Kitabı oku: «Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973)», sayfa 14

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375 Recopilado en el fundo «La Tranquilla» por María Eugenia García, abogada, en ese entonces estudiante de Derecho de la Universidad de Chile. Los autores agradecen su gentileza de permitirnos incluir este poema con el fin de dar a conocer la visión de Juan Bruna sobre su detención.

376 «7 campesinos detenidos en Limache acusados de participación en el complot del gobierno (activistas de la “sedición campesina”)», El Siglo, 7 de septiembre de 1961: 4.

377 «Proceso por subversión. Prosigue actuación de ministros que instruyen procesos», El Mercurio, 3 de septiembre de 1961: 53.

378 «Sumario por subversión», El Mercurio, 7 de septiembre de 1961: 28; «Proceso por Subversión: Los nueve detenidos en el proceso del Ministro Jorge Cerrutti continúan incomunicados en la Cárcel Pública», El Mercurio, 8 de septiembre de 1961: 21; «Proceso por subversión», El Mercurio, 9 de septiembre de 1961: 29; «Sin variaciones proceso a cargo de tres ministros», El Mercurio, 12 de septiembre de 1961: 41.

379 «Dos coroneles de Carabineros declararon por el “complot”», El Siglo, 9 de septiembre de 1961: 8.

380 «Confirmada encargatoria de reo del Dr. Sotomayor», El Siglo, 9 de septiembre de 1961: última página.

381 «Diligencias en pueblo de Catemu realizó el ministro sr. Cerrutti», El Mercurio, 29 de septiembre de 1961: 25.

382 Concedida libertad a detenidos en juicio por actos subversivos», El Mercurio, 27 de octubre de 1961: 29.

383 «Proceso por subversión», El Mercurio, 26 de octubre de 1961: 25.

384 Cipriano Pontigo, Presidente del FRAP. Cámara de Diputados, 68ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.45 horas). 13 de septiembre de 1961: 4698. La expresión sintético en la época se refería a objetos producidos con materiales que eventualmente eran resultado de diversos procesos «artificiales», pero cuya apariencia podía dar la ilusión que se trataba de materiales naturales.

385 «Contra los 12 detenidos por el complot: Represión carcelaria por huelga de hambre», El Siglo, 19 de octubre de 1961: última página.

386 «Cortes». Fondo Cárcel Pública, ARNAD volumen 281.

387 La Corte de Apelaciones de Santiago solo registraba que el proceso se había originado por un parte de la Intendencia de Santiago y por un parte de «Rosendo Cid y otros» que figuraba para el rol 11-A.El archivo judicial emitió un informe señalando que el expediente no se encontraba en sus archivos. Véase el documento al final del capítulo.

388 Mario Planet dirigió en la década 1962/72 la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, donde introdujo la cátedra de periodismo interpretativo. Murió en Santiago el 28 de junio de 1980. En septiembre de 2016, en el centenario de su nacimiento, se anunció la presentación del libro Mario Planet, periodista y maestro en la Sala Domeyko de la Casa Central de la Universidad de Chile. Gustavo González, ed. Mario Planet, periodista y maestro, Santiago: Editorial Universitaria, 2016.

389 Citado por Leonardo Cáceres C. en «Querella contra periodista desata polémica nacional», Mensaje, 105 (dic. de 1961): 625-27.

390 «Declarado reo Mario Planet. Gobierno retiró la querella», El Siglo, 9 de noviembre de 1961: última página.

391 «En Tribunales», El Mercurio, 10 de noviembre de 1961: 25.

392 «En Tribunales», El Mercurio, 11 de noviembre de 1961: 29; «En Tribunales», El Mercurio, 15 de noviembre de 1961: 29.

393 «Colegio de periodistas pide retiro de querella contra Mario Planet», El Siglo, 12 de octubre de 1961: última página; Leonardo Cáceres, Mensaje, 105 Supra: 625-627.

394 Citado por Cáceres en Mensaje (1961): 627.

395 Los documentos y resoluciones judiciales en este caso se encuentran en Cámara de Diputados. 25ª Sesión Ordinaria. 28 de noviembre de 1961: 1554 y ss.

396 «Gobierno logró su propósito: Corte desaforó a diputados Minchel, Lavandero y Leyton», El Siglo, 1 de noviembre de 1961: portada; «Padena apela a la Suprema. Esta tarde presentará el recurso pidiendo que se deje sin efecto el desafuero de tres diputados», El Siglo, 2 de noviembre de 1961: portada.

397 «Desafuero parlamentario de los diputados don Jorge Aravena Carrasco y otros». Corte de Apelaciones de Santiago, 31 de octubre de 1961. Revista de Derecho y Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales, Santiago, Chile, Tomo LVIII, N° 9/10, noviembre-diciembre de 1961, 2ª parte, sección 4ª: 321-330.

398 Cámara de Diputados. 22ª Sesión (especial: de 10.45 a 14.02). 22 de noviembre de 1961: 1380- 1382.

399 Para un análisis amplio del tema véase: Hernán Javier Castillo Barrera y Raimundo Meneses Costadoat, «Control constitucional, judicial y ético de los parlamentarios», Cuadernos del Tribunal Constitucional, 53, 2013 (premio Tribunal Constitucional, 2013).

400 Ibíd., 1562.

401 «Libres los diputados del Padena. “Probaremos acusaciones al gobierno”, dicen Lavandero y Leyton», El Siglo, 28 de diciembre de 1961: portada, titular.

402 «Aravena Carrasco, Jorge y otros (desafuero parlamentario)». Corte Suprema, 21 de enero de 1961, Revista de Derecho y Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales, Vol. LVIII, 1961, 2ª Parte, sección 4ª: 320 y ss.

403 Cámara de Diputados. 13ª Sesión (especial: de 20 a 22.19). 6 de noviembre de 1961: 771. Cursiva de los autores.

404 Cámara de Diputados. 20ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.11). 21 de noviembre de 1961: 1327-28.

405 «Inviolabilidad de diputados y senadores. Rol 14729 contra Jorge Aravena y otros». Fallos del Mes. Noviembre de 1961, N° 36: 258-261. Las prevenciones ocurren cuando un ministro concurre al fallo, pero agrega argumentos o no comparte algún(os) considerando(s). Las prevenciones pueden ser fundadas (explicadas jurídicamente) o sin fundamento escrito.

406 Cámara de Diputados. 22ª Sesión (especial: de 10.45 a 14.02). 22 de noviembre de 1961: 1375. Cursiva de los autores.

407 Ibíd., 1399.

408 Ibíd., 1391. Cursiva de los autores.

409 Cámara de Diputados. 31ª Sesión (especial: de 11.15 a 12.46). 13 de diciembre de 1961: 2060. Pareto dejaría PADENA y se incorporaría al PDC en 1961.

410 Ibíd., 2061.

411 Cámara de Diputados. 16ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.45). 14 de noviembre de 1961: 1068-69.

412 Ibíd., 1071-72.

413 Cámara de Diputados. 31ª Sesión (especial: de 11.15 a 12.46). 13 de diciembre de 1961: 2075.

414 Cámara de Diputados. 33ª Sesión (especial: de 11.15 a 21.34). 19 de diciembre de 1961: 2218-19. Las demandas 3 y 4, si bien modificadas, serían incorporadas en el programa básico de la Unidad Popular en 1970.

415 Senado. 52ª Sesión (ordinaria: de 16 a 19). 16 de enero de 1962: 2357.

416 Ibíd., 2359.

417 Ibíd., 2362.

418 Cámara de Diputados. 52ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 20.23). 13 de marzo de 1962: 3600.

419 Cámara de Diputados. 72ª Sesión(ordinaria: de 16.15 a 19.32). 8 de mayo de 1962: 5230. La comunicación desde el Poder Judicial aparece en la sección «documentos» de la misma sesión. Los fallos de primera instancia de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema se encuentran en Cámara de Diputados, 25ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 23.40). 28 de noviembre de 1961: 1554-1567.

420 Había sido jefe de publicaciones del ministerio del Trabajo y reportero de La Nación en 1932. Escribió sobre Isla de Pascua y trabajó hasta lograr liquidar el contrato de arrendamiento de la isla en 1952. En 1962 tenía 53 años de edad.

421 En la práctica, el gobierno había censurado la edición número 5 de El Paredón, que no salió a circulación. Véase la intervención del diputado Foncea en Cámara de Diputados, 41ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.30). 10 de enero de 1962: 2888-90.

422 «Lautaro Ojeda detenido por injurias al Poder Judicial», La Nación, 14 de diciembre de 1961: 17.

423 Cámara de Diputados. 41ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.30). 10 de enero de 1962: 2888.

424 «Relegación para diputados y cárcel para periodista Ojeda pide el Gobierno», El Siglo, 2 de enero de 1962: portada, titular.

425 «Director de El Paredón hace fuego. Tempestuoso “Yo acuso” desde la cárcel: Un inocente no va a pedir justicia a la injusticia», Vistazo, 30 de enero de 1962, N° 489: contraportada y pp. 20-21.

426 La intervención de Foncea está «censurada» con puntos suspensivos en la versión oficial, lo que solía corresponder a expresiones «antiparlamentarias» suprimidas de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados (con frecuencia eran groserías, garabatos o expresiones de grueso calibre no aceptadas por el reglamento).

427 Cámara de Diputados. 41ª Sesión. Supra. 10 de enero de 1962: 2888-2890.

428 Ibíd., 2889.

429 Ibíd.

430 «Suprema confirmó fallo contra Lautaro Ojeda», El Siglo, 14 de enero de 1962: portada.

431 «Acusación constitucional contra los ministros de Corte anuncia Padena a raíz del proceso seguido al periodista Lautaro Ojeda»; «Dice Allende en carta a Sergio Recabarren: “Se encarcela al que roba una gallina mientras los grandes delitos quedan impunes”», El Siglo, 26 de enero de 1962: última página.

432 Ibíd.; «En Las Vertientes declararon los partidos del FRAP: La próxima elección presidencial será plebiscito con contenido revolucionario», El Siglo, 28 de febrero de 1962: 10.

433 «Hoy sale el asombroso fallo», Clarín, 10 de marzo de 1962: última página.

434 Lautaro Ojeda fue fundador de la Unión Nacional de Pensionados de Chile en 1963; sirvió como secretario en la comisión que elaboró «el pacto de la Unidad Popular» en 1969, firmado el 26 de diciembre de 1969. Fue subsecretario del ministerio de Tierras y Colonización al momento del golpe militar de 1973. Fue detenido en el Ministerio de Defensa. Volvió a ser detenido en 1986. Véase: «En libertad Presidente de los pensionados», La Tercera, 7 de agosto de 1986: 15.

435 «Encarcelado director de El Clarín. Gobierno continúa persecución contra la prensa de oposición: Proceso de “El Paredón” volvió a la Corte», El Siglo, 29 de marzo de 1962: portada.

436 «Los procesos llegaron a su término con sentencias condenatorias», El Siglo, 16 de abril de 1962: portada.

437 «¡Proceso a la Justicia!», El Siglo, 16 de abril de 1962: portada, titular.

438 «Detienen en masa a los bancarios», El Siglo, 27 de marzo de 1962: portada; «Gobierno ordena detener a 450 bancarios», El Siglo, 29 de marzo de 1962: portada; «Presentan recurso de amparo para bancarios», El Siglo, 1 de abril de 1962: última página.

439 Cámara de Diputados. 31ª Sesión (especial; de 11.15 a 12.46). 13 de diciembre de 1961: 2062.

440 Diputado Gustavo Lorca, ibíd., 2065.

441 Ibíd., 2066. Cursiva de los autores.

442 Ibíd., 2076-2077.

443 Cámara de Diputados. 14ª Sesión (especial: 11 a 22.01). 26 de junio de 1963: 1141.

Capítulo III Reformas judiciales, conflictos laborales y reforma agraria

La posibilidad de que haya en Chile un gobierno marxista legalmente elegido no puede ser descartada anticipadamente por ningún chileno. ¡Y ningún chileno digno de ser tal podría autorizar la intervención extranjera en contra de la soberanía de Chile y de su integridad territorial, bajo el pretexto de que hubiese aquí un gobierno marxista!

Radomiro Tomic (PDC), 17 de enero de 1962 444 .

Los derechos humanos son incompatibles con la doctrina marxista.

Raúl Irarrázaval (PCU), Cámara de Diputados, 28 de agosto de 1962 445 .

Es triste ver cómo estos magistrados [de la Corte Suprema] de nuestro país, que pretenden aparecer ante la opinión pública cubiertos de respetabilidad, se ciegan por su odio de clases, se despojan de su calidad de jueces y entran en el plano inclinado del descrédito, asumiendo posiciones de una baja política.

Jorge Montes (PCCH), Cámara de Diputados, 23 de octubre de 1963 446 .

Entre 1962 y 1964 la temperatura política subiría dramáticamente en el país, con miras a la elección presidencial de 1964. La derecha quería impedir que el FRAP conquistara la presidencia e hiciera realidad sus llamados a derribar el régimen vigente. La izquierda veía en cada iniciativa del gobierno una táctica para reforzar el capitalismo, reprimir a la oposición y engañar al pueblo. Surgía la Democracia Cristiana como alternativa electoral, promoviendo una revolución sin violencia a través de reformas constitucionales y políticas públicas que transformarían la estructura socioeconómica del país. Paralelamente, sectores de la Iglesia Católica promovían cambios sociales profundos, incluso una reforma agraria integral447. Estas propuestas se hacían en el contexto de la Guerra Fría pos-Revolución Cubana y de la iniciativa regional de Estados Unidos y sus aliados para impedir «más Cubas»448.

Hacia 1964 Chile se constituyó en un caso paradigmático para los Estados Unidos, comprometiéndose abiertamente y mediante políticas clandestinas para impedir la elección de un candidato del FRAP449. En este contexto las atribuciones y el funcionamiento del Poder Judicial se hacían blancos de reformistas y revolucionarios –mientras los incidentes de violencia callejera, huelgas ilegales, tomas de terrenos urbanos y enfrentamientos entre Carabineros y pobladores, estudiantes, campesinos y mapuche se hacían más frecuentes450.

Justicia para los pobres

Los debates sobre la composición, los procedimientos y el funcionamiento del Poder Judicial se mantenían como parte integral de la lucha ideológica, partidista y electoral. Se criticaba reiteradamente la lenta resolución de los litigios que perjudicaba a las personas de escasos recursos y la orientación «clasista» y «positivista» del sistema de justicia. La «cuestión mapuche», la reforma agraria, la reforma constitucional (1962-63, véase más adelante), el rol crucial de los tribunales y el establecimiento de tribunales agrarios especializados ocuparían mucho espacio en los diarios y revistas, así como también mucho tiempo y pasión en los debates parlamentarios451.

Por lo pronto, a mediados de enero de 1962, el ministro de Justicia reconoció la necesidad de facilitar el acceso a la justicia a los pobres en Chile. Observó que «para nadie es desconocido el hecho de que nuestras clases más modestas tienen dificultades para recurrir ante los tribunales ordinarios de justicia en demanda de sus derechos, ya sea por la lentitud o la complejidad del procedimiento, ya sea por lo oneroso del mismo, ya sea por la distancia que muchas veces deben recorrer». Para corregir este defecto en el sistema judicial, el gobierno propuso un proyecto de ley que facultaba a los jueces de policía local «resolver todas aquellas contiendas de escaso monto, muchas veces derivadas del derecho de vecindad, que constituyen, por así decirlo, el diario vivir de las clases más modestas. Los facultaba, además, para resolver tales contiendas en un procedimiento expedito, sin costo alguno para el interesado». El ministro afirmaba que «el proyecto tiende (…) a establecer, por primera vez en Chile, la justicia de pobres, cumpliendo así con un imperativo democrático fundamental»452.

El proyecto fue aprobado en general, pasando a comisión para el segundo informe. La discusión sobre el proyecto continuó en abril453. De verdad, se trataba de «justicia de pobres», no justicia para los pobres. Ocho años después, cuando el gobierno de la Unidad Popular efectuó una crítica similar, parecía haberse olvidado completamente que el gobierno de Alessandri había hecho un reconocimiento de que en Chile existía «una justicia de clase»454.

En el mes de abril se discutían en el Senado los alcances de la Conferencia de Cancilleres de Punta del Este. Se debatía lo que vendría a ser la Alianza para el Progreso como respuesta de los EE.UU. a la Revolución Cubana en la región y las sanciones de la OEA propuestas contra el Gobierno de Fidel Castro. Tanto la Democracia Cristiana como el FRAP se oponían a dichas sanciones455. Radomiro Tomic (PDC) insistió en que «la posibilidad de que haya en Chile un gobierno marxista legalmente elegido no puede ser descartada anticipadamente por ningún chileno. ¡Y ningún chileno digno de ser tal podría autorizar la intervención extranjera en contra de la soberanía de Chile y de su integridad territorial, bajo el pretexto de que hubiese aquí un gobierno marxista!»456.

La política interna chilena estaba influida y afectada inevitablemente por la Guerra Fría y por el desafío de la Revolución Cubana en América Latina, a tal punto que el senador comunista Luis Corvalán declarara que «se ha continuado (…) haciendo escándalo tras escándalo acerca de los fusilamientos en Cuba. Sí, en Cuba han sido pasados por las armas más o menos 800 criminales desde que se implantó el Gobierno Revolucionario [en 1959], es decir, en el lapso de tres años, pero se trata de medidas absolutamente justificadas»457. En la memoria social de Chile no había un registro semejante. Más de algún sector social, político o institucional, incluyendo a las Fuerzas Armadas y Carabineros, podría interpretarlo como una confirmación del riesgo asociado a la instalación de una revolución socialista.

El senador Salomón Corbalán (PS) sugirió que la política exterior del gobierno, sobre todo hacia Cuba, sería influida por la crisis económica y la necesidad de recursos financieros, potencialmente accesibles mediante la Alianza del Progreso. Sostuvo que Chile debía defender el principio de «no intervención» para evitar «un precedente que, en un futuro muy próximo, puede intentar usarse para poder sofocar un movimiento revolucionario o un gobierno de hombres que militen en el marxismo, que tengan conciencia y formación marxista. De eso se trata. Todo lo demás no es sino una forma de encubrir esta mascarada, esta forma de actuar, este intento, que es el intento de ahogar una revolución por razones de tipo ideológico»458.

Sin ser profeta, Corbalán anticipaba un futuro no muy lejano para el país. Pero el senador Pedro Ibáñez (PL, Presidente del Banco del Estado 1958-61) respondió: «Insisto en que es absurdo presentar al capitalismo y al socialismo como el dilema de nuestra época. El verdadero dilema del tiempo en que vivimos es muy diferente y muy claro: es libertad o totalitarismo (…). Y si Su Señoría tiene algunas dudas sobre el particular, le ruego que lea las acusaciones hechas por Khruschev a todos quienes participaron en el régimen del señor Stalin»459.

Casi no habría debate en el Congreso, ni tratándose de políticas aparentemente internas (con la excepción del Mundial de fútbol celebrado en Chile en 1962), en que no se hicieran alusiones a la Guerra Fría, la Revolución Cubana y el sueño o pesadilla (según fuera el protagonista) de un «gobierno popular» en 1964. El tema de reestructurar y reformar el Poder Judicial no sería una excepción a la regla, siendo el sistema de justicia, la protección de la propiedad y de la empresa privada aspectos cruciales para el régimen vigente.

Tierras indígenas y Juzgados de Indios

Las luchas mapuches para recuperar tierras perdidas por la fuerza, engaño, usurpación y procesos judiciales, desde fines del siglo XIX, eran continuas. Cada cierto tiempo aparecían titulares en los diarios que se referían a esa lucha. En el contexto de la demanda de una reforma agraria integral y la movilización campesina impulsada por el Partido Comunista, el FRAP y grupos social-cristianos, la demanda mapuche tenía características especiales sobre todo por una larga historia de ineficacia, lentitud y obsecuencia a los intereses de particulares en los Juzgados de Indios y en el Poder Judicial en relación con los litigios sobre lo que consideraban sus territorios460.

Muchos de los títulos de merced entregados a los mapuches desde el siglo XIX se encontraban superpuestos con títulos («legítimos» o no) de particulares. Los títulos de merced desde 1866 y las leyes desde 1927 hasta la Ley 14.511 de 1961 (véase el capítulo I) creaban derechos y títulos de dominio que eran contradictorios entre sí. Además, se había formado un sector minifundista mapuche incompatible con la «restitución» o reconstitución de las comunidades existentes antes de 1883 o de 1927. En los litigios sobre títulos entre comunidades, minifundistas mapuches y «huincas» era difícil que los derechos de los mapuches prevalecieran, especialmente en los casos de usurpaciones. Era difícil también que los Juzgados de Indios, con sus escasos recursos y personal, analizaran bien los hechos y «derechos» en los numerosos casos entregados a su jurisdicción, sin considerar los riesgos de corrupción e influencia política.

El profesor José Bengoa estimó que tal vez la cuarta parte de la tierra entregada a comunidades después de 1929 (150.000 hectáreas) fue usurpada hasta 1968, siendo «la usurpación de tierras (…) uno de los elementos centrales en la formación de la conciencia étnica del siglo veinte»461. En este proceso los Juzgados de Indios habían jugado un papel central, aunque muchas veces negativo desde la perspectiva indígena. Como se dijo antes, en 1961 estos juzgados fueron incorporados al Poder Judicial por la Ley 14.511.

En marzo de 1962 el diputado Fermín Fierro (PS, Secretario General de la Federación de Campesinos e Indígenas de Chile) relataba en la Cámara:

El 4 de enero del año en curso, en la comuna de Los Álamos del departamento de Lebu, ha ocurrido un hecho interesante. Cansados de las tramitaciones de las autoridades a las que corresponde conocer de los litigios originados por usurpación de tierras, los indígenas precedieron a ocupar los terrenos que anteriormente les pertenecían y que hoy no les pertenecen, según dice un latifundista de la zona, el cual, de acuerdo a antecedentes que obran en nuestro poder, no tendría título legal definitivo alguno para ocupar dichas tierras.

(…) veinticuatro horas después de que los indígenas tomaron posesión de estas tierras llegaron los carabineros, quienes dijeron que cumplían instrucciones del Gobierno, y procedieron violentamente a desalojar a los indígenas del lugar en que se encontraban, junto con quemarles más de veinte rucas hechas a la ligera de «pasto ratonera», para guarecerse de las inclemencias del tiempo. Junto con ello les quitaron todas sus herramientas de trabajo, de diversa naturaleza, e incluso sus instrumentos musicales que usan en la celebración de las fiestas que organizan. Se han hecho gestiones ante el Juzgado de Indios de Victoria para establecer si tiene la razón el señor Carlos Larroulet, que dice que esas tierras le pertenecen, y se ha procedido a entablar una demanda en su contra por usurpación de terrenos que han pertenecido a los mapuches.

(…) Los indígenas, carentes de recursos para defenderse de los usurpadores de tierras y, además, como los intendentes, gobernadores y otras autoridades administrativas militaban precisamente en los partidos reaccionarios, debieron suspender toda acción judicial en los juzgados de la provincia de Arauco. Posteriormente presentaron sus demandas ante el Juzgado de Indios de Temuco, que tenía competencia para conocer de estos asuntos; pero en este juzgado, después de largos años de tramitación burocrática y de lento conocimiento de estas causas, se quemaron los expedientes y, como consecuencia de ello, las víctimas han sido naturalmente los indígenas, los cuales, cansados de tanta tramitación, procedieron a tomarse estos terrenos por la vía directa462.

Una moción firmada por diputados de los partidos Comunista, Socialista, Radical, Demócrata Cristiano y PADENA pidió que el gobierno expropiara los terrenos a beneficio de los mapuche, «tomando en consideración que la letra d) del artículo 44, de la Ley 7.747, establece que “por exigirlo el interés nacional, deben declararse de utilidad pública y expropiarse aquellas tierras que no han sido cultivadas o las que manifiestamente están mal aprovechadas”, situación en que se encuentra la llamada “Isla de Pangal o Ranquilco”. Se hace necesario determinar expresamente la aplicación de ese precepto en el presente caso, toda vez que con ello se dará solución a un problema que mantiene consternados a los habitantes de la provincia de Arauco y a la opinión pública». La moción solicitó que la tierra expropiada fuera «entregada en forma gratuita a los jefes de familia de las 50 familias indígenas que en la actualidad la ocupan»463. Mientras tanto, en la prensa gobiernista como El Diario Ilustrado (Santiago) y El Sur (Concepción) se atacaba al diputado Santos Medel (PCCH) por su incitación a los campesinos mapuche464.

El conflicto entre la familia Larroulet y los mapuches sobre terrenos en la Isla de Pangal no tenía, en sí, significación nacional, pero era indicativo de las demandas indígenas rechazadas o postergadas, así como del mal funcionamiento del sistema de Juzgados de Indios para solucionar los litigios que afectaban los derechos comunales y particulares desde la región de Arauco hacia el sur. Después surgieron conflictos en el fundo El Porvenir, y luego en Pilpilco y en El Huape, en los que también se trataba de «usurpaciones» o «recuperaciones» de tierras. En todos estos casos se denunciaba que los tribunales de Justicia, entre ellos el Juzgado de Indios de Temuco y el Juzgado de Indios de Victoria, no habían hecho justicia465. Hacer «justicia» después de la «pacificación», iniciada en la década de 1860, no hubiera sido poca cosa, aun sin pensar en más de un siglo de historia de transacciones, lícitas e ilícitas, de propiedades y ocupaciones irregulares de las tierras australes, que antes, en muchos casos, habían pertenecido a grupos mapuche.

Una investigación sobre la reforma agraria y las tierras mapuches, publicada en 2005, determinó que «de los 2.198 títulos de merced otorgados por la Comisión Radicadora de Indígenas, los Juzgados de Indios –entre los años 1929 y 1972– revocaron 59. En las provincias de Malleco y Cautín se revocaron por sentencia judicial 18 títulos de merced, por un total de 1.451,85 hectáreas»466. En muchos casos, sencillamente, se usurpaba la tierra mapuche por propietarios colindantes, confirmándose o no dichas usurpaciones en litigios en los Juzgados de Indios o inscripciones en los Conservadores de Bienes Raíces, utilizando documentos fraudulentos o de trayectoria confusa.Los autores de la investigación expresaron que se evidenciaba que la reivindicación territorial mapuche –hasta la primera mitad de la década de 1960– se instalaba en los Juzgados de Indios, «sin que exista un proceso de recuperación de tierras de importancia»467. Por otra parte, algunos mapuches vendieron tierras a «huincas» en transacciones sanas, y no sanas, bajo figuras de venta de usufructo y cesión de terrenos hasta por 99 años, complicando aún más la «cuestión mapuche».

Ilustrativamente, el senador Contreras Labarca (PCCH) solicitó que se enviara un oficio al ministro de Tierras y Colonización, comunicándole el texto del telegrama de los indígenas Vicente Ancapán y Juan de la Cruz Ancapán de Osorno:

Juzgado de Indios de La Unión no funciona. Juzgado de Indios de Pitrufquén tiene sólo un agrimensor, pero nueva Ley de Indios dispone 15 agrimensores que no llegan. Juzgado de Indios de Pitrufquén entregamos solicitud, 24 de marzo, solicitando agrimensor para medir nuestras tierras, lugar Domopulli, Subdelegación San Juan de la Costa, donde otras personas tratan de introducirse ilegalmente, no respetando derechos de posesión de tierras de la comunidad indígena. Rogamos amparo, Supremo Gobierno, a fin de que se sirva adoptar urgentemente las medidas que procedan para atender la petición de dichos indígenas468.

En mayo el diputado Fermín Fierro (PS) denunció la violencia patronal en fundos de Arauco, incluyendo la usurpación de tierra por el doctor Raúl Carrasco, propietario del fundo Huape y cuñado de Patricio Silva Clarés, secretario general de gobierno469. Afirmó Fierro que «como tienen el Gobierno en sus manos, a estos caballeros les fue muy fácil conseguir doscientos setenta hombres armados de carabinas y ametralladoras para poder defender los terrenos que, según ellos, han sido usurpados. Así, esa fuerza armada llegó al Fundo Huape a despojar violentamente al mapuche de este terreno que, como vengo comentando, le pertenece legalmente»470.

Fierro terminó pidiendo la expropiación de varios fundos de la región para hacer justicia a los mapuche, que habían sufrido la usurpación de sus tierras por la violencia de particulares. No siempre se mantuvo dentro el protocolo parlamentario en sus comentarios, haciéndose necesario suprimir algunos de ellos en la transcripción de la sesión. De todas maneras, sus palabras eran claras:

(…) los que están alterando la tranquilidad social de mi provincia no son los indígenas ni son los diputados que nos honramos con representar a esa raza y a todos los sectores populares de Arauco en la Honorable Cámara, sino que son los sectores patronales, los propios hombres del Gobierno los que están provocando permanentemente la intranquilidad social en Arauco. Yo protesto, en la forma más airada, por la conducta del señor Ministro del Interior y por la actitud de la fuerza policial que, en forma violenta y solamente ahora, ha intervenido (…)471.

El diputado liberal Gabriel De la Fuente, tratándose de otro conflicto en la zona, extendió el debate, como pasaba frecuentemente en la década de 1960, a la Guerra Fría y al comunismo internacional. Señaló que las denuncias de Fierro eran parte de la campaña de infiltración en el campo del Partido Comunista, «lo que les permitirá más tarde hacer la cosecha deseada, estableciendo un sistema “fidelista”, dependiente de la Unión de la República Socialista». Enumeraba las diversas políticas gubernamentales (habitacional, de salud, de préstamos, etc.) inspiradas en mejorar la situación de los mapuche, «con miras a integrarlos adecuadamente en la comunidad nacional».