Kitabı oku: «Gobernanza rural en México», sayfa 6
En esta misma línea, Edwards, el propio Goodwin, Pemberton y Woods (2001) enfatizan la importancia que ha ganado en los espacios rurales la participación de actores con un carácter no gubernamental y no mercantil para la atención de diferentes asuntos y aspectos que usualmente eran abordados por las agencias de gobierno o a través de mecanismos de negociación o concertación entre éstas y distintos participantes interesados (stakeholders) provenientes del ámbito empresarial. En el caso de Wiskerke, Bock, Stuiver y Renting (2003), resaltan dos elementos en su análisis sobre la gobernanza rural: por un lado, el reconocimiento de la necesidad de generar estructuras y redes flexibles de gestión de lo rural, las cuales deberían tener un carácter autorregulado y autoorganizado mucho más profundo que lo que se había experimentado en las décadas anteriores. Por el otro lado, es muy importante la asociación de “lo rural” con la cuestión de la protección ambiental, de ahí que los autores apuesten por las cooperativas ambientales como el nuevo sujeto portador del desarrollo social. Por último, en este primer grupo de trabajos, una importante aportación, se encuentra en el artículo de Conelly, Richardson y Miles (2006), quienes incorporan la discusión sobre la legitimidad en el debate sobre la gobernanza rural. En su opinión, la legitimidad es una precondición necesaria para que los grupos o participantes involucrados (stakeholders) en las redes de gobernanza puedan promover y eventualmente alcanzar sus objetivos. Sin embargo, señalan que ésta no debe proceder de cualquier tipo de fuente, sino que debe provenir de arreglos democráticos y suficientemente representativos para que su funcionamiento sea adecuado.
En tercer lugar, a la par de la discusión teórica, que trataba de reflejar una nueva realidad en la manera en la que se organizaba y coordinaba la vida rural, comenzaron a surgir numerosos trabajos basados en estudios de caso y éstos se han multiplicado hasta la actualidad. Es importante hacer notar también que, durante la primera década del nuevo milenio, prácticamente la totalidad de estos estudios se hicieron en países desarrollados. En Reino Unido, tal como ya se señaló, fue la primera referencia de análisis entre los estudiosos de la gobernanza rural (Ward y McNicholas, 1998; Edwards, 1998; Tewdwr-Jones, 1998; Woods, 1998; Mardsen y Murdoch, 1998; Clark, Southern y Beer, 2007). Pero pronto esta literatura abarcó otros países del mundo desarrollado: Australia (Wilson, 2004; Pini, 2006); Italia (Gulisano, Marcianó, De Luca, Calabró, 2005; Brunori y Rossi, 2007); Holanda (Boonstra, 2006; Derkzen, 2008); Alemania (Giessen y Böcher, 2009; Kupper, 2010); España (Díaz, Vidueira y Gallego, 2011), entre algunos otros.
Es interesante observar que, hasta cierto punto, también en el ámbito de la gobernanza rural se puede corroborar el sentido y contenido del cambio generacional descrito en el debate sobre la gobernanza en el apartado anterior. En efecto, frente a un inicial entusiasmo por mostrar y divulgar las novedosas formas, más colaborativas, de coordinación en el ámbito rural, en donde la creciente participación de actores no gubernamentales, el reconocimiento de la interdependencia entre ellos, el fortalecimiento y expansión de procesos deliberativos, la creación de redes y estructuras de gobernanza con un carácter mucho más flexible, entre otros elementos propios de nuevos procesos decisionales; paulatinamente se dio paso a un debate sobre la naturaleza y la calidad de estos espacios, sobre su interior y exterior organizacional, sobre los factores y la manera en que éstos aparecen y se forman o se diluyen y desaparecen, sobre las características de los perfiles más adecuados para su potenciación, impulso y fortalecimiento, sobre los riesgos de la simulación y otros importantes debates en términos de su diseño, la manera en que operan, funcionan y se desempeñan y también sobre los resultados que ofrecen a la sociedad o al sector, o ámbito en el que fueron creados.
Se puede decir, como un cuarto punto, que la importancia de la gobernanza rural como objeto de investigación en diferentes partes del mundo generó rápidamente un interés que comenzó a rebasar el perímetro académico, para colocarse en el foco de atención de algunas instancias intergubernamentales con cierta capacidad de influencia en los procesos de política pública en los niveles global y nacional. En este aspecto, resulta de particular importancia la publicación de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) (2006), The New Rural Paradigm: Policies and Governance. A través del análisis de programas y políticas en algunos países miembro, como “Rural Lens” en Canadá, el “Programa de Política Rural Multianual” en Finlandia, “Regionen Aktiv” en Alemania, la nueva “Estrategia Rural” en Reino Unido, “Agenda for a Vital Countryside” en Holanda, el programa “Microrregiones” en México y la iniciativa “LEADER Community” en el nivel europeo, se da cuenta de la existencia de un nuevo paradigma de coordinación política, social y económica en los países miembro de la organización en el ámbito rural. Al respecto el documento concluye que:
El “nuevo paradigma rural” de gobernanza demanda importantes cambios en la manera en la que se conciben y se implementan las políticas públicas, de manera que éstas incorporen un enfoque de transversalidad y una lógica multiactor. Diseñar políticas públicas para el desarrollo rural dirigidas a comunidades y territorios muy diferentes obliga a reconocer y aprovechar el conocimiento que poseen numerosos y variados actores provenientes de los sectores público y privado. Por ello, las estructuras administrativas tradicionalmente jerárquicas son inadecuadas para gestionar de manera efectiva este nuevo tipo de políticas públicas, por lo que es necesario hacer ajustes en tres dimensiones de gobernanza: horizontalmente a nivel central y local y verticalmente a lo largo de todos los niveles de gobierno (OCDE, 2006:17).9
Es importante apuntar que el texto se enfoca en la documentación de los procesos de coordinación entre los variados participantes (stakeholders) de los nuevos programas y estrategias echadas a andar en algunos países, más que las características, calidad y resultados de las redes de gobernanza construidas para materializarlas, por lo que en muchos sentidos se trata de un documento fundamentalmente descriptivo y normativo.
Por el contrario (en quinto lugar), con un matiz mucho más analítico, la compilación de Cheshire, Higgins y Lawrence (2007) constituye uno de los trabajos más comprensivos e influyentes en el tema de la gobernanza rural producidos hasta hoy y un punto de relanzamiento del tema en el ámbito académico. En el trabajo, los diversos autores participantes analizan de manera comparada las cambiantes formas y estructuras de gobernanza rural en diversas latitudes del mundo. De igual manera, indagan sobre la emergencia de nuevas formas de gobierno en las áreas rurales, que desde su perspectiva han transitado paulatinamente a esquemas de gobernanza que han difuminado la línea divisoria existente entre el gobierno y la sociedad civil y otros actores relevantes en la atención de temas como la producción agropecuaria, el impulso de la sustentabilidad de los ecosistemas, la disminución de la pobreza en las áreas rurales, el manejo colectivo de los recursos naturales, entre muchos otros. Desde la perspectiva de Cheshire, Higgins y Lawrence (2007), en diversas latitudes, es observable un paulatino tránsito hacia formas menos centralizadas del poder, orientadas a la atención de la problemática pública en las áreas rurales, en donde actores como los productores, los comerciantes e intermediarios, ONG, pueblos originarios, jornaleros, trabajadores sin tierra, comunidades locales y/o agencias de gobierno de diversos órdenes participan colectivamente para delinear e implementar las políticas públicas en el medio rural.
Lo interesante de este trabajo radica en que, a través del análisis de casos en diversos países de Europa, en el Sudeste Asiático, el norte de América y Australia, se observan diversos grados de profundidad en la transición desde formas más de Estado-céntrico hacia la construcción y operación de redes multiactor orientadas a la atención de problemas públicos en el mundo rural. Con muy diversas características y cualidades propias de los contextos analizados, los compiladores observan algunas tendencias generales en tres temas analíticos diferentes: los actores, el locus o espacio de gobierno y su proceso de conducción (Cheshire, Higgins y Lawrence, 2007: 14) y llegan a la conclusión de que la nueva (y participativa y democrática) gobernanza rural presenta todavía en la mayoría de los países importantes retos para consumarse como una realidad y para dejar de ser más que un horizonte deseable. En su opinión, probablemente, en este sentido, el reto mayor que enfrenta este nuevo paradigma de coordinación rural es el desequilibrio de poder existente entre actores diferenciados sistémicamente que tienen distintas características y capacidades con una variable capacidad de interlocución e intercambio con los otros actores participantes en las redes (Cheshire, Higgins y Lawrence, 2007:300), aunque al final lo que destaca es el reconocimiento de que hay una “nueva” estructura de relaciones de poder en el ámbito rural en numerosos países del mundo y eso determina nuevas formas de gestión, gobierno y, más aún, de gobernanza.
Más allá de lo anterior, algo que resalta en el volumen por dichos académicos es que, aunque el foco de análisis siguen siendo los países en desarrollo, se incorporan, casi por primera vez, estudios de caso de países en desarrollo o economías emergentes. Los trabajos sobre Hungría (Nemes, High y Huzair, 2007); Filipinas (Saladar y Loveridge, 2007); India (High, Slater y Rengasamy, 2007); República Checa y Bulgaria (Sikor, 2007) y Argentina (Rodríguez-Bilella, 2007) contribuyeron de manera sustancial a amplificar el espacio del debate sobre la gobernanza rural en el mundo. Con ello, nuevas preguntas emergieron alrededor de las características específicas de las nuevas formas de coordinación social y política rural en contextos con variados grados de institucionalidad, complejas y agudas contradicciones socioeconómicas, volúmenes poblacionales extremadamente diferenciados, la permanencia de poderes de corte caciquil, entre muchos otros.
En sexto lugar, tal parece que después de la publicación de este trabajo, la producción académica alrededor de la gobernanza rural se disparó y se convirtió en un tema importante de análisis en el nivel académico no sólo en Europa occidental, sino en otras regiones del mundo. Aunque existen algunas excepciones, como los trabajos de Datta y Sen (2000) sobre India o los artículos de Tao y Qin (2007) y Liu y Wu (2007) sobre China, los estudios de caso realizados en países en desarrollo se han multiplicado en la presente década. Análisis sobre India (Nagarajan, Jha y Pradhan, 2013); Sudáfrica (Mazibuko, 2014); Vietnam (Acuña, Cuong, Anh y Tung, 2015); Nigeria (Ikegwuoha, Onyenwigwe e Ifeanyi, 2015; Offong, 2016); China (Kennedy, 2013); Tanzania y China (Abdulrahman y Bin, 2016); Colombia (Rico, 2017), entre otros, ejemplifican consistentemente el creciente interés de académicos por profundizar el análisis de la gobernanza rural en otros contextos y con diferentes configuraciones en las relaciones de actores gubernamentales y no gubernamentales en el ámbito rural.
ESTUDIOS PRECURSORES SOBRE LA GOBERNANZA RURAL EN MÉXICO
El análisis precedente nos permite dejar claro que la cuestión sobre la gobernanza rural es un debate abierto y en desarrollo en el nivel global, en el que académicos y especialistas en muy diversas partes del mundo han contribuido de manera crecientemente abundante y que en la actualidad sigue siendo una veta importante de investigación. Sin embargo, es de sorprender que en México este debate se ha dado de manera muy incipiente y superficial aun a pesar de que en el nivel empírico/práctico en las últimas décadas se han experimentado transformaciones estructurales en los modos de coordinación y gestión de las áreas rurales. Carton De Grammont desde la década de 1990 documentaba esta importante metamorfosis:
[…] la transformación del campo mexicano en este fin de siglo es tan profunda que no solamente hay que hablar de cambios, sino de transición de una sociedad agraria tradicional hacia una sociedad rural compleja y diversificada (Carton De Grammont, 1995:37).
En efecto, importantes cambios en la manera en la que son atendidos asuntos tan relevantes como la promoción del desarrollo rural sustentable, el fomento a la producción, el manejo de los recursos hídricos, el tratamiento de la crisis ambiental, el ordenamiento territorial, la gestión de recursos forestales, la administración de áreas naturales protegidas, entre muchos otros, han ocurrido recientemente, en muchas ocasiones bajo la premisa de la inclusión de actores no gubernamentales como único medio posible para alcanzar los resultados esperados en cada materia o ámbito.
Lo problemático es que, aun así, buena parte del registro académico que se ha hecho de este masivo proceso contemporáneo de transformación de la ruralidad mexicana tiene un carácter muy descriptivo y se ha desarrollado casi por completo por fuera de un análisis estructural de la transformación de los modos de coordinación social y política que comprende la literatura sobre la gobernanza y, más específicamente, sobre la gobernanza rural en el mundo. En otras palabras, en buena medida, el análisis académico que se ofrece sobre la manera en que se ha experimentado en México la paulatina transición de modelos jerárquico-estatales o con orientaciones más mercantilizadas hacia mecanismos más heterogéneos, de redes multiactor (multi stake holder, para usar la expresión más común en inglés), es muy errático y está atomizado en muy variadas perspectivas y enfoques.
Es muy notorio que prácticamente la noción de la gobernanza rural para hacer análisis del caso mexicano no se ha utilizado. Sin embargo, algunas excepciones nos hacen reafirmar la utilidad y conveniencia de emplear esta categoría para analizar el caso de nuestro país.
Un trabajo pionero en este debate es el artículo de Paz (2008), sobre un espacio multiactor en el que se buscaba deliberar un plan de manejo de riesgo a la salud derivado de la actividad minera en una zona rural del centro de México (distrito minero de Molango, en el estado de Hidalgo) y que eventualmente se buscaría concretar por medio de una política pública ad hoc. El análisis de la autora concluye que el espacio o red de gobernanza creado para atender el problema específico era de muy mala calidad, ya que:
[…] la población de la zona continúa estando expuesta al manganeso; la coordinación de la acción pública, lejos de haberse compartido, sigue estando en manos del gobierno del estado mediante el Consejo Estatal de Ecología y la Secretaría de Gobernación de la entidad, la cual controla y sanciona todas las propuestas; la coordinación interinstitucional entre dependencias de gobierno o entre los tres órdenes de gobierno (estatal, federal, municipal) parece estar restringida a la convocatoria o asistencia a las reuniones de la Mesa de Gestión Ambiental; las presidencias municipales de los cinco municipios involucrados no parecen hacer suya la gestión del problema y siguen sin incorporarlo a sus planes de desarrollo municipal; las comunidades están desmovilizadas y subrepresentadas en el órgano colegiado; y la empresa minera sigue encontrando siempre la forma de evadir su responsabilidad (Paz, 2008:198).
Fernanda Paz (2008:208) explica que este fracaso se debe fundamentalmente a que la red de gobernanza creada específicamente era mucho más “un espacio de confluencia de actores”, que uno de “interacción entre ellos”. Por ello, las asimetrías de poder prevalecieron y aunque se creó un espacio de gobernanza con múltiples y variados actores involucrados, éste falló como mecanismo para dar solución a un problema específico.
En segundo lugar, está el trabajo en que Rivera, Varela y Gómez (2012) analizan cinco diferentes consejos nacionales relacionados con temas ambientales y agropecuarios. Es necesario apuntar que, aunque en el libro no se habla específicamente de la gobernanza rural, los casos seleccionados son sumamente relevantes en este ámbito: Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable, Consejo Mexicano de Desarrollo Rural Sustentable, Consejo Nacional Forestal, Consejo Nacional de Producción Orgánica y Consejo Técnico Consultivo de Sanidad Animal. Desde el enfoque de la “buena gobernanza”, los autores hacen un análisis del desempeño y de los resultados que han logrado dichos consejos en los diversos sectores en los que participan. Las variables de análisis que emplean para desagregar la idea de la buena gobernanza son: experiencia de incidencia, apertura, eficiencia, corresponsabilidad, transparencia y rendición de cuentas (Varela, Rivera y Gómez (2012: 121-127). Si bien en el estudio se observan resultados variables entre los diferentes consejos, por lo general se reconoce que funcionan de manera adecuada y contribuyen a fortalecer las políticas públicas de dichos sectores de manera incluyente, con una progresiva participación de actores relevantes en cada ámbito.
Otro interesante esfuerzo analítico es el que hacen Balente, Díaz y Parra (2013) alrededor de dos estudios de caso (el Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable de Villaflores, estado de Chiapas, y el Proyecto de Reconversión de la Agricultura en la Frontera Sur de México [Reagri], localizado en la misma entidad), analizados como redes o espacios de gobernanza y a cargo de la implementación del programa Alianza para el Campo. Por medio de una evaluación, que retoma los criterios principales para la operación de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable establecidos de manera general en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los autores encontraron que el consejo de Villaflores tuvo un funcionamiento muy deficiente (6 de 15 puntos), mientras que Reagri alcanzó un desempeño perfecto (15 de 15 puntos) en cinco categorías centrales alrededor de la noción de la “nueva gobernanza”: descentralización, eficacia, participación, regulación y estabilidad política (Balente, Díaz y Parra, 2013:511). La principal conclusión del estudio es que en el primer caso la implementación del programa se hizo con lógicas y “prácticas de la vieja gobernanza”, lo que imposibilitó aumentar la participación de las organizaciones sociales y privadas (actores involucrados) e impidió que las decisiones finales alrededor del programa salieran del círculo gubernamental (federal y estatal). En el segundo caso, por el contrario, prevaleció una dinámica de “nueva gobernanza”, en donde la participación de los actores no gubernamentales y, muy importante, de agencias internacionales, fue un elemento clave para detonar un proceso colaborativo y eficiente de la red (Balente, Díaz y Parra, 2013: 512-513).
Una cuarta referencia obligada, de más reciente aparición, en el análisis de la gobernanza rural en México es la elaboración de López (2017:217), dirigida a operacionalizar y eventualmente adoptar una “propuesta de categorización territorial para los nuevos territorios rurales” basada en “una lógica relacional” por medio de la “nueva gobernanza”. A diferencia de los trabajos de Paz (2008) y de Balente, Díaz y Parra (2013), el trabajo de López (2017) es muy útil para pensar el carácter dinámico del componente rural del concepto en discusión, pero sobre todo desde un enfoque de gobernanza.
La problematización alrededor de la definición de lo rural es un debate amplio que ya se ha planteado con anterioridad (Chávez, 2017:37-38). Tal como en el caso de López (2017:222), se considera que los criterios funcionales, demográficos o político-administrativos son insuficientes y heurísticamente poco potentes para discernir la naturaleza de lo rural. De ahí que sea necesario “ir más allá de una definición de lo rural, que se base en un criterio funcional-poblacional hacia una categoría que tome en cuenta factores de corte más cualitativo (como los aspectos culturales o identitarios) con un carácter no estático y, por tanto, en permanente transformación” (Chávez, 2017:38).
En este sentido, López (2017:223) advierte que es muy importante considerar que un nuevo entendimiento de lo rural (o nueva ruralidad como se le conoce en algunos círculos académicos) es “una categoría universal que se materializa de forma específica en cada país, región y comunidad”. Sin caer en el relativismo, este planteamiento es relevante en la medida en que nos hace ver que cada espacio o territorio tiene características propias y que es importante hacer un análisis por caso para entender a profundidad el grado de ruralidad de un espacio o un territorio definido.
Sin embargo, más allá de lo anterior, se encuentran coincidencias en que una forma más comprensiva de definir lo rural es, de acuerdo con Ploeg y Marsden (2008:2-3, en López, 2017:224), como “el sitio en el que tiene lugar el continuo encuentro entre la naturaleza viva y el ser humano [...], la coproducción. En estos lugares es donde se da una serie de prácticas espacial y temporalmente determinadas”. Desde esta misma perspectiva, se entiende a lo rural como:
[…] la confluencia de significados compartidos relacionados con una coproducción histórica de un entorno o ambiente conformado por fuerzas naturales y sociales que actúan de manera simultánea. La particularidad de esta composición teórica radica en que es en el medio rural en donde prevalece la pretensión de una convivencia e interacción cotidiana con los elementos de la naturaleza (Chávez, 2017:38).
Una importante conclusión del trabajo de López (2017:232-233) está en la valoración que se hace sobre la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Rural Sustentable (CIDRS) y el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC), ambos, “instrumentos fundamentales” de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en vigor en México desde el año 2001. Para el autor, aunque la aparición de la ley así como la creación de instancias que descentralizan, horizontalizan, que promueven la participación ciudadana y buscan profundizar la eficiencia y eficacia de la política pública de desarrollo rural sustentable, son avances que no deben ser desdeñados, también es cierto “que estamos ante órganos sin capacidad ejecutiva, cuyas resoluciones no tienen más que un carácter propositivo y sobre las cuales el Ejecutivo Federal tiene la última palabra” (López, 2017:232). Es decir, aunque se ha planteado un nuevo modelo de coordinación social y política en el ámbito rural mexicano en las últimas dos décadas, con un carácter pretendidamente más inclusivo y participativo, hasta ahora no se ha logrado profundizar en un grado suficiente este nuevo modelo, lo que nos lleva a cuestionar y problematizar la calidad de las redes de gobernanza que se han creado para conducir dicha política pública en el país.
Como se puede apreciar, estos cuatro estudios sirven perfectamente para ilustrar la conveniencia del uso de la categoría de gobernanza rural en el contexto actual del desarrollo del campo mexicano. Son muy útiles para corroborar que al menos en algunos asuntos relacionados con el desarrollo rural está presente la diferenciación generacional que se planteó en el primer apartado de este trabajo. Lo que resulta muy interesante en este respecto es la escasa existencia de literatura relacionada con el proceso de complejización, descentralización y desregulación del sector rural en nuestro país, visto como una consecuencia del cambio de modelo en los modos de coordinación social y política, propio de la primera generación de la literatura de la gobernanza (y, se podría decir también, de la gobernanza rural). Pero también estos trabajos son aleccionadores en cuanto al posicionamiento sobre el carácter de la gobernanza del que se habló previamente en este escrito. En los cuatro se opta por una versión analítica de la gobernanza, explícitamente, en el caso de Paz (2008) e implícitamente en los de Balente et al., (2013), Rivera, Varela y Gómez (2012) y López (2017).
GOBERNANZA RURAL EN MÉXICO
Con la revisión anterior se puede prefigurar y construir un concepto que contribuya a estudiar y analizar la actualidad de la gobernanza rural en México.
La gobernanza rural se materializa en redes, estructuras o espacios, los cuales usualmente tienen un mandato institucional. Estas redes, estructuras o espacios, son arreglos relativamente estables y horizontales (Sørensen y Torfing, 2007:9) de actores sistémicamente diferenciados que interactúan entre sí y quienes, a pesar de ser operacionalmente autónomos, presentan un cierto grado de interdependencia con respecto a un asunto de interés público que no pudo ser resuelto por las autoridades legalmente constituidas y sus instituciones (Luna y Chávez, 2014:192). Estos actores pueden ser colectividades o individuos con adscripción gubernamental o no, pero están interesados en la atención de problemas relacionados con el bien público y, en muchas ocasiones, se enfocan a la acción de gobierno (Luna y Velasco, 2017). Comúnmente, estos actores interactúan a través de mecanismos de coordinación no jerárquicos en donde por lo general se privilegia la deliberación y la construcción de consensos, más que el uso de mecanismos decisionales de carácter agregativo con el objetivo de incidir en un asunto de interés público. Estas redes, se desarrollan y desempeñan dentro de marcos jurídico-institucionales, “normativos, cognitivos e imaginarios” concretos y constituyen espacios relativamente “autorregulados, dentro de límites impuestos por algunos agentes externos”, principalmente el Estado (Sørensen y Torfing, 2007:9), que les dan cierto grado de certidumbre y estabilidad en el tiempo.
Por último, el carácter rural de estas redes radica en que ponen atención a asuntos referentes a espacios en donde ocurre de manera privilegiada una interacción sistémica entre lo social y la naturaleza viva y en donde sus propios actores hacen comúnmente un ejercicio autorreferencial de pertenencia e identidad con lo rural.10 Por lo general, estos espacios o redes están dirigidos a la atención de asuntos o la resolución de problemas o conflictos en el ámbito rural, es decir, territorios en donde se busca deliberadamente la sostenible confluencia de la “naturaleza viva y el ser humano” (Ploeg y Marsden, 2008:2-3, en López, 2017:224) o dicho de otra manera, en donde volitivamente se promueve la “coproducción histórica de un entorno o ambiente conformado por fuerzas naturales y sociales” que actúan e interactúan de manera simultánea y permanente (Chávez, 2017:38). El tipo de asuntos que frecuentemente se tratan en estas redes están relacionados “con la producción y comercialización agropecuaria, la tenencia o defensa de la tierra, la provisión de servicios, la migración, cuestiones indígenas, la protección del medio ambiente, al abasto agroalimentario, la cohesión comunitaria” y otros aspectos en donde llegan a confluir agendas en que se sintetizan preocupaciones de índole social en convivencia con elementos y fenómenos de la naturaleza (Chávez 2017:40).11
Conviene señalar que el “problema del diferenciador rural” es recurrente en la literatura académica sobre gobernanza rural y es un debate no acabado. Por ello, más que una definición estricta y cerrada, en el presente escrito se ha optado por dejarlo abierto, sabiendo que existen diversas alternativas conceptuales alrededor de la distinción y especificidad de lo rural y más particularmente de la gobernanza rural. Desde esta perspectiva, nociones como territorio, territorialidad, espacio o espacialidad, resultan muy útiles en el análisis concreto de topos geográficamente delimitados que pueden poseer características y elementos rurales, urbanos o una mezcla de ambos. Lo problemático de estos términos es que no son lo suficientemente potentes en términos heurísticos como para lograr la diferenciación planteada. El problema con sus contrapartes “rurales”, es decir, las ideas de territorio rural, territorialidad rural, espacio o espacialidad rural, al adoptar este calificativo conceptual, es que caen exactamente en la misma necesidad diferenciadora de la gobernanza rural.12
El concepto construido aquí, nos permite dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿se puede entonces hablar de gobernanza rural en México? Dado el carácter analítico de esta propuesta teórica, la respuesta a esta pregunta es afirmativa hasta el punto en el que es posible diferenciar una situación ideal de un estado presente. En otras palabras, debido a que al comprender que la gobernanza no es un fin o un punto al que se pretende llegar sino, por el contrario, un medio para llegar a un fin se debe reconocer que está presente en México una expresión de la gobernanza rural, tal como ocurrió en Reino Unido en la década de 1990 o como ocurrió en otras regiones, de acuerdo con lo que se pudo documentar en secciones anteriores del presente escrito. Al respecto, la promulgación de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en 2001 funciona como un reconocimiento explícito y formal en la búsqueda de un nuevo modo/modelo de coordinación social y política en dicho sector, pero más aún, la proliferación de redes, espacios o estructuras que claramente tienen una orientación de gobernanza, son una prueba fehaciente de la necesidad de estudiar y documentar un fenómeno presente en el país, pero que tiene un evidente correlato en otros países y regiones, en donde se ha dado, de manera similar, una transformación estructural de la forma en que se abordan y atajan los asuntos relacionados con las áreas rurales.