Kitabı oku: «Fidelidad, guerra y castigo», sayfa 3
Bien se entreohía, que por los lugares del Reyno ivan algunos embiados, sembrando noticias perjudiciales, con que engañavan aquella gente bozal y rústica, los unos de la Marina ya inquietos por ciertas pretensiones de la franqueza que havian intentado los años pasados, a los quales ofrezían libertades y franquezas, y los otros montañeses simples y rudos, que aquellos con la fácil persuasión de sus antiguas ideas, y estos con la ignorancia de sus sencillezes, eran fáciles de persuadir unos y engañar otros. 41
Dado que una parte significativa del clero desempeñaba un papel fundamental en esta labor de propaganda, se debía actuar en un ámbito vedado a la junta de ministros de la Audiencia recién creada, debiéndose contar inexcusablemente con la colaboración del arzobispo de Valencia Folch de Cardona, sin demasiados resultados.42
Ninguna de estas actuaciones aparece en los libros de la diputación valenciana, aislada de esta realidad. De entre las escasísimas referencias al conflicto, destaca las de su participación en la leva acordada por los electos de los estamentos: un regimiento de 600 hombres destinados a Cádiz que se sufragaría con los repartos que éstos ejecutarían entre los distintos pueblos y ciudades.43 Los electos utilizarían la casa de las armas para custodiar a los reclutados, con el permiso de los diputados, que asimismo prestaron a los síndicos de los tres estamentos 120 armas para su equipamiento.44 Si bien es cierto que las funciones de la Generalitat poco o nada tienen que ver con este tipo de actuaciones,45 no deja de sorprender que una institución de composición estamental y radicada en la capital del reino manifieste tan escasa presencia. Las causas podían ser variadas. Sus propias limitaciones, la lejanía –más aparente que real– del conflicto bélico, la falta de convencimiento en cualquier tipo de sublevación que se tenía en la capital, o la inercia que marcaba la tibieza de las actuaciones del virrey Villagarcía. Éste, cuya figura ha recibido diferentes valoraciones,46 o tampoco consideró probable una sublevación a favor de Carlos, o bien no quería propiciarla con una política excesivamente agresiva o grandilocuente. Sea como fuere, con mayor o menor implicación en las circunstancias del reino, con temor a la sublevación o sin él, los diputados no dejaron de mostrar su fidelidad a Felipe V en una carta de 8 de julio en la que reiteraban que «nunca faltarán a su amor y fidelidad hasta verter la última gota de sangre…»47
La distancia, sin embargo, no duró mucho. Advertidos del sesgo que iban tomando los acontecimientos, con los ataques sobre Barcelona y la toma de Gibraltar por los partidarios del archiduque,48 el 24 de julio, en presencia de todos los oficiales de la casa, se acordó gastar lo que fuere necesario en la defensa, custodia y guarda del reino. La única salvedad consistía en respetar la proporción de lo invertido con el real patrimonio. Los diputados harían uso de sus recursos del modo que estimasen oportuno, pues poseían la total y absoluta libertad de disposición sobre los bienes de la Generalidad según fueros.49 Con esta manifestación, tan ajustada a derecho como innecesaria, parecía reservarse cierta autonomía para separarse de los electos en la adopción de decisiones relacionadas con la defensa del reino, si llegara el caso…
4. PARTICIPACIÓN DIRECTA EN EL CONFLICTO BÉLICO
Por más que 1705 sea testigo de una fuerte ofensiva austracista sobre la península que sacudirá definitivamente la tensa paz previa,50 la posibilidad de una sublevación en Valencia –más allá de puntuales conspiraciones y propaganda– seguía contemplándose como imposible para la Generalidad. Y no sólo para ella. Buen ejemplo de la lejanía con que se que se percibía el riesgo insurrección y la quietud reinante intramuros, fue el préstamo de armas –sin ningún tipo de garantía– a los gremios para los tradicionales desfiles de sus festividades: 80 mosquetes y 60 arcabuces al oficio de zapateros para el día de San Juan; 30 mosquetes y 100 arcabuces al gremio de boters para el día de San Pedro; 90 mosquetes y 60 arcabuces al gremio de tejedores para el día de San Jaime y Santa Ana. Su juicio no resultó en absoluto erróneo pues las armas fueron reintegradas sin el más mínimo incidente en un momento particularmente delicado: a tan solo cinco meses de la proclamación de Carlos III en la capital y mientras la armada aliada se volvía a aproximar a la Marina.51
Sólo con la armada aliada de nuevo frente a las costas alicantinas –el 8 de agosto se niega la entrada a los buques en Alicante, dirigiéndose entonces a Altea y Dénia–52 mudará la despreocupada apreciación institucional. Sin alcanzar a descifrar las razones del cambio –simple precaución, temor real, o apariencia de actividad y compromiso– sobre todo a la vista de los acontecimientos anteriores, los diputados acordaron establecer guardias nocturnas en la casa de las armas a partir del 17 de agosto. Cada guardia la formarían 30 artilleros por noche, además de los que las realizaban durante el día, a las que asistirían también cada noche dos diputados, síndico, asesor, escribano y subsíndico. Paralelamente enviaron una petición al monarca solicitando un aumento para la guardia real, que consideraban manifiestamente escasa.53 En pocos días Dénia se encontraría sitiada por tierra y mar, con escasas posibilidades de defensa, por lo que casi simultáneamente –el 20 de agosto de 1705– diputados y oficiales de la Generalidad se reunieron con los electos de los estamentos «…per a effecte de tratar-se y passar a la declaració del cas inopinat que ya se havia declarat en lo dia de ayr per los tres estaments…».54 El asedio no sólo provocó la alarma de la Generalitat, como demuestra la reacción de los electos que informaron puntualmente al monarca a través del correo.55 Sometido a votación, el caso inopinado queda aceptado nemine discrepante asignándole 4.000 libras procedentes de los derechos nuevos de la Generalidad. Pese a la celeridad con que se adopta, la declaración careció de virtualidad pues Dénia se encontraba ya en manos austracistas.56
La rápida rendición de la villa era síntoma evidente de su predisposición hacia la causa austriaca, que a su vez revelaba los graves errores de apreciación –al menos en lo referente a la precaria situación de la Marina, estrangulada económicamente por la prohibición de comercio con los aliados y hastiados sus habitantes de los abusos de los comerciantes franceses beneficiarios de dicha medida–57 de las administraciones borbónicas. Así lo corroboran las propias fuentes austracistas. Tras la presentación de una escuadra frente a sus costas –con intercambio de salvas en señal de cortesía, y posteriormente de embajadores y correspondencia– la ciudad convoca una reunión de sus principales autoridades, tanto eclesiásticas como seculares. Tras pedir tiempo para tratar de la materia, deciden la entrega al día siguiente. No es de extrañar, dada la satisfacción del pueblo por la presencia de la armada aliada, la huida del gobernador de la villa, y la promesa de las autoridades imperiales de firmar unas capitulaciones en blanco
A vista de esta demonstración, convocó la ciudad a sus nobles ciudadanos, para ver qué resolución se avía de tomar, a que conformes todos acordaron que se respondiese a la salva con dos tiros más. Visto por el comandante de la esquadra, y el general de batalla don Juan Bautista Baset y Ramos, la correspondencia que hallaron en la ciudad, repitieron otra salva y embiaron embaxadores a tierra… y quando llegaron a la puente del desembarco hallaron de partte de la ciudad y gobierno tres embiados… luego que llegaron a la sala del Ajuntamiento, entregaron sus pliegos, y se restituyeron… para aguardar la resolución. Convocó la ciudad a los principales, assí eclesiásticos como seculares, y se leyeron las cartas y manifiestos, y resolvieron embiar a bordo de la comandante, por parte de la ciudad a Cosme Gavilá y Thomás Gavilá, generosos, y por parte del gobierno a Pedro Antonio Garcia, para pedir tiempo en que poder tratar la materia, con todos los moradores. Passaron la noche sin volver los embiados a tierra por la marea que avía, y en la ciudad en señal de regozijo, pusieron antorchas, y faroles en balcones, y ventanas… Y luego vino el día 18 al amanecer, bolvieron a tierra los embiados de la ciudad, y gobierno con la respuesta de que sí se entregavan desde luego, sin dilatar a disponer las capitulaciones, les darían firma en blanco. Y mandando convocar dicho don Felipe a todos los vezinos, y moradores, assí eclesiásticos como seculares, se determinó, nemine discrepante, entregar la ciudad a su legítimo rey.58
Tras declarar el caso inopinado junto a los electos, la Generalitat activó sus propios recursos. Encargaron al veguer Bautista Remohy la compra de 25 quintales de pólvora para la casa de las armas, por encontrarse solamente con 79 arrobas disponibles en la torre de Santa Catalina. Asimismo, satisficieron todas las peticiones de armamento realizadas por las diferentes poblaciones alarmadas. Al alguacil real José Blasco, por ejemplo, le fueron entregados 200 fusiles con sus bayonetas para el socorro de Gandia.59 El compromiso se mantenía pero poco podían hacer frente al avance austracista en la Marina. Benidorm, Finestrat, Orxeta, Xaló y Relleu fueron uno a uno proclamando al archiduque durante agosto y septiembre,60 mientras unos diputados cada vez más alarmados de la precaria situación militar, enviaron una embajada al virrey –uniéndose a las elevadas por la ciudad al rey en demanda de tropas– el día 15 de dicho mes en la que solicitaban que la caballería que se encontrase en el reino no saliese de él.61
Y es que, en principio la reacción de la corona fue rápida, anunciando a finales de agosto el envío de 1.800 jinetes al mando del general José de Salazar. Mientras, el mariscal Luis de Zúñiga dirigiría las actividades militares en la Marina al frente de las mal preparadas tropas locales.62 Para su desgracia, casi a continuación se abría un nuevo frente, dejando todavía más al descubierto la sabida precariedad defensiva valenciana y la imprevisión del gobierno borbónico de Madrid. Tortosa, y posteriormente Vinaròs, cayeron rápidamente en manos rebeldes, entre septiembre y octubre.63 Los diputados continuaron con las demandas de ayuda al monarca y el 30 de septiembre solicitaban el envío urgente de tropas para garantizar el sostén de la ciudad. Asimismo, seguían entregando armas. Jerónimo de Otal, infanzón, recibía 50 fusiles con sus bayonetas para la defensa de Peníscola el 2 de octubre de 1705, con la intención de apuntalar la defensa en el nuevo frente.64
Pronto, la sublevación de la Marina se convirtió en una amenaza para capital y reino al verse espoleada por el sólido compromiso austracista de su población y la errática dirección militar borbónica, que ordenó abandonar Dénia a la única fuerza militar que contenía a los rebeldes –la caballería de Salazar– dejando el camino a Valencia expedito a los austracistas.65 Intentando subsanar el error, el 3 de octubre los electos solicitaron 2.000 libras del caso inopinado acordado para Dénia con la intención de afrontar la nueva situación, presumiblemente armando nuevas tropas. La exigencia estamental forzó una reunión con los oficiales de la Generalitat para buscar la provisión de dichos fondos. Sorprendentemente, pese a la diligencia anterior y la gravedad de la situación, la reunión concluyó de vacío, seguramente por desacuerdos en el modo de usar los fondos entre electos y diputados.66 En la siguiente, los diputados impusieron su criterio sin contar con los electos alegando su papel de acuerdo a la normativa foral sobre casos inopinados
… el eligir los medis y provisions per a lo desusdit y distribució del diner toca privativament a dits señors deputats segons lo fur 42 del any 1585 y attesses les occurrències presents lo medi més proporcionat es mantenir dos-cents cavalls del regiment de don Rafael Nebot baix la mà del mariscal de camp don Lluys de Zúñiga que estan en lo present regne… 67
Se sufragarían 200 caballos a las órdenes de Rafael Nebot por voluntad de los diputados.68 Respetando la cifra inicial dispuesta por los electos –que se detraería de lo recaudado por derechos nuevos–,69 obviando un posible acuerdo con ellos en aras de una mayor efectividad de su decisión, no hacían sino reforzar el compromiso de la institución con la defensa borbónica. En su ejecución otorgaron el oficio de receptor y pagador, en principio eventualmente, a José Vicente Torres Eximeno.70
Pero el empeño no terminaba en Dénia. En la misma reunión abordaron la situación del otro frente, declarando caso inopinado –sin esperar la concurrencia estamental– la rendición de Tortosa para disponer de más dinero
… es deu ocurrir al remey ab tota celeritat y vigor… per ço tots los desús dits unànimes y conformes y ningú discrepant en virtut dels furs y actes de cort del general proveheixen delliberen y determinen y declaren que lo referit es cas extraordinari, nou e inopinat, resservant-se el assignar la cantitat que serà menester per a ocurrir al reparo de este fet quant los tres estaments, ecclesiàstich, militar y real del present regne hauran nomenat elets per a este effecte, y juntament ab ses señories designaran y señalaran la cantitat.
El objetivo era que los insurrectos catalanes «…no pretenguen infectar lo present Regne, e introduhir en aquell lo contagi de la solevació en los ànimos inquiets, que seria la ruina…». La resolución debería esperar a la reunión con los estamentos para dotarse de contenido, validez legal y viabilidad económica. Con todo, adelantándose a ellos los responsables de la Generalitat –sin vacilaciones ni discrepancias– ratificaron su compromiso en la defensa del orden establecido. Paradójicamente, los mismos que recibirán y colaborarán con los austracistas cuando entren en Valencia pocos meses después.71
El 10 de octubre tuvo lugar la reunión con los electos.72 Estos consentían en el caso inopinado y le asignaban 5.000 libras de derechos nuevos para el regimiento de caballería del marqués de Pozoblanco –con órdenes de permanecer en el reino tras la petición de las instancias valencianas– y la defensa de Vinaròs.73 Para salvaguardar los derechos de Generalitat y estamentos ante el anómalo procedimiento de adopción, incluyeron expresamente en la resolución que ésta no sirviese de precedente, ni pudiese usarse en otra circunstancia; se debió a la necesidad del momento y la obligación de satisfacer con urgencia los servicios del rey. De cualquier modo, y aunque desconozcamos si existían intenciones previas de los electos estamentales, la iniciativa de la Generalitat había iniciado la defensa.
Mientras, continuaron despachando correos solicitando tropas que garantizasen la defensa del reino y armando a las pocas disponibles. Sancho Chavarría, teniente coronel de las guardias del monarca, recibió 30 fusiles con sus respectivas bayonetas. El 22 de octubre, acordaron entregar a José Monflorit 2.000 libras de las 5.000 asignadas al caso inopinado de Tortosa. Este acuerdo se produjo a petición del virrey para, cumpliendo lo acordado, satisfacer las necesidades de mantenimiento del regimiento de caballería del marqués de Pozoblanco. El 7 de noviembre de 1705, se nombraron nuevos artilleros para la guardia de la casa de las armas, ya que, a causa del tiempo y las lluvias, los anteriores habían contraído enfermedades que les impedían continuar la labor que desarrollaban desde agosto. A los enfermos se unieron como bajas los artilleros enviados a cumplir el servicio del rey a ciudades como Gandia, Peníscola, Dénia o Vinaròs.74 A su vez, proseguían las peticiones a Madrid para intentar influir en unas decisiones bélicas que hasta ahora solo parecían favorecer la indefensión del reino valenciano.75 La última, la orden del mariscal jefe del ejército borbónico Tserclaes-Tilly a Nebot de abandonar Dénia, fue seriamente contestada también por electos, motivando una rectificación mediante una tardía orden real que llegó a Valencia en un correo del 10 de noviembre, cuando Nebot ya se encontraba en Gandia.76
Pese al avance austracista hacia el norte desde Dénia seguían sin llegar socorros militares, lo que obligó al virrey a realizar a los diputados una nueva petición económica. Monflorit debería asistir ahora al regimiento del marqués de Pozoblanco. Esta vez la petición era de 1.500 libras, a obtener del caso inopinado de Tortosa y Vinaròs. Se había pasado de una rebelión comarcal con fuerte apoyo popular pero absolutamente controlada con un único regimiento, a un conflicto en extensión a toda la geografía valenciana, con lo que, además de amenazar la posición de la capital, entorpecía enormemente la respuesta de unas administraciones desbordadas. Y buen ejemplo de ello es la misma Generalitat que veía peligrar, cuando no desaparecer, el cobro de sus tributos, que sostenían al escasísimo ejército borbónico del reino. Juan Portillo de Villafranca y Soler, credenciero de los derechos del general, generoso, capitán de caballos y comandante de las compañías de la costa de la ciudad de Orihuela se vio obligado a delegar en su cargo «… per les continuades occupacions en servisi de Sa Magestad, que Déu guarde, per a el socorro de la ciutat de Alacant defensa de aquelles costes, pasajes de les armades enemigues, captures de gent sediciosa…».77
Mermados los ingresos, no debe extrañarnos que los fondos dispuestos para hacer frente a los casos inopinados de Dénia, Vinaròs y Tortosa se agotasen a mediados de noviembre. De la última partida dispuesta para Dénia daban cuenta los diputados el 16 de dicho mes, cuando decidieron el pago a José Vicente Torres Eximeno de las últimas 1.700 libras para mantenimiento de los 200 caballos de Rafael Nebot.78 Los fondos del caso inopinado de Vinaròs y Tortosa se agotaban el 19 de noviembre, al entregar 446 libras y 12 sueldos del dinero que estaba en la Taula de Canvis a cuenta de las 1.500 pendientes de entrega.79 Es entonces cuando la junta estamental –electos de la costa– responsable de la defensa costera decide actuar, acordaron aportar nuevos fondos.80 Así lo comunicaron a los diputados en la reunión que mantuvieron el 25 de noviembre en que acordaron cargar 12.000 libras de censal sobre los derechos nuevos para hacer frente a los gastos del caso inopinado de Tortosa y la defensa de los confines del reino. El dinero recaudado se utilizará en pagar a los soldados que el monarca prometió enviar, en lugar del tercio que el reino mantenía en Cádiz.81
La tardía constatación de la existencia del conflicto armado en Valencia, provocó un cambio en el gobierno militar del reino con el nombramiento del duque de Arcos como virrey. Relevo bien recibido por algunas instituciones, como el ayuntamiento de la capital,82 pero inútil por sí mismo en el alivio de la angustiosa realidad militar borbónica, carente de efectivos en suelo valenciano. Tal vez por ello el 7 de diciembre se desarrolló una nueva reunión entre diputados y electos de los estamentos, finalizada sin acuerdo alguno que constatar. Las dificultades militares habían aumentado enormemente y las arcas de la Generalidad –muy alcanzadas ya por lo gastado y la escasa recaudación por efecto de la guerra– apenas cubrían sus gastos corrientes. Aún así, el 11 de diciembre, con los portales de la ciudad cerrados y bajo custodia por el temor a su toma por los rebeldes,83 los electos de contrafuero enviaron una certificatoria solicitando más dinero para hacer frente a sus gastos, pues los fondos de los que disponían, entregados en 1703 ya se habían acabado. Al día siguiente se produjo una nueva reunión con los electos en la que, tras constatar el paso del regimiento de Nebot a los sublevados apoderándose de las villas de Orihuela y Gandia, acordaron enviar una embajada al monarca. Representaría la imposibilidad de hacer frente a la sublevación con sus únicas fuerzas –«…les forzes del present regne, no són bastants ni a propòsit per a les dites occurrències»– sin evitar el reproche hacia la dejadez con que se había contemplado el conflicto en Valencia
… y trobant-se este regne sens aquella defensa que requereix de detenir les invasions que amenasen los enemichs, no sols en les poblacions circunvehines a dites viles, sinó les més apartades, y encara esta capital, que seria el major infortuni, que es podía sentir, per totes les quals rahons, y per que havent inviat diferents representacions per medi de expressos a Sa Magestat no han tengut aquells effectes, que demanava la urgència …
La elección recayó en el conde de Carlet, Felipe Lino de Castellví, por «… molt més de les dos parts de les tres dels vots…». A continuación acordaron proveer con 2.000 libras la subvención de 200 hombres de las compañías del reino durante un mes.84 En la reunión de 14 de diciembre, ante la certeza del ataque enemigo, escondieron toda la plata inventariada en la sacristía de la catedral para garantizar su custodia. También entregaron 100 fusiles al colegio de notarios de Valencia, para la defensa de la ciudad y el servicio de Su Majestad.85 Ese mismo día se juntaron con los electos para suspender la embajada del conde de Carlet, acordada días antes, por encontrarse cerrados los pasos de Castilla. Ante este contratiempo despacharon de forma urgente un correo al monarca indicándole la precaria posición en que se encontraban… La premura con que se sucedían los acontecimientos obligó a los diputados y electos a reunirse de nuevo al día siguiente. Tras haber recibido la noticia de que los pasos de Castilla volvían a estar abiertos acordaron reemprender la embajada del conde de Carlet. Si atendemos a lo relatado por Ortí en su dietario, esta resolución fue problemática en tanto que la Generalidad la tomó sin el asenso de los electos –violentando los cauces forales en torno a los casos inopinados– que se vieron forzados a acatarla para no entorpecer el socorro a la ciudad.86 Sea como fuere, el acuerdo llegaba demasiado tarde…
1. ARV, Generalidad, 3264, 6 noviembre 1700. A dicha reunión, convocada para todos los oficiales acudieron como diputados: Francisco Lloris de la Torreta, delegado del cabildo de Tortosa; Jacinto Roca y Ferrer, marqués de Malferit; Vicente Montes, ciudadano de Valencia; Bernardo Cortés, prior del convento de San Miguel de los Reyes; Eusebio de Benavides, caballero; Félix Cebrián y Aracil, delegado de Félix Bru, ciudadano de Xátiva. Como contadores: Miguel Mascarell del hábito de San Juan de Jerusalén, comendador de la encomienda de Torrent; José Monsoriu, delegado de Jaime Vallés y Serra; Vicente Nadal y Roca delegado de Bartolomé Galiana de Villajoyosa; José García de Asos, archidiácono de Alpuente delegado del cabildo de Segorbe; Juan Bautista Ferrrera generoso. Como clavarios: Diego Toscá delegado del abad de la Valldigna; Melchor Gamir y Figuerola, generoso; Leandro Esteve, ciudadano. Como administradores: Rómulo Menega delegado del maestre general de la Merced; Luis Ferrrera generoso. También se encontraban presentes el síndico de la casa Luis Martínez de Raga; el asesor José Castell de Planell; el escribano Emmanuel Molner y los abogados Juan Bautista López de Perona, Juan Bautista Folch y Lluqui y el canónigo Mauro Zapata.
2. Vicente Bacallar y Sanna. Marqués de San Felipe, Comentarios de la guerra de España, e historia de su rey Phelipe V el animoso, Pamplona, 1785, pp. 1-20. Aquí se nos describen las disputas de las distintas facciones en la corte por conseguir captar la voluntad del monarca hacia su candidato. Más recientemente, Joaquín Guerrero Villar, El tratado de paz con Inglaterra de 1713. Orígenes y culminación del desmembramiento de la monarquía española, Tesis doctoral, Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 2008, Sobre la formación del partido francés, Ana Álvarez López, «Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña», Revista de Historia Moderna, 25, 2007, pp. 179-205.
3. Antonio Ramón Peña Izquierdo, La Casa de Palma: la familia Portocarrero en el gobierno de la monarquía hispánica (1665-1700), Córdoba, 2004, pp. 291 y ss.
4. Josefina Mateu Ibars, Los virreyes de Valencia. Fuentes para su estudio, Valencia, 1963, pp. 318-319 y 324-326.
5. Aceptación unánime que contrasta con las manifestaciones de disconformidad que se produjeron en Cataluña tanto en el consell reial, como en la reunión de los consellers de Barcelona. En ambas se realizaron manifestaciones contrarias a la aceptación del testamento de Carlos II, y a favor de la casa de Austria. Joaquim Albareda i Salvadó, Els catalans i Felip V, de la conspiració a la revolta. (1700-1705), Barcelona, 1993, p. 64.
6. Por citar algunos ejemplos, ARV, Generalidad, 3264. Reuniones de los días, 25 de octubre y 30 de octubre. También en las de 10 de noviembre y 13 de dicho mes. En ellas se recogen los pagos realizados para satisfacer estos correos. Los correos se enviaron el 4 de octubre, a medias con la ciudad; y el 15 de dicho mes. Este último corre de cuenta de generalidad, ciudad y estamentos.
7. ARV, Generalidad, 3264, 16 noviembre 1700 y 20 de diciembre 1700. En el certificado del subsíndico se trata esta materia.
8. Sobre el acceso al cargo de estos y el resto de rectores de la institución, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana durante el siglo xvi. Su estructura burocrática, sus competencias, sus hombres, Valencia, 2013, pp. 23 y ss.
9. ARV, Generalidad, 3264. Durante los meses de noviembre y diciembre estas son las cuestiones abordadas en las reuniones: pagos por las obra realizadas en la aduana, pagos de pensiones, licencias para embarcar arroz, entrega de una carta de mitad para luchar contra el fraude, nombramiento de oficiales menores, salida a la lonja a subastar derechos de la generalidad, licencias para despachar vino, nombramiento de tablajeros, abono de salarios, un viaje del síndico para arreglar unos problemas con las generalidades en Alicante…
10. ARV, Generalidad, 2955, pp. 1-19, recoge la elección eclesial; pp. 19-34, la elección militar.
11. ARV, Generalidad, 3266, 3 y 10 de enero de 1701. En las provisiones correspondientes a estas fechas aparecen recogidas cuestiones relacionadas con el pleito.
12. Sobre el organigrama administrativo de la Generalitat y sus funciones en el XVI, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana…, op. cit., pp. 49 y ss. Para la época en que se sitúa este estudio, Sergio Villamarín Gómez, La Generalitat valenciana en el XVIII. Una pervivencia foral tras la Nueva Planta, Valencia, 2005, pp. 27-33.
13. ARV, Generalidad, 3266. Sobre los casos inopinados y su significado, G. R. Mora de Almenar, Volum e recopilació de totas los furs y actes de cort que tracten dels negocis i affers respectanants a la casa de la deputació y generalitat de la ciutat y regne de València, Valencia, 1625, pp. 226-231. Los casos inopinados eran el medio del que se servían los diputados para desviar los ingresos de la Generalidad hacia gastos no previstos por la ley. «Item, que jatsia per actes de cort de la Generalitat los Deputats tenen la llíbera, y general administració dels drets del General, y per a despendre qualsevol cantitats que convinga a la administració, y conservació de aquells. Emperò, per quant ab lo títol de cassos inopinats los dits Deputats han proveyt, despès algunes sumes, y quantitats de diners en coses no respectants los dits drets. Per ço per obviar dits inconvenients Vostra Magestat sia servit proveyr, y ordenar ab acte de la present cort, que los dits Deputats, ni Oficials de la dita casa de la Generalitat, coniuctim, nec divisim, no puixen proveyr, ni despendre quantitat alguna de béns de aquella per ocasió de semblants casos inopinats, ni de altres alguns, fora de aquells que per dits actes de cort està proveyt, y ordenat; hagut per revocat qualsevol acte de cort que parle de casos inopinats, en lo qual dits Deputats se han fundat per a proveyr dites quantitats; e sols aquells sien, es puguen dir casos inopinats, los quals per los tres Estaments del regne residents en la ciutat de València, y per los Deputats, e altres Oficials de la casa de la Generalitat concordament, et nemine discrepante seran determinats, y declarats; açò entès, que en respecte del braç Militar per lo menys hajen de entrevenir, y concórrer en dita determinació, y declaració fahedora a part vint-y-cinch persones per lo menys, e haja de preceir convocació general dels Militars residents en la dita ciutat de València pera haver de fer dita del·liberació, y declaració; e fetes les dites declaracions en la forma desusdita, los dits Estaments respective hajen de fer electió de sis persones, cascuna de les quals juntament ab los dits Deputats, y Oficials de la casa de la Generalitat ajustats, y congregats, nemine discrepante, hajen de proveyr, y senyalar la suma, y quantitat que en los dits casos inopinats, y casscú de aquells se haurà, y deu dispondre de béns de la dita Generalitat.»
14. María Carmen Pérez Aparicio, «El proceso de consolidación de la monarquía autoritaria y la reacción foral valenciana. La junta de contrafurs», en Mayans y la Ilustración, Valencia, 1981, pp. 131-151, esp. p. 142. ARV, Generalidad, 3266. 9 de septiembre. Recoge el examen de cuentas de lo gastado por Cernecio en el transcurso de su embajada. Josep Vicent Ortí y Mayor, Diario de lo sucedido en la ciudad de Valencia desde el día 3 del mes de octubre del año de 1700 hasta el día 1 del mes de septiembre del año de 1705, BUV, Mns. 460.
15. Henry Kamen, La guerra de sucesión en España, Barcelona, 1974, pp. 99-135. Sobre los cambios políticos e incluso sociales que acompañan este cambio en la política de la monarquía, Antonio R. Peña Izquierdo, De Austrias a Borbones…, pp. 177 y ss. Anne Dubet, «¿Francia en España? La elaboración de los proyectos de reformas político-administrativas de Felipe V (1701-1703)», en La pérdida de Europa. La guerra de Sucesión por la Monarquía de España, Madrid, 2007, 293-311.