Kitabı oku: «Montesquieu y la construcción de la paz internacional»





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Versión digital: Daniel P. Estrella Alvarado
Impreso en México


χαλεπὰ τὰ καλά
(Lo bello es difícil)

Índice
Prólogo
Introducción
1. El método y los objetivos de Del espíritu de las leyes
Los orígenes de lo político en Montesquieu
2. Las formas de gobierno según Montesquieu
República
Democracia
Aristocracia
Monarquía
Gobierno despótico
3. La arquitectura del Estado y su efecto en la construcción de la paz
La república, la forma más pacífica de gobierno
En defensa de la igualdad
4. El comercio como mecanismo civilizatorio
La división de poderes
5. El derecho de guerra en Montesquieu
Montesquieu frente a la teoría de la paz democrática y la paz perpetua
Conclusiones
Referencias
Prólogo
Montesquieu es una elección curiosa para hablar sobre la paz internacional. La filosofía es un paraje árido y muchas veces solitario. A veces pareciera que el texto filosófico, si no es aburrido, no puede ser considerado serio ni valioso. Montesquieu es de esos autores, como Hume, como Thomas Reid, que son vivos ejemplos de que se puede escribir filosofía de primer nivel sin por ello descuidar el estilo, la simplicidad, la sátira, la belleza del texto que regocija el alma.
Elegí a Montesquieu porque me enamoré de su espíritu, de su alma juguetona, incisiva, profunda y sistemática. Montesquieu es sin duda una de las mentes políticas más brillantes de la humanidad, y también, hay que decirlo, una de las más olvidadas.
Me propuse emprender esta obra inspirado en las palabras de aliento que Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu se da a sí mismo en el prefacio de Del espíritu de las leyes, su obra política de madurez:
Si esta obra tiene éxito se lo deberé, en buena medida, a la grandeza del tema; sin embargo, creo que no carezco en absoluto de ingenio. Cuando vi lo que tantos grandes hombres escribieron antes que yo en Francia, Inglaterra y Alemania, me llené de admiración, pero no perdí ánimos y dije como el Correggio: “Yo también soy pintor”.[1]
Cuenta la leyenda que Antonio da Corregio, pintor italiano del Renacimiento, exclamó dicha frase tras contemplar uno de los magníficos cuadros de Rafael.
Igual que Montesquieu, reconozco humildemente que los hombres y mujeres que me precedieron, desde los titanes de la filosofía hasta los docentes que dedicaron su esfuerzo y cariño para formarme, tienen mucho más camino recorrido que yo. Pero no me desanimo y seguro de mi propia voz y de mi esfuerzo, inicio este libro pronunciando como Montesquieu y el Corregio. ¡Anch’io sono pittore! (¡Yo también soy pintor!).
Al sueño de la paz se llega por muchos caminos. Algunos la buscan en aras de evitar los horrores y la destrucción de la guerra. Otros, con el corazón roto, se marchan de este mundo convencidos de que tal sueño es absolutamente inalcanzable. Mi deseo de pensar y hacer la paz inició, paradójicamente, en el lugar menos devoto de la paz, entre los muros del Heroico Colegio Militar.
Dedico los frutos de este esfuerzo intelectual a todos los cadetes e instructores del Curso de Adiestramiento Militar Básico Individual (cambi) 2014. Reímos juntos, sudamos juntos, lloramos juntos. Todos dejamos ese Heroico Colegio Militar con el alma tatuada de verde pixelado. Cara al sol con mi uniforme verde.
[1] Montesquieu, Del espíritu de las leyes, trad. Mercedes Blázquez y Pedro de Vega, Madrid, Tecnos, 2014, p. 5.
Introducción
La búsqueda de la paz internacional y del fin de todas las guerras ha impulsado a incontables hombres a perseguir este sueño, de apariencia inalcanzable para una humanidad herida por la guerra. De entre todas las formas de violencia, la guerra ha sido una de las principales amenazas a la seguridad de las personas y de las naciones por su especial carácter destructivo, y por ser el caldo de cultivo propicio para las peores atrocidades que el ser humano es capaz de cometer contra sí mismo y contra su entorno.
En este libro me propongo analizar el proyecto político-arquitectónico de Montesquieu con la finalidad de articular sus propuestas para alcanzar la paz internacional.
Las tesis más relevantes para articular una propuesta de Montesquieu para la paz internacional se localizan en los primeros doce libros de Del espíritu de las leyes. Dicha propuesta descansa sobre tres ejes:
1. La república es, con su división de poderes y con su sistema de incentivos y desincentivos para evitar la guerra, la forma más pacífica de gobierno.
2. El comercio como mecanismo civilizatorio.
3. El derecho de guerra.
Digo “una propuesta” y no “la propuesta de Montesquieu”, porque en ninguna de sus obras se fijó como principal propósito el sortear los laberintos de la guerra y la paz. Sin embargo, eso no significa que deba realizarse una ardua labor arqueológica y artificial para encontrar una propuesta de política internacional entre las letras de Charles-Luis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu. Por el contrario, en esta obra me permito trabajar, si se me permite el atrevimiento, con un feliz accidente, con un palimpsesto que sin desearlo expresamente, dejó tras de sí el barón de Montesquieu, oculto en los trazos de su arquitectura política.
A lo largo del libro enunciaré y articularé las propuestas de Montesquieu para la paz internacional en tres niveles:
1. Antropológico (¿el hombre es un animal pacífico por naturaleza?).
2. Efecto de la estructura del Estado en la construcción de la paz internacional (sistema de incentivos y desincentivos para ir a la guerra, división de poderes, instituciones, imperio de la ley, etcétera).
3. Convivencia internacional.
En este libro me limito a integrar la propuesta de Montesquieu para la paz internacional a partir de Del espíritu de las leyes, su gran obra de madurez. Otros de sus textos serán referidos sólo de manera complementaria.
La forma en que cito Del espíritu de las leyes es la siguiente. El primer número romano es el libro, el segundo número romano es el capítulo y, finalmente, añado la página de la edición que utilizo (con la traducción de Mercedes Blázquez y Pedro de Vega) para mayor detalle de los párrafos a los que hago alusión. Actualmente, no existe una numeración canónica para esta obra. Sin embargo, dado que los capítulos son relativamente pequeños, basta citar haciendo referencia a los libros y capítulos.
Víctor Antonio Hernández Ojeda
1. El método y los objetivos
de Del espíritu de las leyes
En este apartado mi objetivo es describir las principales líneas argumentativas y metodológicas de Del espíritu de las leyes, para ubicar el lugar de Montesquieu en la historia de la filosofía política. En ese tenor, identificaré qué elementos de la filosofía política grecorromana y de la moderna hacen eco en su pensamiento, y en cuáles se distancia para realizar una propuesta política distinta.
Lo primero que notará cualquier lector en Montesquieu es una profunda influencia de la tradición clásica que le precede. Su conocimiento sobre filosofía, política y derecho de los antiguos griegos y romanos es patente a lo largo de Del espíritu de las leyes y otros de sus textos más destacados.
A primera vista, Del espíritu de las leyes parece otro texto clásico de filosofía política, un estudio sobre tres formas de gobierno; la república (que puede adoptar la forma de una democracia o de una aristocracia), la monarquía y el gobierno despótico. Al inicio de la obra, Montesquieu analiza la naturaleza o constitución de estos regímenes, lo que los hace ser esas formas de gobierno y no otras; así como su principio, el entramado de incentivos y pasiones humanas que ponen a estos gobiernos en movimiento (dicho principio, propone Montesquieu, se deriva necesariamente de la naturaleza de cada gobierno).[1]
La diferencia entre la naturaleza del gobierno y su principio es la siguiente: la naturaleza es lo que le hace ser tal; el principio lo que le hace actuar; la naturaleza es su estructura particular; el principio, las pasiones humanas que le ponen en movimiento”.[2]
El gobierno republicano es aquel en el que todo el pueblo (democracia) o sólo parte del pueblo (aristocracia), ejerce el poder soberano. El principio de la democracia es la virtud política (amor a la patria, amor a la igualdad, anteposición del bien público sobre el privado) y el de la aristocracia es la virtud de la moderación. El gobierno monárquico es en el que una sola persona ejerce el poder soberano conforme a leyes y su principio es el honor. Por último, el gobierno despótico es el gobierno de una sola persona conforme a su capricho. Su principio es el temor.[3]

Así expuesto, pareciera que Montesquieu estuviera escribiendo un libro que no se diferencia mucho de la tradición grecolatina y escolástica que le precede; pareciera un texto de filosofía política con las mismas categorías, presupuestos y objetivos. Sin embargo, la particularidad de Montesquieu es el tratamiento que da a estas tres formas de gobierno. No las estudia en términos morales, como antaño hicieron Platón y Aristóteles (describir qué forma de gobierno es la mejor, cuál es la peor, cuál fruto del vicio, cuál de la virtud, etc.), sino en términos contextuales y arquitectónicos.
Montesquieu propone que cada nación de la Tierra, dependiendo de su carácter, costumbres, historia, geografía, clima, actividad comercial, riqueza, religión… tendrá alguna de las tres formas de gobierno mencionadas. La forma de gobierno que adquiere cada pueblo, las leyes, los cargos públicos, la totalidad de la organización política, es producto de las circunstancias geográficas y sociales de cada territorio particular. Por tal motivo, Montesquieu no diseña la narrativa de su obra en términos de la mejor o la peor forma de gobierno.[4]
El primer indicio de que Montesquieu desea plantear su propuesta política no en términos absolutos (el mejor gobierno conforme a naturaleza, el mejor gobierno conforme a virtud, el gobierno más útil, etc.), sino en coordenadas contextuales, aparece en el pasaje de la refutación del gobierno paterno como modelo de todos los gobiernos.
En un pequeño párrafo, Montesquieu señala que algunos individuos han sostenido que el gobierno más conforme a la naturaleza es el gobierno de uno solo, pues ése es el gobierno que la naturaleza ha instituido en la familia, el gobierno del padre (la patria potestad). Si la autoridad del padre está fundamentada en que sea el gobierno de uno, ¿entonces cómo se justifica el gobierno de los hermanos o de los primos cuando ha fallecido el padre? Si los hermanos o los primos tienen autoridad sobre la familia, la fuente de tal autoridad no puede ser el hecho de que uno gobierne (pues más de uno está gobernando la familia), sino alguna otra cosa.[5]
Refutada la idea de un modelo universal (en este caso, de imitación de la naturaleza) al cual todas las formas de gobierno del mundo deban adecuarse, Montesquieu propone lo siguiente:
El gobierno más conforme a naturaleza es aquel cuya disposición particular se adapta mejor a la disposición del pueblo al cual va destinado.
La ley, en general, es la razón humana en cuanto gobierna a todos los pueblos de la tierra; las leyes políticas y civiles de cada nación no deben ser más que los casos particulares a los que se aplica la razón humana. Por ello, dichas leyes deben ser adecuadas al pueblo para el que fueron dictadas, de tal manera que sólo por una gran casualidad las de una nación puedan convenir a otra…
Deben adaptarse a los caracteres físicos del país, al clima helado, caluroso o templado, a la calidad del terreno, a su situación, a su tamaño, al género de vida de los pueblos según sean labradores, cazadores o pastores.[6] Deben adaptarse al grado de libertad que permita la constitución, a la religión de los habitantes, a sus inclinaciones, a su riqueza, a su número, a su comercio, a sus costumbres y a sus maneras.[7]
Como puede apreciarse en este pasaje, Montesquieu sostiene que cada forma de gobierno se establece no por capricho, sino conforme al pueblo al que va dirigido. La propuesta de Montesquieu es contextual, no arbitraria. Si en efecto la ley no es más que la razón humana aplicada a un caso particular, cualquiera podría evaluar por qué a un pueblo con determinadas características, le conviene x forma de gobierno.[8] Ése es en buena medida uno de los objetivos de Montesquieu, que cada ciudadano pueda racionalizar por qué su gobierno funciona como funciona.[9]
Este pasaje resulta además muy ilustrativo sobre por qué la obra se titula Del espíritu de las leyes. Montesquieu sostiene que el gobierno se forma (se instaura por primera vez) mediante leyes políticas y se mantiene mediante leyes civiles (de convivencia).[10] Y es preciso advertir al lector que la categoría de “ley” en Montesquieu es flexible y no está limitada a la ley escrita y codificada que nos viene de inmediato a la mente en nuestro imaginario contemporáneo. En algunos pasajes, Montesquieu discute sobre leyes naturales y en otros, sobre leyes positivas. En ocasiones, “ley” hace referencia a costumbres o a instituciones. Cuando habla de la constitución de un Estado, no se refiere a un código, sino a la esencia de su forma de gobierno (a su naturaleza y a su principio). La forma en que se conserva la naturaleza y el principio de un gobierno, es decir, como se despliega la constitución de un Estado, son las leyes entendidas en ese sentido amplio: instituciones, magistraturas (cargos públicos), leyes escritas, costumbres, etc. Por esa razón, Montesquieu sostiene en este pasaje que las leyes deben adaptarse al contexto de cada pueblo y a la constitución de cada gobierno.
Montesquieu se aparta de ese glorioso absoluto, la mejor, la peor forma de gobierno. En su propuesta política, el único criterio para enjuiciar a las sociedades es el de la congruencia. Cada una de las tres formas de gobierno tiene una naturaleza, una nota característica que las distingue de las otras, así como un principio, un entramado de pasiones e incentivos que motiva la acción política (e.g. en la monarquía, los nobles se motivan a obedecer al rey y a las leyes para tener más títulos y precedencias; incentivo que no existe en la democracia, en la que todos los ciudadanos tienen igual ejercicio del poder soberano).[11] Montesquieu, al proponer un proyecto político contextual, nos ofrece una serie de herramientas para evaluar si en efecto una sociedad ha conservado la naturaleza y el espíritu de su gobierno o si lo ha corrompido (es decir, si ha transformado su forma de gobierno en otra). Al determinar si en efecto x sociedad ha preservado la naturaleza y el espíritu de su gobierno, Montesquieu no realiza un análisis moral (por ejemplo, en términos de virtud), sino un análisis arquitectónico.
Aquí adelanto la lectura particular que propongo de Del espíritu de las leyes, la guía hermenéutica desde la que interpreto el texto en su conjunto. Existen algunas discusiones particulares en torno a esta obra. Algunos se disputan si en este estudio Montesquieu tenía una especial preferencia por el gobierno monárquico o por el republicano.[12] Otros discuten la influencia de Maquiavelo en Montesquieu y el grado de (des)acuerdo entre su pensamiento.[13] Algunos investigadores rastrean el tema de la moderación política a lo largo del libro[14] y algunos otros rastrean la tematización de la libertad política.[15] Sin embargo, la interpretación que aquí propongo no es sobre un tema particular, sino una guía para interpretar muchos de los argumentos que aparecen sistemáticamente en el libro y es la siguiente.
La tesis de que los gobiernos tienen una génesis contextual lleva a Montesquieu a formular un tipo de argumento (uno de los más empleados en toda la obra) al que me permito denominar el argumento arquitectónico: Dado que su contexto ha llevado a las naciones a erigir cierta forma de gobierno particular, todas las leyes, las magistraturas,[16] las instituciones y los incentivos del Estado; deben estar al servicio de conservar esa forma de gobierno. En ese sentido, son argumentos arquitectónicos todas las prescripciones administrativas, fiscales, militares, judiciales, legislativas o de cualquier otra índole que Montesquieu propone en aras de preservar la naturaleza y el espíritu de cada gobierno.
Los argumentos arquitectónicos son, por ponerlo en jerga kantiana, imperativos hipotéticos. No están basados en un criterio moral absoluto (x es la mejor o peor forma de gobierno y por eso se le debe procurar por sí misma o evitar por sí misma), sino que están formulados como un consejo prudencial. “Si quieres preservar x forma de gobierno, entonces debes hacer y”. He aquí un par de ejemplos de argumentos arquitectónicos:
1. La monarquía es el gobierno de uno solo conforme a leyes establecidas.[17] Si una monarquía conquista muchos territorios y se convierte en un imperio, los territorios más lejanos acabarán teniendo un gobierno despótico, discrecional; pues muchas resoluciones deberán tomarse de forma expedita y prudencial, dados los prolongados tiempos de consulta y respuesta con el monarca. El monarca y sus ministros están demasiado lejos de las tierras conquistadas como para poder verificar que en efecto el gobierno sobre tales pueblos se realiza conforme a las leyes del gobierno monárquico. Por tanto, si la monarquía desea seguir siendo monarquía (gobierno de uno conforme a leyes) en cada rincón de su territorio, no debe sobrexpandirse (convertirse en un imperio).[18]
2. El principio fundacional de la democracia es la igualdad, en ella, todos los ciudadanos ejercen el poder soberano; a diferencia de formas de gobierno como la monarquía y el despotismo, en las que existen claras jerarquías que reservan el ejercicio del poder a unos cuantos (e.g. la nobleza, en el caso de la monarquía). En las monarquías y en los gobiernos despóticos, basta la orden del príncipe para que se ejecuten los negocios del Estado. En la democracia, dada la ausencia de jerarquías, sólo la virtud política, el amor por la patria y la búsqueda del bien común pueden ser el único motor que haga caminar la vida del Estado. El quehacer político cotidiano en una democracia depende de la automotivación de sus habitantes, no del mandato externo de un príncipe. Ningún vizconde o duque puede obligarme, por ejemplo, a acudir a votar, a escuchar en la asamblea el examen a la gestión de un magistrado… nadie está facultado a obligarme a que me interese por los negocios del Estado (y tampoco hay nadie autorizado a recompensarme si lo hago). Si los ciudadanos no se automotivan a obrar cotidianamente por virtud, el Estado queda paralizado (las magistraturas no trabajan, se suspende la actividad legislativa, no se acude a las votaciones, etc.). Por tal motivo, la educación en las democracias debe ser una educación en la virtud política y en el amor a la patria, que incendie los corazones de los ciudadanos desde pequeños. Así, al crecer, los ciudadanos participarán de la vida política sin perseguir una recompensa ni temer el castigo de alguna autoridad, sino por amor, plenamente automotivados, deseosos de hacer todo por preservar la naturaleza de su forma de gobierno (la igualdad).[19]
Nótese cómo este tipo de argumento se distingue de otras tradiciones de filosofía política que se fundamentan en algún tipo de criterio moral o utilitario: el Estado debe hacer x porque es bueno (e.g. el príncipe cristiano debe obrar de tal manera para asegurar la felicidad terrena y la vida eterna de sus súbditos). El Estado debe hacer x porque es útil (utilitarismo). El Estado debe hacer x porque es lo debido (teorías del deber), etc. Le llamo “argumento arquitectónico” porque siempre adopta la forma de una prescripción o de una proscripción, en aras de conservar la estructura fundamental de cada forma de gobierno, de conservar su constitución entendida en sentido ontológico, aquello que le hace ser eso y no otra cosa. En ese sentido, podemos interpretar Del espíritu de las leyes, si se me permite la expresión impropia, como un manual exhaustivo para la construcción de monarquías, repúblicas y gobiernos despóticos.
Ahora bien, es importante destacar que Del espíritu de las leyes no contiene exclusivamente argumentos arquitectónicos. Existen abundantes apartados con argumentos históricos, morales, legales y de distinta índole. La obra abarca una amplísima gama de temas, desde el diseño más abstracto del Estado y los orígenes de la vida política, hasta las disposiciones legales e institucionales que cada forma de gobierno debe adoptar con relación al clima, al suelo, al número de habitantes, al lujo, al maquillaje, etc. La guía interpretativa que aquí propongo aspira dar unidad incluso a esas disposiciones tan peculiares. Bajo esta lectura, Del espíritu de las leyes no es meramente una colección de consejos geográficos y curiosidades históricas, sino un estudio histórico y de política comparada sobre las implicaciones que tiene cada ley, cada norma, cada magistratura, cada institución, cada práctica; en la conservación de la forma de gobierno establecida.
La forma arquitectónica de evaluar los consejos políticos prescritos por Montesquieu es la siguiente. Si esta disposición se aplicara o dejara de aplicarse, ¿esta forma de gobierno perdería o conservaría su naturaleza y su espíritu característico? ¿Qué leyes, costumbres e incentivos son indispensables para preservar la naturaleza y el espíritu de cada forma de gobierno?
Otro elemento indispensable para comprender el método y los objetivos de Montesquieu en Del espíritu de las leyes, es precisamente la historia y la política comparada. La obra no sólo tiene una clara influencia platónica (por plantear los gobiernos en términos de una naturaleza y una pasión que los inspira) sino también aristotélica.[20] Aristóteles, a quien más de uno ha llamado el “padre de la política comparada”, refiere muchos ejemplos en la Política sobre normas y prácticas de las ciudades y culturas vecinas para encontrar las mejores prácticas que se pueden imitar y los errores que se deben evitar.[21]
Inspirado por ese método, Montesquieu despliega un amplísimo conocimiento de historia política (sobre instituciones, leyes, cargos públicos, crisis, aciertos y desventuras de los griegos, romanos y reinos europeos principalmente; así como de diversas sociedades de oriente, como los persas, chinos y turcos) y de política comparada (es decir, no sólo conoce de historia política, sino de la práctica política de su época). Sus ejemplos y referencias son tan diversos que incluso llega a hacer mención de la situación de los indios mexicanos frente a los españoles.[22]
Montesquieu realiza buena parte de sus prescripciones arquitectónicas (prescripciones para conservar la naturaleza y el espíritu de cada forma de gobierno) mediante ejemplos históricos y de política comparada. Louis Althusser, elogiando el método empírico de Montesquieu, llegará a llamarlo el verdadero padre de la ciencia política.[23]
Los orígenes de lo político en Montesquieu
El último elemento para evaluar la pertinencia de la lectura arquitectónica que propongo, y para terminar de situar a Montesquieu dentro de la historia de la filosofía política, es su visión sobre los orígenes y la finalidad del Estado y de la sociedad.
Montesquieu tiene un eco de la reflexión contractualista de Hobbes, pero, como veremos a continuación, no puede decirse en estricto sentido que él mismo sea un autor contractualista. Al principio de Del espíritu de las leyes, Montesquieu emprende un análisis de las leyes naturales al hombre, aquellas que se derivan de su constitución como ser humano. En ese sentido, son leyes que el ser humano habría tenido antes del establecimiento de las sociedades.[24]
En su estado natural, dice Montesquieu, el hombre sólo está preocupado por procurarse su conservación. No tiene tiempo ni condiciones para emprender grandes empresas especulativas (como preguntarse sobre su origen). La única idea que tiene con claridad el hombre en el estado de naturaleza es la idea de su propia debilidad, de su propia vulnerabilidad. Ese hombre, dice Montesquieu, sería extremadamente tímido, viviría convencido de que él mismo es más débil (o al menos igual de fuerte) que los demás. Prueba de este hecho, suscribe Montesquieu, son los casos de salvajes solitarios que se han descubierto en su época, que tiemblan y huyen ante todo. Dado que nadie en el estado de naturaleza se sentiría con la suficiente ventaja para atacar a otro, Montesquieu afirma que la primera ley de la naturaleza es la paz.[25]
En este mismo pasaje, le objeta a Hobbes que los hombres no podrían, en el estado de naturaleza, desear imperio sobre los demás para oprimirlos; pues el imperio y la opresión son ideas demasiado complejas (dependen de muchas otras ideas) y precisamente por ello no podrían ser las ideas originarias del hombre. El estado de naturaleza es tan precario que el hombre no tiene condiciones para especular y formar ideas complejas, ocupa su tiempo en sobrevivir, nada más. En el estado de naturaleza, según Montesquieu, el hombre no tiene motivos ni para atacar ni para defenderse, pues todos se temen entre sí.[26]
La segunda ley natural, dice Montesquieu, es la búsqueda de alimentos, pues el hombre no sólo siente naturalmente temor por sus semejantes, sino que también siente sus necesidades corporales.[27] La tercera ley, en cambio, es la que reúne a los hombres:
El temor impulsaría a los hombres a huir unos de otros, pero los signos de un temor recíproco y, por otra parte, el placer que el animal siente ante la proximidad de otro animal de su especie, les llevaría al acercamiento. Además, dicho placer se vería aumentado por la atracción que inspira la diferencia de sexos. Así, la solicitación natural que siempre se hacen siempre uno a otro constituiría la tercera ley.[28]
Nótese que esta tercera ley involucra tres incentivos distintos para reunir a los hombres en comunidad. En primer lugar, la advertencia de que todos tienen entre sí un temor recíproco genera confianza. Si todos están tan aterrados de mí como yo de ellos, es razonable suponer que no estaré en peligro si convivo con los demás. En segundo lugar, hay un placer en general por convivir con otros miembros de la especie. En tercer lugar, hay un placer particular al convivir con el sexo opuesto.
Quizás esta lista de tres incentivos bastaría para afirmar que Montesquieu es un defensor de la sociabilidad natural, de la tesis de que el ser humano está llamado por naturaleza a vivir en comunidad. Pero hay incluso una cuarta ley natural que confirma esta sospecha.
El deseo de vivir en comunidad proviene en buena medida de un sentimiento (el placer de convivir con los semejantes), pero el hombre puede acceder a un tipo de convivencia superior a la de los animales. Su convivencia puede ser no sólo afectiva, sino racional.
El ser humano tiene una facultad y un deseo particular: el conocimiento. El hombre puede y desea conocer. Y por tanto, dice Montesquieu, los hombres también pueden asociarse para conocer. Ese deseo de reunirse para conocer, es el deseo de vivir en sociedad.[29]
Descrito el estado de naturaleza, Montesquieu señala cómo se transforma el hombre cuando empieza a vivir en sociedad:
Desde el momento en que los hombres se reúnen en sociedad, pierden el sentimiento de su debilidad; la igualdad en que se encontraban antes deja de existir y comienza el estado de guerra.
Cada sociedad particular se hace consciente de su fuerza, lo que produce un estado de guerra de nación a nación. Los particulares, dentro de cada sociedad, empiezan a su vez a darse cuenta de su fuerza y tratan de volver a su favor las principales ventajas de la sociedad, lo que crea entre ellos el estado de guerra.[30]
Montesquieu propone exactamente la tesis inversa de Hobbes. No hay un estado de guerra original y una paz que se obtiene tras firmar el contrato social, sino un estado de paz originaria que se termina cuando los hombres empiezan a vivir en comunidad. Otro matiz importante es que Montesquieu nunca afirma explícitamente que las sociedades se constituyan mediante un contrato o que sea imperativo firmar dicho contrato. Más bien, siguiendo su diagnóstico del estado de naturaleza, la formación de las sociedades es un proceso espontáneo, inevitable dada la naturaleza sociable del hombre.
Montesquieu afirma que las leyes positivas (derecho de gentes, derecho político y derecho civil), surgen precisamente para controlar el caos generado por los dos estados de guerra (nación vs. nación y ciudadanos vs. ciudadanos) que surgen tras la unión de los hombres en sociedades.[31] Y ahí radica precisamente la razón por la cual no podemos considerar a Montesquieu un autor contractualista.
¿Tiene un diagnóstico del estado de naturaleza? Sí. ¿Tiene un diagnóstico del estado civil? Sí. Lo que no hay en Montesquieu es un mandato para firmar el contrato en aras de conseguir x beneficio. En Hobbes, se firma el contrato para salir del abominable estado de guerra natural a los hombres. En Locke, se firma el contrato para garantizar la imparcial y segura defensa de los derechos naturales. En Montesquieu, el estado de naturaleza es pacífico y la unión inevitable de los hombres en sociedad genera un estado indeseable, un doble estado de guerra.
Más aún. En general, la tradición contractualista considera el contrato como la causa de que los hombres se reúnan y como la causa de toda su organización política. En Montesquieu, la generación de las sociedades es inevitable, es un proceso natural. El hombre, en tanto que ser vulnerable y necesitado de la comunidad para satisfacer sus necesidades, no tiene más remedio que reunirse con sus semejantes. La génesis de las sociedades no es un contrato, sino la naturaleza del hombre, su indigencia como individuo, su incapacidad para bastarse a sí mismo, así como el deseo que tiene de estar acompañado por sus semejantes. Esa tesis, nuevamente, tiene una profunda influencia platónica y aristotélica:
En mi opinión –proseguí–, una ciudad nace cuando los individuos en particular se encuentran en la imposibilidad de bastarse a sí mismos (αὐτάρκεια) y de procurarse las muchas cosas de que han menester… Un hombre, por tanto, se asocia con otro en vista de tal necesidad, y con otro por tal otra, y así, por la necesidad en que están muchos de muchas cosas, se van reuniendo en el mismo domicilio como asociados y auxiliares, y a esta convivencia le damos el nombre de ciudad…[32]
En primer lugar, pues, la necesidad ha hecho aparearse a quienes no pueden existir el uno sin el otro, como son el varón y la mujer en orden a la generación (y esto no por elección deliberada, ya que en el hombre, no menos que en los demás animales y en las plantas, hay un deseo natural de dejar tras de sí otro ser a su semejanza). Es también necesidad, por razones de seguridad[33] (σωτηρία), la unión…[34]
La asociación última de muchos municipios es la ciudad. Es la comunidad que ha llegado al extremo de bastarse en todo virtualmente a sí misma, y que si ha nacido de la necesidad de vivir, subsiste porque puede proveer una vida cumplida. De aquí que toda ciudad exista por naturaleza, no de otro modo que las primeras comunidades, puesto que es ella el fin de las demás. Ahora bien, la naturaleza es fin; y así hablamos de la naturaleza de cada cosa, como del hombre, del caballo, de la casa, según es cada una al término de su generación. Por otra parte, aquello por lo que una cosa existe y su fin es para ella lo mejor; en consecuencia, el poder bastarse a sí mismo es un fin y lo mejor. De lo anterior resulta manifiesto que la ciudad es una de las cosas que existen por naturaleza, y que el hombre es por naturaleza un animal político; y resulta también que quien por naturaleza y no por casos de fortuna carece de ciudad, está por debajo o por encima de lo que es el hombre.[35]
Después de que la naturaleza ha hecho de las suyas y ha reunido a los hombres en sociedad (por su vulnerabilidad, por su búsqueda de seguridad, por la advertencia del temor recíproco, por el deseo de convivir, por el deseo de aparearse y por el deseo de conocer), los hombres empiezan a disfrutar de sus beneficios. El beneficio fundamental que reporta la sociedad (la vida en común) es la división del trabajo. El zapatero hace zapatos y los intercambia con el granjero, con el sastre, etc. Así, cada quien con las habilidades que le ha dado la naturaleza, suple las necesidades de otros a cambio de que los otros suplan las de él.[36]
Una de las señales más claras de que Montesquieu comparte esta visión aristotélica y platónica del hombre como un ser vulnerable y naturalmente llamado a vivir en comunidad (espacio en el que habrá de satisfacer sus necesidades en alianza con los demás), es que utiliza sistemáticamente el término “sociedad” para referirse a la comunidad de los hombres. No olvidemos que societas en latín implica más que una asamblea, más que una mera aglomeración de hombres.[37] Es una comunidad que se reúne para obtener un beneficio específico, una unión encaminada a la persecución de un objetivo pactado por las partes que la integran.[38]
En el contexto de esa comunidad que se basta a sí misma, dice Montesquieu, los individuos olvidan su vulnerabilidad, su indigencia natural, y deciden emprender la guerra contra los demás. La sociedad deja de ser el espacio propicio para la cooperación y la mutua satisfacción de las necesidades de los individuos, para convertirse en el botín de todos. Y, a su vez, las sociedades entre sí, mediante la guerra y la conquista, se convierten las unas en el botín de las otras.[39]
Estos dos tipos de estado de guerra son el motivo de que se establezcan las leyes entre los hombres. Considerados como habitantes de un planeta tan grande que tiene que abarcar pueblos diferentes, los hombres tienen leyes que rigen las relaciones de estos pueblos entre sí: es el derecho de gentes. Si se les considera como seres que viven en una sociedad que debe mantenerse, tienen leyes que rigen las relaciones entre los gobernantes y los gobernados: es el derecho político. Igualmente tienen leyes que regulan las relaciones existentes entre todos los ciudadanos: es el derecho civil.[40]
Nótese el condicional que da origen a las leyes positivas.[41] Si los hombres desean conservar su asociación, la alianza que les provee seguridad, entonces deben someterse a leyes. Si los hombres desean en verdad liberarse de la violencia, del egoísmo, del deseo de someterlo todo y poseerlo todo que los hombres adquieren tras haber disfrutado de los beneficios de vivir en sociedad, entonces deben limitar esos impulsos mediante las leyes y mediante el gobierno.
Éste es otro de los pasajes que pueden incitar al lector a pensar que Montesquieu no es un autor contractualista y que su proyecto político no está planteado en coordenadas absolutas, sino contextuales. La formación del gobierno y de las leyes para la preservación de la sociedad no es un mandato moral, no es fruto de la necesidad, no es radicalmente inevitable, es una decisión libre enunciada con un condicional. Si usted quiere salir del caos generado por el olvido de cada individuo y de cada sociedad de su vulnerabilidad natural, no tiene otra alternativa que establecer mecanismos institucionales de coordinación de la acción colectiva y de organización de la vida en común. Montesquieu lo dice categóricamente, “una sociedad no podría subsistir sin gobierno”.[42] Si usted no quiere salir de esa niebla de violencia e incertidumbre, tome un hacha y pase al campo de batalla.
Montesquieu también utiliza otro término genérico para referirse a la comunidad organizada de los hombres, “Estado”. El Estado es “una sociedad en la que hay leyes”,[43] es la unión de todas las fuerzas y de todas las voluntades particulares.[44] Nótese cómo este término comparte dos características fundamentales con la palabra “sociedad”. Primero, el Estado está organizado conforme a leyes para garantizar su supervivencia, su continuidad (que es el objetivo de cualquier Estado).[45] Segundo, el Estado, para constituirse como tal, tiene que sumar no sólo todas las fuerzas, sino también todas las voluntades particulares. Formar un Estado es una decisión que necesariamente requiere no sólo del consentimiento tácito de los ciudadanos, sino del esfuerzo de sus integrantes para preservarlo tal cual es.
El doble estado de guerra surgido de la unión de los hombres en sociedad se mitiga, en el ámbito internacional, mediante la regulación del derecho de gentes.[46] En el ámbito estatal, los individuos pueden entablar relaciones pacíficas gracias a la regulación del derecho político (que fija la relación entre gobernantes y gobernados) y el civil (que fija las normas de convivencia entre ciudadanos).[47]
Cada una de las tres formas de gobierno que propone Montesquieu (república, monarquía y tiranía) tiene una forma particular de disponer las relaciones entre gobernantes y gobernados y las relaciones entre sus habitantes. Y él mismo advierte que, a lo largo de toda la obra, no guiará su exposición distinguiendo cuáles son las leyes civiles y cuáles las leyes políticas de cada Estado, pues este libro no es un compendio de leyes, sino un tratado sobre el espíritu de las leyes.
“Las leyes tienen relaciones entre sí; con sus orígenes, con el objeto del legislador y con el orden de las cosas sobre las que se legisla”.[48] El entramado de esas relaciones es el espíritu de las leyes.[49] De ahí proviene la amplitud del análisis y la diversidad de temas que aborda Montesquieu. Ésa es la razón por la cual este libro reflexiona desde los orígenes del Estado, hasta el impacto de la geografía en la política. Montesquieu se propone analizar las leyes no en su sentido estricto, como normas codificadas y escritas, sino en su sentido amplio. Las costumbres, los cargos públicos, las instituciones, los tribunales, los castigos, los premios, las expectativas de comportamiento, las asambleas… todo cuanto pueda tener un impacto en la preservación del principio y la naturaleza de cada forma de gobierno, forma parte dentro del examen del espíritu de las leyes.
Concluido este análisis sobre el lugar de Montesquieu en la historia de la filosofía política, en el que hemos distinguido las fuentes de inspiración (antigua y moderna) de su método, de sus objetivos y de sus tesis sobre el origen del fenómeno político, así como los ámbitos en los que se separa de esas fuentes para realizar una propuesta política distinta, es necesario proceder a analizar el primer pilar de una virtual teoría de la paz de Montesquieu. Dicho pilar, se resume en las siguientes palabras: la república es la forma más pacífica de gobierno. La monarquía y la tiranía inevitablemente conducen a la violencia y a la guerra.
[1] Cfr. Montesquieu, op. cit., libs. II-III.
[2] Ibid. lib. III, cap. I, p. 30.
[3] Cfr. Ibid. Advertencia del autor y libs. II-III.
[4] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III. Sobre el papel generador y conservador de la ley en general, también Cfr. cap. I.
[5] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III, pp. 16-17.
[6] Salvo indicación contraria, las cursivas son de Montesquieu.
[7] Ibid., lib. I, cap. III, p. 17.
[8] Cfr. Ibid., Prefacio y lib. I, cap. III, p. 17.
[9] “Si yo pudiera hacer que todo el mundo encontrara nuevas razones de amar sus deberes, de amar a su príncipe, a su patria y a sus leyes; hacer que cada cual pudiera sentir mejor la felicidad en su país, en su gobierno, en el puesto en que se encontrase, sería el más feliz de los mortales”. Idem. Prefacio, pp. 4-5.
[10] Cfr. Idem, Prefacio y lib. I, cap. III, p. 17.
[11] Cfr. Idem, lib. II-III.
[12] E.G. Louis Althusser, Thomas Pangle, Paul Rahe y Annelien de Dijin.
[13] E.G. Randal Hendrickson, Maurice Joly.
[14] E.G. Paul Carrese, Alexander Trubowit.
[15] E.G. Sharon Krause, Megan Gallagher.
[16] Siguiendo a Montesquieu y a la tradición clásica, entiendo por magistratura cualquier cargo público genérico, distinto del cargo de juez y del cargo de legislador. Este término casi siempre refiere a un cargo perteneciente al poder ejecutivo.
[17] Cfr. Montesquieu, op. cit., lib. II, cap. I.
[18] Cfr. Ibid., lib. VIII, cap. XIX.
[19] Cfr. Ibid., libs. II-V y lib. VIII caps. II-IV.
[20] Cfr. Platón, República, trad. Antonio Gómez Robledo, México, unam, 2000, libs. VIII-IX.
[21] No es casualidad que se le haya atribuido el texto de la Constitución de los atenienses.
[22] “¿Qué beneficios otorgaron los españoles a los mejicanos? Pudiendo darles una religión llena de dulzura les llevaron una superstición furiosa. Pudiendo haber hecho libres a los esclavos hicieron esclavos a los hombres libres. Pudiendo instruirles sobre los abusos de los sacrificios humanos, en su lugar los exterminaron. No terminaría nunca si quisiera contar los bienes que no hicieron y los males que causaron”. Montesquieu, op. cit., lib. X, cap. IV, p. 160.
[23] Cfr. Louis Althusser, “Montesquieu: Politics and History”, en Politics and History: Montesquieu, Rousseau, Marx, Londres, Verso, 2007, pp. 13-112.
[24] Cfr. Montesquieu, op. cit., lib. I, cap. II, p. 14.
[25] Cfr. Idem.
[26] Cfr. Ibid. lib. I, cap. II, pp. 14-15.
[27] Cfr. Idem.
[28] Idem.
[29] Cfr. Idem.
[30] Ibid., lib. I, cap. III, p. 15.
[31] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III, pp. 15-16.
[32] Platón, República, 369b-c.
[33] En este párrafo y el siguiente, las cursivas son mías.
[34] Aristóteles, Política, 1252a27-33.
[35] Ibid., 1252b28-1253a5.
[36] Cfr. Platón, op. cit., 369b-372d.
[37] Aunque Del espíritu de las leyes está escrito en francés, no debemos olvidar que Montesquieu posee un inmenso conocimiento de Roma. Incluso, a lo largo del texto, llega a dar la impresión de que conoce mucho más de Roma que de Grecia. Recordemos que otro de sus textos más célebres está titulado Consideraciones sobre las causas de la grandeza y decadencia de los romanos (1734). Eso me ha llevado a sospechar que la elección del término “sociedad”, es todo menos casual en Del espíritu de las leyes.
[38] “Societas”, en Lewis & Short [en línea], disponible en <http://www.perseus.tufts.edu/hopper/morph? l=societas&la=la#lexiconl>. Consultado el 20 de octubre de 2018
[39] Cfr. Montesquieu, op. cit., lib. I, cap. III, pp. 15-16.
[40] Idem., p. 16.
[41] Llama la atención que Montesquieu no sigue al pie de la letra la taxonomía de las leyes escolástica. En el primer libro de Del espíritu de las leyes sólo hay dos géneros de leyes, las naturales y las positivas. Las segundas, a su vez, como se aprecia en el pasaje citado, se subdividen en leyes políticas y civiles. Dado que en esta clasificación se separa de la tradición escolástica, mi interpretación es que por ley positiva está entendiendo cualquier ley de origen humano (cualquier ley distinta de la ley natural).
[42] Idem.
[43] Ibid., lib. XI, cap. III, p. 173.
[44] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III, pp. 16-17.
[45] Cfr. Ibid., lib. XI, cap. V.
[46] Del cual hablaré en el último capítulo.
[47] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III, pp. 15-17.
[48] Idem.
[49] Cfr. Ibid., lib. I, cap. III, pp. 17-18.
2. Las formas de gobierno según Montesquieu
En este capítulo esquematizaré las principales características del gobierno republicano, monárquico y despótico,[1] según la descripción que de ellos hace Montesquieu en los primeros doce libros de Del espíritu de las leyes. Posteriormente, en el tercer capítulo, compararé estas formas de gobierno para descubrir cuáles son las formas de gobierno más pacíficas y cuáles las que tienden a la guerra.
República
Uno de los criterios más recurridos para clasificar las distintas formas de gobierno es la cantidad de personas que tienen acceso al ejercicio de la soberanía. “La fuerza general puede ponerse en manos de uno solo o en manos de muchos”.[2] Ésa es la primera distinción fundamental entre la república y las otras dos formas de gobierno. En la monarquía y en el gobierno despótico, el poder está concentrado en la figura del príncipe. En la república, una multitud de personas participa del poder soberano.[3]
La república, de acuerdo con Montesquieu, puede organizarse de dos maneras. Si la fuerza general está puesta en manos de todo el pueblo es una democracia. Si sólo está puesta en las manos de una parte del pueblo es una aristocracia.[4]
El principio de la democracia (la pasión que la pone en movimiento) es el amor por la igualdad, el amor a la patria, el amor a las leyes, la anteposición del bien público sobre el privado. En pocas palabras, es la virtud política. Por otro lado, el principio de la aristocracia es la virtud de la moderación.[5] Estudiemos a detalle cada una de estas formas de la república.
Democracia
En la democracia (o Estado popular, como en ocasiones le llama Montesquieu), el pueblo, dueño del poder soberano, es al mismo tiempo monarca y súbdito. Monarca, porque tiene toda la fuerza y toda la autoridad para decidir sobre sí mismo. Súbdito, porque se ve obligado a obedecer las determinaciones que él mismo tomó.[6]
El mecanismo por excelencia, dice Montesquieu, a través del cual el pueblo ejerce la soberanía, es el sufragio. Por tal motivo, las leyes que regulan cómo votar, sobre qué asuntos se pueden votar y quiénes pueden votar son tan importantes como las leyes en la monarquía sobre quién es el monarca y cómo debe gobernar.[7]
Es indispensable, para que la democracia sea democracia, que todos los ciudadanos puedan participar de la soberanía a través del sufragio. Sin embargo, que todos puedan votar no significa que todos puedan ser votados para ocupar un cargo público. En ese sentido, Montesquieu exalta las divisiones en clases establecidas en Atenas y Roma para determinar quiénes eran aptos para ocupar un puesto público. Solón dividió al pueblo en cuatro clases. Los jueces podían ser elegidos de entre cualquiera de las cuatro clases. Sin embargo, los magistrados sólo podían ser electos de entre las primeras tres clases.[8] Servio Tulio hizo lo mismo en Roma, de forma que tanto Solón como Servio diseñaron sus sistemas electorales para que tuvieran mayor peso los votos de los acomodados y marginar el voto de los pobres.[9]
La razón de la distinción del pueblo en clases (para discriminar quiénes pueden ocupar cargos públicos y quiénes no) es la siguiente: todo el pueblo, el conjunto de todos los ciudadanos, tiene una habilidad admirable para elegir a quiénes confía su autoridad. Siempre está enterado de quién ha estado en batalla y podría ser un buen general, de quién ha ejercido como juez sin aceptar soborno alguno, de quién es hábil en los negocios y podría ser un buen edil, etc. El pueblo decide a quién confiere autoridad dependiendo de su fama y de sus méritos.[10]
No obstante, conocer de la fama de sus conciudadanos no los hace a ellos mismos automáticamente aptos para encargarse de los negocios, conducir la guerra o aprovechar oportunidades comerciales.[11]
Del mismo modo que la mayoría de los ciudadanos que tienen suficiencia para elegir no la tienen para ser elegidos, el pueblo, que tiene capacidad suficiente para darse cuenta de la gestión de los demás, no está capacitado para llevar la gestión por sí mismo.[12]
Esta tesis de Montesquieu, a la luz de la experiencia del siglo xxi, es sumamente problemática, pues el pueblo podría ser víctima de una campaña de marketing (de transformación de la percepción) en pro de un incompetente o de una campaña de desprestigio en contra de una persona perfectamente capacitada para un cargo público.
Sin embargo, algo de verdad hay en esta idea. La naturaleza ha dado a los individuos distintas habilidades e intereses. No todos los individuos del pueblo tienen la misma habilidad para atender el comercio, la guerra o la administración. Más aún, existen ciertas actividades (e.g. la conducción de una batalla) que requieren de resoluciones inmediatas, que no pueden esperar a la larga deliberación de la asamblea. Por tal motivo, afirma Montesquieu que “el pueblo que detenta el poder soberano debe hacer por sí mismo todo aquello que pueda hacer bien; lo que no pueda hacer bien lo hará por medio de sus ministros”.[13]
En la democracia, la toma de decisiones y la ejecución de los negocios del Estado corren a cargo de cuatro instituciones: la asamblea de todos los ciudadanos, el senado, los tribunales y las magistraturas. Cuando se reúne una asamblea y toma alguna decisión, puede decirse en estricto sentido que la totalidad del pueblo ha hablado. Por tal motivo, dice Montesquieu, es de suma importancia determinar cuál es el mínimo de ciudadanos requeridos para declarar abierta una asamblea.[14]
Así como los monarcas necesitan de un consejo o de un senado para que los guíe, la democracia necesita también de un senado. Dicho senado tiene dos funciones. Decidir sobre todas las situaciones en las que sería ineficiente esperar a la deliberación o actuación de la asamblea de los ciudadanos, y preparar la presentación de todos los asuntos sobre los que la asamblea puede decidir con eficacia o que no pueden ser aprobados bajo ningún concepto sin el consenso de la asamblea (e.g. promulgación de leyes permanentes, nombramiento de funcionarios, etc.). Los senadores pueden ser electos ya sea directamente o nombrando ciertos magistrados para que los elijan (votación indirecta).[15]
En una democracia, es indispensable que sea el pueblo quien promulgue las leyes en asamblea y que el senado legisle sólo en los casos convenientes. Montesquieu cita como ejemplo de buena práctica en este ámbito a Atenas y Roma, en las que el Senado podía promulgar leyes con una vigencia de un año y sólo podían volverse perpetuas si así lo decidía el pueblo en asamblea.[16]
Respecto del nombramiento de jueces y magistrados, Montesquieu afirma que “la elección por sorteo es propia de la democracia; la designación por elección corresponde a la aristocracia”.[17] El sorteo no ofende a nadie, no es motivo de injuria ni conspiración. Bajo el mecanismo del sorteo, todos los ciudadanos guardan una esperanza razonable de servir a su patria. Pero la designación de funcionarios por sorteo tiene defectos evidentes, que deben ser controlados siguiendo el ejemplo de Solón.[18]
Los senadores y jueces de la Atenas democrática se nombraban por sorteo, mientras que los cargos militares, dada su especial gravedad, eran designados por elección. Las magistraturas civiles que exigían un gran gasto (que manejaban mucho dinero), eran electas; mientras que el resto de magistraturas eran asignadas por sorteo. Además, a esas magistraturas civiles restantes sólo se podía acceder si el interesado se presentaba el día del sorteo y era examinado por los jueces.[19] Cualquier ciudadano podía acusar de indignidad para el cargo al interesado y, terminado su periodo de funciones, tal individuo sufría un segundo examen para evaluar su gestión. Para cada plaza, se sacaban en el momento del sorteo dos cédulas, una con el nombre del primer candidato y otra en caso de que el primero fuera rechazado por los jueces.[20]
Con todos estos controles, dice Montesquieu, Solón logró que cualquier persona incapacitada para el cargo sintiera vergüenza y no depositara la cédula con su nombre para participar en el sorteo. En ese sentido, simultáneamente era un mecanismo por sorteo, pero con tintes de elección (por haber filtros para entregarle el puesto al ἄριστος).[21]
En una democracia es también de suma importancia la legislación en torno a si los votos deben emitirse públicamente o en secreto. Para el caso del pueblo, propone Montesquieu, la votación debe ser pública, como la asamblea ateniense, en la que los ciudadanos votaban a mano alzada. Sin embargo, los miembros del senado deben poder votar en secreto para prevenir intrigas.[22]
Las intrigas son en extremo perjudiciales en el senado y en el cuerpo de nobles (en el caso de la aristocracia y la monarquía). Por el contrario, dice Montesquieu, es natural (y deseable) que el pueblo se apasione por los asuntos políticos.[23]
La desgracia de una república no es que en ella no haya intrigas, cosa que ocurre cuando se corrompe al pueblo con dinero: entonces se interesa por el dinero, pero no por los negocios públicos, y espera tranquilamente su salario sin preocuparse del Gobierno ni de lo que en él se trata.[24]
Aquí aparece por primera vez una idea que Montesquieu defenderá sistemáticamente en Del espíritu de las leyes, a saber, que la típica señal de que la república se ha corrompido (que ha dejado de funcionar como república), es que los ciudadanos pierden interés en los asuntos públicos. Si los ciudadanos no se intrigan, si no se apasionan por los negocios del Estado, la república queda paralizada.
Hasta aquí la radiografía de la organización política de la democracia. Pero demos un paso atrás. ¿Cuál es el principio de la república, la pasión humana que la pone en movimiento?
Recordemos, la naturaleza es la configuración particular que hace a una forma de gobierno ser esa forma de gobierno y no otra. El principio es la motivación afectiva para obrar dentro de esa forma de gobierno particular, es el entramado de incentivos para la acción (política, económica y moral) en determinado gobierno. El principio de cada gobierno demarca el tipo de satisfacciones a las que uno puede acceder y el catálogo de censuras a las que uno puede ser acreedor. El principio de cada forma de gobierno no es accidental, se desprende de su naturaleza y es indispensable para su funcionamiento.[25]
El principio de la democracia es la virtud política: “Lo que llamo virtud en la república es el amor a la patria, es decir, el amor a la igualdad. No se trata de una virtud moral ni tampoco de una virtud cristiana, sino de la virtud política”.[26] El hombre de bien en la república “no es el hombre de bien cristiano, sino el hombre de bien político, que posee la mencionada virtud política. Es el hombre que ama las leyes de su país y que obra por amor a ellas”.[27]
La virtud política en Montesquieu tiene muchos sinónimos. Amor a la igualdad, amor a las leyes, amor a la patria y anteposición del bien público sobre el privado. ¿Por qué el principio de la democracia es la virtud política? Podría pensarse que simplemente es un resabio platónico y aristotélico. La virtud es considerada el resorte de la república simplemente porque Montesquieu tuvo una importante formación clásica y coincide con Platón y Aristóteles en que la educación permite el despliegue más pleno de las potencias humanas.
No es el caso, esa lectura es demasiado simplista. Montesquieu escribe esta obra con criterios estrictamente arquitectónicos. La virtud no es el resorte de la república porque sea buena o porque sea bonita, sino porque en la monarquía y en el gobierno despótico basta que el príncipe dé la orden para que caminen los asuntos del Estado. En la monarquía los nobles tienen el incentivo de obedecer al príncipe porque desean mayores títulos y precedencias. En el gobierno despótico los sirvientes obedecen por temor al príncipe y para participar del saqueo del tesoro del Estado y de los individuos. Pero la naturaleza de la república es que no haya jerarquías, todos los ciudadanos tienen igual ejercicio de la soberanía. Ningún vizconde o duque tiene poder para obligar mi participación de esa soberanía. Nadie tiene autoridad para obligarme a votar, ni para poner atención al examen de la gestión de algún funcionario, ni para entrar en el sorteo para ocupar algún cargo público. Si los ciudadanos no se automotivan para participar y estar enterados de los negocios del Estado, la vida política queda paralizada.[28]
La monarquía y la tiranía son formas de gobierno relativamente fáciles de mantener. El monarca está por encima de las leyes, tiene todos los incentivos para mantenerse en esa cómoda posición. La nobleza, en la medida en que siga aumentando su honor, títulos y precedencias, obedecerá al príncipe y a las leyes monárquicas con lo que perpetuará así el régimen. El tirano, por otro lado, tiene a sus súbditos atemorizados y a los “ministros de sus codicias y ejecutores de sus venganzas”[29] sobornados mediante toda clase de bienes y deleites a cambio de su lealtad.[30] Pero la democracia enfrenta un dilema que ninguna de las otras formas de gobierno enfrenta, el dilema de la libertad.
El pueblo en una democracia no recibe sus mandatos de un tercero ajeno (e.g. un príncipe), sino que se da la ley a sí mismo. El pueblo decide su propia forma de vida y nombra por poder y autoridad propia a sus gobernantes. Enfrenta la consecuencia más angustiosa de la libertad, la de tener que ser congruente con las decisiones que uno mismo ha tomado.
Hobbes sostiene que anular o negar un acto que se ha realizado por propia voluntad es el equivalente (en la vida práctica) de negar en lógica lo que uno sostenía al inicio de una discusión, es una contradicción (en este caso, una contradicción práctica).[31]
El pueblo es simultáneamente monarca (porque se da las leyes a sí mismo) y súbdito (porque se obliga a obedecerlas).[32] Tiene la tentación permanente de suavizar las leyes, de quitarles efectividad, de sentirse superior a ellas (pues él es autor de todas ellas). La democracia es, en palabras de Didier Carsin, la forma de gobierno más frágil y exigente (la que requiere de más disciplina)[33] porque esta forma de gobierno es espejo de la libertad individual. Darse la ley a uno mismo, gobernarse a sí mismo, todo ello suena muy hermoso; pero el primer desafío a la libertad no viene del exterior (e.g. alguien que se opone a mi libertad), sino del interior, y es el desafío de ser constante con el curso de acción que uno ha decidido.
La virtud política de la que habla Montesquieu no es exactamente idéntica a la virtud descrita por Platón y Aristóteles. No es una excelencia reservada para los mejores, no es un efecto de la razón sobre la afectividad, sino un sentimiento (una motivación afectiva).[34] “La virtud en una república es sencillamente el amor a la República. No es un conjunto de conocimientos, sino un sentimiento que puede experimentar el último hombre del Estado tanto como el primero”.[35]
La virtud política comparte diversas manifestaciones de la virtud platónica y aristotélica (autodominio, gobierno de las propias pasiones en aras de un bien mayor), pero es esencialmente un sentimiento, es amor, y en tanto que sentimiento no requiere de un entrenamiento intelectual demasiado complejo para experimentarlo.[36] Es indispensable que sea así, de lo contrario, la democracia se tornaría en una aristocracia, un régimen político en el que el ejercicio de la soberanía estaría reservado para un grupo selecto de individuos que han alcanzado la excelencia de las virtudes clásicas.
Lo propio de la democracia es que todos los ciudadanos participen del ejercicio de la soberanía. Montesquieu tiene que postular un principio (una motivación afectiva para la acción) que alcance a todos y cada uno de los habitantes de la democracia, requisito que no se exige en ninguna de las otras formas de gobierno.
En la aristocracia, la monarquía y el gobierno despótico no es indispensable que todos los habitantes del Estado participen activamente en la preservación del régimen, basta que un grupo de individuos esté motivado para conservarlo. En la aristocracia esos individuos motivados son los nobles o aristócratas, en la monarquía son los nobles, en el Estado despótico son los vasallos del príncipe. Aunque el pueblo no quiera preservar la monarquía, los nobles harán cumplir las leyes y la voluntad del príncipe en aras de obtener honor (mayores títulos y precedencias). Aunque el pueblo no quiera preservar la aristocracia, los aristócratas harán cumplir la ley para conservar su estatus privilegiado. Aunque el pueblo no quiera preservar el gobierno despótico, los sirvientes del príncipe (por temor a su poder y para disfrutar la discrecionalidad de la que gozan cuando ejecutan la voluntad del príncipe) sembrarán con violencia el temor y la obediencia al déspota.[37]
Pero la democracia no funciona así. Ningún grupo está especialmente privilegiado en términos de derechos políticos. No hay nobles, no hay vasallos con mayor autoridad, no hay aristócratas. Si cada ciudadano no asume la responsabilidad de mantener por sí mismo su forma de gobierno, la democracia está condenada a colapsar, a morir por apatía. “The republic will only ‘go’, to coin a phrase, on virtue, just as some motors will only go on petrol. Withouth virtue the republic will fall, as will monarchy without honor, despotism without fear”.[38]
Montesquieu no es ingenuo, sabe que debe existir algún tipo de motivación o incentivo para que cada régimen se mantenga. En la democracia, ese incentivo es el amor a la república y a las leyes. Dicho amor, advierte Didier Carsin, no significa en Montesquieu un nacionalismo, amor a las raíces o a una pertenencia étnica.[39]
Nada habría más tedioso que tener que obedecer la ley por deber (coerción interna) o por una positividad meramente externa.[40] En la democracia, suscribe Montesquieu, hay una motivación afectiva detrás de la obediencia a las leyes, a saber, un intenso amor. Tal obediencia no es resultado de una obligación, sino la conducta que inevitablemente se sigue del enamoramiento, el cuidado del objeto amado.
La república no existe “más que en los corazones de sus ciudadanos”.[41] Ésa es la razón por la cual Montesquieu afirma que la educación de los miembros de una república debe ser una educación en la virtud política.[42]
En el gobierno republicano se necesita de todo el poder de la educación. En los gobiernos despóticos, el temor nace por sí mismo de las amenazas y los castigos; en la monarquía el honor se ve favorecido por las pasiones que a su vez favorece, pero la virtud política es la renuncia de uno mismo, cosa que siempre resulta penosa.
[…] el gobierno es como todo el mundo: para conservarlo hay que amarlo. Nunca se oyó decir que los reyes no amasen la monarquía o que los déspotas odiasen el despotismo.[43]
El gobierno democrático exige una educación que produce un amor que no tenemos naturalmente. El egoísmo de la monarquía y el temor del gobierno despótico son sensaciones muy primitivas que podemos experimentar desde niños. Son emociones fáciles de sentir y que permiten la conservación de ambas formas de gobierno. Pero el sacrificio, la anteposición del bien público sobre el privado, no es algo con lo que se nace, sino que se aprende. En palabras de Didier Carsin: el hombre no nace ciudadano, se hace ciudadano. Debe sufrir una metamorfosis para dejar de ser una creatura egoísta y poder participar de un proyecto político común.[44]
La virtud política, como señalé hace un momento, tiene muchos sinónimos: amor a la patria, amor a la igualdad, amor a las leyes, anteposición del bien público sobre el privado. Ahora explicaré qué significa cada uno.
La naturaleza de la democracia, recordemos, es que todos los ciudadanos sean iguales entre sí. Tal afirmación tiene profundos impactos educativos. Para que la democracia se preserve como democracia, todos los ciudadanos deben “gozar de la misma felicidad y de las mismas ventajas, disfrutar de los mismos placeres y tener las mismas esperanzas, lo cual sólo puede conseguirse mediante la frugalidad general”.[45]
Para poder amar la igualdad (la característica distintiva de la democracia) se requiere de una educación en la frugalidad, en la moderación de los placeres. Una persona que ha experimentado grandes e intensos placeres toda su vida, advierte Montesquieu, encontrará odiosa la vida de la democracia. ¿Por qué conformarse con unos cuantos placeres modestos, cuando se pueden obtener grandes goces sensuales? Una persona que ha crecido experimentando intensos placeres egoístas está incapacitada para vivir en una democracia. Conoce las bondades de la vida licenciosa y, si se le introduce a la vida democrática, no hará más que añorar los excesos perdidos. En cambio, quien ha sido educado desde pequeño en la frugalidad, disfruta esos pocos placeres a los que está acostumbrado.
En la medida en que podemos satisfacer menos nuestras pasiones particulares, nos entregamos más a las generales. ¿Por qué los monjes le tienen tanto cariño a su orden? Precisamente por lo que tiene de insoportable. Su regla les priva de todo aquello en que se apoyan las pasiones comunes; así pues, sólo les queda la pasión por la Regla que les aflige. Cuanto más austera es, es decir, cuantas más inclinaciones cercena, con más fuerza crecerán las restantes.[46]
Si cada ciudadano no aprende a participar políticamente por amor a la república, a aumentar el tesoro público sobre el privado, a gozarse en lo mismo en que se gozan sus conciudadanos, la apatía y la desigualdad penetrarán en su corazón. Ningún vizconde, ningún visir puede obligar al ciudadano a participar de la vida política. Sólo el ciudadano puede automotivarse por amor a hacerlo. La meta de esta educación frugal (de esta educación en el amor a la democracia) es que el ciudadano no tenga mayor aspiración que prestar grandes servicios a su patria (acrecentando el tesoro público, participando de la defensa de la república, etcétera).[47]
Si hay ciudadanos que pueden gozar de placeres más intensos que el resto de sus conciudadanos, habrá terreno fértil para la envidia y el egoísmo.[48] ¿Si mi riqueza me permite acceder a placeres más intensos que los demás, por qué he de compartirla con ellos? ¿Por qué he de vivir como esos monjes menesterosos? Si la riqueza es el instrumento para obtener una vida de placeres, ¿qué me impide quitársela a ese individuo que la posee?
Uno podría preguntarse razonablemente, ¿quién se cree Montesquieu para afirmar que los ricos y los disolutos no pueden vivir en una democracia? ¿No encontramos hoy muchas democracias en las que son los principales protagonistas de la vida pública?
Le pido al lector que guarde en su memoria esa objeción porque en el tercer capítulo la respuesta de Montesquieu será central para determinar por qué la república es la forma más pacífica de gobierno. De momento basta con haber expuesto las condiciones arquitectónicas indispensables para que la democracia pueda existir como democracia, y podemos ahora analizar la segunda forma posible de la república, la aristocracia.
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