Kitabı oku: «Diplomática episcopal»

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DIPLOMÁTICA EPISCOPAL


La publicación de este libro ha sido posible gracias a la ayuda concedida por el Ministerio de Economía y Competitividad al proyecto de investigación: «Manuscritos datados de la Península Ibérica (882-1500)» (referencia HAR 2015-64507-P).


Esta publicación no puede ser reproducida, ni total ni parcialmente, ni registrada en, o transmitida por, un sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio, ya sea fotomecánico, fotoquímico, electrónico, por fotocopia o por cualquier otro, sin el permiso previo de la editorial.

© De los textos: M.a Milagros Cárcel Ortí, 2018

© De esta edición: Universitat de València, 2018

Coordinación editorial: Juan Pérez

Corrección, fotocomposición y maquetación: Letras y Píxeles, S. L.

Cubierta:

Ilustración: Sello en naveta, pendiente, desaparecido del documento, de cera roja sobre cuna de cera natural, del obispo de Valencia Hug de Llupià (1408-1425). (Archivo Histórico Colegiata de Xàtiva, 353).

Diseño: Celso Hernández de la Figuera

ISBN: 978-84-9134-343-1

ÍNDICE

PRÓLOGO

PUBLICACIONES

ESTUDIOS:

DIPLOMÁTICA EPISCOPAL DE VALENCIA (1240-1300)

LOS REGISTROS EPISCOPALES

NOTAS DE CANCILLERÍA EN LOS REGISTROS EPISCOPALES DEL OBISPO HUG DE FENOLLET (1348-1356)

LAS TASAS DE LA CANCILLERÍA VALENTINA Y EL «GRATIS» EN LOS REGISTROS DEL OBISPO HUG DE LLUPIÀ (1408-1425)

NOTAS DE DIPLOMÁTICA EPISCOPAL: TÍTULOS DE ÓRDENES SAGRADAS

NOTAS DE DIPLOMÁTICA EPISCOPAL: REPARACIÓN DE DOS LETRAS DE TONSURA

DOCUMENTACIÓN JUDICIAL DE LA ADMINISTRACIÓN EPISCOPAL VALENTINA: PROCESOS DEL OFICIALATO DE VALENCIA Y XÀTIVA (SS. XIV-XV)

LIBROS Y DOCUMENTOS EN LOS SÍNODOS DIOCESANOS VALENTINOS (SS. XIII-XV)

TIPOLOGÍA DOCUMENTAL DE LAS VISITAS PASTORALES: LA PURGATIO VISITATIONIS

LAS BULAS PARA LA ERECCIÓN DE LA SEDE METROPOLITANA DE VALENCIA (1492)

DIPLOMÁTICA DE LAS RELATIONES AD LIMINA

PRÓLOGO

A la hora de prologar este volumen de homenaje a la Dr.a M.a Milagros Cárcel Ortí viene a mi memoria la frase atribuida a Séneca, que tomó como lema el Instituto José de Ribera de Xàtiva, del que fui alumno durante seis años: «Non scholae, sed vitae discimus», ciudad en la que por primera vez la conocí, cuando realizaba uno de sus primeros trabajos de investigación, aunque seguramente ella no lo recuerde. Profesora, amiga y maestra son los términos con los que se puede calificar a la Dr.a Cárcel Ortí, dada su profesionalidad tanto en la investigación como en la docencia, su cercanía con alumnos y profesores, y su capacidad para transmitir los contenidos de aquellas materias impartidas durante más de cuarenta años en la Facultad de Geografía e Historia de la Universitat de València, tanto en la titulación de Historia como en el más reciente grado de Información y Documentación. No es esta una apreciación subjetiva de quien escribe este prólogo, en nombre de todos los profesores del área de Ciencias y Técnicas Historiográficas, con ocasión del volumen de homenaje que le dedica esta área con motivo de su jubilación, con una selección de once trabajos suyos sobre diplomática episcopal, ámbito en el que es una de las mayores especialistas, sino algo en lo que coinciden cuantos alumnos, compañeros de departamento y otros profesores de esta y otras universidades la conocen. Una larga lista de tesis doctorales, tesis de licenciatura, trabajos de final de grado y de final de máster, y un todavía mayor número de investigaciones realizadas están en deuda con la profesora M.a M. Cárcel, quien desinteresadamente y sin prisas los ha dirigido, informado, corregido o completado.

Tal vez su especial carisma para la docencia y su saber estar siempre disponible para ayudar al alumno y compañero tengan algo que ver con sus inicios como maestra nacional de primera enseñanza en los ya lejanos años sesenta, pero sin duda la lectura atenta de estos y todos sus trabajos y la calidad de su magisterio, especialmente en el ámbito de la diplomática, se deba a su admirable disciplina para la investigación y su completa formación en las llamadas ahora ciencias y técnicas historiográficas. La Dr.a Cárcel Ortí es profesora titular de Paleografía y Diplomática desde 1983, año en el que concurrió a las oposiciones del cuerpo de profesores adjuntos numerarios.

Se puede decir, sin lugar a dudas, que es una de las mejores especialistas en diplomática eclesiástica de España, razón por la cual en 1990 fue nombrada miembro de la Comisión Internacional de Diplomática. El interés por el tema comenzó en 1977, con la que fue su segunda y definitiva tesis sobre los beneficios eclesiásticos de la diócesis de Valencia, leída en 1980. Su primer proyecto de tesis fue sobre urbanismo en Valencia durante la Edad Media a través de la documentación del Archivo Municipal, publicado posteriormente en sendos trabajos. Fue el siempre recordado profesor y maestro Dr. Josep Trenchs Odena, catedrático entonces de Paleografía y Diplomática, quien le impulsó a iniciar sus investigaciones en diplomática eclesiástica. No hay ámbito de esta disciplina en el que no haya realizado aportaciones importantes, en solitario o junto a otros investigadores. En esta parte de la diplomática eclesiástica en general y episcopal en particular destaca su obra: Relaciones sobre el estado de las diócesis valencianas a través de las Visitas ad limina, trabajo que ha merecido más de cuarenta recensiones en revistas nacionales y extranjeras, así como estudios sobre las visitas pastorales, los formularios episcopales, beneficios, los registros episcopales, en general, y libros de colaciones, liber ordinum, etc., en particular; el estudio, composición y tipologías documentales de las escribanías episcopales, los títulos de órdenes sagradas, dispensas, y el documento episcopal en general. Pero también importantes aportaciones sobre las tasas episcopales, décimas, cofradías, sínodos diocesanos y el clero valentino en general.

Significativa trascendencia tienen sus aportaciones a los congresos internacionales organizados por la Comisión Internacional de Diplomática, de la que forma parte. En 1993, en Innsbruck, sobre «Diplomática episcopal de Valencia (1240-1300)»; en 1996, en Oporto, sobre «Documentación real de la Corona de Aragón (ss. XIII-XIV)»; en el 2001, en Bolonia, sobre «Documentación judicial de la administración diocesana valentina», en particular sobre los oficialatos de Valencia y Xàtiva en los ss. XIV-XV; en el 2005, en Bonn, sobre «La enseñanza universitaria en España de la Diplomática», en colaboración con otros profesores de diversas universidades; y en el 2009, en St. Pölten, sobre «La edición de documentos medievales en Aragón, Cataluña y Valencia», ponencia realizada junto a los profesores I. Baiges y P. Pueyo. Es precisamente este ámbito, el de la edición de documentos medievales, otro de los campos de investigación, cuyas aportaciones y escrupulosidad hay que destacar. Por último, destaca su participación como editora del Vocabulario Internacional de Diplomática, buque insignia de la Comisión Internacional de Diplomática, obra que cuenta ya con dos ediciones.

Su vocación docente se plasma también en una parte de su producción bibliográfica, como son sus estados de la cuestión sobre la enseñanza de la Paleografía y Diplomática en las universidades españolas, trabajos que se deben valorar más después de haber pasado por cuatro reformas en los planes de estudios universitarios, en los que las disciplinas asignadas al área de Ciencias y Técnicas Historiográficas han ido perdiendo peso, especialmente en la titulación de Historia.

La labor de la profesora M.a M. Cárcel se fundamenta en un laborioso trabajo en múltiples archivos, entre los que destacan no solo los eclesiásticos de ámbito local, o los conocidos como regionales y generales (Archivo Diocesano de Valencia, Archivo de la Catedral de Valencia, Archivo del Reino de Valencia, Archivo de la Corona de Aragón, Archivo Histórico Nacional), sino también y sobre todo el Archivo Secreto Vaticano y otros archivos vinculados a las instituciones de la curia pontificia, como lo es el Archivo de la Congregación del Concilio.

La publicación ahora de once trabajos de diplomática episcopal supone un reflejo de lo dicho en este texto de presentación y se plantea como un buen manual en esta materia, más allá del ámbito de la diócesis valentina en la Edad Media. Se estudia la escribanía episcopal, su estructura y funcionamiento, los registros episcopales, las notas y tasas de cancillería, así como algunas tipologías documentales concretas: entre otras, títulos de órdenes sagradas, letras de tonsura, visitas pastorales, libros y documentos a través de los sínodos diocesanos; las oficinas especiales de los oficiales de Valencia y Xàtiva, sin obviar documentación pontificia significativa, como las bulas de erección de sede metropolitana de Valencia o las relaciones ad limina.

Desde la seguridad de que la Dr.a Cárcel Ortí continuará su labor investigadora, nuestro deseo de todo lo mejor en esta nueva etapa que comienza para ella.

VICENTE PONS ALÓS

Universitat de València

PUBLICACIONES

LIBROS

Relaciones sobre el estado de las diócesis valencianas, edición, estudio diplomático y demográfico, notas e índices por M.a M. Cárcel Ortí; introducción general por V. Cárcel Ortí, 3 vol., Valencia, Generalitat Valenciana, Conselleria de Cultura, Educació i Ciència, 1989 (col. «Fonaments», 2).

Afers, 9, 1990, pp. 177-178 (V. L. Salavert i Fabiani).

Anales Valentinos, 30, 1989, pp. 409-410 (G. Rodríguez Pons).

Angelicum, 68, 1991, pp. 145-147 (A. Huerga).

Apollinaris, 63, 1990, pp. 949-951 (O. Bucci).

Archivum Historiae Pontificiae, 29, 1991, pp. 380-383 (J. M.a Benítez Riera).

Arxiu de Textos Catalans Antics, 10, 1991, pp. 415-418 (V. L. Salavert i Fabiani).

Boletín de la ANABAD, 40, 1990, pp. 268-269 (M.a J. Sanz Fuentes).

Burgense, 31, 1990, pp. 592-594 (N. López Martínez).

Cistercium, 184, 1991, pp. 181-183 (D. Yáñez).

Cronicó, 43, 1990, p. 14.

Cuadernos de Geografía, 47, 1990, pp. 78-80 (J. Piqueras Haba).

Church History: Studies in Christianity and Culture, 63/3, 1994, pp. 505-506 (G. T. W. Ahlgren).

Ecclesia, n.° 2467, 17 marzo 1990, p.10 (J. J. Medina).

Historia y Vida, n.° 271, 1990, pp. 127-128 (J. M.a Sans Puig).

Hoja del Lunes de Valencia, 8 enero 1990, p. 75 (V. Sobrino).

Hoja del Lunes de Valencia, 12 febrero 1990, p. 75 (V. Sobrino).

Iglesia en Valencia, n.° 129, 11 febrero 1990, p. 7.

Iglesia en Valencia, n.° 130, 25 febrero 1990, pp. 1-3 (Crónica de la presentación).

Índice Histórico Español, 100, 1993, p. 193 (J. M.a Sans Puig).

Ius Ecclesiae, 3, 1991, pp. 304-308 (J. Escudero).

Las Provincias, 11 febrero 1990.

Las Provincias (Crónica de la presentación) 14 febrero 1990 (M.a A. Arazo).

Levante, 23 febrero 1990.

L’Osservatore Romano. Edición en castellano, 25 marzo 1990.

L’Osservatore Romano, 4 abril 1990, p. 5 (G. Battelli: «Relationes sulle diocesi valenziane»).

Monitor Ecclesiasticus, 115, 1990, pp. 477-482 (G. Battelli: «La visita ad limina Apostolorum in una monumentale monografía»).

Nouvelle Revue Théologique, 112, 1990, pp. 766-768 (N. Plumat).

Pentecosta, 2, 1991 (P. Saborit).

Rassegna Storica del Risorgimento, 78, 1991, pp. 215-218 (M. Lupi).

Revista Española de Derecho Canónico, 48, 1991, pp. 396-397 (A. García y García).

Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XV, 1992-1993, p. 575 (C. Salinas).

Revista da Faculdade de Letras. História, VII, 1990, pp. 400-401 (J. Marques).

Revue de la Bibliothèque de l’Ecole des Chartes, CLI, 1991, pp. 456-458 (D. Ozanan).

Revue Belgue de Philologie et d’Histoire, 70/4, 1992, pp. 1051 (J. Verberckmoes).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 86, 1991, pp. 213-215 (R. Aubert).

Revue d’Histoire de l’Eglise de France, 76, n.° 197, 1990, p. 224 (J.-L. Lemaître).

The American Historical Review, 97/2, 1992, pp. 567-568 (M.D. Meyerson).

The Catholic Historical Review, 77, 1991, pp. 305-306 (J. Callahan).

Vida Nueva, n.° 1732-1733, 7-14 abril 1990, p. 60 (A. Díaz Tortajada).

Historia, Derecho y Diplomática de la visita ad limina. Addenda: Acto de presentación del libro, Valencia, Generalitat Valenciana, Conselleria de Cultura, Educació i Ciència-Universitat de València, Departamento de Historia de la Antigüedad y de la Cultura Escrita, Unidad Docente de Paleografía y Diplomática, 1990. (En colaboración con V. Cárcel Ortí [Tirada aparte de Relaciones sobre el estado de las diócesis valencianas]).

Anales Valentinos, 17, 1991, p. 429 (G. Rodríguez Pons).

Apollinaris, 63, 1990, p. 951 (O. Buci).

Vocabulaire International de la Diplomatique (ed. lit.), Valencia, Generalitat Valenciana, Conselleria de Cultura. Universitat de València, 1994; 2.a edición, Valencia, Universitat de València, 1997.

Anuario de Estudios Medievales, 28, 1998, pp. 957-958 (C. Sáez).

Archivní časopis, 46, 1996, pp. 120-121 (I. Hlavácek).

Archivum Historiae Pontificiae, 32, 1994, pp. 397; 37, 1999.

Francia. Forschungen zur Westeuropäischen Geschichte, 23/1, 1996, pp. 236-237 (R. Grosse).

Le Moyen Age CVI, 1, 2000, pp. 185-186 (J.-L. Kupper).

Me dioevo Latino. Bollettino bibliografico della cultura europea da Boezio a Erasmo (secoli VI-XV), XVII, 1996, n.° 9226; XVIII, 1997, n.° 9535; XIX, 1998, n.° 10861; XX, 2000, n.° 12615, 12616; XXI, 2001, n.° 12975.

Rassegna degli Archivi di Stato, LV/1, 1995, pp. 182-183 (S. Ricci).

Revista da Faculdade de Letras. História, XII, 1995, p. 628 (J. Marques).

Revue de la Bibliothèque de l’École des Chartes, 153, 1995, pp. 207-208 (B. Barbiche).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 90, n.° 3-4, 1995, pp. 493-494 (B.-M. Tock).

Revue Historique, 600, 1996, pp. 431-432 (O. Guyotjeannin).

Studia Historica. Historia Medieval, 15, 1997, p. 268 (M.a L. Guadalupe Beraza).

La lengua vulgar en la administración episcopal valentina (siglos XIV-XV), Castellón, Sociedad Castellonense de Cultura, 1994 («Obras de investigación histórica», LXVII).

Analecta Sacra Tarraconensia, 69, 1996, pp. 469-470 (V. Serra).

Annales du Midi, 108, 1996, p.117 (B. Leroy).

Anuario de Estudios Medievales, 30/1, 2000, pp. 497-498 (M.a T. Teresa Ferrer i Mallol).

Arxiu de Textos Catalans Antics, 15, 1996, p. 789 (J. Perarnau Espelt).

Índice Histórico Español, 120, 2006 [2007], p. 139 (P. Sendra Beltrán).

Mediterráneo, Sábado, 14-I-1995, p. 13.

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 91, n.° 1, 1996, pp. 296-297 (A. Linage Conde).

La enseñanza de la Paleografía y Diplomática. Centros y cursos, Valencia, 1996.

ANABAD, XLV, 1995, pp. 183-184 (M.a C. Contel Barea).

Archivos de la Patria, 5, 1997, pp. 114-116 (R. F. Iglesias Alonso) [en ruso].

Anuario de Estudios Medievales, 27, 1997, pp. 1228-1229 (M.a V. González de la Peña).

Cahiers de Civilisation Médiévale, 42, n.° 165, 1999, p. 98 (R.-H. Bautier).

Deutsches Archiv für Erforschung des Mittelalters, 52/1, 1996, p. 206 (H. Jakobs).

The English Historical Review, 116, 2001, pp. 964-965.

Hispania Sacra, L/101, 1998, p. 383.

Índice Histórico Español, XXXIV, n. 105, 1996, p. 42 (J. A. Gallego).

Me dioevo Latino. Bollettino bibliografico della cultura europea da Boezio a Erasmo (secoli VI-XV), XVIII, 1997, n.° 4653, 9279; XIX, 1998, n.° 9964; XIX, 1999, n.° 10283; XX, 2000, n.° 11613; XXI, 2001, n.° 12097; XXIII, 2002, n.° 10290.

Mitteilungen des Instituts für Österreichische Geschichtsforschung, 107. Band, Helft 1-2, 1999, pp. 251-252 (O. Hageneder).

Revista da Faculdade de Letras. História, XII, 1995, pp. 615-616 (J. Marques).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 91, n.° 3-4, 1996, p. 1019 (B.-M. Tock).

Revue Historique, 600, 1996, pp. 461-462 (O. Guyotjeannin).

Revue des Langues Romanes, tome C, n.° 2,1996, pp. 303-304 (M. Plouzeau).

Scriptorium, LI/1, 1997, p. 22* (É. Van Balberghe).

Scriptorium LI/2, (1997), p. 135* (B.-M. Tock).

Scrittura e Civiltà, XX, 1996, p. 417.

Signo. Revista de Historia de la Cultura Escrita, 4, 1997, pp. 294-295 (M.a V. González de la Peña).

Speculum, 72, 1997, pp. 797-799 (R.E. Reynolds).

Studi Medievali, XLII/II, 2001, pp. 926-927 (D. Frioli).

Studia Historica. Historia Medieval, 15, 1997, pp. 268-269 (M.a L. Guadalupe Beraza).

Visitas pastorales de Valencia (siglos XIV-XV), Valencia, Facultad de Teología San Vicente Ferrer, 1996 («Series Valentina», XXXVIII). (En colaboración con José Vicente Boscá Codina).

Analecta Sacra Tarraconensia, 72, 1999, p. 498 (V. Serra).

Anales Valentinos, 46, 1997, pp. 458-459 (J. C. Muñoz).

Anuario de Estudios Medievales, 26/2, 1996, pp. 1064-1067 (V. L. Salavert).

Anuario de Historia de la Iglesia, 7, 1998, pp. 493-494 (J. Orlandis).

Archivum Historiae Pontificiae, 37, 1999, pp. 212-215 (F. de Lasala, S.I.).

Arxiu de Textos Catalans Antics, 16, 1997, pp. 516-521 (J. Perarnau Espelt).

Deutsches Archiv für Erforschung des Mittelalters, 55, 1999, pp. 244-245 (C. Cardelle de Hartmann).

The Catholic Historical Review, oct. 1997, pp. 796-797 (J. R. Webster).

Glossae, 8, 1996, pp. 173-174 (A. García y García).

Iglesia en Valencia, n.° 462, 23 febrero 1997, p. 10.

Indice Histórico Español, XXXV, n.° 108, 1997, pp. 160-161 (E. Peca).

Journal of Religious History, 26/3, 2002, p. 227 (C. R. Backman).

L’Osservatore Romano, 8 febrero 1997, 3 (A. Rota: «Un erudito saggio storiografico»).

Medioevo Latino. Bollettino bibliografico della cultura europea da Boezio a Erasmo (secoli VI-XV), XX, 2000, n.° 8928; XXI, 2001, n.° 10354; XXII, 2002, n.°10354; XXIV, 2003, n.° 92222.

Monumenta Germaniae Historica, 1999, pp. 242-243 (C. Cardelle de Hartmann).

Revista Española de Derecho Canónico, 54, 1997, pp. 432-433 (A. García y García).

Revista da Faculdade de Letras. História, 14, 1997, pp. 723-725 (J. Marques).

Revue de la Bibliothèque de l’Ecole des Chartes, CLVII, 1999, pp. 245-247 (B. Galland).

Revista d’História Medieval, 8, 1997, pp. 445-446 (R. Narbona Vizcaíno).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 92, n.° 2, 1997, pp. 543-544 (A. Linage Conde).

Signo, 5, 1998, pp. 229-230 (R. Pacheco Sampedro).

Las visitas pastorales de España (siglos XVI-XX). Propuesta de inventario y bibliografía, Oviedo, Asociación de Archiveros de la Iglesia en España, 2000.

Archivo Ibero-Americano, 60, 2000, pp. 422 (M. Acebal Luján).

Archivo Teológico Granadino, 63, 2000, pp. 320.

Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, XVII, 2001, pp. 587-588 (J. L. Santos).

The English Historical Review, CXVI, n.° 468, 2001, pp. 964-965 (F. Lannon).

Estudios Eclesiásticos, 75, 2000, pp. 748-749 (R. M.a Sanz de Diego).

Índice Histórico Español, XXXVII, n.° 111, 1999, p. 207 (J. M.a Sans Puig).

Revista de Indias, LX, n.° 220, 2000, pp. 759-760 (J. M.a García Añoveros).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 97/2, 2002, pp. 648-649 (J. I. Tellechea Idígoras).

Revue d’Histoire de l’Église de France, 87, 2001, pp. 477-478 (M. Venard).

Revue Historique, 620, 2001, pp. 1029-1030 (N. Lemaître).

Un Formulari i un registre del bisbe de València En Jaume d’Aragó (segle XIV), Valencia, Universitat de València, 2005 («Fonts históriques valencianes», 17). Se acompaña del estudio preliminar traducido al castellano: Un formulario y un registro del obispo de Valencia Don Jaime de Aragón (siglo XIV).

Analecta Sacra Tarraconensia, 78-79, 2005-2006, pp. 659-660 (E. Zaragoza).

Anuario de Estudios Medievales, 40/2, 2010, p. 1014 (M.a T. Ferrer i Mallol).

Anuario de Historia del Derecho Español, LXXV, 2005, pp. 1089-1091 (E. Iñesta Pastor).

Arxiu de Textos Catalans Antics, 27, 2008, pp. 583-585 (J. Perarnau).

Hispania Sacra, LVII, n.° 115, 2005, pp. 393-394 (M. Diago Hernando).

Índice Histórico Español, XLII, n.° 118, 2004, p. 163 (J. M.a Sans Puig).

MEL, XXXI, n.° 2284.

Medioevo Latino, XXVII, 2006, n.° 2302 (P. Masalin); XXIX, 2008, n.° 2366; XXX, 2009, n.° 2420; XXXI, 2010, n.° 2284; XXXIV, 2013, n.° 2148.

Nottingham Medieval Studies, 55, 2011, pp. 304-305 (J. S. Barrow).

Revue d’Histoire Ecclésiastique, 101/1, 2006, pp. 430-431 (E. Zaragoza).

Revue de la Bibliothèque de l’Ecole des Chartes, 165, 2007, pp. 257-258 (L. Combes). Revue Historique, 637, 2006, pp. 177-179 (S. Péquignot).

Scriptorium, LIX-1, 2005, p.134* (B.-M. Tock).

Signo, 15, 2005, pp. 191-193 (A. García Medina).

Studi Medievali, XLVIII/II, 2007, pp. 935-936 (F. M. Gimeno Blay).

The Catholic Historical Review, 91, 4, 2005, pp. 797-799 (J. N. Hillgarth).

Visitas pastorales y Relaciones ad Limina. Fuentes para la Geografía Eclesiástica, Oviedo, Asociación de Archiveros de la Iglesia en España, 2007 (Memoria Ecclesiae. Subsidia, VI). Se acompaña de una carpeta con cuatro mapas.

Estudios Eclesiásticos, 83, 2008, pp. 190-192 (R. M.a Sanz de Diego).

Índice Histórico Español, XLIV, n.° 121, 2006 [2007], pp. 59-60 (J. M.a Sans Puig).

Medioevo Latino, XXX, 2009, n.° 9749.

The Catholic Historical Review, 94, 3, 2008, pp. 583-584 (A. Irigoyen).

Documents de la pintura valenciana medieval i moderna. IV. Llibre de l’entrada de Ferran d’Antequera, Valencia, Universitat de València, 2013 («Fonts Históriques Valencianes», 57). (En colaboración con Juan Vicente García Marsilla).

Anuario de Estudios Medievales, 43/2, 2013, pp. 1025-1028 (F. Massip).

Las Provincias, 28/10/2014 (O. Calvé Mascarell).

Culturplaza.com, 10/12/2014 (C. Aimeur).

Scripta, 7, 2016, pp. 270-272 (R. Mora Galbis).

Catálogo del Archivo de la «Confraria d’Òrfenes a Maridar» de Valencia, Valencia, Archivo Catedral de Valencia, 2016. (En colaboración con A. García-Menacho Osset).

José Arasa Barberà. Apuntes históricos sobre la villa de Chert. Edición de los manuscritos, notas e índices por… Benicarló, Onada Edicions, 2016 («Biblioteca Xertolina», 2). (En colaboración con Josep Meseguer-Carbó y Joan Antoni Micó Navarro).

Analecta Sacra Tarraconensia, 90, 2017, pp. 652-653 (E. Zaragoza).

Levante. El Mercantil Valenciano, 14/09/2016, p. 63 (V. J. Escartí).

Revue d’histoire ecclésiastique, 112, 3-4, 2017, p. 1021 (E. Zaragoza).

Capbreu de la Confraria d’Òrfenes a maridar de València. Valencia, Universitat de València, 2017 («Fonts históriques valencianes», 65). (En colaboración con M.a Adela García Menacho-Osset).

Las Provincias, Domingo 21 enero 2018 (Ó. C.).

Iacobi Primi instrumenta in Archivo Sedis Valentinae asservata. Edición, introducción y notas a cargo de José V. Boscá Codina, M.a José Carbonell Boria, M.a Milagros Cárcel Ortí, Josepa Cortés Escrivà, Francisco M. Gimeno Blay, M.a Luz Mandingorra Llavata y Vicent Pons Alós. Con la colaboración de Bárbara Barberá Matias. Estudio preliminar de Francisco M. Gimeno Blay. Valencia, Universitat de València, 2017.

L’episcopologi valencià de Gregori Ivanyes (segle XVI). València-Barcelona, Institut Interuniversitari de Filologia Valenciana-Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 2018. (Biblioteca Sanchis Guarner, 88). (En colaboración con Emilio Callado Estela, Joaquim Martí Mestre y Vicente Pons Alós).

ARTÍCULOS

«Las filigranas del archivo de la Colegiata de Játiva», en Ligarzas, 6, 1974, pp. 5-120. (En colaboración con M.a Luisa Cabanes y M.a Carmen Yago).

«Notas sobre los jueces de Córdoba», en Ligarzas, 7, 1975, pp. 25-35. (En colaboración con Luis Romero).

«Llibre intitulat de diferents privilegis i ordens reals del rey d’Aragó», en Ligarzas, 7, 1975, pp. 303-337.

«La diócesis de Segorbe a finales del siglo XVI y principios del XVII», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LII, 1976, pp. 87-105.

«Los informes del obispo Ginés de Casanova sobre el estado de la diócesis de Segorbe», en Boletín de la Socie dad Castellonense de Cultura, LIII, 1977, pp. 171-197.

«La diócesis de Valencia en 1617. (Un informe presentado a la S. Sede por el obispo Aliaga)», en Anales Valentinos, 7, 1978, pp. 85-148.

«El Colegio de la Purificación de Valencia y sus estatutos», en Escritos del Vedat, VIII, 1978, pp. 257-272.

«La diócesis de Valencia en 1622. (Segundo informe del arzobispo Aliaga)», en Anales Valentinos, 9, 1979, pp. 69-139.

«Un formulario notarial del siglo XVII de la Real Audiencia de Valencia», en Saitabi, XXIX, 1979, pp. 69-87.

«La tinta y su composición. Cuatro recetas valencianas (siglos XV-XVIII)», en Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, LXXXII, 1979, pp. 415-426. (En colaboración con J. Trenchs).

«La diócesis de Valencia desde 1627 hasta 1646. (Los últimos informes del arzobispo Aliaga)», en Anales Valentinos, 11, 1980, pp. 119-149.

«Las visitas pastorales de Cataluña, Valencia y Baleares», en Archiva Ecclesiae, XXII-XXIII, 1979-1980, pp. 491-500. (En colaboración con J. Trenchs).

«Un formulario notarial del siglo XVI de la Bailía de Valencia», en Estudis Histórics i Documents dels Arxius de Protocols, VIII, 1980, pp. 49-61.

«El monasterio de Valldigna y el Cisma de Occidente», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVI, 1980, pp. 667-705. (En colaboración con E. Sánchez Almela).

«Regesta de documentos pontificios de la época del Cisma de Occidente, del Archivo Diocesano de Valencia (1405-1412)», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVI, 1980, pp. 706-729. (En colaboración con J. Trenchs).

«La diócesis de Valencia y sus beneficiados (1501-1538)», en Resúmenes de Tesis Doctorales, 5, Valencia, 1980, pp. 71-72.

«Una visita pastoral del pontificado de San Juan de Ribera en Valencia (1570)», en Estudis, 8, 1979-1980, pp. 71-85. (En colaboración con J. Trenchs).

«Notas de Diplomática: Un documento de visita “ad limina” (1371)», en Hispania Sacra, XXXIII, 1981, pp. 11-18.

«Un vocabulario jurídico del siglo XVI», en Estudis Histórics i Documents dels Arxius de Protocols, IX, 1981, pp. 249-262.

«La diócesis de Segorbe entre 1640 y 1651», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVII, 1981, pp. 507-546.

«Estudio del documento particular en Cataluña, Mallorca y Valencia durante el reinado de Jaime I», en X Congreso de Historia de la Corona de Aragón, 3, 4 y 5, Zaragoza, 1982, pp. 421-433.

«Cofradías y hermandades de Valencia (1721-1882). Documentos de tipo judicial», en Estudis d’História Contemporània del País Valencià, 3, 1982, pp. 285-319. (En colaboración con J. Trenchs).

«Notas de Diplomática: En torno a una carta de creencia castellana (1344)», en Estudios dedicados a Juan Peset Aleixandre, I, Valencia, 1982, pp. 495-501.

«Capítulos de la cofradía de la Sangre de Cullera», en Quaderns de Sueca, III, 1982, pp. 81-93.

«El documento episcopal. Estado actual de sus estudios», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVIII, 1982, pp. 471-511.

«Las visitas “ad limina”», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVIII, 1982, pp. 693-711.

«Las visitas pastorales», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LVIII, 1982, pp. 713-726.

«Visita pastoral de Andrés Mayoral, arzobispo de Valencia, a la villa de Ondara (1744)», en Estudis, 9, 1981-1982, pp. 131-156. (En colaboración con J. Trenchs).

«Aportación al estudio de las cofradías valencianas del siglo XVI: La cofradía de la sangre de Alcoy», en II Symposio de Teología Histórica: Corrientes espirituales en la Valencia del siglo XVI (1550-1600), Valencia, 1983, pp. 391-400.

«Pere de Sant Climent, notario mayor de Pedro III el Grande», en XI Congresso di Storia della Corona d’Aragona: La società mediterranea all’epoca del Vespro, 2, Palermo, 1983, pp. 303-310.

«Catálogo de formularios notariales del Archivo Parroquial de Ayora», en Historia Medieval. Anales de la Universidad de Alicante, 3, 1984, pp. 381-391.

«Les visites pastorals: metodología d’estudi», en Quaderns de Sueca, VI, 1984, pp. 9-30. (En colaboración con J. Trenchs).

«Notas en torno al estudio de las cofradías medievales y modernas: La cofradía del Santísimo Cristo de la iglesia del Salvador de Valencia (1616-1618)», en Annals (IDECO). Institut d’Estudis Comarcals l’Horta Sud, 3, 1984, pp. 81-110. (En colaboración con J. Trenchs).

«El Consell de Valencia: Disposiciones urbanísticas (siglo XIV)», en La ciudad hispánica durante los siglos XIII al XVI, II, Madrid, 1985, pp. 1481-1545. (En colaboración con J. Trenchs).

«Catálogo-regesta de los pergaminos del Archivo Parroquial de Vinalesa (Valencia)», en Saitabi, XXXV, 1985, pp. 39-58.

«Onomàstica de la diócesi de València a través d’un “Breviarium benefitii”: cognoms (segle XVI)», en X Col·loqui General de la Societat d’Onomàstica. Ier d’Onomàstica Valenciana, Valencia, 1985, pp. 263-275.

«La diócesis de Segorbe en 1656. (La relación del obispo Fray Francisco Gavaldá Guasch)», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXI, 1985, pp. 399-436.

«Religión y sociedad en Carcaixent. Aportación al estudio de sus cofradías (siglos XVI-XVIII)», en Al-Gezira, 2, 1986, pp. 133-171. (En colaboración con V. Pons).

«La biblioteca y otros bienes de Don Francisco Fernández Campomanes (1760-1838)», en Saitabi, XXXVI, 1986, pp. 71-99. (En colaboración con M.a C. Cabeza).

«Catálogo de la biblioteca de Federico Ferreres Folch (1879-1942)», en Estudis Castellonencs, 3, 1986, pp. 157-213. (En colaboración con J. Micó).

«La biblioteca de Federico Ferreres Folch (1879-1942) conservada en el Ayuntamiento de Chert», en Centro de Estudios del Maestrazgo, 17, 1987, pp. 23-30. (En colaboración con J. Micó).

«La población de las diócesis valencianas a través de las relaciones “ad limina” (siglos XVI-XIX)», en c. Pérez Aparicio (ed.), Estudis sobre la Població del País Valencià (Actes de les I Jornades d’Estudi sobre la Població del País Valencià, València-Alacant, 1986), Valencia, Edicions Alfons el Magnànim (I.V.E.I.) / Institut d’Estudis Juan Gil-Albert, Valencia, 1988, pp. 33-67.

«Tipología documental de las visitas pastorales: la “purgatio visitationis”», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXIV, 1988, pp. 465-492.

«Relaciones sobre el estado de las diócesis hispanoamericanas», en Homenatge al doctor Sebastià García Martínez, I, Valencia, 1989, pp. 447-460.

«Los archivos parroquiales a través de los sínodos diocesanos valentinos», en Los sínodos diocesanos del Pueblo de Dios. Actas del V Simposio de Teología Histórica, Valencia, 1989, pp. 227-255. (En colaboración con V. Pons).

«Un privilegio rodado de Alfonso X el Sabio en el Archivo Municipal de Ayora», en Estudios en recuerdo de la Profesora Sylvia Romeu Alfaro, II, Valencia, 1989, pp. 801-817. (En colaboración con V. Pons).

«Un registro de colaciones de la Curia Episcopal Valentina (1349-1350)», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXVII, 1991, pp. 181-262.

«Una bula para una gran Diócesis Metropolitana», en Iglesia en Valencia, 243 (5 junio 1992), pp. 6-8.

«Vida y urbanismo en la Valencia del siglo XV. Regesta documental», en Miscel·lània de Textos Medievals, 6, 1992, pp. 255-644.

«La butlla d’Innocenci VIII “Super universas” per l’erecció de la Seu Metropolitana», en Saó. Monogràfics, 13, 1992, pp. 35-38.

«Las bulas para la erección de la sede metropolitana de Valencia (1492)», en Anales Valentinos, 36, 1992, pp. 207-285.

«Advocaciones religiosas y onomástica en la diócesis de Valencia (siglo XVI)», en Medievalia, 10. Estudios dedicados al Prof. Frederic Udina i Martorell, IV, 1992, pp. 83-113.

«Notas de cancillería en los registros episcopales del obispo Hugo de Fenollet (1348-1356)», en Historia. Instituciones. Documentos. Homenaje al Prof. Luís Núñez Contreras, 19, 1992, pp. 133-147.

«Los registros de visitas pastorales: producto de la actividad escritoria de la Curia Episcopal. Una visita a la catedral de Valencia (1396)», en Memoria Ecclesiae, IV, 1993, pp. 203-222.

«Notas de Diplomática episcopal: Títulos de órdenes sagradas», en Hispania Sacra, XLV, n.° 92, 1993, pp. 429-458.

«L’Encomanda d’Ulldecona de Sant Joan de l’Hospital. Regest documental (1097-1384)», en Raïls. Butlletí del Centre d’Estudis d’Ulldecona, 3, primavera 1994, pp. 6-27.

«La encomienda de Ulldecona de San Juan del Hospital. Regesta documental (1097-1384)», en Actes de les Primeres Jornades sobre els Ordes Religioso-militars dels Països Catalans (segles XII-XIX) (Montblanc 8, 9 i 10 de novembre 1985), Tarragona, 1994, pp. 252-274.

«Visitas ad limina de obispos españoles anteriores al concilio de Trento», en Estudis Castellonencs. Miscel·lània d’estudis dedicats a la memória del Professor Josep Trenchs i Odena, 6, 1994-1995, pp. 325-341.

«Diplomática episcopal de Valencia (1240-1300)», en VIII. Internationalen Kongress für Diplomatik. “Die Diplomatik der Bischofsurkunden vor 1250” (Innsbruck 27 sep. 3 oct. 1993), Innsbruck, 1995, pp. 393-410.

«Aproximación a un inventario de visitas pastorales valencianas», en Homenaje a Pilar Faus y Amparo Pérez, Valencia, 1995, pp. 337-349.

«Corona de Aragón: Documentación real. Tipología (s. XIII-XIV)», en Diplomatique Royale du Moyen Âge XIIIe-XIVe Siècles. Actes du Colloque de la Commission internationale de Diplomatique, Porto, Faculdade de Letras, 1996, pp. 273-297. (En colaboración con R. Conde).

«Aproximación a un censo de visitas pastorales valencianas», Memoria Ecclesiae, IX, 1996, pp. 299-315.

«Licencias concedidas a eclesiásticos de fuera de la diócesis de Valencia (siglos XIV y XV)», en XIV Congresso di Storia della Corona d’Aragona: La Corona d’Aragona in Italia (secc. XIII-XVIII). 2. Presenza ed espansione della Corona d’Aragona in Italia (secc. XIII-XV) (Sassari-Alghero 19-24 maggio 1990), III, comunicazioni, Sassari, 1996, pp. 237-256.

«Obras pías y otras instituciones eclesiásticas: La caridad institucional y privada en la Valencia medieval», en Memoria Ecclesiae, XI, 1997, pp. 11-50. (En colaboración con V. Pons).

«Documentos pontificios en los registros episcopales del obispo de Valencia Hug de Llupià», en Forschungen zur Reich-, Papst- und Landesgeschichte. Peter Herde zum 65. Geburtstag von Freuden, Schülern und Kollegen dargebracht, Hrsg. von K. Borchardt und E. Bünz, Teil 2, Stuttgart, 1998, pp. 745-760.

«Hacia un inventario de Visitas Pastorales en España de los siglos XVI-XX», en Memoria Ecclesiae, XV, 1999, pp. 9-135.

«Casa, corte y cancillería del obispo de Valencia Hug de Llupià (1398-1427)», en Anuario de Estudios Medievales. Homenaje a la memoria de Regina Sáinz de la Maza, 28, 1998, pp. 635-659.

«La enseñanza de la Paleografía y Diplomática en España», en Rusia en los siglos IX-XX. Problemas de Historia, de Historiografía y de fuentes históricas, Moscú, Instituto de la Historia de Rusia, del Estado Ruso, de la Academia de Ciencias de Rusia, Universidad de Humanidades e Instituto Histórico-Archivístico, 1999. [Traducido al ruso por Ricardo F. Iglesias Alonso].

«Las tasas de la cancillería valentina y el “gratis” en los registros del obispo Hug de Llupià (1408-1425)», en Analecta Sacra Tarraconensia, 72, 1999, pp. 55-108.

«“Ad servicium Ecclesiae dedicandi”. Clérigos aragoneses ordenados en Valencia en el siglo XV», en Aragón en la Edad Media. Homenaje al Profesor Emérito Ángel San Vicente Pino, XVI, 2000, pp. 163-183.

«Cofradías religiosas en Valencia: del Medioevo a la Modernidad», en Archivio Sardo, N.S. n.° 2, 2001, pp. 175-186. (En colaboración con V. Pons Alós).

«La diócesis de Valencia durante los pontificados de los Borja», en Anales Valentinos, año XXVII, n.° 53, 2001, pp. 87-119. (En colaboración con V. Pons Alós).

«La Paleografía y Diplomática en las Universidades Españolas», en SIGNO. Revista de Historia de la Cultura Escrita, 9, 2002, pp. 39-106.

«Clérigos de la diócesis de Cartagena ordenados en Valencia en el siglo XV», en Littera Scripta. In honorem Prof. Lope Pascual Martínez, Murcia, Universidad de Murcia, 2002, pp. 131-148.

«Las visitas “ad limina”: Propuesta de edición», en Les chemins de Rome. Les visites ad limina à l’époque moderne dans l’Europe méridionale et le monde hispanoaméricain (XVIe-XIXe siècle). Sous la direction de P. Boutry et B. Vincent, Roma 2002, pp. 5-37. (Collection de l’École Française de Rome, 293).

«Relaciones de visitas “ad limina” de Tortosa de 1909 y 1917», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXXVIII, 2002, pp. 285-321.

«Un registro de colaciones de Hug de Fenollet y Vidal de Blanes, obispos de Valencia (1350-1359)», en Estudis Castellonencs, 9, 2000-2002, pp. 599-772.

«La diócesis de Segorbe-Albarracín a través de la Décima de 1401-1404», en Acta Historica et Archaeologica Mediaevalia. Homenatge a la Prof. Dra. M. Josepa Arnall i Juan 25, 2003-2004, pp. 375-388. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Documentación judicial de la administración diocesana Valentina: El Oficialato de Valencia y Xàtiva (s. XIV-XV)», en La diplomatica dei documenti giudiziari (dai placiti agli acta-secc. XII-XV), a cargo de G. Nicolaj. Commission Internationale de Diplomatique. X Congresso Internazionale, Bolonia, 12-15 de septiembre de 2001, Roma, Dipartimento per i Beni Archivistici e Librari. Direzione Generale per gli Archivi, 2004, pp.137-205.

«Relaciones de visitas “ad limina” de Valencia, Segorbe y Orihuela de 1909 y 1917», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXXIX, 2003, pp. 479-560.

«“De presbitero genitus et soluta”. Dispensas de ilegitimidad para ordenarse en la diócesis de Valencia (siglos XIV-XV)», en Escritos dedicados a José María Fernández Catón, I, León, Centro de Estudios e Investigación «San Isidoro», Caja España de Inversiones, Archivo Histórico Diocesano, 2004, pp. 133-162.

«Los canónigos de la Catedral de Valencia (1375-1520). Aproximación a su prosopografía», en Anuario de Estudios Medievales, 35/2, 2005, pp. 907-950. (En colaboración con V. Pons Alós).

«El clero secular en Europa en la Baja Edad Media. Bibliografía», en Anuario de Estudios Medievales, 35/2, 2005, pp. 971-1047.

«El clero valentino en la época de los Borja», en P. Iradiel y J. M.a Cruselles (coords.), De València a Roma a través dels Borja. Congrés commemoratiu del 500 Anniversari de l’any jubilar d’Alexandre VI, València, 23-26 de febrero de 2000, Valencia, Generalitat Valenciana, Conselleria de Cultura, Educació i Esport-Ministero per i Beni e le Attività Culturali, Comitato Nazionale Incontri di Studio per il V centenario del pontificato di Alessandro VI (1492-1503), 2006, pp. 223-262. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Las Visitas Pastorales y las “Relationes ad limina” como fuentes para el estudio y comprensión de la Geografía Eclesiástica», en Memoria Ecclesiae, XXVIII, 2006, pp. 11-302.

«Documentos de visita “ad limina” en el Archivo de la Catedral de Valencia», en Estudos em homenagem ao Professor Doutor José Marques, Porto, Faculdade de Letras da Universidade do Porto, 2006, vol. 4, pp. 51-60.

«Las rentas del monasterio de Vall de Crist en 1444 a través de la décima apostólica de Segorbe-Albarracín», en Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, LXXXI, 2005, pp. 305-315. (En colaboración con V. Pons Alós).

«La Diplomática en la enseñanza universitaria española (siglo XX)», en M.a M. Cárcel Ortí, M.a J. Sanz Fuentes, P. Ostos Salcedo, I. J. Baiges i Jardi, «La Diplomática en España. Docencia e investigación», en Archiv für Diplomatik, 52, 2006, pp. 541-661, concretamente pp. 541-573.

«La Iglesia de Xàtiva en la época medieval», en Exposició La Llum de les imatges. Lux mundi. Xàtiva 2007, de abril a diciembre de 2007, Valencia, Generalitat Valenciana, 2007, pp. 105-123. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Visita Pastoral a la Parrroquia de Xert en 1817», en Estudis Castellonencs, 10, 2003-2005 [2007], pp. 361-388. (En colaboración con J. A. Micó Navarro).

«Curia, casa y Corte valentina del cardenal Rodrigo de Borja, obispo de Valencia (1458-1492)», en Estudios en Memoria del Profesor Dr. Carlos Sáez. Homenaje, Alcalá de Henares, Universidad de Alcalá, 2007, pp. 415-437. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Nombramiento de notarios públicos aragoneses (1419-1446)», en Aragón en la Edad Media. Homenaje a la Dra. M.a de los Desamparados Cabanes Pecourt, XX, 2008, pp. 163-186.

«El clero valentí en l’època de Francesc Eiximenis (1383-1408)», en Eiximenis i la seua obra. A cargo de R. Ferrer Navarro, Valencia, Academia Valenciana de la Llengua, 2010, pp. 222-245. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Edición de documentos medievales en Aragón, Cataluña y Valencia», en Regionale Urkundenbücher. Die Vorträge der 12. Tagung der Commission Internationale de Diplomatique, Veranstaltet gemeinsam mit dem Niederösterreichischen Landesarchiv, St. Pölten, 23, bis 25, September 2009, Hrsg. T. Kölzer, W. Rosner, R. Zehetmayer, St. Pölten 2010, pp. 221-258. (En colaboración con I. J. Baiges i Jardi y P. Pueyo Colomina).

«Notas de diplomática episcopal: Reparación de dos letras de tonsura», en Saitabi, 59, 2009, pp. 211-230.

«Visita pastoral y tonsura en la diócesis de Valencia (1526-1527)», en Saitabi, 60-61, 2010-2011, pp. 105-130.

«Los registros episcopales», en E. Cantarell Barella y M. Comas Via (eds.), La escritura de la memoria: Los Registros. VIII Jornadas de la Sociedad Española de Ciencias y Técnicas Historiográficas, Barcelona, Promociones y Publicaciones Universitarias, 2011, pp.133-165.

«Libros y documentos en los sínodos diocesanos valentinos (siglos XIII-XV)», en Sit liber gratus, quem servulus est operatus. Studi in onore di Alessandro Pratesi per il suo 90° compleanno, a cargo de P. Cherubini y G. Nicolaj, I, Ciudad del Vaticano, Scuola Vaticana di Paleografia, Diplomatica e Archivistica, 2012, pp. 401-421.

«Dispensas de ilegitimidad para ordenarse en la diócesis de Valencia (siglo XVI)», en Homenaje al Prof. Dr. José Ignacio Fernández de Viana y Vieites, Granada, Universidad de Granada, 2012, pp. 93-106

«Organización de la archidiócesis de Valencia en época del patriarca Ribera», en E. Callado Estela (ed.), El patriarca Ribera y su tiempo. Religión, cultura y política en la Edad Moderna, Valencia, Institució Alfons el Magnànim / Diputación Valencia, 2012, pp. 93-155.

«Dignidades y canónigos de la Catedral de Valencia en el siglo XVIII», en E. Callado Estela (ed.), La Catedral ilustrada. Iglesia, sociedad y cultura en la Valencia del siglo XVIII, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 2013, pp. 103-125. (En colaboración con V. Pons Alós).

«El convite anual de los cofrades de la “Almoyna de les Òrfenes a maridar” de Valencia (1419-1525)», en «E l’amic digué a l’amat». Miscel·lània d’homenatge al Prof. Dr. Dr.h.c. Josep Perarnau i Espelt, a cargo de J. Planellas i Barnosell y C. Godoy Fernández, Barcelona, Revista Catalana de Teologia, 2013, pp. 787-827 [Revista Catalana de Teologia 38/2a (2013), pp. 787-827].

«Dispensas de ilegitimidad para ordenarse en la diócesis de Valencia (siglo XV)», en M. Herrero de la Fuente, M. Herrero Jiménez, I. Ruiz Albi y F. Molina de la Torre (eds.), Alma Littera. Estudios dedicados al profesor José Manuel Ruiz Asencio, Valladolid, Ediciones Universidad de Valladolid, 2014, pp. 97-106.

«La cancillería de Martín el Humano a través de los Registros Notariorum (1396-1410)», en SCRIPTA. Revista internacional de literatura i cultura medieval i moderna, 6, 2015, pp. 1-23. (En colaboración con V. Pons Alós).

«“Morum et veritas signorum”: Bula de Gregorio IX de canonización de San Antonio de Padua (1232) en el Archivo de la Catedral de Valencia», en A. Marchan Rivera y L. Barco Cebrián (eds.), «Diceamus hesternae die…» Estudios en Homenaje a los Profesores Pedro J. Arroyal Espigares y M.a Teresa Martín Palma, Málaga, Universidad de Málaga, 2016, pp. 102-121. (En colaboración con V. Pons Alós).

«La “Confraria d’Òrfenes a Maridar” de Valencia», en Manises 2016. Festes Patronals, pp. 50-53.

«Un registro de colaciones del obispo de Valencia Jaume d’Aragó de 1383», en Analecta Sacra Tarraconensia, 89, 2016, pp. 113-134.

«Una fuente para la Historia de la sociedad religiosa y civil: Las visitas pastorales», en Almogaren, 58, 2016, pp. 11-52.

«Cuatro maniseros del siglo XV aspirantes al sacerdocio», en Manises 2017. Festes Patronals, pp. 44-48.

«Metodología para la investigación en Historia de la Iglesia Local», en Anales Valentinos. Nueva Serie, 8, 2017, pp. 217-255.

En prensa:

Liber Ordinum de la diócesi de València (1463-1479), Valencia, Universitat de València.

PRÓLOGOS A LIBROS

SEGARRA ROCA, M. (1990): Historia Eclesiástica de Chert, Tortosa, 1949. Edición facsímil, Castellón. (En colaboración con J. Micó Navarro).

CASAUS BALLESTER, M.a J. (1990): Catálogo de los fondos parroquiales del Archivo Histórico Diocesano de Teruel, Teruel.

«Homenatge al Professor En Josep Trenchs i Odena», en Saitabi (Presentación), XLI, 1991, pp. 9-11.

ESCARTÍ I SORIANO, V. J. (1992): El llibre del mustassaf d’Albalat de la Ribera, Albalat de la Ribera.

GARCÍA EGEA, M.a T. (1993): La visita pastoral a la diócesis de Tortosa del obispo Paholac. 1314, Castellón, Diputació de Castelló.

Vocabulaire International de la Diplomatique, Presentació, Valencia, Generalitat Valenciana, Conselleria de Cultura / Universitat de València, 1994.

Presencia de peregrinos en el Hospital General de Valencia en el siglo XVI (1543-1601), Valencia, Asociación «Amigos del Camino de Santiago» de la Comunidad Valenciana, 2002.

VALLDECABRES RODRIGO, R. (2004): Vida de Sant Onofre, Quart de Poblet, Ayuntamiento.

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RESEÑAS BIBLIOGRÁFICAS

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TRADUCCIONES

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«Visita pastoral», en Diccionario Histórico Valenciano, Valencia, 1992, p. 801.

«Visita ad limina», en Diccionario Histórico Valenciano, Valencia, 1992, p. 801.

CATÁLOGOS DE EXPOSICIONES

«Carta de Roderic de Borja al capítol de la col·legiata de Santa Maria de Xàtiva, en la qual ordena que s’observen les noves constitucions», en Xàtiva. Els Borja. Una projecció europea, 2, Xàtiva, Museu de l’Almodí, 4 de febrer al 30 d’abril 1995, Ajuntament de Xàtiva, pp. 49-51.

«Butla de Calixte III en què concedeix diverses relíquies a l’església col·legiata de Santa Maria de Xàtiva», en Xàtiva. Els Borja. Una projecció europea, 2, Xàtiva, Museu de l’Almodí, 4 de febrer al 30 d’abril 1995, Ajuntament de Xàtiva, pp. 116-118.

«Butla de Calixte III en què anuncia al Capítol de València el nomenament com a bisbe del seu nebot Roderic de Borja», en Xàtiva. Els Borja. Una projecció europea, 2, Xàtiva, Museu de l’Almodí, 4 de febrer al 30 d’abril 1995, Ajuntament de Xàtiva, pp. 143-144.

«Breu de Calixte III al capítol de la col·legiata de Santa Maria de Xàtiva en què concedeix a Ausiàs Ferran la rectoria de Sant Mateu, a la diócesi de Tortosa», en Xàtiva. Els Borja. Una projecció europea, 2, Xàtiva, Museu de l’Almodí, 4 de febrer al 30 d’abril 1995, Ajuntament de Xàtiva, pp. 49-51.

«Liber usurarum», en «La Iglesia de Xàtiva en la época medieval», en Exposició La Llum de les imatges. Lux mundi. Xàtiva 2007, de abril a diciembre de 2007, Valencia, 2007, pp. 48-49. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Décima apostólica de Valencia», en «La Iglesia de Xàtiva en la época medieval», en Exposició La Llum de les imatges. Lux mundi. Xàtiva 2007, de abril a diciembre de 2007, Valencia, 2007, pp. 50-51. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Registro episcopal de Rodrigo de Borja, cardenal-obispo de Valencia», en «La Iglesia de Xàtiva en la época medieval», en Exposició La Llum de les imatges. Lux mundi. Xàtiva 2007, de abril a diciembre de 2007, Valencia, 2007, pp. 164-165. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Envío de correo de Valencia a Roma con cartas al cardenal Rodrigo de Borja», en «La Iglesia de Xàtiva en la época medieval», en Exposició La Llum de les imatges. Lux mundi. Xàtiva 2007, de abril a diciembre de 2007, Valencia 2007, pp. 166-167. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Acta de elección de Ramón Gastó como obispo de Valencia», en La gloria del Barroco. València 2009-10. Catálogo, Valencia, Generalitat Valenciana-La Llum de les Imatges, 2009, pp. 358-359. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Constituciones sinodales de la diócesis de Valencia», en La gloria del Barroco. València 2009-10. Catálogo, Valencia, Generalitat Valenciana-La Llum de les Imatges, 2009, pp. 456-457. (En colaboración con V. Pons Alós).

«Cabreve de la Cofradía de Huérfanas a Maridar», en La gloria del Barroco. València 2009-10. Catálogo, Valencia, Generalitat Valenciana-La Llum de les Imatges, 2009, pp. 478-479. (En colaboración con A. García-Menacho Osset).

«Visitas Pastorales de la Diócesis de Valencia», en La gloria del Barroco. València 2009-10. Catálogo, Valencia, Generalitat Valenciana-La Llum de les Imatges, 2009, pp. 482-483.

CAPÍTULOS DE LIBRO

«Los fundamentos institucionales», en Historia de Valencia, Valencia, 1999, pp. 86-92. (En colaboración con V. Pons Alós).

«La organización de la iglesia valenciana», en J. Hermosilla Pla (coord.), La ciudad de Valencia. Historia, Geografía y Arte de la ciudad de Valencia, vol. 1, Valencia, Universitat de València, 2009, pp. 199-205. (En colaboración con V. Pons Alós).

DIPLOMÁTICA EPISCOPAL DE VALENCIA (1240-1300)*

INTRODUCCIÓN

En 1920 el canónigo Sanchis Sivera advertía acertadamente en la presentación de sus estudios históricos sobre La diócesis valentina:

En esta clase de obras precisa dar la importancia debida a la Diplomática. A falta de cartularios, se prestará un buen servicio a la diócesis con la publicación de documentos que, a más de ilustrar nuestra historia, desvanecer muchos errores y abrir nuevos caminos de estudio, nos muestran un ambiente donde palpita la vida de nuestros antepasados.1

Para conocer la organización y el funcionamiento de la Iglesia valentina en la segunda mitad del siglo XIII, concretamente a partir de 1238, fecha de la conquista de la ciudad de Valencia, es fundamental, entre otras fuentes, la documentación en pergamino conservada en el Archivo de la Catedral de Valencia, profusamente utilizada por Burns en sus trabajos.2 Existe un catálogo de ese riquísimo fondo de pergaminos,3 pero todavía no se ha publicado la colección diplomática de dicho archivo, ni siquiera el diplomatario episcopal.4

La presente comunicación pretende cubrir en parte el gran vacío existente para el siglo XIII en lo que a diplomática episcopal5 se refiere. Cierto es que el periodo que estudiamos –tan solo sesenta años– es muy corto para ver la evolución de los tipos documentales, del contenido de las actas episcopales y de su formulación, más teniendo en cuenta que estamos en los orígenes de una diócesis y por consiguiente en los inicios de una cancillería episcopal, si la comparamos con otras más antiguas de la Corona de Aragón o de fuera de la península. No obstante, estos condicionantes no son óbice para encontrarnos con unos tipos documentales que responden a las primeras y más inmediatas necesidades de unos obispos y un cabildo que tienen que poner en marcha una diócesis en un territorio recién conquistado al islam y que necesitan encontrar medios de financiación para ir consolidando las instituciones administrativas eclesiásticas: cabildo, curia episcopal, parroquias, etc.

He estudiado parte de la documentación producida a lo largo de cinco obispados,6 seleccionando aquellos documentos estrictamente episcopales, es decir, intitulados por el obispo o por este y el cabildo, incluyendo también aquellos otros en los que se requiere su suscripción autógrafa y su sello como forma de validación. Son documentos en su mayor parte muy semejantes a los documentos privados, tanto en su formulación como en los caracteres externos, tal vez por estar confeccionados por notarios públicos o porque los asuntos que se redactan todavía no son –como ocurrirá más adelante– los propios del gobierno y la acción pastoral de los obispos.

Lo que ahora presento no es un trabajo definitivo y estoy segura de que la publicación del diplomatario episcopal enriquecerá y matizará muchas de las ideas aquí expuestas, pero, al menos, este breve análisis pretende ser el comienzo –desde los orígenes bajomedievales de la diócesis valentina– de una serie de estudios continuados sobre diplomática episcopal de Valencia.

LA DIÓCESIS DE VALENCIA Y SUS OBISPOS EN EL SIGLO XIII

El protagonismo de la Iglesia fue indiscutible en el lento proceso de conquista de Valencia –ocupada desde hacía siglos por los musulmanes– por parte del rey Jaime i de Aragón, que tuvo lugar según tradición inmemorial el 9 de octubre de 1238. Tras la conquista comenzó la compleja disputa sobre la posesión eclesiástica de la ciudad y diócesis por el metropolitano de Toledo y por el de Tarragona, que terminó con la anexión por parte de Jaime i a su patrimonio del nuevo reino y a la mitra tarraconense de la diócesis de Valencia.7

La diócesis valentina centrada de nuevo en su provincia eclesiástica de origen comenzó un camino pastoral, que no se ha interrumpido hasta nuestros días, aunque en los primeros años no faltaron tensiones provocadas por la querella que el arzobispo de Toledo presentó a Roma contra sus derechos violados y por el recurso del nuevo arzobispo contra el metropolitano de Tarragona por las actuaciones que este había tenido con la reconquistada ciudad de Valencia.8

Los límites de la diócesis valentina tras la conquista coincidieron en gran parte con los de la actual provincia civil, penetrando en las de Castelló y Alacant, siendo limítrofe por el norte de Tortosa y Segorbe, por el oeste de Cuenca y por el sur hasta una línea que partía desde Calp en la costa, y más tarde Vila Joiosa adentrándose hacia Xixona y Biar, subiendo por el noreste hacia Xàtiva, prosiguiendo por Enguera y algún tiempo también Aiora y por último hasta Cofrentes. Era pues un territorio vasto, razón por la cual Jaime II, a principios del siglo XIV, intentó la creación de una segunda metrópoli en sus dominios, proponiendo al papa la creación de un obispado en Xàtiva.

Sin embargo, la única división que se hizo en 1248 fue la de los arcedianatos de Xàtiva y Valencia, novedad importante para la estructura diocesana porque los arcedianos eran poderosos e influyentes y además gozaban de cierta autonomía en sus respectivas jurisdicciones. En 1279 se crearon otros dos arcedianatos en Sagunt y Alzira, al norte y sur, respectivamente, con el fin de planificar mejor las iniciativas pastorales, cuidar directamente las necesidades espirituales del pueblo y coordinar las actividades del clero.

Otro aspecto importante de la organización de la nueva diócesis fue el económico.9 Don Jaime se había comprometido en las Cortes de Monzón a financiarla convenientemente, pero sus promesas no fueron mantenidas porque las campañas militares hacia el sur le ocasionaron enormes gastos, y por ello el papa Gregorio IX le llamó solemnemente la atención. El monarca, en 1241, ante las insistencias del clero, aumentó la ayuda, que al principio había sido muy escasa, y dotó debidamente al cabildo catedral, repleto de canónigos adictos a su persona para evitar futuros conflictos. A pesar de estas dificultades iniciales, pasados cuarenta años, las finanzas de la catedral y diócesis eran bastante sólidas, de modo que Jaime II pudo informar a Roma diciendo que la diócesis de Valencia era tan rica como la de Tortosa.

También fue un buen método de financiación la administración e inversión de posesiones y fincas procedentes de donaciones, legados, herencias, etc., aunque a veces este tipo de actividades era contrario a la legislación civil y en concreto a una constitución de 1240 que prohibía a la diócesis heredar o adquirir tierras. Esto habría reducido sus posibilidades económicas, pero el clero se opuso a tan gravosa limitación, que el mismo rey no había conseguido imponer a otras diócesis más antiguas.

No sabemos cuántas posesiones tuvo la diócesis a raíz de la restauración. Cierto es que estas las recibió por diversos conductos y aun cuando muchas de las adquisiciones fueron de pequeña cuantía, una acertada administración permitió ampliar el patrimonio inicial. Los documentos de la época son muy heterogéneos y no ofrecen una visión global del tema. Pero la razón fundamental de la solidez económica de la Iglesia valentina desde sus comienzos fueron los diezmos, que recaudaba la diócesis, y las primicias, reservadas a las parroquias. Fue un sistema decisivo en los primeros años, cuando tan restringida estuvo la adquisición de propiedad individual, porque el diezmo era un impuesto al ingreso de 10 % o menos, aplicable por ley, que afectaba ante todo a las actividades relacionadas con la agricultura, ganadería, pesca y menos al comercio y a la industria.

La inmensa tarea de reorganización eclesiástica iniciada con la creación de parroquias en la ciudad y diócesis y con los nombramientos de párrocos o rectores fue promovida desde el principio por los obispos, supremos responsables de la cura pastoral.

Cinco prelados cubren este periodo de sesenta años, de cuya intensa actividad al frente del gobierno de la diócesis dan cuenta unos 200 documentos en pergamino que se han conservado, la mayoría traslados notariales de épocas inmediatamente posteriores, copias en el Liber instrumentorum omnium Episcopi et Ecclesiae Valentinae y algunos originales, todos ellos actualmente en el Archivo de la Catedral de Valencia. Estos son los prelados de los que hablamos: Ferrer de Pallarés (1240-1243), Arnau de Peralta (1243-1248), Andreu d’Albalat (1248-1276), Jaspert de Botonach (1276-1288) y Ramon Despont (1289-1312).

Ferrer de Pallarés (1240-1243)

Dilucidada la contienda entre Toledo y Tarragona, fue elegido obispo de la diócesis de Valencia Ferrer de Pallarés, paborde y arcediano de Tarragona. Sentó las bases de la curia episcopal con la ayuda económica del monarca y con otros recursos que procuró. Resolvió los primeros pleitos, dividió la diócesis en dos arcedianatos –Xàtiva y Valencia– y dio normas litúrgicas. Toleró que don Jaime retuviese las rentas de propiedad de las mezquitas y todos los diezmos, contentándose con un tercio, lo cual equivalía a concederle un tercio de los ingresos que él necesitaba para organizar la diócesis.

Cedió a los caballeros del Santo Sepulcro la parroquia de San Bartolomé, antes mezquita, una de las diez que convirtiera en iglesias dicho prelado. Supo defender los derechos primiciales de las parroquias de Cullera, Silla, Torrent, Montroi y otras contra el castellán de Amposta don Hugo de Folcalquer y los caballeros hospitalarios de Jerusalén, quienes porque poseían por privilegio real el señorío de dichos lugares se creían con derecho a sus diezmos y primicias, pleito que por arbitraje resolvió su sucesor.10

Arnau de Peralta (1243-1248)

Aragonés, de noble linaje y arcediano de Lleida, sucedió al obispo Ferrer. Posesionado de su sede y enterado de las mezquinas rentas de que podía disponer su iglesia, trató enseguida de aumentarlas para poder afrontar todas las dificultades que se presentasen en la creación de iglesias en los nuevos territorios de la diócesis, que de continuo se conquistaban.

Litigó con Jaime I defendiendo la dotación de la catedral, reducida a la tercera parte por arreglo del rey con el obispo anterior, y logró que, para acallarle, cediese la mitad de Puçol en 1243; pero no satisfecho el prelado, siguió pleiteando durante todo su pontificado.

La escasez de clero indujo al obispo y cabildo a ofrecer prerrogativas y concesiones a las órdenes religiosas, tales como a los canónigos y hermanos hospitalarios de Roncesvalles, a quienes se hizo donación de las iglesias de Santa Cruz, de Valencia y de Puçol, en 1243, y a los dominicos, a los que se les concedió la facultad de enterrar en su cementerio a cuantos lo deseasen y de percibir los legados que se les hicieren, así como a los curas de Valencia.11

El obispo y el cabildo también procuraron aumentar las rentas eclesiásticas, no solo de la mensa episcopal y de la corporación capitular sino también de las demás iglesias de la diócesis. Para ello establecieron censos, firmaron concambios de mezquitas y cementerios improductivos con casas y heredades en plena producción, concedieron infeudaciones y convinieron arreglos y procedimientos para que la recolección de las décimas se hiciera con el mayor provecho. Sobre esto último se celebró un acuerdo entre el obispo y el cabildo, del que nacieron las preposituras o pabordías, en número de doce, entre las que se repartieron todos los bienes del cabildo, estimándose el valor de cada una en 800 sueldos.12

Andreu d’Albalat (1248-1276)

Su pontificado –de veintisiete años y cuatro meses– ha sido de los más largos de nuestra diócesis. Tan solo hacía once años que era Iglesia la diócesis de Valencia cuando entró a gobernarla y ya le tenían usurpados los laicos la mayor parte de sus bienes, y como se resistían a pagar los debidos diezmos y primicias tuvo muchos debates con los ricos hombres, caballeros, ciudadanos y demás vecinos de la ciudad y diócesis, y suplicó al rey que sentenciase esta causa antes de partir de la diócesis.

Instituyó la dignidad de deán. Para el más exacto cobro de las rentas de la catedral instituyó doce nuevas pabordías, según los doce meses. Creó doce canonjías para la mayor majestad del culto, y a sus instancias, en 1269, el rey don Jaime eximió de tributos los frutos pertenecientes a prelado y cabildo y completó la dotación catedralicia.13

Jaspert de Botonach (1276-1288)

Natural de Girona, sacrista de la catedral de dicha ciudad y abad de San Félix, sostuvo y resolvió durante su pontificado numerosas cuestiones e incidentes entre nuestra diócesis y las iglesias de Segorbe y Albarracín. Instituyó los arcedianatos de Alzira y Morvedre con las primicias de dichos lugares y otros emolumentos que permitiesen a sus poseedores el correspondiente decoro. Fueron aumentados a veinte los canónigos, que antes eran quince, y redotó asimismo la dignidad de deán.14

Ramon Despont (1289-1312)

Natural de la villa de Fraga y religioso de la orden de Santo Domingo, fue auditor de la Rota Romana, gobernador de la Marca de Ancona y canciller, consejero y familiar de Pedro III de Aragón. Figura eminente del episcopado valentino, y de singular prestigio como estadista, teólogo, canonista y jurisconsulto, gozó de gran influencia en la Curia Romana y en la Corona de Aragón.15

LA CANCILLERÍA EPISCOPAL

En la diócesis de Valencia, durante la segunda mitad del siglo XIII, no se puede hablar todavía de una cancillería episcopal –ni siquiera encontramos la voz cancellarius para el regente de esta– totalmente consolidada, como ocurre en otras diócesis que sí lo estaban desde épocas anteriores,16 sino más bien al contrario, de una incipiente organización cancilleresca –la curia domini episcopi– en la que el cabildo catedral juega un papel importante en el seno de esta, hasta que ya en el siglo XIV cabildo y curia se separen y actúen como entes administrativos independientes y la curia episcopal tenga su propio funcionariado.

Durante los cinco obispados estudiados y a tenor de la documentación conservada, son pocos los documentos intitulados solamente por el obispo y sí muchos más los intitulados por este y el cabildo conjuntamente, lo que pone de manifiesto esa unión –no exenta de fricciones– del cabildo en torno a su obispo para luchar contra las injerencias de otras diócesis, defender sus prerrogativas ante la Corona e ir acrecentando el patrimonio de la Iglesia valentina.

A pesar de la escasa documentación consultada, podemos adelantar dos grupos de personajes clave en la existencia de estos documentos episcopales: el obispo y la institución capitular –autores jurídicos de las actas–, por un lado, y el notario y sus auxiliares los escribanos –autores materiales de dichas actas–, por otro.

El obispo y el cabildo

Sobre la formulación que ofrece la intitulación de estos documentos, remito más adelante al apartado dedicado a los caracteres internos, donde se verá con más detalle. Aquí solo quiero hacer hincapié en el consilium. El obispo, al menos en un primer momento, a pesar de su poder, necesita tomar consejo y obtener un acuerdo sobre todo de su cabildo, por eso algunas intitulaciones de documentos otorgados por el obispo y el cabildo –como son concesiones de feudo, donaciones, etc.– se acompañan de frases como estas: «habito diligenti consilio et tractatu et considerantis nostre condicionibus et circunstanciis»; «habita deliberatione et consilio diligenti, de communi consensu et voluntate capituli Valentini»; «habita deliberatione provida et tractatu». El assensus, acuerdo dado a la decisión episcopal, aparece también alguna vez: «assensu et voluntate totius capituli Valentini»; incluso en ocasiones se alude a la unidad: «habito diligenti unitati inter nos».

La composición del cabildo valentino durante este periodo es la siguiente:

• Deán (decanus): «Iacobus de Rocha, sacrista Ilerdensis, decanus Valencie et notarius domini regis» (1270),17 «Raymundus de Balestar» (1277), «Guillermus de Moleto» (1298).

• Arcediano (archidiaconus): «magister Michaelis» (1240), «magister Eximinus» (1249), «Gundisalvus Petri» (1255), «Guillermus Petri» (1260), «Bernardus de Vilamarino» (1286), «magister Bernardus de Canet» (1295), «Berengarius de Sarriano» (1298).

• Chantre (precentor): «magister Dominicus» (1240), «Petrus Michaelis» (1270), «Raymundus de Moraria» (1277), «Petrus Gomir» (1298).

• Sacrista (sacrista): «Arnaldus Piquer» (1240), «Berengarius de Botcenich» (1247), «Guillermus Alarico» (1260), «Iacobus de Albalato» (1279).

• Arcediano de Xàtiva (archidiaconus Xativensis): «Berengarius de Boxadós» (1248); «Guillermus de Romanino» (1260), «Petrus de Albalato» (1270), «Petrus Michaelis» (1279), «Arnaldus de Rexacho, gerensvices domini episcopi» (1285).

• Arcediano de Morvedre (archidiaconus Muriveteris): «Geraldus de Albalato» (1279).

• Arcediano de Alzira (archidiaconus Algezire): «Arnaldus de Rivosico» (1279).

• Canónigos (canonici): en 1240: «Bertrandus de Turolio», «magistri Bernardus de Solerio, subdiaconi domini Pape», «M. de Otteyza, canonicus Valencie et archipresbiter Turoli», «Iohannis Montisonis», «Berengarius de Targanova», «Bartholomeus, Rodericus Didaci», «Bernardus de Vilario», «magister Petrus», Radulphus Lemosini». En 1241: «Iohannes Capelles». En 1242: «Bernardus, capellanus Sancti Petri et canonici Valencie», «Geraldus, «Bernardus de Carcino», «Benedictus». En 1245: «Gundisalvus Petri». En 1247: «Berengarius de Boxadós», «Bernardus de Catalio». En 1248: «Dominicus Mathei». En 1255: «magister Vincencius», «magister Guillermus de Arbeca», «Guillermus Daroqua», «Assensius de Espilonga». En 1260: «Arnaldus Buscheti», «Petrus Michaelis», «Nicholaus de Hungaria». En 1270: «Dominicus Benedicti», «Iacobus de Albalato», «Petrus Cambrer». En 1277: «Geraldus de Albalato», «Guillermus de Albalato», «Arnaldus de Rexacho», «Arnaldus de Montessono», «Dominici Mathei». En 1285: «Radulphus Benedicti», «Blasius Eximini de Arenoso», «Guillermus de Molleto», «Petrus Gomir», «Berengarius de Ariaco», «Iacobus de Maura», «Poncilianus Garriga». En 1286: «Olivarius Mascarelli», «Bernardus de Montealacri». En 1298: «Arnaldus de Rivosico», «Garsias d’Ontinyén», «Arnaldus Maçot».

Los notarios y escribanos

Para el periodo que estudiamos es prematuro hablar de una cancillería organizada con un personal fijo adscrito a esta y con un cuerpo de notarios y escribanos encargados de la redacción de los documentos. El obispo o el cabildo se sirven de notarios públicos de la ciudad para la confección de las cartas episcopales o capitulares, y estos pueden trabajar para varios obispos, como veremos a continuación.

• Bajo el obispo Ferrer de Pallarés fueron notarios: «Petrus Salvati, notarius domini episcopi»; «Guillermus Gaucerandi, publicus notarius Valencie»; «Bertrandus, publicus notarius Valencie»; «Raymundus de Mirambello, notarius publicus Valencie».

• Bajo el obispo Arnau de Peralta: «Guillermus de Jaca, publicus notarius Valencie»; «Bartholomeus, notarius domini episcopi»; «Poncius Carbonell, publicus notarius Valencie»; «Arnaldus Astruch, notarius publicus Valencie».

• Bajo el obispo Andreu d’Albalat: «Guillermus de Iaca»; «Guillermus Gaucerandi»; «Berengarius Egidii, publicus Valencie notarius»; «Ferrandus, scriptor domini episcopi Valentini»; «Bernardus Pagani, publicus notarius Valencie»; «Arnaldus de Iacca, publicus notarius Valencie»; «Bernardus Gaucerandi, publicus notarius Valencie»; «Arnaldus Astruch»; «Arnaldus de Luzano, notarius publicus Valencie»; «Berengarius de Ripullo, publicus notarius Valencie»; «Raymundus Maçana, notarius publicus Valencie».

• Bajo el obispo Jaspert de Botonach: «Guillermus de Acrimonte, notarius publicus Valencie»; «Thomas Diest, notarius publicus curie domini episcopi Valentini»; «Iacobus de Maura, canonicus Valentinus, predictus notarius dicti domini episcopi».

• Bajo el obispo Ramon Despont: «Ianuarius Rabaçie, notarius publicus Valencie, notarius domini episcopi»; «Petrus Luppeti, auctoritate regia notarius publicus per totam terram et dominationem illustrissimi domini regis Aragonum»; «Guillermus de Acrimonte»; «Andreas de Pineda, scriptor curie Officialatus eiusdem domini episcopi».

De toda esta lista destaca la condición en algunos de ellos de notarius domini episcopi, además de ser notarius publicus, y la existencia de algún scriptor curie Officialatus a finales del siglo, lo que nos habla ya de la existencia de la curia como organismo casi independiente y del oficialato en el seno de esta.

En la formulación de la suscripción notarial se encuentra la iussio, que expresa la decisión del obispo para que el instrumento sea redactado, como en estos casos: «Signum Petri Salvati, notarii domini episcopi supradicti, qui mandato eiusdem et capituli Valencie predicti»; «Signum Petri Salvati, qui hoc scripsit mandato domini electi»; «Signum Guillermi de Iaca, publici notarii Valencie, qui mandato predictorum hanc cartam scripsit»; «Signum Bartholomei, notarii domini episcopi, qui hanc cartam scripsit mandato domini episcopi et capituli Valentini»; «Signum Guillermi de Iacca, publici notarii Valencie, qui de mandato venerabili domini nostri episcopi antedicti et capituli eiusdem hec scripsit»; «Signum Ferrandi, scriptoris domini episcopi Valentini, qui mandato eiusdem hanc cartam scripsit»; «Signum Guillermi de Acrimonte, notarii publici Valencie, qui hiis omnibus interfuit et mandato dictorum arbitrorum seu arbitratorum hanc sententiam propria manu scripsit et clausit»; «Signum Thomasii Diest, notarii publici curie domini episcopi Valentini, qui predictis interfuit et litteras predicti domini episcopi de verbo ad verbum translatavit et de mandato Arnaldo de Rexacho, gerentisvices dicti domini episcopi et totius capituli Valentini in formam publicam redegit et propria manu clausit»; «Ego Iacobus de Maura, canonicus Valentinus predictus, notarius dicti domini episcopi, de mandato ipsius et capituli predicti hanc cartam scripsi et in forma publica redegi et hoc signum feci».

Uno de los elementos que nos permite conocer la originalidad de los documentos de la época estudiada es la comprobación de las raspaduras, letras superpuestas o corregidas, cuya mención aparece casi siempre en la signatura y validación del escribanonotario de los mismos; estos, por lo general laicos –excepto algún clérigo–, han empleado las siguientes correcciones: indicación de línea: «cum litteris rasis et emendatis in linea VIIIa»; «cum litteris dampnatis in linea X»; «cum litteris rasis et emendatis in tercia linea a superiori»; «cum litteris dampnatis in VIIIa línea»; «cum dampnato in prima linea quasi in principio»; indicación de palabras añadidas: «cum litteris apponis in prima linea ubi scribitur “scilicet”»; «quod fuit suprascriptum in secunda linea ubi dicitur “partes”»; «cum supraposito in VIIIa linea ubi dicitur “exceptis militibus et sanctis”»; «cum raso et emendato en XII linea ubi dicitur “in”»; «est certum quod fuit suprascriptum in hoc instrumentum in XIa linea ubi dicitur “inter eos”» e indicación de palabras canceladas: «cum cancellato manet penultima linea ubi legitur “testimonium”».

FORMA Y TIPOLOGÍA DE LAS ACTAS EPISCOPALES

La forma de las actas

1. Caracteres externos

a) El formato y la escritura

Las cartas episcopales valencianas son en su mayor parte cartae non transversae (escritas de forma apaisada, en el sentido de la anchura), aunque también existen algunas cartae transversae (escritas de forma alargada, en el sentido de la altura); otras son casi cuadradas, y unas pocas tienen un formato irregular. Las cartas partidas por abc presentan un corte ondulado en la parte superior o en la inferior. Son de un tamaño pequeño y mediano, de unas medidas como término medio de 350 x 186 mm, y algunas muy grandes.

La materia pergamino permite un pautado a punta seca (en los primeros obispados) y a plomo (a partir de Jaspert), con un espacio interlinear variable de una carta a otra, de unos 6 u 8 mm. Apenas presentan adornos, excepto algunos documentos que tienen agrandada la letra del comienzo, como la I de In Dei, la C de Cum inter o la N de Noverint. Estos adornos corresponden a documentos de cierta solemnidad, en los que destaca la anchura de los márgenes y el sello pendiente.

La escritura presenta una gran uniformidad a pesar de la diversidad de manos que intervienen, pero todas ellas corresponden a notarios públicos de la ciudad, que utilizan la escritura gótica catalana, cuyo modelo gráfico ideal lo constituye la escritura canonizada de la cancillería real de la Corona de Aragón.18 La tinta es de color sepia claro, más fuerte en las suscripciones autógrafas y en la suscripción notarial.

b) El sello

Con el sello se llega al principal de los medios de validación, aquel que no falta en ninguna carta; en él se resume toda la fuerza probatoria de un acta. La finalidad del sello es la de autentificar las actas, y tras la muerte de los testigos mencionados en un acta, el sello queda como la única garantía de autenticidad.

No todas las cartas episcopales que estudiamos llevan sello, solo ciertas concesiones intituladas por el obispo y algunos documentos emitidos por este y el cabildo. El sello episcopal es siempre en naveta, en forma de doble ojiva muy lanceolada, de cera natural con reborde en los de los obispos Arnau y Andreu y sin reborde en los de los obispos Jaspert y Ramon, de unos 48 x 30 mm. Representa al obispo de pie sobre una repisa, revestido con casulla y mitra, el brazo derecho extendido en actitud de bendecir y el izquierdo sosteniendo un báculo, cuyo cayado encorva hacia el interior. La leyenda, encerrada entre dos líneas, en cada uno de ellos es, para Arnau: + · S · A · DEI · GRA · EPISCOPI · VALNTINI; para Andreu: + S FRIS ANDREE DEI GRA VALENTINI EPI; para Jaspert: * S: IAZPERTI * DEI * GRA * EPI * VALENTINI * y para Ramon: : S : RAIMVDI : MISATOE : DIVINA : EPI : VALNTINI.19

El sello es siempre pendiente de hilos de seda rojo y amarillo o de cordón trenzado de los mismos colores (lám. 4). En muchos documentos han quedado restos de estos hilos o solamente los agujeros, y en muy pocos, restos del sello o el sello entero.

El sello del cabildo es en forma de doble ojiva, de 57 x 37 mm, de cera amarillenta, con reborde en forma de caja. Representa a la Virgen, sedente sobre un banco, abierta de rodillas y los pies juntos sobre una repisa o taburete; coronada y nimbada; en el brazo izquierdo sostiene al Niño en actitud sedente, hacia la derecha, y nimbado; el brazo derecho de la Virgen doblado y con la mano hacia el pecho, con un cetro o ramo. La leyenda, extendida entre dos líneas, dice + : SIGILLVM : CAPITVLI : VALENTINI.20

He comprobado que llevaron sello estos documentos: concesiones del tercio diezmo, nombramientos, fundación de capellanía, confirmaciones, comisiones, concordias, apelaciones y concesión de indulgencias. El resto de los documentos tienen un gran parecido con los documentos privados de la época, ya que, además de carecer de sello, carecen también de suscripciones.

Cuando el documento lleva varios sellos, suele poner en letras pequeñas encima de cada par de agujeros el nombre del personaje o institución a la que representa el sello.21

En el caso de los traslados o copias notariales auténticas, al comienzo del documento el notario hace una descripción de los sellos que lleva el documento que está copiando o dice el número de sellos que tiene: «Hoc est translatum... quatuor sigillis cere albe inpendentibus cum vetis sive cordulis latis colore rubeo et croceo variatis inpendentibus munito, quorumquidem sigillorum primum erat reverendi domini Arnaldi, Dei gratia episcopi, et secundum sigillum erat eius honorabilis capituli Valencie et tercium sigillum erat reverendi Garcie Garceç, comendatoris de Montealbano, quartum vero sigillum erat unius de ordine milicie Sancti Iacobi vocati P. ut prima facie apparebat».22

2. Caracteres internos

a) La invocación

Es una parte del discurso diplomático presente en muchos documentos otorgados por el obispo solo o junto con el cabildo. Cuando existe, el documento suele comenzar por la invocación verbal. Cuatro formulaciones diferentes existen en Valencia en materia de invocación. La más frecuente bajo Ferrer es: «In Christi nomine», y la menos frecuente: «In nomine sancte et individue Trinitatis»; bajo Andreu: «In Dei nomine et eius gratia», y bajo Ramon: «In nomine Domini nostri».

b) La notificación

Aparece siempre y encabeza el documento cuando este no lleva invocación. La formulación bajo Ferrer es: «Pateat universis», «Notum sit omnibus», «Sit notum cunctis», «Notum sit cunctis»; bajo Arnau: «Noverint universi»; bajo Andreu: «Sit omnibus notum», «Pateat universis presentem paginam inspecturis» y bajo Jaspert y Ramon: «Noverint universi».

c) La intitulación

La intitulación es la parte esencial de las cartas y la que por regla general no suele omitirse. Raras veces comienza el documento por la intitulación, ya que lo normal es que siga a la notificación, por lo que el adverbio introductorio suele ser quod o idcirco. La intitulación propiamente dicha comienza siempre por nos en todos los obispados. La formulación es la siguiente:

• Ferrer de Pallarés, mientras es obispo electo: «Nos Ferrarius, Dei gratia electus Valencie et prepositus Terrachone»; «Nos Ferrarius, Dei gratia electus et Terrachone ecclesie prepositus»; «Nos Ferrarius Dei gratia electus sedis Valencie et prepositus Terrachone»; «Nos Ferrarius miseracione divina electus Valencie et prepositus Terrachone»; junto con el cabildo: «Nos Ferrarius Dei gratia sedis Valencie electus et prepositus Terrachonensis ecclesie et totum capitulum sedis Valencie»; tras tomar posesión: «Nos Ferrarius Dei gratia episcopus Valencie et capitulum eiusdem sedis»; «Nos Ferrarius miseracione divina episcopus Valencie et totum capitulum Valencie»; «Nos Ferrarius, miseracione divina episcopus Valencie, prepositus Terrachone et totum capitulum valentinus»; «Nos Ferrarius Dei gratia episcopus Valentinus et Terrachonensis ecclesie prepositus et totum capitulum Valentinum».

• Arnau de Peralta: «Nos Arnaldus, miseracione divina episcopus et totum capitulum Valentinum»; «Nos Arnaldus Dei gratia episcopus Valentinus»; «Arnaldus Dei gratia Valentinus episcopus».

• Andreu d’Albalat: «Nos frater Andreas, miseracione divina Valentinus episcopus et totum capitulum eiusdem».

• Jaspert de Botonach: «Nos Jazpertus, divina miseracione episcopus Valencie et capitulum eiusdem».

• Ramon Despont: «Raymundus Dei gratia episcopus Valentinus»; «Raymundus miseracione divina Valentinus episcopus» y «Nos Raymundus divina miseracione episcopus et capitulum ecclesie Valentine».

Como puede comprobarse, las actas están intituladas por el obispo solamente, por el obispo con el cabildo o por el obispo con algunos canónigos.

d) El preámbulo

El preámbulo es la parte menos importante de una carta, ya que no comporta ningún dato factual, ni juega ningún papel jurídico. Suele aparecer pocas veces y han sido estas:

• Ordenación y estatutos de la catedral: «Quam ita fragilis est memoria hominum quod eam que geruntur in tempore elabuntur ex tempore dignum est tali lapsus scripture testimonio subveniri».

• Donación de una parroquia: «Dignum est a nobis eo beneficia grata recipere et nostram partem sollicitudinis eisdem comitere, qui Redemptoris nostri et universalis ecclesie ac hospitalitatis pauperum noscuntur obsequiis fideliter institisse ut se ipsi nos sibi respondisse promeritis gaudeant et alii ex eorum remuneracione presenti ad nostrum et ecclesie obsequium Valentie animosius se accipiant».

• Fundación de capellanía: «Cum inter illa que creatura habet in quibus pro meritis suo possit satisfacere creatori sit quod calicem salutaris accipiat et nomine eius semper debeat invocare et tam iuris quam rationis existat ut locus divino cultui deputatus carere non debeat servitore cum ab ipso patre luminum procedat omnes datum optimum et omne donum perfectum et etiam cuncta bona».

e) La dirección

Las direcciones suelen ser particulares y el tratamiento varía según la categoría de la persona a quien va dirigido; así, tenemos las siguientes formulaciones:

• Al rey: «vobis domino Iacobi Dei gratia illustri regi».

• A un obispo: «vobis venerabili et dilecto B. Dei gratia episcopi Vicensi».

• A un arcediano: «in Christo carissimo filio... archidiaconi Xative».

• A un canónigo: «venerabili et discreto viro Arnaldo, canonico valentino».

• A varios canónigos: «carissimis filiis... et... canonicis Valentinis».

• A un presbítero: «dilecto tibi in Christo... presbitero».

• A particulares: «tibi... et tuis successoribus»; «vobis... et vestris et cui volueritis».

La dirección termina siempre con la fórmula in perpetuum, sobre todo cuando se trata de donaciones, establecimientos a censo, cambios e infeudaciones.

f) El saludo

Apenas aparece en las cartas. Lo encontramos por primera vez bajo el obispo Jaspert y sus sucesores en documentos de cierta solemnidad con esta formulación: «Salutem in Domino sempiternam»; «Salutem et sinceram dilectionem»; «Salutem in humani generis redemptorem».

g) La exposición

Es una parte del discurso diplomático que no aparece siempre, y cuando lo hace evoca las circunstancias en las que la carta ha sido solicitada y obtenida. Su formulación es variada: «Atendentes quod sepe communio discordiam excitat et divisio hanc excludit ecclesiam nostram de comuni consensu et concordia»; «Volentes et cupientes participes fieri elemosinarum aliorum operum que fuerunt in hordine fratrum de la Mercé per nos et successores nostros... pro salute anime nostre»; «Attendentes devocionem et legalitatem quam...»; «Et consideratis certe condicionibus et circunstanciis universis quia ius percipiendi decimas»; «Attendentes quod in peremptorie fructuum decimarum multa possunt pericula... tum ratione sterilitatis, tum ratione nebule, granditiis et alterius tempestatis et quod utilius nobis et ecclesie nostre est inde certum quid et sine periculo recipere annuatim et ad omnem contentionem sive discordiam evitandam que posset inter nos et...». Es sobre todo en los litigios cuando la narratio es utilizada para presentar a las partes presentes y explicar los motivos: «Cum questio verteretur inter venerabilem patrem... ex una parte et... ex altera».

h) El dispositivo

El dispositivo es el corazón de la carta, es decir, su razón de ser. Una carta no existe si no hay una razón jurídica que consignar, y esta acción está expresada en el dispositivo. La mayoría de los verbos dispositivos expresan la voluntad episcopal, están enunciados en plural y en presente y nos indican el tipo de documento al que se refieren. Suelen aparecer dos o tres verbos juntos: «absolvimus, diffinimus et remittimus»; «asignamus»; «constituimus et ordinamus»; «convenimus et promittimus»; «damus et concedimus»; «damus et excambiamus»; «donamus et stabilimus»; «excambiamus, damus et diffinimus»; «duximus statuendum»; «facimus et constituimus»; «stabilimus a censo sive damus»; «vendimus et concambiamus»; «volumus et concedimus».

Al dispositivo le siguen una serie de fórmulas o cláusulas de varios tipos que dependen de la naturaleza del documento en el que están incluidas; las más frecuentes en las donaciones son las de:

• Promesa: «Sicut melius dici, scribi vel intelligi potest ad vestrum comodum et intellectum, promittentes hanc excomutacionem, donacionem et diffinicionem vobis et vestris semper salvare et facere, tenere, habere et possidere in pace, et etiam inde vobis et vestris legales auctores, defensores et guarentes, et etiam tenemur vobis et vestris de firma et legali eviccione».

• Obligativas: «Et quod taliter erga successores vestros episcopos facimus ad id complendum nos et ecclesiam nostram obligamus».

• Renunciativas: «Penitus renunciamus ad hec nos... predictus per nos et omnes nostros presentes et futuros pro hiis que vos... nobis superius excomunicatis datis et diffinitis excambiamus, damus et diffinimus vobis predicto... et successoribus vestris et cui volueritis imperpetuum illam... prout a me vobis terminantur et fixuriantur de presenti».

i) La corroboración

La cancillería prevé los medios de validación de los documentos que expide explicándolos, con el fin de reforzar, de corroborar el acta con un modo de validación determinado, de manera que es una fórmula usada por todos los obispos. A través de ella se anuncia:

• el sello del obispo: «et ut presens donationis et procurationis carta omnimodam obtineat firmitatem sigilli nostri munimine eam fecimus roborari»; «et ut premissa plenam obtineant roboris firmitatem presentem paginam sigilli nostri numinime fecimus roborari»; «et ut presens pagina maioris roboris gaudeat firmitate, eam sigilli nostri munimine fecimus roborari»; «in cuius rei maiorem firmitatem presentem paginam sigilli nostri munimine fecimus roborari»;

• el sello del obispo y del cabildo, si el documento se ha expedido conjuntamente: «ut autem predicta omnia perpetua obtineant firmitatem, donationes huiusmodi sigillo nostro et Valentini capituli fecimus comuniri»; «in cuius rei testimonium presentem paginam sigillorum nostrorum numinime roboramus»; «et ut presens procuracio robur obtineat firmitatis eam sigillorum nostrorum munimine duximus roborandam»;

• las suscripciones autógrafas: «in cuius rei testimonium et firmitatem maiorem presentem paginam cum subscriptionibus propriis ac sigillis fecimus comuniri»; «Et ut et omnia vigorem obtineant et robur plenius perpetuo consequuntur, presentem paginam subscriptionibus propriis et sigillorum nostrorum munimine duximus roborandam»;

• la nomenclatura del documento: «In quorum omnium testimonium presens procuratorium fecimus sigillorum nostri episcopi et capituli munimine roborari»; «In cuius rei testimonium presens literam nostri sigilli munimine communitam confratribus memorate confratrie duximus concedenda», y

• que el documento ha sido redactado por un notario público: «Et ut premisa robur obtineant firmitatis presentem paginam manu publica conscriptam subscriptionibus propriis et sigillorum nostri capituli duximus roborandum».

j) La datación

Todas las cartas episcopales están datadas según varios elementos: lugar (localidad o incluso emplazamiento concreto: «in sacristia Valencie»; «in palacio domini Valentini episcopi»; introducido por apud o in, sistema de calendación romana para el día y el mes, año del Señor: «anno Domini»; «anno ab Incarnacione Domini»; «anno Christi Incarnacionis»; «anno Incarnacionis Christi». El estilo para todos los episcopados es el de la Encarnación, sistema florentino.

El propio texto de las fórmulas de datación no presenta interés particular. La datación comienza generalmente por «Actum est hoc», «Actum est», «Quod est actum» o «Datum».

k) La validación

Para que una carta tenga un valor público debe ser validada, y esto se opera principalmente por tres medios: por la escritura, por el sello y por los testigos, aunque también intervengan otros medios, como son la suscripción, la cruz y el chirógrafo o carta partida.

Aunque la escritura no valida por sí sola, contribuye de manera notable a la validación, ya que permite mantener el recuerdo de la acción jurídica, es indispensable en la transmisión de la lista de testigos y permite poner el sello.

En las cartas episcopales valencianas de la segunda mitad del siglo XIII el orden de las personas que suscriben es el siguiente: el obispo, el cabildo (deán, arcediamo, sacrista, chantre, arcediano de Xàtiva, arcediano de Morvedre, arcediano de Alzira y canónigos), rectores de parroquias de la ciudad y alguna persona notable. A veces se incluyen dos o tres testigos, que suelen ser personas allegadas al obispo, como su lugarteniente, el oficial de la curia, etc. En último lugar aparece la suscripción notarial.

k.1) La suscripción del obispo

Todos los documentos estudiados del obispo Ferrer van validados por el signo en forma de cruz y suscripción personal del obispo con esta formulación mientras es obispo electo: «Sig (signo) num Ferrarii electi Valencie et prepositi Terrachone»; después: «Sig (signo) num F. Dei gratia episcopi Valencie et prepositi Terrachone» (lám. 1). Los demás obispos ya no pondrán su signo propio, sino su suscripción de propia mano: «Ego Arnaldus, Valentinus episcopus, subscribo»; «Ego frater Andreas, Valentinus episcopus, subscribo» (lám. 3); «Ego Jazpertus, episcopus Valentinus, subscribo» y «Ego Raymundus, Valentinus episcopus, subscribo».

k.2) La suscripción de los canónigos

Bajo el obispo Ferrer cada canónigo traza su signo personal antes del nombre; en los documentos de los demás obispados suscriben personalmente pero sin signo, diciendo tan solo subscribo. La formulación es la siguiente: «Ego magister M. archidiaconus Valencie, consensio et subscribo»; «Ego Bertrandus de Turolio, canonicus Valencie, subscribo et consensio»; «Ego magister Dominicus, precentor Valentinus, subscribo et hoc signum facio»; «Sig (signo) num Roderici Diez, canonici, qui hec confirmo».

La delega grafica por razones diversas también se pone de manifiesto en los documentos episcopales y así encontramos las siguientes formulaciones, en las que suscribe por otro algún canónigo o algún rector por los siguientes motivos:

• Por enfermedad: «Ego Petrus Gomir, canonicus Valentinus, nomine meo et Iacobi de Maura et Berengarius de Auriaco, canonicorum Valentinorum infirmorum, qui de hoc me rogaverunt subscribo».

• No acostumbra a suscribir personalmente: «Ego Romeus de Turregrossa pro Roderico Didaci, canonico Valencie, subscribo qui non consuevit facere propia manu»

• Ruego expreso: «Ego Bertrandus de Villadecols, rector ecclesie de Montserrat, ad preces domini Benedicti, canonici Valencie, loco ipsius subscribo»; «Ego Raimundus de Moreria, precentor Valentinus, ad preces Radulfi, canonici Valentini, subscribo»; «Ego Geraldus de Albalato, canonicus Valentinus, ad preces domini Dominici Mathei, canonici Valentini, subscribo»; «Ego Petrus Gomir, canonicus Valentinus, ad preces magistri Radulphi, canonici Valentini, subscribo nomine ipsius Radulphi»; «Ego Petrus Gomir, canonicus Valentinus, nomine Dominici Mathei, canonici Valentini, ad preces ipsius subscribo».

• Caso aparte es la potestad delegada: «Ego Bernardus de Villario, canonicus Valentinus, habens ad hec potestatem a capitulo Valentino, subscribo».

k.3) La suscripción de las partes

Cuando se trata de donaciones, cambios, composiciones, concordias, etc. en las que se suele utilizar el sistema de carta partida por abc, aparecen al final del documento las suscripciones de las partes afectadas, con un signo en forma de cruz trazado por el notario y la siguiente formulación: «Sig (cruz) num... predicti, qui hoc firmo et concedo»; «Sig (cruz) num... qui hec firmat et laudat»; «Sig (cruz) num... qui hec firmo»; «Sig (cruz) num... qui predicta omnia firmat et laudat».

k.4) Los testigos

La lista de testigos no es demasiado numerosa en las cartas episcopales valencianas, tan solo aparecen dos o tres personas y no siempre en todos los documentos. Antes de la lista de estos, son anunciados por otra persona: «Sig (signo) num... qui hoc firmat et laudat et firmari a testibus rogat» o son los mismos testigos quienes dicen que han sido requeridos: «Sig (cruz) num... testium ad hec rogatorum», o simplemente se anuncian como testigos: «Testes sunt...». Intervienen como testigos en ocasiones el procurador del obispo, el oficial, algún clérigo del obispo o alguna persona de la ciudad de rango social elevado.

k.5) La carta partida

La carta partida se utiliza para permitir al obispo guardar una expedición original de las cartas episcopales. No es útil más que cuando las dos partes en actuación están interesadas en la obtención de una prueba escrita del desarrollo de la acción jurídica. La mayor parte de las cartas partidas originales conservadas no indican su cualidad en el mismo texto –salvo en alguna suscripción notarial: et per litteras divisit–, sino que se conocen únicamente por la divisa de letras mayúsculas –ABC– en bloques de dos o de tres letras separados por puntos, situadas en cualquiera de los bordes del documento (lám. 1 y 2). Se utilizan sobre todo en concesiones del tercio diezmo, conveniencias y controversias. A cada una de las partes se le entrega un ejemplar del documento confeccionado; todavía en algunos originales se puede ver escrito en letra muy pequeña en el mismo borde inferior del documento la palabra capituli o clerici, que correspondería a la expedición de una carta a ambos.

Tipología de las actas episcopales

Para desarrollar este apartado me he servido no solo de los documentos consultados en el propio archivo, sino también de las regestas de las actas episcopales incluidas en la publicación del catálogo de los pergaminos, pues ello me permite cubrir todo el volumen de documentación existente sobre el periodo a estudio. A través de ellos se aprecia qué tipos de documentos se expiden durante los primeros obispados y en qué cuantía, lo que confirma una vez más las preocupaciones de los prelados por ir asegurando e incrementando las rentas de su diócesis.

Así se observa que las concesiones (establecimientos, infeudaciones, donaciones o encomiendas) a cambio de un censo son con mucho los documentos más abundantes –casi un centenar– durante los tres primeros obispados. Son concesiones del tercio diezmo sobre mezquitas, cementerios de moros, tierras, casas, solares, etc., concesiones del derecho de patronato sobre iglesias, etc. Le siguen en cuantía –casi una treintena– las concordias (convenios, conveniencias o composiciones), también durante los tres primeros obispados, sobre diezmos y derecho de patronato, iglesias, obras, lindes de términos, etc. Las ventas comienzan a abundar –casi una veintena– durante los dos últimos espiscopados; se venden casas, frutos de canonicatos, partes de diezmos de alquerías, rentas, etc. Los nombramientos se encuentran en todos los obispados, sobre todo en los dos últimos –casi una decena–, y se refieren a procuradores del obispo o del cabildo, de vicarios para iglesias, otorgamiento de poderes para cobrar frutos del obispado, etc. Los cambios (permutas), aunque en número reducido, solamente aparecen durante el primer obispado.

Existen una serie de tipos documentales que abundan relativamente durante el tercer obispado, el de Andreu d’Albalat, y son los arriendos de diezmos, instituciones de capellanías y vicarías, establecimiento de más canonjías y alguna sentencia arbitral, apelaciones por la provisión de arcedianato, colaciones de iglesias y pabordías, compromisos sobre el pago de diezmos y primicias, alguna confirmación, aprobación de constituciones, declaraciones sobre diezmos, testamentos, etc.

En definitiva, a los diez años de la puesta en marcha de la diócesis valentina y tras dos obispados y sentadas las bases de los límites territoriales de la diócesis, sobre todo de la financiación, comienzan a perfilarse a través de la documentación unas preocupaciones distintas, como son el acrecentamiento del número de canónigos para el decoro y la solemnidad de las funciones litúrgicas en la catedral, la provisión de parroquias, la defensa de los derechos primiciales, etc., sin olvidar el tema del arriendo de diezmos, que es la principal fuente de ingresos de la diócesis.


Lám. 1. 1242, junio 17. Valencia. El obispo Ferrer de Pallarés y el Cabildo conceden en feudo al obispo de Vic la tercera parte de los diezmos de los honores y posesiones que tenía. (ACV. Pergaminos 5964).


Lám. 2. 1247, febrero 1. Concordia entre el obispo Arnau de Peralta y el Cabildo con los religiosos de Santiago sobre los diezmos de Anna, Enguera, Orxeta, Torres y Museros. (ACV. Pergaminos 463).


Lám. 3. 1260, febrero 12. Cocentaina. El obispo Andreu d’Albalat concede la bailía de Alcoi a Ramon d’Almenar. (ACV. Pergaminos 707).


Lám. 4. 1286, junio 1. Valencia. El obispo Jaspert de Botonach declara acerca del onceno de los diezmos de Xàtiva a favor del arcediano de la misma Pere Miquel, no obstante la revocación que consta en la fundación. (ACV. Pergaminos 76).

* En VIII. Internationalen Kongress für Diplomatik. «Die Diplomatik der Bischofsurkunden vor 1250» (Innsbruck 27 sep.-3 oct. 1993), Innsbruck, 1995, pp. 393-410.

1. J. Sanchis Sivera: La diócesis valentina. Estudios históricos, 2 tomos, Valencia, 1920-1922, I, p. 26.

2. R. I. Burns: El Reino de Valencia en el siglo XIII (Iglesia y Sociedad), 2 tomos, Valencia, 1982.

3. E. Olmos Canalda: Inventario de los pergaminos del Archivo Catedral de Valencia, Valencia, 1961.

4. Estoy preparando la edición de los documentos episcopales desde 1240 hasta 1300.

5. Hay que exceptuar el excelente trabajo sobre sellos episcopales recogido en A. de la Torre y del Cerro: La colección sigilográfica del Archivo Catedral de Valencia, Valencia, 1905, pp. 8-11.

6. No me ha sido posible revisar todos los pergaminos de estos cinco obispos, ya que el Archivo de la Catedral cerró hace un año sus servicios de consulta a los investigadores por inminente traslado de sus fondos para proceder a obras de remodelación, modernización de servicios y emplazamiento definitivo.

7. V. Cárcel Ortí: Historia de la Iglesia en Valencia, Valencia, 1986, I, p. 73.

8. V. Castell Maiques: La provincia eclesiástica valentina, Valencia, 1970, y sobre todo id.: Proceso sobre la ordenación de la Iglesia Valentina entre los arzobispos de Toledo, Rodrigo Jiménez de Rada y de Tarragona, Pedro de Albalat (1238-1246), 2 vols., Valencia, 1996.

9. R. I. Burns: El Reino de Valencia, cit., I, pp. 301 y ss.

10. E. Olmos Canalda: Los prelados valentinos, Valencia, 1949, pp. 58-61.

11. E. Olmos Canalda: Los prelados, cit., pp. 62-66.

12. J. Sanchis Sivera: «El obispo de Valencia Arnaldo de Peralta. 1243-1248», en Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, 82, 1923, pp. 40-64 y 104-121.

13. E. Olmos Canalda: Los prelados, cit., pp. 67-72.

14. Ibíd., pp. 73-76.

15. Ibíd., pp. 77-82.

16. Véase por ejemplo B. M. Tock: Une chancellerie épiscopale au XIIe siècle. Le cas d’Arras, Louvain-La-Neuve, 1991.

17. El año entre paréntesis indica la primera vez que aparece en la documentación consultada.

18. F. M. Gimeno Blay: La escritura gótica en el País Valenciano después de la conquista del siglo XIII, Valencia, 1985, p. 114.

19. A. de la Torre y del Cerro: La colección, cit., pp. 8-11.

20. Ibíd., p. 50.

21. Doc. n.° 1317; pone: «Episcopi Valencie, Capituli Valencie, Comendatarii Alcañiz y Magistri Calatrave».

22. Doc. n.° 787.

LOS REGISTROS EPISCOPALES*

INTRODUCCIÓN

Los archivos diocesanos conservan entre sus fondos una serie de libros que constituyen la memoria escrita de la actividad pastoral de sus obispos y son una muestra de la estructura de gobierno del obispado. Dicho gobierno no se limita a la visitacorrección, sino que comprende un momento legislativo (sínodo), un ministerio pastoral (visita), sacramental (impartición de órdenes) y de gobierno (nombramientos y concesión de licencias), todo interrelacionado. Ayudan al obispo en el gobierno de la diócesis los obispos auxiliares, sobre todo en la impartición de órdenes; el vicario general, para asuntos espirituales y temporales y supliendo al obispo en su ausencia; y el oficial para asuntos judiciales, con responsabilidades continuadas y precisas. Vicario general y oficial se sirven de notarios y escribanos para la redacción de los diferentes libros y, sobre todo, para la expedición de letras.

De la variada tipología de libros producidos por las cancillerías episcopales en los siglos bajomedievales1 basamos el presente estudio en los registros episcopales de Valencia de los siglos XIV y XV, llamados Libri litterarum collationum, donde se registran nombramientos y concesiones de licencias en general. Hemos elegido estos libros porque responden perfectamente a lo que en diplomática se entiende por registro de cancillería: aquel libro destinado a recibir el texto de los documentos expedidos por ella a medida que se expedían o se sellaban, y se hacía a intervalos más o menos regulares2 y, además, por constituir el registro la última fase de la expedición de los documentos y ser testimonio de lo expedido. La práctica de registrar los documentos emitidos, que ya era habitual en la cancillería imperial romana, fue posteriormente adoptada por la cancillería pontificia, de manera continuada desde Inocencio III (1198-1216), a través de la cual se propagó a las cancillerías reales y episcopales. La cancillería episcopal de Valencia, integrada en la provincia eclesiástica tarraconense y en la Corona de Aragón, gobernada por obispos que fueron cancilleres del rey de Aragón, como Hug de Fenollet, que lo fue de Pedro IV, o cercanos a la casa real, como Jaume d’Aragó, primo de este rey, siguió el ejemplo de los registros reales aragoneses.

Tras un rápido recorrido historiográfico donde ponemos de manifiesto cuándo empezó el interés por los registros episcopales como fuente histórica en Europa y quiénes son los autores españoles que han seguido esta línea de investigación, nos detenemos en el estudio de los registros episcopales de la diócesis de Valencia, de los que damos su descripción física, vemos qué títulos recibían estos libros en la época y los nombres que los notarios daban a los documentos que copiaban, explicamos el significado de las notas que aparecen al margen y de las notas de cancillería que se aprecian al final o al pie de algunos documentos y, por último, establecemos una tipología documental atendiendo a la naturaleza jurídica de las litterae registradas.

HISTORIOGRAFÍA DE LOS REGISTROS EPISCOPALES

Cuando R. C. Fowler publicó su trabajo titulado Episcopal Registers of England and Wales en 1918,3 pudo decir con razón más que justificada que el número de eruditos e historiadores que habían estudiado sistemáticamente los registros de los obispos ingleses no era muy numeroso. Pero esta situación, un siglo después, ha cambiado sustancialmente gracias a los esfuerzos de la Canterbury and York Society, fundada en 1904 con la finalidad de transcribir o fotografiar y publicar registros medievales de obispos y arzobispos ingleses y otros documentos eclesiásticos, fuentes importantes no solo para la historia de la iglesia sino también para la historia económica, social y política. Hasta el momento llevan publicados más de un centenar de volúmenes,4 y el registro más antiguo es el del obispo de Lincoln Hugo de Gales de 1209.

En 1981 David M. Smith publicó una completa guía5 sobre los registros de las cancillerías episcopales de Gran Bretaña, a la que en 2004, con motivo del primer centenario de la Sociedad, siguió un Suplemento6 con actualizaciones de las publicaciones y notas de nuevos descubrimientos de registros. Por su parte, el Pontifical Institute of Mediaeval Studies de Toronto, Canadá, publicó en 1976 un registro de un obispo de Worcester.7

El tema de la registración fue también objeto de un coloquio de la Comisión Internacional de Diplomática que tuvo lugar en Montréal en 1995, con motivo de la celebración de los coloquios del Comité Internacional de las Ciencias Históricas, titulado «Origines des systèmes d’enregistrement et développment des registres de chancellerie».

La publicación de las actas de la reunión de estudios titulada I registri vescovili dell’Italia settentrionale (secoli XII-XV), que tuvo lugar en Monselice en el año 2000,8 representa sin duda una etapa significativa para los estudios medievales italianos, notoriamente desprovistos de sólidas bases historiográficas de referencia sobre diplomática episcopal de la plena y sobre todo de la baja Edad Media. Aunque era relativamente rica la literatura sobre expresiones documentales más típicas de las diócesis italianas durante los siglos altos y centrales de la Edad Media, la documentación episcopal en registro, que es típica de la baja Edad Media y de la Edad Moderna, no había tenido una atención específica hasta ahora, comparable por número y sistematización con otra fuente en forma de registro de oficina que más ha llamado la atención: la documentación municipal.

Por lo que respecta a España, comprobaremos que han sido solo en las diócesis pertenecientes históricamente a la Corona de Aragón, que en su mayoría han conservado los fondos de sus archivos diocesanos, en donde el tema de los registros ha sido estudiado desde diferentes puntos de vista, además de su edición como importante fuente de información sobre la vida religiosa y civil de las diócesis y fuente esencial para la historia de la administración episcopal.

Si dejamos aparte el artículo publicado en 1934 por Pascual Galindo Romeo sobre un formulario del obispo de Valencia Jaume d’Aragó,9 el iniciador de la edición de registros episcopales en España fue el director del Archivo Diocesano de Mallorca Juan Rosselló Lliteras, el cual en el primer volumen de la revista Fontes Rerum Balearium, aparecido en 1977, publicó en edición íntegra el primer registro de colaciones de 1348, que constituye a su vez la serie más antigua de dicho archivo; el de 1360-1363 apareció entre el I y II volumen, en este último apareció el registro del año 1374-1376, que continuó en el volumen III, donde quedó detenida la edición.10 La idea del autor era haber continuado con los siguientes registros correspondientes a los años 1393-1417, 1393-1394 y 1399-1400. En 1989 publicó junto con J. N. Hillgarth el único registro de Communia del siglo XIV de esa diócesis.11

Será en la década de los ochenta cuando esta fuente eclesiástica comience a despertar el interés de los investigadores. La realización de mi tesis doctoral, defendida en 1980, versó sobre un registro de colaciones de beneficios de la diócesis de Valencia de la primera mitad del siglo XVI,12 lo que me permitió entrar en contacto por vez primera con los escasos fondos de la Edad Media y principios de la Moderna que se habían conservado en el Archivo Diocesano de Valencia tras los saqueos sufridos durante la Guerra Civil. En el I Curso de Estudios Universitarios –organizado por el profesor J. Trenchs y celebrado en Castelló-Benassal, del 30 de mayo al 4 de junio de 1982 bajo el título Diplomática pontificia y real– impartí el curso titulado «El documento episcopal. Estado actual de sus estudios».13 Con estos trabajos se iniciaba una nueva línea de investigación en el joven Departamento de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Valencia sobre la documentación episcopal y concretamente sobre los registros episcopales. Línea que tuvo sus frutos inmediatos cuando cuatro años después M.a José Carbonell Boria defendía su tesis doctoral sobre el primer registro conservado en el mismo archivo: El libro de colaciones de Ramón Gastón (1312-1347),14 parte de la cual se publicó más tarde,15 y esta misma profesora dirigió una tesis de licenciatura, leída en 1989 por Helios Joaquín Borja Cortijo, sobre un registro de Juan de Tahuste, obispo de Segorbe.16 Hasta la actualidad el interés por los registros, su contenido y el conocimiento de la curia episcopal valentina a través de estos ha configurado una de mis líneas de investigación que ha producido numerosos frutos.

Por otro lado, en Barcelona, en 1978 José M.a Martí Bonet, director del Archivo Diocesano de Barcelona, junto con los también archiveros diocesanos Leandro Niqui Puigvert y Félix Miquel Mascort iniciaban la publicación de varios registros de dicho archivo.17 Más tarde el propio Martí Bonet publicaba el registro más antiguo conservado en él, correspondiente al obispo Ponç de Gualba de 1303.18 El trabajo sobre la publicación de las series de los registros episcopales de España con el registro Communium de la diócesis de Barcelona entre 1345-1348 había comenzado antes de 1983 (fecha de la publicación del libro) en un seminario del Centre of Mediaeval Studies of the University of Toronto dirigido por el profesor Jocelyn N. Hillgarth, que posteriormente publicó el Pontifical Institute of Mediaeval Studies de Toronto.19 A esta publicación le siguieron en 1988 la de K. Utterback sobre la fecha de composición de los registros de los obispos de Barcelona desde la peste negra,20 y en 1994 la de Richard F. Gyug del registro Communium correspondiente a los años de la peste negra.21

En Zaragoza, desde 1989 Pilar Pueyo Colomina está trabajando con estas fuentes, editando en regestas algún registro o estudiando desde el más antiguo, el de 1348, la tipología documental y temas como la peste negra, letras para redimir cautivos, las tasas que llevan anotados los documentos, maestros en artes, construcción de altares, licencias para pedir limosnas, práctica devocional, etc.22

Por último, en Girona, el que fuera director del Archivo Diocesano, Josep M.a Marqués, confeccionó en 1991 un extracto de cada uno de los documentos de los volúmenes 1-5 de la serie de Regestra litterarum (1294-1334), que está a disposición de los estudiosos que acuden al Archivo. Para los volúmenes 6 al 43 de la misma serie abandonó el criterio exhaustivo y adoptó otro, selectivo, omitiendo regestar las letras referentes a la provisión de beneficios y a la administración de sus rentas. Publicó también varios artículos sobre temas diversos, que ofrecen las letras episcopales y sobre un formulario de letras de la curia eclesiástica,23 al que siguieron los trabajos de Jaume de Puig i Oliver sobre documentos relativos a la Inquisición24 y Eduard Sierra Valentí sobre licencias para pedir limosna para rescatar cautivos.25

LOS REGISTROS EPISCOPALES DE VALENCIA

A imitación de las principales autoridades de la época, como el rey o el papa, también el obispo de Valencia organizó a su alrededor una curia desde principios del siglo XIV. Él, junto con uno o dos vicarios generales y el oficial, adoptaba resoluciones, después de informarse por iniciativa propia o bien a petición de súbditos suyos. La cancillería recibía orden de confeccionar documentos que podían conceder una dispensa, otorgar una autorización o testificar un hecho. Sellada la letra, cobrado su importe al peticionario y registrado su texto, podía comenzar a causar efectos.

La existencia de registros en la cancillería episcopal valentina está atestiguada desde 1316, época del obispo Ramon Gastó, quien, tras setenta y cinco años de restauración y consolidación de la diócesis en los precedentes episcopados, inició durante su mandato la práctica de la registración que ya venía siendo habitual desde comienzos del siglo XIV en otras diócesis de la provincia eclesiástica tarraconense a la que pertenecía Valencia. Calculamos que habría un registro por año.26 Desde 1316 hasta 1499 se conservan actualmente 37 registros, de los cuales 17 (6 del siglo XIV y 11 del siglo XV) están en el propio Archivo Diocesano y 20 (6 del siglo XIV y 14 del siglo XV) están en un archivo nobiliario de la ciudad de Valencia, el del Barón de Llaurí.27 El Archivo Diocesano de Valencia sufrió la destrucción de más de 13.000 legajos en 1936, no por incendio, sino porque, ocupado el Palacio Arzobispal, el comité que lo utilizaba vendió para pasta de papel tan extraordinario depósito.28

Bien los obispos personalmente o bien a través de sus vicarios generales se sirven de litterae emanadas de su cancillería, que se copian en estos libros, pudiéndose seguir a través de ellos la actividad administrativa de esta institución eclesiástica. Quedan registrados así sobre todo los documentos referidos a la colación de un beneficio, es decir, el acto de conferir un beneficio, guardando íntima relación con este acto la presentación del candidato hecha por el patrono del beneficio, y la posesión que toma el agraciado a través de un comisionado episcopal. Debido a los efectos jurídicos que afectan a la colación, también se registran las permutas y renuncias de beneficios y otra serie de documentos cuyo contenido veremos más adelante.

Podemos establecer tres etapas en los registros valencianos: una primera comprende todos los registros conservados desde mitad del siglo XIV hasta finales de ese siglo y corresponde a los pontificados de Ramon Gastó, Hug de Fenollet, Vidal de Blanes y Jaume d’Aragó. Son los más interesantes desde el punto de vista diplomático, por su riqueza en notas de cancillería y porque responden a la consolidación paulatina de la cancillería episcopal y conviven con otros libros que harán su aparición durante esta segunda mitad del siglo, como son las actas de visita pastoral, los registros de órdenes, los libri usurarum, los registros de minutas y un formulario episcopal (estos dos últimos libros aparecen en época de Jaume d’Aragó). También son los más interesantes desde el punto de vista del contenido por la variedad de asuntos que tratan los documentos. Una segunda etapa la constituyen los registros del obispo Hug de Llupià, que cubren todo el primer cuarto del siglo XV y en los que aparece como novedad y se mantiene durante todo el periodo la nota de la tasa que se puede ver en el margen de todos los documentos, cuyo contenido se refiere sobre todo a las colaciones de beneficios y las licencias para celebrar. Junto a estos libros existen también las actas de visita pastoral, los libros de órdenes y los libros de licencias matrimoniales. Los registros de la tercera etapa corresponden a los pontificados de Alfons de Borja y su sobrino Roderic de Borja, ambos ausentes de la diócesis y ambos pontífices con los nombres de Calixte III y Alexandre VI, respectivamente. Durante este periodo la diócesis está gobernada por los vicarios generales y la mayoría de las letras que expiden están relacionadas con los beneficios eclesiásticos, licencias para celebrar y, como novedad, las dispensas matrimoniales por consanguinidad. Los registros son descuidados en cuanto a su factura y escritura, abundan los folios dejados en blanco en los que se han copiado tan solo las tres o cuatro primeras líneas del documento, siguiendo el estilo de los libros «notales» de los notarios. Existen también registros de minutas (lám. 1 y 2) y registros de ordenaciones.

DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS

Los registros episcopales valencianos se presentan escritos en hojas de papel verjurado grueso, tamaño in folio (sus medidas oscilan entre 350/293 x 240/220), sin filigrana los primeros y con las siguientes filigranas el resto: campana, unicornio, corona, carro, cuerno, estrella, flor de lis, áncora, guante, columna sencilla, clavel, columna con corona, gorro de arlequín, cuerno de ciervo, monte, mano con flor, gancho, clavel, águila, cruz inscrita en un círculo y monte con cruz inscritos en un círculo.

Están encuadernados en pergamino amarillento con ataduras o restos de cintillas de cuero blanco para los dos cierres, aunque alguno tiene una encuadernación de cartera. En la mayoría de los libros parece haber sido hecha posteriormente, ya que las hojas de guarda son de papel más blanco y más fino que las del resto del manuscrito y con una filigrana diferente. Durante su confección los libros se escribían a base de cuadernillos sueltos, con idea de encuadernarlos al finalizar el año registrado, ya que cada registro comprende un año de actividad administrativa de la curia,29 pero en la mayoría parece ser que esto no ocurrió, ya que algunos tienen las primeras y últimas hojas de cada cuaderno muy deterioradas, lo que confirma que estuvieron sueltos, sin encuadernar muchos años. En otros se indica al comienzo de cada cuaderno, cuyas hojas están en blanco, lo siguiente: «Pro stalvio sine cohoperta» (escrito por una mano distinta) o «Quarta manus libri collacionum», lo que demuestra que estos libros se confeccionaban sueltos y no había voluntad de encuadernarlos de inmediato.30 Dicha encuadernación parece que tuvo lugar a mitad del siglo XVI. Incluso en 1600 ya se habían perdido por completo alguno o algunos cuadernillos.31

Su estado de conservación en general es bueno, aunque hay algunas excepciones: manchas de humedad, corrosión de la tinta, deterioros por roedor en algunas esquinas, efecto de los lepismas, cavernas producidas por la polilla, etc.32

En la parte superior e inferior del lomo lleva dos refuerzos de cuero marrón (73 x 50 mm), donde se aprecia el cosido con hilo de cáñamo de cada cuadernillo al lomo; entre ambos refuerzos se lee en tinta oscura y en escritura gótica redonda del siglo XVI de gran módulo una inscripción con abreviaturas correspondiente al título del libro y al año o años que comprende, trazada en la dirección del lomo o a finales del s. XV trazada entre dos líneas a punta seca de manera transversal al lomo (lám. 3) («Collat. 1346 / et 1347»; «Coll. et alior. 1352 et 1353»; «Collat. 1365»; «Coll. Inst. Present. / et aliorum 1383»; «Coll. et alior. 1408»; «Coll. et aliorum 1408»; «Coll. et alior. ne/gotior. 1421»; «Coll. provision. et ali/or. negocior. 1425»; «Coll. 1450»; «Colla. 1477»; «Collat. 1482»; «Coll. et alior. actor. / Curie Val. 1484»). En el centro del lomo lleva pegado un tejuelo de papel con la signatura antigua, que para todos estos registros es la letra mayúscula F seguida de un guion y el número del libro. En la cubierta anterior lleva impreso en tinta azul un sello rectangular de tampón con una signatura más moderna que se repite a lápiz en la primera hoja de guarda. Por último y también a lápiz y en el margen inferior izquierdo aparece la signatura actual, que se repite en la hoja de guarda. Una rúbrica aparece en el centro de la cubierta de todos los libros.

El número de cuadernos varía en cada registro, así como el número de folios que contiene cada uno, que oscila entre 24 y 36; abundan los primeros, con una media de 220 folios por registro.

La foliación en todos ellos es en números romanos33 y está situada en el margen superior derecho, pero en la mayoría se ha realizado a mitad del siglo XVI, momento que corresponde a su encuadernación, que además viene corroborado porque el color de la tinta es más oscuro que el del resto del manuscrito y el ductus coincide con el de las notas que Joan Alamany, notario de la curia en los años centrales de este siglo, fue dejando al lado de cada asiento correspondiente al nombre del altar o de la iglesia cuando se trataba de un beneficio;34 además, algunas hojas ya estaban rotas cuando se folió el libro, ya que escribió el número más al centro del folio.

El texto está dispuesto a línea tendida, variando como es natural en cada caso la medida de la caja de escritura; dejan buenos márgenes, sobre todo superior e izquierdo, que se aprovechan para escribir notas de cancillería, la tasa, correcciones, añadidos y otras observaciones.

Los documentos van copiados por orden cronológico con gran espacio entre ellos (lám. 6), de una anchura de 3 a 5 líneas, donde escriben el título de algún documento enmarcado por dos pequeños calderones, aunque hay alguna alteración, como explicaremos más adelante.

La escritura a lo largo del siglo y medio que comprenden estos registros muestra todas las variedades de gótica que se dieron en la Corona de Aragón (minúscula cancilleresca, gótica bastarda (lám. 6), gótica muy cursiva con grandes bucles envolventes) y su transición paulatina a la humanística a partir de 1450 y en todas sus versiones a partir de esta época: redonda, cursiva (lám. 9), corriente y cancilleresca.35 La copia excepcional de documentos recibidos, como las bulas pontificias y las bulas de la Penitenciaría Apostólica, la lleva a cabo un escribano distinto al que ha estado trabajando en el registro hasta ese momento y lo hace con letra más cuidada.36 Abundan las abreviaturas por suspensión, contracción y letras sobrepuestas indicadas mediante gran línea recta o algo curvada que cubre toda o parte de la palabra o por medio de bucle envolvente. Se usan letras muy agrandadas para el comienzo del texto del documento que corresponde a la inicial de la intitulación del obispo o del vicario general o a la N de la notificación (Noverint) o de la intitulación o del comienzo de los documentos pontificios copiados (Nos, Nos igitur). Dejan huecos en el texto cuando no saben un dato, por ejemplo el nombre del fundador del beneficio. Como es propio de los registros, abundan las etceteraciones en las fórmulas de intitulación y fecha.

Todos los registros presentan anotaciones de mano del siglo XVI al escribir en el margen izquierdo el nombre del altar o de alguna iglesia relativa a los beneficios (lám. 4 y 5), y de mano del siglo XVII mediante la abreviatura co. (colación), P (permuta).

En cada libro intervienen varias manos (lám. 8) de las que desconocemos su autoría y que se atribuyen a los notarios y escribanos que trabajaban para el obispo y su curia. Algunas se han podido identificar porque el propio notario lo dice claramente. La tinta es color sepia oscuro y a veces tan fuerte en su composición de sulfato de hierro que llega a corroer el papel y a romperlo o a hacer difícil su lectura.

La lengua utilizada es el latín, lengua propia de la administración episcopal a causa de la influencia del derecho romano y canónico, pero existen algunos documentos que por sus características están escritos en lengua vulgar,37 sobre todo los mandatos dirigidos a los oficiales del obispo en los lugares de su señorío, los cartells contra los patronos de beneficios que debían ser leídos en voz alta por el rector de la parroquia, los árboles genealógicos en las solicitudes de dispensa por consanguinidad, etc. Los registros del siglo XIV son mucho más ricos y variados para el conocimiento de la lengua vulgar,38 ya que los del siglo XV se refieren casi siempre a asuntos relacionados con los beneficios eclesiásticos, sobre todo a dar a conocer los nuevos patronos de un beneficio o la presentación de un beneficiado y también son mandatos, comunicados, ruegos, citaciones, súplicas, confirmaciones de indulgencias, concesión de licencias, nombramientos, absoluciones, reconocimiento de deudas, etc.

Se encuentran muchas hojas sueltas intercaladas entre algunos folios y son documentos cuyo asunto corresponde al del documento registrado en ese lugar (p.e. nota para tonsurar a un escolar). También hay cuadernos de tamaño octavo cosidos o sueltos, enviados a la curia y que hacen referencia al documento allí registrado, como son copias de procesos sobre beneficios, deposición de testigos para dispensa matrimonial por consanguinidad, árbol genealógico, etc.

TÍTULOS DE LOS REGISTROS

No todos los registros llevan título dentro, pero cuando existe está situado en la primera hoja o en la que sirve de hoja de guarda. Comienza siempre con la palabra Liber y los datos aluden a que en él se contienen letras de colaciones, instituciones, presentaciones de beneficios, provisiones y otros negocios comunes de la curia episcopal, se aporta el nombre y títulos académicos del vicario general, nombre del obispo, año y nombre del notario que regenta la escribanía de la curia episcopal («Liber factus tempore venerabilis viri domini Guillermi Arnaldi, decretorum doctoris et vicarii reverendissimi domini nostri domini Hugonis, divina providencia episcopi Valentini, anni Domini MI CCCI quiquagesimo»; «Liber litterarum collacionum, institucionum presentacionumque ac aliorum negociorum communium Curie episcopalis reverendissimi in Christo patris et Domini, domini Iacobi, divina providencia episcopi Valentini, scilicet anni a Nativitate Domini millesimi CCCI octogesimi tercii, confectus sub Ludovico de Fenollosa, notario publico auctoritate regia et regente Curiam sive scribaniam supradictam»; «Liber litterarum collacionum, institucionum presentacionumque beneficiorum ac aliorum negociorum communium Curie episcopalis reverendissimi in Christo patris et Domini, domini Iacobi, divina providencia episcopi Valentini, anni scilicet a Nativitate Domini millesimi CCCI octogesimi sexti, confectus sub Ludovico de Fenollosa, auctoritate regia notario publico et regente Curiam supradictam»; «MCCCCVIII. Regestrum collacionum litterarum et aliorum negociorum Curie reverendissimi in Christo patris et Domini, domini Hugonis, Dei gracia episcopi Valencie de anno a Nativitate Domini M° quadragesimo octavo»; «Liber collacionum litterarum et aliarum provisionum et negociorum comunium Curie episcopalis reverendissimi in Christo patris et Domini domini Hugonis Dei gracia episcopi Valentini de anno a Nativitate Domini M° CCCC° vicesimo primo» y «Liber collacionum, provisionum et aliorum negociorum Curie Vicariatus generalis reverendissimi in Christo patris et Domini domini Hugonis Dei gracia episcopi Valentini de anno a Nativitate Domini M° CCCC° vicesimo quinto» [lám. 7]).

Solamente la palabra Registrum la encontramos en el encabezamiento de algunos cuadernos («Registrum domini Hugonis anno Domini M° CCC° quinguagesimo primo»; «Secundum registrum reverendisimi domini episcopi Valencie anni millesimi CCCI quinquagesimi quinti»), que pueden empezar también directamente diciendo el año y el obispo al que corresponde («Anno Domini M° CCC° L° tempore domini Hugonis», y «Anno a Nativitate Domini M° CCCC° XX° quinto»).

TÍTULOS DE LOS DOCUMENTOS

Así como en el formulario episcopal cada documento lleva un título para servir de ayuda a los redactores de documentos, no ocurre lo mismo en los registros, a pesar de que también estos libros podían servir de modelo cuando se tuvieran que redactar letras episcopales semejantes a las ya expedidas.

Habiendo revisado todos los registros sobre los que basamos nuestro estudio y análisis, observamos que, al menos hasta mitad del siglo XV, hay muy pocos documentos que lleven título del asunto que tratan. En los primeros registros está situado en la parte superior derecha del documento bajo un arco. La manera de referirse a los documentos es con la voz Forma o Littera. En cada registro los títulos son los siguientes: 1346-47: no se ven títulos de la época y los tres que hay, por el tipo de escritura, corresponden al siglo XVI; 1348-49: 32 títulos; 1350-59: solo lleva diez titulillos y van inscritos entre dos llaves o metidos en un círculo sin cerrar o en el margen; 1352-1353: solo 21 títulos; 1365: solo tres; 1372: solo hay dos títulos y se refieren a instituciones de beneficios; 1383: hay 15 títulos y los dos últimos, referidos a instituciones de beneficios, se añadieron en el siglo XVI; 1386: solamente tiene tres títulos; 1408, 1412 y 1421: no lleva títulos; 1418: tiene cuatro títulos; 1425: tiene 10 títulos; 1449: aparece 40 veces el título en letra muy pequeña y en el centro de la hoja. En este pontificado de Alfons de Borja comienzan a hacer su aparición las dispensas matrimoniales. En este registro se anotan desde la séptima hasta la decimotercera; quizá habían empezado a registrarse desde el libro anterior, ya que en el siguiente sigue con la decimocuarta; 1450: aparece 15 veces el título en letra muy pequeña y en el centro de la hoja; 1451: hay 18 títulos; 1477: casi todos los documentos sobre beneficios llevan título, que se acompaña del nombre del presbítero o de la iglesia, excepto las licencias para celebrar. A continuación del documento de colación, al que llaman collacio, se copia el de toma de posesión, al que titulan como «Instrumentum posessionis dicti beneficii». Hay muchas curae con el nombre de la iglesia que se adjudica al individuo y se titulan así: «Cura ecclesie loci de…». Hay muchas dispensas matrimoniales en las que se especifica el grado de consanguinidad y también suelen llevar el nombre del afectado; 1482: no todos los documentos llevan título; 1484: las colaciones de beneficios o de canonjías van seguidas del nombre del beneficiado o de la iglesia parroquial y a continuación se copia el documento de posesión, que titulan siempre Possessio; 1491: hay título en casi todos los documentos; abundan las licencias para pedir limosna para hospitales, monasterios o capillas (questus), las colaciones (collacio) de las que dicen en qué iglesia está instituido el beneficio; muchas colaciones no están terminadas de copiar, han escrito solamente las dos o tres primeras líneas y dejan en blanco una hoja y media; por último, las concesiones para pedir limosna llevan indistintamente el título de littera o de licencia.

NOTAS AL MARGEN

El trabajo de copia que supone la confección de un registro es un trabajo más de los que se realizan diariamente en la cancillería episcopal por parte de los notarios y escribanos y requiere tanta atención y cuidado como la escrituración de la littera episcopal original que se ha de expedir, aunque de hecho este cuidado no se observa completamente, ya que por cansancio, despiste, olvido, negligencia u otra causa se cometen errores, que por supuesto se subsanan y quedan reflejados en una serie de notas en las páginas del libro, expresadas por medio de signos de llamada convencionales que se colocan en el texto y se repiten en el margen. Este sistema de trabajo, usual en el ambiente notarial, no ha sufrido cambios a lo largo del siglo y medio de observación en los registros episcopales valencianos. Estas notas, colocadas en los márgenes laterales e inferior, se escribieron en diferentes momentos y por diversas circunstancias y se refieren a los siguientes aspectos:

a) Expedición documental: correspondiente al momento de la copia de la letra episcopal original es la abreviatura de Factum o Facta, que se indica por medio de una F mayúscula seguida de un signo abreviativo en forma de gancho y colocada siempre al lado de una colación de beneficio, con la que se indica que se ha expedido al destinatario el correspondiente documento en forma pública. En ocasiones se le une una nota explicativa («Fuit factum in forma et clausum per me Ludovicum»; «Fuit factum in forma et clausum per me Ludovicum de Fenollosa, auctoritate regia notarium publicum, ad instanciam dicti domini vicarii generalis, et traditum»; «Factum in forma et traditum»; «Est in forma»; «Fuit factum in forma et clausum per me Ludovicum de Fenollosa, auctoritate regia notarium publicum, et traditum dicto beneficiato»; «Fuit factum in forma et clausum per me Ludovicum de Fenollosa, regia auctoritate notarium, et sigillatum sigillo dicti domini episcopi eius iussu traditum»; «Iam est traditam in publica forma per me Petrum Laurencii»; «Fuit tradita copia dicto Nicolao Squer»; «Fuit duplicata»; «Fuit facta huiusmodi cura et tradita infrascripto curatori in publicam formam redacta». Al contrario, otra nota dice que no se ha expedido («Non est tradita in forma»; «Non esta tradita quia iam solvit ultra»; «Non fuit expedita»; «Presentes litere non sortite fuerunt suum effectum».

b) La tasa: a continuación se anotaba la tasa que, según el arancel de la cancillería episcopal, debía pagar el interesado al recoger o recibir la littera. Aunque no contamos con ningún listado acerca de lo que los notarios y escribanos de la cancillería valentina percibían por cada documento expedido –el llamado ius sigilli–, la existencia de algunos registros, donde al margen de cada documento se anota la tasa a cobrar, permite conocer su valor concreto y las múltiples modalidades que se producen en tipos documentales semejantes. Las cantidades están expresadas en números romanos y en sueldos y dineros, mediante abreviatura latina.39 En los registros de otras cancillerías episcopales de la Corona de Aragón también se indican las tasas, como en los de Barcelona,40 Mallorca41 y Zaragoza.42

En el caso de Valencia, el primer libro donde aparece aunque de manera muy esporádica corresponde al año 1365, en el que abundan también los nihil o la expedición gratuita de la littera; en 1386 solo aparece dos veces la nota de Francha o Francha de mandato domini. Son únicamente los registros correspondientes al pontificado de Hug de Llupià los que llevan la tasa en todos los documentos. El autor de esta es Pere Llorens, notario y secretario del obispo, el cual daba cuenta dos veces al año de lo recaudado por el derecho de escribanía, una a finales de abril y otra a finales de octubre, según la nota que podemos leer en el registro de 1412: «Tro ací ha retut compte de les set mesades passades qui començaren en lo mes de octubre prop passat en Pere Lorens en poder del dit senyor bisbe, lo qual manà a mi Johan Simó que açó scrivís de mà mia». La volvemos a encontrar en el registro de 1482, que comienza a partir del fol. 104, aunque no en todos los documentos. En el margen inferior derecho de cada folio recto, casi al borde, se puede leer una cantidad en números arábigos expresados así 8-6 que corresponde a la suma de la tasa con el libro abierto, es decir, lo que se ve anotado en el verso y en el recto.

c) Saltos en la cronología y añadidos: aunque se sigue un riguroso orden cronológico en la copia de los documentos que se expedían cada día, ocurre alguna vez tener que añadir un documento que se olvidaron de registrarlo y debe ir en su lugar correspondiente según el calendario. Se aprovecha un hueco en la hoja más cercana posible y se copia con letra mucho más pequeña, incluso aprovechando los márgenes y se acompaña de una nota explicativa precedida de un signo («In sequenti»; «In retro pagina»; «Non miretur de mutacione huius date seu kalendarii quia scienter sic factum est et non per errorem»; «Hec data prout proxima»; «Non miretur de isto in inferiori kalendarii quia rei veritas sic se habet»; «Hoc debet esse quadam littera creationis notarie Johannis de Berga, que est in fine libri ubi est iste signum»). El signo puede ser una especie de H inclinada, un círculo atravesado por dos líneas paralelas, una Y invertida, una V invertida, tres cruces juntas con un punto en cada ángulo, dos aspas juntas, etc. El mismo signo vuelve a repetirse en algún folio más adelante con la subsiguiente nota que alude a la anterior, como puede verse en los ejemplos que hemos recogido, donde se puede leer la primera nota que se completa con la segunda («Vide ultra alia» / «Vide retro in alia»; «Vide post in secunda pagina sequentis folii sub tali signo» (lám. 8);43 «Vide ultra in sequenti carta Xa secunda»;44 «Vide ultra a vi cartas sub tali signo»; «Vide sequentia ultra post cartas decem sub tali sig (cruz) no» / «Vide precedenti retro ante carta decem sub tali sig (cruz) no»; «Vide ultra in quinta manu VIIa carta prima pagina sub tali (signo)» / «Vide retro in precedenti manu carta XXXXVII pagina prima sub tali (signo)»; «Vide retro sub hoc signo» / «Vide ultra in tercia carta pagina prima sub tali signo»; «Vide ultra in quarta carta post istam paginam45 secundam sub tali signo» / «Vide retro in quarta carta ante istam paginam secundam sub tali signo»; «Vide ultra post duas cartas proximas continuacionem huiusmodi cure sub tali signo» / «Vide retro dimissis duabus cartis principium huiusmodi cure sub tali signo»; «Vide ultra in secunda carta pagina IIa»; «Vide ultra in sequenti carta pagina prima»; «Vide ultra post cartas XIII sub hoc signo processum inde fulminatum cum dispensatione»; «Vide ultra post XIIII cartas processum exequtorialem et dispensationem inde fulminatam sub hoc signo» / «Vide retro dimissis XIII cartis insertam bulle sub hoc signo»; «Vide ultra in sequenti carta pagina secunda sub hoc signo»46 / «Vide retro in precedenti carta sub huiusmodi signo»;47 «Vide ultra in subsequenti carta pagina II sub tali signo» / «Vide retro in precedenti carta pagina secunda sub tali signo»).

d) Notario que ha realizado la copia: pocas veces sabemos qué notario o escribano de los que trabajan en la cancillería episcopal ha realizado la copia de un documento concreto, ya que esta era una tarea por lo general anónima en la que suponemos que el notario regente Curiam sive scribaniam tenía a sus órdenes a uno o dos escribanos a los que diariamente repartía el trabajo para registrar, aparte de encargarse de otra serie de libros propios del Vicariato y Oficialato. En muy contadas ocasiones se puede leer quién ha sido el autor de la copia, por ejemplo en el registro de 1348-49 fue autor de algunos documentos el notario Romeu Alguer («Fuit transcripta per Romeum»; «Hinc trancripsit Romeus»; «Fecit Romeu»); o en el de 1365 el clérigo Joan de Berga, recién nombrado notario por el obispo («Hec incepit Joannes de Berga»); en el de 1372 el notario de la curia Lluís de Fenollosa aparece como supervisor y corrector de muchos documentos, ya que se encuentran palabras, frases o finales de documentos añadidos por él; en el de 1408 Pere Llorens («Fuit clausum per me Petrum Laurencii») y en el de 1491 Joan de Carcí («Vide huiusmodi carta in posse mihi Johannis de Carcino, notarius, in meo prothocollo large continuata sub presenti kalendario»).

e) Notas de reenvío: los escribanos de la cancillería utilizaban notas de reenvío que servían para encontrar la documentación registrada mediante la indicación del folio donde continuaba la copia de un documento («Litteram collacionis istius beneficii invenies retro in XLIX cartis sub tali signo» (manecilla); «Require possessionem in subsequenti pagina in tali sig (cruz) no»; «Require infra hoc sig (cruz) no»). Estas notas iban precedidas por un signo convencional o un dibujo, como una cruz potenzada («Verte ultra ix cartas ad talem signum (cruz)» / «Verte retro ad X cartas ad istud signum (cruz)»; un puñal puesto de pie («Verte ultra ad sex cartas ad talem signum» / «Verte retro ad V° cartas ad talem signum»); una estrella de seis puntas («Verte ultra in sequenti pagina ad hoc signum»; «Dependet per littera incepta in pagina retro que dirigitur venerabili Salvatori Deztorrens, domini episcopi advocato, ubi hoc signum»); un asterisco con pequeños círculos en los extremos («Prosequitur in alia pagina sequenti sub hoc signo»; una punta de flecha apuntando hacia abajo («Vide retro a deu cartes») o solo la nota sin ningún signo («Vide comissionem domini episcopi in ultimi carte huius libri factam dicto domino Gauderico» (Galderic de Soler, vicario general); «Sequens constitucio debet registrari in regestro anni sequentis de anno M° CCCC° XXVI°»).

f) Anulación o cancelación: existen varios tipos de anulaciones de documentos registrados: unos hechos por el mismo notario que registró el documento a base de una raya horizontal que cubre toda la palabra, frase o línea equivocada; otros hechos por distinta persona a base de una línea ondulada o varias líneas en forma de aspa que lo cubren todo. El modo de anular palabras o frases por equivocación o error es tachando con una línea la palabra equivocada y escribiendo encima la nueva o simplemente tachándola; se anulan documentos mediante dos o tres barras inclinadas; con una, dos o tres grandes aspas; con dos líneas verticales; con cuatro líneas inclinadas o con líneas onduladas.

Generalmente, cada tachadura o anulación lleva al margen izquierdo una nota explicando el motivo por el que se ha procedido a actuar de ese modo, que suele ser el haber sido copiado en otro lugar («Non»; «Iam est desuper registrata»; «Iam est super proxime inserta», «Superius», «Iam est in regestro anni LX° quarti», «Iam est supra», «Iam erat supra registrata», «Iam est super», «Require in libro obligationum anni Domini MI CCC LXXII», «Est infra», «Est lineata quia in folio sequenti debebat poni et iam ibidem posita fuit, ideo hic casata», «Apud libro Johannis Carcí hec recepta sunt», «Hec acta apud libros discreti Johannis Carcí sunt continuata, ideo hic sunt lineata», «Vaccat quia iam est supra sub suo kalendario de XX dicti mensis. Ideo lineatum», «Iam est super proxime inserta», «Non venit ad efectum ratione predicta», «Ultra est»; «Non venit ad efectum quia beneficiatus venit personaliter paulo post refeccionem presentis ad deserviendum»; «Non exivit», «Cancelata»). Por el contrario, una cancelación hecha de manera equivocada también se advierte («No és cancel·lat per bé que s’a rallat per inadvertència»). En el lugar del texto donde ocurre la tachadura se dibuja un signo de llamada convencional que se repite en el margen izquierdo o en el inferior y a su lado se añade la palabra o frase olvidada o equivocada. Estos signos adoptan varias formas: línea inclinada seguida de dos puntos (/:) y la frase que falta, o una especie de H inclinada o una especie de H con doble travesaño inclinada.

NOTAS DE CANCILLERÍA

En el proceso de expedición documental una fase importante era la supervisión del documento original una vez redactado en limpio o mundum y la supervisión de la registración. De estos dos momentos encontramos huella en algunos registros, sobre todo en los tres registros correspondientes al obispo Hug de Fenollet de 1348-1349, 1352-1353 y 1350-1359, que comprende también parte del pontificado de Vidal de Blanes, concretamente de 1355 a 1359.

Hug de Fenollet fue canciller de Pedro IV de Aragón y comenzó a desempeñar dicho cargo cuando todavía era obispo de Elna, en 1344; después de ocupar la sede de Vic, en 1346, sin dejar la Cancillería, pasó a Valencia, donde lo vemos actuar de canciller en 1348, en 1350 y en 1353.48

La condición de canciller de este prelado valentino y el conocimiento de los usos cancillerescos de la cancillería real de la Corona de Aragón van a tener su reflejo claro en la organización y el funcionamiento de la cancillería episcopal valentina, en la redacción, comprobación, validación y expedición de documentos originales –en pergamino y papel–, así como en la redacción de registros, en los que encontramos por vez primera numerosas indicaciones de haber sido supervisado el documento antes de su expedición, en notas abreviadas puestas en la última línea de este, así como su correspondiente suscripción cancilleresca al pie del documento registrado, en letra diminuta y descuidada con abundantes abreviaturas que eran tan del dominio común en su época que en muchos casos se reducían a una serie de siglas de difícil solución a veces. Todas estas notas de cancillería son las que nos van a permitir conocer los nombres de los funcionarios que estaban al servicio de la administración episcopal y cuál era su misión en el proceso de la producción escrita.49

Aunque las litterae van intituladas por el obispo, no siempre la comprobación documental la hace él sino que la efectúa el vicario general, el oficial o el regente del oficialato. La fórmula utilizada, situada al final del documento, tras la fecha, es la inicial del nombre del obispo y la abreviatura de su cargo («H. eps.», «Predictus episcopus vidit» [lám. 5]) o «Vidit» seguida del nombre o nombre y apellido del vicario («Vidit G.A.», «Vidit vicarius», «Visa officialis», «Visa officialis pro vicario»). Estas notas están tomadas del documento original y se copian al registrar este.

Al pie de los documentos registrados de este periodo aparecen unas breves notas a través de las cuales se puede deducir la iussio episcopi, la iussio vicarii o la iussio officialis, el mandato intermedio y los notarios o escribanos de la curia que redactaron el documento y que lo copiaron en el registro. Dichas notas son muy variadas y cambian constantemente, por lo que llegar a una sistematización de estas resulta un poco difícil; no obstante, las hemos agrupado en tres grupos según de quién provenga el mandato, que puede ser del obispo («Dominus episcopus, qui eam signavit, mandavit expediri», «Petrus Raymundi mandato domini episcopi facto per dominum officialem»), del vicario general («Expediatur Bernardus», «Idem signavit ex expediri mandavit») o del oficial («Geraldus fecit mandato domini officialis»).

TIPOLOGÍA DOCUMENTAL Y CONTENIDO DE LOS REGISTROS

Además de las colaciones de beneficios se encuentran en estos registros los nombramientos de vicarios, absoluciones de censuras, abjuraciones de herejía, concesión de indulgencias, privilegios de oratorio privado y altar portátil, permisos de celebración de matrimonio, dispensas matrimoniales de afinidad o consanguinidad, dispensas de irregularidad, permisos de acumulación de beneficios y prebendas, dispensas de residencia por estudios, testimoniales, dimisorias, permisos para pedir limosna a favor de iglesias y hospitales, locales y de fuera; para redención de cautivos, remedio de pobres, lisiados y mutilados; para formar dote a doncellas indigentes; adjudicación de sepultura eclesiástica en el interior de iglesias, etc. En estos registros queda constancia de las relaciones entre la diócesis de Valencia y las de Aragón, Cataluña y sur de Francia, bien a través de clérigos oriundos de dichas tierras, bien a través de patronos y fundadores de beneficios. En suma, encontramos toda aquella documentación expedida por la cancillería episcopal referente al gobierno de la diócesis, aunque de manera ocasional y extraordinaria también se copian algunos documentos recibidos, como las bulas papales con motivo de la erección de la diócesis de Valencia a sede metropolitana.50

Establecer una clasificación estrictamente diplomática basándonos en la intitulación o en los tipos de sello de los documentos episcopales estudiados es difícil por varias razones: la primera y fundamental es que al tratarse de documentos copiados eliminan por medio de un etcétera las fórmulas más empleadas, lo que afecta a la que anuncia los elementos validatorios del documento, con la consiguiente pérdida de una valiosa información sobre el tipo de sello que llevaría ese documento, y esto imposibilita su clasificación en documentos sellados y no sellados, cuando muchos de ellos, además, no van sellados. La segunda es que el término más genérico utilizado para todos los documentos es el de littera, y casi siempre es intitulativa, es decir, que comienza con la intitulación del obispo o del vicario general, lo cual tampoco facilita la clasificación, ya que este último, por las funciones que le otorga su cargo, expide e intitula las mismas letras que el obispo.

Por otra parte, la nomenclatura utilizada por los propios notarios al registrar los documentos y atribuirles un título, que se coloca como encabezamiento, se refiere sobre todo a su contenido jurídico. Por ello proponemos una agrupación de los documentos según el asunto que tratan, a los que uniremos siempre que sea posible el título que les dan en los registros.

1. Órdenes sagradas: la ordenación de clérigos, que es competencia episcopal, produjo una serie de licencias, cartas y títulos de ordenación para poder acceder a la tonsura («Littera testimonialis tonsure», «Licencia recipiendi tonsuram», «Licencia tonsure», «Titulus tonsure», «Abilitacio ad tonssuram», «Promovendi ad primam tonsuram», «Recipiendi primam tonsuram», «Pro prima tonsura», «Reparacio tonsure») o a otras órdenes («Ordinandi», «Licencia recipiendi ordines», «Littera recipiendi ordines», «Ad recipiendum ordines», «Promovendi ad omnes sacros ordines», «Licencia ad recipiendum omnes ordines»). La recepción de estas órdenes era necesaria para obtener un beneficio sin cura; quienes aspiraban a un beneficio con cura debían recibir las órdenes mayores, sobre todo la del presbiterado. Tanto en las licencias como en las litterae se hace referencia a la existencia de registros de ordenaciones donde quedarían registradas en unos listados las personas ordenadas.

2. Dispensas: la ilegitimidad era uno de los graves impedimentos para acceder a cualquier orden, por lo que se requería una dispensa concedida por la Penitenciaría Apostólica. En ellas se especifica el tipo de ilegitimidad contraída por el aspirante a recibir la orden («Dispensacio super deffectum natalium», «Excomunicatio et dispensatio super natalium», «Littera super defectum nathalium», «Dispensatio spurii», «Dispensacio super defectu natalium ad promovendum ad omnes ordines et beneficium etiam si curam fuerit obtinendam», «Dispensacio super tonsura iam recepta»). También hay dispensas matrimoniales de afinidad o consanguinidad. Hacen su aparición en el registro de 1449 correspondiente al obispo Alfons de Borja, posteriormente papa Calixte III. Se las denomina genéricamente «Dispensacio», «Dispensacio matrimonialis» o «Dispensacio domini» y van numeradas en este registro (de la 7.a a la 13.a), en el registro de 1450 (la 14.a y la 15.a) y en el de 1451 (de la 16.a a la 22.a); a partir de la 18.a se titulan «Comissio sive dispensacio», «Comissio domini». Especifican en el título el grado de afinidad («Alia dispenssacio super III° affinitatis gradu», «Dispenssacio in IIII consanguinitatis», «Dispenssacio inter tercium et quartum affinitatis», «Dispensacio super III° et IIII° consanguinitatis gradibus», «Dispenssacio matrimonialis super impedimento quarti gradus», «Dispenssacio matrimonialis super impedimento tercii consanguinitatis gradu») e incluso añaden el nombre de la persona o de la pareja a la que se le concede la dispensa («Dispensacio Iohannis Verdejo», «Dispensatio pro Andrea Torres de Oliva», «Dispensacio pro nobili Iacobo Gilabert de Centelles», «Dispensacio inter Bartholomeum Quiliz et Yolantem Perez in quarto affinitatis gradu», «Dispenssacio pro Bartholomeo Cirera et Iohana Calatayu», «Dispenssacio pro Iohanne Alegre de Luchan et Francisca Barbastre»). Alguna vez se incorpora un árbol genealógico, al que denominan «Arbor». Se puede comisionar a alguien para recibir información de testigos sobre los impedimentos que se alegan («Comissio ad recipiendum testes super impedimento matrimonii», «Super receptione testium»).

3. Beneficio eclesiástico: la colación de beneficios ocupa el mayor número de documentos de los registros, y además da nombre a este tipo de libros de la curia episcopal, ya que en torno al beneficio eclesiástico giran toda una serie de actividades desde la institución y colación hasta la permuta o la resignación. Respecto a la institución de un beneficio, el título del documento es sencillo («Institucio beneficii», «Sequitur tenor instrumenti per quod habetur institutis benefficii supradicti»), se acompaña de la invocación bajo la cual se instituye («Institucio beneficii Omnium Sanctorum») y del nombre del fundador y de la iglesia («Institucio beneficii Sancte Elene per Simonam, uxorem Arnaldi de Valleriola, mercatoris, in ecclesia Sancti Iohannis de Mercato», «Institucio beneficii Sancte Marie Humilitatis in ecclesia Virginis Marie Algezire per Michaelem de Apiaria instituti», «Instrumenta sequentia que faciunt pro institucione et advocacione beneficii capelle Sancte Anne intra Sedem prout infra sunt copiata iveniuntur apud Bonanatum Monarii, notarii publici, qui eam clausit»). La colación puede ser normal («Collacio beneficii», «Collacio dictorum beneficiorum», «Collacio benefficii simplicis pro Ludovico Aguilar, clerico, familiaris», «Provisio dicti beneficii») o con dispensa («Collacio beneficii cum dispensacione», «Collacio beneficii cum dispensacione beneficiati»). Cuando algún beneficio queda vacante, el patrono, al que corresponde el derecho de patronato, puede hacer la presentación de su candidato («Presentacio beneficii»), pero si se ignora quiénes son patronos se publica un cartel o edicto en lengua vulgar que será leído en la iglesia para que la noticia llegue a los afectados o incluso una letra monitoria («Cartell de presentació», «Cartell de presentació feta a benefici», «Cartell quant se ignora qui són patrons de algun benefici», «Contra patronos ut prestent assensum», «Cartellum contra patronos», «Cartellus», «Cartellus beneficii vacantis», «Contra patronum», «Edictum», «Edictum quod si aliqui pretendunt ius habere in beneficio», «Edictum sive cartellum», «Edictum pro beneficio vaccante in ecclesia Sancti Ioannis de Mercato per obitum domini Paschasii Pinell», «Monitorium contra patronos ut prestent assensum», «Littere contra patronos beneficii ut prestent eorum assensum in permutacione fienda»). La disputa del derecho de patronato puede abocar en un proceso («Decretum interpositum in donacione iuris patronatus beneficii»). Tras la colación se registra el documento de toma de posesión («Possessio», «Instrumentum posessionis dicti beneficii», «Instrumentum posessionis eiusdem beneficii», «Possessio memorati beneficii curati», «Littera exequtorialis ad tradendum possessionem dicto Iacobo Cocorell de predicto beneficio», «Littera exequtorialis ad tradendum possessionem Johanni Ferrer, clerico, de beneficio sibi hodie collato», «Littera exequtoria ad tradendum possessionem», «Littere exequtoriales ad tradendum possessionem Iohanni Carrion, clerico Valentine, diocesis Valentine, de quodam simplici perpetuo ecclesiastico beneficio in ecclesia collegiata civitatis Xative sub invocatione Sancti Iacobi»). Las permutas son abundantísimas y necesitan el consentimiento de los patronos y la licencia del ordinario, previa resignación hecha por el beneficiado del beneficio que deja («Permutacio», «Quod patronus prestet consensum in permutacione», «Licencia permutandi», «Comissio ad permutandum in aliqua diocesi», «Comissio permutandi beneficium», «Comissio permutacionis», «Comissio pro admittendi resignacione causa permutacionis et collacione facienda etc.», «Comissio pro admitendo resignacionem causa permutacionis», «Resignacio cuiusdam beneficii instituti in ecclesia Sancte Crucis», «Resignacio facta per Alfonsum de Aquilario et Raimundus Bertrandi», «Resignatio facta per Natalem Boracii, presbiterum», «Resignacionis Sancte Crucis et de Sollana», «Processus executorialis causa permutacionis fulminati virtute litterarum apostolicarum cum facultate permutandi», «Comissio facta vicario generali aliene diocesi ut admissa resignacionem et permutacionem quorumdam beneficiorum faciat collacionem seu provisionem beneficiorum subsceptis»). Si el beneficiado está ausente por causa justificada, puede obtener una comisión para percibir los frutos y las rentas de su beneficio («Ad colligendum fructus», «Comissio ad colligendum fructus», «Comissio ad recipiendum fructus», «Comissio deserviendi et colligendi, etc.», «Comissio ad colligendum fructus cuiusdam beneficii», «Comissio ad colligendum fructus beneficii quod litigatur»). La negligencia en el servicio de las obligaciones inherentes a los beneficios ocasiona quejas por parte de los jurados del lugar y así se lo manifiestan al visitador en el momento de la visita, que les mandará una letra monitoria («Contra certos benefficiatos ut deserviant», «Littera contra curatum et beneficiatos Cullarie», «Littera contra beneficiatos»). Estaba contemplada también la renuncia al beneficio («Renunciacio benefficii», «Renunciaciones beneficiorum seu ceterorum infrascriptorum») y la unión de dos beneficios («Forma unionis beneficiorum», «Licencia obtinendi duo beneficia sub eodem tectu»). La colación puede ser también de capellanías («Collacio capellanie»), vicarías («Collacio vicarie»), porcionatos («Collacio porcionis»), deanatos («Collacio decanatus Ecclesie Valentine pro reverendo domino Iohanne de Borja»), iglesias, de las que se da también el nombre («Collacio ecclesie», «Collacio ecclesie de Castalla»).

4. Cura de almas: se encargaba a un beneficiado que fuera presbítero o a cualquier otro presbítero, de la diócesis o de fuera, por uno o dos años la cura de almas de una parroquia, en sustitución del rector, indicando el nombre del lugar. («Cura ecclesie loci de…», «Cura ecclesie de…», «Comissio cure animarum»). La concesión de la cura de almas llevaba aparejada, si el obispo así lo decidía, una licencia para absolver los pecados reservados («Licencia cure cum casibus et adinventibus»). Estas litterae son muy abundantes y normalmente no llevan título.

5. Celebración de misas: para evitar que algunos beneficiados llegaran a vivir casi en la indigencia por la escasa renta de sus beneficios, el obispo les concedía licencia para poder celebrar en otros beneficios o ayudar en alguna parroquia («Quod presbiteri valeant celebrare extra eorum beneficia», «Quod possint celebrare missam in quodam altare»). Este tipo de licencias también se concedía a presbíteros procedentes de otra diócesis, previa presentación de letras dimisorias de su ordinario («Licencia celebrandi missas pro presbitero aliene diocesis», «Licencia celebrandi missas et alia divina oficia pro presbitero aliene diocesis habenti litteras dimissorias a suo diocesano»).

6. Confesión y bautismo: sobre el sacramento de la confesión se concedían tres tipos de licencia, unas iban dirigidas a laicos o eclesiásticos para que pudieran elegir confesor, otras eran poderes otorgados a presbíteros para perdonar pecados reservados al obispo y otras eran poderes para administrar este sacramento en determinados lugares («Littera ut possit confiteri», «Littera confitendi et babtizandi», «Casus episcopales», «Casus reservati»). Para poder celebrar el bautismo en casa se requería también licencia especial del ordinario («Licencia babtizandi», «Babtizandi in domo»).

7. Altar portátil: la lejanía de la parroquia, la enfermedad o cualquier otra circunstancia que dificultaba el precepto de la Iglesia de oír misa los domingos y festivos se paliaba con la concesión por parte del obispo a familias, generalmente nobles, de una licencia para poder tener altar portátil y celebrar misa en su casa, así como celebrar misa nupcial («Licencia audiendi missam», «Licencia audiendi missam nupcialem in domo», «Littera licencie audiendi missam in domo»).

8. Nombramientos: el obispo nombraba a sus vicarios generales, notarios de la curia, oficial, confesor suyo, bailes y otros cargos en los lugares de jurisdicción de la mitra («Vicariatus factus domino Guillermo Arnaldi, decretorum doctori», «Facultas vicariatus generalis reverendi magistri Martini Enyego, sacrarum litterarum profesoris», «Creacio officialis Xative», «Littera creacionis notarii»).

9. Limosnas: existen numerosas licencias concedidas para pedir limosna para remedio de pobres («Licencia pro paupere pro petendis elemosinis», «Licencia pro petendis elemosinis», «Pro petendis elemosinis», «Littera pro petendis elemosinis», «Littera acaptandi pro quodam paupere»), para presbíteros pobres («Pro petendis elemosinis pro presbitero», «Militibus captis quod possint accaptare», «Littera acaptandi universorum»), para huérfanas a maridar, para redención de cautivos que, o bien ellos mismos reunían el dinero para completar el importe de su redención o alguno de sus familiares lo conseguía a través de la limosna para redimirlo. Y, sobre todo, abundan las licencias para pedir limosna a favor de iglesias («Questus Beate Barbare de Prunneriis infra parrochiam de Escales, diocesis Gerundensis»), capillas («Littera acaptand in quadam capella», «Questus Beate Marie del Rosser pro monasterio Sancti Dominici ordinis predicatorum Xative ubi noviter est constructa capella Beatissime Virginis Marie del Rosser», «Questus Sanctorum Fabiani et Sebastiani ecclesie collegiate civitatis Xative», «Questus Beate Marie de Gracia», «Questus Beate Marie de Betlem in ecclesia monasterii Sancti Augustini et Sancti Thome et Sanctorum Magorum» (en el claustro del Monasterio de San Agustín de Valencia), «Questus Sanctissime Trinitatis», ermitas («Questus Beati Blasii», «Questus sanctorum Blasii et Marie Magdalene ville Burriane», «Questus Beate Agate (Benicassim)», «Questus Sancti Sebastiani de Roquafort», «Questus sanctorum Michaelis et Lucie Ville Regalis», «Littera undecim milia Virginum Cervarie», «Questus Beate Marie castri de Agres», «Questus Beate Marie del Roser pro villa Albayda», «Questus Beate Marie del Roser ville de Muntesa» «Questus gloriosissime Virginis Marie la Real de la Neu episcopatus Segobricensis», «Questus Veronice Domini nostri Iesu Christi orte de Alacant», «Questus Sancte Quiterie» (diócesis de Aire), monasterios («Impetra seu licencia quirendi elemosinas pro monasterio Beate Marie Podii Valencie», «Impetra seu licencia quirendi elemosinas pro monasterio Beate Marie Podii Valencie», «Questus Beate Marie de Merçede redemptionis captivorum», «Questus monasterii Beate Catherine de Sena in civitate valentina constructi», «Questus monasterii Sancte Anne in ravallo ville Muriveteris constructi sub invocacione Beate Marie de Liserni», «Questus monasterii Beate Marie de Cadumio cisterciensis ordinis Sarlatensis diocesis») y hospitales de la ciudad y diócesis de Valencia, de diócesis limítrofes o de fuera del reino («Littera acaptandi pro quodam hospitali», «Questus hospitalis Sancti Speritus» (Roma), «Questus gloriosissime Virginis Marie Podii Francie», «Questus Beate Marie de Monteserrato», «Questus ecclesie Beati Lazari extra muros Valencie», «Questus Beati Anthonii de Viannes extra muros Valencie constructi», «Questus spitalis de la Reyna», «Questus hospitalis loci de Algemezí»). A estas licencias se las denomina Questus o Impetra. Para estas necesidades el obispo permitía que los nuncios o cuestores, enviados por esas instituciones, pudieran pedir limosna o colocar sus bacines en las iglesias de la diócesis de Valencia.

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9788491343431
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