Kitabı oku: «Aplicación de metodologías de trabajo en la información juvenil. SSCE0109», sayfa 2

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4. Aplicación de los conceptos de información, orientación y asesoramiento en el ámbito de los servicios

La función principal de los servicios de información juvenil es prestar un servicio permanente de información, asesoramiento y documentación a los jóvenes sobre los temas y asuntos que afectan su vida cotidiana, que sirva a sus propósitos personales y favorezca el acceso a las diferentes oportunidades sociales. En definitiva, poner a disposición de los jóvenes información y documentación útil sobre temas de interés para ellos.

A la gran mayoría de estos centros se puede acceder por diversas vías: personalmente, dirigiéndose al propio centro, telefónicamente, por correo electrónico o bien a través de boletines.

Los SIJ han de llevar un sistema de recogida de demandas de los jóvenes que se acercan al mismo, con el fin de mejorar el servicio que le transmiten.

Para llevar a cabo esta función, en cada servicio de información juvenil hay profesionales expertos que se han de adaptar a las características del centro y a las necesidades de los usuarios para desempeñar sus funciones con la mayor calidad posible. Estos profesionales han de estar preparados en cuanto a aptitudes de acercamiento y respeto al joven, y han de estar capacitados para orientarles e informarles, pero no pueden ser expertos en todas las materias, por lo que es deber del centro buscar los caminos necesarios que respondan a las demandas específicas, como por ejemplo derivaciones a recursos o estableciendo convenios o contratos con organismos externos especializados.

Estos profesionales, para lograr un acercamiento al joven más eficaz, deben manejar algunas técnicas de escucha activa:

1 Disposición psicológica para escuchar.

2 El destinatario debe sentir que se le escucha de forma verbal y no verbal.


Actividades

3. ¿Cómo puede acceder al servicio de información juvenil de su localidad? Enumere las vías de acceso.

Las funciones de los centros de información juvenil se basan en los siguientes pilares: información, orientación y asesoramiento.

4.1. Información

Se entiende con este término la capacidad de ofertar al beneficiario del servicio los conocimientos que precise, respondiendo con ello a su demanda.

Las fuentes de información pueden ser primarias o secundarias dependiendo del nivel de información:

1 Primarias. Son documentos nuevos y la información es original, como por ejemplo las investigaciones.

2 Secundarias. Información trabajada, organizada y elaborada, y procede de fuentes más secundarias, como artículos que analizan investigaciones.

Es deber de los servicios de información juvenil (SIJ) ofertar a los jóvenes la información necesaria para que estos se sientan respaldados, fomentando a la vez su autonomía y capacidad de participación activa como miembros de la sociedad. Esta comunicación del saber ha de ser actual, concreta y precisa, y se han de establecer los mecanismos necesarios que garanticen que la información vigente es actual y responde a las necesidades; con procedimientos y herramientas de recogida de información que respondan a la Ley de protección de datos.

Los SIJ deben contar con canales de información identificados que les faciliten a ellos y a los usuarios las respuestas a las demandas: tecnología, internet, buscadores, educación, etc.


Las implicaciones de los cambios pueden ser significativas en el desarrollo del adolescente, por ello es muy importante que este reciba una buena orientación que le ayude en su proceso de búsqueda y análisis crítico de las informaciones diversas.

4.2. Orientación

Como hemos comentado anteriormente, los profesionales juveniles no pueden tener todos los conocimientos de todas las materias, pero sí deben estar preparados para orientar al usuario y derivarlo hacia donde necesite. Por ello, es muy importante que tengan presente su función orientadora sin olvidar que el usuario es el que toma la decisión final. Con la orientación se logra facilitar herramientas de reflexión y juicio a partir de la comprensión de la información que se ha facilitado.

4.3. Asesoramiento

Consiste en atender y aconsejar al usuario desde la posición y la garantía que ofrece ser experto en una materia específica.

La sociedad es dinámica y exigente, y los jóvenes cada vez están más en movimiento para estar a la altura de la misma. Ello implica que sus demandas sean cada vez más exigentes y que también ellos sean más estrictos con la respuesta recibida.

Los intereses y las necesidades personales y sociales de los jóvenes derivados de esta nueva condición juvenil hacen más compleja la necesidad de información y orientación, por ello las funciones han de estar basadas en estos pilares.

Entre otros aspectos, es importante tener en cuenta el perfil psicológico del joven a la hora de interrelacionar con él, por lo que si se pretende llegar a este con una intervención de calidad, el servicio ofertado ha de ser atrayente y poco paternalista para captar su atención de forma más eficaz.


Definición

Asesorar

Es la capacidad de trabajar aportando la solución a un conflicto, es una interacción bidireccional dirigida a ayudar a una persona.

Orientar

Es una comunicación unidireccional y la meta es la resolución de problemas concretos.


Aplicación práctica

Candela, Irene y Pablo son jóvenes que acaban de finalizar sus estudios universitarios y acuden al centro de información juvenil de su localidad solicitando información sobre bolsas de empleo. Son conscientes de la crisis económico-social que atraviesa la sociedad en este momento. Cada uno, por separado, tiene diferentes dudas e incertidumbres, aunque los tres tienen una demanda común: la laboral.

Imagine que es un profesional que trabaja en este centro de información juvenil y tiene que responder a sus demandas.

SOLUCIÓN

Su tarea ha de consistir, primero, en hacerse con una guía de recursos a fin de optimizar las gestiones. Por tanto, puede ofrecerles una serie de organismos a los que acudir que responderán de manera específica a cada demanda concreta. Con ello, estamos informando a la vez que estamos ofreciendo una información real, cercana y actual. Esta información puede proceder de fuentes primarias y secundarias. Es importante describir los procedimientos de cooperación entre los recursos: mediante fichas de registro o plantillas.

Una cuestión importante que siempre se debe tener en cuenta es el fomento de la autonomía haciendo al joven, en todo momento, actor dinámico y principal en sus propias decisiones. Ofertarles toda la información disponible y respetando la que ellos decidan, sin olvidar los principios deontológicos de la información juvenil, que se han analizado anteriormente en el capítulo.

Debe establecer con cada uno de ellos un itinerario de inserción sociolaboral personalizado que permita detectar sus necesidades, establecer objetivos, indicadores que permitirán hacer un seguimiento en cuanto a la consecución de resultados y evaluación final, respetando su derecho a la intimidad, teniendo en cuenta el perfil de cada usuario.

5. Contextualización de la perspectiva de género en el ámbito de la información juvenil

Tradicionalmente, el papel de la mujer en la sociedad ha ocupado un segundo lugar en comparación con la posición del hombre. Hoy en día, estas posturas están situadas en una posición más equitativa fruto del trabajo realizado en la sociedad tras años de esfuerzo.

En materia de información juvenil hay que destacar que esta postura no solo se encuentra igualada sino que, por el contrario, es más habitual el uso y asistencia a los recursos de información juvenil por parte de la mujer.

Algunas características significativas que contiene el perfil de la juventud en los servicios de información, en el año 2013, son las siguientes: el 80 % de la tasa de actividad laboral femenina se encuentra comprendida en edades entre los 25 a 29 años, población joven. Las mujeres ahora muestran una clara vocación de permanencia en el mercado de trabajo, en comparación con la que han mantenido a lo largo de todo su ciclo vital.

La mayoría de los jóvenes que acuden a los SIJ tienen algunos estudios reglados cursados. Predomina la asistencia de mujeres con, al menos, una diplomatura.

Los jóvenes son personas que asisten con frecuencia a los SIJ, aunque ligeramente en ascenso se encuentra la asistencia de mujeres.

Normalmente las mujeres acuden a los SIJ en horario matutino, mientras que los hombres lo hacen mayoritariamente en horario de tarde.

Los usuarios masculinos repiten la asistencia a los SIJ, mientras que es más habitual que las mujeres lo hagan tan solo la primera vez.


Actividades

4. Busque en la prensa una noticia que contenga diferencias en concepto de género. Razone el porqué. Indique qué características presenta.


Sabía que...

Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), las mujeres representan el 51,4 % de la población en edad laboral, el 40,5 % de la población activa, el 38,4 % de la población ocupada y el 56,7 % de la población desempleada.


6. Principios rectores de las administraciones públicas en relación con la atención a la ciudadanía

La Administración Pública juega un papel fundamental en cuanto a la atención al ciudadano, es responsabilidad de ella velar por que la población tenga deberes y derechos en cuanto a la utilización y buen uso de los servicios, por ello, ante los centros de información juvenil, trata de garantizar el acceso de la población joven al servicio desde una perspectiva íntegra y plural.

En las políticas de juventud, la información juvenil se muestra como una actuación básica, facilitando las posibilidades de integración sociolaboral y cultural de los jóvenes, y favoreciendo la igualdad de oportunidades en el acceso a los recursos sociales existentes.

Partiendo de estas premisas, podemos afirmar que es un deber de las administraciones públicas la atención a la ciudadanía, por ello, a continuación, se especifican los marcos en los que se amparan.

6.1. Constitución Española

La Constitución Española (CE) es la norma máxima del Derecho español a la cual está sujeta la Administración Pública y la ciudadanía.

A continuación enumeraremos y explicaremos los artículos de la CE que hacen referencia a la atención a la ciudadanía de la Administración Pública y, en concreto, a los ciudadanos jóvenes.

La Constitución declara en su artículo 103.1 que “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación”, con lo que se deduce que es función esencial de la Administración el atender el interés general con calidad y transparencia.

Partiendo de esta premisa, y según lo expuesto en los apartados anteriores, los servicios de información juvenil deben responder también a este marco, siendo su fin último la atención a los jóvenes eficaz y actual.

En los artículos 9.2 y 48 de la Constitución Española se expone que es deber de los poderes públicos proteger al ciudadano, donde también se especifica la juventud, ampararlo para que pueda ejercer libremente sus derechos de participación en la vida pública, económica, cultural y social.


Recuerde

Los artículos de la Constitución Española que recogen el deber de la Administración Pública en cuanto a su deber con la ciudadanía son: 9.2, 48 y 103.1.

6.2. Estatuto de ciudadanía en el exterior

El Estatuto de ciudadanía española en el exterior establece las herramientas y normativas básicas (Ley 40/2006, de 14 de diciembre) para garantizar a los españoles que residan en el exterior sus deberes y derechos constitucionales como ciudadanos españoles.

El Estatuto pretende establecer las medidas necesarias que deben llevar a cabo las administraciones para atender a los españoles en el exterior, por tanto, entre ellas se encuentran también las de fomentar programas que promuevan la igualdad de oportunidades entre los jóvenes, impulsando nuevos canales que les permitan participar de manera constructiva en la sociedad española.

El art. 8 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, establece el Derecho a la información:

Los españoles en el extranjero tienen derecho a obtener información sobre el conjunto de las leyes y demás normas que conforman el ordenamiento jurídico español y, especialmente, sobre aquellas que afecten a sus derechos e intereses legítimos, para lo que la Administración Pública española contará con las nuevas tecnologías, potenciando su utilización en relación con la ciudadanía española en el exterior (...).

6.3. Libro Blanco de la Comisión Europea

El Libro Blanco de la Comisión Europea es un documento que se ideó con el fin de aportar nuevas formas de gobernar europeas en cuanto a la participación de los ciudadanos, y por tanto de los ciudadanos jóvenes, en la toma de decisiones de la Unión Europea que les repercutan.

Los precedentes que impulsaron la creación de este Libro Blanco fueron las consecuencias que sufren los jóvenes en cuanto a los cambios sociales y económicos, ya que ello les repercute a la hora de una emancipación o inserción sociolaboral más tardía. A pesar de un contexto socioeconómico actual complicado, los jóvenes tienen capacidad de adaptación, por lo que es responsabilidad de la política europea apoyar esta capacidad y hacer partícipes a los jóvenes en las propuestas que se decidan llevar a cabo para mejorar el contexto social.

El objetivo general del Libro Blanco de la Comisión Europea, “Un nuevo impulso para la Juventud Europea”, es propiciar la coordinación y cooperación entre los diferentes entes que trabajan en materia de juventud con la principal misión de involucrar a los jóvenes en las actuaciones y decisiones que les atañen.


Sabía que...

Un libro blanco, también llamado informe blanco o white paper, es un documento que se realiza para ayudar a los ciudadanos lectores a profundizar y entender mejor un tema. Son utilizadas especialmente en el ámbito gubernamental o el marketing.

6.4. Carta europea de información juvenil

Es un documento de referencia para los servicios de información juvenil europeos, ya que unifica los criterios de actuación y los define.

La Carta establece cómo deben ser los servicios de información juvenil, concretando que tienen que estar dirigidos a los jóvenes principalmente como ámbito de actuación muy importante. Esto lo vemos reflejado en el Preámbulo de la Carta:

En las sociedades complejas, y en una Europa integrada que ofrece numerosos desafíos y oportunidades, el acceso a la información, así como la capacidad de analizarla y utilizarla, revisten una importancia creciente para la juventud europea. El trabajo de información juvenil es susceptible de ayudarles a lograr sus aspiraciones, y de fomentar su participación como parte activa de la sociedad.

El respeto a la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales conlleva el derecho de toda la juventud a acceder a una información completa, objetiva, fiable y comprensible respecto de todas sus preguntas y necesidades.

6.5. Principios para la información juvenil online

Partiendo de la base de que internet es una herramienta muy poderosa y cercana a la población juvenil, hay que aprovecharla como fuente de información y comunicación.

El procedimiento de difusión de la información hacia los jóvenes más usado es, sin duda, internet. Es el medio más creíble y valorado.

La información juvenil online forma parte de la Información Juvenil, por tanto es coherente a los principios que rigen la Carta Europea de Información Juvenil que hemos comentado anteriormente.

Con el fin de garantizar la calidad en la información juvenil online, la Agencia Europea para la Información (ERYICA) ha establecido una serie de principios, en concreto son 16, en relación a cómo debe ser el contenido de la información, a quién va dirigido principalmente, el deber de los servicios de información juvenil y las habilidades de los trabajadores.

7. Principios contenidos en la Declaración de los Derechos Humanos y otras convenciones internacionales aplicables a la atención de las demandas informativas

El derecho a la información y a estar bien informado es un elemento esencial en un Estado de derecho que garantiza, a su vez, la libertad de pensamiento. Se trata de un derecho fundamental que no solo abarca a los periodistas o profesionales de la comunicación, sino a toda persona.

Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), que recoge en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos, en su artículo 19, como derecho de carácter personal, establece el derecho de cualquier ciudadano a recibir información:

Art. 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

La Declaración supone el primer reconocimiento universal de los derechos básicos y las libertades fundamentales del ser humano, por ello, y dada la materia que estamos tratando, es importante que se encuentre el derecho a la información en su contenido.


Sabía que...

El texto completo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue elaborado en menos de dos años en una coyuntura social compleja, en la que el mundo estaba dividido en dos. Eleanor Roosevelt fue sin duda la gran impulsora de la aprobación de la Declaración.

Otras convenciones internacionales que recogen la atención a la información son las siguientes:

La Convención de los Derechos del Niño, en el artículo 13, recoge que “el niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño”.

Es un paso importante a nivel mundial que el derecho a la información a la población infantil también venga reconocido en la Convención de los Derechos del Niño, ya que no solo es un derecho a la población adulta, sino también a la población infantil como ser humano.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado el 16 de diciembre de 1966, tanto en su Preámbulo como en el artículo 19, establece el derecho del ser humano a la libertad civil y política, económica, social y cultural. Precisa que toda persona tiene derecho a ser respetado en sus opiniones y a expresarse libremente difundiendo y buscando información.

8. Resumen

El sistema de información juvenil está basado en un código deontológico como elemento básico que garantiza la profesionalidad y el trabajo de calidad ante la intervención con el usuario.

El trabajo de información juvenil abarca todos los temas de interés para su población diana, la población joven: información, consejo, apoyo, formación, trabajo en red o derivación a asesorías especializadas de todos los temas de interés.

Hay establecidas una serie de redes de información juvenil cuya actividad principal se dirige a promover actuaciones en beneficio de los y las jóvenes. A nivel europeo no podemos olvidar la Agencia Europea de Información y Asesoramiento para los jóvenes.

Las TIC, internet… son una herramienta esencial que permite y facilita todo el mecanismo de la información juvenil.

Estudios recientes en materia de género señalan la presencia de la mujer en los servicios de información juvenil en un grado más alto de asistencia que la de los hombres.

Las administraciones públicas, en su deber de atención a la ciudadanía, recogen y amparan la atención a la población joven desde una manera clara, eficiente y sistematizada.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es considerada el fundamento de las normas internacionales sobre derechos humanos, y reconoce el derecho a todo individuo de recibir informaciones y difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.


Ejercicios de repaso y autoevaluación

1. La atención a la población joven, ¿está basada en un código deontológico o eso solo es obligatorio para otros ámbitos profesionales? Explique la importancia de basar una acción profesional en un código deontológico.

2. Indique si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas.

1 Los servicios de información juvenil son gratuitos.VerdaderoFalso

2 Se deberán abonar según el tipo de información que se demande y según el nivel de intervención que requiera.VerdaderoFalso

3 El Programa de Juventud en Acción es un programa a nivel estatal.VerdaderoFalso

4 Agencia Nacional Española es la entidad estatal que vela por el cumplimiento de los objetivos del programa europeo.VerdaderoFalso

3. Enumere una red de información juvenil a nivel europeo. ¿Cuál es su objetivo fundamental?

4. ¿Qué es el INJUVE?

5. Enumere cinco temas de interés que demandan los jóvenes cuando acceden a los servicios de información juvenil.

6. Complete la siguiente frase.

El _________ es un organismo público a nivel _________ que depende del _______________________________________________, y su objetivo principal es llevar a cabo acciones beneficiosas para los _________, promoviendo la igualdad de oportunidades, fomentando la _________ e impulsando la _________ con otras __________________.

7. Señale cuáles de los siguientes organismos forman la Agencia Nacional Española.

1 INJUVE.

2 Organismos autonómicos.

3 Consejo de la Juventud de España.

4 ERYICA.

5 Infomobil.

8. ¿Qué son las TIC? ¿Qué aportan a los servicios de información juvenil?

9. Busque en esta sopa de letras los pilares en los que se basan las funciones de los centros de información juvenil: información, orientación y asesoramiento .


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10. Indique qué norma y en qué artículo se establece la siguiente declaración:

“La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación”.

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