Kitabı oku: «El código del capital», sayfa 13
V. Cercar el código de la naturaleza
Los capítulos anteriores han mostrado cómo un puñado de módulos legales han sido usados creativamente a lo largo de los siglos para codificar diversos activos como capital, empezando por la tierra, un recurso que existe fuera de la ley, pero pasando rápidamente a activos que deben su existencia misma enteramente al derecho: las acciones y bonos corporativos que se discutieron en el capítulo 3 y los pagarés, letras de cambio, rmbs y odg que encontramos en el capítulo 4. En este capítulo descubriremos que el código legal también puede ser utilizado para codificar el conocimiento, incluyendo el código mismo de la naturaleza, al cercarlo legalmente para excluir a otros. La mayoría de los derechos de propiedad intelectual son de duración limitada, así que la fuente de riqueza que crean se agotará eventualmente. Con todo, hay formas de prolongar su tiempo de vida alterando algunas características de la invención original o recodificándolas con módulos legales que no tienen fecha de caducidad, como las leyes sobre secretos comerciales.
Los cimientos genéticos de la vida fueron descubiertos apenas en el siglo xix por el fraile y botánico Gregor Mendel. Para 1944 los científicos habían descubierto que el adn (ácido desoxirribonucleico) era el portador de la información genética y en 1953 James Watson y Francis Crick publicaron un artículo en el que describían la estructura de doble hélice del adn.[1] Su trabajo supuso un enorme avance en nuestra comprensión de la biología, herencia y evolución y les ganó a los dos científicos, junto con Maurice Wilkins, el Premio Nobel de Medicina en 1962. La investigación genética ha dado saltos enormes desde entonces. Cincuenta años después de la publicación de la doble hélice el Proyecto del Genoma Humano completó el mapa de la secuencia genética completa del homo sapiens, dándonos “la habilidad, por la primera vez, de leer completo el plano genético de la naturaleza para la construcción de un ser humano”.[2]
La carrera para convertir este conocimiento en activos que produzcan riqueza no esperó a que se conociera la secuencia completa. Arrancó décadas antes, conforme se registraban patentes para proteger las invenciones biotecnológicas. El gobierno de Estados Unidos, que financió el Proyecto del Genoma Humano en los Institutos Nacionales de Salud (ins), es responsable de mantener el genoma humano bajo dominio público, en vez de bajo el monopolio de quienes detentan las patentes. Con todo, trozos y piezas del código genético humano se han patentado, casi todas en Estados Unidos, cuyo régimen de patentes presume que creará un derecho de propiedad intelectual para “cualquier cosa bajo el sol creada por el hombre”[3] Esta perspectiva expansiva sobre los derechos de propiedad intelectual es el telón de fondo del agresivo cercado no solamente de nuestro descubrimiento del código de la naturaleza, sino de las habilidades y del conocimiento en otras áreas también.
En 1918 el juez Brandeis todavía podía sostener que “la regla general del derecho es que los más nobles entre los productos humanos —el conocimiento, las verdades ciertas, las concepciones y las ideas— se vuelven, después de la comunicación voluntaria con otros, libres como el aire para su uso común”.[4] En efecto, ¿por qué tendría alguien derechos exclusivos, aunque fuera solo temporalmente, sobre bienes que se mantienen intactos inclusive después de que alguien los hubiera usado? El conocimiento es, después de todo, un bien que no es rival en su consumo ni en su uso, para el que no puede haber una “tragedia de los comunes”. Más bien, todos deberían poder compartir el conocimiento que se ha acumulado a lo largo de los siglos. Sin embargo, menos de un siglo después de que el juez Brandeis escribiera esas sabias palabras, el cercado legal ha reducido los “comunes de conocimiento” mucho más de lo que podría haber imaginado.[5]
Las batallas en torno a los cercados legales siempre empujan los límites de las fronteras existentes, como hemos visto en el caso de las batallas por el cercado de la tierra en Inglaterra y sus colonias. Una vez que el código genético fue descubierto no tomó mucho tiempo para que la Suprema Corte se enfrentara a la pregunta de dónde trazar la línea tras la cual el código legal propio de la naturaleza quedaba marcado para el cercado legal.[6] El primer caso importante fue sobre la creación sintética de bacterias con la capacidad de degradar el petróleo crudo. Estas bacterias existen en la naturaleza, pero no en esta forma adaptada con ingeniería genética. La corte confirmó la patente.
Finalmente, en 2013, sesenta años después de que Watson y Crick publicaron su artículo sobre la estructura del adn y diez años después de que se completara el proyecto del genoma humano, la Corte Suprema de Estados Unidos tuvo que decidir si los genes humanos sin alteración eran patentables —es decir, si el código virgen de la naturaleza podía ser legalmente cercado con el efecto de otorgar a quien detentara la patente derechos de prioridad sobre el resto de la humanidad—.[7] La respuesta de la Corte fue un “no” unánime, pero con matices. No planteó la cuestión normativa fundamental sobre la patentabilidad de los genes. En vez de eso asumió una interpretación literal de la Ley de Patentes, que se promulgó originalmente en 1790 y que en su versión actual establece que “quienquiera invente o descubra cualquier proceso, máquina, manufactura o composición de materia o cualquier mejora que sean útiles y nuevos puede obtener una patente sobre ellos, sujeto a las condiciones y requisitos de este título”.[8]
El estatuto enfatiza la novedad y utilidad e incluye no solamente las invenciones originales sino también las “mejoras”, un concepto que hemos encontrado en el contexto del cercado de tierras en las colonias. Este lenguaje es amplio, dejando al poder judicial la tarea de vigilar las fronteras exteriores de patentabilidad, que la Suprema Corte ha estipulado como “leyes de la naturaleza, fenómenos naturales e ideas abstractas”.[9] Estas excepciones pueden ser evidentes en sí mismas, pero las fronteras no lo son. Una secuencia completa de genes puede ser parte de la naturaleza, pero si los humanos aíslan solamente partes de la misma, ¿sería eso patentable? ¿Y si los técnicos de un laboratorio replican el ingenio de la naturaleza y la alteran solamente un poco, por ejemplo, cortando la secuencia donde la naturaleza no lo haría?
Es aquí donde la Suprema Corte de Estados Unidos marcó un límite en 2013. Meramente aislar una secuencia de adn sin mayor cambio o alteración hecha por el hombre entra en la excepción de la ley de la naturaleza y por tanto no es patentable. En contraste, la creación sintética de ADNc, que no ocurre exactamente en esa forma en la naturaleza, fue considerada patentable. Los jueces no se conmovieron cuando algunos científicos sostuvieron que la diferencia que hacían en la ley tenía poco sentido en la ciencia. “La secuencia nucleótida del adnc”, afirmaron, “es dictada por la naturaleza, no por el técnico de laboratorio”.[10] En vez de ello, la Suprema Corte se dio por satisfecha con que los humanos generaran un adn sin intrones y por tanto hubieran creado una molécula con solamente exones. No importó ni siquiera que estas moléculas sin intrones se presentaran en el arn mensajero (mrna), del que el adnc es una copia exacta, solamente que escrito en adn.
La Corte también pasó problemas en su decisión de señalar que el veredicto en este caso no se refería a la patentabilidad de alteraciones científicas de los genes humanos.[11] Esto podía entenderse como una invitación a los privados a que probaran las fronteras de la emisión de patentes genéticas en casos futuros. La Corte marcó un límite, pero no cerró la puerta a desafíos futuros.
¿La decisión de quién?
En un artículo de opinión titulado Mi decisión médica la actriz Angelina Jolie reveló en mayo de 2013 que se había sometido a una doble mastectomía.[12] Ella tomó esa difícil decisión después de una prueba genética que confirmaba que tenía brca (el gen de la susceptibilidad al cáncer de pecho) tipo 1, que aumentaba enormemente las probabilidades de que padeciera algún tipo de cáncer de mama. Si bien una mujer promedio tiene un riesgo del diez o quince por ciento, se estima que su riesgo era de 87 por ciento, junto con un riesgo más alto de padecer también cáncer de ovario. El artículo era muy personal; hablaba de su madre, que murió a los 56 años de cáncer de mama, de sus hijos, de su marido y de su propia cirugía y recuperación. Solamente al final del texto Jolie se refirió de refilón a una batalla más amplia que tenía lugar en el trasfondo: la batalla sobre la privatización de las pruebas genéticas privadas. Los costos de hacer una prueba genética para detectar brca, unos tres mil dólares, sugería ella, estaban muy por encima de los medios de muchas mujeres a las que, por tanto, se les negaba la opción que ella tuvo.
Lo que no dijo fue que la cuota de tres mil dólares por la prueba genética se fue a una compañía que tenía varias patentes sobre la secuencia del brca y que había monopolizado el mercado de pruebas genéticas en Estados Unidos, inclusive cuando las pruebas sin patentes disponibles antes de que se patentara el brca costaban apenas cien dólares.[13] Fue con esta patente que la Suprema Corte de Estados Unidos tuvo la oportunidad de determinar la patentabilidad de los genes humanos en el caso antes mencionado. Las audiencias ya habían tenido lugar en abril de 2013, y la decisión se anunció en junio de 2013.
La historia de fondo de esta disputa legal es curiosa y fascinante, porque muestra una lucha más por un cercado, esta vez no de terrenos, ni de habilidades o know-how humanos, sino del código mismo de la naturaleza.[14] Myriad Genetics aparece en esta historia como el terrateniente que prohibió a los comuneros entrar a la tierra que habían compartido en el pasado.[15] Es una sociedad anónima con acciones en bolsa ubicada en Salt Lake City.[16] La compañía la constituyó en 1997 el doctor Mark Skolnick, un miembro de la facultad de la Universidad de Utah, junto con un grupo local de inversión de riesgo. El financiamiento de la compañía llegó apenas después de la publicación de un artículo científico muy innovador que demostraba que el cáncer de mama estaba ligado a un gen e identificaba su ubicación, aunque no su secuencia.[17] Este avance fue posible gracias a un enorme esfuerzo científico colaborativo, el Consorcio Internacional sobre los Vínculos del Cáncer de Mama, en el que participaron cientos de científicos, apoyados principalmente por becas y donaciones de gobiernos.
Lo que seguía era identificar la secuencia precisa y los Institutos Nacionales de Salud de Estados Unidos ya habían financiado una importante investigación buscando hacer justo eso. El doctor Skolnick detectó una oportunidad y urgió a los inversionistas privados a poner su dinero detrás de sus propios esfuerzos para ganarle la carrera al consorcio. Los científicos académicos, evidentemente, compiten todo el tiempo —claro, siempre que las patentes u otras restricciones similares no les impidan hacerlo—. Sus premios son la publicación en una revista académica de punta, como Nature o Science, el reconocimiento de sus pares y un mejor acceso a los ciclos futuros de financiamiento y de ascensos. El doctor Skolnick y los capitalistas de riesgo que él movilizo, sin embargo, iban tras otro premio: las utilidades que obtendrían si se adueñaban de la patente del gen del cáncer de mama.
En septiembre de 1994, Myriad y sus colaboradores anunciaron que tenían la secuencia y Myriad rápidamente procedió a patentarla. Pocos años después recibieron también una patente sobre brca2. Del otro lado de la batalla estaban los científicos sobre todo académicos que invertían tiempo y esfuerzo pagados por sus universidades, laboratorios de investigación y donaciones públicas y privadas para investigar los defectos genéticos que subyacen enfermedades importantes.
Varias clínicas ya habían ofrecido antes pruebas del brca a mujeres con un historial familiar de cáncer de mama. Eran los comuneros del conocimiento, por decir así. En poco tiempo, sin embargo, se vieron ante el equivalente legal de los cercos y verjas que los terratenientes ingleses erigieron contra los comuneros en el pasado. Después de que ciertas aperturas amistosas a firmar acuerdos de permiso colaborativos, pero con un alcance limitado para la investigación y para compartir información con los pacientes, no hubieran rendido ningún fruto, Myriad contrató a un despacho legal que emitió órdenes de cesación a las clínicas en la Universidad de Pennsylvania, la Universidad de Nueva York y el Proyecto de la Red de Genética del Cáncer, entre otros, amenazando con demandarlos si no cumplían con la patente que la compañía recién había registrado.
Para las patentes no hay un equivalente de derribar muros y sembrar los terrenos que el terrateniente dice que son suyos. Las patentes son creaturas legales y por tanto el único campo de batalla es una corte. Así, los comuneros unieron sus fuerzas para entablar un pleito legal para dejar sin validez las patentes de Myriad. El principal quejoso fue la Asociación de Patología Molecular. Entre los demás estaban el Colegio Estadounidense de Genética Médica y la Sociedad Estadounidense de Patología Clínica, además de varios doctores y científicos que recibieron las órdenes de cesación de Myriad y se habían visto forzados a dejar de ofrecer pruebas a los pacientes y a descontinuar investigaciones vinculadas con el tema. No fue una batalla fácil. La corte del distrito dio la razón a los científicos, pero la corte de apelaciones se la dio a Myriad. Los quejosos tuvieron que llevar la batalla hasta la Suprema Corte, donde finalmente vencieron.
El veredicto sorprendió a muchos expertos en patentes que se apoyaban en el hecho de que la Oficina de Patentes de Estados Unidos había patentado secuencias genéticas con mucha liberalidad por más de dos décadas. Myriad inclusive argumentó que la Corte debía tener cierta deferencia para con la Oficina de Patentes, pero sin éxito. La Suprema Corte hizo valer su prerrogativa de determinar el significado de la Ley de Patentes de Estados Unidos y de aplicarlo a nuevos desarrollos tecnológicos. Con todo, el resultado positivo para los quejosos tuvo poco efecto en el resto de patentes que se habían otorgado con anterioridad y que ahora entraban potencialmente en conflicto con el veredicto. A menos que los quejosos privados movilicen sus recursos para atacarlos en la corte uno por uno, estos monopolios seguirán cercando el código de la naturaleza para enriquecer a quienes detentan las patentes y a sus accionistas[18] y ellos seguirán invocando el argumento, que ha sobrevivido al paso de los años, de que sin recompensas financieras este tipo de innovaciones no ocurrirían. La historia de fondo del caso brca, sin embargo, muestra lo contrario: hay muchos científicos, gobiernos y fundaciones privadas dispuestas a invertir sus recursos para descubrir las causas de raíz de enfermedades devastadoras y para entender las leyes de la naturaleza. En efecto, la ciencia básica tiende a ser financiada por los gobiernos, no las empresas privadas, pues los retornos de estas inversiones son muy difíciles de predecir. Los emprendedores privados esperan con paciencia a que lleguen descubrimientos que puedan ser rentables y, con la ayuda del código legal, que puedan convertirse en capital.[19]
Dado el valor monetario de las patentes habría sido de esperar que la pérdida de sus patentes supusiera un duro golpe a Myriad. En realidad, la empresa sufrió un golpe financiero menor de lo que se hubiera esperado. La razón es que entre 1994, cuando se registró la primera patente, y 2013, cuando las patentes únicamente sobre el adn fueron invalidadas, Myriad había construido un monopolio sobre las pruebas de cáncer de mama brca. La empresa sostiene que su prueba era el nuevo “estándar dorado”, pero otros ven las cosas menos color de rosa, y sostienen que el monopolio impidió que pruebas mejores ganaran preeminencia. Sea como sea, entre 1997 y 2013 Myriad “vendió en torno a un millón de pruebas y generó dos mil millones de dólares en ingresos, de los que el ochenta por ciento venían de su producto de Análisis rca”.[20] Los ingresos en 2017, cuatro años después de que el gen brca fuera invalidado, estaban en 771 millones de dólares, 74 por ciento de los cuales se atribuía en los reportes financieros de la empresa a “pruebas de cáncer hereditario”.[21]
La Constitución de Estados Unidos otorgó al Congreso el poder de “fomentar el progreso de la ciencia y las artes útiles, asegurando a los autores e inventores, por un tiempo limitado, el derecho exclusivo sobre sus respectivos escritos y descubrimientos”.[22] Con ello reconoce que los derechos de propiedad intelectual son creaturas del derecho y adjudica el poder de definirlos al Congreso. La justificación para crear estos monopolios temporales es incentivar al inventor o artista al permitirles capturar plenamente el valor monetario de su creatividad, por temor de que de otra forma se apropiarían de actividades que podrían ser de un enorme valor social. Con todo, la creatividad humana ha sido impulsada durante milenios por motivos distintos de las ganancias monetarias. Inclusive con un sistema de derechos de propiedad intelectual comprehensivo la mayoría de los autores, compositores e inventores reciben apenas un ingreso diminuto por su creatividad. Los beneficiarios principales de los monopolios legales que crean los derechos de propiedad intelectual son las corporaciones que extraen dividendos de las patentes para el beneficio financiero de sus accionistas.[23] De hecho, la mayor parte de las patentes en Estados Unidos no las registran individuos sino sociedades anónimas, creaturas del derecho que no tienen ni poder intelectual ni creatividad por sí mismas. Entre 2002 y 2015 se otorgaron más de 4.6 millones de patentes en la Oficina de Patentes de Estados Unidos a tenedores de patentes estadounidenses y extranjeros. En torno al doce por ciento fueron para individuos, menos del uno por ciento para gobiernos y 43.5 por ciento para empresas extranjeras y 44.1 para empresas estadounidenses.[24] Estos números resaltan el hecho de que el poder de las patentes está más asociado al uso comercial que a la gratificación por la creatividad.
Otorgar monopolios es siempre crear ganancias para unos (los monopolistas) y costos para los demás. Puede justificarse en circunstancias excepcionales, pero requiere que se haga un cuidadoso acto de equilibrio entre los costos y beneficios en ambos lados de la ecuación. Los costos sociales de cercar el conocimiento pueden ser enormes porque el control sobre el conocimiento es monopolizado aunque podría beneficiar a todos sin robarle nada al inventor. Sin embargo, los Estados han apoyado el cercado del conocimiento y han encargado a los amos del código y a los servidores públicos en las oficinas de patentes que patrullen sus fronteras, con apenas una supervisión esporádica por parte de las cortes.
Capital intangible
Al fin, los economistas han descubierto que el capital no es una cosa sino una cualidad, aunque muchos no lo sepan todavía. En un libro reciente titulado Capitalismo sin capital, Haskel y Westlake sostienen que el valor de mercado de las principales corporaciones del presente no está determinado por los activos físicos que poseen y usan para producir bienes, sino por intangibles: las patentes, derechos de propiedad intelectual y marcas registradas que poseen, y por las campañas y procesos empresariales que han desarrollado.[25] Sin embargo, los autores limitan la definición de capital a las cosas físicas que se pueden ver y tocar, y por tanto concluyen que vivimos en un mundo nuevo de fantasía en el que hay capitalismo sin capital.
Esto pasa cuando uno se apoya en la apariencia exterior de las cosas e ignora el código que determina cómo se ven, pues las apariencias pueden ser engañosas. Haskel y Westlake no ignoran la ley y en su libro inclusive compilan una tabla que enlista las variantes de intangibles y los ubican según su tratamiento en el derecho por un lado y en las cuentas nacionales por el otro.[26] Como ellos muestran, en torno a la mitad de las inversiones intangibles no son reconocidas en las cuentas nacionales, pero el derecho tiene una etiqueta para todas ellas, llamadas patentes, marcas, derechos de propiedad o una categoría que es un cajón de sastre, la de “otros”, que puede ser descifrada como secretos comerciales tanto como procesos empresariales. Con todo, los autores titubean a la hora de llegar a la conclusión obvia de que hay un vínculo poderoso entre el derecho y los intangibles, de que de hecho el derecho es el código fuente para convertir las ideas, habilidades, know-how e incluso los procesos en capital.
La reticencia de estos expertos contables para salir de su propia estructura de creencias resuena con la batalla personal del finado juez Scalia de la Suprema Corte de Estados Unidos en torno a la base científica del caso del brca contra Myriad. En una opinión paralela se distanció de la primera parte del veredicto de la Corte que detallaba el conocimiento científico sobre los genes como fuente de la vida. “No puedo afirmar esos detalles por mi propio conocimiento ni por mis propias creencias”, escribió el católico devoto.[27] Como expertos contables, Haskel y Westlake parecen incapaces de reconocer al derecho su rol central en la codificación del capital y, como resultado de ello, lo dejan fuera de la ecuación.
En términos más generales, los economistas y los contadores se han aferrado a la noción del capital como insumo físico, uno de los dos factores de producción, cuando en los hechos el capital nunca se ha tratado de una cosa, sino que siempre se ha tratado de su codificación legal. Nunca se trata solamente de insumos y productos: siempre se trata de la capacidad de capturar y monetizar las utilidades esperadas.[28] Los marxistas al menos sostienen que el capital es un concepto relacional, poniendo el énfasis en la relación de explotación entre el capital y el trabajo. Con todo, también ellos subestiman el papel del derecho en el proceso de creación de riqueza.[29] Al investir un activo con los módulos legales del capital, su tenedor obtiene un derecho sobre y por encima de otros y sus derechos y exigencias disfrutan de una mayor durabilidad y enfrentan menos obstáculos para asegurar las ganancias pasadas al convertirlas en dinero del Estado. Por último, estos derechos especiales son universales y, por tanto, pueden hacerse valer ante el mundo.
Las excepciones prueban la regla. Algunos economistas han reconocido que restringir el mundo a las cosas que se pueden ver y tocar puede ser enormemente engañoso. El eminente académico Robert Solow, por ejemplo, resaltaba en 1987 que “se ve la revolución de las computadoras por todas partes, excepto en los datos de productividad”.[30] Desde entonces se han hecho esfuerzos para medir los intangibles en las cuentas nacionales, la productividad de las empresas y la riqueza de los accionistas. Como reza el dicho, “lo que se mide, mejora”, pero en este caso parece ser verdad lo contrario: puesto que parece haber algo de valor ahí, deberíamos ser capaces de medirlo.[31]
Medir y valuar intangibles se ha hecho más importante desde que el capital más convencional “de ladrillo y cemento” en forma de terrenos, fábricas, máquinas y otros objetos tangibles ha ido cayendo. La evidencia disponible sugiere que las inversiones en capital tradicional representaron solamente el ocho por ciento del crecimiento económico en Estados Unidos entre 1995 y 2003, mientras que las inversiones en intangibles han aumentado de apenas cuatro por ciento a finales de los años setenta a más del diez por ciento en 2006.[32] En Estados Unidos y en Reino Unido, aunque algo menos en otras economías líderes, las inversiones en intangibles ahora exceden las inversiones en activos tangibles.[33]
A pesar de los poderosos argumentos en favor del cercado de activos para la promoción de inversiones privadas y de la creatividad, la monopolización del conocimiento no ha sido un éxito sin matices para el desarrollo económico. Al contrario, la porción de intangibles en el valor de mercado de las principales corporaciones ha ido de la mano con una caída en las inversiones. Muchos economistas han llamado el estado actual de las cosas, en el que las empresas están sentadas en montones de efectivo, pero tienen pocos proyectos de inversión a mano, un “estancamiento secular”. Algunos sostienen que una vez que se tomen del todo en cuenta las inversiones en intangibles, el fenómeno desaparecerá.[34] Otros, sin embargo, han sugerido que el cercado del conocimiento es responsable del declive en las oportunidades viables de inversiones y ha llevado a una “hambruna de inversiones”.[35] Aunque las patentes son solamente monopolios temporales, sus efectos a largo plazo van mucho más allá de la duración de la patente misma. Impiden a otros que usen, perfeccionen e inviertan en conocimiento y por tanto contribuyen a la sesgada distribución de la riqueza. Como escribe Pagano,
parece haber una evidente paradoja en las tendencias institucionales del capitalismo moderno: las características intensivas en conocimiento de sus tecnologías deberían favorecer una economía democrática hecha de pequeñas empresas usando conocimiento no-rival. En contraste, sin embargo, gracias a la propiedad privada del conocimiento, las grandes empresas globales cuyas acciones son comercializadas en los mercados financieros globales son cada vez más predominantes en la economía mundial.[36]
Desde la perspectiva de este libro esto no es ninguna paradoja: es la lógica del capital codificada en la ley, que descansa sobre el principio de que algunos activos y, por implicación, sus tenedores disfrutan de privilegios legales sobre los demás. Ellos obtienen derechos más fuertes contra el mundo e inclusive llegan a hacerlos duraderos para sobrevivir no solamente a eventos inesperados —los “shocks exógenos” que generan desequilibrios en los modelos económicos estándar— sino también a las fuerzas de la competencia. La competencia es esencial para el funcionamiento de los mercados; alimenta las fuerzas de destrucción creativa que, según Joseph Schumpeter, son los motores del progreso económico.[37] Sin embargo, el código legal del capital no sigue las reglas de la competencia; más bien opera según la lógica del poder y del privilegio.
Los derechos de propiedad como política industrial
Quienes mandan en las ciudades, regiones y países descubrieron hace tiempo que al ofrecer protección legal especial podían retener a los artesanos locales y atraer a los extranjeros. Aquellos que profesaban un conocimiento y habilidades superiores han argumentado ante los mandatarios durante siglos para que los protejan de los competidores invistiendo sus habilidades con privilegios legales. Los registros históricos de estos privilegios protectores se remontan al siglo xiv. En 1331, por ejemplo, el rey Eduardo iii aseguró a John Kempe protección para su compañía, Flemish Weavers, en la isla inglesa[38] y en 1440 John Shiedame recibió la patente de una nueva técnica para procesar sal.[39] En Inglaterra los artesanos extranjeros que patentaban se hicieron particularmente prevalentes durante la dinastía de los Tudor, cuando artesanos de toda la Europa continental fueron llevados al servicio de la Corona. Era una forma de política industrial que permitía a Inglaterra competir con los mandatarios del continente que desplegaban su poder en una bella arquitectura, en textiles, cerámica y artes.
El ejemplo más antiguo de un estatuto legal general que asegurara a todos los artesanos una plena protección legal fue un decreto que el Senado de la ciudad de Venecia aprobó en 1474.[40] Exigía a los artesanos registrar “nuevos e ingeniosos aparatos no previamente hechos en nuestra jurisdicción” ante las autoridades locales. Una vez hecho el registro, todos los demás tenían prohibido usar el mismo aparato. Su tenedor podía denunciar al infractor “ante cualquier oficina en esta ciudad, y por esa oficina el antes mencionado infractor será obligado a pagar cien ducados y su artificio será inmediatamente destruido”. La ciudad misma, sin embargo, era libre de usarlo “para su propio uso y necesidades”.[41] El Senado, por lo que parece, no estaba dispuesto a extender privilegios legales sin reservar el derecho de la ciudad a acceder a él, asegurándose de que los privilegios privados no estorbaran su uso y beneficios públicos.
Hay una diferencia importante entre los otorgamientos ad hoc de privilegios legales, por una parte, y un estatuto general como el estatuto veneciano de 1474 por la otra. Los privilegios ad hoc son discrecionales, pueden usarse para otorgar favores, aumentar los ingresos, atraer artesanos extranjeros o promover la industria e inventiva locales. El uso tan discrecional de dichos derechos monopólicos especialmente por la reina Isabel I eventualmente llevaron a la primera ley estatutaria de Inglaterra sobre patentes, el Estatuto de monopolios de 1624. Se suponía que el estatuto restringiera el otorgamiento indiscriminado de patentes y derechos monopólicos similares por parte de la Corona, incluyendo cartas, permisos, comisiones, licencias o patentes.[42] Las partes agraviadas recibieron el poder de desafiar esos privilegios según principios generales del derecho común. Notablemente, la “nueva” producción fabril en el área del “primer inventor” o “primer fabricante” quedaron exentos de esos desafíos, al igual que las patentes y otros privilegios otorgados por el Parlamento.[43] Aparentemente, el Parlamento pensó que estaba por encima del escándalo de diseñar privilegios especiales para unos pocos.