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INTRODUCCIÓN A LA ÉTICA

Capítulo 1
DETERMINACIÓN Y DELIMITACIÓN SISTEMÁTICO-INTRODUCTORIAS DEL CONCEPTO DE ÉTICA

§ 1. La ética como disciplina técnica1universal de los fines correctos que dirigen la acción y de las leyes normativas superiores

Partamos del paralelismo tradicional entre la ética y la lógica, el cual, en efecto, tiene motivos profundos en la razón misma2. Al igual que la lógica, la mayoría de veces la ética es tratada y definida como disciplina técnica; la lógica, como disciplina técnica del pensar judicativo que apunta a la verdad; la ética, como disciplina técnica del querer y del actuar. La lógica se refiere a un género particular de necesidades prácticas del ser humano y a sus actividades correspondientes, determinadas estas por un interés teórico puro. El ser humano, en tanto ser que juzga, aspira a la verdad y, al máximo grado, a la verdad en la forma de ciencia. Adquiere la verdad de manera efectiva y la posee en la intelección teórica. La verdad se convierte en su posesión habitual en la forma de saber permanente, al que puede transformar nuevamente, en cualquier momento, en intelección actual. La tarea de la lógica como disciplina técnica es dirigir al ser humano en su aspiración a la verdad y a la ciencia, poner a su alcance normas científicamente fundadas según las cuales pueda apreciar intelectivamente la verdad y la falsedad de enunciados, de demostraciones, de teorías, de las ciencias en su conjunto; en consecuencia, la tarea de la lógica en tanto disciplina técnica consiste en establecer prescripciones técnicas científicamente fundadas que sean las mejores metas teóricas que realizar.

Según la definición transmitida desde antiguo, con la ética sucede de modo semejante, solo que su normación y reglamentación técnica tiene una extensión más universal, incomparable a la lógica y a todas las otras posibles disciplinas técnicas, pues [4] se refiere al querer y actuar en general. Juzgar científicamente es solo una forma particular del actuar humano; las metas teóricas de la voluntad <son> solo una clase particular de las metas de la voluntad en general. Cada género particular de fines que procuran ser universalmente determinantes para el actuar humano funda una técnica peculiar y, adaptada a él, una disciplina técnica posible: así, la estrategia apunta a la guerra; la técnica curativa, a la salud; la arquitectura, a los edificios; la técnica del gobierno, al Estado y, así, toda clase de disciplinas técnicas posibles reales e ideales. Pero debe haber, o al menos se debe postular, una disciplina técnica que esté por encima de todas las disciplinas técnicas humanas y que tenga una reglamentación que las abarque en su conjunto. Esta es la ética.

Aquí podríamos atender, ante todo, a lo siguiente: el actuar, la posición del fin y la determinación del medio, que son un tema particular en las disciplinas técnicas, están sujetos —este es, por doquier, el presupuesto— a apreciaciones3 de la racionalidad práctica. No todos los medios son adecuados a un fin dado, sino que han de ser elegidos solo los medios que ofrece la razón práctica.

Se suele decir que querer un fin significa también querer todo lo que se desprende de él. Pero eso no significa un deber según la ley natural, pues según esta, de modo más preciso, en la facticidad psicológica, puede ser y sucede a menudo que somos inconsecuentes prácticamente, que estamos en contradicción práctica con nosotros mismos o con nuestro fin. Si el fin de la guerra es lo que guía al jefe del ejército, entonces «racionalmente» «debe», y aquí eso significa en la consecuencia práctica hacerse cargo de todo lo que es pertinente a la guerra en tanto consecuencia inevitable, como, por ejemplo, la muerte y la destrucción; debe permitir y, por otra parte, querer positivamente, todo aquello sin lo cual, en tanto medio, no sería realizable el correspondiente fin último. Estas son exigencias de la razón, de la razón en la forma de la consecuencia práctica y de su contrario, la forma de la contradicción práctica.

Con ello, se indica una afinidad formal de todas las actuaciones o, respectivamente, regulaciones conformes a la técnica: en todo actuar según la técnica, en todos los contextos de actividades posibles referidas a la unidad de un fin conductor, debe [5] imperar la razón práctica en la forma de la consecuencia racional. ¿No hay, se podría preguntar, normas formales y universales que legislen la razón práctica, es decir, la razón en la elección y adecuación de los medios? ¿Y estas no apuntan ya a una disciplina técnica universal más allá de todas las disciplinas técnicas particulares?

En tanto tal, esta disciplina técnica se extendería desde la consecuencia práctica, en una universalidad formal, a todas y cada una de las acciones que puedan ser determinadas a partir de fines concretos. En esto, hay que tener en cuenta que nunca puede haber un único fin concreto que determine de modo exclusivo a un ser humano. El individuo puede tener un fin profesional que, en efecto, impere a lo largo de toda su vida, pero no es el único fin que lo determina. El estratega, por ejemplo, además de su fin profesional, tiene otros fines, fines privados; y, también más allá de su vida práctica profesional, el ser consecuente en la práctica, en cuanto exigencia de la razón, debe también dominar en la multiplicidad de fines y de actividades vinculadas con ellos.

Sin embargo, por más correcto que se muestre este pensamiento y por más necesario que sea poner en evidencia las leyes formales de la consecuencia práctica, de ello no resultaría una ética en sentido propio y menos una ética formal. En todo caso, el pensamiento determinante para la caracterización tradicional de la disciplina técnica ética era otro, a saber: toda disciplina técnica particular toma de la praxis general de la vida humana algún género de fines humanos como predados. Toda disciplina técnica particular trata cada fin director supremo, tal como la estrategia trata la guerra o la ciencia médica la salud, como si fuera simplemente un fin último y valioso por antonomasia. En todo caso, no se pregunta ni se considera si y en qué medida es en verdad un fin digno de aspiración. Pero así como todos los juicios, todos los enunciados teóricos que llegan a posición afirmativa en la actividad del pensamiento, están sujetos a preguntas sobre la legitimidad de la verdad y la falsedad, así también todos los fines que llegan a la posición voluntaria en el querer están sujetos a preguntas sobre la legitimidad. Si la voluntad pone el fin y el medio, entonces también estos tendrían que calificarse como proposiciones de la voluntad, en paralelo con las proposiciones que realiza el juzgar teórico y que se destacan lingüísticamente como proposiciones enunciativas. Y por ambas partes, en las proposiciones judicativas y en las volitivas, hablamos, de modo paralelo pero manifiestamente no en sentido idéntico, de corrección [Richtigkeit] [6] e incorrección [Unrichtigkeit], también de valor y desvalor; generalizando, hablamos de verdadero y falso. Es completamente usual hablar de fines y de medios verdaderos y falsos. Se llama normativas a tales preguntas, apreciaciones o decisiones dirigidas a la corrección e incorrección, al valor y desvalor.

Debe haber, pues, este es el pensamiento conductor, una ciencia normativa que abarque con la mirada los fines humanos de una manera universal y que los juzgue desde un punto de vista normativo universal; en otras palabras, que investigue si los fines son como deben ser. Esta ciencia no se dirige a meras cuestiones de hechos, a cuyos fines y, ante todo, fines últimos aspiran fácticamente los seres humanos y a los que considera, en universalidad, como géneros de fines últimos superiores, sino que está dirigida a preguntas sobre la legitimidad, preguntas sobre el valor: ¿ se debe aspirar a tal clase de fines, merecen que se aspire a ellos?

Como se puede ver desde un principio, aquí aparece la pregunta acerca de si y en qué medida, frente a la multiplicidad de fines que un agente se propone o se puede proponer y entre los cuales elige o puede, respectivamente, elegir, hay un fin que no sea solo de hecho, sino que sea legítimamente un fin último y superior. También aparece la pregunta acerca de si, según ello, el ser humano no está sujeto a la exigencia de un deber4 absoluto, de una obligación absoluta, en la medida en que debe existir para él, en toda situación, quizás para la unidad de toda su vida activa, un fin último pura y simplemente exigido, es decir, no solo superior en el sentido del fin último relativamente mejor, sino en el sentido del fin únicamente correcto para él. De acuerdo con esto, todos los otros fines admisibles serían meramente derivados de este; se convertirían, entonces, en particularizaciones o en medios. Y con ello, la entera vida de la voluntad del ser humano estaría absoluta y unitariamente regulada por normas de la razón práctica.

La pregunta determinante para la posibilidad de una disciplina técnica ética es, entonces, la siguiente: ¿hay principios universales, leyes normativamente supremas, según los cuales todas las metas de la voluntad y, en especial, todos los fines últimos posibles se dividen ante la razón en correctos e incorrectos y que todos los fines humanos particulares tengan que satisfacer a priori para que, en general, puedan ser considerados como legítimos? ¿Hay normas del proponer fines y del actuar que el ser humano, el cual elige ya entre fines juzgados como positivos en sí y para sí, deba satisfacer, por consiguiente, [7] normas de la preferencia correcta, normas cuya infracción signifique para el agente el reproche práctico de que eligió lo que no debía elegir, que hizo lo que no tenía permitido hacer? ¿Hay, por razones legales de principio, un unum necessarium para cada agente? ¿Está sujeta toda vida volitiva de una persona, tomada en su unidad universal en conformidad con estas razones, a una legislación regulativa que, en tanto idea, traza de antemano la vida éticamente buena y se traduce en una cadena de acciones en la que cada acción estaría caracterizada como absolutamente debida?

La conducta universal de los seres humanos parece hablar a favor de ello. Estos se hacen constantemente la misma pregunta de conciencia, como si permanentemente tuvieran esta convicción solo que sin formularla: «¿Qué debo hacer, qué exige de mí mi situación vital como lo debido aquí y ahora?». Y con ello, también formulan enunciados universales que captan todas las peculiaridades de las situaciones, como «¡No te dejes arrastrar por las pasiones!», «¡Haz todo lo que puedas según tu leal ciencia y conciencia!». Si esto es correcto y lo asumimos como tal, sin dejarnos confundir por el escepticismo ético, entonces debe haber una disciplina suprema práctica y normativa que nos procure, en la universalidad científica sobre los principios y las normas que han de derivarse de ellos, la apreciación5 de lo sencillamente debido en cada caso y que, a partir de ahí, siguiendo la típica de las situaciones prácticas posibles, nos provea de prescripciones prácticas sobre cómo regir nuestra vida según ellas y que nos acerque lo más posible a la idea de una vida ética buena y a cómo podemos realizarla según su posibilidad.

Quizá se haga manifiesto que este razonamiento no es suficientemente radical. Quizá esta determinación de la ética como disciplina técnica del actuar correcto no es la última palabra que hay que decir sobre esto, así como la determinación de la lógica como disciplina técnica del conocimiento tampoco es lo último y lo mejor que hay que decir sobre el conocimiento. De todos modos, aunque no es lo último que decir, es algo que tiene su valor; esto significa que, de todas maneras, es claro desde el principio que tales disciplinas técnicas tienen su buen sentido y derecho; por eso, podemos muy bien tomar como punto de partida para la ética (con la precisión realizada) este modo de delimitación y definición de tareas preferido desde antiguo.

[8] §2. Aclaraciones complementarias a la determinación conceptual de la ética en tanto disciplina técnica

a) Sobre la delimitación del ámbito de objetos de las apreciaciones éticas. La persona y su carácter en la apreciación ética

Ahora sería aún necesaria como complemento la consideración de la pregunta acerca de cómo podemos satisfacer ciertas representaciones que, para nosotros, se vinculan usualmente con la palabra «ética». Llamamos «éticas» no solo a las voliciones y acciones, incluidas sus metas, sino también a las disposiciones morales de fondo6 que permanecen en la personalidad en tanto direcciones habituales de la voluntad. Llamamos, además, «éticos», de modo más diferenciado, éticamente loable o rechazable, éticamente positivos o negativos, también a los simples apetitos, deseos, o a sus fines en cuanto tales, y además a otros sentimientos y afectos. Así, llamamos a varias clases de alegría o tristeza «bellas», nobles, malas, viles, vulgares y vemos en ellas predicados éticos; y lo mismo sucede con las disposiciones de fondo correspondientes, con las direcciones habituales del sentimiento como el amor y el odio. De este modo, apreciamos todas las propiedades emocionales habituales y, en resumen, el «carácter» total de una persona como ético o éticamente reprobable, tanto el carácter innato como el adquirido, y, así, finalmente y de modo del todo particular, a la persona misma.

Una ética, en cuanto disciplina técnico-práctica según la definición dada, puede satisfacer fácilmente todo esto. La unidad de la asignación de la meta, que atraviesa la unidad de una vida humana en la forma ética de la exigencia absoluta del deber, tiene una relación esencial con la unidad de la personalidad, en la medida en que es la personalidad la que en el querer, quiere, en el actuar, actúa y en la medida en que sus propiedades caracteriales condicionan, de modo manifiesto y conforme a la experiencia, conjuntamente las direcciones de la voluntad. Pero, de manera contraria, también todo nuevo acto de la voluntad obra retroactivamente sobre el carácter, deja un sedimento en el ámbito de lo habitual que, por su parte, después obra, nuevamente, en la praxis futura; por ejemplo, toda buena voluntad, todo acto de superación ética de sí mismo, eleva en el alma el fondo habitual de energía para nuevas obras buenas, así como toda voluntad mala lo disminuye.

Se comprende, por tanto, que la apreciación ética de la voluntad, respectivamente, de las metas de la voluntad, se trasponga a las correspondientes propiedades habituales de la [9] personalidad e incluso al sustrato de disposiciones [Dispositionen] útiles o desventajosas, y que estas conserven predicados éticos derivados. Se comprende que, en el estrecho nexo de motivación entre querer y desear, entre el valorar [Werten], entre las tomas de posición emotivas y los estados anímicos de todo tipo, también estos, y con frecuencia de modo fuertemente acentuado, sean éticamente aprobados o reprobados. Un amor noble, en tanto acto individual o en tanto dirección emotiva permanente, no puede contener en sí mismo nada del desear o del querer, pero es apto para motivar a la voluntad. Cuando el amor hace esto, la voluntad, en tanto determinada por lo noble, es ella misma noble. Y, manifiestamente, esto entra en consideración, de modo completamente esencial, para la pregunta acerca de lo absolutamente debido.

Finalmente, se comprende en general que las apreciaciones éticas, en cuanto están determinadas en primer lugar por la voluntad y sus contenidos inmanentes, están unidas inseparablemente con las apreciaciones de la personalidad según todas sus propiedades caracteriales y según su entera vida psíquica. Esto también se muestra desde el siguiente punto de vista universal: en la medida en que es propio de una personalidad como tal la capacidad de autovaloración, autodeterminación y autoeducación, y, con esto, también la capacidad de dejarse conducir conscientemente en la configuración de sí mismo por las normas del deber ético, en esa misma medida, todas las propiedades de una persona, también las intelectuales, caen manifiestamente en su ámbito ético propio. Todas tienen, de modo reconocible, valores que admiten un más y un menos, y grados de valor. Pero la autovaloración motiva el curso de la autoeducación. Así, la capacidad científica, en tanto fuente permanente de bienes auténticos de la personalidad (o sea, de su conocimiento teórico), es un bien alto, pero aún no es un bien ético en y para sí. Sin embargo, en todos los casos de elección de una profesión en los que la habilidad científica compite con otras habilidades que han de ser aprovechadas, teniendo en cuenta también el talento propio, la profesión se convierte en objeto de valoración ética. La pregunta ética concreta «¿cómo debo configurar mi vida como una vida verdaderamente buena?» incluye, entonces, en sí la pregunta «¿es asunto mío, es lo absolutamente debido para mí seguir la profesión científica o, más bien, seguir una profesión práctica?», y otras preguntas similares.

[10] b) Sobre la delimitación de la ética y la moral

Pero ahora es tiempo de considerar una duda que quizás se ha despertado en ustedes hace bastante tiempo. ¿Está convenientemente delimitada nuestra idea de ética, teniendo en cuenta que se suele identificar con la filosofía moral?

Sin embargo, quizás precisamente este ejemplo nos hace dudar; y aquí se hará tangible para nosotros una peculiar impronta del concepto de «ético». A menudo empleamos las palabras «ético» y «moral» como equivalentes. Referimos, de modo indudable, la última palabra a las disposiciones y acciones de un amor puro por la humanidad, especialmente, por tanto, en las relaciones prácticas en las que aquello que deseamos y a lo que aspiramos de modo práctico para nosotros mismos (y aquí también se trata de bienes puros y auténticos) entra en competencia con lo que desean nuestros prójimos o con lo que, para ellos, es digno de ser deseado; y lo mismo, naturalmente, para lo que tiene valor negativo. En sentido específico, entonces, es inmoral toda disposición y actuación fruto del egoísmo, de la maldad, de la difamación, etc.; asimismo, todo daño consciente a la comunidad, traición a la patria, fraude y así sucesivamente. Se pregunta, pues, lo siguiente: la dedicación a la vocación científica o artística, para quien está «verdaderamente llamado» a ella, para quien, precisamente, reconoce ahí su deber absoluto, ¿se caracteriza, por ello, como lo debido por y en la medida en que beneficia a su prójimo, a su comunidad, finalmente, a la humanidad y quiere hacer lo debido y lo hace en virtud de tal disposición amorosa?

Pero ¿cuál era el pensamiento de fondo que dirigía nuestra definición de la ética? Dicho en pocas palabras, es el siguiente: ética es la disciplina técnica del actuar correcto o, ya que un actuar correcto es el que apunta a fines justos, la ética es la disciplina técnica de los fines que nuestro actuar debe legítimamente perseguir. Pero si es verdad que en toda situación está trazado de antemano para cada agente un único fin como el unum necessarium, en cuanto el único que debe ser querido, entonces la ética es la disciplina técnica que se refiere a este absolutamente debido o que se refiere a la exigencia absoluta de la razón práctica. Con todo esto, se definía un concepto de lo ético, un encuadramiento universal de la corrección e incorrección éticas, en el que evidentemente no se hablaba de lo moral en el sentido acostumbrado del término [11], mientras que, no obstante, el lenguaje usa por regla general las palabras ético y moral como equivalentes. ¿Coinciden ambos conceptos, al menos, en su extensión? Esto significaría lo siguiente: siempre que planteemos a nuestras decisiones de la voluntad y, por lo tanto, también a las acciones, la pregunta por la corrección absolutamente práctica, una decisión de la voluntad, en cuanto absolutamente debida, puede acreditarse solo si su fin final, o sea, el último, el que determina todo actuar, tiene el título de amor al prójimo, si bien puede realizarse más tarde una definición más precisa.

Algunos ejemplos muestran que esta posición tiene dificultades. Un aspirar científico o artístico, por tanto, justificado por motivos del deber absoluto, sería entonces ético solo si su motivo determinante último fuese el noble apoyo a nuestros «prójimos», eventualmente, aprehendido de modo más generoso como el bien de la más amplia y vasta comunidad, de la nación, de la humanidad, en la cual, sin embargo, no podemos incluirnos, por ejemplo, como aquellos que reciben un beneficio. Y lo mismo pasaría con todas las acciones en las que, siguiendo los estímulos de los sentimientos sensibles, hacemos posible la conservación de nosotros mismos. Solo gracias a la posibilidad de vivir, por medio de nuestra autoconservación, una vida de amor al prójimo, podríamos, por ejemplo, concedernos legítimamente una comida sabrosa.

Estas dificultades, que no pueden encontrar aquí obviamente una solución efectiva, no son tales que puedan perjudicar de alguna manera nuestra determinación conceptual de la ética. Si solo es seguro que hay un deber normativo absoluto referido a todo querer y actuar posibles, entonces también está evidentemente legitimada la idea de una disciplina técnica superior referida a ello. Es claro, sin más, que una ética definida así, de manera científica, tendría que tratar todos los géneros de bienes prácticos que puedan presentarse con el carácter de deber absoluto; también, por tanto, el ámbito del amor al prójimo que, sin duda, tiene un alto rango, si no el superior. Pero si lo tiene en el sentido de que todo otro bien práctico deriva su valor del deber absoluto del amor al prójimo, esto confiará una disciplina técnicoética en nuestro sentido legítimo a una específica investigación ética. En todo caso, nuestra definición tiene la ventaja de que, en su universalidad formal, no prejuzga en nada lo absolutamente debido a favor de una determinación cualquiera del contenido [12] mediante esferas particulares de bienes, y señala solo el marco de definición para todas las posibles investigaciones de contenido.

c) Sobre la diferencia entre ética individual y ética social

Aún tenemos que considerar una última objeción a nuestra definición de la disciplina técnica ética en la que, seguramente, más de uno de ustedes habrá pensado. Se puede preguntar: ¿hace justicia dicha definición a la diferencia, que sin duda ha de tenerse en cuenta, entre ética individual y ética social? A fin de cuentas, ¿no delimita esta solamente a la primera, esto es, a la ética individual? Sin embargo, nuestra definición conceptual no necesita ser entendida así, si la comprendemos adecuadamente y admitimos, en tanto sujetos humanos que actúan, no solo a los seres humanos singulares, sino también a las comunidades humanas, tal como, por ejemplo, Platón describía al Estado como un gran ser humano. Pero aquí necesitamos decir algo más preciso sobre el conjunto de nuestra concepción.

Como campo de actividad posible, todo ser humano se tiene a sí mismo y a su mundo circundante, y ahí se encuentra, y no por razones contingentes, como miembro de comunidades más o menos amplias. Como miembro, vive en parte una vida específicamente comunitaria, es decir, en funciones espirituales y, entre estas, funciones del actuar, las cuales ejerce conscientemente como funcionario de la comunidad, por ejemplo, en el Estado como ciudadano en relación con ciudadanos, como empleado, como soldado. Pero en parte vive, aunque no deje de ser miembro de sus comunidades, una vida extracomunitaria, en la que tales funciones sociales motivadoras no son cuestionadas: como cuando, para su propia instrucción o edificación y no para la preparación de una clase, lee un libro o toma su almuerzo, etc. Todo esto, sin embargo, puede llegar a ser éticamente relevante y, entonces, ser cuestionado desde el punto de vista de lo absolutamente debido, y <ello> en universalidad científica, en la medida en que existe, más allá de la múltiple forma infinita de las circunstancias contingentes concretas, una legalidad normativa y práctica según la cual se puede apreciar el caso individual.

Además, es claro que las preguntas éticas pueden ser planteadas no solo a los miembros de una comunidad, sino también a las comunidades mismas. También es claro que [13] las comunidades pueden ser valoradas éticamente. Esto es obvio en la medida en que las comunidades son vistas como medios para la consecución de los fines que sus miembros se ponen. Pero las comunidades también pueden, en buen sentido, tomar el carácter de personalidades de orden superior, de manera que se hable con sentido de la voluntad de la comunidad frente a la voluntad de los individuos. Según esto, por ejemplo, se podrá y se deberá hablar también de una ética nacional. Las naciones, tanto en su vida propia como en su trato con otras naciones, estarán sometidas a normas éticas. En todo caso, si una ética en general tiene legitimidad en cuanto disciplina práctica y normativa, también se debe considerar con anticipación una ética de la comunidad.

§ 3. La pregunta por el criterio de distinción entre disciplinas técnicas y ciencias teóricas. El problema de la delimitación del interés teórico respecto del práctico a partir de Brentano

Después de haber esclarecido, en primer lugar y legitimados en cierto modo por la tradición más antigua, la definición de la ética como disciplina técnica y de haber reconocido su derecho evidente, regresamos a la duda ya insinuada acerca de si el punto de vista de la disciplina técnica es radicalmente determinante para el tratamiento de los problemas específicamente propios de la ética tradicional, problemas que son tales que no pueden encontrar su lugar en ninguna otra disciplina científica.

Con esto, iniciamos una consideración de gran envergadura filosófica, que tiene su paralelo exacto en una consideración que realicé en el primer tomo de mis Investigaciones lógicas para la disciplina técnico-lógica y con la cual intenté dirimir la lucha contra el psicologismo de la lógica que se nos legó y, como consecuencia, contra el psicologismo teórico-cognoscitivo. De hecho, es necesario combatir hasta el final esta misma lucha contra el psicologismo ético y contra el psicologismo en la teoría de la razón práctica y en la teoría del conocimiento ético, así como, luego, en todas las esferas paralelas de la razón y [14] en las disciplinas filosóficas normativas. Y a estos ámbitos pertenece también, como elemento esencial, lo que ahora nos proponemos discutir aquí.

Ante todo, aquí se requiere una definición conceptual fundamental. ¿Qué caracteriza a una «disciplina técnica» y a su contrario, a saber, una ciencia teorética, una ciencia en el sentido preciso de la palabra? En este último ámbito, están, por ejemplo, las ciencias matemáticas, la física, la química, la biología, la lingüística y la literatura, y otras ciencias del espíritu. Ya di ejemplos para las disciplinas técnicas. Menciono aún aquí la cuestión de cómo podría, para las múltiples tecnologías físicas y químicas, ampliarse, según su sentido literal originario, el concepto de tecnología, de modo tal que signifique una disciplina técnica en general, de manera que también podamos hablar de tecnologías científico-espirituales, por ejemplo, de jurisprudencia práctica, de teología práctica y de pedagogía. La expresión «disciplina práctica» es también un equivalente de «disciplina técnica».

¿Qué distingue, entonces, las disciplinas técnicas (tecnologías o, también, disciplinas prácticas), por un lado, y las disciplinas teóricas, las ciencias en sentido preciso, por el otro? Ambas son disciplinas científicas, también lo son las disciplinas técnicas; pues no solo distinguimos la técnica misma y la disciplina técnica, sino que, según el uso lingüístico filosófico general, una disciplina técnica no significa lo mismo que una disciplina relativa a un oficio, por ejemplo, la descripción, útil para quien ejerce una técnica, de los medios técnicos, de las precauciones, de los movimientos en la práctica de la técnica, de las instrucciones puramente prácticas para el aprendiz, que no son gravadas con explicaciones científicas. Ahí donde las ciencias entran al servicio de fines prácticos y surgen métodos científicamente fundados para la consecución de estos fines, son posibles disciplinas técnicas de contenido científico. Estos ofrecen, por un lado, teoremas científicos con sus fundamentaciones teóricas; por el otro, tratan de su adecuación a las situaciones prácticas concretas así como de todo lo que puede servir para fundamentar racionalmente un sistema de reglas lo más fecundo posible para las efectuaciones conformes a los fines requeridos.

Después de esta clarificación, podemos acercarnos a la respuesta a nuestra pregunta. En sus altamente significativas e influyentes [15] lecciones de la Universidad de Viena sobre filosofía práctica, que aún después de cuarenta años recuerdo con mucha gratitud, Franz Brentano responde de la siguiente manera7: las disciplinas científicas de todo tipo, sean ciencias teóricas o disciplinas técnicas, no son composiciones arbitrarias de conocimientos. En todas ellas, dominan una unidad y una cohesión ordenada. Pero el principio de unión y de orden es en ambas, en las ciencias teóricas y en las disciplinas técnicas, diferente. En las ciencias teóricas, el principio unificador es la unidad de un interés teórico; en las disciplinas técnicas, en cambio, lo es la unidad del interés práctico, la referencia a un fin por realizar de modo práctico.

Brentano añade que esto explicaría por qué en una ciencia teórica solo se unifican conocimientos homogéneos, objetivamente interconectados, mientras que en una disciplina práctica frecuentemente llegan a una unidad conocimientos completamente heterogéneos. La unidad del interés teórico se extiende, pues, tanto como la interconexión objetiva de causa y efecto, que une solo lo que es homogéneo. Donde, sin embargo, se trata de realizar un fin (y naturalmente un fin tan elevado que requiere un medio complejo) y de reunir en conformidad con él todas las verdades científicas cuyo conocimiento podría ser de ayuda a esta realización, ahí tales verdades pueden ser completamente heterogéneas. En sí, toda verdad tendría su lugar teórico en una ciencia teórica. Sin embargo, en relación con diferentes fines guía, la verdad puede ser útil tanto para esta como para aquella disciplina técnica, y esta utilidad no cuestiona la interconexión interna. Quien escribe, desde el punto de vista práctico, un manual para arquitectos recurrirá, naturalmente, a elementos de la matemática, física, química, estética, etc.; hablará también de los materiales de construcción, interviniendo, entonces, en el estudio de las piedras, <hablará> de las reglamentaciones para la construcción, etcétera.

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