Kitabı oku: «Del Estado al parque: el gobierno del crimen en las ciudades contemporáneas», sayfa 3
10 Al respecto, véanse Ariel Ávila Martínez, “Gestión de la seguridad en Bogotá”, en Violencia Urbana, ed. por Ariel Ávila Martínez, Jorge Giraldo-Ramírez, José Antonio Fortou et al. (Bogotá: Aguilar, 2014), 23-65; Gerard Martin y Miguel Ceballos, Bogotá: anatomía de una transformación (Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 2004). Algo similar ocurre con el caso del milagro neoyorquino, el cual es también bastante cuestionable (cfr. Franklin E. Zimring, The city that became safe: New York and the future of crime control [New York: NYU School of Law, 2011]).
11 Al respecto, muchas de las técnicas halladas en la ciudad de Bogotá, que serán presentadas en este texto, resultaban similares a las detectadas en las ciudades brasileñas (cfr. Teresa P. R. Caldeira, City of walls [Berkeley-Los Angeles-London: University of California Press, 2000]; Eduardo Paes-Machado y Charles Levenstein, “‘I’m sorry everybody but this is Brazil’: Armed robbery on the buses in Brazilian cities”, British Journal of Criminology 44 [2004]: 1-14; Löiq Wacquant, “Toward a dictatorship over the poor? Notes on the penalization of poverty in Brazil”, Punishment & Society 5, n.° 2 [2003]: 197-205), argentinas (cfr. Máximo Sozzo, Inseguridad, prevención y policía [Quito: Flacso, 2008]; Máximo Sozzo, “¿Metamorfosis de la prisión?: Proyecto normalizador, populismo punitivo y ‘prisión-depósito’ en Argentina”, Revista Latinoamericana de Seguridad Ciudadana 1 [2007]: 88-116; Gabriel Kessler, El sentimiento de inseguridad: sociología del temor al delito [Buenos Aires: Siglo XXI editores, 2011]), chilenas (cfr. Frühling Hugo, Policía comunitaria y reforma policial en América Latina. ¿Cuál es el impacto? [Santiago de Chile: CESC-Universidad de Chile, 2003]; Paola Jirón y Pablo Mansilla, “Las consecuencias del urbanismo fragmentador en la vida cotidiana de los habitantes de la ciudad de Santiago de Chile”, Eure 40, n.° 121 [2014]: 5-28; Maria Elena Ducci y Loreto Rojas, “La pequeña Lima”: nueva cara y vitalidad para el centro de Santiago de Chile”, Eure 36, n.° 108 [2010]: 95-121; Lucía Dammert, Violencia criminal y seguridad ciudadana en Chile [Santiago de Chile: Organización de las Naciones Unidas, 2005]) y mexicanas (cfr. Markus-Michael Müller, The punitive city: privatized policing and protection in neoliberal Mexico [London: Zed Books, 2016]; Carlos J. Vilalta Perdomo, “El miedo al crimen en México. Estructura lógica, bases empíricas y recomendaciones iniciales de política pública”, Gestión y Política Pública 19, n.° 1 [2010]: 3-36; Diane E. Davis, “El factor Giuliani: delincuencia, la “cero tolerancia” en el trabajo policiaco y la transformación de la esfera pública en el centro de la ciudad de México”, Estudios Sociológicos 25, n.° 75 [2007]: 639-681; Elena Azaola, Crimen, castigo y violencias en México [Quito: FLACSO, 2008]; José Luis Solís González, “Neoliberalismo y crimen organizado en México: el surgimiento del Estado narco”, Frontera Norte 25, n.° 50 [2013]: 7-34).
12 Saskia Sassen, “The global city: introducing a concept”, Brown Journal of Global Affairs XI, n.° 2 (2005): 27-43.
13 Entendido como una teoría de economía política que propone que el bienestar de los ciudadanos puede ser conseguido a través de la maximización de libertades y del aprovechamiento de habilidades, enmarcados en un contexto de protección fuerte de los derechos de propiedad, libre mercado y libre comercio (cfr. David Harvey, A brief history of Neoliberalism [New York: Oxford University Press, 2007]).
Capítulo I.
MULTIESCALARIDAD Y GOBIERNO DEL CRIMEN
En 1984, en un pequeño barrio de la ciudad de Nápoles, cientos de personas se reunieron para contemplar un fenómeno que resultaba a la vez común e inusual. La muchedumbre se había congregado en torno a un terreno vacío para ver un grupo de hombres que corría detrás de un balón. La tarde lluviosa había humedecido la tierra haciendo que el pasto y el barro se mezclaran para crear un escenario que aun así no enlodaría la mágica velada.
Alguien que hubiera cruzado por el lugar mientras aquello sucedía hubiera podido, con cierta facilidad, llegar a la conclusión de que se trataba de un partido de fútbol. El conocimiento de un fenómeno tan popular como el fútbol permitía leer aquel espectáculo a través de ciertas claves: hinchada, jugadores, goles. Además, con estas pautas, alguien sin mucho conocimiento sobre fútbol podía imaginarse que lo que pasaba allí posiblemente tenía bastante relevancia, teniendo en cuenta la cantidad de gente que se encontraba reunida.
Supongamos por un momento que nuestro peatón no es el sujeto propuesto en el párrafo anterior, sino un napolitano aficionado al fútbol. Seguramente, lo primero que podría llamar su atención sería la presencia de varios de los jugadores profesionales que jugaban para el equipo local y, probablemente, su atención pasaría a ser asombro al ver entre los jugadores de aquel partido a quien era considerado uno de los mejores del mundo. Sin embargo, ni siquiera aquel aficionado impresionado por ver a Diego Armando Maradona1 jugando en un pequeño barrizal napolitano notaría algo peculiar y es que, a pesar de todas las señales que indicaban un significado, lo que allí sucedía no era un partido de fútbol.
A pesar de que la situación parecía hablar por sí sola, los antecedentes de aquel suceso tenían información importante para descifrar lo que allí pasaba. Días antes de aquella reunión Maradona había solicitado a la Società Sportiva Calcio Napoli, equipo del cual formaba parte como futbolista profesional, la realización de un partido benéfico para apoyar económicamente a una familia local. Sin embargo, el equipo no accedió a la petición del futbolista argentino, lo que sería respaldado por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA). La decisión, tanto del club como de la FIFA, tenía consecuencias importantes2. Por un lado, la decisión del club y de la FIFA le impedía utilizar un espacio específico para realizar el partido: el Estadio San Paolo3; por otro lado, al tener Maradona el carácter de futbolista profesional debía someterse a las regulaciones de la FIFA y acatar la prohibición realizada para evitar sanciones disciplinarias.
Maradona decidió proceder con el partido. Para ello, el rompimiento de una regla bastaría para eludir el poder de la FIFA4. Aquel partido no sería, según lo disponen las reglas del fútbol establecidas por su máximo inquisidor, entre dos equipos de once jugadores, sino entre dos escuadras con doce jugadores. Aunque el partido se jugó siguiendo las demás reglas tradicionales del deporte, la presencia de un jugador más por escuadra hizo que, al menos a los ojos de la FIFA, aquello no fuera fútbol5. Para quienes este deporte es solamente un suceso del día a día, lo que sucedía era definitivamente fútbol, pero para quien estaba sometido a los poderes del fútbol profesional aquello no debía serlo.
La FIFA había definido unas reglas que gobernaban sobre el espacio y los sujetos. De esta manera, había dicho cuáles eventos podían ser considerados fútbol profesional y cuáles fútbol aficionado, había establecido unas normas de comportamiento que debían ser respetadas mientras se jugaba al fútbol, así como los lugares en que podía tenerse un encuentro profesional y los sujetos que podían considerarse futbolistas6. Con solo poner dos jugadores más su autoridad había sido fisurada.
Aquel día napolitano era una poderosa narración. Por un lado, mostraba el rostro de una asociación que había capturado un deporte para regularlo y monetizarlo, y la historia de un hombre que cuestionaba aquella estructura. Por otro lado, no solo desnudaba el poder de definición del máximo inquisidor del fútbol, sino que unía dos mundos, el del fútbol profesional, fuertemente regulado por la FIFA, con el día a día del fútbol callejero. Lo que pasaba era fútbol y a la vez no lo era; era único, pero era también parte de un fenómeno mucho más grande; escapaba del poder de la FIFA, pero a la vez lo mantenía presente en su solo deseo de eludirlo.
Cerca de treinta años más tarde, un suceso ocurría en las calles de Bogotá. Un hombre era detenido por la policía de camino a su trabajo, y otra historia se desplegaba para contar algo sobre el poder y la resistencia, sobre el espacio y los sujetos. Para quien escuche el cuento sin mucho detalle, esto sería un simple procedimiento rutinario de verificación por parte de un organismo policial que materializa más de cuarenta mil capturas anualmente en la ciudad7. Sin embargo, los gritos del sujeto detenido, que fueron viralizados a través de las noticias y las redes sociales, serían la entrada a una historia compleja en la que el impacto de asuntos globales y locales se amalgamaba en el gobierno del espacio público y el crimen para moldear las prácticas punitivas en la ciudad de Bogotá.
Por eso es que estoy piedro, por eso es que estoy piedro hijueputa, porque voy a trabajar. Voy a trabajar y me estás haciendo perder el tiempo. Por eso es que estoy piedro. Porque vos me pones problema aquí y el patrón también por llegar tarde, es por eso que estoy piedro. Puta, hombre ¿y por qué a ellos no los requisas? Porque ellos son blancos, porque son ciudadanos. ¿Por qué a ellos no los detienes y les preguntas sus papeles? Porque ellos sí son de esta ciudad, ellos sí son de aquí de la capital. Ellos no son sinónimos de peligro, ellos no representan el peligro para los ciudadanos. Claro ¿por qué no requisas a los otros?8
Con esta historia, lo que parecía una simple detención entre decenas de miles, pasaba a ser una narración —compartida por muchas otras personas detenidas— que evidencia asuntos globales y locales, y que contiene historias sobre el control de ciertas poblaciones, la acción policial selectiva, las preocupaciones por el peligro en los espacios públicos, la organización del espacio en las ciudades contemporáneas, el neoliberalismo, el sistema punitivo, la molestia del detenido por su detención y su afán por llegar al trabajo, y las razones de la policía para pedir los papeles a un hombre negro.
A la preocupación del detenido por llegar tarde al trabajo o por las represalias de su jefe, se unían inquietudes personales como tener dinero para sobrevivir y asuntos tan generales como el hecho de que cierto tipo de personas sean sistemáticamente sometidas al control policial en la ciudad de Bogotá9. En la detención realizada por los policías aparecían las narraciones —pretendidamente neutrales— de la soberanía, el crimen y la ciudadanía, así como se evidenciaba la forma en que las fuerzas del orden eran entrenadas para identificar a los sujetos sospechosos.
Por un lado, la detención era un microrrelato de los mecanismos de gobierno del crimen en los espacios públicos que se vienen implementando en Bogotá en las últimas décadas. De la forma en que se había dado prioridad a controlar los espacios con gran afluencia de personas y de la manera como la policía diferenciaba los sujetos por detener. De cómo ciertos modos de vestir, el color de la piel, la forma de caminar o el acento podían convertir a un sujeto en objetivo de vigilancia diferenciada10. De la consolidación de un proyecto de control represivo sobre ciertas acciones o sujetos para brindar seguridad y de cómo se identifican los riesgos en los espacios públicos para lidiar con el miedo en la ciudad.
Por otro lado, era la muestra de una tendencia global de implementación de cierto tipo de políticas. De cómo la batalla en contra de los comportamientos incivilizados, la persecución de cierto tipo de poblaciones, la detección de los factores de riesgo para la seguridad, la preocupación por la percepción ciudadana del riesgo delictivo, entre otros, se moldeaban en diferentes latitudes a fin de implementar técnicas similares para gestionar los espacios públicos y el crimen11. La detención de un hombre negro alertaba sobre las razones por las cuales estas prácticas y otras similares, tales como: el control de la pobreza ligado al neoliberalismo12, la necesidad de fortalecer el Estado en tiempos de debilitamiento de la soberanía central13 o la persecución de sujetos que no responden a ciertos estándares sociales de comportamiento o son sistemáticamente discriminados por el sistema punitivo14, no eran exclusivas de la ciudad de Bogotá.
Como aquel día napolitano que traía consigo historias de poder, represión y resistencia que operaban en diferentes niveles, y que convertían un partido de fútbol en una narración mucho más fuerte que una simple pelota en dirección al gol, la petición de papeles a un hombre en Bogotá era un escenario para conocer distintos elementos que influían en el procedimiento, las razones que hacían que la historia pudiera ser contada en una forma y no en otra, así como la manera en que el suceso estaba condicionado a la vez por factores locales relacionados con la interacción cotidiana entre la policía y la población, y transnacionales, como la necesidad de controlar espacios públicos como mecanismo para brindar condiciones de seguridad a las transacciones económicas.
El gobierno del fútbol se basa en la figura de la asociación como fuente de su poder. Para gobernar el fútbol, la FIFA ideó un sistema jerárquico encabezado por ella misma, y seguido por las confederaciones de países, las asociaciones miembros y los clubes adscritos a dichas asociaciones, que permitían a la FIFA ser la encargada de regular el fútbol de forma directa y a través de las organizaciones jerárquicamente inferiores (diagrama 1).
Diagrama 1. Estructura de gobierno del fútbol
Fuente: elaboración propia.
Trasladar el esquema anterior al gobierno del crimen puede resultar problemático en tanto no existe en esta materia una institución como la FIFA, con la capacidad de imponer su autoridad sobre todo el globo terráqueo. Como lo muestra Eslava15 a través de un esquema similar al del diagrama 1, la gobernanza contemporánea se caracteriza por una estructura en la que los actores, discursos, prácticas, técnicas y conocimientos globales se ubican sobre la jurisdicción estatal y las jurisdicciones locales. Bajo este esquema, sería posible pensar que el Estado cumple, en cuanto al gobierno del crimen se refiere, una función similar a la de la FIFA en la gobernanza del fútbol mundial. Así como la FIFA reclama ser la competente para gobernar el fútbol, y crea una estructura compleja para delegar funciones de gobierno, el Estado hace lo mismo en materia de crimen; sin embargo, a diferencia de la centralización con que se gobierna el fútbol, en el ámbito global del gobierno del crimen se encuentran una multiplicidad de actores, discursos, prácticas, técnicas y saberes difuminados que pueden incidir en el Estado-nación (diagrama 2).
Diagrama 2. Estructura de gobierno del crimen
Fuente: elaboración propia.
Las escalas de gobierno del crimen del diagrama 2 pueden hacerse más complejas insertando un sinnúmero de nuevas escalas que se relacionan con espacios cada vez más microscópicos. En algunos países es posible que aparezca una escala intermedia entre el Estado-nación y la ciudad representada en los Estados federales, la provincia o el departamento. Así mismo, por debajo de la ciudad podrían agregarse espacios físicos como el barrio o el parque, que tienen sus propias escalas de gobierno con sus propios actores, discursos, prácticas, técnicas y conocimientos que pretenden controlar el crimen en dichos espacios.
Estos diagramas, que sirven para ilustrar la forma en que se gobiernan el fútbol y el crimen, así como las historias sobre Maradona y la detención realizada en la ciudad de Bogotá, ayudan a enfocar varios asuntos importantes para estudiar la gobernanza en la actualidad. En primer lugar que, por diferentes razones, el espacio físico se encuentra dividido en unidades que pueden contener o ser contenidas por otros espacios: el globo terráqueo, los continentes, los países, las ciudades, etc.16.
En segundo lugar, que existen actores, saberes, discursos, prácticas y técnicas que construyen una competencia para —o argumentan la capacidad de— dirigir las acciones de los sujetos en diferentes asuntos en cada uno de esos espacios, en lo que podrían denominarse escalas de gobierno17. Esta competencia es muchas veces jurídica, lo cual ha llevado a que, en cuanto al gobierno del crimen se refiere, esta haya sido usualmente asociada al sistema punitivo del Estado —principalmente, con las fuerzas de policía, la justicia penal y las penas impuestas por la comisión de delitos—, a pesar de que no todo el crimen es gobernado por el Estado ni toda competencia para gobernar el crimen proviene del sistema jurídico. Lo que muestra la historia de Maradona en cuanto al fútbol es que la FIFA carece de la capacidad de gobernar todo lo relacionado con este deporte, y que existen mecanismos —como la inserción de un jugador extra— que permiten constituir diferentes competencias para decidir los destinos del fútbol en ciertos espacios. En materia de gobierno del crimen, no solo el Estado es incapaz de gobernar todas las acciones de los sujetos relacionados con este —incluso a pesar de la pretensión de generalidad de la ley—, sino que a la competencia construida en torno al sistema jurídico —asociada con departamentos, municipalidades, localidades u otras formas de división del espacio para la asignación de competencias jurídicas— se suman otros actores, saberes, discursos, prácticas y técnicas que, bien aseveran su capacidad de gobernar ciertos espacios por fuera de las competencias asignadas dentro por la estructura estatal y el ordenamiento jurídico, o bien se suman a los organismos estatales para ayudarlos18.
En tercer lugar, que la relación contenedor/contenido de los espacios físicos deriva en que exista una relación similar entre quienes reclaman la competencia, lo que crea convergencias de diferentes escalas de gobierno en cada uno de los espacios físicos y, al ser el crimen un fenómeno espacialmente localizado, en el gobierno del mismo se suele presentar esta coexistencia. Estas relaciones que se construyen entre escalas pueden tener diferentes formas, que van desde la búsqueda de independencia hasta distintos modos de cooperación, que hacen que el gobierno del crimen sea tan dinámico como las escalas mismas y las interacciones construidas entre estas.
La metáfora de la FIFA sirve para mostrar unos rasgos característicos de la gobernanza que, al ser aplicados al gobierno del delito, enseñan una complejidad que necesita de herramientas que permitan interpretar la convergencia de actores, saberes, discursos, prácticas y técnicas en ciertos espacios. El presente capítulo se dedica, precisamente, a presentar la multiescalaridad19 del gobierno del crimen, entendida como la recurrente interacción entre diferentes escalas de gobierno en ciertos espacios físicos, como instrumento que permite mejorar el entendimiento sobre la forma en que el crimen es gestionado en las sociedades contemporáneas. Esto implicará la formulación de una teoría de alcance intermedio20 que permita la revisión crítica de los paradigmas teóricos sobre el control del crimen en las sociedades contemporáneas y que dirija la recolección de datos empíricos detallados sobre la forma en que el crimen es gobernado cotidianamente.
Para lo anterior, el presente capítulo se divide en cuatro apartados. En primer lugar, se revisan los estudios que parten de un análisis Estado-céntrico del gobierno del crimen, con el fin de mostrar sus características principales y la forma en que conciben el conocimiento del crimen. En segundo lugar, se muestran las limitaciones del Estado-centrismo y se desarrolla la multiescalaridad como elemento para analizar el crimen en las sociedades contemporáneas, mostrando las virtudes y limitaciones de dicho enfoque, y cómo esta herramienta puede servir, no solo para mejorar la comprensión del fenómeno criminal, sino para nutrir los estudios Estado-céntricos. En tercer lugar, se presenta la forma en la que se hará uso de la multiescalaridad en la presente investigación, mostrando cómo las interacciones entre escalas de gobierno pueden ser estudiadas a partir de los actores, discursos, saberes, prácticas y técnicas en que estas soportan su capacidad de incidir en ciertos espacios. Finalmente, se ofrecen unas conclusiones.
1. LA CABEZA DEL REY: EL ESTUDIO ESTADO-CÉNTRICO DEL CONTROL DEL CRIMEN
Imágenes del centralismo: de la FIFA al Estado
Que el origen del fútbol precede al de la FIFA es algo que nadie se atrevería a negar, como tampoco la centralidad que el máximo organismo del fútbol ha adquirido en la actualidad. El solo hecho de que la FIFA tenga más miembros que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) es desde luego un aviso de su fuerza21, pero una visita a su página web dejaría mucho más clara la extensión de sus tentáculos. La página muestra detalladamente la organización burocrática: un gobierno central, federaciones continentales que agrupan a asociaciones, miembros y órganos de justicia. Así mismo, enumera sus programas de apoyo a las federaciones, los mecanismos de financiación y regulaciones del llamado “deporte rey” (entre los que se cuentan las normas del deporte, los códigos de ética y los regímenes disciplinarios), entre muchas otras cuestiones.
Aunque el fútbol mundial depende de una infinidad de factores, que varían desde el tener o no una pelota para jugar en el barrio hasta los mecanismos de financiación ligados a la venta de los derechos televisivos de los grandes eventos, la FIFA ha consolidado su capacidad de incidir en este a través de herramientas como los códigos disciplinarios, la aceptación de las asociaciones miembro, o el flujo de recursos económicos que ha logrado capturar, entre otros. Todos estos elementos se unen para robustecer una organización que, aunque no es omnipotente, tiene sobre sus hombros gran parte del andamiaje del fútbol como deporte profesional.
La existencia de un Código Disciplinario que permite al máximo inquisidor sancionar de diversas formas a cualquiera bajo su supervisión, en el cual se prohíben conductas a los jugadores (el dopaje, la incitación del público), a los clubes (el fichaje de menores de edad), a las organizaciones miembros (incumplimiento de obligaciones, involucramiento de la justicia local) y a las federaciones de miembros (el incumplimiento de las decisiones de la FIFA), puede asemejarse a la capacidad del Estado de ejercer el poder punitivo en materia penal o administrativa.
El Código Disciplinario de la FIFA se compone de unas observaciones preliminares en las que se consagran sus ámbitos de aplicación espacial, temporal y personal, y dos secciones adicionales: la primera de ellas, de Derecho Material, la cual se divide a su vez en disposiciones generales y especiales, que consagran la estructura de la infracción disciplinaria y, en especial, las faltas; la segunda de ellas, de organización y procedimiento, donde se consagra la estructura “jurisdiccional” y el procedimiento para la aplicación de las sanciones disciplinarias. Si se mira la estructura de los códigos penal y procesal penal, de tradición jurídica continental europea, no solo se encontrará un gran parecido, sino que los términos en que se escriben son casi los mismos22. La aparición de términos comunes —tales como tentativa, culpabilidad, participación, medios probatorios, carga de la prueba, entre otras23— en los códigos penal y procesal penal de los Estados, y la regulación disciplinaria de la FIFA, o la consagración de infracciones similares —tales como amenazas o falsificación de documentos24— muestran cómo la forma en que la FIFA intenta gobernar las faltas disciplinarias termina siendo muy similar al gobierno estatal del crimen.
Así como la FIFA ha reclamado el control del fútbol mundial a través de un sistema de sanciones administrativo-penal, ha creado un espacio en el que sus regulaciones deben ser cumplidas, ha definido los sujetos cobijados por su poder y ha establecido procedimientos para juzgar y castigar, el Estado ha reclamado para sí el control de la violencia, el dominio del territorio y la administración de justicia. La misma existencia del Estado es justificada a partir de la necesidad de crear un ente capaz de controlar estos asuntos, y para administrarlos se disponen mecanismos como la fuerza militar, la configuración del derecho público (y sus divisiones en constitucional, penal y administrativo), la organización política, los órganos de administración de justicia o las líneas fronterizas.
El Estado se convirtió no solo en el centro presunto de la vida política, sino además en el centro del pensamiento jurídicopolítico moderno25. Que la FIFA, nacida en Francia —desde luego uno de los países que tuvo pensadores clave para la justificación temprana del Estado—, replique el modelo estatal para gobernar el llamado deporte “rey” no es coincidencia. No solo el nacimiento del Estado se ha centrado en la figura del “rey”, sino todo el sistema jurídico occidental. Según Foucault,
… la elaboración del pensamiento jurídico se hace esencialmente en torno del poder real. El edificio jurídico de nuestras sociedades se construyó a pedido del poder real y también en su beneficio, para servirle de instrumento o de justificación […] creo que el personaje central, en todo el edificio jurídico occidental, es el rey. De él se trata, de sus derechos, su poder, los límites eventuales de este: de esto se trata fundamentalmente en el sistema general, en la organización general, en todo caso, del sistema jurídico occidental. Ya hayan sido los juristas los servidores del rey o sus adversarios, en esos grandes edificios del pensamiento y el saber jurídicos siempre se trata, de todos modos, del poder real.26
No solo el sistema jurídico ha estado centralizado en el Estado —y el rey—, sino que el análisis académico ha privilegiado estas figuras construyendo un Estado-centrismo en el derecho, la política, el gobierno, el ejercicio “legítimo” de la fuerza, las normas y, en general, de muchos asuntos marcados por la pretensión estatal de controlar la violencia, la justicia y el territorio. La FIFA y el Estado aparecen como imágenes de este centralismo que cree que el dominio del fútbol o de los “asuntos de Estado” es una tarea exclusiva de ciertas figuras de poder concentrado que pretenden un control absoluto sobre un espacio físico27 y, en el caso del Estado, el del territorio soberano.
El Estado-centrismo es a la vez una realidad y una ficción. Es una realidad en tanto existen ciertos organismos en el territorio estatal, cuyo carácter nacional o cuya posición jerárquica privilegiada (más allá de la concepción de la ley como cabeza de toda organización en el Estado de derecho), derivan en una mayor capacidad de imponerse tanto a los renglones inferiores que reclaman su capacidad de gobernar en espacios incluidos dentro del Estado mismo, como a los ciudadanos. Es una ficción en tanto se construyen narrativas que imaginan los actores, las prácticas, los discursos, saberes y técnicas implementadas por quienes se arrogan la competencia sobre el territorio nacional —y que constituyen la escala de Gobierno nacional—, como elementos que no enfrentan ningún tipo disputas con otras escalas de gobierno28.
Si se quiere, el Estado-centrismo no es otra cosa que una realidad soportada sobre la idea del poder centralizado, que se construye a partir de un conjunto de herramientas que sirven para pretender que el poder puede ser capturado, y que yace en ciertos organismos de carácter nacional. Ni la FIFA ni el Estado son omnipotentes, ningún poder lo es, pero el éxito de estos no depende de su omnipotencia real, sino de la capacidad de construir un andamiaje estructural, técnico, epistemológico y simbólico para soportar dicha pretensión. De ahí que tomar al Estado como un todo cuya capacidad de imponerse reposa exclusivamente en sus entidades de orden nacional o jerárquicamente superiores es un problema que impide percibir una realidad donde el gobierno no es una cuestión ligada a la escala de Gobierno nacional, sino que se difumina en diferentes espacios físicos en los que convergen diferentes escalas de gobierno.
El gobierno del crimen es un asunto centralizado en muchas ocasiones. El carácter nacional del derecho penal en la mayoría de ordenamientos de tradición continental, o los altos tribunales que fijan la interpretación “correcta” de las normas jurídicas son muestra de ello. En Colombia, no solo el derecho penal y procesal penal, el Senado de la República, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional aparecen como emblemas de este poder centralizado, sino también el Ejército Nacional, la Policía Nacional, el Consejo Superior de Política Criminal, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia y del Interior. Estas instituciones sirven para construir una imagen de centralidad del gobierno del crimen, que pareciera ser un asunto anclado a la formulación de una política criminal de escala nacional.
Aunque estas imágenes son fácilmente captadas —y, en no pocas ocasiones, alimentadas— por el Estado-centrismo de los análisis académicos, existen incontables factores que escapan al poder de la escala de Gobierno nacional. En primer lugar, dentro del organigrama estatal existen mecanismos para gobernar el crimen que se ubican por fuera del Estado central, como es el caso de los programas de la Alcaldía de Bogotá para incrementar el número de cámaras de vigilancia en la ciudad29. En segundo lugar, existen programas compartidos entre el Estado, en diferentes niveles, y organismos privados, como la actual constitución de organizaciones privadas a las que se les encarga la gestión de los espacios públicos y que, en el caso de Bogotá, se han consolidado a través de proyectos gestionados principalmente por las alcaldías municipales y no por el Estado central30. En tercer lugar, porque existen mecanismos exclusivamente privados de gobierno del crimen, como la seguridad privada o el uso de sistemas de seguridad para disminuir el riesgo de ser víctimas de una transgresión31.