Kitabı oku: «Fidelidad, guerra y castigo», sayfa 6

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Siguiendo la línea marcada durante su estancia en Barcelona, Carlos III aprovechó su presencia –una actuación similar encabezada por el virrey en tan complicada situación militar y social hubiera sido una imprudencia– para influir en las instituciones y el gobierno del reino a través de una junta de gobierno. Con la corona española todavía en disputa, dicha junta trató de alcanzar dos objetivos fundamentales: el nombramiento de personas afines a su causa para los distintos cargos públicos, y la obtención de fondos a través de la administración de las rentas confiscadas.69

La voluntad manifiesta e inequívoca de promover a personas afines a la casa de Austria en la Generalitat, chocaba con los cauces forales establecidos para su renovación. Con ánimo de violentar lo menos posible el ordenamiento y evitar con ello conflictos institucionales de incierto resultado, pero sin renunciar al cambio en las personas, se solicitaron informes acerca del ingreso de los distintos oficiales y su régimen de insaculación. El 5 de noviembre, recibió el consejo un informe concreto sobre el proceso insaculatorio y una semana después copias de las extracciones realizadas en Navidad y la relación de los oficios de la casa. El 20 de diciembre la Generalidad respondió a la última consulta sobre los aspectos insaculatorios, posiblemente tras alusión directa de la junta de gobierno que en esa misma fecha abordaba la renovación de cargos.70

Con los datos proporcionados por la propia institución, la junta apostó por la vía menos agresiva para la ordenación foral: una nueva extracción. Aún así, como recoge el propio texto de la resolución de la junta, la Generalitat se opuso a la elección. Justificaron esta oposición en las vicisitudes padecidas a lo largo del año, el enorme número de causas pendientes de resolución y los problemas que ocasionaría la llegada de nuevos e inexpertos diputados en tan delicada coyuntura.71 Esta respuesta sugiere a Voltes72 un intento de velar por la pureza de su ejercicio, e impedir la desinsaculación de personas que invariablemente acarrearía la nueva elección. Sin descartar que este ánimo impulsara a los diputados, Voltes ignora el privilegio del general Basset que ratificaba en sus puestos por un nuevo trienio a los principales oficiales, incluyendo a asesor, síndico, escribano, secretario y contralibro. Esta prórroga resultaba muy tranquilizadora para los vigentes oficiales por diversos motivos. La ampliación de su mandato ofrecía garantías de llegar a acuerdos con las nuevas autoridades o redimirse ante ellas, sobre todo si pensamos que las personas que recibieron a Carlos III eran las mismas que intentaron por todos los medios evitar su victoria durante la anterior etapa borbónica en la que resultaron elegidos. Circunstancia que lógicamente debió provocar el temor entre los diputados salientes a la exigencia de responsabilidades, ya no sólo por la defensa del Borbón, sino principalmente por las irregularidades cometidas en el desempeño de su cargo durante la guerra, donde la celeridad en la respuesta primaba sobre cualquier consideración legal o procedimental.

Todas estas circunstancias fueron valoradas por Carlos III y su junta de gobierno a la hora de optar por la nueva extracción. Conocían de la existencia del privilegio de Basset y de los temores de los detentadores de los cargos tanto por sus actuaciones como por su origen borbónico, pero precisamente por esto último se hacía absolutamente imprescindible su renovación. Con todo, la inevitable nueva extracción dio cumplida respuesta respuesta a todos los posibles inconvenientes. Legalmente la prórroga incumplía las disposiciones forales acerca de la duración del mandato de los oficiales, circunstancia aprovechada por la junta para presentar la nueva extracción como una vuelta a la legalidad. No obstante, para garantizar el respaldo de la institución y tranquilizar a sus oficiales, la junta emitió una cláusula que avalaba la actuación de los diputados salientes evitando la exigencia de responsabilidades, por más que hubiesen sido elegidos durante el reinado borbónico. La estabilidad del gobierno regnícola alcanzada en la época de Cardona, ayudó también a que Carlos III pudiese adoptar esta medida sin riesgo alguno y acometer nuevos nombramientos de importantes cargos reales. Con ello no sólo conseguía mejorar la gobernabilidad del reino insuflando un nuevo impulso en sus instituciones, sino también ganar adeptos merced a las nuevas prebendas trasladando la imagen de un poder firme, permanente y consolidado pero respetuoso y clemente…73

La Generalitat recibió las órdenes sobre su renovación el 24 de diciembre a través de tres cartas del monarca, fechadas todas el 22 de diciembre. La primera recogía el mandato de proceder al sorteo de diputados y demás oficiales en los días señalados por fuero. Respecto de los eclesiásticos se debían modificar sus listas de insaculados, habida cuenta de la fidelidad borbónica de destacados de miembros del estamento74

…hallándose en el brazo eclesiástico impedidos e inhábiles por las razones que quedan en mi real ánimo, el arzobispo de Valencia, el obispo de Tortosa, el comendador de Bejís, el general de la Merced, el prior del convento de San Miguel de los Reyes, el comendador de Orcheta,75 el comendador del peso real, el obispo de Orihuela, y el cabildo de dicha iglesia; no se les permita el concurso en la próxima extracción de manera que si alguno o algunos de los officiales sorteare sea inmediatamente suffocado o suffocados pasando a sortear otro de los capaces y hábiles… 76

Pero Carlos III no pretendía desinsacular a las voces afectadas, solamente impedir el acceso a la persona que la ocupaba en ese momento. Otra actuación hubiese resultado en exceso violenta hacia las disposiciones forales pues alteraría la composición estamental heredada de la representación en cortes, además de impedir que en el futuro alguien afín pudiera acceder a la Generalitat.77

El diferente funcionamiento del brazo militar propició que sus representantes no disfrutasen de idéntico trato, pues aquí la desinsaculación resultaba obligatoria para todos los fieles al borbón, al estar insaculado personalmente y no por voces como en el eclesiástico. No obstante, siguiendo la política condescendiente iniciada por Cardona, no se cerró la puerta a una rectificación posterior, dando la posibilidad de volver a insacularlos mediante real decreto con la intención evidente de ganar voluntades

…y assí mismo y por no juzgar a propósito por el beneficio universal de este reino, y servicio mío algunos sujetos que se hallan oy insaculados en las bolsas de diputados del estamento militar, la una de nobles y la otra de generosos os ordeno y mando remováis de ellos y de los libros principales de la insaculación, de la bolsa de nobles a: Josep Falcó, marqués de Albaida; Félix Falcó de Belaochaga, marqués de Malferit; Carlos Caro; Jorge Núñez, conde de Carlet; Josep Cernecio, conde de Castellar; Miguel Falcó. De la bolsa de generosos y cavalleros: Diego Arazil de Xixona, Archileo Abril, Carlos Sobregondí, Gerónymo Bou de Castellón, Joan Batiste Belloch y Sanz de Xátiva, Francisco Puchasons, Joseph Yzco de Quincoces, Christóval de la Tonda, Casimiro Segura, Fernando de Salafranca, Gregorio Masquefa, Josep Esteve de Lago, Josep Sanz, Galcerán Anglesola. Todos los cuales es mi voluntad que no concurran con las demás personas, que en dichas bolsas quedan insaculadas ni puedan nuevamente ser propuestas sin que preceda real decreto que les capacite y que pongáis en execución este mi real decreto, suspendiendo o suffocando a unos y desinsaculando a otros, respectivamente como en él está contenido…

Paradójicamente, la moderación hacia los desafectos no se hizo extensiva a los insaculados durante los primeros años de Felipe V, se hubiesen manifestado o no políticamente, por la falta de jurisdicción del Borbón a la hora de insacularlos

…por quanto en el tiempo del intruso gobierno fueron, aunque sin jurisdicción alguna insaculados en la bolsa de nobles Dn. Joan Milán de Aragón, Dn. Francisco Zapena Zarzuela y Aragón, Dn. Josep Vicent Ortí y Mayor, y Dn. Francisco Roca de Xátiva, y en la de generosos y cavalleros Josep Castell de Museros de Castellón, Luys García de Alzira, Francisco Luis Abril, y el doctor Joan Bautista Gazull, siendo propio de mi real dignidad anular y cassar semejantes actos, es igualmente mi voluntad que sean desinsaculados los referidos, a cuyo fin dispenso por esta vez tan solamente qualesquier fueros privilegios ussos y costumbres que con esta mi real orden pudieren encontrarse…

En el afán por legitimarse y borrar cualquier rastro borbónicó, considerado intruso y anómalo, esta política no quedó circunscrita a los insaculados de la Generalitat y en octubre se publicó un pregón anulando todas las gracias, mercedes, dignidades y oficios otorgados tras la muerte de Carlos III.78

De vuelta a la Generalitat, la intervención no se limitó a los insaculados pues desde la junta se insistió en el nombramiento de nuevos síndico y asesor por haber finalizado su trienio, dado que era facultad de los diputados.79 Los elegidos fueron: José Ignacio Puig de Samper, generoso, como asesor, y Antonio Benavides Fenollet, del hábito de Montesa, como síndico. Por último y como garantía de aceptación de la renovación, los hasta entonces responsables quedaban eximidos de cualquier responsabilidad al abandonar sus cargos. En concreto, quedaron exonerados en aquello que pudiera derivar en responsabilidades sobre su gestión: la exacción de los derechos del general y el recobro de las armas que fueron esparcidas entre los habitantes de ciudad y reino. Las especiales circunstancias experimentadas por el reino durante 1706, ignorando hábilmente la etapa borbónica, justificaban la decisión

…en el tiempo de la aclamación de mi real nombre, no ha sido practicable el cumplimiento de esta obligación por la coniunctura y mala disposición, que todo este año se ha experimentado en el referido reino….

No obstante, estas tareas serían obligación de los nuevos diputados

…a los deputados y ohidores que nuevamente sortearen cuiden de la entera cobranza de las citadas rentas de la Generalidad y del recobro de las armas, que quedan esparcidas en esta ciudad y reino de manera que dándoles vosotros memoria o relación de lo atrasado y entregado respectivamente quede a cargo de los nuevos esta obligación…

Aceptadas y ejecutadas las disposiciones de Carlos III, la nueva elección se celebró en los días acostumbrados, ajustándose a lo dispuesto en fueros. Tras comprobar las posibles incompatibilidades de los insaculados resultaron elegidos80


El veto sin desinsaculación a algunas voces eclesiásticas ocasionó problemas menores en la extracción de dicho estamento, teniendo que repetirse el sorteo varias veces por resultar elegidas las voces vetadas.81 La extracción militar se celebró sin contratiempos, pues los afectados por el real decreto quedaron apartados del sorteo por haber sido excluidos de las listas.

La composición del nuevo gobierno se completó con los representantes del estamento real:82


Elegida la nueva administración, los salientes realizaron una renuncia formal al privilegio de Basset, como contrapartida a las garantías ofrecidas por las seguras irregularidades cometidas. El proceso de renovación institucional concluyó con el besamanos real de los recién sorteados.83

Vetos e insaculaciones fueron una prueba patente de la voluntad de Carlos III de actuar conforme a sus prerrogativas, al igual que sus antecesores. No obstante, manteniendo la extracción por sorteo –por más que se interviniesen las listas–, se consiguía influir sin violentar en demasía los fueros. Un ejercicio de autoritarismo que, administrativamente, no lo alejaba demasiado de lo ejecutado hasta el momento por su antagonista Felipe V.84 Las diferencias entre uno y otro sólo las encotraremos después de Almansa. Con todo, debe destacarse la ausencia de ánimo revanchista, sobre todo respecto a aquellos sectores sociales con representación institucional, lo que permitió intervenir sin levantar suspicacias entre los afectados. Cierto que la aparente neutralidad o falta de compromiso explícito –al menos con la causa austracista– de los oficiales de la Generalitat, y por extensión de los grupos sociales que les sustentaban, bien podía hacernos suponer que tampoco se hubieran manifestado contra estas medidas. Pero no es menos cierto que la junta de gobierno austracista no hizo del ejercicio del poder de facto su principal argumento, por más que la nueva administración hubiese sido fruto de su voluntad. Con ella la nueva dinastía no sólo cerraba cualquier vinculación entre la actual institución y la que –surgida en la etapa borbónica– recibió a Basset, sino también con sus insaculados. Paradojicamente, los nuevos cargos fueron los últimos en resultar nombrados conforme a las disposiciones forales.85

La renovada Generalitat siguió manteniendo la causa austracista aún a costa de sus deprimidas cuentas. Fechada en 23 de febrero, recibieron la orden de pagar las pensiones atrasadas sobre derechos de la Generalitat de aquellos que tenían sus bienes secuestrados por haber abandonado el reino e integrarlas así en la hacienda del rey.86 Pero no todo fueron exigencias, pues también aprovecharon para estrechar lazos con la nueva dinastía merced a una visita que realizaron a Carlos III para solicitar el título de excelencia, merced ya concedida a los estamentos. La reclamación de los diputados se articuló en un informe presentado por el doctor Juan Bautista Losá,87 atribuyéndose junto con los electos, la representatividad del reino. Acompañando este argumento detallaban su papel en la guerra, los esfuerzos para armar los hombres encargados de la defensa de la ciudad, las obras realizadas en las murallas, las subvenciones a los distintos regimientos… Carlos III tomó en consideración sus argumentos y la concedió, lo que originó el 2 de marzo de 1706, una nueva visita de los diputados en agradecimiento. Y no sería la última, pues la Diputación asistió también al besamanos real celebrado el 6 de marzo, un día antes de la marcha del rey a Barcelona.88

3.2 Conflictos estamentales: la Junta de Defensa de la Costa

Durante esta última etapa de dominio austracista, ante la falta de hechos de armas por la preparación de la decisiva campaña de 1707, la Generalitat mantuvo el contacto con las decisiones militares merced a su relación con los electos de la costa estamentales. Así ante su delicada situación económica, el 23 de septiembre de 1706 realizaron un pago a la junta merced al dinero del que disponían en una cuenta que recibía los abonos de un antiguo moroso. Los ingresos por doble tarifa, derechos de los que dependía la junta, apenas ascendían a 1.700 libras, por lo que recurrieron a 1.600 de dicha cuenta para alcanzar las 3.300 reclamadas.89 Con todo, mal que bien siguieron cumpliendo sus obligaciones y el siguiente pago lo realizaron el 26 de enero de 1707, 600 libras, procedentes de la doble tarifa. Pero este cumplimento no oculta la precariedad de ambas instituciones, que hubiera culminado con su insolvencia de no mediar la finalización del conflicto bélico.

El 14 de abril,90 los diputados se enfrentaron a un escrito fechado el 18 de marzo en el que los estamentos expusieron sus penalidades sin ambages. Los soldados se habían dirigido a ellos solicitando dos pagas enteras –dos tercias de salario que aún se les adeudaban– añadiendo que por las circunstancias que atravesaba el reino, su trabajo había aumentado considerablemente. Las labores de vigilancia requerían cada vez mayor dedicación temporal, obtenida a costa de su trabajo. Este esfuerzo les dejaba en una terrible situación pues al carecer de retribución no obtenían sustento. Sus quejas, ya de por sí graves, mencionaban incluso la falta de vestuario que padecían. Con ellas acudieron los electos a los diputados, administradores de las rentas de la costa, recordando incluso la existencia de deudas por parte de los arrendadores de los derechos nuevos que les abastecían.91 Protestaron también por todos los menoscabos y perjuicios ocasionados por los retrasos en el pago, remarcando su falta de responsabilidad en las dilaciones producidas.

La respuesta de los diputados fue una inequívoca muestra de impotencia e incapacidad, superados absolutamente por las circunstancias. Así, afirmaron que

…és ben públich y notori el estat del present regne, occasionat dels grans aloixaments de tropes, y epidèmia de enfermetats lo que embaraza el curs de totes les dependències…

Estas contrariedades, que resumían las dificultades del reino, muestran cómo el propio conflicto había impedido dar con soluciones. Los oficiales no podían reclamar los pagos de los respectivos derechos, pues la presencia de tropas lo desaconsejaba. Sin haber encontrado fondos con los que atender sus obligaciones, se aprestaron a hacerlo por los medios más suaves posibles a fin de no perturbar el sosiego del reino. Señalaban en su descargo el hecho de llevar sólo tres meses como diputados, y que no había más efectos en los derechos nuevos que los arrendamientos del real de la sal y nieve y naipes, de los que las ciudades y villas eran deudoras en cantidades mucho más elevadas de lo adeudado por ellos a la junta de la costa. Además, constataban la ocupación enemiga en algunas poblaciones, y el deplorable estado del resto tras haber cumplido el servicio del rey. A los problemas en la recaudación añadían las irregularidades contenidas en los libros, su ausencia, la sustracción por el enemigo de lo ya cobrado y cómo la única salida para ingresar era la improbable carga de censales

…de moltes taules han faltat los llibres, de altres se troben en blanch, y de altres que els mateixos enemichs se han emportat los effectes, y són estos los únichs que huy extén per a poder-se valer per a subvenció de les graus obligacions en què estroba la excel·lentíssima casa, pensions de censals sobre estos mateixos drets que segons furs y capítols de dits arrendaments se han y dehuen pagar del preu de aquells, com ab tot effecte en eixecusió de decret real de Sa Magestat.

Argumentaban también el peso que sobre tan menguadas rentas suponían las cantidades a pagar a los secuestradores de bienes para engrosar el real servicio. Tras estos motivos en su descargo, culparon de la precariedad a los esfuerzos realizados en la defensa de la ciudad de Valencia: el regimiento de Nebot, los artilleros de la casa de las armas, los mil hombres que vinieron de la Marina cuando estuvo cercada por el enemigo, los suministros y reparaciones de armas y municiones y, por último, los gastos de los casos inopinados. Finalizaban su alegato recordando a los electos que el pago de la tercia de diciembre requería únicamente de 600 libras para completarse y que concluía en abril. La situación, por tanto, no era tan grave si recordaban que otras veces se habían llegado a adeudar hasta tres tercias de salario. Si a pesar de todo lo expuesto, los electos consideraban primordial el destino de fondos para la costa frente a los demás gastos del reino, exigían una orden real, que acatarían gustosos. Sin duda una realidad marcada por las penurias económicas, la marcha del rey o la incertidumbre de una campaña militar a las puertas del reino iba poco a poco crispando los ánimos…

Esta resolución de abril fue la última de cierta relevancia adoptada. La proximidad de la trascendental campaña de primavera dejó en espera todo lo que no fuesen asuntos ordinarios. Los diputados parecían resignados a la espera de acontecimientos para actuar, pues en sus reuniones apenas abordaron la celebración de los festejos de Pascua de Resurrección y san Vicente Ferrer. Y así fue. Seguros ya de la victoria borbónica en el campo de batalla, el 4 de mayo acordaron pagar salarios y posibles deudas a diputados, síndico, asesor, escribano y subsíndicos, considerando que la situación del reino impedía realizar nuevas reuniones.

…per quant per la ocurrència del temps y guerra actual que pateix la present ciutat y Regne serà molt factible el no poderse juntar ses señories, y no havent com no ya diner prompte en drets vells, y necesitan de effectes promptes per a acudir a lo que es pot offerir.92

Es sencillo vislumbrar la incertidumbre, la preocupación sentida por la posición en que les dejaba la derrota de Carlos III, posiblemente el fin de su acción como diputados. Intuían ajustes y represalias y trataron de asegurarse una remuneración por el trabajo realizado, quién sabe si con la intención de abandonar el reino. Fruto de estos temores es el traslado, una vez más, de la plata a la sacristía de la catedral. La llegada de las tropas a la ciudad de Valencia no se produjo hasta el 8 de mayo, en que se restituyó definitivamente a dominio borbónico.93 Inmediatamente, los temores de los diputados fueron tomando cuerpo aunque con un alcance y una profundidad que difícilmente habrían imaginado.

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