Kitabı oku: «Construcción de paz, reflexiones y compromisos después del acuerdo», sayfa 3
Una estrategia de reparación simbólica: el Museo Casa de la Memoria en Medellín
Como se mencionó anteriormente, derivada de los procesos de paz, se creó una legislación en cuanto al restablecimiento de derechos de las víctimas, en la que se contemplan la restitución de tierras, la atención integral a las víctimas, los procesos de reconciliación y de memoria histórica. En Medellín, mediante la Unidad de Víctimas, se desarrollaron los programas del Museo Casa de la Memoria –MCM-6 y las Unidades Móviles de Prevención y Protección, para evitar la revictimización y para que se generen nuevos procesos de inclusión social y política, transformando el rol de víctima en actor social, conocedor de su historia y constructor de ciudadanía.
La creación del MCM es resultado de un proceso de una década de la administración municipal de Medellín y de la legislación de víctimas y de justicia y paz, significativo en el contexto sociopolítico colombiano, que se destaca como proceso participativo de diversos colectivos de víctimas de la ciudad, en el que se incluyeron a la ciudadanía para edificar no solo con ladrillos sino con ideas, sueños y expectativas el escenario de la memoria histórica del conflicto y sus víctimas, como un potente mecanismo de reparación simbólica.
En el ámbito local, el MCM facilita la dinamización de la memoria colectiva en la resignificación del conflicto y sus víctimas, la articulación de las organizaciones de víctimas en Medellín y la garantía de la no repetición de los hechos victimizantes y el fortalecimiento ciudadano. Es así como la investigación logró la identificación del vínculo del MCM con las mujeres víctimas y sus organizaciones sociales, destacando su función pública de reparación simbólica y de reconfiguración de la memoria colectiva.
El MCM se constituye en un espacio para el reconocimiento, la dignificación y la memoria de las víctimas de la violencia reuniendo y recuperando el material documental, testimonial y artístico que dé cuenta de procesos sociales como estrategias para, como lo nombra Elsa Blair (2002), poner en la escena pública el dolor de la guerra para reparar y no repetir.
En el MCM las puertas están abiertas para que la ciudadanía, las personas individuales y las organizaciones sociales compartan su versión sobre la historia, en la que las experiencias de los hechos victimizantes del conflicto armado colombiano y de la violencia en Medellín se ponen en público para no repetirlos, para tramitar el dolor, para incidir como actores de una ciudadanía activa que participa y revindica su derecho de tener voz, la que otrora fuera silenciada por el miedo, por la violencia.
Entonces el MCM cumple su idea de ser una casa, la casa de todos. Así como también la idea de conservar, transmitir y reinventar la memoria a través del escenario museológico, en el que el arte del no-olvido, en el que, por ejemplo, se le da nombre y rostro a los seres asesinados, desplazados, afectados por las minas antipersonales y los testimonios de los familiares, quedan escritos en placas de acrílico y narrados en audios que se repiten una y otra vez.
La invisibilidad de la población por los grupos del conflicto armado aparece cuando hay ausencia de la ciudadanía, cuando la persona no se siente merecedora o teme al reclamo de sus derechos o al cumplimiento de los deberes. Es por ello de la importancia del MCM, que surge a partir de la necesidad de visibilizar a un grupo de personas que en el trascurso de la historia se ha mantenido bajo todo tipo de vulneración de derechos, daño a su integridad y limitaciones al ejercicio de su ciudadanía.
Actualmente el MCM cuenta con una serie de espacios para el uso de sus visitantes, como la explanada, que sirve de galería estable para la narración de la historia en la voz de sus protagonistas; las salas de exposiciones temporales, la Galería de la Memoria y el auditorio. Así como programas rectores en los que se encuentran actividades relacionadas con investigación, formación, museología o museografía, acuicultura, y otros contenidos en torno al conflicto armado, el perdón, la reconciliación y la paz.
La participación de las lideresas de las distintas organizaciones de víctimas, en los programas propuestos por el MCM, ha sido más activa que la de otros actores. Dice Gabriel Jaime Bustamante, director en el 2014 del Área Social MCM que,
Las mujeres son más organizadas, más comprometidas, las mujeres se preocupan más por lo sustancial, por ejemplo, les preocupa mucho el daño psicológico que ha generado la guerra en los niños y en ellas mismas, por esto, a los grupos psicosociales van más mujeres. La iniciativa hacia los programas y proyectos es de lado y lado, las organizaciones proponen y el museo propone, ya que es una construcción colectiva, una praxis de diálogos y saberes7.
La memoria se convierte en un deber del Estado y en un derecho que debe ser garantizado a través de la implementación de las normas que protegen a las víctimas. Por eso el MCM tiene como una de sus principales funciones, ser el operador de lo expresado en la legislación al respecto. Las víctimas del conflicto armado encuentran en el MCM un escenario de la memoria colectiva, identificando cómo la construcción de dicha memoria les permite, además de comprender por qué pasó lo que pasó, ejercer el derecho a la verdad y a la reparación simbólica.
La población en general, que desconoce la realidad histórica del conflicto armado, tiene la posibilidad de enterarse y entender aquellos acontecimientos que para muchos han quedado en el olvido. Para las víctimas, este ejercicio de la memoria permite dar sentido e importancia a aquello que es causa de mucho dolor, sin quedarse en él, buscando ir más allá del hecho victimizante y generar, junto con los procesos de reconstrucción, recreación y dinamización de la memoria, una movilización eficaz de la ciudadanía activa.
Por lo tanto, el MCM en Medellín se constituye en un modelo nacional como estrategia de reparación simbólica, que evidencia ser un espacio público que facilita la integración, la consolidación y transformación de procesos organizativos, apoyando y potenciando sus intervenciones a partir de la memoria.
3. Estrategias de intervención sociojurídica e interdisciplinar como aporte para la construcción de paz
Se puede pensar en la construcción de paz para superar el conflicto armado, no solo desde la firma de los acuerdos con los grupos al margen de la ley, esta construcción es una tarea diaria, que involucra a dichos actores, al Estado y a los ciudadanos. Desde estos últimos, las soluciones para construir paz devienen de procesos de concienciación de la realidad histórica del país, en el reconocimiento de la memoria del conflicto, así como en las herramientas que se tienen a la mano, como son las formas de vinculación social a partir de las organizaciones.
Es así como las organizaciones de víctimas del conflicto armado, en tanto fortaleza ciudadana, transforman las realidades de los sujetos sociales que de ellas participan, potenciando el tejido social, desde la cooperación, la solidaridad, el empoderamiento y la conciencia de sus problemáticas, el tratamiento del pasado, la construcción de la memoria, resignificándola.
Los cientistas sociales, encargados de acompañar los procesos de intervención social, a partir de disciplinas aplicadas como el trabajo social, la psicología, la pedagogía, el derecho, entre otras, integran elementos fundamentales para el tratamiento de procesos de intervención que faciliten la concienciación de la propia realidad y situaciones problemáticas, potencien las habilidades de las personas, orienten sus capacidades para la solución de problemas y fomenten liderazgos capaces de replicar, en sus grupos y comunidades, experiencias exitosas.
Es por ello que la intervención social incluye la investigación diagnóstica, los procesos socioeducativos que promueven potencialidades y capacidades desde los conocimientos tradicionales- populares con los saberes de la ciencia. Así mismo, facilita y orienta la planeación de políticas, planes, programas, proyectos y actividades, que las organizaciones sociales pueden llevar a cabo para conducir la acción a resultados que transformen los problemas en posibilidades y conlleven al mejoramiento de condiciones de vida. Y por supuesto, replicar los aprendizajes adquiridos a partir de la experiencia conduce a que más personas se unan en procesos de red que fortalezcan a toda una comunidad.
La intervención es eminentemente política, en tanto es acción. Si se entiende la política como aquella actividad y el ejercicio del poder en cualquier relación social humana, en la que se articulan formas de interacción e incluso de ordenamiento, de acuerdo con condiciones históricas, ideológicas y culturales para su establecimiento en una sociedad. La intervención es poder y, por tanto, hay un ejercicio político y también ético. En el que aparece la idea del consenso, enfrentando las fuerzas contrarias a partir del diálogo o la concertación para llegar a un fin que logre estar en beneficio de una sociedad, llegar a decisiones del bien común o de la esfera pública.
Luego, la intervención sociopolítica tiene una incidencia en la medida en que involucre no solo los ámbitos políticos, sino que logre implementar estrategias socioeducativas que impacten lo público, a los ciudadanos. La política es acción, por lo que se le asocia a la esfera pública, que es el escenario de la democracia, del bien común, de la deliberación colectiva.
Es en lo público donde el ejercicio del poder lo llevan a cabo los ciudadanos de manera directa o indirecta. Para el ejercicio de la política en Estados democráticos es una necesidad y un deber la educación en valores ciudadanos, que permita que los ciudadanos mismos como sujetos políticos esenciales, tengan elementos suficientes para la deliberación sobre el bien común y así la elección y legitimación a sus gobernantes o representantes en escenarios de poder político.
Para las ciencias sociales, es fundamental la formación y el conocimiento de la política, dado que la intervención es acción, por tanto, hay un ejercicio político en ello, en la medida en que el profesional se constituye en un agente que facilita, dinamiza o moviliza procesos de cambio social y de potenciación de sujetos sociales, mediante acciones orientadas al bien común, al empoderamiento de grupos y comunidades en su propio ejercicio de poder, a la orientación de políticas públicas sociales, a la contribución para la construcción de ciudadanía basada en valores democráticos.
En este orden de ideas, la política, la cultura y la educación están en primer plano en la intervención social, en el contexto actual de transición en el que se encuentra Colombia, anclado en los valores públicos, el ejercicio de la ciudadanía, los derechos humanos y el valor de la democracia. Entre las funciones de los cientistas sociales están las de acompañar, asesorar, orientar, educar, apoyar, investigar, planear, evaluar, etc., en distintos procesos, favoreciendo la potenciación de los sujetos sociales (individuales y colectivos), para cambiar sus realidades, mejorarlas, buscando la calidad de vida, el bienestar y desarrollo social.
Por tanto, en el contexto del conflicto y del posacuerdo se propone que la intervención social se dirija a actuar en cinco dimensiones. La primera, en la investigación social, para entender las dinámicas del conflicto, reconocer a sus actores y escenarios; de esta manera hacer seguimiento al posacuerdo y seguir indagando sobre sus consecuencias. La segunda, en el fortalecimiento de la ciudadanía, que consiste en creer en la fuerza ciudadana y que, a partir de la participación, la organización y la movilización, es posible el fortalecimiento de la ciudadanía y la reivindicación de los derechos.
La tercera, en el acompañamiento psicosocial que se facilita mediante la intervención interdisciplinaria y multisectorial con individuos, grupos, familias y comunidades que se hayan visto afectadas por el conflicto, para permitir la elaboración de duelos, el restablecimiento de sus derechos y la reivindicación de las comunidades con miras a su desarrollo sociocultural. La cuarta, en el aporte a los procesos socioeducativos, para un cambio de conciencia sobre las prácticas de resolución negociada de conflictos, ayudando a crear una cultura política basada en el consenso más que en las soluciones de hecho.
La quinta, en construir procesos de memoria histórica, que permitan hacer duelos sociales, recordar para no repetir y subsanar las heridas de la guerra mediante actos fácticos y simbólicos, que además sirvan como formas de reparación; entendiendo en este contexto, por memoria histórica “todas las medidas tendientes a evitar que las violaciones de Derechos Humanos, las víctimas de estas violaciones y las condiciones en las que se presentaron esas violaciones, caigan en el olvido” (Orozco Abad, 2005). En este sentido, citando a Martín-Barbero, Elsa Blair en el texto Memoria y narrativa. La puesta del dolor en la escena pública reconoce que hay dos formas de abordar la memoria,
(…) la primera es deshacer aquellas cicatrices que cubrieron las heridas sin curarlas, es decir, desmontar la farsa con que se recubrió lo que dolía sin curarse en realidad y, la segunda, es evocar y celebrar la memoria de la que estamos hechos, esa que puede ayudarnos a comprender la densidad simbólica de nuestros olvidos, tanto en lo que ellos contienen de razones de nuestras violencias como de motivos de nuestras esperanzas. (Blair Trujillo, 2002, p. 18)
Estas cinco dimensiones para la intervención son posibles y adquieren sentido sociojurídico desde un enfoque de Derechos Humanos, que dentro del contexto que se ha desarrollado se debe entender desde la reivindicación de estos. En este orden de ideas, la creación y preservación de la memoria histórica es una forma en particular de reparar las violaciones de Derechos Humanos.
Si los simbolismos reparadores buscan i) nombrar y dignificar las víctimas; ii) recordar la verdad y iii) solicitar perdón asumiendo responsabilidad, ¿cómo lograr que esa forma de reparación sea útil y logre cumplir su cometido? ¿Qué tanto se debe olvidar, y qué tanto se debe recordar? Dar respuesta a estos interrogantes desde la perspectiva de una intervención socio-jurídica busca la realización de acciones tendientes a restablecer la dignidad de la víctima y a difundir la verdad de lo sucedido.
Nombrar y dignificar a las víctimas consiste en reconocerlas públicamente, aceptar su existencia y la razón que las llevó a tener ese carácter. El derecho a la verdad ha sido desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como un derecho colectivo o social a conocer la verdad y como un derecho individual (Nash Rojas C., 2009, p. 91), señalando en casos como Baldeón García Vs. Perú, que, al ser reconocido el derecho a la verdad en cada caso concreto, puede configurarse un medio efectivo de reparación para la víctima, y correlativamente un deber satisfacción por parte del Estado. Facilitando, de igual forma, la no repetición y la prevención de nuevos daños, esfera colectiva del derecho (2006, párr. 196).
Consideraciones finales
Teniendo en cuenta el período en el que se escribe este texto, que es posterior a la firma de los acuerdos de paz con las Farc y el primer trimestre del gobierno presidencial 2018-2022, los aportes de este capítulo tienen vigencia en la medida en que desde la intervención sociojurídica, las ciencias sociales puedan aportar a la construcción de paz en el contexto colombiano del posacuerdo. Para concluir, podría decirse que:
La comprensión del fenómeno histórico y social del conflicto armado implica una relectura del conflicto armado, los procesos de paz y las víctimas, que determinan un cambio estructural en políticas públicas y regulación normativa y que, por ende, exige un entendimiento de los sujetos implicados, de los acontecimientos y de las consecuencias que marcaron la historia multidimensional del país.
El poder de los procesos organizativos de las víctimas del conflicto armado y la reivindicación de sus derechos, permiten la visibilización de los procesos de participación y movilización desde las organizaciones de víctimas, como sujetos sociopolíticos, constructores de nuevas formas de ciudadanía. Ello implica un compromiso político del Estado y de la ciudadanía de abrir escenarios, facilitar recursos y promover la educación en cultura política que conlleve a la legitimación de las víctimas como actores políticos, así como el derecho a la no repetición, la justicia, el conocimiento de la verdad y la reparación real y simbólica.
La reparación simbólica trasciende a las víctimas, incluye a toda la sociedad, buscando que se pueda enfrentar el pasado de forma permanente, para (re)construir una sociedad que honre a sus víctimas y evite la repetición. Se pretende que toda la sociedad sienta el dolor de las víctimas, comprenda los hechos victimizantes, asuma su responsabilidad y no se repita esa historia. Es fundamental en una sociedad en transición, es decir, aquella que supera el conflicto armado a partir de formas negociadas, concebir la memoria como una estrategia de acción social y política para la construcción de la paz en perspectiva sociojurídica, que promueva la reivindicación de las víctimas y la sociedad en general.
La generación de propuestas de intervención sociojurídica desde las dimensiones de la investigación, los procesos psicosociales y socioeducativos, exalta la importancia y aporte de la interdisciplinariedad como la posibilidad de reconocer de manera integral y holística el fenómeno social de los actores del conflicto armado, en especial de las víctimas, y los procesos sociales tejidos a partir de la organización, la movilización y la participación.
Referencias
Asamblea General de las Naciones Unidas. (16 de diciembre de 2005). Resolución 60/147 . Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Ginebra.
Asamblea General de las Naciones Unidas. (29 de noviembre de 1985). Naciones Unidas, Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Obtenido de Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/VictimsOfCrimeAndAbuseOfPower.aspx
Blair Trujillo, E. (2002) Memoria y Narrativa: la puesta del dolor en la escena pública, en Estudios Políticos, N° 21, Medellín, Universidad de Antioquia
Caso Baldeon García vs Perú (Fondo, reparaciones y costas), Serie C 147 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 6 de abril de 2006).
Caso Trujillo Oroza Vs. Bolivia, Serie C-92 (Corte Interamericana de Derechos Humanos (fondo) 26 de enero de 2000).
Congreso de la Republica de Colombia. (25 de junio de 2005). Ley 975 de 2005. Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios. Bogotá D.C, Colombia: Dario Oficial 45.980.
Congreso de Colombia. (10 de junio de 2011). Ley 1448 de 2011. or la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C, Colombia: Diario Oficial No. 48.096
Congreso de la República de Colombia. (3 de diciembre de 2012). Ley 1592 de 2012. Bogotá D.C, Colombia: Diario Oficial No. 48.633 .
Consejo Nacional de Política Económica y Social República de Colombia & Departamento Nacional de Planeación. (25 de noviembre de 2013). Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. En: Lineamientos de la Política Pública para la Prevención y Garantía de los Derechos de las Mujeres Víctimas del Conflicto Armado: http://escuela.unidadvictimas.gov.co/cartillas/Conpes_ESCUELA.pdf
Nash Rojas, C. (2009). Las reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Santiago: Universidad de Chile, Facultad de Derecho. Centro de Derechos Humanos.
Patiño Yepes, A. (2010). Las reparaciones simbólicas en la justicia transicional. Revista Latinoamericana de Derechos Humanos, 21(2), 51-61.
Pécaut, D., (2006). Entre el conflicto colombiano y otras guerras internas contemporáneas. En: Crónica de cuatro décadas de política colombiana. Bogotá: Norma, págs. 530-531
Orozco Abad, I. (2005). Reflexiones impertinentes: sobre la memoria y el olvido, sobre el castigo y la clemencia. En A. Rettberg, Entre el perdón y el paredón, preguntas y dilemas de la justicia transicional. Ediciones los Andes.
Presidente de la República de Colombia. (20 de diciembre de 2011). Decreto 4800 de 2011. Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones. Bogotá, Colombia: Diario Oficial 48289.
Salinas Arango, N., & Sánchez-Escobar, C. (2017). Trascendiendo el conflicto armado a través de la cultura para la paz. Procesos de ciudadanía en perspectiva de la mujer víctima. En J. Bustamante Arango, & H. Blandón Gómez, Proceso de paz. Prácticas y narrativas (págs. 13-36). Medellín: Editorial Universidad Pontificia Bolivariana.
Sentencia C-052/12, expediente D-8593 (Corte Constiucional, MP. Nilson Pinilla Pinilla 8 de febrero de 2012).
Sentencia C-250/12, expedientes D-8590, D-8613 y D-8614 acumulados (Corte Constitucional, MP. Humberto Antonio Sierra Porto 28 de marzo de 2012).
Sentencia C-253A/12, expedientes D-8643 y D-8668 (Corte Constitucional, Mp. Gabiel Eduardo Mendoza Martelo 29 de marzo de 2012).
Sentencia C-781/12, expediente D-8997 (Corte Constitucional, M.P. Maria Victoria Calle Correa 10 de octubre de 2012).
Sentencia T-083/17, expediente T-5.711.182 (Corte Constiucional, M.P Alejandro Linares Cantillo 13 de febrero de 2017).
Vera Piñeros, J. (2008). Desarrollo internacional de un concepto de reparación a las víctimas de violaciones a los derechos humanos e infracaciones al derecho internacional humanitario: complementos a la perspectiva de la ONU. Papel Político, 13(2), 739-773.