy, la educación escolar en Chile está al debe con las niñas, niños y jóvenes. Por una parte, el país lleva más de una década sin mejoras sustanciales en el aprendizaje de los estudiantes ni con disminuciones relevantes en las brechas de aprendizaje, convirtiéndose así —grosso modo— en un espacio que reproduce las diferencias de oportunidades y de desarrollo de las personas según el origen social. Por otro lado, la organización del sistema escolar sigue en gran parte estando sustentada por los principios del mercado y la competencia. Aunque desde comienzos de la década pasada se ha visualizado un giro en las políticas educativas, orientadas a desarrollar un “Estado Evaluador” (Bellei, 2015), que incluyó la creación de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad, así como de otras instituciones gubernamentales (Subsecretarías y Superintendencia), a la fecha es posible aún afirmar que la configuración del sistema escolar y su funcionamiento parecieran estar alejados del propósito de apoyar el desarrollo integral de los estudiantes y acortar las brechas educativas y sociales existentes entre niños, niñas y jóvenes. Incluso más, los incentivos del sistema están lejos de apoyar trayectorias educativas positivas de los estudiantes, de fomentar la inclusión social y educativa de los niños y niñas, y de promover el bienestar de los estudiantes y otros actores educativos (Treviño, Villalobos y Castillo, 2020). Esta deuda, acumulada por años en el sistema escolar, es el telón de fondo del análisis que presenta este texto.

Teniendo como foco principal las políticas escolares del segundo gobierno de Sebastián Piñera (2018 a 2021), el presente capítulo busca indagar cómo estas políticas han aportado (o no) a la construcción de un sistema educativo más inclusivo, justo y orientado al bienestar de los niños, niñas y jóvenes del país. Sin seguir una completa linealidad histórica, reconocemos que la implementación de las políticas educativas ha estado marcada por tres grandes momentos o tópicos. En primer lugar, desde su inicio el gobierno del Presidente Piñera tuvo la responsabilidad de implementar importantes leyes educativas aprobadas por el Congreso Nacional durante el período anterior (2015 a 2018). De esta forma, el gobierno entrante tuvo que implementar, entre otras, la Ley de Inclusión (20.845), la Ley de Nueva Educación Pública (21.040), y la Ley del Sistema de Desarrollo Profesional Docente (20.903), todas aprobadas durante el período anterior y que han sido consideradas como las mayores reformas educativas de los últimos 30 años (Treviño, 2018; Bellei, 2016). En segundo término, y al poco andar de la presente administración, el Gobierno buscó implementar iniciativas que buscaron controlar y penalizar el actuar de los actores estudiantiles (especial, pero no únicamente, de los estudiantes), lo que cobró singular fuerza desde el segundo semestre de 2018, políticas que eclipsaron a partir de lo que se ha conocido como el “estallido social” en el 2019 (Araujo, 2020). Finalmente, y desde marzo de 2020, los planes del Gobierno debieron ajustarse nuevamente, esta vez para responder a la crisis sociosanitaria provocada por la pandemia del coronavirus, lo que marca un tercer punto de inflexión de la política educativa.

Como una forma de considerar este dinamismo, el capítulo se organiza en cuatro grandes apartados. Los primeros dos se focalizan en los procesos de implementación de legislaciones y el intento de contrarreforma de algunas de estas leyes. El primero, denominado “El proceso de implementación de leyes clave”, se focaliza en describir y analizar dos leyes (Nueva Educación Pública y Sistema de Desarrollo Profesional Docente) que implementaron —con descuidos, matices y bemoles— legislaciones aprobadas en el gobierno anterior. De manera complementaria, el segundo apartado, titulado “El intento de contrarreforma”, profundiza en otro eje de la reforma del gobierno pasado (la Ley de Inclusión), mostrando cómo, a diferencia de las leyes anteriores, el Gobierno desarrolló conscientes esfuerzos por realizar una contrarreforma, generando iniciativas que pusieran en competencia las lógicas originales de estas leyes. El tercer apartado, que denominamos “Penalización de la juventud y el cuestionamiento a la discusión política”, se concentra en los intentos de establecer medidas de control punitivo en las comunidades escolares y en especial a las y los estudiantes como forma de responder a los problemas de convivencia, falta de diálogo y algunos casos de violencia escolar. Finalmente, el cuarto apartado se denomina “La respuesta a la pandemia”, y en él se revisan las medidas de política educativa que se encaminaron a responder a la crisis del coronavirus y se valoran sus potencialidades. El capítulo se cierra con un apartado de discusión y conclusiones.

EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DE LEYES CLAVE

Como mencionamos, el gobierno de Sebastián Piñera a su llegada en 2018 recibía un conjunto de mandatos legales para la implementación de tres importantes leyes aprobadas años antes: la Ley de Inclusión (2015), la Ley de Nueva Educación Pública (2017) y la Ley del Sistema de Desarrollo Profesional Docente (2016). Dichos proyectos, aprobados en la administración de la Presidenta Michelle Bachelet, buscaban corregir externalidades negativas de las políticas de mercado y de nueva gestión pública en educación (Treviño, 2018). Aunque sin acabar ni transformar la lógica de mercado y de la competencia prevaleciente en el sistema escolar (Villalobos, Pereira y Quaresma, en prensa), estas reformas se orientaron a limitar la selección, el lucro y el copago en las escuelas, reestructurar el nivel intermedio de la educación pública y fortalecer la carrera docente, incluyendo a educadoras y docentes de centros educativos públicos o subvencionados desde la educación parvularia hasta la educación media. Sin duda, estas reformas constituyeron el mayor esfuerzo de reforma de la estructura del sistema escolar aplicado desde la implementación del sistema orientado al mercado a comienzos de los ochenta, hecha en dictadura y sin deliberación democrática.

En este apartado nos concentraremos en analizar la forma de desarrollo de la Nueva Educación Pública (NEP) y del Sistema Nacional de Desarrollo Profesional Docente (SDPD). Respecto de la Nueva Educación Pública, la administración actual recibió la nueva institucionalidad de la educación pública en pleno proceso de implementación. Así, el año 2017 se fundaron los dos primeros Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) (de un total de 70 planteados en la ley). Este proceso, coloquialmente conocido como “desmunicipalización de la educación”, implicó el traspaso de las escuelas y funcionarios desde los órganos municipales encargados de educación hacia un Servicio Local que agrupaba a los establecimientos públicos gestionados por un conjunto de municipalidades aledañas. Asimismo, se creó la Dirección Nacional de Educación Pública (DEP), con el propósito de orientar y coordinar las políticas educativas en los establecimientos públicos a nivel nacional (Bellei, 2018).

Desde sus inicios, la instalación de la Nueva Educación Pública (NEP) ha estado plagada de desafíos burocráticos, administrativos, políticos y educativos. En términos conceptuales, la NEP implica un desafío mayor, pues requiere conectar intereses diversos, generar una nueva cultura organizacional, cambiar mecanismos históricos de operación y comunicación territorial, mejorar el bienestar y aprendizaje de los estudiantes, promover procesos de colaboración entre docentes y escuelas y potenciar la alicaída educación pública (Villalobos et al., 2019; Uribe et al., 2019; Bellei, 2018). En términos prácticos, la operación misma de la NEP ha tenido que afrontar problemas, como las diferencias en condiciones laborales de los funcionarios municipales que se transfirieron a los nuevos SLEP, las deudas (incluyendo no pago de imposiciones) que tenían los municipios con los docentes, el déficit económico en las finanzas de la educación municipal, la sobredotación de personal para los SLEP (Donoso-Díaz, 2021) y las diferencias de opinión entre funcionarios de distintos domicilios políticos, todos aspectos que han hecho que este proceso sea aún más desafiante de lo que ya se anticipaba.

En este escenario, el desarrollo y fortalecimiento de la Nueva Educación Pública necesitaba de una política de gobierno focalizada en esta tarea. El despliegue del gobierno de Sebastián Piñera en esta materia ha sido, sin embargo, bastante escuálido, lo que puede verse en cuatro hechos. Por una parte, y relacionado con el cambio de gobierno, todos los cargos directivos de los SLEP, incluyendo el director de la DEP, fueron removidos en 2018, siendo reemplazados por personas con carácter de interino, lo que se mantuvo hasta mediados del 2019 (es decir, casi un año y medio), derivando en que la Nueva Educación Pública operara de manera básica e inercial por un tiempo considerable y cuando más se necesitaba (Donoso-Díaz, 2021).

En segundo término, los esfuerzos políticos puestos alrededor de la Nueva Educación Pública han sido bastante escasos. Aunque se han generado algunas iniciativas para anticipar problemas, como la generación de los llamados “territorios de anticipación” para preparar la implementación de los Servicios Locales de Educación, la NEP no ha recibido atención comunicacional relevante, ni mayores soportes técnicos para desarrollar su labor. De hecho, solo el 13 de mayo de 2020 y luego de recibir múltiples comentarios y críticas en la Cámara de Diputados, el Senado y el Consejo Nacional de Educación (proceso que duró más de un año), se logró aprobar la “Primera Estrategia Nacional de Educación Pública”, documento que debería guiar el desarrollo de la NEP y los SLEP, lo que refuerza la idea de que la actual administración se ha despreocupado de la implementación de la educación pública.

En tercer lugar, el gasto asociado a la Nueva Educación Pública y los Servicios Locales de Educación ha caído durante los últimos años. Tal como muestran Donoso-Díaz et al. (2019), a julio de 2019 la DEP había ejecutado el 21% de su presupuesto anual, bastante por debajo de lo esperado. En el caso de los SLEP, esta cifra alcanzó el 51% durante el año 2019, revelando así una deficiencia relevante en la ejecución del gasto y mostrando las dificultades del Gobierno para impulsar con fuerza este proceso y la inexperiencia de orientar el trabajo hacia lo público.

Finalmente, la implementación de la Nueva Educación Pública ha generado nuevos desafíos relativos a la gestión estratégica para lograr la creación de un sistema de educación pública escolar de calidad mundial. Así, se han generado problemas asociados a la reducción de los fondos adicionales (FAEP), pues la estructura y nociones de trabajo jerárquico instaladas en el Ministerio de Educación y en la Dirección de Educación Pública han representado barreras adicionales para la instalación de los SLEP. Además, evidencia empírica reciente (Donoso-Arias, 2021; Uribe et al., 2019; González, Ehren y Montecinos, 2020; Garretón, Sanfuentes y Núñez, 2019) ha mostrado cómo aspectos como la baja capacidad de planificación del sector público, la falta de una visión compartida, la baja densidad de las redes de colaboración o la poca información de los actores educativos son problemas adicionales que debe abordar la Nueva Educación Pública.

A pesar de estos problemas, lo cierto es que la Nueva Educación Pública continúa su implementación. En esta línea, el Gobierno anunció en 2021 la creación de 11 nuevos Servicios Locales de Educación para el año 2022, lo que representa un avance en el cumplimiento de la ley y del establecimiento de esta política educativa, aunque esta no se materialice en este gobierno, y sugiere una visión de largo plazo que excede la mirada cortoplacista sobre la educación pública. La generación de un sistema paralelo por más de 10 años (Donoso-Arias, 2021), las dificultades organizacionales (Uribe et al., 2019; Garretón, Sanfuentes y Núñez, 2019), la escasa sustentabilidad política de la NEP (Villalobos et al., 2019) y el nulo cambio al esquema de financiamiento de lo público (Treviño et al., 2020), sin embargo, permiten suponer un futuro incierto de esta política.

En cuanto al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, el proceso de implementación de esta ley fue bastante distinto al de la Nueva Educación Pública. Por una parte, el Gobierno pareciera haber adoptado de mejor forma la implementación de esta ley, generando disposiciones y legislaciones para su avance. Por otra parte, el SDPD comenzó a instalarse en el 2016, por lo que el gobierno de Sebastián Piñera tuvo que continuar su implementación luego de dos años de operación. Finalmente, el proceso de implementación de esta ley se vio fuertemente interrumpido por el estallido social, en primera instancia, y por la pandemia, en segundo lugar. Así, por ejemplo, la suspensión de la obligatoriedad de la evaluación asociada al Sistema de Reconocimiento para los docentes en el año 2020 (a través de la Ley No 21.272) fue una acción necesaria, dada la contingencia. Estos tres elementos (mayor aceptación política, mayor avance en la implementación y mayor contingencia en la implementación) son aspectos que se deben considerar para entender la implementación de esta ley entre 2018 y 2021.

En términos de la política educativa, la implementación del Sistema de Desarrollo Profesional Docente introdujo cambios rápidos en el sistema escolar, pudiendo reconocerse especialmente dos ámbitos de impacto. Por un lado, los cambios promovidos por la ley han generado ajustes en la estructura de la formación inicial docente. Así, por ejemplo, durante 2020 se redujeron de cerca de 250 a 50 los programas no acreditados, producto de las exigencias incorporadas a la formación docente en la nueva ley. Estos programas atendieron a 54.676 aspirantes a docentes o educadoras de párvulos, de los cuales 64% eran mujeres (Treviño y Cáceres, en prensa).

De esta forma, pareciera ser que las exigencias desarrolladas por el SDPD generaron que la cantidad de estudiantes de pedagogía en el país fuera insuficiente para cubrir la demanda futura por profesores, al conjugarse con otros factores. Por un lado, estudios muestran que los docentes en Chile permanecen en la misma escuela básica en promedio 5 años y en la media 1,8 años antes de dejar el sistema escolar (Carrasco, Manzi y Treviño, 2018), revelando así un abandono temprano de la profesión. Por otra parte, es probable que la implementación de la gratuidad de la educación superior en conjunto con la exigencia de mayores puntajes esté generando una situación en la que jóvenes que pudieran ser docentes elijan otras carreras tradicionales, dado su mayor reconocimiento social y réditos económicos futuros (AEQUALIS, 2019). Finalmente, el SDPD impuso regulaciones a las carreras y universidades que ofrecen pedagogía, ya que no se acompañaron de las necesarias inversiones estratégicas para mejorar las plantas académicas de esas carreras a lo largo del país y tampoco se vieron reflejados en un arancel regulado que ayudara a proyectar las carreras de pedagogía para que, similar a lo que ocurre con las de la salud, tengan una sólida combinación teórico-práctica.

Un segundo ámbito de impacto tiene que ver con la incorporación de docentes al nuevo sistema de evaluación o reconocimiento. A julio de 2020, alrededor de 140 mil docentes, que equivalen al 56% de los profesores y profesoras en el sistema escolar, se habían categorizado en el sistema de evaluación creado por el SDPD (Treviño y Cáceres, en prensa). Esto les permitió ingresar a la carrera docente e incrementar sus ingresos, según lo ha mostrado evidencia administrativa (DIPRES, 2019) y una encuesta representativa a nivel nacional (Elige Educar y Centro de Políticas Públicas UC, 2018). Dentro de los docentes categorizados, se aprecia que cerca de la mitad se encuentran en los niveles de acceso o inicial. Los docentes en la categoría de acceso, que representan 21% del total, son aquellos que ingresan al SDPD por primera vez, y pueden considerarse noveles. Por su parte, un 27% de los docentes está en la categoría inicial y 21% en la categoría temprana. Si bien el sistema está en funcionamiento recientemente y hace falta conocer más elementos sobre la validez de la evaluación para predecir buenas prácticas en el aula, los resultados muestran una situación problemática en relación con la combinación entre conocimientos y desempeño docente, que hace que prácticamente dos tercios de los profesores de Chile se ubiquen en las tres categorías más bajas, generando sensación de insatisfacción (creciente) respecto de la ley (Elige Educar y Centro de Políticas Públicas UC, 2018).

Vale la pena indicar que la ley del SDPD priorizó en su implementación la inclusión inicial de los docentes de escuelas públicas. La totalidad de los docentes de escuelas públicas se incorporó a la carrera el primer año de implementación. En contraste, los docentes de escuelas particulares subvencionadas y de administración delegada ingresaron al sistema a partir del año 2018. De esta forma, los docentes de estas dos dependencias (que incluyen casi el 50% de ellos) se incluyen, por primera vez, en una política global de desarrollo profesional docente, pues hasta antes del 2016 no existía un esquema de carrera docente donde pudieran participar, en una razón de 15 mil docentes anuales entre 2021 y 2025. Hasta el año 2020, un total de 76.179 docentes de escuelas subvencionadas o de administración delegada permanecían fuera del sistema (Treviño y Cáceres, en prensa). De esta forma, si bien la implementación de esta ley va acorde con lo planificado, será necesario redoblar esfuerzos para incorporar a la totalidad de los docentes restantes hacia el año 2025, principalmente en virtud de los obstáculos que la pandemia pueda instalar en este aspecto.

Por último, vale la pena indicar qué ocurre con las educadoras de párvulos que laboran en centros educativos que reciben financiamiento estatal. Aquellas que trabajan en escuelas públicas en los niveles de prekínder y kínder ingresaron en el año 2017, mientras que aquellas en escuelas particulares subvencionadas han ingresado y lo seguirán haciendo paulatinamente hasta el año 2025. Un total de 2.376 educadoras de párvulos, que representan una quinta parte de las educadoras en jardines infantiles que se financian públicamente, ingresaron al SDPD en 2020. La ley mandata que se incorpore el resto de las educadoras de párvulos a razón de 20% del total anual, hasta completar la totalidad al año 2025, lo que también se constituye como un desafío de la implementación de esta política para los próximos años.

En síntesis, pareciera ser que, en estos dos casos, la política educativa del gobierno de Sebastián Piñera ha sido bastante distinta. Mientras en lo que se refiere al Sistema de Desarrollo Profesional Docente parecieran haberse desarrollado esfuerzos para cumplir con los plazos y temporalidades, en lo que respecta a la Nueva Educación Pública, el Gobierno no ha puesto la energía suficiente para apoyar o mejorar su implementación, condicionando su viabilidad y sustentabilidad futura, aunque sin llegar al extremo de que, por este hecho, sea una contrarreforma propiamente tal.

EL INTENTO DE LA CONTRARREFORMA

A diferencia de la implementación de la Nueva Educación Pública y del Sistema de Desarrollo Profesional Docente, la Ley de Inclusión ha sido objeto de una verdadera contrarreforma. Focalizada especialmente en las regulaciones respecto del nuevo Sistema de Admisión Escolar (SAE), más que en las reformas contra el lucro y el copago, el Gobierno del Presidente Piñera realizó, desde su llegada, esfuerzos constantes para deshacer parte de la Ley de Inclusión, buscando también promover cambios orientados a entregar mayor relevancia a los mecanismos de mercado en el sistema educativo. Este apartado se focaliza en describir los principales elementos de este esfuerzo de contrarreforma y de profundización del mercado.

Sin lugar a dudas, la iniciativa que mayor atención acaparó respecto de este ámbito fue la desarrollada por la ministra de Educación Marcela Cubillos, que se conoció como el proyecto de “Admisión Justa”. Considerado por Carrasco et al. (2021a) como un proyecto de corte populista, conservador y de orientación neoliberal, “Admisión Justa” buscó desarmar el Sistema de Admisión Escolar (SAE). Aunque el proyecto se desarrolló principalmente en la esfera legislativa, también incluyó de manera fuerte una dimensión comunicacional y un despliegue ideológico, que buscaron oponer dos visiones sobre la elección escolar y el ordenamiento de los estudiantes en el sistema escolar (Carrasco et al., 2021a).

En términos legislativos, el proyecto se dividió en dos iniciativas (una en el Senado y otra en la Cámara de Diputados) organizadas en torno a tres aspectos: i) permitir la selección en el 30% de los estudiantes de acuerdo con el proyecto educativo del establecimiento; ii) expandir la definición de selectividad académica a más escuelas (cerca de 1.000) de las definidas por el proyecto de Inclusión Escolar, y iii) permitir a estas escuelas seleccionar al ciento por ciento de su estudiantado buscando privilegiar el “mérito”, definido como los resultados en los notas de los estudiantes. Adicionalmente, incluía ajustes menores al proceso de admisión para estudiantes con necesidades educativas especiales y del sistema de protección estatal (Carrasco et al., 2021a).

Además del componente legislativo, el desarrollo de este proyecto implicó una serie de acciones de política educativa en planos no relacionados con las leyes. En términos comunicacionales, la estrategia de “Admisión Justa” utilizó el desconocimiento de una fracción de las clases medias del Sistema de Admisión Escolar (Hernández y Carrasco, 2021) para construir la idea de que el proyecto les devolvería su capacidad de elegir. Esta estrategia implicó un despliegue de acciones comunicacionales, que incluyeron la entrega de información masiva (por ejemplo, correos masivos, flyers, cápsulas audiovisuales) desprestigiando al SAE y promoviendo el nuevo proyecto como dos caras de la misma moneda. De manera paralela, y como forma de construir la “articulación ideológica” del proyecto, se promovió una agenda de acciones directas con un grupo reducido de padres y apoderados (primero, a través de encuentros, y luego, a través de cabildos) que buscaron mostrar la cercanía de la política y el alejamiento de las críticas “técnicas y burocráticas” (Carrasco et al., 2021a).

Frente a este despliegue, la investigación educativa demostró tres principales falencias del proyecto de “Admisión Justa”. En primer lugar, la evidencia nacional e internacional indicó que la posibilidad de que todos los estudiantes de alto rendimiento queden en su primera preferencia en el sistema escolar chileno, dadas las dinámicas de demanda y la escasez de oferta de escuelas de alto rendimiento, era bastante improbable. Es más, simulaciones realizadas por Carrasco y Honey (2019) mostraron que la incorporación de los criterios del proyecto de “Admisión Justa” no mejoraba la posibilidad de este grupo. En segundo lugar, un análisis de la evidencia nacional relativa a este proyecto mostró que los establecimientos de alto rendimiento académico no necesariamente generan valor agregado en el aprendizaje, que la segregación de estudiantes de alto y bajo rendimiento entre escuelas o salas es perjudicial para el aprendizaje de estos últimos, que los liceos de alta exigencia se caracterizan por la homogeneidad de su cuerpo estudiantil de nivel socioeconómico medio y medio alto, y que los primeros estudios del SAE concluyen que este no perjudicó a estudiantes de alto rendimiento (Gelber y Escribano, 2019), evidenciando así la escasa fundamentación técnica del proyecto. En esta misma línea, un análisis mixto (cuantitativo y cualitativo) reveló que el riesgo de los grupos medios por la implementación del SAE no tenía un correlato en la disminución de las ventajas de este grupo (Carrasco et al., 2021b), poniendo así en cuestión los fundamentos del proyecto. Finalmente, un reciente estudio (Fariña, 2020) indica que el SAE entrega un escenario más justo en lo que respecta a la elección de escuela que el escenario anterior, aunque en ciertos tipos de establecimientos hay un desbalance entre oferta y demanda.

Aunque el proyecto no fue aprobado finalmente, su desarrollo produjo dos consecuencias importantes en la implementación de la Ley de Inclusión. Por una parte, puso en cuestión el desarrollo del Sistema de Admisión Escolar, pues la propia autoridad encargada de implementarlo cuestionó y criticó el sistema. Por otro lado, desperdició la posibilidad de mejorar la calidad de la información y de elección de los padres en el sistema, generando desgaste en las comunidades escolares.

En una línea similar a “Admisión Justa”, otras dos iniciativas se pueden destacar como esfuerzos de contrarreforma. Por una parte, durante 2018 el Gobierno promovió la idea de incluir una subvención por asistencia para que las escuelas que ya ofrecen prekínder y kínder pudieran ofrecer también los niveles medios de la educación parvularia y recibir una subvención en base a asistencia (Boletín Nº 12.436-04). Aunque esta propuesta no prosperó en el Congreso Nacional, se desarrollaron dos críticas centrales a la misma. En primer lugar, la instalación de una subvención por asistencia para los niños y niñas de niveles medios es una medida regresiva, que afectaría negativamente a establecimientos que atienden a niños de menor nivel socioeconómico, que son los que asisten menos a este nivel (ELPI, 2017). Asimismo, se ha mostrado que el uso de subvenciones por asistencia en niveles medios de educación parvularia hace que los jardines infantiles Vía Transferencia de Fondos (subvencionados) tengan un 40% de menores recursos para atender a los niños y niñas en comparación con establecimientos JUNJI de administración directa (Treviño, 2014). De manera complementaria al proyecto de subvenciones en educación parvularia, también durante 2018 se envió un proyecto focalizado al nivel de sala cuna. Desarrollada desde el Ministerio del Trabajo (pero apoyada por el Ministerio de Educación), esta iniciativa, conocida como el “Fondo Solidario para la Sala Cuna”, creaba un fondo solidario donde cada trabajador, hombre o mujer, beneficiario o no, aportaría un 0,1% de su renta, la que sería complementada por el Estado para ampliar, vía subvención, la cobertura para estos niveles (Telias et al., 2020). Aunque este proyecto tampoco llegó a buen puerto y no fue aprobado en el Congreso Nacional, ambos son muestras adicionales del espíritu de contrarreforma, pues buscaron, a través de los hechos, instalar una política de subvención y copago contraria a la lógica de la Ley de Inclusión aprobada en el 2015.

Finalmente, en el año 2020 y 2021 (Boletín 12.979-04) el Gobierno propuso un ajuste a la Ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP). En su diseño original, la SEP apunta a beneficiar a escuelas gratuitas que atienden a estudiantes de bajo nivel socioeconómico, entregando mayores recursos a aquellos establecimientos por cada estudiante, así como a aquellos que tienen mayores niveles de concentración de estos alumnos. La propuesta del Gobierno, si bien apuntaba a desburocratizar algunos aspectos de la Subvención Escolar Preferencial, como la eliminación del “Convenio de Igualdad de Oportunidades”, dada la propuesta de expansión de la SEP a todo el sistema subvencionado y público, también introduce mecanismos contradictorios con el espíritu de la SEP. Entre ellos se cuentan la expansión de la SEP a escuelas particulares subvencionadas con financiamiento compartido (que, aunque marginales respecto del conjunto del sistema, aún existen), lo que generaría una importante desigualdad en la cantidad de recursos por alumnos a favor de estas escuelas, comparadas, por ejemplo, con todas las gratuitas, especialmente en este segmento de la clase media. Este proyecto sigue bajo análisis en el Congreso Nacional, a pesar de haber sido criticado por la Comisión de Educación del Senado por la inconsistencia entre las medidas propuestas y la búsqueda de una mayor equidad en el financiamiento, que busca favorecer a los estudiantes de menores recursos económicos.

En suma, todas las iniciativas destacadas en este apartado, y en especial el proyecto de “Admisión Justa”, pueden ser caracterizados como esfuerzos de contrarreforma, que intentaron, con distinta intensidad, retrotraer al sistema educativo en relación con las reformas impulsadas en el período presidencial anterior, lo que constituye una segunda característica de la política escolar del segundo gobierno de Sebastián Piñera.

LA PENALIZACIÓN DE LA JUVENTUD Y EL CUESTIONAMIENTO A LA DISCUSIÓN POLÍTICA

Además de la implementación de la reforma educativa heredada del gobierno anterior (revisada en los apartados anteriores), desde los primeros meses de 2018 el Ministerio de Educación desarrolló una política educativa que consideramos como políticas de penalización de la juventud. A partir de una visión crítica de los procesos de movilización estudiantil desarrollados durante 2006 y 2011, y partiendo de la idea de que los cambios en las formas de participación política juvenil —más orientadas a acciones contenciosas, con un foco identitario y con altas repercusiones públicas (Aguilera, 2016)— podían ser el caldo de cultivo de procesos generalizados de violencia al interior de las escuelas, durante el segundo semestre de 2018 el Gobierno promovió y potenció la aprobación del proyecto “Aula Segura”.

En términos resumidos, “Aula Segura” (Ley 21.128) fortalece las facultades de los/as directores educacionales en materia de expulsión y cancelación de matrícula en los casos de violencia al interior de los establecimientos. En rigor, el proyecto no entrega nuevas facultades ni crea un programa propiamente tal, sino que busca fortalecer la atribución de un actor (director/a) para acelerar los tiempos de los procesos, permitiendo separar y suspender a los estudiantes acusados y generando un deber de asumir estas medidas, sin entregar margen decisional a las comunidades educativas (Retamal, 2018). De esta forma, y utilizando hábilmente la coyuntura de inicios del segundo semestre de 2018 (donde se generaron hechos de violencia en algunos liceos emblemáticos de Santiago), el Gobierno argumentó que existía un entorno de creciente violencia que era necesario controlar y que podría apaciguarse a través de este proyecto.

El proyecto tuvo distintas fases de discusión legislativa (incluyendo indicaciones del Senado que se declararon inadmisibles por el Ejecutivo) y su tramitación no estuvo exenta de críticas. Por una parte, un conjunto de más de 40 académicas y académicos indicó que, si bien el problema de la violencia debería ser trabajado, el proyecto no entregaba garantías de debido proceso y además no generaba políticas de prevención escolar. Esta opinión fue compartida por centros de estudios y organizaciones no gubernamentales, como Educación 20201 o el Instituto Igualdad2, que mostraron cómo el proyecto iba en contra de la noción de derechos de la niñez, no respetaba las normas básicas del debido proceso o descuidaba el deber del Estado respecto de la incorporación y mantención de los niños, niñas y adolescentes en el sistema educacional.

Desde la vereda de los directivos, también se levantaron diversos cuestionamientos. Una encuesta aplicada en 2019 mostró que, si bien el proyecto era altamente conocido por las y los directivos y que más del 70% estaba de acuerdo con la necesidad de devolverles a ellos las facultades de expulsión, parte importante de estos creía que el proyecto no solucionaría el problema de la violencia y, además, el 57% reconocía que sería difícil reubicar a los estudiantes expulsados, y un 38% creía que se podía dar un mal uso a las expulsiones acogiéndose a esta ley (Rivero, Yáñez, Raczynski y Olmos, 2019). Además, se argumentó que el proyecto no implicaba un cambio sustantivo, limitándose más bien a modificaciones administrativas que no necesariamente mejorarían la capacidad de disminuir los problemas de violencia escolar (Santelices y Delgadillo, 2019). Finalmente, información entregada durante 2019 ha mostrado que el procedimiento establecido por “Aula Segura” ha sido muy poco utilizado por las y los directivos de las escuelas.

Desde nuestro punto de vista, la aprobación de esta ley tiene tres consecuencias importantes. Por un lado, el proyecto parte de una mirada de patologización de la juventud, enfatizando lo punitivo y lo reactivo, sin entender los problemas de convivencia escolar de forma amplia (Gallardo, 2019). De esta forma, se reduce el problema de la convivencia escolar a los mecanismos de expulsión, sin entender la complejidad de las relaciones que se desarrollan al interior de la escuela. Un estudio reciente, focalizado precisamente en entender los procesos de tomas en liceos emblemáticos de Santiago (Peña y Sembler, 2019), ha mostrado cómo estas acciones tienen carácter identitario, un fuerte sentido cívico y un componente histórico, que no se solucionará mediante expulsiones y decretos. En segundo término, el proyecto construye la idea de “solución de talla única”, estableciendo criterios uniformes, lo que ha implicado la adaptación de los reglamentos escolares de parte importante de los colegios del país. Esto desconoce las diferentes aproximaciones que existen, desde la perspectiva de las y los directivos, a los conflictos educativos. En Chile, los directores son verdaderos “absorbedores de shocks” (Aravena y Madrid, 2020), con alta capacidad de gestionar conflictos desde puntos de vista distintos, utilizando estrategias como la mediación, arbitraje, diseminación del conflicto, entre otros (Villalobos et al., 2017). Finalmente, la mirada impulsada por esta ley despoja a los estudiantes de su condición de sujetos y limita su capacidad de acción, entendiéndolos como sujetos pasivos, más que como actores constructores de sus propios aprendizajes.

Aunque pudiera parecer un proyecto aislado, la verdad es que “Aula Segura” se desarrolló en relación con otros programas que buscaron constreñir o limitar la capacidad de agencia ciudadana al interior de las escuelas. Así, por ejemplo, se trató (aunque no prosperó) de legislar para “prohibir el adoctrinamiento político” por parte de los docentes3 que implicara aplicar querellas a docentes, oficiar al Instituto de Derechos Humanos (INDH) para la protección de los estudiantes e incorporar como “infracción grave el propagar tendencias político-partidistas en establecimientos educacionales”, hechos que podrían implicar el cierre del establecimiento. En esta misma línea, el Ministerio de Educación se ha involucrado durante el 2021 en acciones en contra de docentes que han buscado discutir hechos y temas contingentes en las clases virtuales.

Aunque diferenciados, ambos grupos de iniciativas han compartido una mirada punitiva de la juventud y de los espacios escolares, analizándolos como reductos que no deben ser parte de la discusión política y social del país. De esta forma, y contrario a toda la evidencia nacional e internacional (Treviño et al., 2016; Knowles, Torney-Purta y Barber, 2018; Carrasco et al., 2019), que ha mostrado la relevancia de la discusión política abierta en la sala de clases, la incorporación de temáticas sociales, ciudadanas y políticas y de la importancia de que los y las estudiantes (así como de toda la comunidad) entiendan la escuela como un “motor de la vida cívica”, parte importante de las iniciativas del actual gobierno ha ido en contra de estas ideas, buscando precisamente lo opuesto: limitar el ejercicio y desarrollo de la democracia en la escuela.

LA RESPUESTA A LA PANDEMIA

En pleno despliegue de las políticas anteriormente descritas, desde marzo de 2020 la política educativa ha debido asumir un desafío mayor: responder a la crisis sociosanitaria provocada por el coronavirus. Al igual que en otros países de América Latina y el Caribe, la crisis del coronavirus ha golpeado fuertemente al sistema escolar chileno, generando un aumento en las desigualdades educativas y potenciando las brechas tecnológicas de los estudiantes (Busso y Messina, 2020; OCDE, 2020). En Chile, el Gobierno decretó la suspensión de las clases presenciales a nivel nacional el 16 de marzo de 2020 y, al finalizar el año escolar 2020, solo una de cada 10 instituciones educativas había retomado las clases presenciales (Ministerio de Educación, 2020).

Desde una perspectiva global, es posible afirmar que la respuesta educativa a la pandemia por parte del Gobierno fue tardía y ausente de liderazgos claros que trajeran calma al sistema escolar, focalizándose en apoyar el tránsito a la educación en línea de los estudiantes y entregar recursos pedagógicos digitales y capacitaciones a los docentes para las clases virtuales (Gelber et al., 2021).

En términos retrospectivos, las resoluciones gubernamentales han estado marcadas por una mirada de corto plazo. Así, por ejemplo, al inicio de la pandemia el Gobierno anunció que se adelantaban las vacaciones de invierno para abril de 2020, y que se regresaría a clases el 27 de abril de ese mismo año. Este diagnóstico optimista, que pudiera verse como un ejemplo aislado, se ha repetido en varias ocasiones hasta abril de 2021, manteniendo así la tónica gubernamental de promover las clases presenciales, a pesar de que ninguno de sus pronósticos para 2020 ni para 2021 se ha cumplido. Más allá de las dificultades de anticipar las situaciones de la pandemia y la complejidad del contexto, el punto clave que queremos destacar es la poca flexibilidad del Gobierno, la falta de conexión con la evidencia empírica de la pandemia y la constante pugna por intentar volver a clases presenciales a pesar de la situación sanitaria. Esta postura debilitó el liderazgo gubernamental y socavó el ánimo de las comunidades escolares.

Además, es importante mencionar que durante el año 2020 no se aumentaron los recursos destinados al sector educativo, a pesar de que cerca de 50% de los escolares quedó sin acceso a la educación por falta de computador o conectividad a internet4. De esta forma, fueron los establecimientos escolares los que debieron —de manera autónoma y con los recursos regulares disponibles— encontrar soluciones ad hoc para dar algo de continuidad educativa a los estudiantes, lo que aumentó las disparidades entre establecimientos. Así, por ejemplo, en el 2019, mientras en el sector privado un 85% de los docentes declaró haber realizado clases virtuales con interacción, esta cifra se redujo al 52% en el caso de la educación subvencionada y a solo un 33% en el sector público-municipal (Elige Educar, 2020). Esta situación no cambió radicalmente en el 2021, ya que el Gobierno insistió en la necesidad de volver a la presencialidad como norma para la oferta educativa escolar a partir de marzo; sin embargo, esta medida no logró sustentarse por más de un mes, por la extensión de las cuarentenas a casi todo el país.

Esta lógica de organización “desde arriba” y de promoción de la presencialidad como horizonte inmediato condicionó la estrategia de apoyos entregados por el Ejecutivo hacia el sistema escolar. Esquemáticamente, cinco principales medidas pueden describirse: tres de ellas son ajustes a la política educativa y dos constituyen iniciativas nuevas de apoyo durante la pandemia.

Respecto de los ajustes por política educativa, resalta, en primer lugar, el cambio de facto en el modelo de subvención por asistencia que prevalece en Chile como principal forma de financiamiento del sistema escolar. Así, y a través de la modificación de la Ley No 21.294, se establecieron dos normas clave relativas al financiamiento del sistema escolar. La primera de ellas consiste en no considerar la asistencia media en la fórmula de cálculo de la subvención, pues vale la pena recordar que las subvenciones se pagan en función de la asistencia promedio. En este sentido, se usaron las asistencias medias declaradas en 2019, aunque la ley deja claramente expresado que a partir del 1 de julio de 2020 los establecimientos que hubiesen retornado a clases presenciales tendrán la obligación de declarar asistencia efectiva a partir del momento de regreso a la escuela, y para la subvención se tomará la asistencia promedio de los meses de marzo, abril y mayo de 2019, lo que muestra, por una parte, el optimismo de las autoridades por volver a la presencialidad, aunque también revela una cierta capacidad de adaptación al contexto, abriendo la puerta para pensar en un nuevo enfoque para el financiamiento escolar en Chile más acorde a las necesidades de las niñas y niños en las escuelas.

El segundo ajuste a la política educativa recayó en el proceso de priorización curricular desarrollado por el MINEDUC. Este proceso consistió en realizar una selección de contenidos curriculares esenciales durante el año 2020 para focalizar los trabajos pedagógicos, dada la disrupción de las jornadas educativas de la pandemia (MINEDUC, 2020). De esta manera, se buscó concentrar los esfuerzos de enseñanza en temas y habilidades clave, considerando la disminución de la jornada escolar y la necesidad de adaptar las actividades al aprendizaje a distancia. Encuestas realizadas a los docentes (Elige Educar, 2020) han mostrado que este insumo ha sido altamente utilizado para planificar clases, tal como develó evidencia nacional e internacional disponible (Mesa Social, 2020).

El tercer ajuste realizado estuvo relacionado con los procesos de evaluación del sistema escolar. Luego de varios meses de espera, el MINEDUC suspendió la evaluación docente en el año 2020 y la Agencia de Calidad hizo lo propio con el SIMCE. En este último caso, la Agencia de Calidad dispuso un sistema para la evaluación de los aprendizajes integrales para el uso en los establecimientos escolares, de forma que se pudieran monitorear los avances en los aprendizajes. Aunque las medidas citadas avanzaron en el camino correcto de descomprimir la presión que estas evaluaciones con consecuencias tienen sobre el sistema escolar y los docentes, así como en la facilitación de un sistema de evaluación para dar seguimiento a los aprendizajes de los estudiantes, es importante destacar que estos ajustes se hicieron de manera bastante tardía, cuando la crisis del coronavirus ya llevaba varios meses de desarrollo. Además, en abril de 2021 se anunció la intención del Gobierno de restablecer al final del año el SIMCE presencial y reponer la prueba para segundo grado básico5.

Respecto de los apoyos entregados, el MINEDUC puso en marcha la plataforma virtual Aprendo en Línea, en la cual se ofrece un conjunto completo de apoyos para la educación parvularia y escolar. Se trata de una interesante plataforma que combina orientaciones para estudiantes, docentes y apoderados, que van desde aspectos curriculares, apoyos vía programas de televisión y radio, bibliotecas digitales, herramientas digitales, actividades de esparcimiento y de apoyo socioemocional, información de la Prueba de Transición a la educación superior y una sección dedicada a la educación especial, entre otros. Adicionalmente, dispuso de medidas focalizadas para incrementar el acceso a dispositivos y conexión a internet para estudiantes específicos (Gelber et al., 2021).

Aunque todas estas medidas apuntaron a facilitar el apoyo a las escuelas, el acceso a internet y dispositivos para estudiantes y docentes ha sido la falencia principal de la política, considerando las brechas tecnológicas existentes tanto en el acceso como en el uso de herramientas tecnológicas (Agencia de la Calidad, 2019). Por ello, el haber facilitado herramientas digitales sin haber considerado una inversión suficiente en conectividad hace que las políticas sean poco eficaces y que, en consecuencia, lleguen solo a un porcentaje de los beneficiarios de la política. Así, desde el punto de vista de la política pública, la falta de conectividad llevó a que las medidas privilegiaran a los más aventajados y no se hicieron inversiones para acelerar el acceso a internet. Por ello, no extraña que el desarrollo de clases virtuales haya aumentado las brechas sociales, dejando al descubierto importantes diferencias según las características de las viviendas (e.g., tamaño, disposición de un lugar para estudiar, y espacio exterior) y de dispositivos tecnológicos y conectividad a internet en contra de los estudiantes de la educación pública y de los grupos más vulnerables (Educación 2020, 2020; Ponce, Bellei y Vielma, 2020).

CONCLUSIONES

El presente capítulo buscó describir y analizar las políticas escolares del segundo gobierno de Sebastián Piñera, que estuvo marcado por inesperadas crisis (primero, una social y, luego, una sociosanitaria) y por la agenda de reformas del gobierno anterior. En este horizonte, las políticas educativas de 2018 a 2021 estuvieron caracterizadas por una débil implementación de la Nueva Educación Pública (NEP), por un intento de contrarreformar el Sistema de Admisión Escolar (SAE), por el desarrollo de políticas de penalización de la juventud (“Aula Segura”) y por el despliegue de planes de contingencia para hacer frente a la crisis del coronavirus, fundamentados en apoyos tecnológicos y en una constante búsqueda del retorno presencial a clases.

De este análisis, es posible extraer lecciones respecto de la forma de implementación de políticas educativas y de los nuevos desafíos que se avecinan para los próximos años en el sistema escolar del país. En lo que concierne a la implementación de políticas, el análisis muestra tres aspectos relevantes. Por una parte, es claro que el desarrollo de políticas fundamentadas en información sesgada y maniobras comunicacionales parece ser una constante de este período. La búsqueda de contrarreformar el Sistema de Admisión Escolar, la constante persuasión acerca del retorno a la presencialidad, la imposición de la aplicación de pruebas estandarizadas en tiempos extraordinarios (como una pandemia mundial) o el desmedro a la profesión docente dejan en claro que el desarrollo de políticas educativas durante el gobierno de Sebastián Piñera ha estado marcado por el establecimiento de políticas con sesgo ideológico y poca solidez técnica. En este sentido, volver a convertir la política educativa en un debate de ideas y evidencias es un primer desafío clave para el próximo gobierno. En segundo lugar, y relacionado con esto, es relevante resaltar el rol que otros actores educativos han cumplido en la implementación o crítica de las políticas de gobierno, como el SAE o el proyecto “Aula Segura”. Más que entes externos a las políticas, parece necesario recordar que todos los actores educativos (especialmente la academia, las organizaciones de la sociedad civil, los padres y apoderados y los y las estudiantes) son parte del desarrollo del sistema educativo, siendo necesario su aporte en la mirada de futuro. Finalmente, la poca claridad en la implementación de ciertas políticas (como la NEP) o el intento de desarmar otras (como el SAE) nos llevan a abrigar dudas sobre la extendida lógica de gradualidad con la que se piensan las reformas en Chile. Transitar desde una lógica de la gradualidad a una lógica de la sostenibilidad, que considere los tiempos de implementación, pero también los apoyos sociales y políticos de los cambios, parece ser una tercera lección que sacar a partir del análisis realizado.

Respecto de las políticas de los próximos años, se ve con nitidez que la crisis social, la crisis sociosanitaria y el debate constitucional nos invitan a pensar nuevas políticas para el futuro. Al respecto, creemos necesario destacar dos elementos. En primer lugar, está claro que ha llegado la hora de discutir dos aspectos fundamentales que organizan el sistema escolar del país: el sistema de financiamiento basado en vouchers y los mecanismos de rendición de cuentas con altas consecuencias. Ambos elementos siguen siendo ejes centrales del funcionamiento del sistema educativo que requieren revisarse y ponerse como aspectos a rediseñar en el mediano plazo. En segundo término, las recientes crisis nos han mostrado la centralidad de, por un lado, construir una sólida infraestructura digital escolar, que permita el acceso rápido a dispositivos y el apoyo directo a comunidades, como forma de mitigar las brechas educativas que serán visibles en el futuro pospandemia. Asimismo, es necesario configurar un sistema escolar que, más que expulsar y prevenir el disenso y el conflicto, tenga la capacidad de procesar las diferencias, construyendo un lugar de desarrollo de la convivencia cívica, promotor de la ciudadanía juvenil y potenciador de la democracia del futuro.

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1 https://educacion2020.cl/wp-content/uploads/2018/10/Presentacion-2020.pdf

2 https://institutoigualdad.cl/wp-content/uploads/2018/11/201810Doc11-X.pdf

3 https://www.mineduc.cl/mineduc-anuncia-medidas-por-adoctrinamiento-politico-en-los colegios/#:~:text=%E2%80%9CEl%20adoctrinamiento%20pol%C3%ADtico%20de%20 los,Ni%C3%B1ez%2C%20oficiaremos%20al%20INDH%20y

4 https://educacion2020.cl/noticias/encuesta-educacion-2020-y-estado-de-animo-de-estudiantes-ante-la-pandemia-63-se-siente-aburrido-y-solo-un-3-esta-feliz-en-casa/

5 https://www.emol.com/noticias/Nacional/2021/04/14/1017850/Prueba-lectura-segundo-basico-Simce.html

CAPÍTULO 6

SISTEMA DE ADMISIÓN ESCOLAR: DIFICULTADES CULTURALES Y POLÍTICAS DE UNA EXITOSA IMPLEMENTACIÓN

ALEJANDRO CARRASCO

Decano Facultad de Educación UC

Investigador Principal

Centro de Justicia Educacional UC

Profesor Asociado, Facultad de Educación UC

INTRODUCCIÓN

En el año 2021 finaliza la plena implementación del Sistema de Admisión Escolar, que comenzó su puesta en marcha gradual en 2016 como parte de la Ley de Inclusión de 2015 y que organiza la admisión de cupos escolares de alrededor del 90% de la matrícula escolar incluyendo colegios públicos, municipales y particulares subvencionados de todo el país. Si bien se requerirán algunos años para estimar su impacto profundo en oportunidades y segregación, este capítulo reflexiona sobre las dificultades que ha tenido su implementación y los desafíos futuros que esto plantea. En específico, las dificultades han sido principalmente culturales y políticas. Han emergido desde fuera del sistema mismo, desde actores sociales y políticos, sin corresponder a problemas determinantes de diseño o ejecución.1

En primer lugar, en relación con las dificultades culturales, como se amplía en la sección 2, el SAE despertó resistencias en familias de algunas fracciones de estratos medios, quienes han visto en el SAE una pérdida de “privilegios” que el modelo de admisión previo garantizaba. Como se verá en la primera sección, aunque para muchas familias de diferentes estratos sociales, el SAE ha traído mejoras en oportunidades educacionales, comprender las razones de aquellas familias descontentas es indispensable para imaginar respuestas de política pública.

En segundo lugar, como se discutirá en la sección 3, el Ministerio de Educación de la actual administración, mientras cumplía su mandato constitucional de implementar el SAE en cuanto ley de la República, al mismo tiempo, emprendió una contrarreforma al Sistema de Admisión. Eso último fue impulsado mediante un Proyecto de Ley enviado al Congreso Nacional en 2019 denominado “Admisión Justa”. Si bien el proyecto fue rechazado en el Congreso luego de su tramitación, la sección 3 sintetiza los retrocesos que hubiese generado en caso de aprobarse, en comparación con los avances que ha mostrado el SAE. El propósito de revisitar el episodio es conocer las implicancias educacionales de propuestas presentes en algunos sectores políticos que desde el origen de la Ley de Inclusión se han opuesto a la creación de un sistema centralizado de admisión.

El propósito del capítulo, entonces, es llamar la atención sobre aspectos políticos y culturales latentes, que podrían eventualmente reemerger y afectar el proceso de implementación exitoso que ha tenido el SAE. Por lo mismo, se trata de aspectos que las futuras autoridades educacionales debiesen tener en consideración.

1. EL ÉXITO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SAE

El nuevo Sistema de Admisión Escolar (https://www.sistemadeadmisionescolar.cl), como parte de la Ley de Inclusión aprobada el 2015, elimina la selección escolar creando un sistema centralizado de información y postulación, a través de una plataforma en internet, donde las familias encuentran información de todos los colegios que les interesan y donde postulan, en orden de preferencia, a los establecimientos de su elección. Quedan excluidos del sistema los colegios particulares pagados y una fracción de cupos de los colegios de alta exigencia que cumplan determinados requisitos.

Los resultados generales del sistema han sido ampliamente difundidos y se han mantenido estables desde la incorporación de la primera región en 2016 (Magallanes) hasta la última en incorporarse en 2020 (Metropolitana). Alrededor del 80% de las familias quedó en alguna de sus primeras tres preferencias y el 60% en su primera (Eyzaguirre et al., 2018; Carrasco et al., 2019). Asimismo, el SAE mejoró la probabilidad de obtener cupos escolares en colegios deseados a estudiantes de menor rendimiento previo o nivel socioeconómico (Carrasco & Honey, 2019a).

El objetivo del sistema es eliminar la selección por parte de las escuelas, que ya no pueden exigir antecedentes de ningún tipo a las familias. En simple, lo que este sistema hace es otorgarles a todos los postulantes la misma probabilidad de quedar en el colegio de su preferencia, con independencia de las características del estudiante o sus familias. Por eso, en atención al principio moral de que todos somos iguales en dignidad y derechos elementales, especialmente en la infancia, este sistema ofrece justicia al tratar a todos los postulantes por igual. A su vez, representa un proceso de modernización, al eliminar las filas, las tómbolas y las peregrinaciones de las familias de colegio en colegio buscando un cupo para los hijos e hijas.

Todo sistema escolar, en cualquier lugar del mundo, tiene que resolver una cuestión básica: cómo distribuir a los estudiantes en las escuelas disponibles y especialmente cuando determinados colegios enfrentan sobredemanda. El SAE resuelve todos estos asuntos empleando un sistema centralizado, un algoritmo y criterios de prioridad. Como se ve, el sistema actual es muy distinto a una tómbola. Entre otras cosas, las tómbolas asignan cupos al azar, y son ciegas a consideraciones prácticas pero que son muy relevantes para los padres, como, por ejemplo, la asistencia de hermanos a la misma escuela.

En efecto, en el sistema anterior, ciertos estudiantes tenían menores probabilidades de ser aceptados: aquellos con necesidades educativas especiales, notas más bajas, menor nivel socioeconómico, problemas conductuales o cualquier otra dificultad social o de aprendizaje, eran descartados por los establecimientos educacionales empleando un amplio repertorio de mecanismos de selección (Carrasco, Gutiérrez, & Flores, 2017). En otros casos, también podían ser las características de las familias las que impulsaran a los colegios a negarle un cupo al estudiante. En cualquier caso, los criterios para tomar la decisión dependían enteramente de las escuelas, y no eran conocidos. Además, eran distintos para cada colegio y los procesos de admisión operaban con fechas y criterios muy distintos entre sí. Con el SAE, los criterios de admisión son comunes y conocidos por todos. Según establece la ley, si hay suficientes cupos, todos los estudiantes deben ser aceptados, cuestión que no ocurría hasta antes de la Ley de Inclusión.

En definitiva, es importante recalcar que el nuevo sistema representa una buena combinación entre el respeto a las preferencias de los padres y la igualdad básica para todos los niños y niñas en términos de oportunidades de acceso a la educación.

2. LA HETEROGÉNEA RECEPCIÓN DE LAS FAMILIAS AL NUEVO SISTEMA DE ADMISIÓN

Esta sección da cuenta de la reticencia que algunos sectores de clase media han mostrado sobre el SAE. Si bien se trata de un grupo específico que contrasta con la positiva recepción que el sistema ha tenido por parte de una mayoría de familias, incluidas otras fracciones de clase media, esta sección ejemplifica empíricamente sus visiones y respuestas a las nuevas reglas que introduce el SAE. En particular las ideas siguientes se basan en un estudio con familias postulantes en las cinco regiones donde se implementó el nuevo SAE el año 2017.2

En primer lugar, como reportan con mayor detalle Carrasco, Oyarzún, Bonilla, Honey y Díaz (2019), el cambio en el modo de elegir colegio en Chile constituye un cambio cultural en marcha que se expresa en tres aspectos: en el (i) reequilibrio social de las oportunidades educacionales, en el (ii) desplazamiento desde una experiencia eminentemente presencial hacia una esencialmente virtual, y, por último, en el (iii) reemplazo de una ‘práctica compleja’ debido a su desarticulación, por un ‘sistema complejo’ en tecnología y reglas.

En relación con el (i) reequilibrio social de las oportunidades educacionales, el SAE reemplaza un sistema donde las ventajas culturales y sociales tenían un rol fundamental en la elección de escuela, por uno donde existe igualdad efectiva de oportunidades de acceso a toda la oferta escolar financiada por el Estado. Este cambio, sin embargo, posee una base de legitimidad moral aún frágil que podría comprometer su sustentabilidad. En particular en algunas clases medias emergentes, como veremos más adelante.

Por su parte, se constata el (ii) desplazamiento desde una experiencia eminentemente presencial hacia una esencialmente virtual: el SAE modifica un proceso de elección de escuela, muy arraigado en las familias, que era hasta hace poco eminentemente presencial, al introducir una mediación de tipo digital que genera distancia entre familias y escuelas. Este cambio es resentido por las familias al interceder, sin sustitutos equivalentes, en los modos de convivencia institucional aceptados por familias y colegios.

Como última expresión del cambio cultural se observa un (iii) reemplazo de una ‘práctica compleja’ debido a su desarticulación, por un ‘sistema complejo’ en tecnología y reglas: el SAE introduce sofisticación a una práctica que era artesanal en su forma, y atomizada e inequitativa en sus reglas, mediante una plataforma web de postulación remota e indiferente a las ventajas en recursos, pero que, al mismo tiempo, incorpora nuevas complejidades tanto en términos de reglas de uso como de tipo tecnológico.

En el siguiente cuadro, extraído de Carrasco, Oyarzún, Bonilla, Honey y Díaz (2019), puede observarse con más detalle las reacciones de diferentes tipos de familias a cada uno de los tres cambios culturales en marcha, así como los dominios culturales a los que responden y el contraste que poseen respecto del sistema anterior. Destaca el hecho de que las respuestas de las familias son heterogéneas, abarcando desde una clara satisfacción a posiciones más críticas que analizamos en la Tabla Nº 1.

En segundo término, algunas fracciones de las clases medias en Chile se sienten desafectadas del nuevo SAE, dado que su funcionamiento vuelve infértil el uso de capitales antes valiosos con los mecanismos de admisión previa. Hernández & Carrasco (2020) ilustran una gama variada de respuestas de familias de clases medias que transitan de una franca oposición a políticas de desegregación, a un decidido apoyo en base a ideales de inclusión. Los autores muestran la ambivalencia en las respuestas de las clases medias ante una política que apunta a ampliar las oportunidades educacionales. Esto revela los desafíos culturales subyacentes en la implementación de políticas de desegregación escolar, y que comprometen su legitimidad moral.

Sin embargo, resulta paradojal la inconsistencia de algunas fracciones de clases medias entre sus visiones subjetivas de incertidumbre ante el nuevo SAE y los resultados favorables que el sistema les proporciona a sus hijos. Estos últimos son los resultados a los que llegan Carrasco, Hernández, Honey y Oyarzún (2021), quienes contrastan las visiones de las familias sobre el proceso de búsqueda de colegios y postulación con los resultados de esas postulaciones en términos de asignación efectiva. Por un lado, las familias declaran haber perdido la oportunidad de hacer uso de sus variados capitales para asegurar el colegio de sus hijos. Pero, por otro lado, el análisis agregado de los procesos de postulación arroja que los grupos socioeconómicos medios siguen accediendo a los mejores cupos y establecimientos en términos de calidad y reputación.

TABLA 1

CARACTERIZACIÓN DEL CAMBIO CULTURAL QUE INTRODUCE EL SISTEMA DE ADMISIÓN.



Fuente: Extraído de Carrasco, Oyarzún, Bonilla, Honey y Díaz (2019).

Más en particular, el SAE neutraliza la influencia que tenían en el sistema anterior las ventajas culturales y sociales de algunos grupos de familias en sus probabilidades de obtener un cupo escolar para sus hijos. Dichas ventajas se desplegaban en mecanismos formales (pruebas, entrevistas, antecedentes), así como informales (contactos dentro del colegio, recomendaciones influyentes, acceso a información privilegiada sobre postulación y acceso). El SAE, al tiempo que elimina la selección escolar, es insensible a dichos atributos o estrategias, igualando el acceso a la oferta escolar a toda la ciudadanía, democratizando toda la información disponible sobre los establecimientos en una sola plataforma, y por lo tanto nivelando las posibilidades de acceso a las escuelas de mayor demanda.

En definitiva, contar con conocimiento sistemático sobre la experiencia de las familias puede contribuir a diseñar políticas comunicacionales, mejorar la usabilidad de la plataforma, y, especialmente, fortalecer en el mediano plazo la legitimidad sociocultural del nuevo sistema.

3. EL PROYECTO “ADMISIÓN JUSTA” COMO CONTRARREFORMA AL NUEVO SISTEMA DE ADMISIÓN

Esta última sección recapitula la iniciativa legislativa del actual gobierno (Proyecto de Admisión Justa) que intentó durante el 2019 reformar el actual Sistema de Admisión durante su plena implementación. Aunque la evidencia lo desaconsejaba (Gelber y Escribano, 2019), el proyecto buscó reintroducir principios de mérito y selectividad acotada, siendo rechazado en el Congreso. Sobre la base del análisis desarrollado por el Centro de Justicia Educacional, en particular los trabajos de Carrasco y Honey (2019b) y Carrasco, Honey, Oyarzún y Mendoza (2020), esta sección sintetiza el meollo de la discusión y algunas lecciones que arroja un debate aún inacabado.

El Proyecto de Ley Admisión Justa (PAJ), si bien mantuvo el carácter centralizado y las propiedades algorítmicas del actual Sistema de Admisión Escolar, introdujo un entramado de modificaciones que terminarían por desdibujar los principios que inspiraron el SAE.3 Al respecto, se encontró que los cambios planteados por PAJ en las reglas de distribución de cupos escolares serían un retroceso desde el punto de vista de la justicia educacional. Si bien hay medidas que favorecerán a algunas minorías específicas,4 en lo sustancial no logran ni responder al diagnóstico que la misma iniciativa de Ley esgrimió, ni mejoran las oportunidades educacionales con las que ya cuentan los estudiantes bajo SAE. Para el análisis, se utilizó una serie de Bases de Datos tanto del SAE 2018, Mineduc y la Agencia de la Calidad, para observar los escenarios probables que tendrían las medidas del PAJ.5

El objetivo del proyecto de ley, ampliamente promocionado por el Ejecutivo, fue “devolver la libertad de elección a las familias”. Ciertamente, se trató de un planteamiento paradojal, en dos sentidos. Primero, dado que el SAE por diseño está orientado a recuperar y satisfacer la libertad de elección con resultados satisfactorios, resultaba confuso erigir un objetivo de política pública ya alcanzado. Segundo, volver equivalente la noción de “mérito” con el ideal de “justicia” educacional constituyó una deformación extrema de una de las categorías más relevantes de la literatura educacional global reciente. Así las cosas, fue claro que en realidad la libertad de elegir que se buscaba fortalecer fue solo la de una fracción de familias (con hijos de alto rendimiento).

Resumiendo, el proyecto de Admisión Justa buscó modificar la norma de la Ley de Inclusión según la cual los colegios de alta exigencia pueden seleccionar a un 30% del estudiantado en base al rendimiento, medida que aún no está en régimen y cuya transitoriedad finalizaría no más allá de 2025.6 El PAJ introdujo cambios mediante dos medidas: elevar esa proporción a un 100% y redefinir los criterios para convertirse en colegios de alta exigencia (sobredemanda por cupos y desempeño alto según la clasificación de la Agencia de la Calidad).7 Es decir, se establecía que estos colegios podrán seleccionar al 100% de sus estudiantes sobre la base de rendimiento académico, mientras que la Ley de Inclusión actual solo permitirá en régimen seleccionar al 30%. Como indicaban las autoridades de la época, estas medidas permitirían al Ejecutivo reintroducir la noción de “mérito” en la distribución de cupos escolares y preservar a los liceos públicos de excelencia, sugiriendo de este modo que su calidad académica depende de su capacidad para seleccionar estudiantes que exhiban una mayor probabilidad de éxito en las pruebas de alta exigencia.

Para ello, en modo sintético, se desarrolló una proyección basada en la medida de aumentar a 30% la selección en todos los colegios según proyecto educativo, así como al 100% en base al rendimiento en aquellos colegios de alta exigencia. El resultado arrojó que en lugar de aumentar, dicha libertad se verá restringida mediante la creación de un subsistema escolar de alta selectividad.

En efecto, se encontró que el PAJ apuntó a mejorar los resultados que obtiene una minoría (estudiantes de alto rendimiento que no quedan en su primera preferencia) en la distribución de cupos escolares escasos mediante la incorporación de criterios distributivos injustos. Al hacerlo, el resultado sería la disminución de la libertad de elección de las familias, tanto en educación básica como en educación media, devolviendo el poder de selección a los colegios en una magnitud no despreciable para un país que enfrenta el desafío de reducir su aguda segregación escolar. En este caso, el PAJ hubiese permitido crear un subsistema selectivo de colegios de alta exigencia en el sistema escolar, no principalmente liceos públicos o emblemáticos, sino que mayoritariamente particulares subvencionados, con una fracción relevante que cobra financiamiento compartido, generando incentivos que podrían estimular prácticas selectivas soterradas. Al respecto, el PAJ introduciría un criterio distributivo que favorece a estudiantes de mayor ventaja previa (selección del 100% según rendimiento en colegios de alta exigencia), excluyendo con ello a estudiantes y familias de similares aspiraciones educacionales, pero de menor rendimiento, vulnerando la libertad de elección y quebrantando un principio elemental de justicia educacional.

Por su parte, la proyección arrojó que en términos de sus resultados esperados, el PAJ no sería más efectivo que el actual SAE. De un lado, el PAJ mejoraría la asignación del número de estudiantes de alto rendimiento, pero no en una magnitud elevada respecto de lo que hará el SAE en régimen. De otro lado, el PAJ no sería más inclusivo que SAE con los estudiantes prioritarios y preferentes “meritorios”, pues no serán más beneficiados en sus probabilidades de asignación a colegios de alta exigencia.

En definitiva, el Proyecto de Admisión Justa acarreaba importantes dilemas morales en cuanto a que algunas de sus propuestas buscaban mejorar la posición de unos pocos (estudiantes de alto rendimiento) a costa de las oportunidades de una mayoría, cuya posición ya está siendo mejorada por el SAE. En ese sentido, intentaba resolver un problema puntual —connatural a sistemas que distribuyen cupos escasos— generando otro mayor (un subsistema escolar selectivo que agudizaría la segregación).

Desde el punto de vista normativo, se observa que para los promotores del PAJ, la libertad de enseñanza sería un valor que estaría jerárquicamente por sobre otros valores justificando incluso la libertad del sostenedor de elegir estudiantes “educables”. Tal interpretación desatiende el principio educacional según el cual todo niño y niña cuenta con el derecho y la titularidad de la provisión educacional mediante dos principios cuya jerarquía está por sobre la libertad de enseñanza: la libertad de elección y el derecho a la educación, consagrados constitucionalmente y en convenciones internacionales.

Así las cosas, las soluciones públicas que resultan de las nociones previas estiman que la comunidad política no les debe nada a aquellos que, contra su voluntad, han sido perjudicados en sus oportunidades por razones inmerecidas y arbitrarias. Bajo esta gramática, la ilusión de definir el rendimiento académico temprano como mérito individual se eleva como un criterio distributivo aparentemente justo, que da a cada cual lo que merece.

Por estas últimas razones, el proyecto de Admisión Justa puede ser catalogado como una iniciativa de contrarreforma a la Ley de Inclusión que Carrasco et al. (2020) identifican como una iniciativa de populismo educacional.

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1 Sobre problemas de diseño que el SAE debió ajustar, o está en camino de hacerlo, ver: Carrasco et al. (2019) y Eyzaguirre et al. (2018), incorporados en un proyecto de ley aún pendiente en el Congreso.

2 Como parte del Centro de Justicia Educacional UC, el estudio realizó 162 entrevistas y se desarrolló a través del seguimiento a 81 familias durante su proceso de elección, postulación y admisión a establecimientos para el año escolar 2018, realizando dos entrevistas semiestructuradas durante distintos hitos del proceso: una antes del inicio de las postulaciones al SAE, y otra una vez finalizado el proceso. El trabajo de campo se realizó en las principales ciudades de las cinco regiones donde se implementó el SAE para la admisión escolar 2018: Iquique, La Serena-Coquimbo, Rancagua, Puerto Montt y Punta Arenas (a lo que se suman entrevistas en la Región de La Araucanía a principios del 2019). La selección de casos fue llevada a cabo según su pertenencia a zonas muestrales homogéneas o mixtas en términos socioeconómicos. En adición, las familias fueron seleccionadas de acuerdo a un segundo criterio relativo a su experiencia de elección de escuela: un grupo con experiencia previa de postulación a un hijo bajo el sistema anterior, y otro sin ninguna experiencia previa.

3 El llamado proyecto de “Admisión Justa”, liderado por la exministra Marcela Cubillos, fue dividido en dos iniciativas de ley, una ingresada a la Cámara de Diputados y la otra al Senado. La primera destaca por ampliar al 100% la selección por rendimiento académico en colegios de alta exigencia (Mensaje Presidencial Nº 008-367), la segunda introduce una serie de modificaciones donde destacan cambios a los criterios de prioridad, aumento del 30% de selección según proyecto educativo y modificación del rol de las entrevistas (Mensaje Presidencial Nº 009-367).

4 El nuevo proyecto de Ley incorporó medidas necesarias y razonables bien específicas, como la incorporación de criterios de prioridad que favorecerán a estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes, estudiantes que están bajo el cuidado del servicio de menores, así como la rectificación del criterio de prioridad a hermanos.

5 Se utilizó como fuente de información las bases de datos SAE de MINEDUC (para estimar sobredemanda) y la Agencia de Calidad de la Educación (para determinar categorías de desempeño).

6 La Ley de Inclusión estipula que los colegios de alta exigencia (definidos con un criterio diferente al de PAJ) podrán seleccionar de modo “transitorio” en los primeros años de implementación del SAE un 85%, 60%, hasta llegar en un máximo de cinco años, como tope y “en régimen”, a un 30% de sus estudiantes seleccionados en base al rendimiento académico.

7 El Proyecto de Ley establecía que dicho criterio operará en base a la última categoría de desempeño que estipule la Agencia de la Calidad. Sin embargo, aunque haya cierta estabilidad en la clasificación, se corre el riesgo de que la calidad de colegio de alta exigencia sea inestable y pueda en teoría cambiar anualmente.

CAPÍTULO 7

FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESCOLAR

SHIRLEY REDROBAN

Clapes UC

SERGIO URZÚA

U. de Maryland & Clapes UC

1. INTRODUCCIÓN

Las condiciones bajo las que se desenvuelve el proceso educacional dependen, en gran medida, de los recursos destinados al sector y de la forma en que estos se distribuyen (Silva y Urzúa, 2018; Beyer, 2007). En el contexto del actual ordenamiento institucional, y considerando los recientes cambios al mismo, el modelo de provisión mixta configura un régimen que promueve el acceso a la educación de la población como también la libertad de enseñanza. Este ha permitido la participación de instituciones privadas en la provisión de servicios educacionales, contando con el apoyo de un sistema de financiamiento que mezcla recursos públicos y privados.

Por su obvia relevancia, el financiamiento de la educación ocupa un puesto destacado en el debate educativo. Aspectos relacionados con la delimitación de los actores que deberían contribuir al sistema, los montos deseables y su forma de distribución se han tornado de especial interés al ser elementos determinantes en la consecución de un sistema educativo que demanda mayor calidad y capacidad para atender las desigualdades.

Lo anterior, de una u otra forma, ha sido visible en las reformas educativas implementadas desde hace varias décadas. Precisamente, la baja calidad del sistema educativo hasta los años 80 repercutió en el traspaso de un sistema de subvención a la oferta a uno basado en subvenciones a la demanda, de modo de promover la competencia entre establecimientos e impulsar la calidad del sistema. Esto, junto con argumentos presupuestarios, también justificó la constitución del sistema de financiamiento compartido planteado primero durante los últimos años de la dictadura (1988) y luego perfeccionado en democracia (1993).

Es, precisamente, este esquema de subvenciones el que ha definido la forma de distribución de los recursos escolares en las últimas décadas. Pese a ello, las distintas modificaciones introducidas en el sistema desde sus inicios revelan la complejidad de construir un sistema de financiamiento eficiente y capaz de consolidar un sistema educativo de calidad.

Por esta razón, entender la organización y la evolución del sistema de financiamiento escolar es clave para la detección de desafíos y oportunidades que contribuyan a su perfeccionamiento. Este es el punto central del presente capítulo, que se organiza de la siguiente manera. La sección 2 ofrece una visión global del financiamiento educacional. La sección 3 describe el sistema imperante en Chile, mientras la sección 4 describe el impacto que han tenido algunos de sus elementos sobre la calidad de la educación. La sección final discute las implicancias de política y concluye.

2. INVERSIÓN EN EDUCACIÓN: VISIÓN GLOBAL

La relevancia asignada al sistema escolar es visible, entre otros aspectos, en los recursos asignados al sector. En lo que respecta al país, es notable el esfuerzo de los últimos gobiernos en aumentar los montos destinados a este ámbito. Precisamente, como se observa en la Figura 1, los dineros asignados a la educación han experimentado una tendencia creciente. Entre los años 2000 y 2020 los recursos totales destinados al sector como porcentaje del PIB crecieron en aproximadamente tres puntos porcentuales, llegando al 6,3% del PIB en el último año.

Desde una perspectiva comparada, el gasto que se destina a las instituciones de educación es superior al promedio de la OCDE. Esto se aprecia en la Figura 2, que presenta el gasto total (público y privado) asignado a instituciones educativas como porcentaje del PIB en distintos países del bloque para el año 2017. En promedio, los países de la OCDE destinan el 4,9% de su producto. Dicha cifra es superior en el caso de Chile, que destina el 6,3% del PIB al sector educativo. Así, Chile aparece en la actualidad dentro de los países que entregan mayores recursos a instituciones educativas como porcentaje del producto.

Desagregando el gasto por nivel educativo, la gráfica muestra que en los países miembros de la OCDE el gasto asignado a las instituciones de educación básica y media alcanza el 3,5% del PIB en promedio, mientras que los recursos que van a los establecimientos del nivel de educación superior es menos de la mitad, alcanzando el 1,4% del PIB. Esto difiere de lo que se observa en el caso de Chile. En el país, el monto asignado a los establecimientos de educación básica y media alcanza el 3,6% del PIB, cifra similar al promedio del bloque. Sin embargo, el monto destinado a educación superior asciende al 2,7% del PIB, casi el doble del monto asignado en la OCDE como bloque. Esta diferencia demuestra una de las anomalías que distinguen a Chile, siendo la gratuidad en la educación superior, instaurada a partir del 2016, un factor determinante tras la dominancia presupuestaria de ese nivel. Si se entiende el proceso educativo como uno gradual y secuencial, el aseguramiento de recursos en los primeros niveles debería ser una prioridad.

FIGURA 1

EVOLUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO EN EDUCACIÓN (2000-2020)


Fuente: Elaboración propia en base a información DIPRES y Banco Central.

En esta línea, las comparaciones a nivel de estudiante ponen en perspectiva el impacto en la distribución de los recursos que ha tenido la reciente evolución de los recursos educacionales en Chile.

De acuerdo con los datos OCDE, en 2017 el gasto destinado por estudiante (educación primaria, media y terciaria) alcanzó los US$ 6.487 en el país, cifra distante de los US$ 11.231 destinados en promedio entre los países miembros del conglomerado de países. Es necesario poner tales cifras en contexto: mientras el PIB per cápita de Chile no superó los US$ 25.000 el 2017, el promedio de la OCDE fue de US$ 43.000. A pesar de lo anterior, en 2017 el país destinó un 25,9% del PIB per cápita por cada estudiante, apenas 0,2 puntos porcentuales por debajo de lo destinado en los países miembros de la OCDE (26,1%).

Por otra parte, al analizar el gasto según nivel educativo, emergen importantes diferencias. Precisamente, de acuerdo con la misma fuente, en 2017 los montos destinados por estudiante en educación superior fueron 1,8 veces mayores a lo que se destinó por estudiante en educación básica y media en Chile, mientras en los miembros de la OCDE dicha proporción fue de 1,6. De hecho, Chile es uno de los países que mayores recursos destinan a la educación superior como proporción de lo que aporta a los otros niveles educativos. Por lo mismo, el esfuerzo nacional en materia de presupuesto parece más orientado a la redistribución de recursos desde los niveles educacionales más altos hacia los primeros años. Esto sería consistente con la evidencia internacional, que identifica en los niveles educacionales iniciales (prebásico, básico y medio), foco de este capítulo, las mayores oportunidades para asegurar el retorno social de los recursos públicos y privados en el sector (Heckman, 2011).

FIGURA 2

GASTO EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS COMO % DEL PIB EN 2017


Fuente: elaboración propia en base a datos OCDE.

Los montos y el destino de los recursos orientados a la educación se explican por la estructura del sistema de financiamiento. Como se anticipó en la introducción, el origen del mismo se remonta a la reforma educativa de los años 80, que consolidó a las subvenciones escolares como instrumentos para la distribución eficiente de los recursos. Un análisis más detallado se presenta a continuación.

3. SISTEMA DE SUBVENCIONES COMO PILAR

Hasta inicios de la década de los 80, el sistema educativo fue mayoritariamente financiado por aportes fiscales directos a cargo del Ministerio de Educación, con la educación privada jugando un rol acotado. Así, el sistema de ese entonces adolecía de carencias e imperfecciones en respuesta a un bajo gasto en educación, a la falta de incentivos, una supervisión inadecuada del sistema y una baja participación comunitaria en los asuntos escolares (Gallego, 2002). Entonces, por ejemplo, mientras la educación preescolar se caracterizaba por las bajas tasas de asistencia, la educación básica soportaba altas tasas de repitencia escolar y de deserción, problemas que adquirían mayor relevancia en sectores de escasos recursos y en aquellos pertenecientes a zonas rurales (Prieto, 1983). Por su lado, la educación media padecía de un exceso de asignaturas y planes de estudio poco pertinentes, además de la saturación de alumnos en algunos establecimientos escolares.

En este contexto, y considerando que el mandato constitucional definía como obligación del Estado el diseñar un sistema de financiamiento que garantizase que la educación obligatoria fuera impartida de forma gratuita, de modo de asegurar el acceso a la educación de la población, en 1980 se inició una de las mayores reformas educativas del país1, enfocada en la promoción de incentivos adecuados para el mejoramiento de la calidad del sistema y de la eficiencia en el uso de los recursos (González, 1998), dando origen al actual sistema de financiamiento basado en aportes o subvenciones escolares2.

La reforma tuvo fundamentos financieros, de eficiencia y de distribución del poder (Cox, 2003). Precisamente, el sistema de subvenciones fue ideado considerando que, bajo libre acceso y financiamiento, independiente de la propiedad del establecimiento, se origina un régimen de libre competencia que permite el mejoramiento del sistema escolar y el uso eficiente de los recursos. En detalle, el esquema supone que las familias son agentes racionales que buscan maximizar su bienestar al escoger la escuela que satisface sus preferencias. Asimismo, supone que las escuelas son sensibles a las preferencias de los padres y que, por lo tanto, son dinamizadas a través de la competencia con otras escuelas (Treviño, Carrasco, Villalobos y Morel, 2019) De este modo, al posibilitar la libre elección del centro escolar, las escuelas se ven presionadas a mejorar su calidad, de modo de retener a sus estudiantes (Friedman, 1955).

La reforma repercutió en que la educación en Chile se organizara en un esquema mixto, en el que tanto el sector público como el privado participan en el financiamiento y en la provisión de la educación. En consecuencia, la legislación dio lugar al surgimiento de tres tipos de establecimientos: municipales, particulares subvencionados y particulares pagados, donde los dos primeros tipos son financiados a través de los aportes fiscales y pueden además aceptar aportes privados.

Como resultado de esta estrategia, Chile logró aumentar su cobertura escolar de forma importante. Esto se refleja, por ejemplo, en la evolución de los años promedio de educación de la población. Mientras en 1980 la cifra alcanzaba los 7,6 años, en 1990 alcanzó los 8,6 años, en el 2000 los 10,2 años y en el 2010 los 11,13 años. En la actualidad, el promedio de la población tiene al menos 12 años de educación, lo que equivale a educación media completa. La contribución del sector privado a este logro se puede ilustrar de la siguiente forma: mientras en 1990 el 39% de la matrícula en básica y media era privada, en el 2010 el porcentaje llegó al 58%. La Tabla 1 demuestra el éxito del sistema en cuanto a generar mayor diversidad y un crecimiento de la cobertura que actualmente supera el 100% (tasa de matrícula bruta).

TABLA 1 DISTRIBUCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS POR TIPO DE FINANCIAMIENTO 2020


Fuente: Elaboración propia en base a datos de MINEDUC.

Nota: Otros incluye establecimientos de Administración Delegada y Servicios Locales de Educación.

En la práctica, a partir del establecimiento del sistema de subvenciones, el Estado flexibiliza la oferta de la educación y empieza a otorgar a las escuelas municipales y particulares subvencionadas un voucher por cada alumno que asiste a la escuela. Este consiste en una ayuda gubernamental que se manifiesta en un desembolso monetario, no devolutivo, desde el Estado hacia el beneficiario (Flores, 2013).

Para definir el monto a subvencionar por alumno, se ocupa una unidad de cuenta denominada Unidad de Subvención Escolar (USE)3 que es independiente del tipo de financiamiento de la institución (de modo de promover la competencia en la provisión de la educación) y que difiere de acuerdo con el nivel y modalidad de enseñanza (ver DFL 2-1998). De este modo, el monto mensual a ser percibido por el establecimiento se calcula a partir del respectivo valor unitario por estudiante multiplicado por la asistencia promedio, registrada por cada curso durante los (tres) meses precedentes al pago.

3.1 Evolución del sistema de subvenciones escolares

Compete señalar que, desde su implementación, el esquema de subvenciones ha estado sujeto a distintas modificaciones en pro de su perfeccionamiento. A continuación, se detallan los cambios más relevantes desde el siglo XX hasta la actualidad.

Modificaciones en los años 80 y 90. Las modificaciones implementadas en el siglo XX reconocen las debilidades del sistema en cuanto a la educación de estudiantes pertenecientes a grupos vulnerables. Precisamente, años después del inicio del nuevo sistema de subvenciones, las dificultades en cuanto al financiamiento de las escuelas rurales repercutieron en al menos dos modificaciones al esquema: la primera en 1987, que añadió un incremento por asistencia para establecimientos ubicados en zonas rurales; y la segunda en 1992, que creó una subvención mínima para los establecimientos rurales (piso rural) que garantizó la entrega de recursos a dichos establecimientos por al menos el equivalente a 35 alumnos.

Además del piso rural, uno de los cambios más relevantes de la década emergió a raíz de la Ley 18.768 de 1988, que, entre otros aspectos, introdujo el sistema de financiamiento compartido. La legislación autorizó que los establecimientos particulares subvencionados pudieran complementar la subvención estatal con aportes directos de los padres, siempre y cuando no superaran las cuatro USE. No obstante, fue en 1993, con la Ley 19.247, cuando el sistema de financiamiento compartido obtuvo mayor dinamismo, permitiendo el establecimiento de cuotas de copago en sectores de distintas clases sociales.

Aunque la legislación fue creada con el objeto de inyectar recursos adicionales al sistema, reducir las brechas de gasto entre la educación subvencionada y privada y agregar de manera colectiva aportes de los padres a la educación de sus hijos (Treviño, Carrasco, Villalobos y Morel, 2019), la evidencia sugiere que la medida podría haber fomentado dinámicas de segmentación y de segregación social del sistema educativo.

Así, años más tarde, en 1997, la Ley N° 19.532 creó un sistema de becas obligatorio para los establecimientos con financiamiento compartido, con el fin de introducir mecanismos para evitar la segregación de los estudiantes de menores recursos (Kutscher, 2014). De este modo, al menos el 30% de las exenciones en el copago debían otorgarse atendiendo exclusivamente a las condiciones socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar.

Al término de la década, dos nuevas subvenciones se añadieron al sistema de financiamiento: la subvención de refuerzo educativo y la subvención de apoyo a la mantención. La primera tiene por objetivo la atención de alumnos vulnerables con rendimientos deficientes, y la segunda busca apoyar el financiamiento de los gastos en los que repercute el mantenimiento de los establecimientos.

Modificaciones del siglo XXI. Las modificaciones al sistema mixto de financiamiento no concluyeron con el fin del siglo XX. A partir del año 2000 y de la mano de mayores recursos, se gestaron dos nuevos cambios, de modo de atender la desigualdad en los logros escolares a través de una estrategia de inversión y gasto diferenciado.

La primera gran modificación se remonta a inicios de 2008 con la promulgación de la Ley 20.248. Al igual que en la década pasada, la nueva legislación reconoció nuevamente que el costo de la enseñanza es mayor a medida que aumenta la vulnerabilidad socioeconómica de los estudiantes. De este modo, la nueva ley instauró un subsidio adicional a la subvención de escolaridad, denominado subvención educacional preferencial (SEP). El instrumento implicó la entrega de recursos suplementarios a la subvención regular, en función del nivel socioeconómico de los estudiantes, de modo de apoyar al mejoramiento de la calidad educativa en los sectores de bajos recursos.

La legislación estableció además que el monto adicional de la SEP alcanzaría el 50% de la subvención regular para los estudiantes pertenecientes al 40% de la población de menores ingresos. En complemento a lo anterior, la ley implicó que los establecimientos pudieran recibir montos adicionales en función de la concentración de alumnos preferenciales en la institución. Es decir, a mayor cantidad de estudiantes en situación de vulnerabilidad, mayor sería la cantidad de recursos adicionales destinados al establecimiento. Así, solo en 2008 la SEP implicó el desembolso de $64,3 miles de millones, beneficiando a aproximadamente 272 mil estudiantes.

La segunda gran modificación aconteció siete años más tarde, en 2015, con el concurso de la Ley 20.845 de Inclusión Escolar (LIE). La legislación buscaba equiparar las condiciones en el sistema educativo subvencionado, de modo de evitar que las condiciones socioeconómicas interfirieran en la educación. En esta línea, a partir de su promulgación se reguló el sistema de admisión escolar, se eliminó el financiamiento compartido y se prohibió el lucro en los establecimientos subvencionados que recibían aportes permanentes del Estado (para un detalle del contexto e impacto de estas ideas, ver Fontaine y Urzúa, 2018).

Particularmente, en lo que refiere a las subvenciones, la legislación implicó el aumento en los recursos orientados a la SEP. En detalle, la LIE implicó nuevos recursos para aquellos alumnos cuyas condiciones económicas dificultaban el proceso educativo (alumnos prioritarios) y para aquellos no catalogados como prioritarios, pero cuyas familias pertenecen al 80% más vulnerable del país. Así, la SEP para alumnos preferentes sería equivalente al 50% del valor unitario mensual para los alumnos prioritarios.

Además, en su objetivo por terminar con el copago (financiamiento compartido), la LIE significó la creación de un nuevo beneficio: aporte para la gratuidad (APG). La APG constituye una asignación que se entrega a los colegios municipales y particulares subvencionados gratuitos adheridos a la SEP y sin fines de lucro, de modo de incrementar sus fuentes de financiamiento.

Estado actual del sistema de subvenciones. En la Figura 3 se presenta la evolución de los montos asignados a las subvenciones escolares desde el año 2000 hasta el año 2020. En la gráfica es visible que en los últimos 20 años el gasto destinado a subvenciones se ha sextuplicado, pasando de $ 911 miles de millones en el año 2000 a $ 6.299 miles de millones en el año 2020.

FIGURA 3 EVOLUCIÓN DEL GASTO EDUCATIVO Y SUBVENCIONES 2000-2020 (MILES DE MILLONES DE PESOS)


Fuente: Elaboración propia a partir de datos del MINEDUC, 2020.

Las subvenciones más cuantiosas son las destinadas al sector privado4, que en los últimos 20 años representaron, en promedio, casi el 90% del monto total destinado a subvenciones. De dichos aportes, la subvención escolar y la subvención escolar preferencial son los de mayor predominancia. De hecho, en 2020 ambas subvenciones explican el 86% de los montos destinados a ese ítem.

Aunque la subvención de escolaridad ha experimentado un crecimiento significativo desde el año 2000 (376%), la importancia que la SEP ha adquirido desde su implementación es destacable. Precisamente, desde su entrada en vigencia en 2008 hasta el año pasado, los montos destinados a dicho rubro crecieron en un 1.240%. Ello responde a un creciente aumento en el número de beneficiarios y a las modificaciones implementadas a partir de la LIE (ver Figura 4).

En lo que respecta al número de beneficiarios, mientras en 2008 la SEP beneficiaba a 271.868 estudiantes, en 2015 la cifra se quintuplicó, de modo que el número de beneficiarios ascendió a 1.250.180 estudiantes. Con la entrada en vigencia de la LIE el número de beneficiarios continuó en expansión. En el 2020 el número de beneficiarios alcanzó a 2.047.478 estudiantes (aproximadamente el 57% de la matrícula total de 2020).

En razón de lo anterior, mientras en 2008 el presupuesto destinado a la SEP ascendía a los $ 64 miles de millones, en 2015 la cifra llegó los $ 475 miles de millones. La LIE implicó mayores recursos para la SEP, de modo que en 2020 los montos destinados a la subvención alcanzaron los $ 839 miles de millones.

FIGURA 4 EVOLUCIÓN GASTO SEP Y NÚMERO DE BENEFICIARIOS


Fuente: Elaboración propia a partir de datos del MINEDUC, 2020.

Notas: Gasto SEP (miles de millones) en eje izquierdo y número de beneficiarios (miles) en eje derecho.

La cifra es incluso mayor si se consideran los aportes complementarios a la SEP: el aporte por concentración y el aporte por gratuidad. En efecto, cuando dichos rubros entran en cálculo, los montos destinados a la SEP se incrementan desde los $ 64,3 miles de millones en 2008 a los $ 1.311 miles de millones en 2020 (ver Figura 4).

4. FINANCIAMIENTO Y DESEMPEÑO ESCOLAR

En cuanto a los resultados del sistema de educación chileno, el desempeño del país en las pruebas estandarizadas internacionales arroja luces. Tal y como se observa en la Figura 5, y según los resultados de la evaluación PISA en matemáticas (panel a) y lenguaje (panel b) para el período 2006-2018, el país ha logrado posicionarse por encima de otros países de la región, revelando un rol favorable del actual sistema de financiamiento en el aprendizaje de los estudiantes. No obstante, la casi nula evolución de los puntajes desde 2009 revela un preocupante estancamiento de la educación.

FIGURA 5 EVOLUCIÓN PUNTAJES PISA 2006-2018



Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la OCDE, 2020.

Asimismo, en comparación con los resultados de la OCDE la posición del país es poco favorable. En efecto, la Figura 5 revela que el país permanece distante del desempeño del grupo de economías más desarrolladas. En este aspecto, y en razón de la cantidad significativa de recursos que se asignan año tras año a la educación, la implementación y el fortalecimiento de mecanismos que promuevan la calidad del sistema asoma como un desafío pendiente del sistema.

Desde esta perspectiva, es necesario discutir la asociación entre los niveles y las formas de financiamiento y el resultado educativo.

4.1. ¿Por qué el financiamiento importa?

El financiamiento de la educación debe entenderse como un componente fundamental de la política educativa cuya importancia radica en su capacidad de promover el acceso, la calidad y los beneficios potenciales asociados a la escolaridad. En este aspecto, investigaciones experimentales recientes en países desarrollados indican que el gasto adicional y sostenido de US$ 1.000 por alumno es capaz de incrementar el rendimiento escolar entre 0,12 y 0,24 desviaciones estándar (Jackson, 2020; Lafortune et al., 2016) y que el aumento del 10% en el gasto por estudiante durante toda la etapa escolar conduce a 0,31 años más de educación, un 7% más de salarios y a la reducción de 3,2 puntos porcentuales en la incidencia anual de la pobreza en adultos, siendo los efectos más pronunciados para los niños de familias de bajos ingresos (Jackson y Johnson, 2016). En este sentido, y dadas las diferencias en el estado de desarrollo, es presumible que el valor marginal de un peso adicional sea mayor en estudiantes de países de menores ingresos.

Las cifras de Chile permiten una primera aproximación para discutir esa idea. A nivel nacional, por ejemplo, los crecientes recursos destinados al sector educativo han estado acompañados, entre otros aspectos, de incrementos en la matrícula escolar, especialmente en los niveles de educación básica (1990-2000), media (1995-2005) y parvulario (2005 en adelante). La Figura 6 describe estas tendencias.

Ahora bien, la correlación entre ambas variables —recursos y matrícula— durante las tres últimas décadas ha sido positiva, sugiriendo que la dotación de US$ 100 adicionales en la educación está empíricamente asociada a un acceso a la educación de al menos dos estudiantes. La Figura 7 presenta tal correlación. Aunque el análisis anterior no refleja en lo absoluto un efecto causal, es evidente que la asignación de recursos al sistema educativo conlleva ventajas inherentes en cuanto a matrícula, aprendizaje y otras variables no cognitivas igual de relevantes en el desarrollo de los estudiantes.

FIGURA 6 MATRÍCULA TOTAL SISTEMA ESCOLAR EN CHILE: 1990-2018


Fuente: Elaboración propia a partir de datos del MINEDUC.

Nota: Matrícula en millones.

FIGURA 7 CORRELACIÓN ENTRE GASTO EN EDUCACIÓN Y MATRÍCULA (1990-2018)


Fuente: Elaboración propia a partir de datos macro y MINEDUC.

Nota: Gasto en educación y matrícula en millones.

La literatura referente al financiamiento de la educación ha sido enfática en demostrar que el modo en el que los recursos son asignados es igual de fundamental. En efecto, cuando los fondos son asignados de forma inequitativa, los recursos no llegan a las escuelas o no se utilizan para los fines previstos, las decisiones sobre el uso de la financiación pública no están relacionadas con el aprendizaje y cuando los organismos gubernamentales carecen de capacidades para utilizar los dineros de forma eficaz, la inversión en educación no siempre conduce a mejores resultados escolares (Banco Mundial, 2018).

Por ello, el financiamiento de la educación no solo concierne a la cantidad de recursos desembolsados en el sistema, sino también a la forma de repartición de dichos recursos y a las formas en los que estos afectan a los actores del sistema (Hanushek, 2013). En esta línea, si bien la forma y la cantidad precisa en la que los recursos educativos deben administrarse y dirigirse no son obvias, la evidencia ha demostrado que los esquemas de financiamiento y políticas que otorgan incentivos financieros adecuados son capaces de promover mejoras sistemáticas en los esquemas de educación y en el aprendizaje y otras variables no cognitivas de los estudiantes (Hanushek, 2016).

De modo particular, y en lo que respecta a los modelos de financiamiento basados en subvenciones, estos han demostrado tener impactos favorables y de largo plazo en el rendimiento, el número de años de escolaridad y en la repitencia escolar (Angrist, Bettinger, Bloom, King y Kremer, 2002), especialmente en poblaciones vulnerables (minorías y mujeres) (Chingos y Peterson, 2015). Además, las subvenciones escolares han revelado ser eficaces en promover resultados de comportamiento (Reback, 2010) y variables no cognitivas como la autoeficacia de los estudiantes, junto con disminuir la discriminación y el acoso escolar (Kutscher, 2020). Aunque los mecanismos detrás de estos resultados son variados, la evidencia sugiere que la elección del establecimiento educativo constituye una de las claves para las mejoras experimentadas (Angrist, Bettinger y Kremer, 2006).

A continuación, se detallan dos aspectos del esquema de financiamiento nacional haciendo énfasis en la asociación empírica que estos tienen sobre distintos resultados del desempeño escolar.

Financiamiento compartido. Tal como se explicó en la sección 3, el financiamiento compartido, también conocido como copago, asomó como un régimen especial de subvención que facultó a los sostenedores de los establecimientos educativos para fijar cobros mensuales a las familias sin perder el derecho a la subvención otorgada por el Estado. No obstante, las instituciones pertenecientes a dicho esquema estaban sujetas a un descuento del subsidio estatal, progresivo de acuerdo con el monto cobrado.

Las cifras oficiales demuestran que tal esquema de financiamiento compartido repercutió en el aumento progresivo del número de colegios con copago por encima de la tasa de crecimiento del número total de instituciones, y en el incremento paulatino del cobro promedio real por alumno en razón de la disponibilidad del pago de las familias. El esquema implicó localizadas ganancias en el aprendizaje en función de los montos considerados. Por ejemplo, resultados positivos han sido documentados para escuelas con copago por más de diez años y con montos superiores a los $ 8.000 mensuales (Mizala y Saavedra, 2014). Así, la evidencia empírica indica que luego de controlar por distintos factores, el impacto del financiamiento compartido sobre pruebas estandarizadas (SIMCE) de matemáticas y lenguaje es acotado (Fontaine y Urzúa, 2018; Mizala y Torche, 2012; Contreras et al., 2018). Sin embargo, el análisis de Kutscher (2013) ofrece una perspectiva complementaria a las conclusiones anteriores. Sus resultados indican que el financiamiento compartido tuvo un impacto positivo sobre la comprensión lectora y auditiva en inglés, la disciplina (bullying físico, social y digital) y medidas que pueden ser asociadas a rasgos de personalidad (autoeficacia y formación valórica). En este contexto, y consistente con la idea planteada en Fontaine y Urzúa (2018), es posible identificar atributos asociados al copago que pueden ser, en principio, valorados por los padres al momento de elegir el establecimiento educacional para sus hijos e hijas.

No obstante dichos efectos, en 2015 la LIE planteó un proceso secuencial para terminar con el financiamiento compartido. Este implicó un congelamiento de los niveles de cobro existentes al momento en que los establecimientos optaran por tal posibilidad, con la promesa de aumentos graduales y compensatorios de los recursos públicos dirigidos a los mismos. En conformidad con lo anterior, el impacto en el gasto público durante los últimos años es notable. Mientras en 2016 la política implicó el desembolso de $ 85,2 miles de millones por concepto del Aporte por Gratuidad (APG), en 2020 la cifra ascendió a los $ 316,9 miles de millones. Ello es congruente con la adhesión de cientos de instituciones particulares subvencionadas a la gratuidad, particularmente de aquellas con copagos mensuales menores a los $ 50 mil pesos. En efecto, mientras en 2015 se contabilizaron 3.517 escuelas particulares subvencionadas gratuitas, en 2020 la cifra ascendió a 4.534, equivalente a un aumento aproximado de 1.000 establecimientos en apenas cinco años. La Tabla 2 presenta estas tendencias. La cuantificación del impacto de este proceso sobre el aprendizaje a nivel individual debe ser uno de los esfuerzos que motiven el trabajo académico de los próximos años.

TABLA 2 NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS PARTICULARES SUBVENCIONADOS POR TRAMO DE MENSUALIDAD 2015-2020


Fuente: Elaboración propia a partir de datos del MINEDUC, 2020.

Del mismo modo, dado que el fin del financiamiento compartido fue justificado utilizando la segregación socioeconómica dentro de las escuelas que podría generar (Valenzuela, Bellei y Ríos, 2014; Elacqua, 2012), los esfuerzos de investigación futuros también deben analizar si la LIE afectó en último término las disparidades escolares a nivel agregado. Por lo pronto, la evidencia ha señalado que solo entre un 10% y 23% de la segregación escolar podría explicarse por el copago (Arteaga, Paredes y Paredes, 2020). Asimismo, los efectos de la reforma en la calidad del sistema constituyen otro aspecto que deberá ser abordado en los años próximos.

Subvención escolar preferencial. Desde su creación en el 2008, la Subvención Escolar Preferencial (SEP) ha ocupado un puesto relevante en el sistema de financiamiento. En sus inicios, esta implicó recursos adicionales en aproximadamente un 50% por cada alumno prioritario en las escuelas públicas y privadas adscritas a la SEP, mismos que debían ser destinados y justificados en conformidad al Plan de Mejoramiento Educativo5. Años más tarde y de la mano de la LIE, la SEP se incrementó en un 20% para los alumnos prioritarios y en un 50% para estudiantes preferentes (aquellos pertenecientes al tercer y cuarto quintil de ingreso de los hogares). La política ha sido impulsada con el fin de aumentar el rendimiento promedio en las escuelas participantes y disminuir la brecha de aprendizaje asociada con el nivel socioeconómico de los estudiantes.

Aunque la evidencia inicial avaló la eficiencia de la política en cuanto a mejoras en el aprendizaje (Correa, Parro y Reyes, 2014; Villarroel, 2014; Mizala y Torche, 2013), investigaciones recientes han revelado nulos efectos de los recursos adicionales en el desempeño escolar (Feigenberg, Yan y Rivkin, 2019). Ello debido a que los establecimientos de mayor calidad continúan sin adherirse a la SEP y a la existencia de barreras, más allá de las económicas, que impiden a las familias elegir escuelas de mejor desempeño (Aguirre, 2020).

Los resultados de la última evaluación PISA son consistentes con los hallazgos anteriores. Tal y como lo muestra la Tabla 3, no solo las ganancias en el rendimiento son nulas en las tres competencias evaluadas entre 2015 y 2018; también las brechas en el rendimiento entre estudiantes de altos y bajos ingresos se han mantenido constantes.

TABLA 3 PUNTAJE PROMEDIO EN EVALUACIÓN PISA 2015-2018


Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la OCDE, 2020.

No obstante, nuevos análisis han identificado la existencia de efectos positivos de la subvención preferencial en la disminución de la segregación escolar (Valenzuela, 2015) y en variables no cognitivas (Kutscher, 2020, 2013). Lo anterior en razón de las inversiones realizadas con los recursos percibidos por la SEP. En efecto, la evidencia ha documentado que las escuelas adscritas a la subvención preferencial invierten los recursos recibidos mayoritariamente en la contratación de personal de apoyo del aprendizaje, particularmente en profesionales del área psicosocial (psicopedagogos, psicólogos, entre otros) (Kutscher, 2020) impactando, de este modo, en resultados no cognitivos.

Aun así, la introducción de la normativa ha implicado distintas dificultades a los establecimientos. Por un lado, la rigidez asociada al gasto de los recursos que acarrea en problemas de gestión, dificultad visible en la baja ejecución de los recursos percibidos6 por la SEP (CPP, 2019). Por otro, las cargas administrativas relacionadas con la rendición de los recursos provenientes de la subvención preferencial, que repercuten en la burocratización excesiva de las instituciones (Treviño, Carrasco, Villalobos y Morel, 2019). Finalmente, aun cuando la subvención preferencial ha servido como un instrumento para dotar de mayores recursos a los estudiantes vulnerables, no existe una política clara que guíe a los establecimientos sobre las formas efectivas de mejorar el aprendizaje de los estudiantes prioritarios (Santiago, Fiszbein, García y Radinger, 2017). Estos son aspectos que deben ser considerados para el mejoramiento continuo de la SEP.

Los ejemplos anteriores constituyen un breve retrato de cómo el financiamiento de la educación puede impactar en los resultados escolares, especialmente en los estudiantes de entornos desfavorecidos. Los sistemas de financiamiento basados en criterios de eficacia y equidad garantizan la adecuada asignación de recursos, condición necesaria para la promoción del aprendizaje de los escolares y para la mejora sistemática de la calidad de la educación. No obstante, la existencia de desafíos latentes demanda la revisión de los esquemas de financiamiento, de modo de garantizar la promoción del sistema educativo.

5. CONCLUSIONES Y DISCUSIÓN

El financiamiento de educación juega un rol fundamental en la política educativa. No solo se relaciona con los montos presupuestados, sino también con la forma en la que los recursos son asignados y sus impactos en los resultados educativos y en el sistema en su totalidad. Precisamente, la evidencia ha avalado que los esquemas de financiamiento que otorgan incentivos adecuados a los actores de la comunidad educativa son capaces de promover el acceso, garantizar mejoras en el aprendizaje y asegurar la calidad de la educación.

A nivel nacional, desde la década de los 80 el esquema de financiamiento se ha basado en vouchers educativos o subvenciones escolares, cuyo rol fundamental ha sido la promoción de la competencia entre escuelas, y a través de ello, de la calidad del sistema en general. No obstante, las distintas modificaciones introducidas al sistema desde su implementación han dado cuenta de las dificultades de construir un modelo de asignación de recursos eficiente, equitativo y capaz de promover la calidad educativa. En este sentido, aun cuando distintos estudios sustentan elementos del modelo vigente en varios resultados educativos, la existencia de desafíos inherentes (gestión de los recursos, burocratización del sistema, entre otros) demanda una revisión.

En particular, parece necesario continuar los esfuerzos por potenciar mecanismos de financiamiento destinados a estudiantes que requieren mayores apoyos. La constante revisión de los parámetros y montos tras la SEP pueden ayudar en esta línea (Fontaine y Urzúa, 2018). Del mismo modo, parece necesario revertir la anomalía nacional en cuanto al alto nivel de recursos destinados a estudiantes en el sector terciario en relación con los niveles iniciales. Esto puede ser reflejo de la economía política en torno a la educación superior (sus alumnos votan, no así los de prebásica hasta media), y representa un desafío para la instauración de una educación de calidad desde los primeros años.

En esta misma línea, otro de los retos pendientes del sistema de financiamiento es la promoción de la educación pública y la generación de mecanismos que apoyen su calidad. Esto puede ser generado a partir de mejoras al sistema de subvenciones o vouchers educativos, sin necesidad de desmantelarlo. Devolver el puesto relevante a la educación pública en el sistema educacional es clave para la generación de confianza de las familias y otros actores educativos en torno a la misma.

En este aspecto, el apoyo que sepa otorgarse a los nacientes Servicios Locales de Educación (SLE) en cuanto a recursos financieros, capacidades de gestión de los recursos y tareas pedagógicas también será fundamental para enfrentar los desafíos incipientes. Garantizar capacidades a los SLE para la administración del sistema de educación pública y para el aseguramiento de la calidad se posiciona como una de las tareas centrales en la agenda educativa de los siguientes años.

Adicionalmente, los mecanismos de financiamiento deben continuar con el esfuerzo de atraer a los mejores profesores al sistema de educación pública, y con esto, ojalá, hacer más atractiva la carrera docente en general. Sistema de sueldos de profesores y equipos directivos, que continúen explorando mecanismos de incentivos y premios de la mano de mayores niveles salariales, es otro de los aspectos a considerar. Esto debe ser complementado con recursos para la continua capacitación del docente.

Todo lo anterior debe además englobarse en un esfuerzo por reforzar la asociación pública y privada en el sector. Esto tanto desde el punto de vista de la demanda como de la oferta educacional. Esto se hace aún más pertinente cuando se considera cómo la combinación de pandemia y revolución tecnológica está cambiando la forma de enseñar. Un sistema de financiamiento que no reconozca el histórico aporte del sector privado no podrá hacerse cargo de los desafíos (conectividad, innovación y modernización educacional para todos y todas) ni aprovechar las oportunidades futuras que entregará el nuevo mercado laboral (habilidades para el mundo pospandemia).

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1 Además del establecimiento de un sistema de subvenciones por alumno, la reforma implicó la descentralización de la gestión del Estado, materializado en el traspaso de la administración de los establecimientos fiscales a las respectivas municipalidades. El objetivo de la medida fue acercar el sistema escolar a la ciudadanía y al control local, de modo que las escuelas respondieran a las necesidades de la población bajo una gestión local más razonable (Jofré, 1998).

2 Compete mencionar que, aunque la reforma legitimó a las subvenciones como pilar del actual sistema de financiamiento en la década de los 80, el empleo de la herramienta se remonta varios años atrás. Por ejemplo, la Ley 9.864 de 1951 definió la entrega de subvenciones a escuelas primarias, secundarias, profesionales y normales particulares. Otros ejemplos son la Ley 10.343 de 1952, el Decreto con Fuerza de Ley 1-2.155 de 1961, entre otros.

3 El monto de la USE se establece en función del nivel y modalidad de enseñanza.

4 Incluye subvención de escolaridad, subvención de ruralidad, subvención de internado, subvención escolar preferencial, subvención de pro-retención, entre otras.

5 El Plan de Mejoramiento Educativo (PME) es la herramienta central de planificación, implementación y evaluación del mejoramiento educativo en las escuelas, colegios y liceos adscritos a la SEP.

6 La baja ejecución de los recursos percibidos ha repercutido en la acumulación de los saldos por parte de los sostenedores, los que en 2017 consignaron el 44,7% del presupuesto de la SEP para ese año (CPP, 2019).

CAPÍTULO 8

NUEVA EDUCACIÓN PÚBLICA: DESAFÍOS DE IMPLEMENTACIÓN

VERÓNICA CABEZAS

Profesora Asistente, Facultad de Educación UC Núcleo Milenio en Desarrollo Social UC

IGNACIO IRARRÁZAVAL

Director Centro de Políticas Públicas UC

NICOLÁS MUÑOZ

Subdirector de Investigación Aplicada Centro de Políticas Públicas UC

1. INTRODUCCIÓN

El nuevo sistema de educación pública surge a partir de la Ley 21.040, aprobada el año 2017, que busca a través de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) sustituir a las municipalidades como sostenedoras de los establecimientos educacionales. Los Servicios Locales son entidades públicas con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es gestionar toda la oferta de educación estatal en un territorio. Para cumplir este objetivo, el nuevo sistema busca sustituir a las 345 municipalidades como sostenedoras de los establecimientos educacionales por 70 Servicios Locales de Educación Pública (SLEP). Actualmente existen 11 SLEP ya instalados, y según la planificación inicial, entre 2022 y 2025 deben establecerse los 59 restantes. Además, la planificación considera el 2021 como un año de evaluación, en donde se plantean posibles mejoras a la instauración del nuevo sistema de educación pública y también una posible extensión del plazo de implementación, que tiene como máximo el año 2030.

La ley también contempló la creación de la Dirección de Educación Pública (DEP), servicio público descentralizado y dependiente del Ministerio de Educación, que busca establecer un trabajo en red y coordinado entre los distintos Servicios Locales. La función de la DEP se centra en dirigir estratégicamente el sistema, generando instancias de aprendizaje mutuo entre los servicios y entregando el apoyo necesario para el funcionamiento de dichos servicios.

Parte de las justificaciones para implementar la Nueva Ley de Educación Pública, además de la disparidad del sector municipal, es que la matrícula escolar municipal venía presentando una baja sostenida desde el año 2006, motivada por aspectos demográficos, oferta territorial, cambios en las preferencias de los padres, entre otras causas (Cabezas et al., 2016). La baja en las matrículas de educación municipal que es superada por alternativas particulares subvencionadas revela una pérdida de confianza en el sistema municipal. Aun así, el principal problema de las escuelas municipales no es la baja matrícula per se, sino el bajo logro académico de los estudiantes que asisten a dichas escuelas (Cabezas & Irarrázaval, 2018). De esta forma, se plantea que la implementación de cambios institucionales en la educación pública debiese tener como foco el fortalecimiento de las escuelas y el aprendizaje de los estudiantes.

Como se analizó en un artículo previo de los autores1, desmunicipalizar la educación pública puede traer mejoras en la calidad educativa siempre que se ponga en el centro el aprendizaje de los estudiantes (Cabezas & Irarrázaval, 2018). En ese documento se analizaron los desafíos institucionales de la provisión pública municipal que son críticos para facilitar las mejoras en el aprendizaje de los estudiantes, y a partir de estas problemáticas, se reflexionó en los posibles desafíos que la Nueva Educación Pública debía abordar (Cabezas & Irarrázaval, 2018). A continuación, se describen las principales temáticas desarrolladas en ese artículo.

Primero, se planteó que la capacidad de gestión de los directores de establecimientos educacionales, es decir, que cuenten con recursos y atribuciones para liderar el establecimiento educacional, contribuye al logro educativo de los estudiantes. Contar con directores que sean líderes en términos pedagógicos y que sean capaces de responsabilizarse por los resultados de sus escuelas es un punto importante a abordar en la NEP.

Segundo, también se mencionó que parte de las críticas al sistema municipal es que depende de los ciclos políticos de los alcaldes. La NEP considera esta aprensión y cuenta con planes estratégicos nacionales y locales que duran 8 y 6 años respectivamente. De esta forma, la implementación de los Servicios Locales contribuye, en cierta medida, a una educación pública con proyecciones a largo plazo.

Respecto de la vinculación local de los establecimientos educacionales, la reflexión llevó a plantear que los nuevos SLEP se van a hacer cargo de una mayor diversidad de alumnos y territorios, alejándose de las comunidades, en vez de incluir a estos actores en las decisiones educacionales y fortalecer el componente local de la educación. Por lo tanto, una de las preocupaciones de este nuevo sistema es lograr reconocer las particularidades de cada territorio y sus estudiantes, además de articular políticas locales que complementan los servicios educacionales.

Otro ámbito importante de análisis fue la rendición de cuentas. La nueva institucionalidad no es muy precisa para explicitar los niveles de coordinación de funciones entre sus instituciones ni los mecanismos de exigencia para los directores de los Servicios Locales. La DEP posee atribuciones de control sobre los SLEP, mientras que actores más cercanos al territorio no cuentan con atribuciones para formular exigencias al director del SLEP. La precisión de las responsabilidades a nivel central (DEP, Subsecretaría y SLEP) y a nivel local (SLEP, Comité Directivo Local, Consejos Locales de Educación) permitirá un mejor funcionamiento y coordinación entre las distintas instituciones educativas.

Por último, se plantearon dudas sobre el traspaso de los jardines infantiles que operan bajo vía transferencia de fondos (VTF). A pesar de que administrativamente los jardines cambiarán de sostenedor, no se abordan los desafíos integrales que esto genera en términos de enseñanza. Al mismo tiempo, la ley contempla poco la formación técnico-profesional en la educación media, a la cual se debe dar mayor protagonismo. La ley velará por la oferta de estas especialidades, pero en aspectos de calidad, administración y perfil de los docentes aún queda por resolver (Cabezas & Irarrázaval, 2019).

A dos años de ese trabajo, este capítulo se centra en el proceso mismo de implementación de los SLEP. Teniendo en cuenta que los servicios locales ya implementados fueron traspasados entre el año 2018 y 2020, es difícil adjudicar cambios en los logros de aprendizaje de los estudiantes a este nuevo servicio, al ser traspasos recientes. Por lo mismo, el foco del capítulo está en hacer un diagnóstico de los factores críticos del proceso de instalación de los SLEP y en plantear recomendaciones para mejorar este proceso. Esto va en la línea de reconocer la implementación de los SLEP como un elemento clave dentro de la teoría de cambio de esta política educativa (CEPPE & DESUC, 2018) y, de esta forma, asegurar un mejor desarrollo de las escuelas y sus nuevos sostenedores que permita generar las condiciones adecuadas que logren llevar los temas pedagógicos a un primer plano.

El Centro de Políticas Públicas UC, a través de un análisis cualitativo de los actores clave involucrados, y cuantitativo para caracterizar a los SLEP ya implementados, estudia las proyecciones de los diferentes escenarios de la segunda etapa de implementación (entre 2022 y 2025). Los resultados del estudio revelan que es de suma importancia que esta segunda etapa pueda contar con los recursos financieros, recursos humanos y tiempos necesarios para instalar de forma óptima cada uno de los 59 SLEP que faltan, y con ello resguardar que cada proceso involucrado en esta etapa se desarrolle de buena forma. En esta línea, los resultados arrojan que debido a la complejidad de implementación es conveniente utilizar la extensión de los plazos que permite la ley e implementar los SLEP de manera gradual. Actualmente, la decisión de la extensión de plazos depende del Presidente de la República, el que será asesorado por el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, y tiene como plazo máximo para finalizar la instalación de los Servicios Locales diciembre del 2030. Llevar a cabo los traspasos de buena forma es fundamental para lograr las metas de esta reforma, y de este modo evitar que sea un mero cambio en los sostenedores, con pocas mejoras en la gestión administrativa y aún menos en los aspectos pedagógicos.

En el marco de lo anterior, el mejoramiento de la educación pública se debería entender como un proceso permanente, en donde los establecimientos educativos deben generar capacidades internas para sustentar cambios en el mediano y largo plazo. Llevar a cabo una buena implementación permite sostener procesos educativos exitosos que no se vean entorpecidos por problemas organizacionales y administrativos.

A continuación, se analizan los antecedentes formales de los servicios locales ya implementados y los principales desafíos y aprendizajes que han presentado. Primero, se hace una breve descripción de los SLEP ya implementados, la cantidad de comunas que abarcan, los establecimientos y cambios en matrícula. Luego, se realiza un análisis preliminar de los resultados; como se dijo anteriormente, la instalación de los SLEP es reciente, por lo que los resultados existentes son parciales. Después de esto, se hace un análisis de las recomendaciones que otros estudios han propuesto para la segunda etapa de implementación de los SLEP. La siguiente sección corresponde a las dimensiones y procesos críticos analizados en la primera fase de implementación de la Ley Nº 21.040 y sus proyecciones para la segunda etapa a partir del estudio del Centro de Políticas Públicas UC. Esta sección se divide en las dimensiones del estudio, identificación de procesos críticos, análisis de las complejidades de implementación, descripción de los posibles escenarios de implementación y sus desafíos. Finalmente, este documento termina con una serie de recomendaciones para la segunda etapa de la implementación de la Ley Nº 21.040.

2. NUEVA EDUCACIÓN PÚBLICA: AVANCES Y APRENDIZAJES DE LA PRIMERA FASE DE IMPLEMENTACIÓN

Actualmente existen 11 SLEP instalados, los que integran a 41 municipios en nueve regiones de Chile. La segunda etapa, en su planificación inicial, establece que para el año 2025 deben estar instalados los 59 SLEP restantes, que integran a 304 municipalidades.

TABLA 1

PROYECCIÓN DE INSTALACIÓN DE LOS SLEP


Fuente: Elaboración propia en base a lo mandatado por la Ley Nº 21.040.

En los últimos tres años, 649 establecimientos municipales han pasado a depender de los Servicios Locales de Educación. En promedio, los Servicios Locales administran 58 establecimientos educacionales. El SLEP de Costa Araucanía, que integra 5 comunas de la región, está a cargo de la mayor cantidad de establecimientos (75), mientras que, en el otro extremo, el SLEP de Gabriela Mistral es responsable de 34 establecimientos en las 3 comunas que incluye. Por otro lado, los SLEP implementados cuentan con una matrícula promedio de 15.925 estudiantes. Destaca el SLEP de Atacama, que está a cargo de la mayor cantidad de estudiantes (28.751), y Costa Araucanía, que, a pesar de ser responsable de más establecimientos, tiene a cargo la menor cantidad de estudiantes (8.711), lo que guarda relación con el alto porcentaje de colegios rurales que pertenecen a este servicio local.

TABLA 2

ASISTENCIA, MATRÍCULA Y RURALIDAD POR SLEP


Fuente: Centro Políticas Públicas UC, 2021.

*Nota: Puerto Cordillera: Andacollo y Coquimbo; Barrancas: Cerro Navia, Lo Prado y Pudahuel; Costa Araucanía: Carahue, Nueva Imperial, Saavedra, Teodoro Schmidt y Toltén; Huasco: Alto del Carmen, Freirina, Huasco y Vallenar; Chinchorro: Arica, Camarones, General Lagos y Putre; Gabriela Mistral: La Granja, Macul y San Joaquín; Andalién Sur: Concepción, Chiguayante, Florida y Hualqui; Atacama: Copiapó, Caldera, Chañaral, Tierra Amarilla y Diego de Almagro; Valparaíso: Valparaíso y Juan Fernández; Colchagua: San Fernando, Chimbarongo, Nancagua y Placilla; Llanquihue: Fresia, Frutillar, Los Muermos, Llanquihue y Puerto Varas.

**Nota: El año t-1 corresponde al año previo a la instalación del SLEP, es decir, cuando el servicio educacional dependía del municipio. Mientras que el año t+1 corresponde al año en que el servicio educacional está a cargo del SLEP.

Los cambios porcentuales en la matrícula de los establecimientos después de la implementación de los Servicios Locales son variables. Costa Araucanía aumentó en un 3,5% su matrícula escolar, mientras que Andalién Sur la disminuyó en un 3,1%. Al ser cambios recientes y pequeños es difícil adjudicar los resultados a la implementación de los nuevos Servicios Locales.

2.1. Análisis preliminar de resultados de aprendizaje

La Agencia de Calidad de la Educación analiza a través de distintos indicadores la calidad, funcionamiento y desarrollo del servicio educativo provisto en cada territorio. Como los Servicios Locales se encuentran en sus primeros años de funcionamiento, aún están enfocados en aspectos administrativos y organizacionales, por lo que no se espera una injerencia directa en el desarrollo pedagógico de los estudiantes (Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, 2020). Estudios previos presentan bastante consenso en que, por las demandas de los temas administrativos, no priman los aspectos pedagógicos y de desarrollo integral de los estudiantes (CEPPE & DESUC, 2018; Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, 2020 & Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, 2021). Aun así, destacan ciertos indicadores que permiten una mirada general de las implicancias del traspaso de sostenedor.

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Litres'teki yayın tarihi:
28 kasım 2024
Hacim:
1075 s. 109 illüstrasyon
ISBN:
9789561428812
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