Kitabı oku: «Tanatopolítica en Venezuela»

Yazı tipi:

Tanatopolítica en Venezuela

Sicariato de Estado y derechos humanos

Roberto Briceño-León

Editorial Alfa

137 | Colección Trópicos


© LACSO, 2022

© Editorial Alfa, 2022

Re­ser­va­dos to­dos los de­re­chos. Que­da ri­gu­ro­sa­men­te pro­hi­bi­da, sin au­to­ri­za­ción es­cri­ta de los ti­tu­la­res del Copy­right, ba­jo las san­cio­nes es­ta­ble­ci­das en las le­yes, la re­pro­duc­ción par­cial o to­tal de es­ta obra por cual­quier me­dio o pro­ce­di­mien­to, in­clui­dos la re­pro­gra­fía y el tratamiento in­for­má­ti­co.

Editorial Alfa

Apar­ta­do postal 50304. Ca­ra­cas 1050, Ve­ne­zue­la

e-mail: con­tac­to@editorial-alfa­.com

ww­w.editorial-alfa­.com

Alfa Digital

C. Centre, 5. Gavà 08850. Barcelona, España

e-mail: contacto@alfadigital.es

www.alfadigital.es

ISBN

Edición impresa: 978-84-124204-6-3

Edición digital: 978-84-124858-7-5

Co­rrec­ción de estilo

Magaly Pérez Campos

Maquetación

Editorial Alfa

Imagen de portada

Pieter Brueghel

El triunfo de la muerte (hacia 1562)

Museo Nacional del Prado

Di­se­ño de co­lec­ción

Uli­ses Mi­lla Lacurcia


La presente publicación ha sido elaborada con el apoyo financiero de la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva de cada uno de sus autores y no refleja necesariamente los puntos de vista de la Unión Europea.

Roberto Briceño-León


Profesor titular de Sociología de la Universidad Central de Venezuela (UCV) y de la Universidade Federal do Ceará (UFC), Brasil. Director del Laboratorio de Ciencias Sociales (Lacso) y del Observatorio Venezolano de Violencia (OVV). Ha sido profesor e investigador de la Universidad Sorbona-nueva, París 3, Francia; de la Universidad de Oxford, Inglaterra; de la Autónoma de México y del Woodrow Wilson International Center for Scholars, Washington D.C. Ha publicado más de 200 artículos y 26 libros, entre los cuales destacan: Sociología de la violencia en América Latina (2008), Los efectos perversos del petróleo (2015), Ciudades de vida y muerte (2016), La modernidad mestiza. Estudios de sociología venezolana (2018) y Los nuevos rostros de la violencia. Empobrecimiento y letalidad policial (2019).

Índice

Roberto Briceño-León

Sobre los autores

Prólogo

Introducción. Tres tipos de letalidad policial

Homicianos

Zulia: Letalidad policial, robo, tortura e impunidad

Lara: El miedo como política de control social

Aragua: La percepción de un Estado delincuente

Caracas: Resistencia a la autoridad e impacto de las FAES

Sucre: Vidas truncadas, o asesinatos a manos de cuerpos de seguridad del Estado

Bolívar: Letalidad policial en el nuevo El Dorado

Táchira: Neutralización política y delincuencia policial

Mérida: Escenario de violencia y letalidad de cuerpos de seguridad del Estado

Resistencia a la autoridad como arma mortal de la policía en Venezuela

Violencia policial y ejecuciones extrajudiciales en las cárceles y centros de detención preventiva de Venezuela

Letalidad policial contra niños, niñas y adolescentes

Sicariatos de Estado

¿Cumplen los policías con la ley? Resultados de una encuesta nacional sobre la policía

Tanatopolítica

Sobre los autores

Roberto Briceño-León

Doctor en Ciencias Sociales. Profesor titular de la Universidad Central de Venezuela y de la Universidade Federal de Ceará, Brasil. Director del Laboratorio de Ciencias Sociales. Director nacional del Observatorio Venezolano de Violencia.

Alberto Camardiel

Estadístico. Magíster en Estadística. Profesor titular de la Universidad Central de Venezuela. Director de análisis de datos del Laboratorio de Ciencias Sociales y del Observatorio Venezolano de Violencia.

Gloria Perdomo

Educadora. Doctora en Ciencias Sociales. Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello. Directora de la Fundación Luz y Vida. Activista de la Red por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes. Coordinadora nacional del Observatorio Venezolano de Violencia.

Anna María Rondón Trejo

Criminóloga egresada de la Universidad de Los Andes. Docente categoría “agregado” en la Universidad Católica del Táchira. Investigadora en el Observatorio Venezolano de Violencia.

Dioseli González

Abogada egresada de la Universidad Católica del Táchira. Investigadora en el Observatorio Venezolano de Violencia.

Carmenofelia Machado C.

Arquitecta. Magíster en Diseño Urbano. Profesora de la Universidad Central de Venezuela adscrita al Centro de Investigación Ciudades de la Gente. Investigadora en el Observatorio Venezolano de Violencia, sede Región Capital.

María Virginia Alarcón

Abogada. Especialista en Derecho del Trabajo. Doctoranda en Derecho. Directora y profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello, sede Guayana. Coordinadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Bolívar.

Olga Beatriz Ávila Fuenmayor

Licenciada en Trabajo Social egresada de la Universidad Central de Venezuela. Magíster en Psicología por la Universidad Simón Bolívar. Investigadora del Laboratorio de Ciencias Sociales. Profesora de pregrado y postgrado en Metodología de la Investigación. Coordinadora y supervisora de diferentes niveles en investigaciones, lo que la ha dotado de experiencia y conocimiento en el campo.

Carlos Trapani Blanco

Abogado. Profesor investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello. Profesor de la Escuela de Educación de la Universidad Católica Andrés Bello. Coordinador Nacional de Centros Comunitarios de Aprendizaje. Activista de la Red por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Eumelis Moya Goitte

Abogada egresada de la Universidad Católica, sede Guayana. Especialista en Educación Superior. Estudios avanzados en Filosofía y en Derechos Humanos. Maestrante de Filosofía. Profesora de la Universidad Católica Andrés Bello. Coordinadora de la Oficina del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica, sede Guayana. Coordinadora del proyecto Codehciu. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Bolívar.

Carmen Julia III Amundarain Ortiz

Licenciada en Turismo. Magíster en Planificación del Desarrollo Regional. Doctora en Patrimonio Cultural. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Sucre.

Jesús José Subero Marín

Sociólogo. Magíster en Planificación. Coordinador de asuntos académicos de la Dirección de Cultura y Extensión de la Universidad de Oriente, sede Sucre. Coordinador del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Sucre.

Mayber Márquez Zambrano

Comunicadora social. Periodista del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Sucre.

Carlos Alberto Nieto Palma

Abogado. Especialista en derechos humanos. Profesor universitario. Defensor de derechos humanos. Coordinador general de Una Ventana a la Libertad

Iris Terán-López

Médica cirujana. Especialista y doctora en Salud Pública. Profesora titular del Departamento de Salud Pública, adscrita a la Unidad de Investigación y Estudios en Salud Pública de la Universidad de Carabobo. Coordinadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Aragua.

María Chacón-Herrera

Licenciada en Bioanálisis. Magíster en Microbiología. Doctora en Salud Pública. Profesora titular del Departamento de Microbiología. Investigadora de la Unidad de Investigación y Estudios en Salud Pública de la Universidad de Carabobo. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Aragua.

Maily Tang-Pérez

Médica cirujana. Magíster en Epidemiología. Doctora en Salud Pública. Profesora titular del Departamento de Salud Pública. Investigadora adscrita a la Unidad de Investigación y Estudios en Salud Pública de la Universidad de Carabobo.

Raima Rujano

Doctora en Ciencias Humanas. Profesora titular y directora del Centro de Investigaciones de Trabajo Social de la Universidad del Zulia. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Zulia.

Solange Chacón de Garcés

Docente jubilada del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Aragua.

Johel Salas

Magíster en Desarrollo Social. Profesor. Investigador. Director de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad del Zulia. Coordinador del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Zulia.

Gustavo A. Páez S.

Geógrafo. Especialista en Análisis Demográfico. Magíster en Ordenación del Territorio y Ambiente. Profesor asociado de la Universidad de Los Andes. Coordinador del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Mérida.

Karina Rondón V.

Geógrafa. Investigadora en Ciencias Sociales del Centro de Investigación y Desarrollo Empresarial de la Universidad de Los Andes. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Mérida.

Nilsa Gulfo

Comunicadora social. Magíster en Gestión de Riesgos Socionaturales. Periodista del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Mérida.

Yhimaina J. Trejo U.

Geógrafa. Magíster en Gestión de Recursos Naturales. Profesora instructora de la Universidad de Los Andes. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Mérida.

Iris Amelia Rosas

Arquitecta. Doctora en Arquitectura. Profesora e investigadora de la Universidad Central de Venezuela. Directora del Centro Ciudades de la Gente. Coordinadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Región Capital.

Pedro Rengifo

Comunicador social. Magíster en Administración de Empresas. Periodista del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Región Capital.

Carlos A. Meléndez

Sociólogo. Magíster en Desarrollo Social. Profesor y director de la Licenciatura en Desarrollo Humano de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Coordinador del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Lara.

Yelena Salazar

Socióloga. Especialista en Gerencia de Programas Sociales. Profesora de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Directora del Laboratorio de Desarrollo Humano. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia.

Rina Mazuera-Arias

Abogada. Doctora en Derecho. Profesora e investigadora de la Universidad Católica del Táchira y de la Universidad Simón Bolívar, sede Cúcuta. Decana de Investigación y Posgrado. Directora del Observatorio Social del estado Táchira de la Universidad Católica del Táchira. Coordinadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Táchira.

Jessy Daniela Aleta Andrade

Licenciada en Ciencias Políticas. Estudiante de la Especia­lización en Cultura de Paz y Derecho Internacional Humanitario. Profesora de la Universidad Católica del Táchira. Investigadora del Observatorio Social del estado Táchira. Investigadora del Observatorio Venezolano de Violencia, sede Táchira.

Prólogo

A mediados del año 2015 se iniciaron unos operativos policiales en zonas pobres de Venezuela que el gobierno nacional afirmó, pomposamente, que estaban destinados a liberar al pueblo de la delincuencia.

En el medio de la noche, grandes contingentes de funcionarios policiales y militares tomaban un área de viviendas o un conjunto de edificios, tocaban a las puertas o las derrumbaban a la fuerza y sacaban a las familias de sus hogares, mientras separaban a los hombres, en su mayoría jóvenes. En unos casos se producía un tiroteo dentro de la vivienda y a los jóvenes se los llevaban al hospital; en otros, los jóvenes eran trasladados como detenidos. Unos regresaban a sus casas y otros no. Al día siguiente, un alto funcionario informaba del éxito de la intervención policial y, orgulloso de sus logros, notificaba a la población que habían eliminado —dados de baja, se empeñaba en decir— a peligrosos delincuentes como parte de las Operaciones para la Liberación del Pueblo (OLP) que había ordenado el gobierno nacional.

Las acciones no eran sigilosas ni secretas. Bien por el contrario: a pesar de la oscuridad de la noche y de los rostros cubiertos de los participantes, las operaciones eran publicitadas y se trasladaban a la claridad del día para que las conociera toda la sociedad y fueran difundidas por los escasos medios de comunicación que aún circulaban en el país. Se quería que fueran conocidas por el mayor número posible. Eran mostradas como trofeos y hazañas, pues era un año electoral y a los candidatos del gobierno no les iba bien en las encuestas.

Todas las víctimas que se reportaban eran descritas como delincuentes que habían fallecido en medio de una refriega por haberse resistido a la autoridad. No eran similares las versiones con las cuales denunciaban los familiares de las víctimas: unos decían que sus allegados no eran delincuentes; otros reconocían que podían andar por malos caminos, pero que no se habían resistido ni había existido enfrentamiento, que los habían asesinado.

Las denuncias continuas de los familiares fueron acompañadas por los reclamos de los defensores de los derechos humanos, algunos de ellos miembros del partido de gobierno o afines al mismo. El gobierno nacional decidió entonces que haría un cambio y a las siglas originales les agregó una “H”, con lo cual pasaron a llamarse Operaciones Humanitarias de Liberación del Pueblo (OHLP). No obstante, la incorporación de la H no sirvió de nada pues en los años siguientes el número de víctimas de las ejecuciones extrajudiciales aumentó en el país. Luego se abandonaron las siglas, se crearon nuevos cuerpos policiales y las muertes por resistirse a la autoridad continuaron.

***

Este libro se funda en una investigación realizada para conocer las voces de las familias de las víctimas de la letalidad policial. Quiere, además, ofrecer un marco de interpretación sociológica e histórica de tales acciones: de los contextos, de las rutinas, de las verbalizaciones ofrecidas, y acompañar con ello el dolor de los familiares y vecinos, quienes nos abrieron sus corazones acongojados y nos ofrecieron, junto a sus tristes recuerdos, miradas alternativas de los eventos.

El estudio se realizó entre 2019 y 2020 entrevistando a familiares directos de las víctimas: madres, padres, esposas, hijos e hijas. Eran entrevistas en profundidad, largas, respetuosas, con una guía semiestructurada de preguntas que permitía saltar de tópicos, respetar silencios, repreguntar detalles, para que la flexibilidad permitiese una mejor comprensión. En cada una de las ciudades se realizaron también grupos focales mixtos en edad y sexo con habitantes de los sectores sociales que habían padecido estas acciones. Sin embargo, a fin de tener una mirada cercana y otra lejana de la percepción y valoración de las acciones policiales, no nos quisimos concentrar solo en los vecinos de los casos y las víctimas, por lo cual se realizaron dos tipos diferentes de grupos focales. En unos, y para la mirada cercana, se convocaba a vecinos de la zona donde habían ocurrido los eventos; y, en los otros, se invitaba a personas que, aun con las mismas condiciones sociales de los anteriores, habitaran en una zona apartada de los hechos, en otro barrio, en otra zona de edificios de la misma ciudad, para que nos pudieran ofrecer su mirada distante y su interpretación lejana de los eventos.

Para los datos cuantitativos empleados se utilizaron las bases estadísticas que ha venido compilando con paciencia el Observatorio Venezolano de Violencia desde hace más de una década, con informaciones no publicadas provenientes de los archivos de los cuerpos policiales. Además, para conocer la opinión nacional se realizó, entre fines de 2019 y enero de 2020, una encuesta a una muestra de 1200 hogares distribuidos en todo el país. En cada hogar seleccionado se entrevistó a un integrante del hogar, mayor de dieciocho años, de ambos sexos, de todos los estratos socioeconómicos, habitante de centros poblados de Venezuela con más de 2500 habitantes. El muestreo aplicado se llevó a cabo en tres etapas. La información fue proporcionada por la persona seleccionada en cada hogar de manera verbal y fue registrada en un cuestionario impreso.

***

Esta investigación fue posible gracias al apoyo brindado a los equipos de trabajo por sus universidades y por la contribución de la delegación de la Unión Europea con su programa de defensa de los derechos humanos. Sin embargo, las conclusiones sacadas y las opiniones aquí emitidas y expresadas son de la exclusiva responsabilidad de cada uno de sus autores y en ninguna medida expresan o representan la opinión o criterio de la Unión Europea.

La investigación se llevó a cabo en nueve entidades federales donde habita más de la mitad del país: Aragua, Bolívar, Mérida, Miranda, Lara, Táchira, Zulia, Sucre y Distrito Federal. Los equipos de investigación estuvieron a cargo de profesores de las ocho universidades públicas y privadas que participaron en el estudio: Iris Rosas, de la Universidad Central de Venezuela (UCV); Raima Rujano, de la Universidad del Zulia (LUZ); Gustavo Páez, de la Universidad de los Andes (ULA); Iris Terán, de la Universidad de Carabobo, sede Aragua (UC); Jesús Subero, de la Universidad de Oriente (UDO); Carlos Meléndez, de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA); Rina Mazuera, de la Universidad Católica del Táchira (UCAT); y María Virginia Alarcón, de la Universidad Católica Andrés Bello, sede Guayana (UCAB).

Las actividades de campo y los reportes a nivel nacional los coordinó la profesora Olga Ávila (UCV) y la revisión de los borradores de los capítulos y la preparación del manuscrito final estuvo a manos del profesor Levy Farías (UCV).

A todos ellos, nuestro agradecimiento.

***

En julio del año 2019, la Alta Comisionada de los Derechos Humanos, en su informe sobre Venezuela (A/HRC/41/18) censuró las reiteradas ejecuciones extrajudiciales llevadas a cabo por los cuerpos policiales y de manera explícita exigió la eliminación de la principal unidad policial acusada de dichas ejecuciones. La respuesta del presidente de la república a los pocos días fue exaltar a dicho organismo y en una aclamación pública vociferar: “¡Que viva el FAES!”. Las llamadas muertes por “resistencia a la autoridad” aumentaron ese año y continuaron en los años siguientes.

En septiembre del año 2020, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas presentó las “Conclusiones detalladas de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela” (A/HRC/45/CRP.11). Dicha Misión concluyó que “existen motivos razonables para creer que los agentes de las FAES y del CICPC llevaron a cabo ejecuciones extrajudiciales” que “no fueron actos aislados, cometidos por individuos que actuaron solos”, sino como parte de brigadas o escuadrones (# 2038), “con una cadena de mando” (# 2041) y bajo “una práctica acordada para matar a personas con antecedentes penales incluso si no resistían la detención”. Sostienen que los funcionarios buscaban “asegurarse de que no hubiera familiares, vecinos u otros testigos presentes, para encubrir el lugar del delito y para simular la ‘resistencia a la autoridad’” (# 2039). Aunque la Misión recomendó “desmantelar las FAES”, tampoco hubo respuesta oficial.

La Corte Interamericana de los Derechos Humanos, el 3 de junio del año 2021, luego de juzgar durante varios años el caso de “Guerrero Molina y otros versus Venezuela”, condenó al Estado venezolano por la violación de los derechos de libertad personal, integridad personal, derecho a la vida y a las garantías judiciales y la protección, considerando para su decisión tanto los elementos del hecho específico juzgado como la reiterada inacción e impunidad ante la letalidad policial. La sentencia impuesta al Estado establece la obligación de “publicar anualmente un informe oficial con los datos relativos a las muertes producidas por parte de fuerzas policiales en todos los estados del país. Dicho informe —agrega— debe también contener información actualizada anualmente sobre las investigaciones realizadas respecto a cada incidente resultante en la muerte de un civil o de un integrante de fuerzas policiales”.

En este libro se busca acercar al lector al horror que padecieron algunas de esas familias, permitirle conocer sus voces e interpretar estos tiempos históricos. Busca mostrar que no fueron eventos aislados, producto del azar o de la ira del momento, sino que fueron el resultado de un tipo particular de violencia policial programada por el Estado, el cual, en abuso de sus funciones y saliéndose del marco jurídico del Estado de derecho, ordenó o propició su ocurrencia, con el propósito político específico de aterrorizar a la población. O, dicho de otro modo, que fueron sicariatos de Estado cometidos por homicianos.

Roberto Briceño-León

Fortaleza, Ceará, 2021

Fant

Parte I

Introducción. Tres tipos de letalidad policial

Roberto Briceño-León

Cuando el 25 de mayo de 2020 un policía colocó su rodilla sobre el cuello de George Floyd en las calles de la ciudad de Minneapolis, y la sostuvo allí durante varios minutos mientras el detenido gritaba que no podía respirar, ¿quién estaba actuando? En la rodilla que presionaba el cuello, ¿actuaba el funcionario policial o el Estado?

Un funcionario policial opera por delegación de una entidad abstracta llamada “la ley”, cuya aplicación le está encomendada y la ejerce un gobierno en representación del Estado. El Estado, para asegurar el pacto social en el cual funda su dominio, tiene la obligación de hacer cumplir la ley que expresa ese orden social y para poder lograrlo se apoya —entre otros factores— en una burocracia amplia que llamamos “policía”. Por lo tanto, la policía vendría a ser la expresión de ese Estado y de la ley que lo regula. La policía está autorizada a ejercer la violencia por delegación y puede aplicar la fuerza como una potestad que le delega el Estado, en las circunstancias y siguiendo los parámetros de uso proporcional de la fuerza establecidos por la ley.

Ahora bien: ¿quién ejerce la presión sobre el cuello que causa la muerte de George Floyd? ¿Es el policía que actuó en aquella calle, es la policía como organización que lo entrena y supervisa, o es el Estado que lo autorizó para estar en aquella calle y en aquellas funciones aquel día?

Pocos meses después del asesinato de George Floyd, llegó a un barrio pobre en las afueras de la ciudad de Caracas un grupo de alrededor de veinte funcionarios policiales. Era la madrugada del 11 de junio de 2020. El barrio está ubicado a los márgenes de la autopista que comunica Caracas con la zona costera, donde se encuentran el puerto y el aeropuerto que sirven a la ciudad. Los funcionarios tocaron o forzaron las puertas de varias viviendas. Vestían todos de negro y tenían las caras cubiertas con pasamontañas de igual color y mostraban amenazantes sus potentes armas de fuego. Las familias les preguntaron: “¿Qué pasa? ¿Qué buscan? ¿Cuál es la razón?”. No dieron explicaciones ni mostraron órdenes judiciales: simplemente esgrimieron sus armas como unas buenas razones para entrar y capturar a unos jóvenes a los que andaban procurando. Los encontraron en sus cuartos, los obligaron a vestirse y se los llevaron en sus carros. Eran cinco. Horas después, los familiares encontraron los cadáveres de los cinco jóvenes en la morgue de la ciudad. La policía informó que los habían matado en un enfrentamiento porque se habían resistido a la autoridad (González, 2020). Era lo habitual; desde 2017 se venían presentando situaciones similares, solo que en esta oportunidad había una circunstancia diferente.

La versión oficial ya se había difundido cuando la esposa de Wilmer Yánez, uno de los cinco muchachos fallecidos, denunció que su esposo no era ningún delincuente y que trabajaba como escolta de la ministra de Asuntos Penitenciarios. Contó que aquella madrugada el joven había argumentado en su defensa el trabajo que como escolta realizaba y su cercanía con la ministra, a quien diariamente cuidaba. Todo fue en vano. Se lo llevaron junto con los demás jóvenes a una zona boscosa cercana y allí los asesinaron. Horas después de la difusión del video de la esposa de Yánez por las redes sociales, la funcionaria aludida hizo una declaración pública y condenó la acción aberrante de los policías (“Que no quede impune”, 2020); el general que se desempeñaba como ministro de Interior y Justicia, por primera vez después de varios años de denuncias, pidió una investigación a fondo a través de su cuenta en Instagram (Reverol, 2020); y el fiscal general denunció el “uso desproporcionado de la fuerza” y las “inconsistencias” en las actas policiales que habían reportado las muertes como el resultado de un enfrentamiento (Saab: “Hubo uso desproporcionado de la fuerza”, 2020).

¿Quién mató a esos jóvenes aquella madrugada? ¿Fue una decisión privada de los funcionarios policiales o su actuación fue el resultado de una orden que habían recibido para eliminar a unos presuntos delincuentes?

La muerte de George Floyd en Minneapolis y la de Wilmer Yánez y sus cuatro vecinos en Caracas son la consecuencia de una acción letal de la policía en circunstancias que no ameritaban su aplicación. Pero, ¿son iguales, se corresponden acaso al mismo tipo de violencia policial?

Estas preguntas son importantes para entender lo que sucede con la violencia policial, poder diseñar políticas preventivas y ejercer acciones conducentes al control de la violencia policial.

Los estudios sobre violencia policial

Desde los años setenta del siglo pasado se ha desarrollado una importante línea de investigación sobre la violencia policial. Podemos interpretar que su expansión en América Latina estuvo asociada al surgimiento de la “criminología crítica”, la cual tuvo entre sus principales exponentes y propulsoras, en Venezuela, a la socióloga Rosa del Olmo (1981, 1990a, 1990b), desde la Universidad Central de Venezuela, y a Lolita Aniyar de Castro (1987), desde el Instituto de Ciencias Penales de la Universidad del Zulia. Por su parte, Eugenio Raúl Zaffaroni (1989,1993), en Argentina, llevó a cabo desarrollos teóricos críticos que permitieron sustentar el estudio de la acción criminal de la policía en el marco del derecho penal, mientras que, en Brasil, desde una perspectiva sociológica, Paulo Cesar Pinheiro (1991, 1997) analizó la relación entre la violencia policial y la transición de la dictadura a la democracia. En ese período surgieron, en los institutos de ciencias penales de las universidades públicas, varios equipos de investigación que empezaron a interrogarse sobre el rol de la policía en la vida social y el acontecer político y produjeron trabajos como los de Tosca Hernández (1986, 1989) sobre los operativos policiales y la ley de vagos y maleantes, y los de Francisco Delgado (1988) y Tamara Santos (1992), superando de este modo las visiones simplistas e ingenuas sobre la relación entre la policía y el derecho penal.

Posteriormente, la investigación se torna más específica: sobre la violencia policial en sí misma y sobre los componentes sociales y políticos que la motivan o permiten. La policía y sus modos de ejercicio de la fuerza formalmente legítima que debía ejercer se convirtieron en sí mismos en objeto de estudio y de denuncia, ejemplo de lo cual es el trabajo realizado por Liliana Ortega y Cofavic desde el “Caracazo”, en febrero de 1989, hasta la actualidad (Cofavic, 2005; Carrillo, Herrera & Ortega, 2016). En la academia venezolana diversos estudios dan muestra de esa tradición, tales como los realizados por Luis Gerardo Gabaldón junto a Christopher Birbeck (1990, 1996, 2002, 2003); Gabaldón (2007, 2013, 2019); Andrés Antillano (2006, 2007, 2009, 2010); Keymer Ávila (2019, 2020); Mark Ungar (2003, 2010) y Verónica Zubillaga y Rebecca Hanson (2018); así como nuestros trabajos sobre percepción ciudadana de la violencia policial (Briceño-León, Carneiro, Piquet & Cruz, 1999; Briceño-León, Camardiel & Ávila, 2006; Briceño-León, 2005, 2007, 2008). Un hilo común a estas contribuciones es que sus autores han procurado realizar una crítica descarnada a la violencia policial y al mismo tiempo formular propuestas para su contención.

A nivel latinoamericano también se aprecian una variedad y riqueza de perspectivas. En Brasil, los estudios de Kant de Lima (1995) e Ignacio Cano (2001, 2011; Magaloni & Cano, 2016) sobre las evidencias del exceso policial; los de Claudio Beato (1997; Beato & Paixao, 2016) y los de Michel Misse (2008, 2011a, 2011b) sobre los usos sociales de la violencia. En Chile, los trabajos de Hugo Frühling (2002, 2004, 2005) y Lucía Dammert (2007; Dammert & Bayley, 2005). Y, en Argentina, los de Máximo Sozzo (2008) y Juan Félix Marteau (2002), por citar tan solo unos pocos.

En los estudios sobre violencia policial, llamada unas veces “exceso”, otras “brutalidad” y otras “letalidad o violencia letal”, no hay una visión homogénea, pues unas veces se refieren al comportamiento de los policías individuales (Birbeck & Gabaldón, 2002), o incluso al componente de género de tal actuación, como es el caso de Genèvieve Pruvost (2007a; 2007b), que estudió las mujeres policías. En otras oportunidades, al funcionamiento de los cuerpos policiales, su cultura y las agrupaciones criminales que se forman dentro de los mismos, como en las investigaciones de Paul Chevigny (1991, 1995); y, en otros, a las políticas represivas de los gobiernos militares y las dictaduras (Pinheiro, 2000; Cruz, 2011).

El propósito de este texto introductorio es proponer una diferenciación entre tres formas de violencia policial, de modo tal de poder distinguir los actores, las situaciones y los tipos de racionalidad que hay detrás de cada una de ellas y, a partir de allí, delimitar el tipo de violencia particular al cual nos referimos en este libro.

Una clasificación de la violencia policial

Desde el punto de vista sociológico, los eventos de violencia policial debemos entenderlos en tres niveles distintos de acción social que no siempre coinciden ni actúan alineados a un mismo patrón, sino que pueden diferenciarse en sus modalidades de aplicación. Aunque en todos y cada uno de ellos se puede encontrar la aplicación de la violencia y la violación de los derechos de las víctimas, no son iguales.

La violencia policial la podemos diferenciar como una acción individual, como una acción grupal o como una política estatal. Son tres modos distintos de accionar que responden a tres niveles de análisis de la vida social, cuyas circunstancias y motivaciones son diferentes y responden a una racionalidad disímil. La violencia policial podemos clasificarla entonces de la siguiente manera:

a) La violencia individual, la cual puede ser interpretada de dos formas: como exceso o como abuso policial. En la primera modalidad hay un exceso en el cumplimiento de sus funciones, unas extralimitaciones que violan la ley y las condiciones en las cuales se establece que es legítimo el uso de la fuerza. En la segunda, se usa la investidura policial para cometer un delito; es decir, se abusa de la condición de funcionario para fines distintos a los que les están permitidos por la ley.

b) La acción grupal o violencia corporativa, en la cual los funcionarios policiales actúan en comandita para aplicar la ley por sus propias manos o para sacar provecho de su posición privilegiada.

c) La violencia del Estado, en la cual el propio gobierno quebranta el Estado de derecho y ordena aplicar la violencia como una manera de reducir las amenazas y conservar su orden y poder.

Estas diferencias se expresan además en siete dimensiones: los detonantes del inicio de la violencia; los orígenes de los eventos violentos; el conocimiento y vínculo de la víctima y del victimario policial; el tiempo transcurrido para la decisión del pasaje al acto violento; los marcos de referencia temporales de la acción y la racionalidad implicada. Veamos a qué se refiere cada una de estas dimensiones de la violencia policial y cuáles son los rasgos que las diferencian.

Los detonantes de la violencia

En los casos de exceso policial, la violencia ocurre en medio de un encuentro inesperado, en el cual se desencadena la interacción que conduce al uso desproporcionado de la fuerza. Puede que haya existido una respuesta violenta por parte de la víctima, o que haya opuesto alguna resistencia o mostrado una intencionalidad de huir de la autoridad policial. Las situaciones pueden ser diferentes; sin embargo, en estos casos se presume que el funcionario está autorizado al uso de la fuerza, solo que se excede y por lo tanto quebranta la ley, pues incumple con los procedimientos establecidos. Un caso muy evidente es el del delincuente que se da a la fuga y el funcionario policial le dispara por la espalda para evitar que se escape. En esos casos, aunque el funcionario esté acompañado de otros policías, su decisión es individual y se originó al fragor del momento, de la interacción. Existe la posibilidad de que, por detrás de ese exceso momentáneo, existan prejuicios culturales o raciales, o actitudes violentas del funcionario policial; todo eso es posible, pero lo que nos interesa destacar y que es determinante para que los hechos caigan dentro de esta categoría analítica es que no haya habido premeditación ni selección previa de la víctima.

Algo diferente ocurre en los casos de abusos, en los cuales la violencia policial individual es el resultado de una decisión previa y se busca su ocurrencia; es decir, que hay abusos cuando los eventos se inician en frío. El funcionario policial piensa y planifica la actuación y la ejecuta con posterioridad. En esas actuaciones cabe una amplia gama de motivaciones o razones: desde la venganza personal del individuo, que lo lleve a resolver las rencillas y conflictos propios con la cobertura de su identidad policial, hasta su participación como sicario contratado al servicio de las venganzas y los odios de otros. También puede estar orientado por unos propósitos racionales, como su decisión de transformarse en vengador social y convertirse en juez y verdugo al mismo tiempo, y de ese modo corregir los entuertos legales y aplicar la sanción por mano propia. En los funcionarios policiales hay una tendencia a confundir su rol como instrumentos de la ley y su decisión de ser ellos la ley en sí mismos. Sean cuales fueren los motivos, dentro de esta categoría la violencia no deriva de la emotividad del momento interactivo, sino de un evento y una decisión provenientes del pasado. Por eso es abuso y no simple exceso.

En los casos de violencia corporativa o violencia del Estado, la situación es similar. Los eventos se inician en frío, son buscados por el grupo de policías o por los enviados de los gobiernos, quienes ejecutan una decisión previamente tomada.

Los orígenes del evento violento

Como consecuencia de lo anterior, es posible derivar que en el caso del exceso policial la violencia irrumpe en el momento, se encuentra. En los casos de abuso policial, así como en la violencia corporativa o del Estado, sucede de otro modo, pues el evento se busca, se planifica, se fabrica. Podemos decir que en esos casos se trata de un evento artificial e implantado con alevosía por sus ejecutores. Las formas de producir el evento, sin embargo, difieren en cada uno de estos tipos. En el abuso policial, la decisión y planificación del evento son individuales; en el caso de la violencia corporativa, son decisiones del grupo policial —puede que la iniciativa la tenga un funcionario o el líder del grupo, pero la dinámica de construcción del evento responde a los hábitos y rituales formales e informales del grupo policial—. En el caso de la violencia del Estado, el evento de igual manera se provoca y los ejecutores son solo eso: operadores para la ocurrencia de un evento que sobreviene por decisión ajena.

El conocimiento y vínculo de la víctima y del victimario policial

Los niveles de conocimiento de las víctimas también cambian de acuerdo con los tipos de violencia. En el exceso policial, la víctima es, por lo general, desconocida: su primer contacto y conocimiento personal ocurre al mismo tiempo que se da el encuentro. En el caso del abuso policial, la víctima es conocida personalmente por el policía victimario y es muy probable que en alguna circunstancia de ese conocimiento previo se encuentre la explicación de la violencia posterior. En la violencia policial corporativa, la víctima es conocida por el grupo de funcionarios o por la corporación policial, pero las razones del conocimiento son corporativas, no individuales de los policías. Puede que se trate de una persona que agredió o asesinó a un policía y el colectivo de los policías decide tomar venganza y castigar al agresor por su propia cuenta. Los participantes en la acción punitiva pueden no conocer a la víctima de manera personal, pero saben que fue el autor de la ofensa que sufrieron como colectivo policial y quieren tomar venganza o dar un escarmiento. El conocimiento previo de la víctima es entonces corporativo, no individual. La violencia del Estado tiene un patrón similar al corporativo, en el sentido de que la víctima no es conocida por los individuos ejecutores, pero en este caso tampoco lo es por la corporación policial: es conocido por el poder político y puede tratarse de una persona individual o de una categoría social, de un conjunto de individuos que tienen unos rasgos comunes y que representan una amenaza al poder del Estado: delincuentes, subversivos, comunistas, contrarrevolucionarios, fascistas, izquierdistas, derechistas… Los signos ideológicos pueden variar, pero el mecanismo es similar, pues las víctimas son conocidas políticamente; su individualidad es apenas una circunstancia necesaria para el procedimiento.

En el exceso policial, no hay vínculo personal entre la víctima y el victimario; cuando se trata del abuso policial, lo hay o al menos hubo una vinculación personal en el pasado que desencadena la violencia posterior. En la violencia corporativa, el vínculo que une a víctima y victimario es grupal, existe con la organización policial o con un grupo de funcionarios como una entidad colectiva; no es una afrenta personal la que se lava, sino la identidad colectiva. Y, en la violencia del Estado, no hay vínculos personales tampoco, sino políticos, de conservación del poder o del prestigio.

El tiempo transcurrido para la decisión del pasaje al acto violento

El tiempo que transcurre entre el momento en el cual se piensa en una acción —como disparar, por ejemplo— y el momento en el cual esa acción se materializa y se aprieta el gatillo del arma puede variar notablemente, pueden ser segundos o meses. Por ello el tiempo es de utilidad para comprender los diferentes tipos de violencia policial. El tiempo que separa ambos momentos es el que permite a los actores reflexionar y decidir si la intención posible se puede transformar en un acto real; es el momento en el cual se produce la concreción de la idea en realidad; es lo que llamamos el pasaje al acto.

En el caso del exceso policial, ese tiempo pueden ser segundos. Cuando un policía se encuentra de frente con un delincuente armado que lo apunta, su respuesta tiene que ser inmediata; no tiene mucho tiempo para pensar, apenas el mínimo para esquivar al adversario o responderle y disparar el arma en su defensa. Algo muy distinto ocurre cuando unos funcionarios de policía deciden por su cuenta convertirse en un grupo de exterminio y vengar la muerte de un compañero; allí hay días para compartir la idea y urdir su aplicación. Y muchos más días o meses hay entre el momento cuando en un ministerio o una gobernación se decide instrumentar una política de “mano dura” y tomar las medidas organizativas para formar un cuerpo especial dedicado a “dar de baja” a los delincuentes o enemigos políticos; o se emiten decretos para establecer premios pecuniarios para los que se destaquen en esa labor, así como se decide el momento en el cual esas políticas han de implementarse y los actos violentos han de ocurrir.

El reducido o extenso lapso temporal que hay entre un momento y otro nos permite interpretar la naturaleza de la decisión de pasar al acto. En los casos de exceso policial, esa decisión es estrictamente personal y eventual: es el individuo el que interpreta aquella situación particular y responde de acuerdo con su entrenamiento y con su psicología personal; en esos instantes al policía se le cruza por la mente lo que establece el reglamento, como el deber por cumplir, y los temores o la agresividad que advienen con la adrenalina del momento. Cuando hay abuso policial, el pasaje al acto es diferente, pues, aunque la decisión es también individual, no es eventual sino es planeada, y esa planificación es posible porque hay tiempo abundante, horas o semanas, desde cuando se decide actuar y cuando se planifica y ejecuta la acción. En la violencia corporativa, la decisión del pasaje al acto es grupal, es del colectivo policial, de la complicidad que entre compañeros de labores y riesgos se establece y que los lleva a ser solidarios en una acción común. Si bien puede participar en la decisión algún jefe, se trata de un consentimiento, no de una orden, pues, si fuese una orden, deberíamos incluirla en la siguiente modalidad, que es la violencia del Estado. En la violencia del Estado, el pasaje al acto lo puede decidir una autoridad gubernamental, a nivel local o nacional, pero se transforma en lo que Bourdieu (2012) llama un “acto de Estado”. El pasaje al acto ocurre cuando una decisión política autoriza o exige, de manera abierta o encubierta, que sea aplicada la violencia policial como una herramienta apropiada para actuar con mano dura en aquellas circunstancias históricas determinadas. No son los policías como individuos quienes deciden; a veces ni siquiera los jefes de las policías, sino que es el poder político del Estado el que decide pasar al acto violento.

El marco de referencia temporal de la acción violenta

Cada uno de los tipos de violencia se encuadra en un marco temporal diferente: unos pueden responder a sombras del pasado, otros al presente y un tercero a representaciones y metas proyectadas hacia el futuro. En el exceso policial, la actuación está circunscrita al presente y, la mayoría de las veces, a la instantaneidad de un presente; es en los minutos en los cuales ocurre el encuentro cuando se responde en el presente al presente mismo. En el abuso policial, el marco temporal de actuación es el pasado: lo que se hace en el presente responde a una historia individual pasada que conduce al resentimiento; es un odio personal pretérito el que desencadenará la violencia. En el caso de la corporación policial, la violencia también responde a una situación pasada. Unas veces pueden ser identitarias, como cuando se trata de darle un castigo a quien agravió a algún miembro de ese grupo y, de ese modo, ofendió al colectivo. Otras son más mercantiles y pueden ocurrir cuando los actores de los negocios ilícitos les dejan de pagar lo acordado a los funcionarios para que no actúen contra sus negocios. En cualquier caso, en las dos situaciones descritas, el marco temporal de la acción se ubica en el pasado. Algo totalmente diferente ocurre cuando se trata de la violencia del Estado, pues en ese caso el marco temporal de la acción no es ni el pasado ni el presente, sino el futuro. Son actos violentos que se ejecutan buscando un resultado futuro que garantice el sometimiento al poder y al orden, al dominio que se quiere imponer o defender. Los actos presentes, que se ordenan y ejecutan en el presente, tienen como propósito un resultado futuro, son actos políticos destinados a la conservación del poder en el porvenir.

Racionalidad de la acción

Las racionalidades que en cada caso se aplican, en el sentido weberiano, son también diferentes. En la violencia resultado del exceso policial, la razón que justifica la aplicación de la fuerza es pública, pero el exceso es privado. El policía está autorizado por el Estado para usar ciertos procedimientos para su defensa y para hacer cumplir la ley, pero el exceso en la aplicación de la fuerza es una decisión personal, del momento, y que se puede originar en las fallas en su entrenamiento o en sus actitudes individuales, como agresividad o racismo. En el caso del abuso policial no hay razón pública, no se corresponde con los deberes que debe cumplir o con los privilegios que se le han otorgado para el ejercicio de su función; se trata de una deformación de esos deberes y privilegios para realizar una acción fuera de la ley y que tiene su origen en sus intereses privados.

La racionalidad de la violencia de los cuerpos policiales responde a una lógica corporativa, lo cual al final es una racionalidad privada, pero no individual sino colectiva de esa organización que, aunque tiene funciones públicas, estas en ese momento se pervierten para darle paso una actuación violenta privada, sea para conseguir objetivos delictivos o sea para excederse en la aplicación de la ley al tomar la justicia por sus propias manos. En el caso de la violencia del Estado la racionalidad es pública, se hace para preservar un dominio y un orden político y social; lo singular es que se aplica con los fines públicos, pero no se usan los medios legales establecidos en el Estado de derecho, sino que se aplica la fuerza de la ley sin la ley. No es la violencia legítima del Estado, sino la violencia desnuda del poder de facto, sin legalidad ni legitimidad.

Las explicaciones de las diferencias entre los tres tipos de violencia policial

Las relaciones entre las policías y la sociedad son muy complejas (Bayley, 1985; Kappeler & Schaefer, 2018) y la explicación para los distintos tipos de violencia debe hacerse de acuerdo con los niveles sociales en los cuales se ejecuta y que hemos trabajado: el individuo, el grupo y el Estado.

En el exceso policial hay dos circunstancias que deben considerarse de manera conjunta: la primera es el policía como individuo, como persona, con sus rasgos singulares, que son determinantes desde el momento mismo de su escogencia profesional hasta su actuación diaria; y la segunda es el entrenamiento que recibe para el desempeño de su labor. A nivel del individuo, los rasgos psicológicos personales se combinan con unos patrones aprendidos en esa sociedad, unos estereotipos negativos de las personas con las cuales interactúa y que lo llevan a un comportamiento sesgado hacia otros, sea por su nacionalidad —pues son extranjeros—; por su etnicidad —son árabes o gitanos—; por su color de piel —son negros o chinos—; por su vestimenta —son raros—; por su estrato social —son pobres—.

En cuanto al entrenamiento recibido, en teoría al candidato a funcionario policial se le realizan unas pruebas psicológicas que deben condicionar su aceptación, pruebas similares o más estrictas que el examen psicológico que se les exige a los ciudadanos que solicitan un porte de armas. Con la interpretación de los resultados de estas pruebas hay, sin embargo, una dimensión conflictiva, porque la agresividad o la osadía que muestre un candidato a policía puede ser un buen atributo para el ejercicio del oficio; es difícil pensar que se seleccione como policía a un candidato tímido y miedoso o con aversión a la violencia, pues se requieren individuos capaces de enfrentar situaciones estresantes y potencialmente peligrosas. Lo que se supone es que el entrenamiento debe moldear esos rasgos y enseñárseles a diferenciar las situaciones en las cuales es posible aplicar la fuerza y en cuáles no, y la manera proporcional como deben usarla al interpretar los riesgos de cada situación.

En el abuso policial la dimensión es estrictamente cultural: depende de los valores del individuo, de su manera de resolver conflictos personales, de su sentido de la norma y de su obligación de someterse a la ley. En estos casos no importa cuán buenos hayan sido los entrenamientos ni la perspicacia personal para saber dimensionar los riesgos, ni tampoco los conocimientos que tenga del reglamento sobre el uso proporcional de la fuerza. En estos casos se imponen las valoraciones individuales y la aceptación de las normas culturales de su medio social. El hombre policía que considera una humillación a su honor personal y familiar la seducción de su hija por un joven picaflor y decide que debe matarlo para lavar la afrenta y para ello se vale de su condición de policía lo hace a conciencia, anteponiendo a la ley su valoración cultural del honor.

En la violencia policial corporativa son otros factores grupales los que actúan como determinantes. En los cuerpos policiales las normas de las rutinas de actuación tienen una versión formal y oficial y otra práctica e informal que no necesariamente se corresponde con las leyes ni los reglamentos, pero que, como en todo grupo social, tiene una fuerza muy poderosa sobre los comportamientos (Chan,1996; Fassin, 2011). En el cumplimiento de su trabajo el funcionario policial se mueve entre dos tensiones, pues su actuación será juzgada por dos pautas diferentes: por un lado, por las leyes y los reglamentos, que son representados por sus supervisores o por los jueces penales; y, por el otro, por los códigos implícitos de comportamiento que hay entre los funcionarios policiales y que rigen al grupo en lo interno. En definitiva, la fuerza del grupo termina imponiéndose, pues representa la búsqueda de su supervivencia.

La cultura informal del grupo policial se forma y trasmite entre los “compañeros” de trabajo (Pruvost, 2007b; Paoline, 2003). En la casi totalidad de las operaciones, los policías deben actuar en grupo; de hecho, por lo regular les prohíben actuar en solitario, las rutinas de vigilancia son en parejas, las respuestas a los eventos son en grupos y, por lo tanto, la seguridad y la vida misma del policía dependen del apoyo y auxilio de su compañero. De allí la relevancia de su lealtad al grupo y a las reglas de solidaridad que se establezcan, que son de apoyo mutuo y que pueden derivar también en complicidad.

La manera como se construye esa complicidad es diversa y forma parte de los mecanismos de socialización informal. En los tipos de organización policial que responden a un modelo militar y donde los funcionarios deben estar días acuartelados y, por lo tanto, pernoctar en las dependencias oficiales, tiende a desarrollarse un tipo de fraternidades más propensas a la violencia o a la ilegalidad que cuando regresan a sus casas a dormir luego de las jornadas laborales, pues en los dormitorios se forman grupos de amigos que se convierten en cofradías y pueden derivar en bandas internas.

En la violencia corporativa algunos autores sostienen que se hace un bypass de la legalidad, y esto es cierto: la ley formal se deja a un lado; lo que ocurre es que hay normas de la institucionalidad informal que ocupan su lugar y que son tan o más importantes que la ley (Assis, 2020).

Esta violencia corporativa puede ser incentivada por políticas del Estado que tienden a favorecer los actos violentos. Las metas que a veces establecen los gobiernos para realizar detenciones o eliminar a delincuentes considerados peligrosos o molestos, o las premiaciones que hacen en los cuerpos policiales por realizar actos de “bravura” —como ocurrió en Brasil, donde además se establecían recompensas pecuniarias por tales comportamientos letales de los funcionarios— sin duda fomentan la violencia policial corporativa (Governo do Estado do Rio de Janeiro, 1995).

El último tipo de violencia policial responde a la lógica del Estado y al modelo de gobierno que exista. Esto es, al nivel de sometimiento que tenga ese gobierno al Estado de derecho o a su capacidad para violentarlo, incumplirlo y a su disposición o capacidad para instaurar una institucionalidad paralela al Estado de derecho establecido en esa república, o a desvirtuar la ley y convertirla en apenas una forma moldeable a voluntad de los gobernantes.

Conclusión

La muerte de George Floyd encaja claramente en la violencia individual resultante de un exceso cometido por el funcionario, y así fue establecido por los tribunales que prontamente lo condenaron a casi dos décadas de prisión. La evidencia de una grabación que mostraba el momento de la acción letal del policía, la existencia de medios de comunicación independientes que permitieron su amplia difusión, la indignación que esa muerte causó en la población que protestó y la existencia de una democracia con separación de poderes y unos tribunales autónomos impidieron la impunidad. La muerte de Wilmer Yánez y de los otros cuatro jóvenes es una violencia del Estado, que fue el que ordenó tanto el operativo policial como la aplicación de las políticas que la fiscal general destituida por la Asamblea Nacional Constituyente llamó en su informe “de exterminio” (Ministerio Público, 2017). La impunidad y el silencio se mantienen en ese caso, como en los miles más de ejecuciones extrajudiciales que han ocurrido desde el año 2015, pues, aunque hay voces que denuncian y hay protestas que reclaman por justicia y castigo, no hay tribunales independientes, ni separación de poderes, ni democracia que aseguren el castigo. Y al final los culpables no serán los funcionarios que aquella noche actuaron como sicarios, sino el gobierno con sus políticas; será responsabilidad de acción y omisión del Estado, tal como lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en uno de los casos juzgados (CIDH, 2021).

A pesar de que la clasificación tipológica de la violencia policial que hemos construido es bastante amplia e inclusiva, hay casos confusos o donde se superponen las violencias. Cuando, en medio de una operación de violencia ordenada por el Estado, unos policías toman iniciativas propias y se aprovechan de la acción pública para cometer crímenes privados, se dan los dos tipos: el Estado permitió la ocasión y otros la aprovecharon privadamente. Hay casos que fueron reportados como formando parte de los operativos del Estado llamados OLP —Operaciones de Liberación del Pueblo—, que luego se supo que realmente fueron acciones de violencia corporativa, o hasta individual, de abuso para resolver problemas privados. El reconocimiento a los atos de bravura y la premiación pecuniaria establecidos en Brasil eran una política de Estado, pero su expresión fue corporativa y estimuló la violencia, pues el incentivo ofrecido les permitía a los funcionarios duplicar sus ingresos mensuales (Governo do estado do Rio de Janeiro, 1995). Hay una responsabilidad de los funcionarios que actuaron, así como del organismo policial que la avaló, pero la hay sobre todo del Estado que instauró, ordenó y legitimó la política que hizo posibles las acciones extrajudiciales de la violencia policial.

El propósito de este libro se centra en la violencia policial como una política del Estado, no como un exceso, no como un abuso, no como una acción corporativa, sino como una acción planificada y ordenada por el gobierno, que cumple con un patrón de actuación que se repite sistemáticamente y que constituye una violación flagrante de los derechos humanos de la población venezolana: son sicariatos de Estado ejecutados por homicianos.

Referencias

Aniyar de Castro, L. (1987). Criminología de la liberación. Maracaibo: Universidad del Zulia.

Antillano, A. (2006). “La policía en Venezuela. Una breve descripción”. S. El Achkar y L.G. Gabaldón (eds.). Reforma policial. Una mirada desde afuera y desde adentro, pp. 133-138. Caracas: Conarepol.

Antillano, A. (2007). “Estudios sobre la policía en Venezuela”. L.G. Gabaldón y A. Antillano (eds.). La policía venezolana. Desarrollo institucional y perspectivas de reforma al inicio del tercer milenio. Tomo I. Caracas: Conarepol.

Antillano, A. (2009). “Abriendo la caja negra. Características y funciones latentes de la policía venezolana”. Capítulo Criminológico, 37(1), 103-32.

Antillano, A. (2010). “¿Qué conocemos de la violencia policial en Venezuela? Las investigaciones e hipótesis sobre el uso de la fuerza física por la policía”. Espacio Abierto, Cuaderno Venezolano de Sociología, 9(2), 331-345.

Assis Machado, M. R. (2020). “The pacifying police units in Rio de Janeiro: a bypass of what?”. Journal of Institutional Studies-Revista Estudos Institucionais, 6(2), 737-750.

Ávila, K. (2019). “Construcción de indicadores sobre el uso de la fuerza letal en Venezuela”. Utopía y praxis latinoamericana. Revista Internacional de Filosofía y Teoría Social. 24(2). https://www.produccioncientificaluz.org/index.php/utopia/article/view/27430

Ávila, K. (2020). “Dan más balas de las que reciben. Uso de la fuerza letal en la Venezuela post-Chávez”. Revista Crítica Penal y Poder, n.° 20, 311-344.

Bayley, D. (1985). Patterns of Policing: A Comparative International Analysis. New Brunswick, NJ: Rutgers University Press.

Beato, C. y A. Paixao (1997). “Crimes, vítimas e policiais”. Tempo Social, 9(1), 233-248.

Beato Filho, C. & Ribeiro, L. (2016). “Discutindo a reforma das polícias no Brasil”. Civitas, 16(4), 174-204.

Birbeck, C. & Gabaldon, L. G. (2002). “La disposición de agentes policiales de usar fuerza contra el ciudadano”. R. Briceño-León (comp.). Violencia, sociedad y justicia en América Latina, pp. 229-244. Buenos Aires: Clacso.

Bourdieu, P. (2012). Sur l’État. Cours au Collège de France 1989-1992. París: Seuil et Raisons d’agir.

Briceño-León, R. (2005). « Gibt es ein polizeiliches auf Töten? Unterstützung der Bevölkrung für Polizeiwalt in Caracas » / “¿Tiene la policía derecho a matar? El apoyo ciudadano a la violencia policial en Caracas”. Lateinamerika Analysen, vol 12, 89-100.

Briceño-León, R. (2007). La policía y su reforma en Venezuela. URVIO, Revista Latinoamericana de Seguridad (Flacso, Ecuador), n.° 2, 164-172.

Briceño-León, R. (2008). Sociología de la violencia en América Latina. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Flacso.

Briceño-León, R., Camardiel, A. y Ávila, O. (2006). “Attitudes Toward the Right to Kill in Latin American Culture”. Journal of Contemporary Criminal Justice, 22(4), 303-323.

Briceño-León, R., Piquet Carneiro, L. & Cruz, J. M. (1999). “O apoio dos cidadãos à ação extrajudicial da policia no Brasil, em El Salvador e na Venezuela”. D. Chaves Pandolfi, J. Murilo de Carvalho, L. Piquet Carneiro & M. Grynzpan (eds.). Cidadania, Justiça e Violencia, pp. 117-127. Rio de Janeiro: Editora da Fudação Getulio Vargas.

Cano, I., & Santos, N. (2001). Violência letal, renda e desigualdad social no Brasil. Rio de Janeiro: 7 Letras.

Cano, I. & Duarte, T. (2011). “Práticas do Exterminio: O papel das milicias no Rio de Janeiro”. C. Barreira, L. Sá & J. de Aquino. Violência e dilemas civilizatorios. As praticas de punicão e extermínio, pp. 59-77. Campinas: Pontes Editores.

Carrillo, C., Herrera, C. & Ortega, L. (2016). “Función policial e institucionalidad en Venezuela”. Briceño-León (coord.). Ciudades de vida y muerte. La ciudad y el pacto social para la contención de la violencia, pp. 283-316. Caracas: Editorial Alfa.

Chan, J. (1996). “Changing police culture”. British Journal of Criminology, 36(1), 109-134.

Chevigny, P. G. (1991). “Police deadly force as social control: Jamaica, Brazil and Argentina”. Martha K. Huggins (ed.). Vigilantism and the State in modern Latin America, pp. 189-218. Nueva York: Praeger.

Chevigny, P. G. (1995). Edge of the knife: Police violence in the Americas. New York: New Press.

Cofavic (2005). Los grupos parapoliciales en Venezuela. Caracas: Autor.

Conarepol (2007). Recomendaciones generales de la Comisión Nacional para la Reforma de la Policía. Caracas: Autor.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2021, junio 3). Caso Guerrero, Molina y otros vs. Venezuela. Sentencia. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_424_esp.pdf

Cruz, J. M. (2011). “Criminal Violence and Democratization in Central America: The Survival of the Violent State”. Journal of Latin American Politics and Society, 53(4), 1-33.

Dammert, L. & Bailey, J. (2005). Seguridad y reforma policial en las Américas. México: Siglo XXI Editores.

Dammert, L. (2007). Perspectivas y dilemas de la seguridad ciudadana en América Latina. Quito: Flacso.

Del Olmo, Rosa (1981). América Latina y su criminología. México: Siglo XXI.

Del Olmo, R. (1990a). Segunda ruptura criminológica. Caracas, Universidad Central de Venezuela.

Del Olmo, R. (1990b). “Violencia policial en las calles de Caracas”. R. del Olmo (ed.). Segunda ruptura criminológica, pp. 7-41. Caracas: Universidad Central de Venezuela.

Delgado, F. J. (1988). Inseguridad ciudadana en Venezuela. Una perspectiva crítica del control social. Maracaibo: Universidad del Zulia, Instituto de Criminología.

Fassin, D. (2011). La force de l’ordre. Une anthropologie de la police des quartiers. París: Seuil.

Frühling, H. (2002). “Policía y sociedad: tres experiencias sudamericanas”. Renglones n.o 51, 23-35.

Frühling, H. & Candina, A. (2004). Participación ciudadana y reforma policial en la Policía de América del Sur. Santiago de Chile: Centro de Estudios del Desarrollo.

Frühling, H. (2005). “La reforma de la policía y el proceso de democratización”. H. Frühling, J. S. Tulchin & H. A. Golding (eds.). Crimen y violencia en América Latina. Bogotá: Fondo de Cultura Económica.

González, E. (2020, junio 12). Por primera vez Reverol pide investigar una masacre de las FAES. Proiuris. https://www.proiuris.org/?p=60283

Kant de Lima, R. (1995). A policia da cidade de Rio de Janeiro. Seus dilemas e paradoxos. Rio de Janeiro: Forense.

Kappeler, V. & Schaefer, B. P. (2018). The Police and Society. Illinois: Waveland Press.

Gabaldón, L. G. (2007). “La función policial: aproximación a un concepto”. L. G. Gabaldón & A. Antillano (eds.). La policía venezolana. Desarrollo institucional y perspectivas de reforma al inicio del tercer milenio, tomo II, pp. 259-64. Caracas: Comisión Nacional para la Reforma Policial- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.

Gabaldón, L. G. (2013). “La reforma policial en Venezuela. Lecciones aprendidas e implicaciones para las políticas públicas de seguridad ciudadana”. Espacio Abierto. Cuaderno Venezolano de Sociología. 22(3), 667-679.

Gabaldón, L. G. (2019). Riesgo y disposición hacia el uso de la fuerza física por parte de la policía: una evaluación actitudinal en el medio latinoamericano. Utopía y Praxis Latinoamericana. 24(2), pp. 270-280.

Gabaldón, L.G., Benavides, D. & Parra, Y. (2007). “Victimización delictiva y percepción de la policía en la policía venezolana”. L. G. Gabaldón & A. Antillano (eds.). La policía venezolana. Desarrollo institucional y perspectivas de reforma al inicio del tercer milenio. Tomo I, pp. 307-342. Caracas: Conarepol.

Gabaldón, L. G., Birkbeck, C. & Bettiol, D. (1990). La policía en el vecindario. Mérida: Centro de Investigaciones Penales y Criminológicas, Universidad de Los Andes.

Gabaldón, L. G. & Birkbeck, C. (1996). “Estatus social, comportamiento ciudadano y violencia policial: una evaluación actitudinal en policías venezolanos”. Capítulo Criminológico. 24(2), 229-243.

Gabaldón, L.G. y Birkbeck, C. (2003). Policía y fuerza física en perspectiva intercultural. Caracas: Ediciones Nueva Sociedad.

Governo do Estado do Rio de Janeiro (1995, novembro 8). Concede premiação em pecúnia, por mérito especial, nas hipóteses que menciona e dá outras providências. Decreto n.º 21.753. https://gov-rj.jusbrasil.com.br/legislacao/91128/decreto-21753-95

Hernández, T. (1986). “Los operativos ‘extraordinarios’ en Venezuela: dos acercamientos reflexivos al problema”. Capítulo Criminológico. 14, pp. 1-26.

Hernández, T. (1989). Del mal necesario al bien indeseable: operativos policiales y delincuencia en Venezuela (1958-1986). Caracas: Universidad Central de Venezuela.

Magaloni, B. & Cano, I. (2016). Determinantes do uso da força policial no Rio de Janeiro. Rio de Janeiro: Editora UFRJ.

Marteau, J. F. (2002). “Azul casi negro: la gestión policial en Buenos Aires. Notas para una política democrática”. R. Briceño-León (ed.). Violencia, sociedad y justicia en América Latina, pp. 77-116. Buenos Aires: Clacso.

Ministerio Público (2017). Actuaciones del Ministerio Público relacionadas con las OLP en Venezuela (julio 2015-marzo 2017). Caracas: Autor.

Misse, M. (2008). “Sobre a acumulação social da violência no Rio de Janeiro”. Civitas-Revista de Ciências Sociais, 8(3), 371-385.

Misse, M. (2011). “A categoria ‘bandido’ como identidade para o extermínio: Algunas notas sobre a sujeição criminal a partir do cso do Rio de Janeiro. C. Barreira, L. Sá & J. de Aquino. Violência e dilemas civilizatorios. As praticas de punicão e extermínio (p.p. 31-58). Campinas: Pontes Editores.

Misse, M. (2011). “Autos de resistência”: uma análise dos homicídios cometidos por policiais na cidade do Rio de Janeiro (2001-2011). Rio de Janeiro: Universidade Federal do Rio de Janeiro.

Paoline, E. (2003). “Taking Stock: Toward a Richer Understanding of Police Culture”. Journal of Criminal Justice, 31(3), 199-214.

Pinheiro, P. S. (1997). “Violencia, crimen e sistemas policiais em países de novas democracias”.Tempo Social, 9(1), 43-52.

Pinheiro, P. S. (2000). “Democratic Governance, Violence, and the (Un)Rule of Law”. Daedalus, 129(2), 119-143.

Pinheiro, P. C., Izumino, E. A. & Jamikiak, M. C. (1991). “Violência Fatal: Conflitos policiais em São Paulo (1981-1989)”. Revista da USP, 95-112. DOI: https://doi.org/10.11606/issn.2316-9036.v0i9p95-112

Pruvost, G. (2007a). “La dynamique des professions à l’épreuve de la féminisation: l’ascension atypique des femmes commissaires”. Sociologie du travail, 49(1), 84-99.

Pruvost, G. (2007b). Profession: policier. Sexe: feminin. París: Editions de la Maison des sciences de l´homme.

«Que no quede impune»: Esto solicitó Iris Varela al MP tras sucesos en El Limón. (2020, junio 14). Iguana TV. https://www.laiguana.tv/articulos/750961-el-limon-iris-varela-impunidad/

Reverol, N. [@reverolnestor] (2020, junio 12). Atención: Tras un hecho irregular suscitado en el sector El Limón, de la carretera vieja Caracas-La Guaira… https://www.instagram.com/p/CBVkSvDpzmb/

Saab: Hubo uso desproporcionado de la fuerza en el procedimiento en el que ultimaron al escolta de Iris Varela (2020, junio 15). El Nacional. https://bit.ly/3j723SQ

Santos, T. (1992). Violencia criminal y violencia policial en Venezuela, signos de una frustrada modernización. Maracaibo: Instituto de Criminología Universidad del Zulia.

Sozzo, M. (2008). Inseguridad, prevención y policía. Quito: Flacso.

Ungar, M. (2003). La policía venezolana. El camino peligroso de la politización. Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, 9(3), 205-229.

Ungar, M. (2010). Policing democracy: Overcoming obstacles to citizen security in Latin America. Baltimore, MD: Johns Hopkins University Press.

Zaffaroni, E. R. (1989). En busca de las penas perdidas. Buenos Aires: Ediar.

Zaffaroni, E. R. (1993). Muertes anunciadas. Bogota: Temis.

Zubillaga, V. & Hanson, R. (2018). “Del punitivismo carcelario a la matanza sistemática. El Avance de los operativos militarizados en la era post-Chávez”. Revista M, 3(5), 32-55.

Homicianos

Roberto Briceño-León

“¡Llegaron los de negro!”, alertó la señora mientras terminaba de barrer el frente de su casa. Gritaba fuerte, desaforada, para todos y para nadie. Era casi una exclamación al cielo.

Rondaban las diez de la mañana y el sol ya calentaba inclemente las calles de Maracay. Aun así, los hombres se bajaron de las camionetas con la rigurosa negrura de su uniforme y su armamento empuñado. La mayoría llevaba un pasamontañas negro que ocultaba su rostro y les debía quemar la piel y hacer sudar.

Mientras avanzaban en la calle del barrio, se sentía el calor que transpiraba el cuerpo ajeno; y, sobre todo, el miedo que inspiraban se expandía por las aceras.

De inmediato, los vecinos cautelosos entraron a sus casas. Los curiosos y audaces salieron y se asomaban en las puertas o se aventuraban al borde de la calle. Unas mujeres con sus niños que no habían ido a la escuela se quedaron paralizadas en medio del asfalto, como figuras petrificadas ante el amenazador espectáculo.

El que parecía ser el jefe y encabezaba la procesión llevaba el rostro descubierto y avanzaba escoltado por dos hombres con sus ametralladoras empuñadas y vigilantes. A mitad de la calzada, irguió su pecho y vociferó con altanería: “¡Llegó la muerte!”.

***

Los operativos de las FAES se habían estado realizando en las madrugadas. Llegaban a oscuras, rodeaban y entraban a una casa, acordonando antes el vecindario. Pero desde hacía unos meses habían cambiado la modalidad y ahora llegaban a plena luz del día, como si no les importara que los vieran; o, a veces, parecía como que más bien pretendían que observaran su faena.

Los ejecutables

A todos los hombres jóvenes los habían agolpado en una de las calles. Estaban sentados en el piso o acuclillados, se miraban entre ellos y prestaban atención a las órdenes que daban los funcionarios policiales. Los carros de la policía habían llegado muy temprano y los funcionarios habían bloqueado las calles de acceso a la zona.

De las casas empezaron a salir los jóvenes empujados por las policías y las voces familiares que se interrogaban por las razones del operativo preguntaban con gritos: “¿Qué pasa, a quién buscan?”. Nadie respondía a las preguntas, solo sacaban a los hombres a empujones. Las mujeres debían quedarse dentro de sus casas, pero muy pocas le hacían caso a la orden: la mayoría aguardaba pendiente en las puertas o en los improvisados porches que protegen del sol y la lluvia a la entrada de las casas humildes de este sector periférico de Barquisimeto. De pronto, uno de los oficiales de policía, el mismo que daba órdenes y dirigía el operativo, levantó de nuevo la voz y preguntó: “¿Quién de ustedes tiene antecedentes policiales? Que levante la mano”.

De la parte trasera del grupo, un joven levantó tímidamente la mano. Había decidido ser sincero y contó que había estado preso y ya había salido de la cárcel. La policía no sabía quién era, pero aun así lo separaron del grupo y se lo llevaron en uno de los carros oficiales. Al día siguiente, sus familiares lo encontraron en la morgue de la ciudad. La información de la prensa decía que había muerto en otro barrio y durante un operativo donde, supuestamente, se había enfrentado a la policía y había caído muerto en la refriega que había sostenido con los funcionarios.

Su delito había sido tener antecedentes penales.

La letalidad policial no afecta de manera similar a todos los ciudadanos. Aunque todos son susceptibles al abuso y el exceso de los cuerpos policiales, las víctimas de la violencia policial sistemática tienden a tener unos rasgos comunes y uno de ellos es que se trata de exconvictos, de hombres que han salido de las cárceles o centros de detención. ¿Por qué esta inclinación especial, esta alevosía? ¿Por qué los cuerpos policiales se han cebado de manera insistente con los antiguos presos?

La razón primera es que estas personas se encuentran moralmente destruidas ante la sociedad. Son culpables de antemano. Despiertan sospechas sin haber hecho nada, pues siempre hay la presunción de que podrían estar involucradas en algo malo. Por eso, cualquier víctima de la policía que haya estado recluida en una cárcel pierde valor ante la sociedad. El reclamo que sus familiares, amigos o los defensores de derechos humanos pudieran hacer pierde aliento. El antecedente penal lo debilita, pues es una vida que por su pasado vale menos.

Existe la posibilidad de que el antiguo convicto se haya regenerado y esté intentando llevar otra vida, o también de que haya seguido en sus andanzas y persista en el crimen y pueda en el futuro cometer nuevos delitos. Ambas posibilidades existen. Sin embargo, a las personas no se las condena por el delito en que pudieran incurrir, sino por el que han cometido, aunque la sombra de la duda se cierne siempre sobre ellas. Son culpables de antemano por lo que supuestamente harán en el futuro, condenados por lo que hicieron en el pasado. Y por eso les sirven a los gobiernos y se convierten en ejecutables.

El esposo de Patricia había estado preso durante diez años, había pagado su condena y hacía seis meses que había vuelto a la casa de la familia en el estado Zulia1. Vivían en las afueras de Maracaibo, hacia el oeste, en una casa sencilla donde compartían con sus dos hijos. Pedro tenía cuarenta y dos años y, como era la tarde del domingo, estaba viendo televisión. Era su día libre, pues trabajaba en una granja de cerdos el resto de los días de la semana. Llegaron como veinte hombres armados con fusiles y con los rostros cubiertos con pasamontañas en medio del calor infernal del mediodía zuliano. Llegaron destruyendo todo. Sacaron a Patricia y a los niños de la casa y la obligaron a encerrarse en una casa vecina donde otros hombres armados las conminaban a permanecer. De pronto, cuenta Patricia, se oyeron unos disparos y uno de sus hijos gritó: “¡Mataron a mi papá!”.

Un año después, durante la entrevista que se le hizo, Patricia se preguntaba sin encontrar respuesta las razones por las cuales habían asesinado a su esposo en su propia casa y después de haber estado diez años preso. Aventuraba conjeturas y decía que quizá era para demostrar poder, para mostrar que ellos controlaban ese territorio. O a lo mejor… Duda un poco y luego se atreve: a lo mejor “lo mataron para que no volviera a delinquir”.

Las ejecuciones extrajudiciales se han convertido en muchos casos en unas “penas de muerte preventivas” que aplican los funcionarios de manera sumaria, sin juicio ni defensa. Una pena de muerte preventiva contra individuos que son considerados ejecutables y que pueden o no ser potencialmente peligrosos. Eso no es lo relevante. Lo importante y útil es que son ejecutables.

La cualidad de ejecutable se corresponde por un lado con una infravaloración moral de la persona y con su condición de desechable por la otra. Son personas que, por su condición social, su pobreza o sus pocos estudios, su marginalidad o su pasado conflictivo o delincuencial, no tienen un valor moral para exigir respeto a sus vidas. La vida misma no es suficiente. Son ciudadanos de segunda o de tercera clase a los ojos de los funcionarios y de buena parte de la sociedad, que unas veces avala y otras simplemente calla ante la acción letal de la policía por la condición ontológica de la víctima. Por lo que supuestamente es, y no por lo que pudo haber hecho, ya merece la muerte.

En medio del velorio se presentaron los funcionarios militares. Eran como las nueve de la noche y todo había transcurrido con tranquilidad. No había tensiones, pues el fallecido al que velaban era una persona honesta y querida en Punta Arenas, en la península de Araya en el estado Sucre. El poblado está ubicado en la costa norte del país, mirando hacia las islas de Cubagua y Coche y, un poco más allá, está la isla de Margarita. Es una zona donde abundan la sal, la pesca y el contrabando de bienes y de droga.

Carlos, al igual que muchos jóvenes de la zona, había estudiado bachillerato, pero se dedicaba a la pesca y se ganaba la vida con sus faenas diarias en el mar. Aquella noche se encontraba en el velorio junto con su pareja y con un primo cuando se presentaron los funcionarios. Estaban buscando al primo y se lo llevaron a él también. Carlos se fue tranquilo con los funcionarios. Quienes reaccionaron con indignación fueron los familiares y amigos, que forcejearon con los militares y policías y les preguntaban la razón para llevárselos y para dónde iban. La única respuesta fue que era un procedimiento de rutina. Carlos se subió a la patrulla policial sin rezongar.

La familia los fue a buscar en los diversos locales de la policía o del comando militar y no los hallaron, ni tampoco tuvieron noticias de su paradero. Horas después, se enteraron de que había dos cadáveres en el Hospital de Araya.

Sin embargo, no fue allí donde la familia encontró su cuerpo, sino en la morgue de la ciudad, que está del otro lado del mar del golfo de Cariaco. En la morgue de Cumaná su madre se enteró de que su hijo había muerto en Araya, a catorce kilómetros de donde lo habían detenido. En la entrevista que se le hizo, y con las actas de defunción en la mano, la madre sostuvo que su hijo nunca había tenido antecedentes delictivos. Al parecer Carlos fue un error. Estaba en el lugar equivocado, dicen en la zona. A quien sí andaban buscando era a su primo, contra quien los asesinos se ensañaron: le sacaron un ojo, le partieron la mandíbula, lo torturaron y luego le dieron cuatro tiros. En cambio, a Carlos solo le dieron dos tiros que le provocaron la muerte. Sus familiares presentaron denuncias ante la Fiscalía del estado sin encontrar oídos humanos ni apoyo legal.

El primo era un ejecutable. Carlos fue un error pero, en su marginalidad social, lo mataron igual, pues era un desechable.

Los jóvenes que han estado involucrados en delitos, o los hombres que han estado presos, se convierten en unas fichas transables del comercio de personas en esa zona gris del delito que acerca a algunos funcionarios policiales con el crimen organizado. La atribución que la sociedad hace de su precariedad moral y social los degrada y los hace vulnerables y susceptibles a la presión y chantaje de los funcionarios policiales, quienes pueden actuar a nombre propio o como delegados de las organizaciones criminales para reclutar bajo amenaza y poner a su servicio a estos jóvenes. Por supuesto, hay algunos que se incorporan al delito y a las bandas por decisión propia, pero hay otros que lo hacen bajo coacción. En cualquiera de los dos casos, estos jóvenes se convierten en proveedores de dinero o de servicios a los funcionarios policiales. Son la “caja chica” de los policías, dicen algunos; otros se consideran a sí mismos el “cajero automático” donde los policías van a retirar algo de dinero cuando lo necesitan. Y, si no aceptan el chantaje, es muy fácil “sembrarles” drogas o inventar cualquier otro infundio y llevarlos detenidos, pues son culpables de antemano. Los exconvictos lo saben y por eso aceptan la extorsión.

Quizá ese fue el caso de José Manuel, en el estado Táchira. Su madre no entendía por qué había salido de la cárcel. José Manuel tenía una sentencia de prisión mucho mayor y ella estaba resignada a una larga separación de su hijo, cuando un día se le presentó en su casa. Su alegría fue grande, sus dudas también, pues no había una razón aparente ni comprensible para que estuviese en libertad condicional. A la semana, se presentó una comisión de la policía de investigación a la casa de la familia; el joven salió a la puerta para conversar con los funcionarios y estos, en lugar de hablar, lo jalaron hacia la calle, lo hincaron en el piso y lo mataron. Todo ocurrió delante de familiares y vecinos. Los policías alegaron que hubo enfrentamiento. La madre insiste en que no tenía armas para defenderse ni agredirlos. Reconoce que su hijo había cometido hechos malos, pero que no tenía armas ese día para que lo mataran así. En la entrevista, la madre sostuvo su sospecha de que lo habían dejado libre para que “le hiciera unos trabajos al gobierno”, pero luego lo mataron.

No es posible saber si la sospecha de la madre es cierta; si el joven, que no llegaba a los veinticinco años, no cumplió con su parte del acuerdo que había pactado, o si, por el contrario, la había cumplido y había ejecutado su trabajo, pero ya no era necesario y era mejor borrar la memoria de ese archivo humano que podía resultar peligroso en el futuro.

Las razones por las cuales fue asesinado este joven en el Táchira o qué puede haber acontecido con el muchacho que levantó su mano y se declaró exconvicto en Barquisimeto son difíciles de establecer. Las razones prácticas o utilitarias que puede haber tras esas acciones pueden ser variadas: en unos casos, pueden aplicarse como una pena de muerte preventiva, con el propósito de reducir la criminalidad en un área por un interés de seguridad pública o por otros intereses no muy santos, como limpiarle el terreno a una banda que desea implantarse en esa zona. Otras veces puede tratarse de un error, pues lo confundieron con otra persona a la que buscaban. En otras oportunidades se trata de eliminar a un testigo que vio y habló más de la cuenta, o de quemar archivos humanos. En otras ocasiones, quizá simplemente se usaron para llenar una cuota que debían cumplir ante sus jefes policiales, quienes, a su vez, debían complacer a sus jefes políticos y mostrar de ese modo tanto la diligencia en el cumplimiento de sus metas como la fiereza de sus funcionarios.

En todos los casos, hay una construcción social de un ejecutable que responde a la sociedad y a la política. Lo que está detrás de esas acciones es una construcción cultural que hace que algunas personas —consideradas delincuentes o bandidos— sean menos merecedoras del respeto a la vida y susceptibles de las prácticas de exterminio (Misse, 2011). Sarat y Shoemaker en su estudio Who deserves to die? (2011) sobre la aplicación de la pena de muerte en los Estados Unidos, muestran que, más allá de las consideraciones legales, hay una construcción cultural que permite comprender los valores de la sociedad y del poder político que refieren a ese complejo cálculo que hacen las sociedades entre el castigo y la retribución por el daño causado (Sarat & Shoemaker, 2011). ¿Por qué son ejecutables? Porque son pobres y viven en unos barrios pobres; porque son mestizos y poco educados, pues tuvieron que abandonar la escuela; porque tienen antecedentes penales.

Y uno se pregunta: ¿qué hace más daño moral a la buena sociedad: los crímenes de esos delincuentes o las ejecuciones extrajudiciales de las cuales fueron víctimas por parte de quienes deben representar la justicia? ¿Cuál daño moral es más grande?

Microestados de excepción

“Llegaron y acordonaron toda la calle”, explicó la señora, levantando el brazo con un gesto que parecía querer abarcar el universo.

Así cuenta la señora Dominga cómo había sido el operativo que había ocurrido en su vecindario, en el barrio Ajuro de la ciudad de San Félix en el estado Bolívar. Al otro lado del caudaloso río Orinoco, en la ciudad hermana de Puerto Ordaz, los vecinos contaban que un procedimiento muy parecido había ocurrido en las parroquias Cachamay y Unare, donde cerraron las calles de acceso, aislaron la zona.

“¡No miren! ¡Esto no es un circo!” gritaban los guardias mientras, con sus armas largas, apuntaban a los vecinos y los empujaban, con gestos y en la distancia, para que se adentrasen en sus casas. Las amenazas de las armas eran claras, y los rostros cubiertos y las voces mandonas no permitían las dudas: estaba prohibido salir a la calle o pretender mirar de reojo desde la ventana. Pero no podían impedir que se escucharan los gritos de los familiares, como tampoco el estruendo de los disparos.

Los operativos que se iniciaron desde el año 2015, con el pomposo nombre de Operaciones de Liberación del Pueblo (OLP), han mantenido la práctica de cercar la zona en la cual se va a realizar la actuación de los funcionarios. En algunos casos se trata de varios pisos de un edificio; por lo regular, el anterior y el posterior de donde van a realizar la operación. Allí se apostan los numerosos funcionarios que bloquean los extremos de los pasillos y el acceso a las escaleras. En la planta baja, se impide la entrada o salida de la edificación y, en sus alrededores, en los jardines o el estacionamiento, se colocan otros funcionarios en posiciones de una alerta intimidante. Cuando llegan a las casas en los barrios del interior del país, que en su mayoría están construidos sobre terrenos planos, se acorralan todas las vías de acceso, tal como ocurrió en San Félix; pero en los barrios ubicados en laderas o quebradas no solo se rodea la zona, sino que se ocupan las escaleras principales y se obstruyen las veredas del tránsito peatonal, las cuales, horizontalmente, se ajustan a las curvas de nivel que la topografía ofrece y sobre las cuales se abren las puertas de las humildes casas.

En su intervención, los operativos policiales no sojuzgan a una familia en una vivienda, sino que someten a todo el vecindario. Se allana no una casa, sino todo el sector, que queda confinado en sus hogares durante el procedimiento y hasta varias horas después. Se busca controlar el terreno y evitar los testigos oculares y, sobre todo, las cámaras de sus celulares.

“Llegaron con el amanecer. Eran como las cinco de la mañana” cuentan los vecinos en el estado Zulia. Estaban todos vestidos de negro, no parecían uniformes militares; estaban en ropa como de civiles, pero era toda negra. Eran un montón y Francisca recuerda que le dijeron: “¡Resguárdese, señora!”. Poco después, llegaron a la casita que andaban buscando y sacaron a la esposa, que estaba embarazada, y al niño, y se los llevaron a la vivienda de unos vecinos, donde los obligaron a permanecer. Pasaron como tres horas. Habían sido tres largas horas de un silencio sepulcral. Luego, se escucharon dos disparos que fueron seguidos de los gritos de las personas, de las familias y de los amigos, que temían lo peor. Se formó un gran alboroto. La gente quería salir de sus casas para ver qué pasaba, para solidarizarse, aunque fuese con la mirada, pero no los dejaban asomarse más allá de sus puertas: “¡Resguárdese, señor! ¡No vaya a salir, señora!” repitieron frente al porche de su casa. Los gritos de dolor y las voces de protesta no paraban. En toda la calle se había formado una gran algarabía de dolor, de muerte y de impotencia.

A diferencia de lo que sucede en otras latitudes, como lo ocurrido durante las dictaduras militares del Cono Sur, los cuerpos de seguridad del Estado no actúan con discreción ni sigilo, sino, al contrario, lo hacen con ostentosidad. Sabemos que la ostentación es una práctica muy común en los procedimientos legales de las acciones de seguridad ciudadana. Por eso, a este tipo de operaciones se las ha llamado “acción policial ostensiva”. La policía de la ciudad de Sao Paulo, en Brasil, elaboró un manual para la aplicación del “policiamiento ostensivo” hace ya varias décadas (Policía Militar, 1997). El propósito de estas actuaciones es mostrar abiertamente una presencia policial en las calles, carreteras o espacios públicos, con alardes de uniformes, armas y luces, y se busca comunicar, sin tapujos, más bien ostentosamente, la fuerza de la policía y, con ello, ofrecerle a la población un sentimiento de protección y seguridad (Beato, Silva, & Tavares, 2008).

En Venezuela, la ostentación no busca ofrecer tranquilidad sino, bien al contrario, intimidar, asustar a la población. Amedrentarlos para que no se asomen ni sean testigos, para que no tomen fotos ni graben videos y no puedan quedar registrados los detalles de la operación. O también para que, por si acaso logran hacer esas fotografías indiscretas o tomar videos a escondidas, no se atrevan a divulgarlos. La ostentación de la fuerza no busca proteger a la gente, sino al Estado y a los funcionarios que en su nombre actúan.

En el sector Villa Verde de Upata, en el estado Bolívar, una comisión de la policía llamada “científica” llegó festinadamente frente a la casa y, sin dilación alguna, tumbó la puerta con una poderosa mandarria que había traído consigo. Los policías andaban buscando a un presunto delincuente al que apodaban “el Nacho”. Entraron agresivamente y apuntaron al cuarto donde estaba durmiendo un joven con su pareja. Ella intercedió, se interpuso e intentó conversar con los funcionarios. No le fue posible: la golpearon y la lanzaron al piso junto a su niño de cinco años y luego, sin mediar palabras, acribillaron al joven en su cuarto. Poco después se dieron cuenta de que la víctima no era el individuo que ellos solicitaban. “Este no es quien andábamos buscando” fue el lacónico comentario de quien parecía comandar el operativo. Ya no había nada que hacer. Lo dejaron tirado en el piso y se fueron de la casa. Los vecinos se enteraron con las detonaciones y buscaron saber qué estaba pasando, pero los otros funcionarios que estaban en la calle les impidieron acercarse.

Los allanamientos de la zona buscan establecer un microestado de excepción en el territorio ocupado. En la zona cercada ya no se aplica la Constitución, ni la ley, ni los reglamentos policiales del uso progresivo de la fuerza. Tampoco tienen vigencia los tratados internacionales sobre el uso de armas de fuego que ha firmado la república. Allí, como bien escribe Agamben (2016, p. 180), se suspenden toda ley y toda norma. Allí imperan el arbitrio y la discrecionalidad. No se distraen en las formalidades de una orden de captura emitida por una autoridad, ni tampoco en esa otra formalidad de presentar una orden de allanamiento a la vivienda y a ese hogar, consagradas en la Constitución. En el estado de excepción que por la fuerza de los hechos se instaura en ese pequeño espacio, una mandarria y un fusil son suficientes. En las ocupaciones territoriales que acompañan los allanamientos en los barrios pobres para las operaciones policiales, se suspende el Estado de derecho y se instaura un microestado de excepción.

En Mérida, contaron unos familiares que también a ellos les destrozaron la puerta de su casa. Pero el instrumento usado no lo llamaron “mandarria” sino “porra”, y en el mismo grupo focal otros vecinos lo nombraron “mazo”. Aparte de esa diferencia en los nombres utilizados en los Andes y en Guayana para el instrumento destructor de puertas, el procedimiento fue igual. Llegaron los funcionarios, tumbaron la puerta, mataron al joven, destrozaron el interior de la casa con saña y sin sentido, como si fuese una venganza contra toda la familia. Y después se fueron, dejando a las familias sin hijos y sin puertas.

Los suplicios

En esos grandes barrios ubicados a las afueras de Maracay, todo el mundo sabía dónde vivía y en los malos pasos en los cuales andaba. No era un secreto para nadie que se trataba de un personaje peligroso, aunque tampoco es que lo estuvieran comentando mucho, pues su nombre más bien infundía temor. Así que nadie se extrañó cuando llegaron a la casa de su esposa. Y no es que no fuera su casa, pero —así lo dice la gente— la casa es de la esposa; y, además, era sabido que él se movía por muchos lados. Pero esa vez no lo encontraron; no estaba en la casa, así que los guardias se empecinaron con la esposa. Le preguntaban sobre su paradero, que dónde estaba, que dónde se escondía, y la señora porfiaba que ella no lo sabía, que nunca lo supo, que las mujeres no les preguntaban a los maridos esas cosas. Pero una de las mujeres de la policía le quiso refrescar la memoria a la esposa y se la llevó hasta la cocina a empellones. Allí buscó la licuadora y le agarró la mano con fuerza y se la introdujo en el vaso mientras la encendía. La señora entró en pánico, rompió en llanto y comenzó a gritar; durante segundos le permitía que sacara un poco los dedos y luego se los volvía a embutir. “Te vas a acordar ahora” parecía decirle…

La mayoría de los casos estudiados de violencia policial tenían un componente de tortura asociado, aunque los propósitos que pueden identificarse tras el uso de la crueldad no siempre fueron los mismos. Es común asociar la tortura a una técnica dolorosa usada para extraer información de los torturados, quienes no estarían dispuestos a proporcionarla de manera voluntaria y por las buenas. Es una forma de persuasión basada en el dolor del cuerpo y el agotamiento psicológico de la víctima.

Las opiniones sobre el uso de la tortura por los cuerpos policiales son muy divergentes. Las leyes nacionales la prohíben, los tratados internacionales la condenan, los tribunales la consideran un delito que no prescribe con el paso del tiempo, pero muchos ciudadanos la aprueban.

Cuando la tortura es empleada por la policía contra unos delincuentes que la población percibe como una amenaza para su seguridad personal, una parte no despreciable de la población tiende a justificarla y a aprobar tales actos de crueldad. Ese fue el resultado que obtuvimos cuando, a inicios del año 2020, les preguntamos a los entrevistados en una encuesta cara a cara, de una muestra representativa nacional de 1200 hogares, si se “justificaba que en algunos casos la policía torturara a los sospechosos para obtener información”. Uno de cada cinco entrevistados estuvo de acuerdo con la afirmación y apoyó la tortura. Un 7 % dijo estar muy de acuerdo y un 13 %, con menos entusiasmo, dijo estar apenas de acuerdo. Claro, en el otro lado se encuentra el 80 %, que rechazó la tortura, entre ellos un 50 %, la mitad de la población, que manifestó estar totalmente en desacuerdo (Briceño-León & Camardiel, 2020).

Uno puede conjeturar que la gente que aprueba su utilización está pensando que la información que se obtenga es beneficiosa para el cumplimiento de la ley y la seguridad de los ciudadanos honestos. Sin embargo, las razones por las cuales se aplican los suplicios no son siempre tan santas.

Aura conversaba por teléfono con su esposo cuando escuchó las voces de los policías. Estaban separados por kilómetros de agua, situados en dos orillas distantes, al norte y al sur del lago de Maracaibo. Hablaban, como de costumbre, de los asuntos domésticos. Ella preguntaba poco y él no le contaba lo que hacía mientras estaba en Bobures, un pueblo caliente y húmedo, ubicado entre el lago y el pie de monte andino, y cerca de la carretera panamericana, que conecta la frontera colombiana con el centro y oriente del país.

Ella escuchó a través del celular unas detonaciones y una voz gruesa que vociferaba: “¡Llegó el gobierno!”. Su esposo abandonó repentinamente la conversación y se guardó el teléfono en el bolsillo sin apagarlo. Ella oyó cuando destrozaban a golpes la puerta y su esposo protestaba y preguntaba. Luego escuchó con horror sus quejidos cuando lo golpeaban y le decían repetidas veces: “Dame lo que tienes”.

Su esposo formaba parte de un grupo criminal dedicado al robo de las embarcaciones petroleras en el lago de Maracaibo, al secuestro de ganaderos en Trujillo y Mérida, a la extorsión de comerciantes y al robo de los motores e implementos de trabajo de los pescadores en las costas del lago. Era un negocio lucrativo. En medio de la golpiza, le encontraron el teléfono en el bolsillo y se percataron de que estaba encendido. Ella creyó que lo iban a desconectar, pero el que dirigía el grupo lo puso en altavoz y continuaron con el suplicio mientras la mujer imploraba por el teléfono que no lo mataran. Los funcionarios continuaron la golpiza y de tanto en tanto volvían a preguntarle por el lugar donde tenía escondido el dinero mal habido de sus fechorías.

Buena parte de las torturas identificadas en el estudio no eran diligencias crueles para hacer cumplir mejor la ley, sino que tenían como propósito obtener un beneficio económico por parte de los funcionarios involucrados. La tortura se convierte entonces en un mecanismo práctico para la expoliación de los delincuentes, para robarles el dinero que ellos han robado, para mal haberse de los bienes por ellos mal habidos. Es ladrón que roba ladrón… podrán alegar algunos para justificarlos.

En uno de sus trabajos pioneros sobre la criminalidad y la violencia en Sao Paulo, Brasil, Paulo Sergio Pinheiro cuenta cómo un grupo de delincuentes se presentó un día ante la oficina de la policía local para denunciar que, mientras ellos huían luego de haber perpetrado un robo, unos funcionarios policiales los interceptaron y, en lugar de detenerlos y llevarlos detenidos a la comisaría, les habían robado el fruto de su robo y sus armas (Pinheiro, 1998). Aunque parecieran representar el mismo teatro, son diferentes. La anécdota de Brasil puede verse como una comedia jocosa; las que nos contaron en Venezuela representan una tragedia.

La tortura también puede adquirir la forma de una venganza personal en la cual no se busca nada a cambio. No se pretende, con la aplicación del dolor, propiciar un intercambio de bienes, como en el caso anterior, donde la entrega de la información por parte del torturado podía significar un menor suplicio o una muerte más rápida. En este tipo de tortura no hay comercio ni negociación. Se trata de aplicar dolor con saña y lentitud, para que la víctima sufra más y para que se pueda enterar del motivo, para que sepa bien lo que le están cobrando y así la venganza pueda tener sentido. “Vos le estáis quitando la mujer a mi compañero” escucharon los vecinos que le decían cuando se lo llevaron al patio trasero de la casa. Se lo gritaban bien alto, para que no quedara un resquicio de duda sobre la cuenta que le venían a cobrar.

En su famoso libro Se questo è un uomo, sobre el campo de concentración nazi del cual fue un sobreviviente, Primo Levi sostiene, mucho antes que Hannah Arendt, que los torturadores no son monstruos ni personas distintas sino, al contrario, personas ordinarias: “Los monstruos existen, pero son demasiado pocos para ser realmente peligrosos; más peligrosos son los hombres comunes, dispuestos a creer y obedecer” (Levi, 2002, p. 110). Lo singular, sostiene Levi, es que esos hombres han perdido la capacidad de tener empatía con los demás seres humanos. Por eso pueden deshumanizar al otro e infligir daños y dolores con frialdad y desapego, y hasta con un riguroso e insensible profesionalismo.

La tortura puede entonces ser instrumental, cumplir la función de un medio para obtener información que pueda servir a los funcionarios para enriquecerse, o al Estado para reforzar su poder. O puede ser simplemente expresiva, ser un medio para la venganza, para reciprocar con sadismo y con creces algún dolor recibido, y ser así morbosamente la materialización de un rencor privado o de un odio estatal que se ensaña con el cuerpo del otro como un mensaje truculento.

Los efectos que se busca lograr con la tortura pueden ser puntuales o generales. Pueden estar dirigidos a una persona, a su familia o a una banda criminal. O pueden ser difusos y estar dirigidos hacia un grupo mucho más grande e inespecífico: hacia los pobres, los subversivos, los enemigos, los comunistas, los fascistas, los opositores o hacia toda la sociedad.

El propósito de la tortura difusa es vulnerabilizar a la población, hacerle sentir el miedo al dolor. No solo a la muerte, sino al dolor previo a la muerte. La muerte todos sabemos que nos llegará, pero el dolor que la puede anteceder todos también queremos evitarlo, ahorrárnoslo. Y la tortura hace presente el suplicio que anuncia y retrasa la muerte.

Y por eso deja indefensa a la población, desvalida, desconcertada, vuelta a su infinita fragilidad, que queda expuesta a la mano de los verdugos, del arbitrio de un poder desconocido. En el campo de concentración, cuenta Levi (2002) que, luego de desnudar a todos los detenidos, les pasaban lista, los iban nombrando y las fichas de identificación, que reseñaban a cada uno de los prisioneros, eran apiladas en dos montones: uno formado a la izquierda y otro a la derecha de la mesa. Todos veían con angustia el montón donde colocaban su ficha, pero nadie sabía a qué destino correspondía cada uno y, en la incertidumbre, todos se preguntaban, en su absoluta indefensión, quién continuaría hacia la muerte y quién regresaría a la vida.

Con el altavoz del teléfono aún encendido, Aura podía escuchar las súplicas de su esposo a los funcionarios; y el verdugo podía disfrutar de hacerle saber a ella el poder que tenía sobre el cuerpo y la vida. Cada golpe que Aura escuchaba y cada quejido de su esposo le atormentaban el corazón. Escuchó, también, el interrogatorio repetido, lo que dijo y lo que no dijo porque no quería o porque no sabía. Ya había pasado un rato y sentía que las lágrimas no le alcanzaban, cuando el funcionario jefe le habló directamente a ella, que estaba al otro lado del lago, y acercando su voz hacia el teléfono le dijo: “Ahora lo voy a matar porque me da la gana”.

El teatro de la muerte

“Mi sobrino trabajaba en el taller de motos que tenía su suegro” cuenta el entrevistado. Tenía veintitrés años, una esposa y un hijo de pocos meses cuando lo mataron. Eran como las dos de la tarde cuando llegaron los carros con los policías y entraron al taller en la zona de Macarao, en el oeste de Caracas. Al suegro lo empujaron hacia dentro de la casa, donde lo obligaron a permanecer. Desde allí escuchaba los golpes que le daban y la voz desesperada del joven, quien imploraba argumentando: “… que yo soy un muchacho trabajador, que tengo un niño de meses, que…”. Intentaba balbucear su defensa mientras le hundían y sacaban la cabeza de un tobo que habían llenado de agua. “Pues te vas a morir” escuchó el suegro que decía uno de los funcionarios, mientras permanecía acorralado por las armas en el interior de la casa.

Luego hubo unas detonaciones y un silencio. El joven estaba todo sucio de la grasa del taller y de la golpiza, así que los funcionarios lo metieron dentro de la casa, lo bañaron, le cambiaron parte de la ropa y lo regresaron de nuevo al patio que funcionaba como taller. Allí le pusieron un arma en la mano muerta y se la hicieron disparar. El reporte policial informa que murió en un enfrentamiento. Los familiares sostienen, con la autopsia, que murió ahogado.

Los eventos que se lograron conocer en la investigación tienen en común algunas características que llaman la atención. La primera es que siempre se escuchan varios disparos, pero al final solo hay un muerto. La segunda es que no hay funcionarios heridos. La tercera es que la víctima tiene muchas menos heridas de bala que las que escuchan los familiares o vecinos. La cuarta es que las víctimas casi nunca mueren en el lugar, sino que siempre quedan heridas en el enfrentamiento y son trasladadas a un hospital, donde fallecen al ingresar o llegan muertas porque han expirado en el camino.

Luego del cerco policial que aísla la zona y logra crear un microestado de excepción, después de que se ha separado a los familiares y encerrado a los vecinos, se procede al acomodo de la escena del crimen. Es una formalidad, un por si acaso, pues no habrá levantamiento del cadáver ni se colocarán los precintos para impedir el acceso a ese espacio y poder salvaguardar las evidencias requeridas para los procedimientos judiciales y criminalísticos. Tampoco habrá planimetría ni recolección de evidencias, pues no hay cadáver —ya que al muerto se lo llevaron herido al hospital—, ni fiscal que se atreva a pronunciarse.

En la casa donde mataron a Gregorio, en el estado Lara, los vecinos cuentan que los funcionarios pasaron varias horas allí después de los disparos. En ese tiempo, los funcionarios se hicieron arepas y café; así lo confirmó la familia cuando pudo ingresar de nuevo a su casa varias horas después de que a la víctima se la hubieran llevado, supuestamente herida, para que un médico la atendiera. Los vecinos, encerrados en sus casas, escuchaban cómo se llamaban unos a otros. Los que estaban dentro de la casa les avisaban a los que cuidaban el perímetro de la zona: “Mira, epa, tú: ven pa acá pa que te desayunes”. Tuvieron bastante tiempo para limpiar lo que consideraron necesario en el piso y las paredes de la casa, pero no lavaron los sartenes donde se hicieron las arepas. La familia no encontró al joven; tampoco la harina de maíz ni el aceite… se los habían llevado.

Por lo regular transcurren varias horas desde que se inicia el operativo hasta que se retiran de la casa y de la zona. Se cuidan de disponer de un tiempo suficiente para preparar la simulación del enfrentamiento y, al parecer, también para retrasar la salida de los familiares o vecinos, quienes procuran en los puestos de policía o dispensarios médicos a su ser querido. Con esa demora buscan garantizarles a los funcionarios que se marcharon el arreglar la entrega del “herido” en un hospital y el disponer de un tiempo suficiente para que pueda resultar verosímil la noticia de que murió en el camino o mientras lo atendían.

Otro componente importante de la simulación es la multiplicidad de disparos que se realizan. Los vecinos no pueden ver mucho; algunos lo hacen a hurtadillas, escondidos entre sus cortinas o fisgoneando desde la parte interior de sus casas, sin acercarse demasiado al resquicio de la puerta o al umbral de la ventana, pues correrían peligro al quedar en evidencia ante los guardias del perímetro. Lo que sí pueden es oír lo que sucede, y entonces, a pesar de que las muertes son sumarias y económicas en balas y heridas, se gastan abundantes municiones en los eventos. Los entrevistados y los participantes de los grupos focales recordaban que hubo muchos disparos antes del silencio mortal. Y es comprensible: si se desea simular un enfrentamiento, tienen que existir muchas detonaciones en la refriega para fingir que el individuo se resistió a la autoridad, que con arrojo los enfrentó y les hizo disparos que ponían en peligro la integridad de los funcionarios, que la comisión policial tenía que defenderse… Así lo recoge la prensa a partir de los partes policiales. Los familiares alegan que los jóvenes no tenían armas y que murieron de pocos disparos. No era un desperdicio de municiones lo que ocurría: era la banda sonora del teatro de la muerte que permitía la construcción de la historia oficial.

***

En el año 2013, la Secretaría de Salud del estado de Sao Paulo emitió una resolución (SSP-05/2013) que obligaba a los funcionarios policiales a esperar la llegada de una ambulancia en lugar de trasladar ellos mismos a los heridos o moribundos al hospital. Se justificaba esa decisión afirmando que la remoción de los cuerpos del lugar dificultaba el trabajo de peritaje legal que debían realizar los expertos. Sacar los cuerpos del lugar del suceso es considerado un “fraude procesal”. Se exigía igualmente que en lugar de describir el suceso como un “auto de resistencia”, se declarara que era una morte decorrente de intervenção policial (Secretaria Estadual de Segurança Pública, 2013).

Madres, esposas y féminas

La madre de William cuenta que estaba en ropa de dormir cuando llegaron los policías a su casa en Petare, Caracas, pues todavía era de madrugada. Ella les preguntaba y preguntaba qué pasaba, qué iban a hacerle, y una funcionaria la agarró por el brazo y le dijo: “Tú no puedes estar presente”. La jalonearon y la empujaron hacia la puerta. “Me sacaron de la casa en pijama” dice, y se la llevaron a la casa de al lado.

En Lara, la madre de Gregorio se agarró de una reja para que no la sacaran de la casa; no quería irse, temía por su hijo. Y cuenta que la mujer policía que dirigía el grupo le dijo a otra funcionaria: “Pónganle los ganchos”. Y la golpearon hasta que lograron sujetarla y sacarla de la vivienda.

Las historias de las madres se repiten sin cesar; son las grandes protagonistas de la resistencia. Su amor y el deseo de protección de sus hijos desborda su conciencia de los males que estos podrían haber cometido: “Yo sabía que él andaba por malos caminos, pero no tenían que haberlo matado como un perro, para eso existen las leyes”.

En la sociedad venezolana, la madre cumple un papel central en la conformación de la familia popular; no en vano, hace años José Luis Vethencourt caracterizó esa singularidad como matricentrismo. Es una familia matricentrada porque la madre es la que ofrece la estabilidad y continuidad en el tiempo; es la que sostiene el hogar con la ayuda de una presencia poco comprometida, intermitente o cambiante de los hombres; “es la devoción central y a veces única de la existencia” (Vethencourt, 1974, p. 69).

En el desafío a la violencia, las madres cumplen un papel central, por las características culturales que rodean a la figura materna, así como también por la gran diferencia de victimización que hay entre hombres y mujeres. En el mundo, por cada diez homicidios que se cometen, dos de las víctimas son mujeres y ocho son hombres. En América esa relación se incrementa, pues la tasa de homicidios en los hombres es de 31,2 por cada cien mil habitantes, mientras que la de las mujeres es de 3,6 por cada cien mil habitantes, es decir, diez veces menos (Unodc, 2019). Las magnitudes del total de homicidios o de sus tasas pueden variar de un país a otro pero, con indiferencia de que se trate de una sociedad con muchas o pocas víctimas, la proporción entre hombres y mujeres se mantiene constante. La diferencia de victimización entre varones y hembras es similar en los países poco violentos o muy violentos. La explicación de esta singularidad es compleja y refiere a los modos de la construcción social de la masculinidad la cual, al contrario de lo que ocurre con las mujeres, valoriza y considera positiva la aceptación del riesgo. En las mujeres, a la evitación del riesgo violento se le considera como valor positivo de la feminidad, y así lo practican regularmente las mujeres, tanto las madres como las novias y las esposas, y por ello son menos susceptibles de ser víctimas. Para los hombres, y sobre todo los jóvenes, ese comportamiento de evitación del riesgo opera en dirección contraria, es un valor negativo, un comportamiento denigrante de su hombría, pues es un rasgo femenino. Las mujeres pueden evitar el riesgo y la pelea, los hombres no; ellos deben mostrar osadía. La temeridad ante el peligro es muy importante en la cultura de la masculinidad y se vive con más intensidad durante la adolescencia, pues es el período cuando los jóvenes están construyendo su identidad varonil.

En ese proceso, las madres pueden tener un papel contradictorio, ya que algunas de ellas consideran que, para la buena educación de los hijos, para que aprendan a defenderse en la vida, tienen que aprender a enfrentar los riesgos y a pelear para hacerse respetar. Es la cultura del macho inculcada por las madres, quienes consideran que el comportamiento de evitación de la violencia, que muchas de ellas practican, no debe ser aprendido por los hijos varones.

No obstante, las madres tienen una fuerza simbólica muy poderosa, la cual va más allá de su condición de mujeres. Ellas pueden reclamar en voz alta a los violentos, a los delincuentes y a los policías, pues no son consideradas una amenaza. Como madres pueden desafiar, ya que en esa cultura de género ellas no retan al poder. En cambio, si fuesen los padres quienes se atrevieran, en tanto hombres, sus actos serían considerados un irrespeto al poder y a la autoridad, y una amenaza. Amenaza el poder del delito o de la policía. En las escuelas de Petare se ha encontrado que los maestros —los hombres— no se atrevían a reprender con firmeza a los jóvenes violentos; en cambio, las maestras, en tanto mujeres y madres, podían hacerlo sin que los jóvenes consideraran esos castigos como un desafío a su masculinidad (Perdomo, Farías & Ruiz, 2015).

Esa circunstancia cultural es quizá la que ha permitido que movimientos políticos como las Madres de la Plaza de Mayo, de Argentina, o el de las Damas de Blanco, en Cuba, hayan podido tener tanta relevancia. Son las madres quienes claman y luchan por sus hijos, como lo hicieron desde que los tenían en el vientre; fueron ellas quienes los alimentaron y curaron para que pudieran crecer y vivieran, y son ellas quienes los siguen defendiendo después de muertos. En el nordeste de Brasil, las madres también protestan y desafían la violencia policial; son las maezinhas que gozan de un estatus casi intocable que les permite actuar.

Amparadas en esa matriz cultural, las madres logran actuar y por eso la mayoría de las acusaciones que logran salir en la prensa son de mujeres. Ellas son quienes lideran las denuncias ante la fiscalía del poder judicial o ante los organismos de derechos humanos. Por eso mismo, también fueron ellas quienes llevaron la voz cantante en nuestros grupos focales y entrevistas.

“A la abuela de Juancho ya le habían matado tres hijos” contaron en el grupo focal. Ya el resto de la familia se había ido del país; había emigrado buscando mejores condiciones en otras tierras, así que su nieto se fue a vivir con ella. Juancho había estado preso por tráfico de drogas, pero ya había salido de la cárcel y trabajaba como gestor en las oficinas públicas, ayudando aquí y allá para agilizar trámites. Ya había tenido dos hijos y cumplido los veintiocho años cuando llegaron cuatro carros y dos camionetas llenas de funcionarios encapuchados a tocarle a la puerta en la casa de la abuela. “Si no abre por las buenas va a ser peor” le dijeron, después de que ella los resistió con preguntas. Entraron con rapidez y se fueron a la habitación del nieto, mientras a ella la encerraban en su propio cuarto. Le ordenaron que se vistiera, porque los iban a llevar a la comandancia para que rindieran unas declaraciones. Eran dos funcionarios quienes la acompañaban a su habitación. La mujer policía le dijo a su compañero: “Voltéate mientras ella se viste” y él obedeció sin chistar. Al salir de la casa, vio las rodillas de su nieto mientras lo golpeaban. Ella quiso entrar, pero la retuvieron y empujaron hacia la calle: “Él viene ahorita” le dijeron. Llegaron a la sede policial del pueblo de Santa Rosa, al sur de Barquisimeto; allí estuvo retenida hasta las ocho de la mañana, cuando la dejaron salir. Se fue caminando hasta la casa de la novia de Juancho; eran como cinco kilómetros, pero allí esperaba poder encontrarlo. Al llegar le dieron la noticia, y cuentan sus allegados que con su dolor se dedicó a preparar el entierro de su cuarto familiar muerto violentamente.

Las denuncias de las esposas o parejas de las víctimas son menos frecuentes y tienen menor relevancia y recepción entre los medios de comunicación que las denuncias de las madres. Es fácil comprender la menor relevancia dada a la voz de las parejas, por el valor y la sinceridad que siempre tiene el dolor atribuido a la madre. Pero no es sencillo interpretar el menor activismo de las parejas. Hay algunas circunstancias que pueden ayudar en su explicación. La mayoría de las víctimas son hombres muy jóvenes, con uniones breves, que quizá son vistos más como hijos que como esposos, aunque de hecho dejan hijos huérfanos y viudas de derecho o de facto. Quizá también incide que las viudas también son muy jóvenes y no logran expresar con fuerza su reclamo. Puede ser que el desconcierto y el mayor abandono que sienten les impida alzar la voz, como sí lo hacen las madres. También es posible que la misma fragilidad de esas uniones les otorgue menos autoridad o fuerza moral para reclamar. Es de resaltar que muchas de esas uniones han desembocado en el embarazo adolescente, sin que haya existido un proyecto de matrimonio y de familia; son uniones vividas con intensidad, pero transitorias, y es quizá esa misma transitoriedad la que las lleva a no apropiarse de su muerto ni salir a reclamar por la pérdida de su vida.

Las madres sí se apropian de sus muertos. Son las madres dolorosas, que en el imaginario popular recuerdan a la madre de Jesús quien, en la representación de la piedad, acoge en su regazo al cadáver de su hijo recién descendido de la cruz. Esta es la imagen que ha rodeado a las madres de los miles de jóvenes muertos en las refriegas de violencia del país, sin importar si son los jóvenes honestos o los jóvenes delincuentes. Las madres son siempre las madres que lloran a sus hijos, y a los hijos de sus hijos. Es la imagen religiosa y santa de la madre que acompaña el destino final de su hijo asesinado, la madre dolorosa… Oh Clemente, oh piadosa, Oh dulce Virgen María… a ti llamamos los desterrados hijos de Eva. A ti suspiramos gimiendo y llorando en este valle de lágrimas… escuchamos en el velorio de un joven mientras otras madres consolaban a la madre.

En su análisis sobre el papel que las familias habían tenido en las denuncias de los secuestrados y desaparecidos durante la dictadura militar en Argentina, E. Jelin destaca el papel de las madres y el impacto que tuvo que las madres salieran del ámbito privado de la vida familiar y entraran en el espacio público en la búsqueda de sus hijos, pues la protesta no era igualitaria: no todos quienes protestaban contra la violencia del Estado, aunque tuviesen motivos políticos similares, tenían la misma legitimidad. Las madres gozaban de un reconocimiento mayor; su clamor era considerado genuino, en tanto que las otras protestas por violaciones de derechos humanos podían tener la sospecha de no ser sinceras, de tener motivaciones subalternas, de obedecer a intereses políticos mezquinos. “Es como si, en la esfera pública del debate, la participación no fuese igualitaria, sino estratificada de acuerdo a la exposición pública del lazo familiar” (Jelin, 2007, p. 51).

De allí la fuerza y la importancia del rol de las madres en programas como los desarrollados por Fe y Alegría, Madres Constructoras de Paz, los acuerdos de las madres de Catuche o las labores de las maestras en las escuelas (Pernalete, 2016; Zubillaga, Llorens & Souto, 2016).

***

Pero en los casos estudiados, entre los victimarios también encontramos que hay mujeres, mujeres policías. Así que, a las mujeres, al rol de madre y de esposa, habría que agregar el de verdugo.

Al inicio de las OLP, en el año 2015, eran fundamentalmente hombres quienes participaban, pero luego se volvió recurrente la presencia de mujeres policías o guardias nacionales. Los funcionarios que participan en los operativos las llaman las “féminas”. No les dicen “mujeres policías”, “mujeres militares” o simplemente “mujeres”.

Nuestra interpretación del uso generalizado entre los funcionarios del poco común término “féminas” es porque no las consideran mujeres. Aceptar que son mujeres, en su cultura machista, les crearía una disonancia, pues para la sociedad y para ellos las mujeres son madres y esposas. Esta es una categoría social distinta. Las féminas se encargan de facilitar la entrada a las casas, de inspirar alguna confianza inicial, de guardar las apariencias y, también, de actuar con una crueldad inusitada. Es una mujer militar la que le introduce la mano a otra mujer en una licuadora encendida, diciéndole, con el gesto: “Te voy a licuar los dedos”. Pero guarda las apariencias. Es una mujer policía la que le ordena a su compañero policía hombre que se dé la vuelta y no mire a la abuela mientras se desnuda para colocarse los pantalones. Se respeta el pudor de la mirada, aunque no el de la muerte.

Las razones por las cuales se han incorporado las féminas a los operativos de ejecuciones extrajudiciales son dos y ambas se corresponden con la manipulación de la perspectiva de género por el gobierno: cuidar las formas y espolear a los funcionarios hombres.

El primero, de cuidar las formas, puede parecer un sinsentido en las circunstancias en las cuales han ocurrido esos eventos en Venezuela, pero no lo es. Resulta muy coherente con unas acciones que son planificadas y que se corresponden con un patrón y una política de Estado. Los cuerpos policiales saben que van a llegar a unas viviendas pobres donde encontrarán a madres y esposas; por lo tanto, una acción que cuente con la exclusiva participación de hombres puede ser representada como una forma de violencia de género, y las denuncias que pudieran derivar de allí podrían ser muy negativas para un gobierno que se ha esforzado en cuidar las apariencias de la igualdad de género y que se empeña tanto en el uso de las formas no sexistas del lenguaje, que llega hasta el absurdo de referirse a “los soldados y las soldadas” de la patria2.

La segunda, también se funda en una consideración de género. En el machismo imperante en el mundo policial y militar, las “féminas” actúan como el marcador del nivel de violencia aplicada. La violencia de las mujeres funciona como referencia y chantaje hacia los hombres, quienes deben igualarlas. La crueldad e insensibilidad que muestran las “féminas” las alejan mucho del patrón de comportamiento femenino conocido, pero son mujeres y, por lo tanto, si se muestran más valientes o más sanguinarias que los hombres de sus equipos, se convierten en un reto, un desafío capaz de ridiculizar a los hombres que no son capaces de emparejarlas en ferocidad. El comportamiento de las féminas ejemplariza y educa la crueldad de los funcionarios nuevos, timoratos o empáticos con las víctimas. Si la actuación de esos funcionarios es inferior al de las féminas, quedan devaluados y feminizados, pues los asimila al comportamiento de las mujeres comunes, los rebaja a ser madres o esposas que, en el machismo policial, es una categoría social inferior al de las féminas.

***

Pocos días después del entierro, la abuela de Juancho dejó de comer y se murió. Unos dicen que fue de hambre; otros vecinos sostienen que del dolor.

El no lugar de la muerte

La partida de defunción de Carlos dice que falleció a las 6:05 a.m. como resultado de un hemoneumotórax ocasionado por una perforación de herida de arma de fuego en el pulmón izquierdo. Sin embargo, su hermana recuerda que la comisión de la policía llegó a su casa como a las 6:40 a.m. de ese mismo día.

No era la primera visita que les hacían los funcionarios a su casa en las afueras de Barquisimeto, en la carretera hacia Tintorero. Una semana antes, la policía se había llevado a Carlos para un interrogatorio. Carlos estaba desempleado, así que se dedicaba a cazar iguanas en los terrenos traseros de su casa para ayudar a la familia; tenía ciertas habilidades para eso, quizá porque lo había hecho desde niño, cuando no era más que un pasatiempo. En esa oportunidad, regresó al día siguiente a su casa y no comentó nada de lo que había pasado, de lo que le habían preguntado o lo que él había respondido. Pero esta vez había sido distinto: hubo forcejeos entre la madre y los policías; su hermano también intervino en su defensa y también resultó golpeado por los funcionarios. El alboroto despertó al vecindario, que todavía podía estar dormido. Carlos los tranquilizó y calmadamente se subió a la camioneta, no se sabe si confiado o resignado. Los familiares y otros vecinos cercanos gritaron fuerte mientras se lo llevaban, como para dejar constancia ante el cielo: “¡Se lo llevan vivo, se lo llevan vivo!”.

Cerca de las tres de la tarde se enteraron por un familiar de que en la radio habían anunciado su muerte en una refriega con la policía cerca de Carora. Decían los noticieros que el parte policial reseñaba que los fallecidos eran unos piratas de carretera que se habían enfrentado a los policías, que eran unos asaltantes peligrosos dedicados a robar la mercancía que transportaban los camiones por la carretera Lara-Zulia. La familia tuvo que reclamar el cadáver de Carlos en la morgue de Carora, un hospital situado como a cien kilómetros de su casa. Y su hermana nos pregunta: “¿Cómo pudo morir a esa misma hora y en un enfrentamiento ocurrido a casi cien kilómetros de donde se lo llevaron vivo?”.

En qué lugar y a qué hora murió Carlos no se sabe. La muerte se convierte en un evento intemporal y aterritorial.

Uno de los principios básicos de la investigación criminal es la búsqueda de evidencias que permitan, con la ayuda de peritos y expertos, poder reconstruir el evento y a partir de allí aproximarse a la verdad de los hechos. La criminalística establece algunos procedimientos para la realización de ese trabajo: hay que preservar el lugar y evitar su contaminación, hay que hacer una planimetría del espacio, hay que hacer fotografías y recoger las evidencias que puedan ayudar a elucidar el incidente y ser usadas como pruebas en un juicio. Pero, para que toda esta minuciosa labor pueda llevarse a cabo, debe existir un lugar de los hechos, debe encontrarse un espacio donde ocurrió lo que se presume pudo haber sido un hecho delictuoso.

Pero las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales no tienen un lugar de muerte. En el discurso oficial, casi todos son trasladados heridos a los hospitales, fallecen en el camino hacia el centro de salud o mueren recién ingresados a sus emergencias… Otros mueren en una zona distante del espacio donde fueron aprehendidos o “heridos”: en una playa solitaria, en un callejón desconocido, a la vera de una carretera lejana.

No existe un lugar donde ocurrió la muerte. Los espacios donde fueron torturados y asesinados son borrados de la memoria oficial. El taller donde se encontraban, el patio trasero, el cuarto del fondo de la casa que fueron convertidos en patíbulos por horas o minutos se esfuman, desaparecen, no existen más. Los dejan sin historia.

La criminalística establece un conjunto de procedimientos con los cuales el ciudadano común está familiarizado por las películas de Hollywood y las series de televisión. Las policías de investigación los conocen bien y tienen peritos y expertos en estas lides. La policía de investigación de Venezuela cuenta con funcionarios de muy alta calificación y durante un tiempo fue considerada una de las mejores de América Latina, por su experticia y su relativa independencia. Quizá por eso mismo durante muchos años el gobierno nacional ha tenido un especial, aunque infructuoso, empeño en acorralarla o hacerla desaparecer.

En tres componentes se puede simplificar la investigación criminalística: el primero es preservar el lugar de los hechos o del hallazgo; para ello se bloquea el acceso de las personas, se colocan cintas que construyen cercas virtuales con las advertencias de no traspasar. El segundo es el proceso de identificar, recoger y registrar todas las evidencias posibles encontradas en ese espacio: casquillos de bala, armas, restos biológicos visibles y no visibles, que se obtienen con las pruebas de luminol. Y el tercero es un levantamiento planimétrico de la estructura física del lugar: las paredes, puertas, ventanas, techos, muebles… los llamados planos de Kenyeres, que permiten conectar las evidencias recogidas con el medio físico donde ocurrió el hecho. Ninguna de esas condiciones se cumple ni son posibles de cumplir en las actuaciones policiales investigadas.

En primer término, no hay preservación del lugar de los hechos o del lugar del hallazgo. Una vez que el procedimiento termina, los funcionarios se retiran y devuelven la casa o el apartamento a la familia, la cual, desconcertada, angustiada o acongojada, dependiendo de lo que se imagine, entra a su vivienda para buscar el vacío que su familiar ha dejado y para reconocer su propio espacio, identificarlo de nuevo, notar los posibles cambios que ha dejado el paso de esos intrusos, y toca todo, mueve todo, hurga todo; quiere reapropiarse de un espacio que les había sido expropiado durante unas horas. Y los vecinos también llegan y consuelan y rezongan… y tocan todo y mueven todo.

El segundo paso o componente tampoco es posible, pues los funcionarios se encargan de limpiar parte de la casa, borrar las evidencias que quieren desaparecer y dejar las que les convienen, y en eso pueden demorarse horas, como nos cuentan los familiares. El propósito de mantenerlos fuera de la casa y detenidos no es solo para que no puedan salir a buscar a sus familiares o denunciar sus actuaciones, lo cual también es posible, sino limpiar la escena del crimen.

Y el tercero tampoco, pues no se hace planimetría, ya que no existe investigación, ni se autoriza ni se permite la investigación criminalística de la escena del crimen, pues se considera que no hubo un “hecho delictuoso”. No hay planimetría, pues no hay un lugar cuyos planos levantar, el lugar no existe: el cuarto, el patio, el taller, la playa, la vera de la carretera se desvanecen.

El etnólogo francés Marc Augé escribió un ensayo en los años noventa para describir lo que denominó los non-lieu, los no lugares. En su propósito buscaba describir una circunstancia territorial de la sobremodernidad que son los lugares de tránsito que no son habitados sino por instantes y en los cuales no hay apropiación espacial por parte de los sujetos. Son los terminales de los aeropuertos, las estaciones de los trenes, las grandes autopistas llenas de gente y de nadie, donde millares de personas pasan cada hora y nadie es de ese lugar, su identidad espacial está reducida al minúsculo trozo de papel del boleto del avión o del ticket del tren. “El espacio del no lugar no crea ni identidad, ni relación, sino soledad y similitud” afirma Augé (1992, p. 107).

El no lugar puede ser interpretado como un espacio de tránsito, donde todo es movible y mutable, indefinido e incierto. La muerte en las operaciones policiales se transforma, se encuentra en movimiento, en tránsito; no hay uno sino varios, muchos y ningún lugar. Por eso no hay planos del lugar de la muerte, pues está en movimiento. A los heridos los llevan a los hospitales para que fallezcan en el camino. Y a los muertos también. Están en tránsito.

En Mérida, la policía llegó a un barrio buscando a un joven y mató a dos. El segundo, el no buscado, estaba de visita, de vacaciones en esa casa. Dicen que murieron en el hospital, pero un testigo vio cómo colocaban los cuerpos en la parte trasera de una camioneta. “Y si llevas heridos —afirmó— no los vas a llevar en la tolva de la camioneta”.

Augé sostiene que el no lugar no tiene historia y eso es lo que sucede con los territorios ocupados por las víctimas. En la reconstrucción que aquí hacemos del concepto, no se trata de que no tengan historia, pues sí la tuvieron, y muy fuerte y dura, y así quedó grabada en la memoria de los familiares y amigos que nos la contaron. Solo que la historia oficial les arrebató su historia.

El no lugar se corresponde con el tránsito de cadáveres de un espacio a otro, de una morgue a otra, sin información precisa; es el desconcierto de la desinformación y de la mutabilidad territorial. Otras veces no los trasladan heridos o muertos, sino que se los llevan vivos. Así se llevaron a los dos jóvenes del entierro de Araya; así se subió resignado Carlos en el carro de la policía, mientras familiares y amigos daban su fe de vida con sus gritos: “¡Se lo llevan vivo!”.

Pero realmente ya no estaban vivos. Ya estaban condenados, eran cadáveres vivos a los que llevaban al no lugar de la muerte.

El botín de guerra

“Dejó seis hijos, dos fueron conmigo” cuenta la esposa durante la entrevista, buscando pescar detalles en su memoria mientras lucha con el dolor que perdura desde aquella tarde.

Recuerda que había estado preso ocho años por el delito de homicidio, pero que en ese momento trabajaba en una de las fincas que quedan hacia La Concepción, en el oeste de Maracaibo. Ya había cumplido los 42 años y ese era su día de descanso cuando llegaron como veinte hombres y entraron por la fuerza a la casa.

“¿Qué pasa?” les había dicho. Era una pregunta que tenía el tono de un reclamo. No hubo respuesta. A ella la sacaron de la casa y a su esposo lo mataron. Cuando se llevaron el cadáver, aprovecharon para llevarse también los teléfonos y la comida de la casa. La esposa cuenta, con tristeza, que su hijo de seis años le preguntó: “Mamá, si son policías, ¿por qué nos robaron?”.

Un aspecto recurrente en los relatos de las entrevistas y grupos focales son los robos que sufren los familiares de las víctimas por parte de los cuerpos policiales. En un primer momento del estudio, podía parecer que era un exceso de una minoría de funcionarios, una mezcla de abuso y del miserable robo producto de la prepotencia que les otorga su uniforme y su máscara; y también, de la precariedad de los sueldos de los funcionarios y de los trabajos que debían pasar para poder llegar a fin del mes, como le ocurre a la mayoría de los venezolanos. Luego, en la repetición, se encuentra que es un patrón que, si no está ordenado, al menos está claramente permitido por los superiores. Aceptan que esas prácticas formen parte regular de los procedimientos, de la rutina establecida.

“¡Hasta la crema dental se la llevaron!” recuerda la madre de Gilberto. Ella estaba en la morgue del Hospital Central Universitario Antonio María Pineda de Barquisimeto cuando llegó su sobrina y le contó que, al retirarse, esos “bichos” se habían llevado de todo. Gilberto había invadido en 2018 un terreno en las afueras de la ciudad, al norte y muy distante del hospital y del centro urbano. Allí se había construido su rancho, donde vivía con su esposa y su hijo pequeño, y los acompañaba otro hijo adolescente, fruto de una relación anterior. En el terreno trasero de la parcela que Gilberto había ocupado, tenía unas siembras y se dedicaba a criar gallinas y cochinos para ayudarse. La sobrina solo había podido entrar a la casa como a las tres de la tarde, varias horas después de escuchar los disparos y que se lo hubiesen llevado del lugar. Les robaron las bombonas de gas con sus adaptadores, ropa, comida de la nevera; mataron unas gallinas y se llevaron un cochino, y hasta unas sábanas nuevas que Gilberto había traído de Colombia.

“El botín (booty) —escribe Shatzman— fue una importante fuente de ingreso para los soldados romanos, los oficiales, los generales y para el Estado en sí mismo” (Shatzman, 1972, p. 177). El botín de guerra o praeda forma parte de una muy antigua tradición de la violencia y las guerras de la humanidad (Bona, 1959). Es una larga historia que va, desde el pillaje desordenado de los muertos en el campo de batalla, hasta los tratados internacionales que fijan los derechos del vencedor en las guerras internacionales para tomar las propiedades del Estado que ha perdido la contienda, como estableció el Reglamento de La Haya de 1907 y el III Convenio de Ginebra de 1949 (CICR, 1949).

El botín se ha entendido como la recompensa por el triunfo o como el cobro por indemnización por los daños sufridos o de los gastos de defensa incurridos durante la contienda. Los estudiosos han reconstruido cómo fue la evolución desde las guerras de los samnitas, trescientos años antes de Cristo, hasta las regulaciones de la república romana, haciendo que el botín dejase de ser una parte de la rapiña privada o de la apropiación del general a cargo como manubiae y pasase a formar parte de la res publica como praeda (Shatzman, 1972). Para poder entender mejor la dinámica compleja del proceso social del botín, su justificación y su distribución, es útil remontarse a su práctica desde la Roma prerrepublicana, pues lo que acontece en los barrios pobres de Venezuela se asemeja más al tratamiento del botín en las guerras antiguas que en las modernas.

En su libro Praeda. Butin de Guerre et societé dans la republique romaine, Coudry y Humm (2009) nos ayudan a entender las reglas sociales que regulaban la espolia de los vencidos y de los prisioneros de guerra. Los ejércitos romanos fueron quienes empezaron a establecer un orden en la toma de la riqueza de los derrotados. Anteriormente, la práctica había sido que se daba una apropiación privada e individual de lo que cada uno lograba arrebatar al perdedor. La práctica había quedado acuñada en una expresión: Unusquisque enim quod in praeda rapuerat ipsum erat. Es decir, cada quien se queda con lo que agarre. Esa práctica fue modificada por los ejércitos romanos porque un despojo temprano podía distraer a los soldados en medio de la escaramuza y, por lo tanto, se arriesgaba el desenlace y el triunfo en la batalla (Piquer Mari, 2012). Así que el saqueo de las víctimas solo podía ocurrir después de concluida la batalla y una vez que lo había autorizado el general a cargo del ejército. Tito-Livio (XXVI, 46,10) lo describe en su historia romana: tum, signo dato, caedibus finis factus, ad praedan victores versi, qua e ingens omnis generis fuit. Una vez dada la señal, se finalizaba la masacre y los vencedores pasaban al pillaje de todo lo que encontraban (Coudry, 2009, p. 27). Y los bienes incautados: armas, metales, esclavos, no quedaban como posesión de los individuos, sino que eran acumulados y distribuidos según ciertas reglas que les asignaban una parte a los soldados combatientes (ex praeda), otra a los heridos, otra a los generales, otra a los templos, para dar gracias a los dioses, y otra destinada a la construcción de obras públicas (Piquer, 2017).

En las guerras medievales de Europa la práctica estuvo muy generalizada, pues muchas veces las guerras no tenían otro propósito que poder robar al adversario. El saqueo de los vencidos se correspondía con la penuria que existía en la sociedad medieval, donde los bienes muebles eran muy escasos, algo que resulta difícil de imaginar para las generaciones recientes, acostumbradas a la abundancia de objetos de la sociedad industrial del consumo masivo. También tenía un propósito político, pues se debilitaba al adversario al restarle recursos materiales y humanos; y tenía también sus reglas de distribución. En su novela Sidi, Pérez-Reverte relata los complejos mecanismos de distribución de los bienes embargados en las campañas contra los moros en la España medieval y cómo el Cid se empeñaba, a disgusto de la tropa, en que una décima parte del botín fuera de regalo al rey como expresión de su lealtad (Pérez-Reverte, 2019).

Pero ¿cómo entender que se lleven una pasta dental? Hay tres interpretaciones no excluyentes de ese comportamiento depredador de los cuerpos policiales. La primera es la deshumanización de la víctima y, en consecuencia, de sus familiares. Esas personas han dejado de ser personas, seres humanos y, por supuesto, han dejado de ser ciudadanos de una república. Son simplemente delincuentes, una escoria que se debe eliminar y, si se los puede matar, también se los puede robar, ya que es posible que esos bienes hayan sido obtenidos con dinero o medios mal habidos.

La segunda es que el robo es una forma de castigo ampliado a la familia, un restarles los privilegios a sus allegados y que pudieran tener su origen en su actividad criminal, aunque fuese una crema dental. Se trata de una apropiación del res hostium, como apropiación individual de los soldados al final de la batalla, como cose del nemico, de los objetos que le pertenecían. De la casa del esposo de Aura, al sur del lago, se llevaron los dos teléfonos, la ropa de la víctima y un saco lleno de comida que, dos días antes de que lo mataran, la víctima había empezado a reunir para llevarle a la familia cuando fuera para Maracaibo.

La tercera interpretación conjetural es que simplemente los funcionarios se encuentran tan empobrecidos y con tantas dificultades para conseguir sus alimentos y bienes, por la escasez de estos y por su incapacidad de comprarlos debido a sus bajos sueldos, que eso se suma como una parte del pago por su labor. Entre los años 2018 y 2020, el sueldo de los funcionarios policiales estuvo en alrededor de los diez dólares mensuales, así que simplemente despojan a la víctima de sus bienes, pues está muerto, y en esa rapiña no es un muerto con derechos, sino que los ha perdido también.

Hay dos dimensiones adicionales que pueden permitir comprender mejor la dinámica del botín de guerra y su diferencia con otras prácticas de robo llevadas a cabo por cuerpos policiales: la primera es la secuencia de los eventos de robo y muerte y la segunda es el tamaño del botín involucrado.

En relación con la secuencia de los eventos. En las ejecuciones extrajudiciales que hemos analizado, la sucesión de los hechos muestra que la muerte antecede al robo. En los casos en los que hay delincuencia policial simple, la secuencia se invierte y el robo antecede a la muerte. En el primer caso, el propósito es eliminar a la persona y el botín de guerra es un valor agregado a la operación. En el segundo caso, el propósito de los delincuentes uniformados de policías es robar a la persona, extorsionarla o cobrar un rescate por el secuestro y, una vez concluido el primer paso (o abortado por cualquier circunstancia fortuita), proceden a la muerte. Ambas son acciones criminales, homicidas; ambas implican una responsabilidad legal del Estado. Pero más allá de esa dimensión legal, esta distinción nos parece importante para comprender la significación social de esos comportamientos criminales, pues, en el primer caso, hay una política de Estado que genera un botín de guerra que es subsidiario y en el segundo caso la responsabilidad primera es de los individuos y, solo de una manera secundaria, en un segundo plano, pudiera estar la responsabilidad del Estado por no haber tomado las medidas adecuadas para evitarlas, tal y como establecen los tratados internacionales.

Un caso muy similar al que estamos analizando fue lo ocurrido en Argentina durante la dictadura militar de los años setenta. En ese período, un grupo importante de militantes políticos fueron asesinados por una decisión de Estado. El gobierno militar organizó viajes de aviones militares hacia mar adentro en cuyo interior transportaban sedados a los prisioneros políticos, quienes eran lanzados y desaparecidos en las aguas. Algunos de esos prisioneros desaparecidos eran parejas y tenían hijos pequeños que quedaron huérfanos y que con posterioridad fueron dados en adopción a matrimonios infértiles de civiles o militares. Los entregaron como huérfanos, sin explicar las razones de esa orfandad. Sin registrar las macabras razones por las cuales habían perdido a sus padres. Años después, y en la batalla por encontrarlos y devolverlos a la memoria social, el movimiento de las Madres de Mayo publicó con la ayuda de un escribidor un libro que titularon Botín de guerra (Nosiglia, 2007). En su interpretación, esos niños fueron considerados un “botín de guerra” de los militares encargados de las operaciones de exterminio. No eran subversivos, como habían sido calificados sus padres; tampoco fueron irresponsablemente abandonados por ellos: eran un botín de guerra (Quintana, 2017).

Los procedimientos del robo de bienes a las familias venezolanas o el robo de niños en la dictadura argentina son similares, aunque las diferencias en el objeto del robo son abrumadoras y se corresponden con contextos sociales muy diferentes. Pero la secuencia del procedimiento es la misma: primero es la muerte; luego, y subsidiariamente, el robo. El propósito central de los militares que se encargaron de ofrecer niños en adopción en Buenos aires o Montevideo no era ofrecer niños en orfandad, era asesinar a sus padres por considerarlos subversivos. Pero, una vez ocurrida esa muerte, se procede a lo segundo. La misma secuencia que nos han contado las madres y esposas en Venezuela: después de la muerte es el robo. Es la misma secuencia que permitían los comandantes romanos y medievales: primero la muerte y, luego, se autorizaba a despojar de sus armas y vestimentas a los caídos en el campo de batalla.

El segundo componente es la magnitud, pues puede definir la calidad del evento y el orden de la secuencia. En la mayoría de los casos que hemos podido estudiar, el valor monetario es muy pequeño, casi insignificante, pudieran pensar algunos. Pero esos objetos menores son muy importantes en la pobreza, por lo difícil que se les hace obtenerlos: un teléfono celular, unos pendrives, unos audífonos, los adaptadores de las bombonas de gas doméstico usado para cocinar… son bienes muy apreciados en la pobreza de las víctimas y de los funcionarios depredadores. Los niños huérfanos no eran un bien menor pero, más allá de su inmenso valor moral, no eran negociables monetariamente.

Algo distinto ocurre cuando el valor monetario implicado en el botín es grande, tal como ocurre cuando los ganaderos o comerciantes son extorsionados y muchas veces asesinados por los funcionarios policiales delincuentes. En ese caso la letalidad policial es secundaria, lo importante es obtener una importante cantidad de dinero. En esta última circunstancia, aunque se pueda actuar con los uniformes y armas de reglamento del Estado, la acción es individual o incluso corporativa y puede involucrar a funcionarios de más alto nivel, pero no es una acción del Estado, sino de los individuos, pues la racionalidad implicada es la del lucro privado y no la de preservación del Estado. No se trata, pues, de un botín de guerra, sino de un botín de robo.

Cuando el monto del botín de guerra es pequeño y no hay mucho que repartir, se le permite al actor pequeño quedarse con el bien saqueado. Es algo similar a cuando el ladrón de vehículos o secuestrador permite que sus asistentes despojen del reloj o los zarcillos a la víctima, pues es como darles una propina adicional. El jefe de la operación lo tolera, pues su interés se concentra en la cantidad grande del cobro del rescate de la víctima o del producto de la venta del vehículo robado.

El botín de guerra tomado en las viviendas pobres de los barrios de Venezuela por los cuerpos policiales es una práctica asimilable al comportamiento de los soldados previo a las leyes romanas de hace dos mil años, cuando se reguló la manubiae que tomaban los generales de las tropas vencidas (Shatzman , 1972). Excede también lo establecido en tiempos recientes en los convenios de “leyes y usos de la guerra terrestre”. Por ejemplo, lo establecido en la Segunda Conferencia de La Haya del 18 de octubre de 1907 en su artículo 4 del capítulo II sobre los prisioneros de guerra, donde se señala que los prisioneros “están bajo el poder del gobierno enemigo y no de los individuos o Cuerpos que los hayan capturado”; y se especifica que “todo lo que les pertenezca personalmente, exceptuando armas, caballos y papeles militares, es de su propiedad”. Y también lo establecido en el Convenio de Ginebra de 1949, “Relativo al trato debido a los prisioneros de Guerra”, el cual determina en su artículo 18 que “todos los efectos y los objetos de uso personal quedarán en poder de los prisioneros de guerra… especialmente los objetos que tengan valor personal o sentimental…” (Henckaerts & Doswald-Beck, 2007, pp. 193-195).

Al parecer la pasta dental no era un efecto personal.

El botín de guerra de las operaciones policiales en Venezuela es la violación no solo de los derechos ciudadanos en tiempos de paz, sino también de los derechos que tienen los enemigos en tiempos de guerra. Es una rapiña primitiva permitida o aupada por ese ente difuso y real que llamamos Estado.

Buscar los cuerpos

“Nos pasamos toda la madrugada buscándolo” recuerda la madre. La familia vivía en un barrio ubicado al este del valle de Caracas y la comisión había llegado la noche anterior a su casa, golpeando puertas y ventanas.

“Sí, yo soy William” les había respondido el joven cuando abrió la puerta. Dijeron que le querían hacer unas preguntas y lo separaron del resto de la familia, a quienes encerraron en un cuarto. No podían ver, pero sí podían escuchar sonidos, pasos y voces en el silencio de horror y miedo que se apoderó del lugar. “Estaba como vomitando” recuerda la madre en la entrevista. Luego, se escuchó un disparo y un trajín de pasos en la platabanda, en ese techo y terraza que hacen en las casas autoconstruidas de las familias humildes de Caracas para algún día poder colocarles paredes y tener un nuevo piso que pueda servir de vivienda para alguno de los hijos, como William, cuando crezcan y hagan familia, o poder alquilarlo y tener unos ingresos extras. Junto a los pasos, escucharon ráfagas de disparos y gritos encubridores, que si “se escapó, que se está escapando, que nos está atacando” gritaban los funcionarios… y ella sabía que era mentira, pero estaba encerrada en el cuarto de abajo. Después de recorrer muchos lugares en su búsqueda, al amanecer lo encontraron muerto en el Hospital Vargas, en el otro extremo de la ciudad.

Una vez que los funcionarios se han retirado de la casa y le han devuelto la posesión del espacio ocupado a sus habitantes, la familia se queda con dos preguntas lacerantes: ¿dónde se lo habrán llevado? Y la segunda, más difícil de procesar: ¿estará vivo o lo hallaremos muerto? Los familiares se empeñan en fantasear que lo encontrarán detenido en un local de la policía, o herido en una cama hospitalaria; ese sería el mal menor. Rehúyen a la idea de buscarlos primero en una morgue; los desconsuela, les duele, les parte el corazón imaginarlo.

Así que inician el peregrinaje de búsqueda por los recintos donde el dolor puede ser menor. Se niegan a conjeturar lo peor y, esperanzados, preguntan por su paradero en las sedes policiales, en los centros de detención donde creen que pudieran haberlos trasladado. Luego, en las oficinas administrativas de las diversas policías y comandos militares, donde esperan, al menos, conseguir algunas respuestas, alguna información que pudiera orientarlos. El silencio y la no respuesta crean desconcierto y ansiedad; la duda los corroe y las preguntas se tornan cada vez más punzantes, más dolorosas.

Al pescador Carlos lo buscaron sin éxito en la sede de la policía municipal de Araya. Luego de una larga espera antes de ser atendidos, preguntaron en el comando de la GNB de la zona; allí les informaron escuetamente que habían aparecido dos cadáveres. Se movieron para ubicarlos en la península, pero no pudieron encontrarlos allí. Al final, supieron que los cuerpos habían sido trasladados a la morgue del Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá, que está ubicado en la ciudad de Cumaná, al otro lado del mar. Para buscarlos debían atravesar en lancha los tres kilómetros de olas que tiene la boca del golfo de Cariaco, o recorrer por tierra los doscientos kilómetros de asfalto que se requieren para bordear la península. Una vez llegados, debieron hacer una carta a las autoridades competentes, alegando y demostrando sus menguados recursos, para que al final les devolvieran el cadáver.

Las historias se repiten: el desconcierto de los deudos, la confusión en la cual se movieron en las horas siguientes, la espera interminable de alguna noticia y el hallazgo que renueva el llanto y el dolor. Algunos sienten la tranquilidad resignada de la superación de la incertidumbre; la resignación que provoca la certeza de lo que más temían, así fuese lo más terrible. La familia quiere cerrar ese proceso, no prolongar más esa duda y decir: “¡Ya, se acabó!”. Quieren enterrar a su muerto, están agotadas luego de horas o días de búsqueda. Pero para muchas el horror no termina allí.

En los grupos focales del estado Aragua reportaron que, cuando la muerte es producto de un operativo policial, retrasan la entrega del cadáver hasta que se encuentra en estado de descomposición, con lo cual no es posible cumplir con los ritos funerarios, pues el cuerpo corrupto debe ser sepultado de inmediato. En un grupo focal de Caracas, los familiares relataron que, después del allanamiento y la supuesta resistencia a la autoridad, el cuerpo fue llevado hasta la morgue de Los Teques, una ciudad cercana, en cuyas instalaciones las cavas no tenían refrigeración, pues los equipos y hasta el aire acondicionado estaban dañados por las irregularidades en el servicio eléctrico. Cuando, en Los Teques, los familiares pudieron encontrar el cuerpo en medio de ese depósito de cadáveres, estaba junto a otros cuerpos en avanzado grado de putrefacción y no les fue posible realizar el velatorio. “Me quitaron mi hijo y me quitaron mi derecho a enterrarlo” dice la madre frunciendo el ceño, como buscando controlar el dolor.

Los ritos funerarios: el velorio, la procesión del entierro, el novenario facilitan el proceso de aceptación de la muerte y la recomposición de la relación con la vida que ha quedado maltrecha entre los deudos y la comunidad. Les permite a los vivos recomponer su vida, aceptar lo que han perdido de sí mismos en aquella pérdida del otro y seguir adelante al desligarse del ser querido, al dejarlo ir.

El velorio cumple en ese proceso una función muy importante, pues permite trabajar esa transición entre la vida y la muerte. Y la presencia del cuerpo del occiso es esencial para poder realizar la despedida. En el velorio, el cuerpo ya no forma parte de los vivos presentes, pero tampoco se encuentra entre los muertos ausentes; es un momento de transición que permite aceptar la realidad. Es un proceso normal de la vida que, como dice Freud (1993), no puede ser considerado una patología, pues el sentido de la realidad se impone y se empieza a retirar la libido del ser perdido. Como proceso social, Turner (1977) sostiene que es un ritual cuyo valor simbólico refiere al paso de un estado a otro, del mundo de los vivos al mundo de los muertos. La ausencia de velorio es, al contrario, vivida como la negación de la pérdida, como su no existencia, pues no se llevó a cabo la transición y esa ausencia se convierte en una falta que acrecienta el dolor de los deudos y que puede ser un obstáculo para lo que el psicoanálisis llama el trabajo del duelo. El trabajo del duelo es individual siempre, pero tiene una dimensión comunitaria, la cual apoya a los deudos en la transición y en la despedida, un trabajo que lo facilita la solidaridad de los vivos.

La confrontación con la muerte nos recuerda siempre nuestra fragilidad e indefensión. La muerte como una realidad omnipresente y esquiva entre los vivos. La muerte es la única seguridad de la vida. Pero, en este caso, la muerte no ha sido un hecho natural, ni siquiera casual o accidental: ha sido provocada y es sentida como injusta, pues es una muerte temprana, ya que mayoritariamente ocurre entre personas jóvenes y sanas en un momento de la vida donde prácticamente no hay razones para morir. Es una muerte prematura que ocurre cuando no ha transcurrido aún el ciclo completo de la vida, que hace que, pasados los años, se vuelva tolerable la incomprensión de la muerte.

El desvanecimiento de los ritos funerarios retrasa la solidaridad e impide el acompañamiento de los otros en la aceptación de la muerte y, como consecuencia, incrementa el miedo y la inseguridad de los vivos. La amenaza de la muerte no es de la muerte natural, sino de la provocada, de la presencia de unos otros, poderosos y malignos, que pueden ocasionar la muerte. Y la incertidumbre que provoca es tanta que ni siquiera el velorio y el despido de los muertos es seguro.

La acción policial arbitraria provoca vulnerabilidad. El allanamiento del hogar, la tortura y la muerte conducen a los parientes y vecinos a una situación de indefensión ante el Estado todopoderoso. Es un proceso de infantilización de las personas, de regresarlas al estadio infantil, el momento en que eran incapaces de garantizarse la vida por sí mismos, cuando la vida y la muerte dependían de los padres, a quienes el niño fantasea como todopoderosos y por lo tanto en cuyas manos está la posibilidad de su sobrevivencia (Nussbaum, 2019).

Las ejecuciones extrajudiciales convierten al Estado en el padre poderoso que puede matar o conceder la vida, en el lenguaje de Foucault (Foucault, 1997). El Estado con sus símbolos, sus uniformes, ejerce su capacidad, no solo de dar la muerte, sino, además, de controlar el cuerpo después de la muerte. No es solo la muerte, es más que la muerte. Así como la tortura es el horror antes de la muerte, el no velorio es el horror después de la muerte. ¿Qué derechos puede tener quien no tiene derechos ni sobre sus muertos?

“Me quitaron mi hijo y me quitaron mi derecho a enterrarlo —repite la madre de nuevo—, pero no me pudieron robar el dolor ni la rabia…”.

Testigos mudos

“Mejor dejáis las cosas así —le dijo secándose el sudor de la frente—, porque si no, te ganáis un enemigo y perdéis el dinero”. El abogado era un amigo de la familia, un penalista conocido en el estado Zulia, a quien había llegado por recomendación de una sobrina.

Antes, ya se había movido con conocidos, había buscado referencias y tenía ya palabreado un préstamo del dinero que se suponía podía costarles iniciar el proceso legal. La madre lo sintió sincero; la había escuchado con paciencia y hasta con comprensión, pensó ella. Luego, le había dado la razón humana y apoyado con la fuerza legal que tenía su reclamo, pero le había argumentado sobre la inutilidad de esas causas judiciales. Los jueces no se atreven a decidir en esos casos, le había comentado. Ellos deben pedir permiso a los que están más arriba. Nadie se atreve a decidir de acuerdo con la ley. Es arriba donde deciden, y a veces, decía, hasta le mandaban las sentencias redactadas para que el juez solamente las firmara y se ahorrara ese trabajito.

El horror cosecha resultados. No en todos los casos, ni tampoco de manera permanente, pero sí calla a los testigos. Primero calla a los vecinos, después a los amigos cercanos y, finalmente, hasta a los propios familiares.

“Nuestra familia quedó devastada; no quisimos saber nada de denuncias ni de nada de eso”, afirma la sobrina en San Cristóbal. Ella fue la única que se atrevió a participar en el grupo focal. “Mi tía —nos contó— se mudó a otro municipio; mis tíos se negaron a poner la denuncia o iniciar otra acción legal…”.

En Venezuela, poco más del 60% de los delitos nunca son denunciados. Con pequeñas variaciones, es lo que hemos encontrado en las encuestas de victimización realizadas durante casi dos décadas (Briceño-León, 2012; 2017). Los mismos porcentajes son reportados en las encuestas de victimización que ha ejecutado el gobierno nacional, en su caso con una muestra mucho más grande y cuyos resultados ha querido, sin éxito, ocultar repetidas veces (INE, 2009), (INE-Conarepol, 2006). Pero los datos de los estudios de Lacso o los del gobierno nacional no son específicos para los homicidios, sino que se refieren a todos los delitos violentos. Como premisa teórica, las encuestas de victimización no tendrían por qué ocuparse de la denuncia de los homicidios, pues este es un delito que no amerita ser denunciado, ya que la policía debe actuar siempre de oficio. La denuncia es el cadáver mismo que, en su inerte silencio, hace las preguntas: ¿cuál fue la causa de la muerte? ¿Quién fue el autor?

Aunque son distintos los delitos involucrados en un robo, un homicidio o una ejecución extrajudicial, el comportamiento social de callar y no denunciar resulta muy similar. Salvo que en los casos de la violencia policial se agrava por la presencia activa y amenazante de los funcionarios del Estado.

“Yo nunca he querido dar declaraciones ni nada de eso… quiero cuidar a mi esposa e hijos… El Sebin molesta, hemos visto movimientos raros de camionetas y gente…”, afirmó otro participante del grupo focal.

El temor no es gratuito. Los rostros encapuchados, la muerte simbolizada en las calaveras que cargan en sus insignias, la muerte real de las víctimas… todo ello ha infundido el temor en la población. Y el miedo es libre.

En un grupo focal realizado en Barquisimeto, estado Lara, luego de escuchar los horrores sufridos que contó uno de los participantes y que otro más refrendó con experiencia familiar, uno de los participantes, visiblemente emocionado, le lanzó una propuesta al resto del grupo. Levantó la voz y preguntó: “¿Y por qué no vamos mañana todos juntos a denunciar en la Fiscalía?”. La respuesta fue un clamor casi unánime: “¡Estás loco! —le soltaron—. Ve tú solito, si quieres —agregó otro participante—. Después vienen y nos matan a todos”.

El miedo rompe la acción colectiva, eso lo sabe el poder. Ciertamente hay audaces y arriesgados, y también hay temerosos y cautos. Al final, la posibilidad de respuesta colectiva se retrasa y se pierde. La dictadura del miedo se impone de manera silenciosa.

En nuestros estudios hemos buscado comprender las razones de la no denuncia y nos hemos topado con dos argumentos que se repiten con el paso del tiempo y en distintos lugares. El primero es la desesperanza: las personas piensan que la denuncia no conduce a nada, que tiene altos costos económicos y de tiempo y que al final no se obtiene respuesta ni satisfacción a sus demandas, a veces ni siquiera respuestas a las preguntas que formulan, mucho menos el castigo a los culpables que desean. Y el poder se encarga de reforzar ese sentimiento: la dilación judicial, la política de oídos sordos e insensibilidad no solo tienen un efecto práctico de impunidad; también lo tienen en las expectativas de las personas, en su pasividad y resignación.

El segundo argumento que dan las personas para no denunciar es el temor de una retaliación por los propios funcionarios. ¿Cómo denunciar ante la policía si son los propios policías los indiciados? Las intimidaciones a los vecinos o familiares suceden de manera velada o abierta. En algunos casos los funcionarios visitaron la casa de otro hijo o de un familiar para preguntar cualquier banalidad. En otros casos han estacionado la patrulla o un carro misterioso frente a la casa de un vecino que puede ser testigo, o se pasean por las noches con ostentación. No hacen nada, no dicen nada, simplemente se dejan ver. Recuerdan su presencia. En otros casos son más directos: en la entrada de la Fiscalía, un desconocido le largó a la hermana de la víctima una sentencia: “Calladita te ves más bonita”. Y en otro caso, le recordaron al familiar lo que dicen en los programas de televisión: “Todo lo que digas puede ser usado en tu contra”.

Pensando en Weber, podemos afirmar que la no denuncia es un comportamiento racional desde el punto de vista individual (Weber, 1965), aunque muy negativo para la sociedad y la justicia. La racionalidad es simple: ¿para qué denunciar si no se puede obtener nada de lo buscado? O, peor aún, sufrir consecuencias. Esa es la fuerza paralizante que tienen las dictaduras. Por eso también es que hay más denuncias sobre abuso policial en las democracias pues, cuando impera el Estado de derecho, las personas se sienten protegidas en la denuncia y tienen expectativas de que sí podrán conseguir resultados acordes con los propósitos de su acción.

Mientras tanto, los vecinos repiten la desoladora conseja de que, si viste algo, tienes que hacer como que no viste nada. “Los monitos no ven, ni oyen, ni mucho menos hablan” dijo uno de los entrevistados. Son testigos mudos.

Justificación y repudio

“Es preferible que se pierdan dos a que se siga perdiendo tanta gente inocente”. Así cerraba su justificación de las acciones letales de la policía uno de los participantes en los grupos focales del estado Zulia. Antes, había reconocido que “no era legal lo que habían hecho”. Decía que era verdad que habían matado gente, que les hicieron daño a unas familias y todo eso, pero también —sostenía—: “le habían ahorrado una amenaza al resto de la sociedad”.

Ese era el hilo del razonamiento que había logrado comunicar al resto de los participantes. Algunos no estuvieron de acuerdo, pero el mismo argumento se repitió otras veces y era similar al que escuchamos en los otros encuentros llevados a cabo en diversas zonas del país.

La opinión de la población venezolana está dividida frente a la acción violenta y letal de la policía, aunque no en proporciones iguales ni por idénticas razones: unos justifican la letalidad policial, mientras que otros la rechazan. En una encuesta que hicimos a una muestra aleatoria de población nacional a inicios del año 2020, pudimos constatar esa separación: un tercio de los entrevistados dijo que estaba de acuerdo o muy de acuerdo con que la policía tenía derecho a matar a los delincuentes. Los otros dos tercios expresaron su rechazo y desacuerdo.

La encuesta se realizó con una entrevista cara a cara en la muestra de 1200 hogares seleccionados al azar en todo el país, y los resultados de la escala de Likert utilizada en la pregunta mostraron que un 13% de los entrevistados estaba totalmente de acuerdo con que los policías mataran a los delincuentes. En el extremo opuesto, un 43% dijo estar totalmente en desacuerdo. Con una opinión más moderada, un 19% dijo estar de acuerdo y un 25% en desacuerdo. La suma consolidada indica que la mitad de la población ni aprobaba con vehemencia ni rechazaba con energía, pero sí expresaba un clivaje, con lo cual es posible concluir que un 32% de los venezolanos lo justifica y un 68% lo rechaza.

“Sólo Dios tiene derecho a quitar la vida… yo siempre lo digo. Por muy mala que sea una persona, también tiene perdón de Dios… Si esa persona fue mala, haz tu trabajo, métela presa, pero no le quites la vida, porque uno nunca sabe, por muy mala que sea esa persona, puede tener familia, hijos” ripostaba otro participante en Caracas.

Los argumentos para justificar la letalidad policial los conocen las autoridades y de alguna manera han actuado como sustento de este tipo de acciones criminales, pues saben que cuentan con alguna simpatía, y por eso las han utilizado como una estrategia política en momentos de elecciones o de crisis.

El argumento central que se repite en las personas que lo justifican es que así consiguen protección. Son personas que se sienten amenazadas, desamparadas ante el delito y, en su fragilidad y vulnerabilidad, recurren a la búsqueda de protección. Infantilizados, buscan el respaldo del padre protector; desamparados, buscan la acción del gobierno fuerte y son capaces de sacrificar derechos por conseguir alguna seguridad, aunque ese desamparo pueda haber estado alentado o permitido por el mismo que luego les ofrece protegerlos.

La justificación de la acción letal se convierte entonces en una justificación de la muerte preventiva del potencial agresor. La persona que justifica la ejecución del delincuente no ha sido víctima de ese criminal; sin embargo, tiene pavor de ese “subgénero humano” que representan los delincuentes. Los que aprueban estas acciones consideran que aquel desconocido, que puede habitar en un lugar lejano, se convertirá en el futuro en un potencial agresor para su persona. Entonces, la acción asesina se justifica como una defensa propia, como un acto de protección que se adelanta, que se anticipa a un peligro difuso y al cual se le da una respuesta concreta. Se los ejecuta por un crimen que pudieran cometer en el futuro, no por lo que estén haciendo o hayan hecho. Al anticiparse con aquellas muertes, los policías o quienes los apoyan creen que se libera “al pueblo”, a la sociedad, de unas potenciales amenazas.

Estos argumentos adquieren mayor fuerza cuando las víctimas o los amenazados son las personas a quienes se considera más vulnerables: los niños, los ancianos, las personas con problemas mentales o los que presentan síndrome de Down. En esos casos la justificación es mayor, porque se considera que hay abuso de la fuerza, que hay un aprovechamiento del otro, frágil; que hay una mayor desigualdad y, por lo tanto, son más despreciables.

Algo similar ocurre con los delincuentes que son considerados crueles o que han cometido crímenes atroces. En esos casos, muchas personas tienden a justificar la acción letal de la policía, como también la acción criminal anónima de la población en los casos de linchamiento. En nuestros estudios hemos encontrado que ante la pregunta de cuándo pudieran estar justificados los linchamientos, la mayor respuesta se ha encontrado cuando el linchamiento estuvo dirigido a quienes habían cometido crímenes atroces: violaciones de niñas o niños, asesinatos de ancianos con alevosía. Se justifica castigar con severidad extrema al bandido deshumanizado.

Otro argumento que se repite es la sensación de impunidad, la ineficiencia del sistema judicial, la corrupción de los policías o de los tribunales… en fin, la imposibilidad de aplicar un castigo de acuerdo con la ley, lo cual justifica la aplicación de una pena fuera de la ley. “Si los van a soltar, no van a ir presos; entonces, es mejor que se encarguen de ellos”.

Hay otra explicación que justifica la actuación letal de los policías y que retoma el mismo argumento anterior. Se razona que, si los policías detienen a unos delincuentes y los dejan vivos —pues los entregan a los tribunales—, se crean un enemigo personal, y es muy probable que a ese delincuente no lo vayan a mantener preso, que los jueces los vayan a liberar y que regrese a la calle. Entonces esos delincuentes van a buscar cómo vengarse del policía que los aprehendió. Así que lo mejor es que los funcionarios se quiten ese problema de antemano. Es una variante del argumento de la autodefensa adelantada.

En resumen, es posible sintetizar que el argumento de la defensa propia es uno de los nodos centrales de la justificación de la violencia letal de la policía. Y el otro reside en la necesidad de evitar la impunidad y aplicar un castigo, que se estima no podrá ser aplicado por las ineficiencias del sistema de justicia penal.

En la acera opuesta se encuentran quienes repudian las ejecuciones extrajudiciales. Sus argumentos se pueden sistematizar en cuatro vertientes.

El primer argumento gira alrededor de la ilegalidad de la acción policial. Es interesante, pues fue repetido una y otra vez entre los familiares, incluso entre los de menor nivel educativo. Esta tesis se mueve en varios niveles: en el primero de ellos, se señala que en Venezuela no hay pena de muerte; por lo tanto, los policías no tienen derecho alguno para aplicarla. En el segundo, se afirma que, suponiendo que fuese cierto que son unos delincuentes, se los debe llevar presos —que es lo que contempla la ley—, no matarlos. Y en un tercer nivel se afirma que debe cumplirse con el debido proceso y juzgarlos antes de tener certeza de que son unos delincuentes; no se los puede condenar de antemano. “Llévenlos a los tribunales, cumplan con su deber” decían.

El segundo razonamiento es de tipo religioso o humanista. En esencia, sostiene una defensa moral del derecho a la vida. La validación moral de ese derecho se puede hacer desde una perspectiva exclusivamente empática: “Pueden ser delincuentes, pero son seres humanos”. Es decir, su humanidad y sus derechos humanos no se pierden por delinquir.

El segundo tipo de validación del derecho a la vida es de tenor religioso y tiene dos componentes; por un lado, es la santidad del cuerpo: la víctima es una humanidad que se vuelve intocable por ser “hijo de Dios”, hecho a su imagen y semejanza. La otra es una ética religiosa de la muerte: nadie tiene el derecho de quitarle la vida a otra persona; esa es una potestad exclusiva de Dios, solo él puede dar o quitar la vida. “Los policías no son Dios” decían.

El tercer argumento no apunta hacia el pasado, sino hacia el futuro. Es la noción de esperanza infinita en las personas, cualesquiera que ellas sean. Es la misma noción que está en la base de nuestra cultura jurídica, que no acepta la cadena perpetua, pues considera que el ser humano tiene capacidad de redención y de cambio; se afirma que “toda persona merece otra oportunidad”. Por lo tanto, la labor del Estado no es matar a los delincuentes, sino buscar regenerarlos, educarlos, ofrecerles oportunidades para que cambien de vida.

Y, finalmente, hay un cuarto argumento de tipo pragmático, de las consecuencias que tiene en la sociedad la acción letal de las policías. Se considera que estas acciones provocan un cisma entre la población y los cuerpos policiales. “Crea rencores en la gente” sostienen, y eso no contribuye a la pacificación de la sociedad. Bien al contrario, sostuvieron algunos, puede generar un ciclo de violencia nuevo, pues si se va a justificar que se mate a los delincuentes, “habría que matar a los policías delincuentes también”.

Los argumentos ofrecidos durante los grupos focales por quienes justifican o repudian la letalidad policial nos permiten rescatar algunos aspectos de la sociedad venezolana.

En un primer lugar, hay una sorprendente cultura jurídica en la población de menores ingresos del país. La apelación continua a la legalidad y a la legitimidad de las acciones del Estado muestra que no hay ignorancia de la ley ni ausencia de un sentido de los derechos. Lo interesante es que, ante el Estado infractor, la población apela a la ley, a la institucionalidad. Hay que recordar que ese ha sido el mismo recorrido que han tenido las luchas sociales por los derechos en la historia reciente de la humanidad: la defensa ante el poder absoluto del rey o del dictador con la imposición de normas constitucionales y leyes; la búsqueda del establecimiento de un ejercicio del poder normado, regulado y embridado; el traslado del poder a una ley abstracta que esté por encima de todos y que obligue por igual al rey y al súbdito, al ciudadano y al policía.

Muestran, por otro lado, un poderoso sentido de la realidad en las personas. En ese caso, la opinión de estas no alude a las bondades de la ley, sino a la factibilidad de que esa ley sea aplicada. Hay una conciencia de la impunidad, de que no va a existir castigo. Y eso lleva a algunos a apoyar la criminalidad del Estado, a justificar el abuso, a aceptar perder derechos. Ese es el intercambio perverso que muchos hacen con la entrega de los derechos y la libertad a cambio de la seguridad.

En una investigación realizada en Brasil, se hizo una encuesta en la cual se les preguntaba a las personas si estaban de acuerdo con la expresión de que “el buen delincuente es un delincuente muerto” (Bandido bom é bandido morto). Aunque la expresión tuvo su origen en los tiempos de la dictadura, continuó siendo usada por políticos y luego se extendió entre la población como una manera de justificar las ejecuciones extrajudiciales. Los resultados arrojaron que un 45% de los entrevistados estaba de acuerdo y un 49% en desacuerdo (Cano & Duarte, 2011, p. 60). Las divergencias de opiniones y la división entre quienes justifican y quienes repudian no es solo una circunstancia de Venezuela, ocurre en otros países con igual precariedad institucional y similar desamparo de la población.

Una diferencia importante que encontramos en el país estuvo en las respuestas de justificación o repudio entre los dos tipos de grupos focales que formamos: unos con vecinos de las zonas en las cuales habían ocurrido las ejecuciones extrajudiciales y otros que tenían la misma caracterización social, pero no habían sido testigos de las operaciones policiales. En los grupos focales donde las personas habían estado cerca de los hechos y presenciado las acciones letales de la policía, se mostraba empatía con las víctimas y se repudiaba la acción letal. En cambio, los participantes que no las habían presenciado ni estado cerca, para quienes la acción letal de la policía era algo lejano y abstracto, tendieron a justificarla. En unos, la letalidad era algo concreto y cercano; en los otros, algo abstracto y lejano. Tan lejano como lo puede ser para los lectores de este texto.

Homicianos

La noche del 11 de noviembre del año 2016, un grupo de pescadores se encontraba celebrando en una playa del Porvenir de Cariaco en el estado Sucre, cuando se presentó un comando de hombres fuertemente armados. Se aproximaron al grupo de pescadores para pedirles su identificación y luego, sin mediar palabra, comenzaron a disparar indiscriminadamente. Acribillaron a nueve de los pescadores, algunos con disparos en la cabeza, y se retiraron. Tres pescadores más habían quedado malheridos sobre la arena; ellos simularon estar muertos y por ese artificio sobrevivieron a la masacre y pudieron contar la historia.

En el Informe Anual 2016 del Ministerio Público, la fiscal general de la República informó que seis funcionarios del Comando Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional habían sido imputados por el asesinato de los nueve pescadores de Cariaco.

Poco después de hacer público ese informe, la fiscal general de la República fue destituida de manera inconstitucional por una Asamblea Nacional Constituyente que se había convertido en un ente plenipotenciario, atribuyéndose a sí misma unas funciones que no le podían corresponder nunca, ni por lo contemplado en la Constitución ni por lo que estaba definido en su único propósito, que era redactar el proyecto de una nueva constitución. Aunque el proyecto de reforma constitucional nunca se hizo público ni se aprobó, sus miembros se otorgaron de facto el poder de destituir a la fiscal general y nombrar un sustituto.

Ese Informe Anual es el único documento oficial donde se reconocen las ejecuciones extrajudiciales cometidas por el Estado, y aunque en el texto se advierte la dificultad de una definición precisa, se aventura a una enunciación y afirma: “La ejecución extrajudicial ocurre cuando se consuma la privación arbitraria de la vida por parte de agentes del Estado, con la complicidad, tolerancia o aquiescencia de estos sin un proceso legal que lo justifique, bien en el ejercicio del poder del cargo que desempeñan, de manera aislada, con o sin motivación política, siendo más grave aún, como una acción derivada de un patrón desvirtuado de índole institucional” (Ministerio Público, 2017, p. 20).

Los casos de resistencia a la autoridad ocurridos en todo el país que hemos presentado en las páginas anteriores y lo ocurrido en Cariaco coinciden con la caracterización del delito que la fiscal se atrevió a exponer. Quizá por eso la destituyeron.

Las actuaciones de los cuerpos policiales y militares analizadas permiten sacar dos conclusiones básicas: la primera es que hay un patrón de actuación y la segunda es que ese patrón no incluye la detención de los presuntos delincuentes, sino que busca causar la muerte del indiciado.

En la mayoría de las noticias o estudios sobre la letalidad policial o los excesos de los cuerpos policiales, uno se encuentra con dos patrones. El primero es una actuación individual donde un funcionario se excede en el cumplimiento de su deber o que utiliza su identidad policial como cobertura para ejecutar una venganza personal o cobrar una deuda de dinero o de honor. El segundo es de tipo grupal. En este caso, la acción no es individual, sino de un grupo de funcionarios quienes, en comandita, deciden convertirse en justicieros y tomar, por ejemplo, el castigo del asesino de otro policía por sus propias manos, bien sea presumiendo que el delincuente que mató a su compañero quedará en libertad o que la sanción será demasiado leve para lo que ellos consideran debe ser el castigo de quien ose matar a un policía. En los dos patrones hay delitos cometidos por abuso de poder o por exceso en el celo del cumplimiento de su deber, pero siempre responden a un patrón de comportamiento individual y, por lo tanto, sus autores deben ser catalogados como homicidas.

Sin embargo, en los casos de las 23.625 personas cuyas muertes fueron archivadas como resistencia a la autoridad entre 2016 y 2019 en Venezuela, estamos en presencia de un fenómeno distinto. No hay decisión personal del policía, no se trata de una represalia, ni tampoco de una venganza de los policías: hay órdenes, hay planificación, hay la presencia de una política de Estado.

Los policías que matan por abuso personal o por venganza individual son homicidas. Los que matan por encargo del Estado son homicianos.

Los homicianos forman parte de una milicia que no tiene como propósito hacer cumplir la ley sino, al contrario, violentarla. Están destinados a matar y exterminar a quienes sus jefes, cualquiera que sea el nivel de su jefatura, consideran ejecutables. La motivación que priva en tales muertes no es individual ni privada: es una razón de Estado.

La razón de Estado que anima a los homicianos —y no solo en Venezuela— es una expresión de la voluntad de conservar el poder, lo que W. Benjamin llamó una “violencia conservadora” (Benjamin, 1995). Las formas en las cuales se expresa la violencia conservadora son mutantes y se adaptan a los rasgos del poder que las ordena y las singularidades de las amenazas que enfrenta. Puede estar animada por el deseo de eliminar un tipo especial de personas, sea por su categorización social, racial o política; o puede pretender demostrar una eficiencia que permita incrementar unos puntos porcentuales en las encuestas del candidato electoral del gobierno o en el prestigio del ministro. También pueden ser un mecanismo de distracción de la opinión pública, creando un escándalo que oculte un problema considerado mayor. Las motivaciones pueden ser diversas; los significantes, distintos, pero el patrón central es el mismo: son crímenes cometidos por homicianos, quienes actúan en nombre y al servicio de los propósitos del poder.

El término “homicianos” fue muy utilizado durante la Edad Media para nombrar a quienes mataban a otra persona por decisión propia o por encargo de otros. En su Historia General de España, de 1601, el sacerdote jesuita Juan de Mariana, al referirse a los sucesos de la guerra con Portugal, relata que “dos criados del Duque de Benavente dieron muerte a Diego de Rojas, bolviendo de coça” (sic), y agrega: “entendiese, que aquellos homicianos llevaban para lo que hicieron orden y mandato de su amo” (De Mariana, 1790, p. 352).

Con los años, el término “homiciano” cayó en desuso, tanto en la lengua hablada como en la escrita. Sin embargo, se mantuvo en el idioma español por la fuerza que tuvo durante varios siglos. La mayor fama de la categoría de homicianos provino de unos importantes privilegios que fueron otorgados durante varios siglos a los individuos que se ponían al servicio de la Corona de Castilla, a pesar de haber estado incursos en delitos de sangre. Eran personajes de muy diversa índole, que habían matado por órdenes de otros, por deudas, o por pendencias en un bar de vino barato o disputas sobre mujeres.

En la Edad Media se le llamó el “privilegio de los homicianos” y era un instrumento jurídico por medio del cual se les conmutaba la pena a aquellos individuos que aceptaban prestar servicios a la Corona. Era una suerte de indulto que los estudiosos han llamado de “particular indeterminado”, pues se aplica a personas en general, sin nombre ni apellido propio, quienes habían cometido un delito, pero se colocaban al servicio del poder. Se creaba así un estatuto jurídico distinto que privilegiaba a esas personas (Martín, 2018).

La utilización de ese privilegio se destacó a partir de la conquista de Tarifa en 1292, pues la Corona enfrentaba dificultades para mantener la defensa de la ciudad y el dominio en esas tierras, muy importantes para el control del estrecho de Gibraltar y que recibían continuos ataques por los benimeres norteafricanos (Sánchez, 2019, p. 57). Luego, su aplicación se extendió a muchas otras ciudades que tenían las mismas amenazas externas y similares dificultades al no disponer de suficientes soldados permanentes para su defensa. Es así como se usaban estos privilegios para “repoblar la villa por su situación fronteriza”, como ocurrió en Alcalá la Real en 1341 (Chamocho, 2017, p. 102).

Para facilitar esa tarea de repoblamiento, se fijaron un conjunto de exenciones fiscales y de privilegios a los homicianos, de modo tal de estimular el traslado de individuos hacia las zonas peligrosas de frontera y guerra, y a fin de asentar una población que sirviera para la defensa del territorio ante los ataques de los moros (Corona de la Llave, 2005). El perdón se les asignaba entonces por realizar la defensa del territorio o de las fortalezas que podían estar asediadas por los enemigos del poder. Eran individuos que habían mostrado capacidad para el ejercicio de la violencia. Eran valientes y, si bien como soldados —afirman los analistas— eran de menor calidad, podían mostrar una mayor fiereza en el uso de la violencia (Jiménez, 1997).

Estos privilegios se otorgaron desde el siglo XII hasta la reconquista y el repoblamiento de Andalucía, y se volvieron a usar de manera esporádica en la defensa de las ciudades reconquistadas en el Magreb, al otro lado del Mediterráneo, como Mazalquivir (Jiménez, 1992), y luego volvió a emplearse en el reclutamiento de voluntarios para ir a batallar contra los turcos en Italia (Rosemblat, 2002). Durante un tiempo, se exigió prestar servicio durante ocho o nueve meses antes de la adquisición del perdón y la libertad. Luego, con Alfonso XI de Castilla, se estableció que el tiempo necesario para alcanzar dicho perdón era de “un anno et un dia”(sic) (Alijo, 1978, p. 284).

Lo singular de esa experiencia es que los homicianos no recibían paga por su trabajo de defensa de la frontera, sino que debían procurarse su subsistencia por sí mismos, por lo cual podían esmerarse con el botín de guerra o incurrir en robos, y eso fue un motivo de conflictos con la aplicación de dicho privilegio, los cuales duraron hasta que su función perdió relevancia por la finalización de las guerras de Reconquista y a partir de la rendición y desaparición del emirato nazarí de Granada en 1492.

Aunque todos aquellos que habían cometido cualquier delito de sangre eran susceptibles de recibir ese privilegio, por cruel que su delito hubiese sido, es importante resaltar que no podían obtenerlo aquellos que hubiesen mostrado alguna deslealtad con el poder. Por ese motivo, se excluían de los privilegios los que habían cometido delitos de traición a sus jefes o, como describían los fueros, “los que habían entregado castillos contra la voluntad de su sennor, quebrantamiento de tregua o paz del rey o el rapto de la muger de su sennor” (sic) (González, 1989, p. 217). Era claro que se los requería para estar al servicio del poder y que las dudas previas sobre su lealtad no eran admisibles, pues ya no ejercerían la violencia a nombre propio, sino por encomienda de sus jefes.

Los homicianos medievales mostraban algunos rasgos que tienen significación contemporánea: son asesinos que se ponen al servicio del gobierno para realizar unas tareas que buscan defender y consolidar el poder al cual sirven. En sus andanzas, operan por encomienda de otros, no actúan contra sus enemigos personales, sino contra los enemigos del poder. Y por su trabajo reciben unos beneficios pues, aunque pueden no tener paga, reciben retribuciones y privilegios otorgados por la gracia del poder que los utiliza.

Es difícil saber cuántos funcionarios policiales adscritos en los cuerpos encargados de las ejecuciones extrajudiciales en Venezuela pueden ser convictos que han recibido unos beneficios formales para salir a cumplir otras tareas vinculadas al Estado. Se sabe que ha sido concedido este tipo de beneficios, pero no hay documentación precisa de quiénes son, ni a qué tipo de labores se los ha encomendado. No es fácil saberlo, pues no se conoce ninguna lista de funcionarios y, por lo regular, andan con el rostro cubierto con pasamontañas y sin identificación personal en el uniforme, contrariando las normas establecidas por el propio gobierno varios años antes. No se sabe a ciencia cierta cuántos son en total, aunque se ha hablado de “ochocientos o mil hombres” (Infobae, 2020).

Lo que se conoce en las zonas populares de Maracay es que muchos de los “luceros” que trabajan en los barrios periféricos de esa ciudad y de otras ciudades cercanas son reclusos que ejercen funciones como vigilantes adelantados de las bandas organizadas de las cárceles. Son presidiarios a quienes se los deja salir del recinto carcelario para que cumplan esas tareas de control territorial fuera de los muros de la prisión, también una suerte de privilegio de homicianos.

Desde el punto de vista sociológico, es importante distinguir entre la figura de los homicidas y la de los homicianos. En nuestra definición de homicianos, lo que es relevante no es su condición de exconvictos, sino que actúan a nombre del Estado y no a título personal. Esta diferencia puede apreciarse en diversas dimensiones.

Cuando se trata de policías que cometen homicidio, en las situaciones de letalidad policial por abuso de la fuerza, la identidad de las víctimas es desconocida por los funcionarios. En la mayoría de los casos la víctima es eventual, circunstancial, producto de la ocasión. Puede ocurrir que, sobre ese delincuente, el sistema de información criminal de la policía tenga un prontuario, pero esos antecedentes no los conoce el policía que actuó con exceso de violencia, ya que la información no le fue entregada ni el tipo de actuación ordenada.

En el caso de los homicianos, la situación es diferente. La información de la víctima sí es conocida y definida con anterioridad. En el procedimiento policial no se encuentran con el individuo en un acto de flagrancia o en una alcabala dispuesta en la calle, sino que la van a buscar a su casa, durante la noche, y llegan a su dormitorio porque tienen su nombre y saben su dirección, el lugar donde vive y muchas veces hasta con quién vive. Los funcionarios que participan en la ejecución de la orden no tienen vínculo previo con esa persona, pero sí conocen las informaciones que les han sido proporcionadas por sus superiores. La acción tiene un destinatario que es conocido por el Estado. Es allí donde se encuentra la explicación de los errores que han cometido muchas veces al asesinar a una persona distinta, pues tienen un nombre, un alias, una referencia, pero no lo pueden identificar plenamente, pues no la conocen, y por eso a veces matan al hermano o a una persona que estaba de visita en esa casa.

Una segunda diferencia entre homicidas y homicianos es que en los casos de los policías homicidas ha habido, previo a la muerte, una interacción violenta y agresiva que desembocó en un altercado, una riña o trifulca que llevó al policía a excederse; hay un caldeamiento de la agresividad que conduce a la muerte. Cuando se trata de asesinatos por venganza personal, el calentamiento ha sido muy previo, ha ocurrido con anterioridad; puede ser semanas o meses antes cuando una ofensa o una amenaza ha incitado el ánimo de venganza mortal del policía quien, luego, con rencor acumulado y premeditación, la ejecuta.

Lo contrario sucede con los homicianos, donde la muerte se ejecuta en frío. No hay una dinámica interactiva que desemboque en acciones letales; no hay una historia previa que lleve a la venganza y a la muerte. Y no la hay porque no existe una historia común entre víctima y victimario, pues ambos son unos desconocidos. Los homicianos son unos verdugos que ejecutan las órdenes letales sentenciadas por otros. Que estén de acuerdo con las órdenes o que morbosamente las disfruten por el placer de dar muerte es harina de otro costal. La víctima es un enemigo del Estado, no de ellos como personas.

Una tercera diferencia es que el proceso de dar muerte de los homicidas es irregular, hasta caótico. En el caso de los homicianos es metódico: hay un guion que se cumple, se ejecuta y se sigue a pie juntillas, desde el teatro del enfrentamiento hasta el montaje del decorado final de la escena.

La cuarta diferencia refiere a la composición del grupo. En el caso de los abusos cometidos por grupos de funcionarios que actúan como vengadores y toman la justicia por mano propia, hay una acción colectiva, grupal, pero que es de tipo informal y por lo regular clandestina; los funcionarios actúan privadamente. Algunas veces pueden contar con la anuencia de sus superiores; pero es una acción del grupo privado, no del Estado.

En el caso de los homicianos se trata de una acción colectiva, pero de un grupo formal de funcionarios que llevan el uniforme y usan la simbología del Estado. Llevan la cara cubierta, pero su rostro, oculto bajo el pasamontañas, no solo trata de esconder sus identidades personales, sino que envía un mensaje: el responsable de esas muertes, quien asesina, no son esos funcionarios como personas, sino el Estado, la organización a la cual pertenecen, y que les ha dado los nombres y las direcciones de quienes fueron sentenciados.

***

En un grupo focal realizado en la zona este de Caracas, en las montañas donde se ubica la que ha sido calificada como la favela más grande de América Latina, después de escuchar los dolidos relatos de familiares y vecinos sobre la actuación de los grupos policiales y militares, uno de los participantes concluyó: “Ellos no tienen ley para ellos mismos”.

La actuación de los homicianos nos introduce en una aporía que, como todas, resulta imposible de resolver. Ellos actúan a nombre de la ley y fuera de la ley a la cual deben obediencia. La misma ley que los ha autorizado para actuar y usar sus armas de reglamento, y que les establece unas condiciones y reglas para el uso de la fuerza, es la misma ley que ellos incumplen. Proceden bajo el amparo de una ley que no se aplica para ellos mismos.

Weber sostuvo que la violencia no es el único medio que tiene el Estado para su actuación, pero que sí era su medio específico (Weber, 1965). En las grandes transformaciones que, durante los últimos siglos, se han dado en la conformación del Estado y en la relación entre los gobernantes y los gobernados, un propósito permanente ha sido imponer límites al ejercicio del poder. Esa ha sido la gran transformación social que aportó la construcción del Estado de derecho. La burocracia, que según Weber permitía la construcción del monopolio de la violencia y el ejercicio de la dominación racional, debía de estar sometida a unos límites. Ni el poder del monarca ni el de los funcionarios estaba exento de la ley; por eso la idea del Rechsstaat refiere ante todo a las demarcaciones del ámbito de actuación que tienen los funcionarios en la esfera de sus facultades. Allí se definen las restricciones que tienen para el uso de la fuerza, los límites que impone la ley y más allá de los cuales no es posible ni legal emplear la llamada violencia legítima del Estado.

No obstante, los homicianos expresan una situación bizarra. Ellos actúan a nombre del Estado que había establecido límites a su actuación, definido esas reglas y leyes que los constriñen, pero es ese mismo poder quien les ordena transgredirlas. La nueva regla del Estado es desaplicar las reglas, y les ordena quebrantar la ley. Les impone unas metas que forzosamente los obligan a violentar la ley a nombre de una “orden” emanada de sus superiores y de un gobernante que les prescribe transgredir las leyes. No es un grupo de funcionarios que motu proprio se salta la ley para ser justicieros o bandidos, sino que es el Estado mismo quien actúa como una fuerza sin ley. Los homicianos ejecutan un mandato que proviene del Estado y que los conduce a la utilización de la fuerza que les había autorizado la ley, pero sin la ley.

Es el surgimiento de un Unrechtstaat, el no sometimiento a la ley, pero paradójicamente no por subversión, sino por subyugación a un gobierno que los libera de la servidumbre de la ley, que desaplica la ley y los exime de su cumplimiento. Es la parodia de un Estado que aplica la droit de glaive, de la cual hablaba Foucault (1997), que usa su derecho de matar o de dejar vivir, pero sin el droit como ley, sino en la forma más antigua del derecho-poder, donde es la voluntad y capacidad efectiva de matar del soberano lo que cuenta. Allí señorea la espada, la glaive, pero desaparece el droit. Es el uso desnudo de la fuerza, sin el ropaje de la ley.

Es un imperium fluctuante, un vacío de derecho, una zona de anomia donde todas las determinaciones jurídicas son desactivadas (Agambem, 2016, p. 209 y ss). Se produce un vacío jurídico donde el Estado de derecho se convierte en un Estado con individuos sin derechos. No se regresa a un estado de naturaleza, en el sentido de Hobbes, sino de anomia, pues es el resultado de la suspensión del derecho. Es el estado de excepción que fabrica un espacio social donde se ejerce poder a partir de la suspensión del derecho.

Entre los años 2016 y 2019, los cuerpos policiales y militares del país mataron 23.625 personas bajo el argumento de haberse resistido a la autoridad. Eso significa que, en promedio, los cuerpos policiales asesinaron a dieciséis personas por día. Dieciséis personas en cada uno de los 1465 días de esos cuatro años.

Las historias recopiladas entre familiares y vecinos en ocho ciudades durante 2019 muestran que durante los años previos hubo una secuencia en el procedimiento que revela un patrón muy lejano al de un enfrentamiento. La sucesión de eventos que hemos podido relatar en este estudio descubre una pauta que, con ligeras variaciones, se repite. El propósito nunca fue detener a los presuntos delincuentes, sino “darles de baja”. Fueron ejecuciones extrajudiciales cometidas por homicianos.

La función social de los homicianos ha mudado en sus apariencias, pero ha conservado su rol de instrumento del poder. Aunque se consideró que estaban destinados al repoblamiento del territorio reconquistado, algunos autores refutan tal idea y sostienen que la función central de los homicianos siempre fue bélica (Alijo, 1978). Uno pudiera afinar el análisis y decir que en la península ibérica había una meta intermedia que era repoblar las fronteras, y que a través de ella se buscaba cumplir la función principal, que era la defensa bélica del poder. En Venezuela, las autoridades han argumentado que las muertes por resistencia a la autoridad han tenido como propósito combatir la delincuencia y proteger a la población ante el crimen. Aceptemos que esa pudiera ser una meta intermedia, pero el patrón y las circunstancias descritas por las víctimas respaldan nuestra tesis de que su función principal ha sido el control político de la población a través de la dictadura del miedo.

En las comunidades pobres del país, fueron homicianos quienes crearon un microestado de excepción en sus calles y edificios; quienes buscaron en sus cuartos a los ejecutables que otros habían seleccionado para eliminarlos; quienes han tenido el privilegio del botín de guerra y el perdón anticipado de sus desmanes; quienes actúan sin ley, aunque pretendan su patrocinio.

Los que llegaron de negro… eran homicianos.

Referencias

Acnudh (2017). Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situacion de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezueña. Human Rights Council United Nations. Ginebra: ONU.

Agambem, G. (2016). Homo Sacer. L´Intégrale 1997-2015. París: Éditions du Seuil.

Alijo, F. (1978). Antequera en el siglo XV: El privilegio de homicianos. Baetica. Estudios de arte, geografía e historia (1), 279-292.

Asamblea Nacional Constituyente (12 de Octubre de 2020). Ley constitucional antibloqueo para el desarrollo nacional y la garantia de los derechos humanos. Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, CXLVIII (6.583), 1-5.

Augé, M. (1992). Non-lieux. Introduction à une anthropologie de la surmodernité. París: Le Seuil.

Beato, C., Silva, B. & Tavares, R. (2008). “Crime e estratégias de policiamento em espaços urbanos”. Dados, 51(3), 687-717.

Benjamin, W. (1995). Critica de la violencia. Buenos Aires: Leviatán.

Bona, F. (1959). “Praede di Guerra e occuoazione privata di res hostium”. Studi et Documenta Historia e Iuris, 25, 309-370.

Bourdieu, P. (2012). Sur l’État. Cours au Collège de France 1989-1992. París: Seuil et Raisons d’agir.

Briceño-León, R. (2012). “La impunidad como causa de la violencia homicida”. R. Briceño-León, O. Avila & O. Camardiel. Violencia e institucionalidad. Caracas, Venezuela: Editorial Alfa.

Briceño-León, R. (octubre de 2017). “¿Qué enseña el fracaso en la reducción de homicidios en Venezuela?”. Revista CICDOB de A´Afers Internationals (116), 53-76.

Briceño-León, R. & Camardiel, A. (2020). Informe técnico de la Encuesta Nacional de Violencia y Letalidad Policial. Caracas: Lacso.

Cano, I. & Duarte, T. (2011). “Práticas do Exterminio: O papel das milicias no Rio de Janeiro”. C. Barreira, L. Sá & J. de Aquino, Violência e dilemas civilizatorios. As praticas de punicão e extermínio, pp. 59-77. Campinas: Pontes Editores.

Carrillo, C., Herrera, C. & Ortega, L. (2016). “Función policial e institucionalidad en Venezuela”. R. Briceño-León. Ciudades de vida y muerte. La ciudad y el pacto social para la contención de la violencia, pp. 283-316. Caracas: Editorial Alfa.

Chamocho, M. A. (2017). Los fueros de los reinos de Andalucía de Fernando III a los Reyes Católicos. Madrid: Agencia estatal Boletín Oficial del Estado.

CICR (1949, agosto 8). I. Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña. Comité Internacional de la Cruz Roja. https://bit.ly/3ysbQrt

Cofavic (2005). Los grupos parapoliciales en Venezuela. Caracas: Autor.

Corona de la Llave, R. (2005). “El homicidio en Andalucía a fines de la Edad Media”. Clio & Crimen, 2, 278-504.

Coudry, M. (2009). “Partage et gestion du butin dans la Rome républicaine : procédures et enjeux”. M. Coudry & M. Humm (eds.). Praeda. Butin de guerre et société dans la Rome républicaine / Kriegsbeute und Gesellschaft im republikanischen Rom, pp. 21-79. Stuttgart: Steiner.

Coudry, M. & Humm, M. (2009). Praeda. Butín de guerre et societé dans le repubique Romaine. Sttutgart: F. Steiner Collegium Beatus Rhenanus.

De Mariana, J. (1790). Historia General de España, compuesta, enmendada y añadida por el Padre Juan de Mariana S.I. Ilustrada en esta nueva impresión de tablas cronológicas notas y observaciones críticas. Valencia: D. Benito Monfort.

Derrida, J. (1992). “Force of Law: The Mystical Foundations of Authority”. D. Cornell, M. Rosenfeld & D. Gray Carlson. Deconstruction and the Possibility of Justice, pp. 3-67. London: Routledge.

Foucault, M. (1997). Il faut deféndre la societé. Cours au Collège de France 1976. París: Seuil Gallimard.

Freud, S. (1993). Duelo y melancolía. S. Freud. Obras Completas XIV, pp. 235-250. Buenos Aires: Amorrortu Editores.

González, J. (1989). “Poblamiento y frontera en Andalucía (ss. XIII-XV)”. Revista de la Facultad de Geografía e Historia, 4, 207-224.

Governo do estado do Rio de Janeiro. (s.f.). Decreto 21753/95 | Decreto n.º 21.753 de 08 de novembro de 1995. Recuperado el 2021, de JusBrasil: https://gov-rj.jusbrasil.com.br/legislacao/91128/decreto-21753-95

Henckaerts, J.M. & Doswald-Beck, L. (2007). El Derecho Internacional Humanitario Consuetudinario. Buenos Aires: CICR.

INE-CONAREPOL (2006). Encuesta Nacional de victmización y percepción policial. Caracas: Instituto Nacional de Estadísticas.

INE (2009). Encuesta Nacional de victimización y percepcion de seguridad. Caracas: Instituto Nacional de Estadísticas.

Infobae (2020, noviembre 17). “El fiscal del régimen de Maduro dijo que ‘no entiende’ qué pasa con las FAES, el cuerpo policial acusado por la ONU de ejecuciones sumarias”. Infobae. https://bit.ly/36rKaqN

Jelin, E. (2007). Víctimas, familias y ciudadanos/as: la lucha por la legitimidad de la palabra. Cuadernos Pagu (29), 37-60.

Jiménez Alcázar, J. F. (1992). La frontera de Allende. Documentos para su estudio: el privilegio de homicianos en Mazalquivir (1507). Chronica Nova (20), 343-360.

Jiménez Alcázar, J. (1997). “Perdones y homicianos en Xiquena a fines del siglo XV”. Actas III Jornadas Hispano-Portuguesas de Historia Medieval. La Penínusula Ibérica en la era de los descubrimientos, pp. 1521-1533. Sevilla: Casa de la Cultura, Junta de Andalucía.

Levi, P. (2002). Si esto es un hombre. Barcelona: Muchnik Editores.

Martín Gutiérrez, D. (2018). “Antecedentes y desarrollo en el campo de Gibraltar de un modelo de frontera al estilo antequerano”. Almoira. Revista de Estudios campogibralteños (48), 115-125.

Mbembe, A. (2003). “Necropolitics”. Public Culture, 15(1), 11-40.

Ministerio Público (2017). Actuaciones del Ministerio Público relacionadas con las OLP en Venezuela. Caracas: Ministerio Público.

Misse, M. (2011). “A categoria ‘bandido’ como identidade para o extermínio: Algunas notas sobre a sujeição criminal a partir do caso do Rio de Janeiro”. C. Barreira, L. Sá & J. de Aquino. Violência e dilemas civilizatorios. As praticas de punicão e extermínio, pp. 31-58. Campinas: Pontes Editores.

North, D. C., Wallis, J. J. & Weingast, B. R. (2009). Violence and Social Order. A conceptual Framework for interpreting Recorded Human History. Cambridge: Cambridge University Press.

Nosiglia, J. E. (2007). Botín de Guerra. Buenos Aires: Abuelas de Madre de Mayo.

Nussbaum, M. C. (2019). The Monarchy of Fear. A philosopher looks at our Political Crisis. New York: Simon & Schuster Paperbacks.

OVV Observatorio Venezolano de Violencia (2020). Informe Anual 2020. Caracas: Lacso.

Perdomo, G., Farías, L. & Ruiz, H. (2015). “Infancia, violencia y Estado de derecho: la mirada de los niños, madres y maestras”. R. Briceño-León (ed.). Ciudades de vida y muerte, pp. 195-223. Caracas: Editorial Alfa.

Ücretsiz ön izlemeyi tamamladınız.

Türler ve etiketler

Yaş sınırı:
0+
Hacim:
524 s. 8 illüstrasyon
ISBN:
9788412485875
Yayıncı:
Telif hakkı:
Bookwire
İndirme biçimi:

Benzer kitaplar